Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan
- EDICTO -
 
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO DECIMOQUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ.
VICTIMAS TERCERAS INTERESADAS DE INICIALES, S.C.F., F.I.A.C., S.C.M. y G.C.M..
En los autos del juicio de amparo indirecto número 207/2025-II, promovido por Jorge Antonio Maldonado Flores, por propio derecho, contra actos del agente del ministerio Público de la Federación, Titular de la Agencia Vigésima Investigadora de la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos Materia de Secuestro, consistentes en:
- El acuerdo ministerial de dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictado en la averiguación previa PGR/SEIDO/UEIDMS/274/2014, mediante el cual se negó el levantamiento del aseguramiento del inmueble ubicado en calle Eucaliptos, lote 31, colonia Progreso de Guadalupe Victoria, Municipio de Ecatepec, Estado de México, del que aduce el quejoso es de su propiedad, cuyo bien inmueble se encuentra asegurado desde el once de abril de dos mil catorce.
En esa virtud, al advertirse de constancias que les reviste el carácter de victimas terceras interesadas a S.C.F., F.I.A.C., S.C.M. y G.C.M. y desconocerse su domicilio actual y correcto, con fundamento en los artículos 27 fracción III, inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 209 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la primera, en cumplimiento a lo ordenado en auto de diecinueve de marzo de dos mil veintiséis, en donde se ordenó su emplazamiento al juicio citado por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República Mexicana, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito quedan a su disposición copia de la demanda de amparo, escrito aclaratorio, auto admisorio de treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, de los diversos de dieciséis de octubre de dos mil veinticinco y diecinueve de marzo del año en curso, para que en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la de la última publicación, las victimas terceras interesadas concurran ante este juzgado federal a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en este municipio de Naucalpan de Juárez, lugar de residencia de este órgano jurisdiccional; apercibidas que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 27, fracción II, párrafo segundo de la Ley de Amparo. Asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las once horas con treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiséis.
 
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México, siete de abril de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Licenciado Sergio Alejandro Barajas Martínez
Rúbrica.
(R.- 574977)