DECLARACIÓN de Protección de la Indicación Geográfica "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco".

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Con fundamento en los artículos 1, 5 fracción I, 6, 8, 265, 266, 267 y 288 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en cumplimiento a lo ordenado en los Resolutivos PRIMERO y QUINTO del oficio número DG/SDSLRIG.2026.044 de fecha 08 de abril de 2026, mediante el cual se otorga a la Indicación Geográfica "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco" la protección prevista en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de la:
DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN DE LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA "CACAO DE LA REGIÓN
CHONTALPA DE TABASCO"
PRIMERO.- Se declara como Indicación Geográfica Protegida "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco", para identificar al cacao de la especie Theobroma cacao L. cultivado en los municipios de Cárdenas, Comalcalco, Cunduacán, Huimanguillo, Paraíso y Jalpa de Méndez. El cultivo de Theobroma cacao L. es de alta relevancia estratégica para la economía rural y la identidad cultural de las regiones tropicales de México, particularmente en Tabasco. Entre los que destacan tres principales variedades: criollo, forastero y trinitario.
SEGUNDO.- Se determinan en definitiva los elementos de la Indicación Geográfica Protegida "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco", como a continuación se detalla:
I.- La descripción del producto o los productos protegidos, incluyendo sus características, componentes, forma de extracción, procesos de producción o elaboración, envase, empaque o embalaje y comercialización;
El Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco es la especie Theobroma cacao L. cultivado en los municipios de Cárdenas, Comalcalco, Cunduacán, Huimanguillo, Paraíso y Jalpa de Méndez.
El cultivo de Theobroma cacao L. es de alta relevancia estratégica para la economía rural y la identidad cultural de las regiones tropicales de México, particularmente en Tabasco. Entre los que destacan tres principales variedades: criollo, forastero y trinitario.
1. Proceso de producción o elaboración.
Cosecha y apertura de mazorcas (quebradero). La cosecha se realiza de forma manual con una frecuencia de 8 a 10 días por su estado de madurez durante las dos temporadas principales: de marzo a mayo y de septiembre a enero. La apertura de mazorcas se efectúa con machete, la mazorca de cacao se coloca sobre la palma de la mano y mediante un golpe suave con fuerza suficiente para quebrar la mazorca sin tocar el grano, retirando granos dañados, removiendo material contaminante y/o impurezas, y evitando contacto con el suelo. Las semillas, recubiertas de pulpa o baba, se separan cuidadosamente y se colocan en recipientes contenedores que se utilizan para dirigirlos a la etapa de fermentación.
Fermentación. La fermentación es el proceso bioquímico esencial que transforma los precursores del sabor y aroma del cacao, los factores que han detectado los productores de cacao son la calidad de la semilla, los recipientes y los parámetros de control de temperatura y aireación de condiciones de fermentación. En la Región Chontalpa de Tabasco, se utilizan cajas de madera (principalmente mango, también se hace referencia del uso de cedro o caoba entre otras maderas de la zona) con capacidad de 50 a 100 kg, dispuestas en series de 2 a 3 niveles. El proceso dura de 5 a 7 días, durante los cuales las semillas se remueven cada 48 horas para homogenizar la temperatura (40-50 °C) y favorecer la actividad de levaduras, bacterias lácticas y acéticas. Este proceso descompone los azúcares y ácidos de la baba, reduce la astringencia y fija los compuestos aromáticos característicos del "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco".
Lavado y manejo de baba. En algunas comunidades, la baba fermentada se aprovecha como fuente de subproductos, como bebidas o biofertilizantes líquidos, mediante decantación natural y se conserva en algunos casos en sistemas de refrigeración. El lavado del grano se realiza con agua limpia para eliminar residuos de pulpa y facilitar el secado. Esta práctica contribuye a mejorar la apariencia del grano y prevenir fermentaciones indeseadas posteriores.
Secado de grano. El secado es un proceso físico controlado que reduce la humedad del grano hasta un 6 a 8 %, garantizando estabilidad y conservación. En la Región Chontalpa de Tabasco predomina el secado del grano por exposición a la luz del sol empleando patios de cemento o bandejas suspendidas. La utilización de fuentes solares evita el consumo de combustibles fósiles, reduciendo la huella de carbono del proceso, cambios en el olor y sabor del grano.
Almacenamiento y conservación. Los granos secos se clasifican y almacenan en sacos de yute o polipropileno, en bodegas ventiladas y libres de humedad. La temperatura ideal de conservación oscila entre 18 y 25 °C. Se recomienda utilizar tarimas de madera de 10 cm de alto para evitar contacto con el suelo y controlar la humedad relativa (menor al 70 %). El almacenamiento adecuado preserva los compuestos volátiles y previene infestaciones de insectos o aparición de mohos, manteniendo la inocuidad del producto final.
Trazabilidad y calidad. En la actualidad, diversos centros de acopio regulados de la Región Chontalpa de Tabasco implementan registros de trazabilidad mediante fichas de control, donde se documentan fechas de cosecha, lotes, humedad y temperatura de fermentación.
2. Envase, empaque y etiquetado.
Para dar cumplimiento a la normatividad aplicable el grano de cacao debe fermentarse y secarse hasta alcanzar una humedad máxima de 8%, posteriormente seleccionarse, limpiarse y empacarse en sacos limpios de yute o polipropileno grado alimentario (de 25 kg), resguardados en condiciones de temperatura y humedad controladas (T < 20 °C y HR < 70%).
Para los productos transformados: Las empresas locales utilizan una diversidad de empaques comerciales que responden a estándares nacionales e internacionales. Se observan bolsas selladas para gotas y polvo de cacao, flow-packs y cajas secundarias para tabletas, así como empaques de presentación gourmet que incluyen información detallada del porcentaje de cacao, lote de producción, origen y datos del fabricante. En todos los casos, los empaques cumplen con las normas de inocuidad y etiquetado vigentes, y cada vez más integran elementos de identidad territorial.
3. Comercialización y mercado actual.
En la Región Chontalpa de Tabasco, la comercialización del cacao se desarrolla a través de distintos esquemas que reflejan la diversidad de actores presentes en la cadena de valor. A nivel primario, muchos productores continúan vendiendo el grano en baba (húmedo) a acopiadores locales o intermediarios, quienes concentran el volumen, realizan la primera transformación (fermentación y secado) y lo colocan posteriormente en el mercado. Esta modalidad, aunque facilita la venta inmediata para el productor, genera dependencia frente a los acopiadores y limita la obtención de mejores precios.
De forma paralela, existe un grupo de productores que ha logrado colocar grano fermentado y seco (con humedad final de entre 6 y 8%) de manera directa a procesadores y chocolateras locales en municipios como Comalcalco, Paraíso y Cunduacán. Este canal representa una oportunidad de mayor valor agregado, pues el grano fermentado y seco tiene un reconocimiento superior en la industria, siempre y cuando cumpla con parámetros de calidad estandarizados, como el índice de fermentación, el número de granos defectuosos y el conteo por cada 100 g.
En los últimos años, las empresas integradas localmente, como CACEP - Hacienda Jesús María y Hacienda La Luz/Chocolates Wolter, han fortalecido un modelo de comercialización directa (D2C y B2B). Estas firmas controlan desde la producción y beneficio del cacao hasta la transformación en chocolate y derivados, lo que les permite colocar productos con marca propia en tiendas físicas, plataformas de e-commerce, turismo de hacienda y ferias como el Festival del Chocolate en Villahermosa. Estas experiencias son referentes del potencial de la Indicación Geográfica para estimular un modelo de negocio más rentable y menos dependiente de intermediarios.
II.- Los criterios a los que deberá sujetarse el producto para su extracción, producción o elaboración, envase, empaque o embalaje, y en su caso, las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan.
El producto protegido por la Indicación Geográfica Protegida "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco" se sujetará a lo dispuesto por las REGLAS DE USO QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES QUE DEBERÁ CUMPLIR EL PRODUCTO "CACAO DE LA REGIÓN CHONTALPA DE TABASCO", presentadas el 15 de diciembre de 2025, así como a las Normas Oficiales y estándares que para dicho producto se prevén.
Cualquier modificación a las reglas de uso que deberá cumplir el producto protegido mediante la Indicación Geográfica Protegida "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco" deberá ser inscrita ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para surtir efectos ante terceros, con fundamento en el artículo 276, último párrafo de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
III.- La delimitación de la zona geográfica protegida.
La zona de protección para la elaboración del "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco" serán los municipios de Cárdenas, Comalcalco, Cunduacán, Huimanguillo, Paraíso y Jalpa de Méndez, ubicados en el estado de Tabasco, México.
TERCERO.- La Indicación Geográfica Protegida "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco" es un bien nacional y sólo podrá usarse mediante autorización que expida el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, una vez que quede acreditada la persona moral responsable de certificar el cumplimiento de las reglas de uso, a que se refiere el artículo 275, fracción V de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y se cumpla con los requisitos que la misma Ley establece.
CUARTO.- El usuario autorizado estará obligado a usar la Indicación Geográfica Protegida "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco", tal y como aparece en la presente Declaración, así como a aplicar la leyenda "Indicación Geográfica Protegida" o las siglas "I.G.P.", al producto amparado por ésta, de conformidad con el artículo 302 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
QUINTO.- Los términos de la presente Declaración de Protección de la Indicación Geográfica "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco" podrán ser modificados en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte interesada, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
SEXTO.- La vigencia de la presente Declaración de Protección de la Indicación Geográfica "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco" estará determinada por la subsistencia de las condiciones que la motivaron y sólo dejará de surtir efectos por otra declaración que al efecto emita el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
SÉPTIMO.- El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial realizará los trámites que correspondan en relación con el reconocimiento internacional de la Indicación Geográfica Protegida "Cacao de la Región Chontalpa de Tabasco", conforme a los tratados y acuerdos comerciales internacionales vigentes en México.
OCTAVO.- La presente Declaración surtirá sus efectos el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La presente se signa con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I; 4; 5, fracción I; 6; 8, 265, 266, 267 y 288 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o., fracción II; 4o.; 5o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico.
Ciudad de México, a 09 de abril de 2026.- El Director General, Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica.
(R.- 575500)