| No. | Denominación del trámite | Homoclave antes | Homoclave después |
| 1 | Registro de Planes de Pensiones. Modalidad A: Planes de Pensiones de Registro Electrónico | CONSAR-01-019-A | CONSAR-2026-01-001 |
| No. | Homoclave | Denominación del trámite | Denominación actualizada |
| 1 | CONSAR-2026-01-001 | Registro de Planes de Pensiones. Modalidad A: Planes de Pensiones de Registro Electrónico. | Planes de pensiones de Registro Electrónico |
| 2 | CONSAR-01-009 | Autorización de prospectos de información de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro. | Autorización a la modificación o actualización de los prospectos de información de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro. |
| No. | Homoclave | Denominación del trámite | Mejora implementada derivado de la conversión |
| 1 | CONSAR-01-016 | Presentación del material publicitario que utilicen las AFORES | Aviso de la presentación del material publicitario que utilicen las AFORES |
| No. | Homoclave del trámite | Denominación del trámite | Se implementan las siguientes acciones de simplificación | Requisitos obligatorios después de la mejora implementada |
| 1 | CONSAR-01-003 | Autorización para aumentar del 40% al 60% la inversión del capital mínimo pagado exigido en activos. | Se elimina el siguiente requisito: 1. Escrito libre de solicitud. | 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-003. |
| 2 | CONSAR-01-004 | Aprobación de los nombramientos de los Consejeros Independientes y del Contralor Normativo de las AFORES y SIEFORES. | Los siguientes requisitos se integran al formato de solicitud: 1. Declaración bajo protesta de decir verdad. 2. Consejeros Independientes. 3. Formato anexo A. | 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-004. 2. Acta de asamblea de accionistas 3. Requisitos de solvencia moral, así como de capacidad técnica y administrativa, que deben cumplir los consejeros independientes y el contralor normativo |
| 3 | CONSAR-01-005 | Autorización para que las AFORES inviertan en las empresas que les presten servicios complementarios o auxiliares en la realización de su objeto. | Se elimina el siguiente requisito: 1. Oficio de solicitud. | 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-005. |
| 4 | CONSAR-01-013 | Autorización para exceder el límite del 5% y hasta el 10% del activo total de una sociedad de inversión, para su inversión en títulos emitidos por empresas privadas o emitidos, avalados o aceptados por instituciones de crédito, con quienes la administren. | Se elimina el siguiente requisito: 1. Escrito libre de solicitud. | 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-013. |
| 5 | CONSAR-01-016 | Aviso de la presentación del material publicitario que utilicen las AFORES | Se elimina el siguiente requisito: 1. Escrito libre de solicitud. | 1. Material publicitario con las características finales de difusión. |
| 6 | CONSAR-01-018 | Registro y Autorización de Actuarios para dictaminar Planes de Pensiones. | Se eliminan los siguientes requisitos: 1. Escrito libre de solicitud. 2. Exhibición por duplicado del Anexo B 3. Gozar de reconocido prestigio profesional y no haber sido condenado por sentencia firme por delito doloso. | 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-018. 2. Tener Cédula Profesional de Actuario o Licenciado en Actuaría; en caso de ser extranjero, se debe presentar la documentación equivalente a la mencionada, conforme a las disposiciones legales aplicables. 3. Experiencia profesional de 5 años en consultoría actuarial. 4. Contar con experiencia en la valuación de pasivos laborales contingentes, misma que podrá acreditar a través de constancias emitidas por entidades gubernamentales o privadas dentro de los tres años anteriores al que presente su solicitud. 5. Certificado profesional vigente que acredite su conocimiento técnico en la valuación de pasivos laborales contingentes emitido por: I. Un colegio de profesionistas en materia de actuaría que sea miembro de la Asociación Actuarial Internacional, o; II. Un colegio de profesionistas en materia de actuaría que se encuentre registrado ante la Secretaría de Educación Pública, y ésta le haya otorgado el reconocimiento de idoneidad como auxiliar en la vigilancia del ejercicio profesional en la modalidad de certificación profesional, o; III. La Sociedad de Actuarios (SOA por sus siglas en inglés), el cual incluya, entre los temas que hayan sido objeto de examinación favorable, la valuación de pasivos laborales contingentes (retirement benefits). |
| No. | Homoclave del trámite | Denominación del trámite | Plazo máximo para resolver el trámite |
| 1 | CONSAR-01-018 | Registro y Autorización de Actuarios para dictaminar Planes de Pensiones. | 3 días hábiles |
| 2 | CONSAR-2026-01-001 | Planes de pensiones de Registro Electrónico | Inmediato |
| No. | Homoclave del trámite | Denominación actual del trámite | Mejora implementada | Requisitos |
| 1 | CONSAR-01-001-A | Autorización para organizarse y operar como Administradora de Fondos para el Retiro. Modalidad A: Administradoras de Fondos para el Retiro. | Se fusionan los trámites con homoclave: CONSAR-01-001-A, CONSAR-01-001-B, CONSAR-01-001-C, CONSAR-01-007-A CONSAR-01-007-B CONSAR-01-048, CONSAR-01-049-A, CONSAR-01-049-B, CONSAR-01-050, CONSAR-01-051, CONSAR-01-052, CONSAR-01-056, CONSAR-01-057-A y CONSAR-01-057-B. Para quedar con la denominación y homoclave siguiente: CONSAR-01-001 Denominación del trámite: Autorización para organizarse y operar como Administradora de Fondos para el Retiro o Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro | Requisitos Generales: 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-001 Adicionalmente, para obtener el visto bueno de la Comisión las Administradoras y Sociedades de Inversión deberán presentar lo siguiente: 2. Comprobante original del pago de derechos, por el estudio de la Solicitud de Autorización, previsto en la Ley Federal de Derechos. 3. Antecedentes de los Solicitantes, incluyendo información sobre los socios fundadores, lo cual deberá elaborarse conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los sistemas de ahorro para el retiro (Disposiciones) 4. Proyecto de estatutos sociales, debiendo cumplir con lo establecido en el artículo 6 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. 5. Programa general de operación y funcionamiento. a) Para la solicitud de autorización de Administradoras, deberá contar con los elementos previstos en el artículo 31 de las Disposiciones. b) Para la solicitud de autorización de Sociedades de Inversión, deberá contar con los elementos previstos en el artículo 35, fracción II, de las Disposiciones. 6. Programa de divulgación de la información. 7. Programa de capitalización y reinversión de utilidades, conforme a lo previsto por el artículo 32 de las Disposiciones. |
| 2 | CONSAR-01-001-B | Autorización para organizarse y operar como Administradora de Fondos para el Retiro. Modalidad B: Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales de Instituciones Financieras del Exterior y Sociedades Relacionadas. | ||
| 3 | CONSAR-01-001-C | Autorización para organizarse y operar como Administradora de Fondos para el Retiro. Modalidad C: Administradora de Fondos para el Retiro Filiales de Instituciones Financieras Filiales. | ||
| 4 | CONSAR-01-007-A | Autorización para organizarse y operar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro. Modalidad A: SIEFORES Básicas. | ||
| 5 | CONSAR-01-007-B | Autorización para organizarse y operar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro (Adicionales). Modalidad B: SIEFORES Adicionales. | ||
| 6 | CONSAR-01-048 | Acreditar que las Administradoras de Fondos para el Retiro y Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro están en condiciones de organizarse y operar. | | 8. Estudio de factibilidad de la Administradora, que deberá contener los elementos descritos en el artículo 33 de las Disposiciones. 9. Información del Contralor Normativo y consejeros independientes propuestos para la Administradora de conformidad con las reglas a las que deberán sujetarse estos funcionarios emitidas por la Comisión. Cuando los solicitantes opten por ser certificados por uno o varios Expertos Independientes, adicionalmente deberán presentar: 1. Los datos de cada Experto Independiente que certificará los procesos operativos, técnicos, informáticos, contables y, en su caso, financieros de la Administradora, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 34 de las Disposiciones. 2. Contrato de prestación de servicios celebrado con cada Experto Independiente. Adicionalmente, para la Organización y Operación de Sociedades de Inversión y para la Autorización de las Sociedades de Inversión Adicionales, se deberá presentar: 1. Proyecto de Prospecto de Información y folleto explicativo, los cuales deberán cumplir con la información establecida en los artículos 175 y 176, así como, los anexos P y Q de las Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. 2. Proyecto de estatutos sociales de la Sociedad de Inversión, debiendo cumplir con lo establecido en el artículo 6 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. |
| 7 | CONSAR-01-049-A | Entrega del certificado que emita el Experto Independiente (EI). Modalidad A. Administradoras de fondos para el retiro. | ||
| 8 | CONSAR-01-049-B | Entrega del certificado que emita el Experto Independiente (EI). Modalidad B. Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro. | ||
| 9 | CONSAR-01-050 | Entrega del certificado que emita el Experto Independiente. | ||
| 10 | CONSAR-01-051 | Aviso a la CONSAR sobre los cambios a la infraestructura, sistemas informáticos o en la operación distintos a los revisados y certificados por el o los expertos independientes. | ||
| 11 | CONSAR-01-052 | Acreditar que se cuenta con la infraestructura necesaria para la comunicación de envío y recepción de información. | ||
| 12 | CONSAR-01-056 | Exhibición ante la CONSAR de la copia certificada de los estatutos sociales de la AFORE y sus SIEFORES, en las que se contengan los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio. | ||
| 13 | CONSAR-01-057-A | Notificación sobre la fecha de inicio de operaciones de AFORES y SIEFORES. | ||
| 14 | CONSAR-01-057-B | Notificación sobre la fecha de inicio de operaciones de AFORES y SIEFORES. | Para la Verificación o Certificación, las Administradoras y Sociedades de Inversión, adicionalmente deberán presentar: I. Tratándose de Administradoras: 1. Copia certificada de la escritura constitutiva; 2. Trámite de alta ante la Secretaría; 3. Proyecto de contrato con una Empresa Operadora; 4. Presentación de los proyectos de contratos de prestación de servicios administrativos y distribución de acciones con sus Sociedades de Inversión; 5. Manual de inversión; 6. Manual de políticas y procedimientos para la administración del riesgo financiero; 7. Balance inicial; 8. Información sobre la ubicación de sus oficinas centrales y sucursales; 9. Acreditar que se ha realizado la instalación de los sistemas de cómputo, así como la celebración de las promesas de contratos para la operación de dichos sistemas; 10. Acreditar que se ha adquirido, o desarrollado la aplicación operativa sobre la cual se desarrollarán cada uno de los procesos operativos de la Administradora y sus Sociedades de Inversión; 11. Acreditar que se ha adquirido, o desarrollado la aplicación para el registro y control de Asesores Previsionales de la Administradora 12. En su caso, constancia que acredite que el personal de la Administradora cuenta con la capacitación necesaria por parte del proveedor de la aplicación informática sobre la cual desarrollarán los procesos operativos, contables y de Asesores Previsionales de la Administradora y sus Sociedades de Inversión 13. Programa de Autorregulación; |
| | | | | En caso de que los solicitantes opten por ser certificados por uno o varios Expertos Independientes, adicionalmente deberán presentar: 1. Certificación realizada por uno o varios Expertos Independientes, cumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 44, 45 y 46 de las Disposiciones. II. Tratándose de Sociedades de Inversión: 1. Copia certificada de la escritura constitutiva. 2. Balance inicial. En caso de que los solicitantes opten por ser certificados por uno o varios Expertos Independientes, adicionalmente deberán presentar: 1. Certificación realizada por uno o varios Expertos Independientes, cumpliendo con lo establecido en los artículos 47, 48 y 49 de las Disposiciones. La documentación deberá presentarse en idioma español o acompañarse de su correspondiente traducción oficial, en todos los casos debidamente legalizada o apostillada, cuando se trate de documentos oficiales. |
| 15 | CONSAR-01-006-A | Adquisición de acciones representativas del capital social de una Administradora de Fondos para el Retiro. Modalidad A: Adquisiciones iguales o mayores al 5% del capital social. | Se fusionan los trámites con homoclave: CONSAR-01-006-A, CONSAR-01-006-B, CONSAR-01-011 y CONSAR-01-012 Para quedar con la denominación y homoclave siguiente: CONSAR-01-006 Denominación: Enajenación o Adquisición de acciones representativas del capital social de una Administradora de Fondos para el Retiro. | Para la expedición del trámite, se solicitarán, de manera general, los siguientes requisitos: 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-006. En los casos de adquisición de la mayoría de acciones, adicional a los requisitos generales, se solicitará lo siguiente: 2. Autorización por autoridad del exterior. 3. Opinión legal. 4. Información financiera. |
| 16 | CONSAR-01-006-B | Adquisición de acciones representativas del capital social de una Administradora de Fondos para el Retiro. Modalidad B: Adquisiciones menores al 5% del capital social. | ||
| 17 | CONSAR-01-011 | Autorización para que instituciones financieras del exterior, instituciones financieras filiales, administradoras filiales o sociedades relacionadas, adquieran la mayoría de las acciones representativas del capital social de una administradora. | ||
| 18 | CONSAR-01-012 | Autorización para la enajenación de acciones de la serie "F" representativas del capital social de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales. | ||
| 19 | CONSAR-01-009 | Autorización de las modificaciones o actualizaciones a los prospectos de información de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro. | Se implementa Formato de solicitud. | 1. Formato de solicitud FF-CONSAR-01-009. 2. Documento que señale las modificaciones realizadas y en versión electrónica del prospecto de información. 3. Acta Pormenorizada de la sesión del Órgano de Gobierno de la Administradora, en la que se señale la aprobación de los ajustes o constancia emitida por el secretario de dicho Órgano. 4. Evidencia que indique que las modificaciones fueron revisadas al menos por el responsable del Área de Inversiones y por el responsable del área de riesgos. 5. Evidencia que indique que el Contralor Normativo supervisó el contenido y éste corresponde con lo aprobado por el Órgano de Gobierno de la propia Administradora. |
| No. | Homoclave del trámite | Denominación del trámite | Homoclave del formato de solicitud | Número de Anexo |
| 1 | CONSAR-01-001 | Autorización para organizarse y operar como Administradora de Fondos para el Retiro o Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro | FF-CONSAR-01-001 | Anexo I |
| 2 | CONSAR-01-003 | Autorización para aumentar del 40% al 60% la inversión del capital mínimo pagado exigido en activos. | FF-CONSAR-01-003 | Anexo II |
| 3 | CONSAR-01-004 | Aprobación de los nombramientos de los Consejeros Independientes y del Contralor Normativo de las AFORES y SIEFORES | FF-CONSAR-01-004 | Anexo III |
| 4 | CONSAR-01-005 | Autorización para que las AFORES inviertan en las empresas que les presten servicios complementarios o auxiliares en la realización de su objeto | FF-CONSAR-01-005 | Anexo IV |
| 5 | CONSAR-01-006 | Enajenación o Adquisición de acciones representativas del capital social de una Administradora de Fondos para el Retiro. | FF-CONSAR-01-006 | Anexo V |
| 6 | CONSAR-01-009 | Autorización de prospectos de información de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro. | FF-CONSAR-01-009 | Anexo VI |
| 7 | CONSAR-01-013 | Autorización para exceder el límite del 5% y hasta el 10% del activo total de una sociedad de inversión, para su inversión en títulos emitidos por empresas privadas o emitidos, avalados o aceptados por instituciones de crédito, con quienes la administren. | FF-CONSAR-01-013 | Anexo VII |
| 8 | CONSAR-01-018 | Registro y Autorización de Actuarios para dictaminar Planes de Pensiones. | FF-CONSAR-01-018 | Anexo VIII |
| No. | Homoclave del trámite | Denominación del trámite |
| 1 | CONSAR-01-015 | Autorización para que una AFORE reinicie su publicidad |
| 2 | CONSAR-01-017 | Recurso de Revocación. |
| 3 | CONSAR-01-023 | Someter a consideración de la CONSAR la previsión de ingresos y egresos de las Empresas Operadoras. |
| 4 | CONSAR-01-035 | Informe del auditor independiente sobre irregularidades o deficiencias en el desempeño de la entidad auditada. |
| 5 | CONSAR-01-037 | Presentación del dictamen de auditoría externa. |
| 6 | CONSAR-01-054 | Aviso a la CONSAR sobre los cambios a la infraestructura, sistemas informáticos o en la operación, utilizados en el proceso de inversión, registro contable y administración integral de riesgos distintos a los revisados y certificados por el o los Expertos Independientes o por la Comisión en la etapa de verificación. |
| 7 | CONSAR-01-087 | Autorización para que la información generada por los Participantes en los SAR, sea enviada a la CONSAR en medios magnéticos o dispositivos electrónicos. |
| 8 | CONSAR-01-088 | Solicitud a la CONSAR de un nodo Conect:Direct, para el envío de información recurrente |
| 9 | CONSAR-01-089 | Envío a la CONSAR de las claves de desencriptado |
| 10 | CONSAR-01-090 | Información recurrente que las Empresas Operadoras deberán proporcionar a la Comisión. |
| 11 | CONSAR-01-091-A | Información recurrente que las AFORES y SIEFORES deberán proporcionar a la CONSAR. Modalidad A. Administradoras de Fondos para el Retiro. |
| 12 | CONSAR-01-091-B | Información que las AFORES y SIEFORES deberán proporcionar a la CONSAR. Modalidad B. Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro. |
| 13 | CONSAR-01-092 | Información recurrente que las Entidades Receptoras deberán entregar a la CONSAR. |
| 14 | CONSAR-01-093 | Información que los participantes en el sistema de ahorro para el retiro deben conservar a disposición de la CONSAR. |
| 15 | CONSAR-01-094 | Presentación de la justificación de las comisiones efectivamente aplicadas por las empresas operadoras (EO). |
| 16 | CONSAR-02-006 | Informe detallado a la CONSAR respecto de las irregularidades observadas por los consejeros independientes. |
| 17 | CONSAR-02-007-A | Información que deben proporcionar los contralores normativos. Modalidad A. Plan de funciones. |
| 18 | CONSAR-02-007-B | Información que deben proporcionar los contralores normativos. Modalidad B. Informe mensual. |
| 19 | CONSAR-02-007-C | Información que deben proporcionar los contralores normativos. Modalidad C. Precios de transferencia. |
| 20 | CONSAR-02-007-D | Información que deben proporcionar los contralores normativos. Modalidad D. Avisos de desviación. |
| 21 | CONSAR-03-006 | Aviso a la CONSAR sobre las variaciones en los precios de los valores que integran el activo de las SIEFORES y recomposición de cartera. |
| 22 | CONSAR-03-008 | Notificación de la estrategia que tome la SIEFORE cuando opte por la conservación de los Activos Objeto de Inversión sujetos a calificación crediticia. |
| 23 | CONSAR-04-007 | Aviso sobre la fuente de información en la que consten los términos en los que las SIEFORES adquieran vehículos en los términos del prospecto de colocación correspondientes, que replican activos subyacentes permitidos en el régimen de inversión. |
| 24 | CONSAR-04-018 | Reporte sobre violaciones a la seguridad de los activos informáticos que comprometa la información personal de los trabajadores. |
| 25 | CONSAR-06-005 | Presentación de programas de corrección y autocorrección. |
| 26 | CONSAR-06-019 | Aviso sobre las estructuras de comisiones que las Administradoras cobrarán a los Fondos de Previsión Social. |
| 27 | CONSAR-06-021 | Aviso de las Empresas Operadoras a la CONSAR sobre eventos que afecten la operación de los procesos que se realicen con los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro. |
| 28 | CONSAR-06-022 | Aviso a la CONSAR sobre objeciones a los precios que determine el proveedor de precios o la sociedad valuadora. |
| 29 | CONSAR-06-023 | Informe a la CONSAR de la política para valuar las carteras de inversión en mercados internacionales |
| 30 | CONSAR-06-024 | Envío diario de información sobre las operaciones que realice el custodio. |
| 31 | CONSAR-06-025 | Aviso a la CONSAR sobre la omisión en la entrega de los precios actualizados para valuación de los activos objeto de inversión. |
| 32 | CONSAR-06-028 | Informe a la Comisión sobre la contratación del proveedor de precios, sociedad valuadora y de los servicios contratados. |
| 33 | CONSAR-06-031-A | Presentación de información relacionada con el experto independiente. |
| 34 | CONSAR-06-035-A | "Reporte de AFORES, empresas Operadoras y Prestadoras de Servicios de auditoría y programas de seguridad" |
| 35 | CONSAR-06-037-A | Presentación Programa Anual de Cobertura. |
| 36 | CONSAR-06-039-A | Aviso de modificación a la documentación presentada con la solicitud de autorización para operar modelos novedosos |
| 37 | CONSAR-06-041-A | Entrega de reportes de sociedades autorizadas para operar modelos novedosos. |















