









| Objetivos del Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2026-2030 |
| 1.- Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal. |
| 2.- Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud. |
| 3.- Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito educativo. |
| 4.-Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral. |
| Objetivos del Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2026 - 2030 | Objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2025 - 2030 | Estrategias del Plan Nacional de Desarrollo 2025 - 2030 |
| 1. Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal. | 1.2 | 1.2.1 1.2.2 |
| 2. Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud. | 1.2 T1.1 | 1.2.2 T1.1.6 |
| 3. Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito educativo. | 1.2 2.3 T1.1 | 1.2.2 2.3.4 T1.1.2 T1.1.6 |
| 4. Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral. | 1.2. 3.2 T1.1 | 1.2.2. 3.2.1. 3.2.4 T1.1.5. |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 1.1.1 Revisar disposiciones que resulten discriminatorias, mediante la promoción de reformas al marco jurídico conforme a los más altos estándares internacionales. | BUEN GOBIERNO, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, INPI, MARINA, SALUD, TRABAJO, TURISMO |
| 1.1.2 Promover una atención prioritaria, accesible y de calidad hacia las personas y grupos históricamente discriminados, mediante la implementación de protocolos y guías de actuación con perspectiva de no discriminación en todas las dependencias y entidades de la APF. | BUEN GOBIERNO, CEAV, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INPI, ISSSTE, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TURISMO |
| 1.1.3 Promover la aplicación de los más altos principios en materia de igualdad y no discriminación en todo el país, mediante la armonización de la legislación, local con la LFPED. | CONAPRED, GOBERNACIÓN |
| 1.1.4 Promover la garantía del respeto a los derechos humanos y la no discriminación en las operaciones de instituciones de seguridad, mediante la revisión y actualización de su normativa interna. | BUEN GOBIERNO, CONAPRED, DEFENSA, GOBERNACIÓN, SEGURIDAD |
| 1.1.5 Ampliar el catálogo de motivos protegidos, incluyendo la identidad y expresión de género, mediante el impulso de reformas a la LFPED. | CONAPRED, GOBERNACIÓN |
| 1.1.6 Garantizar el ejercicio de derecho sin discriminación de las personas y de los grupos históricamente discriminados(53) en sus ámbitos de vida, mediante el fortalecimiento de los mecanismos de protección establecidos en la LFPED. | CONAPRED, GOBERNACIÓN, MUJERES |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 1.2.1 Fortalecer la sensibilización sobre igualdad y no discriminación para el personal de la APF, a través de la implementación de un programa obligatorio y permanente que contemple capacitaciones virtuales y presenciales. | BUEN GOBIERNO, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, INAPAM, RELACIONES EXTERIORES, SALUD |
| 1.2.2 Sensibilizar al personal de las áreas de comunicación social en el uso de lenguaje incluyente y no sexista, así como en la prevención de la difusión o reproducción de prejuicios o estereotipos, mediante cursos especializados en la materia. | CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD |
| 1.2.3 Capacitar al personal de los órganos internos de control en la identificación e investigación de actos de discriminación, mediante la realización de cursos que les permita reconocer acciones y conductas, discriminatorias. | BUEN GOBIERNO, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN |
| 1.2.4 Promover una atención sin discriminación en la prestación de bienes y servicios públicos a personas indígenas (nacionales o extranjeras) y afromexicanas, mediante la adopción de protocolos de atención desde un enfoque diferenciado. | BIENESTAR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, INPI, MUJERES, SALUD, SNDIF |
| 1.2.5 Garantizar la prestación de bienes y servicios públicos sin discriminación, mediante la creación e implementación de protocolos de atención diferenciada a grupos históricamente discriminados.(54) | BIENESTAR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, INPI, MUJERES, SALUD, SNDIF |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 1.3.1 Impulsar el cierre de brechas discriminatorias en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas, mediante la adopción de medidas de nivelación que favorezcan la igualdad sustantiva en la APF. | BUEN GOBIERNO, CONAFOR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, HACIENDA, IMSS, INPI, ISSSTE, MARINA, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TURISMO |
| 1.3.2 Incorporar un enfoque intercultural y no discriminatorio en la digitalización de trámites y servicios, mediante la incorporación de la perspectiva de no discriminación en la APF. | BUEN GOBIERNO, CEAV, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INPI, ISSSTE, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TURISMO |
| 1.3.3 Facilitar el goce de programas públicos, mediante la creación de formatos universales accesibles y comprensibles que consideren el enfoque de género, inclusión, pertinencia cultural y lingüística, así como el interés superior de las niñeces. | CONAFOR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INPI, ISSSTE, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TURISMO |
| 1.3.4 Fomentar la perspectiva de igualdad y no discriminación en el quehacer institucional de la APF, mediante la actualización e implementación de manuales y lineamientos que incorporen un enfoque diferenciado. | BUEN GOBIERNO, CONAFOR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INPI, ISSSTE, MARINA, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TURISMO |
| 1.3.5 Promover el reconocimiento y respeto de las identidades y orientaciones sexuales diversas, mediante la eliminación de criterios discriminatorios en trámites y servicios de la APF. | BUEN GOBIERNO, CONAFOR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, ISSSTE, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TURISMO |
| 1.3.6 Fortalecer los mecanismos para generar conocimiento especializado sobre los avances en el cierre de brechas de desigualdad que enfrentan los grupos históricamente discriminados, mediante el diseño y elaboración de estudios, con información sociodemográfica desagregada. | BUEN GOBIERNO, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INPI, ISSSTE, MARINA, MUJERES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TURISMO |
| 1.3.7 Institucionalizar en las dependencias de la APF la igualdad laboral y no discriminación, mediante la adopción de la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación. | BUEN GOBIERNO, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, ISSSTE, MARINA, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TRANSFORMACIÓN DIGITAL, TURISMO |
| 1.3.8 Colaborar en el seguimiento del cumplimiento del Estado mexicano a los compromisos y recomendaciones internacionales, impulsando mecanismos de igualdad sustantiva en el quehacer institucional. | CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INPI, ISSSTE, MARINA, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TURISMO |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 1.4.1 Prevenir la discriminación y estereotipos de género mediante campañas de comunicación social que promuevan una cultura de inclusión e igualdad. | BUEN GOBIERNO, CEAV, CONAFOR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, ISSSTE, MARINA, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TURISMO |
| 1.4.2 Desarrollar y difundir información sobre derechos humanos en lenguaje sencillo, accesible, inclusivo y culturalmente pertinente a toda la población, mediante la creación de materiales adaptados a los diferentes contextos y condiciones de vida. | BIENESTAR, BUEN GOBIERNO, CEAV, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INAPAM, ISSSTE, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SPR, TRABAJO, TURISMO |
| 1.4.3 Difundir los instrumentos para la atención de quejas por discriminación al interior de la APF, mediante mecanismos claros y accesibles, a fin de promover una cultura de respeto e igualdad. | BUEN GOBIERNO, CONAFOR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, ISSSTE, MARINA, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO, TRANSFORMACIÓN DIGITAL, TURISMO |
| 1.4.4 Fomentar una cultura institucional que promueva la igualdad y no discriminación, a través del reconocimiento, respeto e inclusión de las personas y de los grupos históricamente discriminados. | BUEN GOBIERNO, CONAFOR, CONAPRED, ENERGÍA, GOBERNACIÓN, IMSS, INAPAM-BIENESTAR, ISSSTE, MUJERES, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRANSFORMACIÓN DIGITAL, TURISMO |
| 1.4.5 Fomentar la recuperación y preservación de las lenguas indígenas y afromexicanas, por medio de mecanismos que reconozcan su importancia y fomenten su uso en la vida de las personas. | CONAPRED, GOBERNACIÓN, INALI, INPI, SALUD |
| 1.4.6 Fortalecer el reconocimiento de la partería tradicional indígena y afromexicana, a través de herramientas que visibilicen y valoren su conocimiento y labor en diferentes partes del país. | GOBERNACIÓN, INPI, RELACIONES EXTERIORES, SALUD |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 2.1.1 Promover la implementación de medidas de nivelación, inclusión y acciones afirmativas en la prestación de servicios de salud a favor de grupos históricamente discriminados,(55) a través de mecanismos de coordinación con el SNS, para diseñar y establecer protocolos específicos. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.1.2 Prevenir la discriminación en personas mayores, mediante la actualización, implementación y promoción de protocolos para la atención geriátrica integral, con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad y accesibilidad. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.1.3 Prevenir la discriminación en el ámbito de salud a las NNA, a través de la actualización y promoción de protocolos, fortaleciendo el Principio del Interés Superior de la Niñez. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.1.4 Asegurar el acceso de todas las personas a los servicios de salud eliminando barreras relacionadas con el perfilamiento racial o de edad, a través del desarrollo, actualización e implementación de protocolos institucionales de atención diferenciada. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.1.5 Promover y garantizar el acceso a los servicios de salud de las personas con discapacidad y personas con neurodivergencias, mediante la creación, actualización e implementación de protocolos institucionales de atención diferenciada. | BIENESTAR, IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.1.6 Asegurar el acceso a los servicios de salud de las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género no normativas, mediante la actualización e implementación de protocolos institucionales de atención diferenciada. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.1.7 Garantizar que las mujeres tengan acceso a los servicios de salud eliminando barreras de género, a través de la actualización e implementación de protocolos institucionales de atención diferenciada. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.1.8 Actualizar los lineamientos para la emisión del certificado de factibilidad, mediante la adopción de los principios de diseño universal y ajustes razonables, con el fin de garantizar la accesibilidad física a las instalaciones de salud. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 2.2.1 Eliminar barreras de acceso a los servicios de salud por motivos de discriminación, promoviendo la igualdad de derechos para todas las personas, mediante la implementación de protocolos de atención diferenciada. | BIENESTAR, IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.2.2 Implementar el Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas LGBTTTI en el SNS, mediante la coordinación de las instancias de salud. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.2.3 Brindar servicios de salud con pertenencia cultural, mediante la implementación de un programa para la certificación e incorporación de intérpretes-traductores en lenguas indígenas al SNS, en coordinación con el INPI y el INALI. | IMSS, IMSS BIENESTAR, INALI, INPI, ISSSTE, SALUD |
| 2.2.4. Promover la creación y fortalecimiento de mecanismos para la atención médica a distancia, mediante la construcción de herramientas que permitan brindar servicios de salud con pertinencia y pertenencia cultural en el país. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.2.5 Prevenir y atender la violencia obstétrica en las unidades de salud, a través de la implementación de protocolos que garanticen una atención digna, respetuosa y libre de violencia. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) | |
| 2.3.1 Fomentar la generación de informes desagregados de los grupos históricamente discriminados, mediante la integración de variables sociodemográficas en los sistemas de información y registros administrativos. | BIENESTAR, CONAPRED, IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.3.2 Integrar datos sociodemográficos de las personas indígenas en los sistemas y registros de información de salud, partiendo del respeto por la multiculturalidad de perfiles de la población beneficiaria atendida. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.3.3 Fortalecer la desagregación de información en las bases de datos del SNS, mediante el registro de datos sociodemográficos de las personas afromexicanas y afrodescendientes reconociendo y respetando la diversidad de la población atendida. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.3.4 Orientar el diseño de intervenciones focalizadas, mediante la promoción de estudios sobre las barreras de acceso a la salud por motivos de discriminación y la creación de bases de datos en esta materia. | CONAPRED, IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.3.5 Fomentar la investigación y la generación de evidencia que visibilice la atención libre de discriminación a mujeres, personas mayores, personas de la diversidad sexogenérica, personas indígenas y afromexicanas, mediante la construcción y seguimiento de indicadores en el ámbito de la salud. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.3.6 Diseñar e integrar indicadores respecto a las guías de acción y protocolos de atención médica que han sido implementados, a través de la coordinación interinstitucional. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 2.4.1 Visibilizar las herramientas y protocolos para la atención diferenciada del SNS, mediante su difusión y divulgación. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.4.2 Fortalecer la atención digna y no discriminatoria para todas las personas, mediante la elaboración y difusión de guías de acción y protocolos de atención dirigido a personal del SNS, con enfoque diferenciado, con pertinencia y pertenencia cultural. | IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.4.3 Dar a conocer a las personas de la diversidad sexogenérica las herramientas de atención en la salud con enfoque diferenciado del SNS, a través de campañas orgánicas. | CONAPRED, IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.4.4 Promover las herramientas de atención de la salud con enfoque diferenciado entre las personas derechohabientes, a través de medios digitales. | CONAPRED, IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.4.5 Prevenir actos discriminatorios en la provisión de servicios de salud, mediante la capacitación en interculturalidad del personal del SNS, con modelos de atención centrados en la persona y la comunidad. | CONAPRED, IMSS, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| 2.4.6 Fomentar el acceso a la salud de las personas indígenas y afrodescendientes, a través del diseño e implementación de materiales y campañas de comunicación intercultural y antirracista que incorporen la pertinencia cultural y enfoque de derechos. | CONAPRED, IMSS BIENESTAR, ISSSTE, SALUD |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 3.1.1 Promover la revisión, actualización y modificación de las normas del SEN para eliminar barreras y prácticas discriminatorias, a través de la colaboración con las instituciones que lo integran. | CONAPRED, EDUCACIÓN |
| 3.1.2 Prevenir el acoso escolar de NNA, mediante el fortalecimiento de los mecanismos de atención diferenciada a grupos históricamente discriminados. | CONAFOR, CONAPRED, EDUCACIÓN, |
| 3.1.3 Fortalecer los mecanismos de atención al acoso escolar de NNA, mediante la mejora de los procesos de recepción y atención de denuncia, garantizando el respeto a los derechos humanos sin discriminación, la protección integral y la creación de entornos escolares seguros. | CONAFOR, CONAPRED, EDUCACIÓN, SNDIF |
| 3.1.4 Promover el respeto del derecho al libre desarrollo de la personalidad de NNA, a través del desarrollo e implementación de lineamientos y reglamentos escolares que lo garanticen. | CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN |
| 3.1.5 Garantizar la protección e integridad psicofísica en situaciones de acoso escolar de las niñeces, mediante el fortalecimiento de los mecanismos internos e interinstitucionales. | CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN |
| 3.1.6 Asegurar el bienestar psicofísico ante casos de acoso escolar de las juventudes, mediante el fortalecimiento de los mecanismos internos de los centros educativos. | CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN |
| 3.1.7 Garantizar y promover la defensa de la integridad psicofísica por acoso escolar de las niñeces con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexogenérica, a través del fortalecimiento de los mecanismos internos de los centros educativos. | CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 3.2.1 Fortalecer los protocolos de aplicación obligatoria en materia de acoso escolar en los planteles del SEN, a partir de la revisión y actualización. | CONAFE, CONAFOR, EDUCACIÓN, SNDIF |
| 3.2.2 Promover la convivencia pacífica y la atención a casos de violencia, en los planteles del SEN, mediante la implementación de redes comunitarias de apoyo escolar. | EDUCACIÓN, SNDIF |
| 3.2.3 Atender a las diversidades y nuevas realidades sociales en el ámbito educativo, mediante el desarrollo e implementación de protocolos y materiales pedagógicos. | CONAFE, CONAFOR, EDUCACIÓN |
| 3.2.4 Construir y promover planes, programas y materiales educativos inclusivos, mediante la incorporación transversal y explícita de los enfoques de interculturalidad y derechos humanos en los planes y programas de estudio del SEN. | CONAFE, CONAFOR, CONAPRED, EDUCACIÓN |
| 3.2.5 Promover condiciones de igualdad sustantiva en el tipo educativo básico, mediante el diseño, implementación y articulación de herramientas interinstitucionales que garanticen toda la trayectoria escolar, asegurando el trato igualitario, sin distinción alguna por motivos enmarcados en la LFPED. | CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 3.3.1 Sensibilizar y formar en materia de igualdad y no discriminación al personal del SEN, mediante la institucionalización de un programa obligatorio y diferenciado con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género e interculturalidad. | CONAFE, CONAPRED, EDUCACIÓN |
| 3.3.2 Fomentar el respeto de los derechos humanos y al interés superior de la niñez, mediante la actualización de los protocolos y códigos de conducta con perspectiva de no discriminación. | CONAPRED, GOBERNACIÓN |
| 3.3.3 Garantizar el respeto y la sana convivencia escolar, mediante la elaboración y adopción de un reglamento marco que prohíba expresamente prácticas excluyentes por motivos discriminatorios, conforme a la LFPED, asegurando la trayectoria escolar de NNA. | CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN |
| 3.3.4 Promover la no discriminación a las niñeces con neurodivergencias, mediante el establecimiento de lineamientos y protocolos focalizados con enfoque diferenciado en los centros educativos del SEN. | CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN, SNDIF |
| 3.3.5 Construir un acervo de conocimiento especializado que fundamente el diseño de las intervenciones educativas, por medio de la concentración de investigaciones, datos y guías de buenas prácticas. | CONAPRED, EDUCACIÓN, MUJERES |
| 3.3.6 Elaborar estudios que visibilicen la atención de las niñeces con discapacidad en el SEN, por medio de la integración de datos sobre sus características. | CONAFE, CONAPRED, GOBERNACIÓN |
| 3.3.7 Promover que en los planteles del SEN se genere información desagregada de grupos discriminados, mediante la recopilación de datos sociodemográficas de estos grupos. | CONAFE, CONAFOR, CONAPRED, EDUCACIÓN, GOBERNACIÓN, MUJERES |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 3.4.1 Construir y difundir protocolos de impartición de conocimiento con perspectiva de no discriminación, mediante la elaboración de campañas de divulgación en plataformas digitales. | CONAPRED, EDUCACIÓN |
| 3.4.2 Promover el derecho a la no discriminación en comunidades escolares, con énfasis en personas de la diversidad sexogenérica, con discapacidad, indígenas y afromexicanas, a través de la elaboración de materiales educativos y su difusión por medios digitales. | CONAFE, CONAFOR, CONAPRED, EDUCACIÓN |
| 3.4.3 Promover herramientas educativas con enfoque diferenciado, a través de campañas en redes sociales. | CONAPRED, EDUCACIÓN |
| 3.4.4 Difundir estudios e investigaciones en materia educativa con perspectiva de no discriminación, a través de la coordinación de la comunidad escolar. | CONAPRED, EDUCACIÓN |
| 3.4.5 Sensibilizar al personal de las instituciones educativas con enfoque militar en materia de no discriminación, mediante la capacitación en sus centros educativos y de formación. | CONAPRED |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 4.1.1 Promover el acceso de las personas de grupos discriminados a un trabajo digno, a través del análisis y actualización del marco normativo en materia laboral para garantizar que incorpore la perspectiva de igualdad y no discriminación. | TRABAJO |
| 4.1.2 Eliminar prácticas discriminatorias en el acceso de las mujeres a un trabajo digno, por medio de cambios normativos, que incorpore la perspectiva de igualdad sustantiva y permita cerrar brechas de desigualdad. | TRABAJO |
| 4.1.3 Eliminar prácticas discriminatorias para que las personas mayores y personas con discapacidad accedan a un trabajo digno, mediante el análisis y actualización del marco normativo, a fin de que incorpore la perspectiva de no discriminación. | TRABAJO |
| 4.1.4 Asegurar el cumplimiento de la normativa sobre igualdad y no discriminación en los centros laborales, a través del fortalecimiento de los mecanismos de inspección y vigilancia en los lugares de trabajo. | TRABAJO |
| 4.1.5 Prevenir el hostigamiento laboral para garantizar el respeto y la dignidad de todas las personas, en particular a los grupos históricamente discriminados, mediante la actualización de protocolos y lineamientos que incorporen el respeto del principio de igualdad y no discriminación. | TRABAJO |
| 4.1.6 Promover y garantizar la protección de los derechos laborales de todas las personas, en particular de los grupos históricamente discriminados,(56) mediante el fortalecimiento de los mecanismos de protección establecidos en las normativas vigentes. | CONAPRED, TRABAJO |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 4.2.1 Fomentar el ejercicio y respeto de los derechos laborales en igualdad de oportunidades y condiciones para todas las personas, sin distinción alguna, a través del fortalecimiento de los mecanismos de acceso, permanencia y ascensos. | TRABAJO |
| 4.2.2 Impulsar buenas prácticas laborales en igualdad de oportunidades y condiciones para las personas trans, por medio del fortalecimiento de los mecanismos de acceso, permanencia y ascensos. | CONAPRED, TRABAJO |
| 4.2.3 Promover la inserción laboral de todas las personas, particularmente de los grupos históricamente discriminados, demostrando sus competencias, mediante la evaluación y certificación de habilidades laborales. | TRABAJO |
| 4.2.4 Fortalecer la integración laboral de las mujeres, a fin de alcanzar la igualdad sustantiva, mediante programas de capacitación y certificación de competencias laborales con perspectiva de género. | TRABAJO |
| 4.2.5 Fortalecer los mecanismos de quejas por presuntos actos de discriminación laboral, mediante protocolos especializados en las instancias de conciliación y defensa del trabajo. | CONAPRED, TRABAJO |
| 4.2.6 Promover la inserción laboral de personas indígenas, a través del fortalecimiento de los programas de capacitación y certificación de competencias laborales con pertinencia y pertenencia cultural. | TRABAJO |
| 4.2.7 Fortalecer el acceso laboral de las juventudes y de las personas en el SNE y en el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, mediante la coordinación institucional y la incorporación del principio de igualdad sustantiva. | TRABAJO |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 4.3.1 Incentivar la medición de brechas laborales, por medio del establecimiento de un sistema de recopilación de datos estadísticos, desagregados por género, edad, discapacidad y origen étnico. | CONAPRED, HACIENDA, SNDIF, TRABAJO |
| 4.3.2 Fortalecer la sistematización de información desagregada en ámbitos rurales y urbanos, mediante la generación de informes periódicos. | CONAPRED, GOBERNACIÓN, SNDIF, TRABAJO |
| 4.3.3 Visibilizar los avances para contrarrestar prácticas discriminatorias en el trabajo, mediante la elaboración de estudios e investigaciones. | CONAPRED, GOBERNACIÓN, SNDIF, TRABAJO |
| 4.3.4 Fortalecer la atención de quejas por prácticas discriminatorias en el ámbito laboral, a través de la difusión de los mecanismos de denuncia existentes. | CONAFOR, CONAPRED, GOBERNACIÓN, SALUD, TRABAJO |
| 4.3.5 Incentivar las buenas prácticas que promuevan el cierre de brechas en los centros de trabajo, a través de la implementación de mecanismos que reconozcan estas prácticas. | CONAFOR, CONAPRED, GOBERNACIÓN, SNDIF, TRABAJO |
| 4.3.6 Fomentar la inclusión laboral de personas de la diversidad sexogenérica, con discapacidad, indígenas, afromexicanas, en movilidad, y mayores, mediante la construcción y actualización de protocolos que incorporen el enfoque diferenciado. | CONAPRED, TRABAJO |
| Línea de acción | Dependencias y/o Entidades responsables de ejecutar la línea de acción (instituciones coordinadas) |
| 4.4.1 Visibilizar los protocolos y herramientas de atención diferenciada en el trabajo, a través de su difusión y divulgación en diferentes medios digitales. | CONAFOR, CONAPRED, GOBERNACIÓN, RELACIONES EXTERIORES, SNDIF, TRABAJO |
| 4.4.2 Fomentar la implementación de protocolos y guías de acción en materia laboral con perspectiva de no discriminación, en los centros de trabajo, a través de acciones de capacitación y difusión. | CONAPRED, GOBERNACIÓN, SNDIF, TRABAJO |
| 4.4.3 Difundir las herramientas con enfoque diferenciado de los centros laborales, por medio de campañas internas para conocimiento de las personas trabajadoras. | CONAFOR, CONAPRED, GOBERNACIÓN, SNDIF, TRABAJO |
| 4.4.4 Difundir y compartir buenas prácticas en los centros laborales, mediante estrategias accesibles y sistematizadas. | CONAPRED, GOBERNACIÓN, SNDIF, TRABAJO |
| 4.4.5 Fomentar una cultura organizacional libre de discriminación y violencia laboral, mediante la implementación de campañas de comunicación interna que promuevan los derechos laborales, así como mecanismos accesibles de denuncia, con enfoque incluyente, lenguaje no sexista y perspectiva de género. | CEAV, CONAFOR, CONAPRED, GOBERNACIÓN, RELACIONES EXTERIORES, SALUD, SNDIF, TRABAJO |
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal - Nacional | ||||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | ||||||||||||||||
| Definición o descripción | Mide el porcentaje de la población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal | ||||||||||||||||
| Derecho asociado | El derecho a la igualdad y no discriminación, garantizado por el artículo 1o. constitucional, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | ||||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional | Periodicidad o frecuencia de medición | Quinquenal | ||||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Marzo, 2028 | ||||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Julio a septiembre, 2027 | ||||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPNAM_i = Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PNAM_i = Población a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PT_i = Población Total de 18 años y más del grupo "i" i = Población nacional y grupos históricamente discriminados | ||||||||||||||||
| Observaciones | El cálculo para cada población se realizó con base en el Cuestionario de Opinión y Experiencias de la ENADIS 2022. De julio a septiembre de 2022 se hizo el levantamiento de la Encuesta, y la publicación de los resultados se hizo en 2023. Conforme a la periodicidad de la encuesta, el siguiente levantamiento se prevé en 2027 y los resultados para 2028 | ||||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | PNAM_Nacional = Población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses a nivel nacional | Valor variable 1 | 21,811,110 | Fuente de información variable 1 | ENADIS | ||||||||||||
| Nombre variable 2 | PT_Nacional = Total de población de 18 años y más a nivel nacional | Valor variable 2 | 92,030,000 | Fuente de información variable 2 | ENADIS | ||||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||||
| Valor | 23.7 | El valor de la línea base se refiere al "Porcentaje de población de 18 años y más que fue discriminada durante los últimos 12 meses a nivel nacional" con base en ENADIS 2022 | |||||||||||||||
| Año | 2022 | ||||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||||
| 22.5 | Derivado de que la periodicidad de la ENADIS es quinquenal, el valor del indicador estará disponible en el año 2032, por lo que se coloca la meta a 2027. | ||||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||||
| NA | NA | NA | NA | 23.7 | NA | NA | N/D | ||||||||||
| METAS | |||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||||
| NA | 22.5 | NA | NA | NA | |||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal - Mujeres | |||||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | |||||||||||||||||
| Definición o descripción | Mide el porcentaje de la población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal | |||||||||||||||||
| Derecho asociado | El derecho a la igualdad y no discriminación, garantizado por el artículo 1o. constitucional, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | |||||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Mujeres | Periodicidad o frecuencia de medición | Quinquenal | |||||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Marzo, 2028 | |||||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Julio a septiembre, 2027 | |||||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPNAM_i = Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PNAM_i = Población a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PT_i = Población Total de 18 años y más del grupo "i" i = Población de Mujeres | |||||||||||||||||
| Observaciones | El cálculo para cada población se realizó con base en el Cuestionario de Opinión y Experiencias de la ENADIS 2022. De julio a septiembre de 2022 se hizo el levantamiento de la Encuesta, y la publicación de los resultados se hizo en 2023. Conforme a la periodicidad de la encuesta, el siguiente levantamiento se prevé en 2027 y los resultados para 2028 | |||||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | PNAM_Nacional = Población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses a nivel nacional - Mujeres | Valor variable 1 | 16,660,640 | Fuente de información variable 1 | ENADIS | |||||||||||||
| Nombre variable 2 | PT_Nacional = Total de población de 18 años y más a nivel nacional - Mujeres | Valor variable 2 | 67,180,000 | Fuente de información variable 2 | ENADIS | |||||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||||||
| Valor | 24.8 | El valor de la línea base se refiere al "Porcentaje de población de 18 años y más que fue discriminada durante los últimos 12 meses a nivel nacional - Mujeres" con base en ENADIS 2022 | ||||||||||||||||
| Año | 2022 | |||||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||||||
| 23.4 | Derivado de que la periodicidad de la ENADIS es quinquenal, el valor del indicador estará disponible en el año 2027. | |||||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||||||
| NA | NA | NA | NA | 24.8 | NA | NA | NA | |||||||||||
| METAS | ||||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||||||
| NA | 23.4 | NA | NA | NA | ||||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal - Personas adscritas indígenas | |||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | |||||||||||||||
| Definición o descripción | Mide el porcentaje de la población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal | |||||||||||||||
| Derecho asociado | El derecho a la igualdad y no discriminación, garantizado por el artículo 1o. constitucional, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | |||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Personas adscritas indígenas | Periodicidad o frecuencia de medición | Quinquenal | |||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Marzo, 2028 | |||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Julio a septiembre, 2027 | |||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPNAM_i = Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PNAM_i = Población a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PT_i = Población Total de 18 años y más del grupo "i" i = Personas adscritas indígenas | |||||||||||||||
| Observaciones | El cálculo para cada población se realizó con base en el Cuestionario de Opinión y Experiencias de la ENADIS 2022. De julio a septiembre de 2022 se hizo el levantamiento de la Encuesta, y la publicación de los resultados se hizo en 2023. Conforme a la periodicidad de la encuesta, el siguiente levantamiento se prevé en 2027 y los resultados para 2028 | |||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | PNAM_Nacional = Población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses a nivel nacional - Personas adscritas indígenas | Valor variable 1 | 5,170,400 | Fuente de información variable 1 | ENADIS | |||||||||||
| Nombre variable 2 | PT_Nacional = Total de población de 18 años y más a nivel nacional - Personas adscritas indígenas | Valor variable 2 | 18,400,000 | Fuente de información variable 2 | ENADIS | |||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||||
| Valor | 28.1 | El valor de la línea base se refiere al "Porcentaje de población de 18 años y más que fue discriminada durante los últimos 12 meses a nivel nacional - personas adscritas indígenas" con base en ENADIS 2022 | ||||||||||||||
| Año | 2022 | |||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||||
| 26.3 | Derivado de que la periodicidad de la ENADIS es quinquenal, el valor del indicador estará disponible en el año 2032, por lo que se coloca la meta a 2027. | |||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||||
| NA | NA | NA | NA | 28.1 | NA | NA | NA | |||||||||
| METAS | ||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||||
| NA | 26.3 | NA | NA | NA | ||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal - Personas afrodescendientes | |||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | |||||||||||||||
| Definición o descripción | Mide el porcentaje de la población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal | |||||||||||||||
| Derecho asociado | El derecho a la igualdad y no discriminación, garantizado por el artículo 1o. constitucional, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | |||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Personas afrodescendientes | Periodicidad o frecuencia de medición | Quinquenal | |||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Marzo, 2028 | |||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Julio a septiembre, 2027 | |||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPNAM_i = Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PNAM_i = Población a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PT_i = Población Total de 18 años y más del grupo "i" i = Personas afrodescendientes | |||||||||||||||
| Observaciones | El cálculo para cada población se realizó con base en el Cuestionario de Opinión y Experiencias de la ENADIS 2022. De julio a septiembre de 2022 se hizo el levantamiento de la Encuesta, y la publicación de los resultados se hizo en 2023. Conforme a la periodicidad de la encuesta, el siguiente levantamiento se prevé en 2027 y los resultados para 2028 | |||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | PNAM_Nacional = Población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses a nivel nacional - Personas afrodescendientes | Valor variable 1 | 509,780 | Fuente de información variable 1 | ENADIS | |||||||||||
| Nombre variable 2 | PT_Nacional = Total de población de 18 años y más a nivel nacional - Personas afrodescendientes | Valor variable 2 | 1,420,000 | Fuente de información variable 2 | ENADIS | |||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||||
| Valor | 35.9 | El valor de la línea base se refiere al "Porcentaje de población de 18 años y más que fue discriminada durante los últimos 12 meses a nivel nacional - personas afrodescendientes" con base en ENADIS 2022 | ||||||||||||||
| Año | 2022 | |||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||||
| 33.9 | Derivado de que la periodicidad de la ENADIS es quinquenal, el valor del indicador estará disponible en el año 2032, por lo que se coloca la meta a 2027 | |||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||||
| NA | NA | NA | NA | 35.9 | NA | NA | NA | |||||||||
| METAS | ||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||||
| NA | 33.9 | NA | NA | NA | ||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal - Personas con discapacidad | ||||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | ||||||||||||||||
| Definición o descripción | Mide el porcentaje de la población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal | ||||||||||||||||
| Derecho asociado | El derecho a la igualdad y no discriminación, garantizado por el artículo 1o. constitucional, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | ||||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Personas con discapacidad | Periodicidad o frecuencia de medición | Quinquenal | ||||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Marzo, 2028 | ||||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Julio a septiembre, 2027 | ||||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPNAM_i = Porcentaje de población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PNAM_i = Población a la que se le discriminó en los últimos 12 meses por alguna característica o condición personal del grupo "i" PT_i = Población Total de 18 años y más del grupo "i" i = Personas con discapacidad | ||||||||||||||||
| Observaciones | El cálculo para cada población se realizó con base en el Cuestionario de Opinión y Experiencias de la ENADIS 2022. De julio a septiembre de 2022 se hizo el levantamiento de la Encuesta, y la publicación de los resultados se hizo en 2023. Conforme a la periodicidad de la Encuesta, el siguiente levantamiento se prevé en 2027 y los resultados para 2028 | ||||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | PNAM_Nacional = Población de 18 años y más a la que se le discriminó en los últimos 12 meses a nivel nacional - Personas con discapacidad | Valor variable 1 | 2,356,050 | Fuente de información variable 1 | ENADIS | ||||||||||||
| Nombre variable 2 | PT_Nacional = Total de población de 18 años y más a nivel nacional - Personas con discapacidad | Valor variable 2 | 6,950,000 | Fuente de información variable 2 | ENADIS | ||||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||||
| Valor | 33.9 | El valor de la línea base se refiere al "Porcentaje de población de 18 años y más que fue discriminada durante los últimos 12 meses a nivel nacional - personas con discapacidad" con base en ENADIS 2022 | |||||||||||||||
| Año | 2022 | ||||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||||
| 32.3 | Derivado de que la periodicidad de la ENADIS es quinquenal, el valor del indicador estará disponible en el año 2032, por lo que se coloca la meta a 2027. | ||||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||||
| NA | NA | NA | NA | 33.9 | NA | NA | NA | ||||||||||
| METAS | |||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||||
| NA | 32.3 | NA | NA | NA | |||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Nacional | ||||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | ||||||||||||||||
| Definición o descripción | Proporción de la población que no es pobre y no es vulnerable por ingresos, pero que tiene una o más carencias sociales (de un total de 6), con respecto al total de la población | ||||||||||||||||
| Derecho asociado | El artículo 1o. de la CPEUM, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | ||||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente al levantamiento | ||||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | ||||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPSV_i = Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i" PSV_i = Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i" PT_i = Población total del grupo "i" i = Población nacional | ||||||||||||||||
| Observaciones | Los criterios para definir las carencias sociales (educativa, acceso a servicios de salud, acceso a seguridad social, calidad y espacios de vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación) son establecidos por la metodología del CONEVAL, ahora INEGI | ||||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales | Valor variable 1 | 41,866,023 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||||
| Nombre variable 2 | Población total nacional | Valor variable 2 | 130,018,705 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||||
| Valor | 32.2 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||||
| 27.7 | | ||||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||||
| 26.4 | NA | 23.7 | NA | 29.4 | NA | 32.2 | NA | ||||||||||
| METAS | |||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||||
| 30.7 | NA | 29.2 | NA | 27.7 | |||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Mujeres | |||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | |||||||||||||
| Definición o descripción | Proporción de la población que no es pobre y no es vulnerable por ingresos, pero que tiene una o más carencias sociales (de un total de 6), con respecto al total de la población | |||||||||||||
| Derecho asociado | El artículo 1o. de la CPEUM, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | |||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Mujeres | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | |||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente al levantamiento | |||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | |||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPSV_i = Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i". PSV_i = Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i". PT_i = Población total del grupo "i" i = Mujeres | |||||||||||||
| Observaciones | Los criterios para definir las carencias sociales (educativa, acceso a servicios de salud, acceso a seguridad social, calidad y espacios de vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación) son establecidos por la metodología del CONEVAL, ahora INEGI | |||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Mujeres | Valor variable 1 | 21,098,834 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | |||||||||
| Nombre variable 2 | Población Total Nacional - Mujeres | Valor variable 2 | 67,874,940 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | |||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||
| Valor | 31.1 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||
| 27.5 | | |||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||
| 25.6 | NA | 22.7 | NA | 28.4 | NA | 31.1 | NA | |||||||
| METAS | ||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||
| 30.7 | NA | 29.1 | NA | 27.5 | ||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Población indígena | ||||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | ||||||||||||||||
| Definición o descripción | Proporción de la población que no es pobre y no es vulnerable por ingresos, pero que tiene una o más carencias sociales (de un total de 6), con respecto al total de la población | ||||||||||||||||
| Derecho asociado | El artículo 1o. de la CPEUM, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | ||||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población indígena | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente al levantamiento | ||||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | ||||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPSV_i = Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i". PSV_i = Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i". PT_i = Población total del grupo "i" i = Población Indígena | ||||||||||||||||
| Observaciones | Los criterios para definir las carencias sociales (educativa, acceso a servicios de salud, acceso a seguridad social, calidad y espacios de vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación) son establecidos por la metodología del CONEVAL, ahora INEGI | ||||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Población indígena | Valor variable 1 | 3,545,765 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||||
| Nombre variable 2 | Población Total Nacional - Población indígena | Valor variable 2 | 12,840,092 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||||
| Valor | 27.6 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||||
| 21.8 | | ||||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||||
| 19.3 | NA | 17.6 | NA | 24.5 | NA | 27.6 | NA | ||||||||||
| METAS | |||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||||
| 26.2 | NA | 24.6 | NA | 21.8 | |||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Población con discapacidad | ||||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | ||||||||||||||||
| Definición o descripción | Proporción de la población que no es pobre y no es vulnerable por ingresos, pero que tiene una o más carencias sociales (de un total de 6), con respecto al total de la población | ||||||||||||||||
| Derecho asociado | El artículo 1o. de la CPEUM, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | ||||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población con discapacidad | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | ||||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPSV_i = Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i" PSV_i = Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i" PT_i = Población total del grupo "i" i = Población con discapacidad | ||||||||||||||||
| Observaciones | Los criterios para definir las carencias sociales (educativa, acceso a servicios de salud, acceso a seguridad social, calidad y espacios de vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación) son establecidos por la metodología del CONEVAL, ahora INEGI | ||||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Población con discapacidad | Valor variable 1 | 3,560,786 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||||
| Nombre variable 2 | Población Total Nacional - Población con discapacidad | Valor variable 2 | 9,536,914 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||||
| Valor | 37.3 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||||
| 32.5 | | ||||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||||
| NA | NA | 28.1 | NA | 34.8 | NA | 37.3 | NA | ||||||||||
| METAS | |||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||||
| 35.7 | NA | 34.1 | NA | 32.5 | |||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Población mayor a 65 años | ||||||||||||||||
| Objetivo | Fortalecer el marco institucional y las políticas públicas del Estado mexicano para garantizar el derecho a la igualdad, mediante la incorporación de una perspectiva de derechos humanos y no discriminación con enfoque interseccional en toda la Administración Pública Federal | ||||||||||||||||
| Definición o descripción | Proporción de la población que no es pobre y no es vulnerable por ingresos, pero que tiene una o más carencias sociales (de un total de 6), con respecto al total de la población | ||||||||||||||||
| Derecho asociado | El artículo 1o. de la CPEUM, que establece que se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas | ||||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población mayor a 65 años | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | ||||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPSV_i = Porcentaje de población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i" PSV_i = Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales del grupo "i" PT_i = Población total del grupo "i" i = Población mayor a 65 años | ||||||||||||||||
| Observaciones | Los criterios para definir las carencias sociales (educativa, acceso a servicios de salud, acceso a seguridad social, calidad y espacios de vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación) son establecidos por la metodología del CONEVAL, ahora INEGI. | ||||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población en situación de vulnerabilidad por carencias sociales - Población mayor a 65 años | Valor variable 1 | 4,476,095 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||||
| Nombre variable 2 | Población Total Nacional - Población mayor a 65 años | Valor variable 2 | 13,494,705 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||||
| Valor | 33.2 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024. | |||||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||||
| 29.6 | Meta orientada a reducir la vulnerabilidad social en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 1). | ||||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||||
| 27.6 | NA | 27.4 | NA | 31.6 | NA | 33.2 | NA | ||||||||||
| METAS | |||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||||
| 32.0 | NA | 30.8 | NA | 29.6 | |||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| Nombre | Razón de gasto público en salud per cápita por condición de cobertura de seguridad social | |||||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | |||||||||||||||
| Definición o descripción | Mide la relación del gasto público ejercido en salud a la población con seguridad social respecto del ejercido a la población sin seguridad social | |||||||||||||||
| Derecho asociado | El derecho a la salud se garantiza en el artículo 4o. de la Constitución. Además, el artículo 2o. apartado B establece el aseguramiento del acceso efectivo a los servicios de salud mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional, aprovechando debidamente la medicina tradicional. Cabe mencionar que, la reforma constitucional al artículo 4o. establece la creación de un sistema de salud que garantice de manera progresiva los servicios de salud para quienes no se encuentren incorporados en el sistema de seguridad social | |||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional | Periodicidad o frecuencia de medición | Anual | |||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Marzo | |||||||||||||
| Unidad de medida | Razón | Periodo de recolección de los datos | Enero - diciembre | |||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() RGPS_t = Razón del gasto público per cápita de la población con seguridad social, por cada $1.00 (peso) destinado a la población sin seguridad social, en el año "t" GPSPCSS_t = Gasto per cápita público en salud de la población con seguridad social, en el año "t" GPSPSSS_t = Gasto per cápita público en salud de la población sin seguridad social, en el año "t" t = Año de cálculo | |||||||||||||||
| Observaciones | La disparidad en el gasto público en salud entre la población con y sin seguridad social en México refleja una profunda inequidad que afecta la calidad de atención y perpetúa las desigualdades sociales. Es crucial que las políticas públicas busquen reducir esta brecha para garantizar una atención sanitaria más justa y equitativa para todos los ciudadanos Se conserva este indicador del Programa anterior para dar continuidad y seguimiento a las acciones realizadas | |||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Gasto per cápita público en salud de la población con seguridad social | Valor variable 1 | 5,807.9 | Fuente de información variable 1 | Salud | |||||||||||
| Nombre variable 2 | Gasto per cápita público en salud de la población sin seguridad social | Valor variable 2 | 4,106.44 | Fuente de información variable 2 | Salud | |||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||||
| Valor | 1.4 | La información fue obtenida a través del sistema de datos abiertos del Subsistema de Cuentas en Salud (SICUENTAS) clasificada como Gasto en Salud por Fuente de Financiamiento e Indicadores de Gasto en Salud 1990-2024 - Constantes. Disponible en: SICUENTAS - Datos Abiertos de México A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||||
| 1.2 | | |||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||||
| 1.4 | 1.4 | 1.3 | 1.3 | 1.3 | 1.5 | 1.4 | ND | |||||||||
| METAS | ||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||||
| 1.3 | 1.3 | 1.3 | 1.3 | 1.2 | ||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social - Nacional | ||||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | ||||||||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide la carencia por acceso a la seguridad social y se calcula con base en las prestaciones laborales, la inscripción al sistema de seguridad social (jubilación o pensiones), y los programas sociales dedicados a la población adulta mayor | ||||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a la seguridad social, establecido en el artículo 4o. y 123 constitucional | ||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - noviembre | ||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPCSS = Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social PCSSg = Personas con carencia de acceso a la seguridad social PTg = Población total g = grupo históricamente discriminado. | ||||||||||||||
| Observaciones | Los componentes son las poblaciones: ocupada sin acceso directo a la seguridad social; no ocupada sin acceso a la seguridad social; y la población de 65 años y más con un ingreso por programas para personas adultas mayores inferior al promedio de las LPEI y que no cuentan con una pensión jubilatoria. La metodología es la establecida por el CONEVAL, ahora INEGI. | ||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Personas con carencia de acceso a la seguridad social - Nacional | Valor variable 1 | 62,700,000 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||
| Nombre variable 2 | Población total - Nacional | Valor variable 2 | 129,800,000 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||
| Valor | 48.3 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||
| 44.0 | | ||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||
| 53.5 | NA | 52.0 | NA | 50.2 | NA | 48.3 | NA | ||||||||
| METAS | |||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||
| 46.8 | NA | 45.4 | NA | 44.0 | |||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social - Mujeres | ||||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | ||||||||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide la carencia por acceso a la seguridad social y se calcula con base en las prestaciones laborales, la inscripción al sistema de seguridad social (jubilación o pensiones), y los programas sociales dedicados a las personas mayores | ||||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a la seguridad social, establecido en el artículo 4o. y 123 constitucional | ||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Mujeres | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - noviembre | ||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPCSS = Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social PCSSg = Personas con carencia de acceso a la seguridad social PTg = Población total g = Mujeres | ||||||||||||||
| Observaciones | Los componentes son las poblaciones: ocupada sin acceso directo a la seguridad social; no ocupada sin acceso a la seguridad social; y la población de 65 años y más con un ingreso por programas para personas mayores inferior al promedio de las LPEI y que no cuentan con una pensión jubilatoria. La metodología es la establecida por el CONEVAL, ahora INEGI | ||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Personas con carencia de acceso a la seguridad social - Mujeres | Valor variable 1 | 32,100,000 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||
| Nombre variable 2 | Población total - Mujeres | Valor variable 2 | 67,874,940 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||
| Valor | 47.3 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||
| 42.5 | | ||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||
| 52.7 | NA | 50.9 | NA | 49.1 | NA | 47.3 | NA | ||||||||
| METAS | |||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||
| 45.6 | NA | 44.0 | NA | 42.5 | |||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población indígena | |||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | |||||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide la carencia por acceso a la seguridad social y se calcula con base en las prestaciones laborales, la inscripción al sistema de seguridad social (jubilación o pensiones), y los programas sociales dedicados a las personas mayores | |||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a la seguridad social, establecido en el artículo 4o. y 123 constitucional | |||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población indígena | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | |||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | |||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - noviembre | |||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPCSS = Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social PCSSg = Personas con carencia de acceso a la seguridad social PTg = Población total g = Población Indígena | |||||||||||
| Observaciones | Los componentes son las poblaciones: ocupada sin acceso directo a la seguridad social; no ocupada sin acceso a la seguridad social; y la población de 65 años y más con un ingreso por programas para personas mayores inferior al promedio de las LPEI y que no cuentan con una pensión jubilatoria. La metodología es la establecida por el CONEVAL, ahora INEGI | |||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||
| Nombre variable 1 | Personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población indígena | Valor variable 1 | 9,800,000 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | |||||||
| Nombre variable 2 | Población total - Población indígena | Valor variable 2 | 12,900,000 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | |||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||
| Valor | 76.0 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||
| 73.6 | | |||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||
| 77.8 | NA | 77.2 | NA | 75.0 | NA | 76.0 | NA | |||||
| METAS | ||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||
| 75.2 | NA | 74.4 | NA | 73.6 | ||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social - Mujeres hablantes de lengua indígena | ||||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | ||||||||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide la carencia por acceso a la seguridad social y se calcula con base en las prestaciones laborales, la inscripción al sistema de seguridad social (jubilación o pensiones), y los programas sociales dedicados a las personas mayores | ||||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a la seguridad social, establecido en el artículo 4o. y 123 constitucional | ||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Mujeres hablantes de lengua indígena | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - noviembre | ||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPCSS = Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social PCSSg = Personas con carencia de acceso a la seguridad social PTg = Población total g = Mujeres hablantes de lengua indígena | ||||||||||||||
| Observaciones | Los componentes son las poblaciones: ocupada sin acceso directo a la seguridad social; no ocupada sin acceso a la seguridad social; y la población de 65 años y más con un ingreso por programas para personas mayores inferior al promedio de las LPEI y que no cuentan con una pensión jubilatoria. La metodología es la establecida por el CONEVAL, ahora INEGI. | ||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Personas con carencia de acceso a la seguridad social - Mujeres hablantes de lengua indígena | Valor variable 1 | 3,400,000 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||
| Nombre variable 2 | Población total - Mujeres hablantes de lengua indígena | Valor variable 2 | 4,238,019 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||
| Valor | 80.2 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||
| 74.0 | | ||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||
| 82.4 | NA | 81.2 | NA | 77.5 | NA | 80.2 | NA | ||||||||
| METAS | |||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||
| 78.8 | NA | 76.5 | NA | 74.0 | |||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población con discapacidad | ||||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | ||||||||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide la carencia por acceso a la seguridad social y se calcula con base en las prestaciones laborales, la inscripción al sistema de seguridad social (jubilación o pensiones), y los programas sociales dedicados a las personas mayores | ||||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a la seguridad social, establecido en el artículo 4o. y 123 constitucional | ||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población con discapacidad | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - noviembre | ||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPCSS = Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social PCSSg = Personas con carencia de acceso a la seguridad social PTg = Población total g = Población con discapacidad | ||||||||||||||
| Observaciones | Los componentes son las poblaciones: ocupada sin acceso directo a la seguridad social; no ocupada sin acceso a la seguridad social; y la población de 65 años y más con un ingreso por programas para personas mayores inferior al promedio de las LPEI y que no cuentan con una pensión jubilatoria. La metodología es la establecida por el CONEVAL, ahora INEGI | ||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población con discapacidad | Valor variable 1 | 4,036,721 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||||
| Nombre variable 2 | Población total - Población con discapacidad | Valor variable 2 | 9,536,914 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||||
| Valor | 42.3 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||||
| 36.8 | | ||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||||
| NA | NA | 46.0 | NA | 41.1 | NA | 42.3 | NA | ||||||||
| METAS | |||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||||
| 40.5 | NA | 38.6 | NA | 36.8 | |||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población afrodescendiente | |||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | |||||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide la carencia por acceso a la seguridad social y se calcula con base en las prestaciones laborales, la inscripción al sistema de seguridad social (jubilación o pensiones), y los programas sociales dedicados a las personas mayores | |||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a la seguridad social, establecido en el artículo 4o. y 123 constitucional | |||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población afrodescendiente | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | |||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | |||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - noviembre | |||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPCSS = Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social PCSSg = Personas con carencia de acceso a la seguridad social PTg = Población total g = Población afrodescendiente | |||||||||||
| Observaciones | Los componentes son las poblaciones: ocupada sin acceso directo a la seguridad social; no ocupada sin acceso a la seguridad social; y la población de 65 años y más con un ingreso por programas para personas mayores inferior al promedio de las LPEI y que no cuentan con una pensión jubilatoria. La metodología es la establecida por el CONEVAL, ahora INEGI | |||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||
| Nombre variable 1 | Personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población afrodescendiente | Valor variable 1 | 1,874,775 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | |||||||
| Nombre variable 2 | Población total - Población afrodescendiente | Valor variable 2 | 3,625,646 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | |||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||
| Valor | 51.7 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||
| 47.0 | | |||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||
| NA | NA | NA | NA | NA | NA | 51.7 | NA | |||||
| METAS | ||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||
| 49.5 | NA | 48.2 | NA | 47.0 | ||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||
| Nombre | Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población de 65 años y más | ||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito de la salud | ||||||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide la carencia por acceso a la seguridad social y se calcula con base en las prestaciones laborales, la inscripción al sistema de seguridad social (jubilación o pensiones), y los programas sociales dedicados a las personas mayores | ||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a la seguridad social, establecido en el artículo 4o. y 123 constitucional | ||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población de 65 años y más | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - noviembre | ||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPCSS = Porcentaje de personas con carencia de acceso a la seguridad social PCSSg = Personas con carencia de acceso a la seguridad social PTg = Población total g = Población de 65 años y más | ||||||||||||
| Observaciones | Los componentes son las poblaciones: ocupada sin acceso directo a la seguridad social; no ocupada sin acceso a la seguridad social; y la población de 65 años y más con un ingreso por programas para personas mayores inferior al promedio de las LPEI y que no cuentan con una pensión jubilatoria. La metodología es la establecida por el CONEVAL, ahora INEGI | ||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||
| Nombre variable 1 | Personas con carencia de acceso a la seguridad social - Población de 65 años y más | Valor variable 1 | 3,035,761 | Fuente de información variable 1 | ENIGH | ||||||||
| Nombre variable 2 | Población total - Población de 65 años y más | Valor variable 2 | 13,494,705 | Fuente de información variable 2 | ENIGH | ||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||
| Valor | 22.5 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||
| 19.5 | | ||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||
| 41.4 | NA | 28.8 | NA | 20.8 | NA | 22.5 | NA | ||||||
| METAS | |||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||
| 21.5 | NA | 20.5 | NA | 19.5 | |||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||
| Nombre | Proporción de niñas, niños y adolescentes indígenas matriculados en educación inicial, preescolar y primaria | ||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito educativo | ||||||||||
| Definición o descripción | Mide la proporción de niñas, niños y adolescentes indígenas inscritos en educación básica (inicial, preescolar y primaria), con respecto al total de personas matriculadas en dichos niveles educativos, a nivel nacional | ||||||||||
| Derecho asociado | El derecho a la educación, reconocido en el artículo 3o. de la CPEUM, que establece la obligación del Estado de garantizar el acceso a una educación inclusiva, equitativa y de calidad para todas las personas. Asimismo, se vincula con el derecho a la igualdad y a la no discriminación, establecido en el artículo 1o. constitucional, al centrarse en la población indígena, históricamente excluida de servicios educativos. El indicador también encuentra sustento en instrumentos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y el Convenio 169 de la OIT, que reconocen el derecho de niñas, niños y adolescentes indígenas a recibir educación en condiciones de igualdad | ||||||||||
| Nivel de desagregación | Geográfica: Nacional Grado académico: Educación inicial, preescolar y primaria Grupo etario: Niñas, niños y adolescentes Pertenencia étnica: Indígenas | Periodicidad o frecuencia de medición | Anual | ||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Enero | ||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - julio | ||||||||
| Tendencia esperada | Ascendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||
| Método de cálculo | ![]() ![]() ![]() ![]() | ||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE. | |||||||||||
| Nombre variable 1 | Matrícula indígena en educación inicial, preescolar y primaria | Valor variable 1 | 1,220,125 | Fuente de información variable 1 | Educación | ||||||
| Nombre variable 2 | Matricula total de educación inicial, preescolar y primaria | Valor variable 2 | 17,064,811 | Fuente de información variable 2 | Educación | ||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||
| Valor | 7.1 | | |||||||||
| Año | 2025 | ||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||
| 8.0 | | ||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||
| NA | 6.4 | 6.7 | 6.9 | 6.9 | 6.9 | 7.0 | 7.1 | ||||
| METAS | |||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||
| 7.4 | 7.6 | 7.7 | 7.9 | 8.0 | |||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||
| Nombre | Tasa de abandono escolar femenina a nivel nacional en educación primaria y secundaria | ||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad social y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito educativo | ||||||||
| Definición o descripción | El indicador mide el porcentaje de mujeres inscritas en educación básica (primaria y secundaria) que no concluyen el ciclo escolar correspondiente. Refleja la magnitud del abandono escolar femenino en este nivel educativo y permite dar seguimiento a los avances en materia de permanencia y conclusión de los estudios. Su análisis contribuye a identificar brechas de género y focalizar políticas públicas orientadas a garantizar la continuidad educativa de niñas y adolescentes | ||||||||
| Derecho asociado | El indicador se asocia principalmente al derecho a la educación, establecido en el artículo 3o. de la CPEUM, en tanto mide el grado en que las niñas y adolescentes logran permanecer en el tipo educativo básico. Asimismo, se vincula de manera transversal con el Principio de Igualdad y no Discriminación prevista en el artículo 1o. constitucional, ya que la reducción de la tasa de abandono escolar femenino contribuye a garantizar la equidad de género y el acceso igualitario a oportunidades educativas para todas las personas | ||||||||
| Nivel de desagregación | Geográfica: Nacional Grado académico: Primaria y secundaria Sexo: Mujeres Grupo etario: Niñas, adolescentes | Periodicidad o frecuencia de medición | Anual | ||||||
| Acumulado o periódico | Periódico. | Disponibilidad de la información | Enero | ||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto - julio | ||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PAEF = Porcentaje de abandono escolar femenina (%) NAE = Número de alumnas que abandonan la educación primaria y secundaria en el ciclo escolar TAI = Total de alumnas inscritas al inicio del ciclo escolar | ||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||
| Nombre variable 1 | Número de alumnas que abandonan la educación primaria y secundaria en el ciclo escolar | Valor variable 1 | 106,614 | Fuente de información variable 1 | Educación | ||||
| Nombre variable 2 | Total de alumnas inscritas al inicio del ciclo escolar | Valor variable 2 | 9,464,934 | Fuente de información variable 2 | Educación | ||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||
| Valor | 1.1 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||
| Año | 2024 | ||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||
| 0.8 | | ||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||
| NA | 3.1 | 2.8 | 2.5 | 2.3 | 2.2 | 1.1 | ND | ||
| METAS | |||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||
| 1.0 | 1.0 | 0.9 | 0.9 | 0.8 | |||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| Nombre | Tasa de informalidad laboral femenina | |||||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | |||||||||||||||
| Definición o descripción | Proporción de la población ocupada laboralmente vulnerable, ya sea por la naturaleza de la unidad económica para la que trabajan o por carecer de un vínculo laboral no reconocido por su fuente de trabajo de acuerdo con el orden legal vigente. En esta categoría se incluyen: i) Los ocupados que laboran en unidades económicas no registradas (sector informal); ii) Los trabajadores del servicio doméstico remunerado que no tienen seguridad social; iii) Los ocupados por cuenta propia en la agricultura de subsistencia; iv) Los trabajadores no remunerados; v) Los trabajadores subordinados y remunerados cuyos servicios son utilizados por unidades económicas registradas y laboran sin la protección de la seguridad social. La tasa se calcula teniendo como referente a mujeres | |||||||||||||||
| Derecho asociado | El Derecho a un trabajo digno, asentado en el artículo 5o. de la CPEUM y segundo de la Ley Federal del Trabajo. | |||||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional | Periodicidad o frecuencia de medición | Anual | |||||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Mensual y trimestral | |||||||||||||
| Unidad de medida | Tasa | Periodo de recolección de los datos | Enero - diciembre | |||||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ.- CONAPRED | |||||||||||||
| Método de cálculo | ![]() PILi,s = Tasa de Informalidad Laboral (i) por sexo (s) POj, s = Población Ocupada en el sector informal (j) por sexo (s) POTj, s = Población Ocupada Total s = mujeres i = informalidad laboral 1 (TIL1) | |||||||||||||||
| Observaciones | Se refiere a la población femenina de 15 años y más. La Tasa de Informalidad Laboral 1 (TIL1) incluye a la población que labora en el sector informal y, además, a la población que labora en otras modalidades similares, como son los ocupados por cuenta propia, en la agricultura de subsistencia, así como a trabajadores que laboran sin seguridad social y cuyos servicios son utilizados por unidades económicas registradas | |||||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||||
| Nombre variable | Población Ocupada en el sector informal mujeres | Valor variable | 13,582,269 | Fuente de información variable 1 | INEGI (ENOE) | |||||||||||
| Nombre variable | Población Ocupada Total mujeres | Valor de la variable | 24,276,715 | Fuente de información variable n | INEGI (ENOE) | |||||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||||
| Valor | ![]() | La TIL 1 refiere a la suma, sin duplicar, de las y los ocupados que son laboralmente vulnerables por la naturaleza de la unidad económica para la que trabajan, más aquellas personas cuyo vínculo o dependencia laboral no se reconoce por su fuente de trabajo. Así, en esta tasa se incluye -además del componente que labora en micronegocios no registrados o sector informal- otras modalidades análogas, como las y los ocupados por cuenta propia en la agricultura de subsistencia, así como a quienes laboran sin la protección de la seguridad social y cuyos servicios los utilizan las unidades económicas registradas. Los valores reportados del indicador corresponden al cuarto trimestre del año de referencia | ||||||||||||||
| Año | 2025 | |||||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||||
| 48.9 | | |||||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||||
| 57.3 | 57.5 | 55.4 | 56.2 | 56.1 | 55.8 | 55.2 | ![]() | |||||||||
| METAS | ||||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||||
| 53.0 | 51.9 | 50.8 | 49.8 | 48.9 | ||||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||
| Nombre | Población vulnerable por ingresos - Nacional | ||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | ||||||||||||
| Definición o descripción | Porcentaje de la población cuyo ingreso la coloca como vulnerable | ||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a un nivel de vida adecuado. El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el Bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. En concordancia con esto, el artículo 1o. de la CPEUM se establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece | ||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | ||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPVIi = Porcentaje de población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PVIi = Población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PTi = Población total del grupo ![]() i = Nacional | ||||||||||||
| Observaciones | | ||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población vulnerable por ingresos - Nacional | Valor variable 1 | 7,558,258 | Fuente de información variable 1 | ENIGH 2024 | ||||||||
| Nombre variable 2 | Población total Nacional | Valor variable 2 | 130,216,079 | Fuente de información variable 2 | ENIGH 2024 | ||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||
| Valor | 5.8 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||
| 4.0 | | ||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||
| 8.0 | NA | 8.9 | NA | 7.2 | NA | 5.8 | NA | ||||||
| METAS | |||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||
| 5.3 | NA | 4.7 | NA | 4.0 | |||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| Nombre | Población vulnerable por ingresos - Mujeres | |||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | |||||||||||||
| Definición o descripción | Porcentaje de la población cuyo ingreso la coloca como vulnerable | |||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a un nivel de vida adecuado. El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el Bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. En concordancia con esto, el artículo 1o. de la CPEUM se establece que las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece | |||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Mujeres | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | |||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | |||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | |||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPVIi = Porcentaje de población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PVIi = Población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PTi = Población total del grupo ![]() i = Mujeres | |||||||||||||
| Observaciones | | |||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población vulnerable por ingresos - Mujeres | Valor variable 1 | 4,160,758 | Fuente de información variable 1 | ENIGH 2024 | |||||||||
| Nombre variable 2 | Población total mujeres | Valor variable 2 | 67,874,940 | Fuente de información variable 2 | ENIGH 2024 | |||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||
| Valor | 6.1 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||
| 5.0 | | |||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||
| 8.1 | NA | 9.2 | NA | 7.4 | NA | 6.1 | NA | |||||||
| METAS | ||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||
| 5.5 | NA | 5.1 | NA | 5.0 | ||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||
| Nombre | Población vulnerable por ingresos - Población indígena | ||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | ||||||||||||
| Definición o descripción | Porcentaje de la población cuyo ingreso la coloca como vulnerable. | ||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a un nivel de vida adecuado. El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el Bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. En concordancia con esto, el artículo 1o. de la CPEUM establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. | ||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población indígena | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | ||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPVIi = Porcentaje de población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PVIi = Población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PTi = Población total del grupo ![]() i = Población Indígena | ||||||||||||
| Observaciones | | ||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población vulnerable por ingresos - Población indígena | Valor variable 1 | 262,778 | Fuente de información variable 1 | ENIGH 2024 | ||||||||
| Nombre variable 2 | Población total indígena | Valor variable 2 | 12,840,092 | Fuente de información variable 2 | ENIGH 2024 | ||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||
| Valor | 2.0 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||
| 1.4 | | ||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||
| 3.2 | NA | 3.0 | NA | 2.8 | NA | 2.0 | NA | ||||||
| METAS | |||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||
| 1.8 | NA | 1.6 | NA | 1.4 | |||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| Nombre | Población vulnerable por ingresos - Población mujeres indígenas | |||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | |||||||||||||
| Definición o descripción | Porcentaje de la población cuyo ingreso la coloca como vulnerable | |||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a un nivel de vida adecuado. El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el Bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. En concordancia con esto, el artículo 1o. de la CPEUM establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece | |||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población mujeres indígenas | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | |||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | |||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | |||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPVIi = Porcentaje de población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PVIi = Población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PTi = Población total del grupo ![]() i = Mujeres Indígenas | |||||||||||||
| Observaciones | | |||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población vulnerable por ingresos - Población mujeres indígenas | Valor variable 1 | 132,450 | Fuente de información variable 1 | ENIGH 2024 | |||||||||
| Nombre variable 2 | Población total mujeres indígenas | Valor variable 2 | 6,714,720 | Fuente de información variable 2 | ENIGH 2024 | |||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||
| Valor | 2.0 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||
| 1.4 | | |||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||
| 3.3 | NA | 3.0 | NA | 2.7 | NA | 2.0 | NA | |||||||
| METAS | ||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||
| 1.9 | NA | 1.7 | NA | 1.4 | ||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| Nombre | Población vulnerable por ingresos - Población con discapacidad | |||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | |||||||||||||
| Definición o descripción | Porcentaje de la población cuyo ingreso la coloca como vulnerable | |||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a un nivel de vida adecuado. El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el Bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. En concordancia con esto, el artículo 1o. de la CPEUM establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece | |||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población con discapacidad | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | |||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | |||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | |||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPVIi = Porcentaje de población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PVIi = Población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PTi = Población total del grupo ![]() i = Población con discapacidad | |||||||||||||
| Observaciones | | |||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población vulnerable por ingresos - Población con discapacidad | Valor variable 1 | 457,733 | Fuente de información variable 1 | ENIGH 2024 | |||||||||
| Nombre variable 2 | Población total con discapacidad | Valor variable 2 | 9,536,914 | Fuente de información variable 2 | ENIGH 2024 | |||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||||
| Valor | 4.8 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||||
| 3.0 | | |||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||||
| NA | NA | 7.0 | NA | 5.8 | NA | 4.8 | NA | |||||||
| METAS | ||||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||||
| 4.2 | NA | 3.6 | NA | 3.0 | ||||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | |||||||||||||
| Nombre | Población vulnerable por ingresos - Población afrodescendiente | ||||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | ||||||||||||
| Definición o descripción | Porcentaje de la población cuyo ingreso la coloca como vulnerable | ||||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a un nivel de vida adecuado. El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el Bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. En concordancia con esto, el artículo 1o. de la CPEUM se establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece | ||||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población afrodescendiente | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | ||||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | ||||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | ||||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | ||||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPVIi = Porcentaje de población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PVIi = Población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PTi = Población total del grupo ![]() i = Población afrodescendiente | ||||||||||||
| Observaciones | | ||||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | |||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población vulnerable por ingresos - Población afrodescendiente | Valor variable 1 | 188,998 | Fuente de información variable 1 | ENIGH 2024 | ||||||||
| Nombre variable 2 | Población total afrodescendiente | Valor variable 2 | 3,625,646 | Fuente de información variable 2 | ENIGH 2024 | ||||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | ||||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | |||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | ||||||||||||
| Valor | 5.2 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | |||||||||||
| Año | 2024 | ||||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | ||||||||||||
| 4.3 | | ||||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | |||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | ||||||
| NA | NA | NA | NA | NA | NA | 5.2 | NA | ||||||
| METAS | |||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | |||||||||
| 5.0 | NA | 4.7 | NA | 4.3 | |||||||||
| ELEMENTOS DEL INDICADOR | ||||||||||||
| Nombre | Población vulnerable por ingresos - Población de 65 años y más | |||||||||||
| Objetivo | Reducir prácticas discriminatorias que producen desigualdad y obstaculizan el acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas en el ámbito laboral | |||||||||||
| Definición o descripción | Porcentaje de la población cuyo ingreso la coloca como vulnerable | |||||||||||
| Derecho asociado | Derecho a un nivel de vida adecuado. El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el Bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. En concordancia con esto, el artículo 1o. de la CPEUM establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece | |||||||||||
| Nivel de desagregación | Nacional Población de 65 años y más | Periodicidad o frecuencia de medición | Bienal | |||||||||
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Julio del año siguiente a la recolección de datos | |||||||||
| Unidad de medida | Porcentaje | Periodo de recolección de los datos | Agosto a noviembre del año de levantamiento | |||||||||
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | 4.- Gobernación EZQ. - CONAPRED | |||||||||
| Método de cálculo | ![]() Donde: PPVIi = Porcentaje de población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PVIi = Población vulnerable por ingresos del grupo ![]() PTi = Población total del grupo ![]() i = Población de 65 años y más | |||||||||||
| Observaciones | | |||||||||||
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE | ||||||||||||
| Nombre variable 1 | Población vulnerable por ingresos - Población de 65 años y más | Valor variable 1 | 650,156 | Fuente de información variable 1 | ENIGH 2024 | |||||||
| Nombre variable 2 | Población total de 65 años y más | Valor variable 2 | 13,494,705 | Fuente de información variable 2 | ENIGH 2024 | |||||||
| Sustitución en método de cálculo | ![]() | |||||||||||
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS | ||||||||||||
| Línea base | Nota sobre la línea base | |||||||||||
| Valor | 4.8 | A la fecha no se cuenta con cifras actualizadas y/o definitivas para 2025, por lo que se establece como línea base la información correspondiente a 2024 | ||||||||||
| Año | 2024 | |||||||||||
| Meta 2030 | Nota sobre la meta 2030 | |||||||||||
| 3.0 | | |||||||||||
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR | ||||||||||||
| 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 | |||||
| 6.7 | NA | 8.2 | NA | 6.5 | NA | 4.8 | NA | |||||
| METAS | ||||||||||||
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | ||||||||
| 4.2 | NA | 3.6 | NA | 3.0 | ||||||||
| Armonización Normativa |
| · Para fortalecer la colaboración entre las comunidades indígenas y afromexicanas con las autoridades de salud, se reformó la Ley General de Salud. Esta modificación busca mejorar el acceso a servicios médicos adecuados para estas poblaciones históricamente discriminadas. · Con el objetivo de garantizar la protección de los derechos de las personas de la diversidad sexual, el Código Penal Federal fue reformado para tipificar y sancionar penalmente los delitos cometidos debido a la orientación sexual o la identidad de género de las personas. |
| Instrumentos de política publica |
| · El ISSSTE desarrolló una Guía Operativa para garantizar que las personas de la comunidad LGBTQPA+ mayores de 18 años reciban atención médica sin discriminación en hospitales y clínicas del sector público. · La Secretaría de Salud, mediante el Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, promovió la creación de un protocolo de atención médica incluyente para las personas LGBTTTI, asegurando que su acceso a la salud se rija bajo estándares de protección y derechos humanos. · En un esfuerzo interinstitucional entre la Secretaría de Salud y organismos como Save the Children, se elaboró la Guía de Atención para la Salud de NNA en Contexto de Movilidad Humana, garantizando un enfoque integral para la atención de este sector en condiciones vulnerables. · El IMSS implementó la Política Rechazo Cero, mediante la cual se estableció la obligación de brindar atención médica inmediata a mujeres embarazadas y en puerperio que presenten emergencias obstétricas, independientemente de su derechohabiencia. · La Comisión Nacional de Arbitraje Médico creó un protocolo especializado para la atención de usuarios que presentan quejas médicas, asegurando que el procedimiento incluya orientación legal, gestión médica y apoyo psicológico bajo un enfoque diferenciado. |
| Armonización Normativa |
| · Como parte de la reforma educativa, el artículo 3o. de la CPEUM fue modificado para dar origen a la Nueva Escuela Mexicana, cuyo modelo promueve la inclusión, el respeto a la diversidad y la no discriminación en el ámbito. · Educación, por su parte impulsó la Estrategia Nacional de Educación Inclusiva, cuyo propósito es garantizar que NNA tengan acceso a una educación sin barreras, fomentando prácticas pedagógicas incluyentes. |
| Instrumentos de Política Pública |
| · En colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y otros organismos internacionales, la SEP desarrolló un protocolo para asegurar el acceso y la permanencia en la educación básica de niñas y niños en situación de migración en México. · El Programa Fortalecimiento de los Servicios de Educación Especial se diseñó para evitar la deserción escolar del alumnado con discapacidad o necesidades educativas especiales, brindando apoyos para su aprendizaje y permanencia en el sistema educativo. · A través del Consejo Nacional de Fomento Educativo, se implementó el Modelo de Educación Comunitaria para el Bienestar, con un enfoque específico en la atención educativa de poblaciones indígenas y migrantes que enfrentan dificultades para acceder a la educación formal. · El Colegio de Bachilleres desarrolló un protocolo para prevenir, identificar y atender casos de violencia escolar, acoso y ciberacoso, promoviendo entornos seguros y libres de violencia para el alumnado del tipo educativo medio superior. |
| Armonización Normativa |
| · En respuesta a la creciente adopción del teletrabajo, se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, que establece condiciones de seguridad y salud en el trabajo remoto, además de fomentar la conciliación entre la vida laboral y familiar. · Con el propósito de reconocer a personas jornaleras agrícolas como trabajadore(a)s esenciales para la seguridad alimentaria del país, se reformó la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social, asegurando sus derechos laborales y el acceso a la seguridad social. · Trabajo diseñó un protocolo para facilitar la integración laboral de personas en contexto de movilidad en México, promoviendo oportunidades de empleo para esta población en situación vulnerable. |
| Instrumentos de Política Pública |
| · Para mejorar el acceso al empleo formal, se desarrolló el Portal 'México te Emplea', una plataforma en línea que permite la vinculación entre trabajadore(a)s y empleadore(a)s, optimizando la búsqueda de empleo a nivel nacional. · Se fortaleció la Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación, promoviendo entornos laborales igualitarios y asegurando que las empresas e instituciones públicas cumplan con estándares de igualdad de género y diversidad. · La entonces Secretaría de la Función Pública ahora Buen Gobierno emitió un acuerdo que establece disposiciones generales en materia de recursos humanos para la APF, garantizando criterios de inclusión e igualdad en la contratación de personal. |
| Entidad federativa | Total* | IMSS | ISSSTE | ISSSTE estatal | Pemex, Defensa o Marina | Instituto de Salud para el Bienestar | IMSS-Bienestar | Institución privada | Otra institución |
| Estados Unidos Mexicanos | 92,582,812 | 47,245,909 | 7,165,164 | 1,041,534 | 1,192,255 | 32,842,765 | 958,787 | 2,615,213 | 1,149,542 |
| Aguascalientes | 1,161,139 | 780,525 | 92,771 | 3,786 | 3,196 | 271,996 | 1,680 | 31,789 | 3,179 |
| Baja California | 2,905,265 | 1,995,530 | 152,274 | 86,380 | 14,012 | 515,855 | 19,862 | 131,967 | 44,490 |
| Baja California Sur | 664,122 | 408,856 | 101,745 | 2,549 | 10,772 | 139,342 | 3,576 | 12,335 | 2,516 |
| Campeche | 719,677 | 288,186 | 62,638 | 2,070 | 32,088 | 327,334 | 8,950 | 7,441 | 2,914 |
| Coahuila de Zaragoza | 2,540,708 | 2,085,705 | 193,655 | 6,136 | 8,001 | 181,821 | 12,289 | 82,868 | 30,846 |
| Colima | 605,947 | 362,244 | 49,082 | 1,259 | 11,047 | 179,704 | 2,774 | 9,344 | 3,016 |
| Chiapas | 3,698,663 | 672,681 | 212,030 | 46,562 | 38,656 | 2,538,415 | 169,403 | 32,965 | 31,976 |
| Chihuahua | 3,156,294 | 2,043,251 | 172,774 | 28,073 | 10,831 | 688,684 | 31,733 | 127,454 | 120,058 |
| Ciudad de México | 6,689,012 | 3,881,545 | 1,128,554 | 12,484 | 104,474 | 1,203,824 | 21,158 | 444,160 | 93,084 |
| Durango | 1,366,665 | 744,664 | 185,483 | 7,012 | 8,406 | 404,554 | 16,703 | 16,765 | 5,967 |
| Estado de México | 11,267,677 | 5,983,389 | 828,041 | 359,266 | 141,504 | 3,449,337 | 66,031 | 276,048 | 289,383 |
| Guanajuato | 4,874,661 | 2,259,062 | 280,660 | 15,670 | 45,080 | 2,181,882 | 22,771 | 93,767 | 25,720 |
| Guerrero | 2,632,004 | 506,026 | 293,979 | 12,943 | 38,016 | 1,744,754 | 36,293 | 14,282 | 9,051 |
| Hidalgo | 2,149,373 | 744,201 | 221,985 | 10,312 | 34,160 | 1,097,048 | 22,969 | 24,978 | 21,204 |
| Jalisco | 5,835,710 | 4,149,528 | 222,298 | 9,792 | 23,536 | 1,213,421 | 17,404 | 244,435 | 60,763 |
| Michoacán de Ocampo | 2,954,556 | 1,207,045 | 282,942 | 11,393 | 15,176 | 1,372,093 | 41,892 | 44,075 | 17,911 |
| Morelos | 1,416,884 | 616,556 | 148,496 | 4,263 | 11,688 | 618,457 | 6,207 | 24,432 | 6,869 |
| Nayarit | 960,563 | 464,297 | 122,902 | 6,565 | 6,392 | 346,383 | 21,313 | 12,946 | 5,562 |
| Nuevo León | 4,681,465 | 3,596,116 | 178,747 | 41,527 | 28,744 | 558,212 | 10,068 | 330,130 | 86,910 |
| Oaxaca | 2,904,703 | 583,455 | 263,783 | 12,030 | 60,888 | 1,901,352 | 97,052 | 19,135 | 11,642 |
| Puebla | 4,650,982 | 1,445,433 | 218,559 | 97,861 | 34,972 | 2,721,081 | 54,956 | 90,326 | 41,363 |
| Querétaro | 1,873,160 | 1,121,262 | 92,561 | 4,022 | 7,753 | 587,007 | 9,255 | 87,908 | 9,582 |
| Quintana Roo | 1,365,328 | 827,522 | 106,142 | 6,087 | 10,764 | 383,986 | 7,433 | 33,527 | 8,445 |
| San Luis Potosí | 2,327,452 | 1,116,471 | 163,446 | 6,235 | 8,967 | 961,896 | 43,932 | 64,964 | 10,662 |
| Sinaloa | 2,447,515 | 1,516,933 | 252,973 | 12,432 | 17,561 | 629,386 | 18,879 | 41,489 | 19,365 |
| Sonora | 2,391,479 | 1,579,466 | 154,084 | 129,718 | 14,380 | 465,170 | 10,138 | 81,309 | 18,961 |
| Tabasco | 1,645,089 | 498,783 | 104,707 | 67,073 | 96,613 | 794,894 | 14,168 | 21,543 | 66,451 |
| Tamaulipas | 2,803,407 | 1,670,262 | 221,675 | 13,270 | 83,736 | 735,690 | 16,284 | 59,873 | 49,134 |
| Tlaxcala | 964,599 | 322,989 | 79,441 | 5,438 | 6,488 | 531,286 | 4,519 | 15,440 | 8,662 |
| Veracruz de Ignacio de la Llave | 5,825,533 | 2,266,970 | 350,652 | 9,661 | 240,294 | 2,828,959 | 108,127 | 69,749 | 30,721 |
| Yucatán | 1,810,121 | 980,491 | 116,856 | 4,944 | 19,019 | 628,098 | 26,576 | 60,097 | 9,348 |
| Zacatecas | 1,293,059 | 526,465 | 109,229 | 4,721 | 5,041 | 640,844 | 14,392 | 7,672 | 3,787 |
| | Total | Afiliada | No afiliada | No especificado |
| Estados Unidos Mexicanos | 126,014,024 | 92,582,812 | 32,999,713 | 431,499 |
| Hombres | 61,473,390 | 44,171,954 | 17,065,902 | 235,534 |
| Mujeres | 64,540,634 | 48,410,858 | 15,933,811 | 195,965 |
| Estado | Número de personas intérpretes registrados |
| Baja California | 29 |
| Baja California Sur | 1 |
| Campeche | 43 |
| Chiapas | 147 |
| Chihuahua | 3 |
| Ciudad de México | 56 |
| Colima | 1 |
| Durango | 26 |
| Estado de México | 116 |
| Guanajuato | 7 |
| Guerrero | 126 |
| Hidalgo | 243 |
| Jalisco | 47 |
| Michoacán | 87 |
| Morelos | 20 |
| Nayarit | 10 |
| Nuevo León | 18 |
| Oaxaca | 242 |
| Puebla | 169 |
| Querétaro | 21 |
| Quintana Roo | 62 |
| San Luis Potosí | 55 |
| Sinaloa | 1 |
| Sonora | 25 |
| Tabasco | 15 |
| Tlaxcala | 12 |
| Veracruz | 121 |
| Yucatán | 181 |
| Ámbito | Descripción | Número de personas intérpretes registrados |
| Justicia | Prestador de Servicios de Traducción de Textos de Lengua Española a Lengua Indígena y Viceversa en el Ámbito de Procuración y Administración de Justicia | 956 |
| Justicia Penal | Intérprete formado con el Componente Laboral de Interpretación en Lengua Indígena | 77 |
| Diferentes Ámbitos | Prestador de Servicios de Traducción de Lengua Indígena al Español y Viceversa en Diferentes Ámbitos | 56 |
| Desarrollo Social | Hablante de Lengua Indígena en Atención a Programas Sociales | 294 |
| Salud | Hablante de Lengua Indígena Promotor en Salud | 406 |
| Educación | Hablante de Lengua Indígena en Incorporación y Desarrollo de Figuras Solidarias de Educación | 18 |
| Evaluador | Evaluador en Justicia, Salud, Desarrollo Social y Educación | 570 |
| Interpretación | Competencias comunicativas básicas bilingües orales y de interpretación en lenguas nacionales | 119 |
| Estado | Número de establecimientos que cuentan con sello turístico incluyente |
| Aguascalientes | 6 |
| Baja California | 2 |
| Baja California Sur | 2 |
| Chiapas | 15 |
| Chihuahua | 6 |
| Ciudad de México | 5 |
| Colima | 1 |
| Estado de México | 1 |
| Guanajuato | 3 |
| Guerrero | 1 |
| Jalisco | 1 |
| Michoacán de Ocampo | 1 |
| Puebla | 2 |
| Quintana Roo | 5 |
| Sinaloa | 2 |
| Sonora | 1 |
| Veracruz | 15 |
| Zacatecas | 18 |
| Total, general | 87 |