INFORMACIÓN relativa a los ingresos, egresos, saldos y destino de los Fideicomisos en los que participa el entonces Consejo de la Judicatura Federal, ahora Órgano de Administración Judicial; en cumplimiento a lo que establece el artículo 772 del "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo", así como lo señalado en el artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Órgano de Administración Judicial.
Movimientos del 31 de diciembre de 2025 al 31 de marzo de 2026
| Fideicomisos | Saldos al 31 de diciembre de 2025 | Aportaciones | Ingresos | Egresos | Saldos al 31 de marzo de 2026 |
| 80692-Fideicomiso pensiones complementarias de Magistrados y Jueces Jubilados. | N/D Ver nota 1 | $ 0.00 | $ 0.00 | $ 0.00 | N/D Ver nota 1 |
| 80693-Fideicomiso para el mantenimiento de casas habitación de Magistrados y Jueces. | N/D Ver nota 1 | $ 0.00 | $ 0.00 | $ 0.00 | N/D Ver nota 1 |
| 80694-Fideicomiso de apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, con excepción de los de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | N/D Ver nota 1 | $ 0.00 | $ 0.00 | $ 0.00 | N/D Ver nota 1 |
| 80695-Fideicomiso para el Desarrollo de Infraestructura que implementa las Reformas Constitucionales en Materia de Justicia Federal. | N/D Ver nota 1 | $ 0.00 | $ 0.00 | $ 0.00 | N/D Ver nota 1 |
Nota: El destino de los Fideicomisos corresponde al de su denominación.
1. Se hace del conocimiento que, la Delegada Fiduciaria de Nacional Financiera, informó vía correo electrónico al entonces Consejo de la Judicatura Federal, ahora Órgano de Administración Judicial que por instrucciones superiores con fecha 2 de abril de 2025, el saldo de los Fideicomisos se ha concentrado en la Tesorería de la Federación en concepto de Aprovechamientos conforme a lo establecido en el artículo Décimo Transitorio del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial", publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 15 de septiembre de 2024.
Lo anterior, sin que el entonces Consejo de la Judicatura Federal, ahora Órgano de Administración Judicial, en su carácter de fideicomitente, de manera previa fuera consultado al respecto, y sin que hubiera girado instrucción alguna a Nacional Financiera para la transferencia de los recursos atendiendo a las propias cláusulas del Contrato.
Por lo que, mediante oficio DGAJ/6169/2025, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del entonces Consejo de la Judicatura Federal, presentó ante el Órgano Interno de Control en Nacional Financiera, la denuncia correspondiente por faltas administrativas acaecidas con motivo de la actividad desempeñada por la servidora pública, quien ostenta el cargo de Directora Fiduciaria de Nacional Financiera S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo (NAFIN), en su calidad de Delegada Fiduciaria, así como de todos los que resulten responsables, ante el incumplimiento a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Ante tal situación, los saldos que se presentarían al 30 de septiembre, 31 de diciembre de 2025 y 31 de marzo de 2026, corresponderían a la información obtenida del Portal de Nacional Financiera, S.N.C. al 31 de marzo de 2025, debido a que el Fiduciario no ha presentado al entonces Consejo de la Judicatura Federal, ahora Órgano de Administración Judicial, los Estados Financieros de los citados Fideicomisos por los periodos de marzo a diciembre de 2025, y de enero a marzo de 2026, consistentes de un Balance General, un Estado de Resultados y una Balanza de Comprobación, así como los Estados de Cuenta de Inversiones, que conforme a lo convenido en las cláusulas de los Contratos de los Fideicomisos tiene la obligación de hacerlo.
Ciudad de México, a 17 de abril de 2026.- La Directora General de Programación, Presupuesto y Tesorería, Licenciada Mariana Aréchiga Fernández.- Rúbrica.