ACUERDO mediante el cual se expiden los Criterios Específicos de Evaluación del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDEN LOS CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EVALUACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORAS E INVESTIGADORES
La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti), con fundamento en los artículos 26, fracción XV y 38 Bis, fracciones II, VII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 29 y 41, párrafos primero, segundo y tercero de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, así como en los artículos 10, 14, 17, 18, 19, 22 y 23 del Reglamento del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores, Capítulo III, Sección Primera de los Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores y en las Reglas de Operación del Pp. S191 Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores, tomando en cuenta las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que, con fecha del 04 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores en cuyos artículos 10, 14 y 15 se establece que las Comisiones Dictaminadoras, las Comisiones Revisoras y la Comisión de Investigadoras e Investigadores Nacionales Eméritos tendrán como objeto emitir dictámenes fundados y motivados, de conformidad con lo previsto en dicho Reglamento, los Criterios Específicos de Evaluación y en las demás disposiciones jurídicas aplicables;
Que, con fecha 06 de febrero de 2026, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores en cuyas disposiciones se reconoce que los criterios específicos de evaluación son centrales para la labor que realizan las comisiones evaluadoras del Sistema mencionado, a fin de emitir dictámenes fundados y motivados de las solicitudes para el reconocimiento en dicho Sistema;
Que, se torna vital contar con criterios específicos de evaluación para reconocer la trascendencia de la trayectoria docente, académica y profesional de las personas investigadoras solicitantes, tanto en su producción científica y humanística como en el fortalecimiento y consolidación de la comunidad y en la divulgación del conocimiento científico y humanístico y a sus beneficios sociales, donde se contemple la diversidad por áreas de conocimiento;
Que, al reconocer que un proceso adecuado de evaluación científica y humanística conlleva una valoración cuantitativa y cualitativa de las actividades de investigación, se vuelve indispensable aportar claridad conceptual sobre los elementos establecidos en el artículo 19 del citado Reglamento, a fin de normar criterio sobre la relevancia, pertinencia, constancia y diversidad en la producción científica; así como el compromiso con la formación, la colaboración y la inclusión en las actividades que realizan las personas investigadoras.
Que, para fortalecer la producción científica equilibrada y a propósito de reconocer la relevancia de la labor de investigación, visibilizar el esfuerzo y el tiempo de trabajo dedicado a actividades de investigación, se vuelve imprescindible establecer parámetros de evaluación y equivalencias, cuyo punto de referencia son los artículos;
Se emiten los siguientes:
CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EVALUACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORAS E INVESTIGADORES
Capítulo 1. Disposiciones generales
Artículo 1. El presente instrumento tiene por objeto establecer los criterios de evaluación para el reconocimiento en el Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII), dispuestas en los capítulos IV y V del Reglamento del SNII de la Secihti.
En caso de duda respecto del sentido de alguna disposición de los presentes Criterios o sobre su aplicabilidad, la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secihti establecerá la interpretación de la norma en cuestión de conformidad con la normativa aplicable. Los asuntos no previstos en los presentes Criterios, serán resueltos por el Consejo General.
Artículo 2. Para los efectos de los presentes Criterios, se entenderá por:
I. Antología: compilación de una serie de textos (en ocasiones procedentes de congresos, seminarios, reuniones, etc.) que no tienen entre sí más vínculo que cierta temática más o menos amplia.
II. Capacidades científicas y humanísticas: bienes tangibles e intangibles que permiten el avance del conocimiento científico, tecnológico y de innovación en un país. Entre estas capacidades, pueden mencionarse a las personas especializadas en ciencia, humanidades, tecnologías e innovación (CHTI), la infraestructura, la difusión y la divulgación, así como los proyectos de investigación científica, básica, aplicada y desarrollo tecnológico y de innovación.
III. Colaborativo: cuando se implementan acciones que fomenten la vinculación entre estudiantes (vocaciones científicas) y personas investigadoras.
IV. Comprensible: cuando el medio de comunicación se caracteriza por utilizar un lenguaje e imagen clara que facilite la interpretación y pueda ser asimilado de forma sencilla que permita la reflexión y la apropiación del conocimiento.
V. Comprometido con la formación: cuando se desarrollan actividades de docencia o acompañamiento en la obtención de grado o en la tutoría de estancias y proyectos de investigación de estudiantes de nivel medio superior, licenciatura, maestría, doctorado o aquellas vinculadas con estancias posdoctorales.
VI. Constante: cuando se realizan las actividades de forma continua a lo largo de su trayectoria.
VII. Contribución científica: aportaciones originales que demuestran el avance del conocimiento en su campo de especialidad.
VIII. Curaduría: proceso de selección, organización y presentación de objetos en un museo o espacio de exhibición, para generar una experiencia significativa, integrando una interpretación de los objetos con su contexto, de acuerdo a los objetivos del espacio museístico, para promover el diálogo social y cultural, y contribuir a la construcción de la memoria colectiva.
IX. Derecho de Autor: aquellas obras relacionadas con desarrollos tecnológicos protegidas en términos de la Ley Federal del Derecho de Autor.
X. Diseños industriales: el modelo industrial, el dibujo industrial, la marca, el aviso comercial, el nombre comercial y la denominación de origen.
XI. Diversa: cuando la persona investigadora tiene la capacidad de difundir sus conocimientos mediante diferentes tipos de productos.
XII. Divulgación: es el conjunto de actividades que hacen accesible el conocimiento científico, humanístico y/o tecnológico a la sociedad, conocido también como acceso universal al conocimiento, conforme a lo señalado en el artículo 41 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.
XIII. Inclusivo: cuando las actividades están dirigidas a la población tomando en cuenta su diversidad según edad, sexo, lengua, discapacidad (física, sensorial, intelectual y psicosocial) o etnia.
XIV. Gratuito: acceso al conocimiento sin pagar por ello.
XV. Liderazgo: influencia en un área de conocimiento por su trascendencia en su labor.
XVI. Madurez: refiere al grado de desarrollo, consolidación y sostenibilidad de una temática en específico a lo largo del tiempo.
XVII. Modelo de utilidad: aquellas modificaciones que son realizadas a inventos, herramientas y maquinaria ya existentes para mejorar su desempeño.
XVIII. Números temáticos, monográficos o dossiers: números especiales dedicados a un tema en particular realizado por expertos en cierta temática.
XIX. Patente: derecho de exclusividad que otorga el Estado sobre una invención en términos de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
XX. Pertinente: cuando la producción está vinculada con necesidades sociales, ambientales o tecnológicas, o bien, amplía las fronteras del conocimiento en un área específica.
XXI. Prólogo o Estudio introductorio: texto en el cual se presenta el programa de trabajo, grandes interrogantes, una discusión teórico-metodológica sobre una obra.
XXII. Propiedad intelectual: conjunto de derechos legales que protegen las creaciones de la mente humana, entre ellas, patentes, derechos de autor, diseño industrial y modelo de utilidad.
XXIII. Registro: el derecho de exclusividad que otorga el Estado sobre un modelo de utilidad, un diseño industrial o un esquema de trazado de circuito integrado.
XXIV. Reglamento: Reglamento del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores.
XXV. Relevante: cuando es una contribución original que aporta al avance de la investigación científica, humanística o tecnológica.
XXVI. Secihti: Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
XXVII. SNII: Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores.
XXVIII. Sostenida: cuando la producción que realiza a lo largo del tiempo muestra consolidación en las líneas de investigación y, eventualmente, se desarrollan nuevas líneas de investigación como parte de la trayectoria.
XXIX. Transferencias tecnológicas: proceso de colaboración e intercambio de conocimientos y derechos de propiedad intelectual entre los titulares de una determinada tecnología hacia usuario públicos o privados.
XXX. Trayectoria: recorrido que realiza una persona investigadora a lo largo de su desarrollo profesional en el sector científico y humanístico, incluyendo su formación, su producción científica, las actividades en su área de estudio, la evolución de sus líneas de investigación, la formación de nuevas generaciones de científicos y la vinculación con otros cuerpos académicos y profesionales.
XXXI. Trayectoria notable: se entenderá como el reconocimiento público por el impacto de su obra en un campo del conocimiento, la construcción de instituciones relevantes para el desarrollo humanístico, científico, tecnológico y de innovación en el país, o bien, el aporte de su labor para la atención de los problemas sociales y sus beneficios en la población.
Capítulo 2. Criterios de Evaluación
Artículo 3. Para obtener el reconocimiento en el SNII, se tomará en cuenta la obra y la trayectoria globales de la persona investigadora, así como la consistencia de la actividad docente, académica y profesional que se haya registrado en el Sistema Informático destinado para ello.
Artículo 4. La evaluación se realiza mediante Comisiones evaluadoras designadas de acuerdo a lo establecido en el Capítulo III de los Lineamientos para el Funcionamientos del SNII.
Artículo 5. La evaluación consta de tres componentes: producción de investigación científica, humanística y tecnológica, fortalecimiento y consolidación de la comunidad científica, y divulgación; que se valorarán cuantitativa y cualitativamente.
Se considerarán dos tipos de perfil de investigación que permiten en reconocer el énfasis que la persona investigadora desarrolla a lo largo de su trayectoria, mismos que no son excluyentes y pueden ser mixtos:
1. Perfil con Énfasis en Investigación de Ciencia Básica y de Frontera o Incidencia.
2. Perfil con Énfasis en Desarrollo Tecnológico e Innovación.
La evaluación analizará, de manera objetiva, razonada y argumentada, la trayectoria y los elementos que presente la persona investigadora para cada uno de los componentes.
Artículo 6. La valoración cuantitativa considera una serie de actividades para cada uno de los componentes de la trayectoria de investigación. El número mínimo de actividades para recomendar un nivel o categoría en el SNII se define en el Anexo 1. "Parámetros del SNII", por área de conocimiento. Las actividades para cada componente descritas en el Anexo 3 "Características de las actividades", son las siguientes:
I. Componente 1. Producción de Investigación Científica, Humanística y Tecnológica.
a) Producción de Investigación Científica y Humanística:
· Artículos.
· Libros.
· Capítulos.
· Reportes.
· Informes.
· Dossier o número temático.
· Antologías.
· Traducciones.
· Prólogos o estudio introductorio.
· Curaduría.
· Datos primarios.
b) Producción de Desarrollo Tecnológico o de Innovación:
· Desarrollo tecnológico o Innovación:
a. Software.
b. Producto.
c. Proceso o Estrategias Digitales e Interactividad.
· Propiedad intelectual:
a. Patentes.
b. Derechos de Autor.
c. Diseño Industrial.
d. Modelo de Utilidad.
e. Esquema de Trazado de Circuito Integrado.
f. Marca.
· Transferencia Tecnológica:
a. Licenciamiento.
b. Consultoría o Asesoría Técnica Especializada.
c. Creación de Empresa.
d. Asociación Estratégica o Alianza de Negocios Temporal.
· Informes Técnicos.
II. Componente 2: Fortalecimiento y Consolidación de la Comunidad:
· Docencia
a. Cursos.
b. Diplomados.
c. Capacitaciones.
d. Talleres.
e. Seminarios.
f. Tutorías.
· Trabajos de Titulación
a. Tesis.
b. Tesina.
c. Portafolio.
· Desarrollo Institucional
a. Proyectos de Investigación.
b. Participación en la Creación, Diseño o Actualización de Planes de Estudio.
c. Colaboración Interinstitucional como Acuerdos y Convenios.
d. Coordinación de Programas o Centros.
· Evaluaciones
a. Participación en Jurado.
b. Participación en Evaluación de Programas o Proyectos SECIHTI.
c. Participación en Dictaminación de Publicaciones.
d. Participación en Dictaminación Especializada.
III. Componente 3. Divulgación:
· Participación en Medios Escritos.
· Participación en Medios audiovisuales, radiofónicos o digitales.
· Participación en Museografía y espacios de educación no formal.
· Participación en Eventos y comunicación.
Artículo 7. Para reconocer la producción de la investigación de manera integral, se considerarán las siguientes equivalencias:
I. Los textos que son productos de investigación registrados como capítulos de un libro, serán considerados con el mismo valor que un artículo, siempre y cuando garanticen procesos rigurosos de evaluación por pares y cuyos contenidos siguen parámetros de integridad académica y ética de publicación científica.
II. Dos productos de investigación registrados como reportes, informes con resultados de evaluaciones, propuestas o estrategias de política pública, propuestas de mejoras de programas gubernamentales, estrategias sociales, normatividad o reglamentos, antología, prólogo o estudio introductorio, dossier o número temático, serán contabilizados con el mismo valor que un artículo, a condición de que cuyos contenidos siguen parámetros de integridad académica y ética de publicación científica.
III. Un producto de investigación registrado como libro, será contabilizado con el mismo valor que cuatro artículos, a condición de que garanticen procesos rigurosos de evaluación por pares y cuyos contenidos siguen parámetros de integridad académica y ética de publicación científica.
IV. Los productos tecnológicos registrados como desarrollos tecnológicos, serán equivalentes a un artículo científico; mientras que una transferencia tecnológica o un derecho de propiedad intelectual otorgado serán equivalentes a cuatro artículos.
Artículo 8. Los elementos y actividades deberán contar con evidencia probatoria, particularmente en el apartado de Producción Científica, Humanística o Tecnológica, conforme al Anexo 3 "Características de las actividades". Los registros que no cuenten con documento probatorio podrán ser desestimados.
Artículo 9. La valoración cualitativa considera una serie de características para cada uno de los componentes de la trayectoria de investigación, por lo que las Comisiones evaluadoras deberán sustentar sus recomendaciones considerando de manera enunciativa más no limitativa las siguientes, mismas que se detallan en el Anexo 4. "Rúbrica de Evaluación":
I. Componente 1. Producción de Investigación Científica, Humanística y Tecnológica.
a. Relevante.
b. Pertinente.
c. Sostenida.
d. Diversa.
II. Componente 2. Fortalecimiento y Consolidación de la Comunidad.
a. Compromiso con la Formación.
b. Colaborativo.
c. Constante.
III. Componente 3. Divulgación.
a. Inclusiva.
b. Gratuita.
c. Comprensible.
Artículo 10. El proceso de evaluación contabiliza el número de productos y actividades registrados en el sistema informático de la Secihti y se considerarán los rangos establecidos en el Anexo 1. "Parámetros del SNII", por nivel o categoría. Posteriormente, las Comisiones se pronunciarán sobre las cualidades de cada uno de los componentes.
En ningún caso, el aspecto cuantitativo arrojará un resultado sin que se haya realizado la evaluación cualitativa. Por tanto, el número de actividades de investigación será sólo una referencia de la madurez de la trayectoria, por lo que deberá ser valorada respecto de las cualidades inherentes a ella. La valoración cualitativa prevalecerá sobre la cantidad de productos presentados, misma que será determinada por las Comisiones de acuerdo con el área del conocimiento seleccionada.
Artículo 11. Para recomendar una categoría o nivel en el SNII, se considerarán las siguientes descripciones por perfil de investigación:
I. PERFIL CON ÉNFASIS EN INVESTIGACIÓN DE CIENCIA BÁSICA Y DE FRONTERA O INCIDENCIA
Sera necesario acreditar en su trayectoria de investigación científica y humanística las actividades de conformidad con el Anexo 1. "Parámetros del SNII" de acuerdo al área de conocimiento seleccionada.
a. CANDIDATURA
Podrá recibir la distinción quien demuestre capacidad para realizar investigación en ciencia básica y de frontera, actividades enfocadas en la atención de problemas nacionales, participe en la articulación de propuestas y soluciones con diversos sectores de la sociedad.
Asimismo, deberá acreditar al menos 2 (dos) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad, particularmente una de docencia en el período inmediato anterior; y al menos 2 (dos) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
b. INVESTIGADORA O INVESTIGADOR NIVEL 1
Podrá recibir la distinción quien demuestre capacidad para realizar de manera sostenida investigación en ciencia básica y de frontera, así como actividades enfocadas en la atención de problemas nacionales, promueva la articulación de propuestas y soluciones con diversos sectores de la sociedad.
Asimismo, deberá acreditar al menos 5 (cinco) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, particularmente una de docencia en el período inmediato anterior, una actividad de participación de trabajos de titulación y una actividad de desarrollo institucional; y al menos 4 (cuatro) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
c. INVESTIGADORA O INVESTIGADOR NIVEL 2
Podrá recibir la distinción quien demuestre capacidad para realizar de manera sostenida, relevante y pertinente investigación en ciencia básica y de frontera, así como actividades enfocadas en la atención de problemas nacionales; cuente con un reconocido liderazgo nacional por sus aportaciones al avance del estado del conocimiento en uno o más campos específicos o por el impacto de sus aportaciones a la solución de problemas que por su importancia y gravedad requiera una atención integral, profunda y amplia, generando redes de colaboración para la articulación de propuestas y soluciones con diversos sectores de la sociedad o con diversas instituciones de educación superior o centros de investigación del país.
Asimismo, deberá acreditar al menos 7 (siete) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, particularmente una de docencia a nivel licenciatura en el periodo inmediato anterior, una actividad de participación en dirección o co-dirección de trabajos de titulación y una actividad de desarrollo institucional; y al menos 6 (seis) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
d. INVESTIGADORA O INVESTIGADOR NIVEL 3
Podrá recibir la distinción quien demuestre capacidad para realizar de manera sostenida, relevante y pertinente investigación en ciencia básica y de frontera, así como actividades enfocada en la atención de problemas nacionales, posea un reconocido liderazgo nacional e internacional por la trascendencia de su obra en el avance del estado del conocimiento en uno o más campos específicos e impacto de sus aportaciones a la solución de problemas que por su importancia y gravedad requiera una atención integral, profunda y amplia; asimismo gestione redes de colaboración para la articulación de propuestas y soluciones con diversos sectores de la sociedad; así como una activa participación en el desarrollo institucional y destacada labor en la formación de la comunidad humanística, científica, tecnológica o de innovación del país y actividades de divulgación en temas relacionados a su campo de especialidad.
Asimismo, deberá acreditar al menos 8 (ocho) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, particularmente dos de docencia, una de ellas a nivel licenciatura en el período inmediato anterior, dos actividades de participación en dirección o co-dirección de trabajos de titulación y una actividad de desarrollo institucional; y al menos 8 (ocho) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
II. PERFIL CON ÉNFASIS EN DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN
Sera necesario acreditar en su trayectoria de investigación con énfasis en desarrollo tecnológico e innovación las actividades de conformidad con el Anexo 2. "Parámetros de Tecnología del SNII", en el apartado de Producción Tecnológica.
a. CANDIDATURA
Podrá recibir la distinción quien demuestre la capacidad para realizar desarrollo de tecnologías estratégicas de vanguardia o innovación abierta para la transformación social, así como el acompañamiento de talento especializado y desarrollo de actividades de divulgación.
Asimismo, deberá acreditar al menos 2 (dos) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad, particularmente una de docencia en el período inmediato anterior; y al menos 2 (dos) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
b. INVESTIGADORA O INVESTIGADOR NIVEL 1
Podrá recibir la distinción quien demuestre capacidad para realizar de manera sostenida desarrollo de tecnologías estratégicas de vanguardia o innovación abierta para la transformación social, o para incidir en la atención de problemas nacionales, así como la formación de la comunidad humanística, científica, tecnológica o de innovación del país, además, el desarrollo de actividades de divulgación en temas relacionados a su campo de especialidad.
Asimismo, deberá acreditar al menos 5 (cinco) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, particularmente una de docencia en el período inmediato anterior, una actividad de participación de trabajos de titulación y una actividad de desarrollo institucional; y al menos 4 (cuatro) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
c. INVESTIGADORA O INVESTIGADOR NIVEL 2
Podrá recibir la distinción quien demuestre capacidad para realizar de manera sostenida, relevante y pertinente el desarrollo de tecnologías estratégicas de vanguardia o innovación abierta para la transformación social, o para incidir en la atención de problemas nacionales y posea un reconocido liderazgo nacional, así como la formación de la comunidad humanística, científica, tecnológica o de innovación del país, desarrollo de actividades de divulgación en temas relacionados a su campo de especialidad y haber colaborado en la transferencia de tecnología con diversas instituciones u organizaciones del país.
Asimismo, deberá acreditar al menos 7 (siete) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, particularmente una de docencia a nivel licenciatura en el periodo inmediato anterior, una actividad de participación en dirección o co-dirección de trabajos de titulación y una actividad de desarrollo institucional; y al menos 6 (seis) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
d. INVESTIGADORA O INVESTIGADOR NIVEL 3
Podrá recibir la distinción quien demuestre capacidad para realizar de manera sostenida, relevante y pertinente el desarrollo de tecnologías estratégicas de vanguardia o innovación abierta para la transformación social, o para incidir en la atención de problemas nacionales y posea un reconocido liderazgo nacional e internacional, así como la formación de la comunidad humanística, científica, tecnológica o de innovación del país, desarrollo de actividades de divulgación en temas relacionados a su campo de especialidad y haber colaborado en la transferencia de tecnología con diversas instituciones u organizaciones del país.
Asimismo, deberá acreditar al menos 8 (ocho) elementos de fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, particularmente dos de docencia, una de ellas a nivel licenciatura en el período inmediato anterior, dos actividades de participación en dirección o co-dirección de trabajos de titulación y una actividad de desarrollo institucional; y al menos 8 (ocho) elementos de divulgación y sus beneficios sociales.
Artículo 12. Se considerará como excepción la trayectoria notable cuando una vez valorada de manera cuantitativa y cualitativa, la persona investigadora amerite ser considerada para un nivel superior.
Artículo 13. Se considerará como excepción para la persona investigadora con título de licenciatura en medicina u odontología podrá acreditar la equivalencia del grado de doctorado con el grado de especialidad o maestría.
Artículo 14. El SNII promueve el desarrollo de una producción equilibrada para el desempeño de las actividades de investigación, por lo que se establecen rangos en el Anexo 1 "Parámetros del SNII" y Anexo 2. "Parámetros de Tecnología del SNII".
Artículo 15. La discrecionalidad de las Comisiones evaluadoras se ejercerá dentro de los límites establecidos en los presentes Criterios, por lo que no podrá basarse en apreciaciones subjetivas no verificables, deberá guardar consistencia con casos análogos y no podrá contradecir los elementos objetivos acreditados en el expediente.
Artículo 16. Para el caso del reconocimiento de Investigadora o Investigador Nacional Emérito, podrá recibir el reconocimiento la persona solicitante que demuestre el cumplimiento de los siguientes elementos:
1. Tener 65 años o más de edad.
2. Contar con el reconocimiento de Investigadora o Investigador Nacional Nivel 3 al cierre de la convocatoria para Investigadora o Investigador Nacional Emérito.
3. Haber participado en actividades de fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica o de innovación de nivel medio superior, licenciatura o posgrado en México.
4. Haber promovido actividades de divulgación y sus beneficios sociales.
5. Contar con un reconocido liderazgo internacional por la trascendencia e impacto de sus aportaciones a la solución de problemáticas nacionales.
6. Haber participado activamente en el desarrollo institucional y demostrar una destacada labor en la formación de la comunidad humanística, científica, tecnológica o de innovación del país.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Los presentes Criterios entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. En caso de discrepancia con Ley General en Materia de Humanidades, Ciencia y Tecnología o el Reglamento del SNII, éstos prevalecerán sobre los presentes entre los presentes Criterios.
TERCERO. Queda abrogadas todas las disposiciones de la misma naturaleza, al momento de la entrada en vigor de los presentes Criterios.
Atentamente
Dado en la Ciudad de México, a los 10 días del mes de abril de dos mil veintiséis.- La Secretaria de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, Dra. Rosaura Ruiz Gutiérrez.- Rúbrica.
Anexo 1. "Parámetros del SNII"
| Área | Componente | Producto o Actividad | Nivel |
| C | 1 | 2 | 3 |
| Físico-Matemáticas y Ciencias de la Tierra | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 3 a 8 | De 9 a 27 | De 28 a 52 | De 53 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Biología y Química | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 3 a 10 | De 11 a 30 | De 31 a 60 | De 61 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Medicina y Ciencias de la Salud | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 4 a 15 | De 16 a 32 | De 33 a 67 | De 68 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Ciencias de la Conducta y la Educación | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 4 a 17 | De 18 a 44 | De 45 a 69 | De 70 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Humanidades | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 4 a 14 | De 15 a 40 | De 41 a 66 | De 67 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Ciencias Sociales | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 4 a 16 | De 17 a 42 | De 43 a 61 | De 62 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Ciencias de Agricultura, Agropecuarias, Forestales y de Ecosistemas | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 4 a 10 | De 11 a 35 | De 36 a 64 | De 65 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Ingenierías y Desarrollo Tecnológico | Producción CH | Artículos, capítulos, libros y otros | De 3 a 9 | De 10 a 32 | De 33 a 64 | De 65 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
| Interdisciplinaria | Producción CHy | Artículos, capítulos, libros y otros | De 4 a 14 | De 15 a 34 | De 35 a 57 | De 58 en adelante |
| Fortalecimiento y consolidación de la Comunidad | Docencia | 1 | 1 | 1 | 2 |
| Trabajos de titulación* | 0 | 1 | 1* | 2* |
| Desarrollo institucional | 0 | 1 | 1 | 1 |
| Otros | 1 | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 3 en adelante |
| Divulgación | Total de actividades | De 2 a 3 | De 4 a 5 | De 6 a 7 | De 8 en adelante |
*Trabajos de titulación: únicamente como director o co-director del trabajo de tesis.
Anexo 2. "Parámetros de Tecnología del SNII"
| Área | Componente | Producto o Actividad | Nivel |
| C | 1 | 2 | 3 |
| Todas | Producción Tecnológica | Desarrollo tecnológico | 2 con TRL de 1 a 3 o 1 con TRL 4 o superior. | 2 con TRL de 4 a 6 o 1 como Líder con TRL de 4 a 6 o 1 con TRL de 7 a 9 | 3 con TRL de 4 a 6 o 2 Líder con TRL de 4 a 6 o 2 con TRL de 7 a 9 o 1 como Líder con TRL de 7 a 9. | 3 como Líder con TRL de 4 a 6 o 2 como Líder con TRL de 7 a 9 |
| Propiedad Intelectual | | Y 1 con examen de fondo | Y 2 con examen de fondo o 1 otorgada | Y 3 con examen de fondo o 2 otorgadas |
| Transferencia tecnológica | | O 1 en proceso sin patente o registro | Y 1 en proceso de transferencia de tecnología sin patente o registro. | Y 2 en proceso sin patente o registro o 1 en proceso con patente o registro. |
*Technology Readiness Level (TRL): nivel de madurez tecnológica.
· TRL 1: Investigación básica. Principios básicos observados y reportados.
· TRL 2: Investigación de Laboratorio. Concepto tecnológico y/o aplicación tecnológica formulada. Investigación aplicada.
· TRL 3: Investigación de Laboratorio. Prueba experimental de concepto.
· TRL 4: Desarrollo Tecnológico. Validación tecnológica a nivel laboratorio.
· TRL 5: Desarrollo Tecnológico. Tecnología validada en laboratorio pero en condiciones de un entorno relevante (condiciones que simulan condiciones existentes en un entorno real).
· TRL 6: Demostración tecnológica. Tecnología demostrada en un ambiente relevante.
· TRL 7: Desarrollo de Producto. Demostración de prototipo a nivel sistema en un ambiente operativo real (sistema real).
· TRL 8: Desarrollo de Producto. Sistema completo y evaluado.
· TRL 9: Producto terminado. Pruebas con éxito en entorno real. Despliegue.
Anexo 3. "Características de las actividades"
| Elementos/Actividades | Descripción | Evidencia |
| Componente 1. Producción de investigación científica, humanística y tecnológica |
| Artículos | Aquel que es original y que está publicado en revistas especializadas de investigación nacionales e internacionales, preferentemente de acceso abierto, con publicación periódica sujeta a procesos rigurosos de evaluación por pares y cuyos contenidos siguen parámetros de integridad académica y ética de publicación científica. | Artículo en revistas especializadas, carta de aceptación del manuscrito, dictamen de arbitraje o evidencia de la normativa de la revista. |
| Libros | Publicado, arbitrado; como autor o coautor; con registro ISBN o ISSN. | Libro, dictamen de arbitraje o evidencia de la normativa de la editorial, hojas legales. |
| Capítulos | Publicado, arbitrado; como autor o coautor; con registro ISBN o ISSN. | Capítulo del libro, carta de aceptación del manuscrito, dictamen de arbitraje o evidencia de la normativa de la editorial. |
| Reportes o informes | Reportes o informes con resultados de evaluaciones, propuestas, estrategias de política pública, propuestas de mejoras de programas gubernamentales, estrategias sociales, normatividad o reglamentos. | Recepción del informe o reporte, carta de la entidad gubernamental, constancia donde se asiente su participación. |
| Dossier o número temático | Publicado, arbitrado; como editor invitado. | Dossier/número temático (conjunto de documentos compilados respecto a un mismo tema), carta de aceptación del manuscrito, dictamen de arbitraje o evidencia de la normativa de la revista. |
| Antologías | Publicado, ediciones críticas publicadas con registro ISBN o ISSN | Antología, carta de aceptación del manuscrito, dictamen de arbitraje o evidencia de la normativa de la revista. |
| Traducciones de obras | Publicado, con registro ISBN o ISSN | Traducción especializada de obra importante (acompañada de un estudio contextual de la obra), carta de aceptación del manuscrito, dictamen de arbitraje o evidencia de la normativa de la revista. |
| Prólogos y estudios introductorios | Publicado, con registro ISBN o ISSN; como autor invitado. | Prólogos/estudios introductorios (en el cual se presenta el programa de trabajo, grandes interrogantes, una discusión teórico-metodológica), carta de aceptación del manuscrito, dictamen de arbitraje o evidencia de la normativa de la revista, invitación. |
| Base de datos primarios | Pública y disponible que contiene datos primarios recabados. | Enlace al repositorio donde está publicada la base de datos primarios. |
| Desarrollo tecnológico o Innovación | Es la aplicación sistemática del conocimiento y la investigación dirigidos hacia la producción de materiales, dispositivos, software, sistemas o métodos, incluyendo el diseño, desarrollo, mejora de prototipos, procesos, productos, servicios o modelos organizativos, estrategias digitales. | Informe técnico de la innovación de la invención donde se represente la validación tecnológica, pruebas en ambiente real y escala piloto, referencias del potencial escalamiento industrial. |
| Propiedad intelectual | Es el derecho de exclusividad que otorga el Estado sobre una invención, modelo de utilidad, diseño industrial o esquema de trazado de circuito integrado. Derecho de Autor: Aquellas obras relacionadas con desarrollos tecnológicos protegidos. | Trámite ante el IMPI por medio de un documento técnico que describe el avance tecnológico de la invención, éste se acreditará mediante documento emitido por la institución nacional (IMPI) o internacional correspondiente de un proceso de solicitud de algún producto de propiedad intelectual en el que haya participado. |
| Transferencias tecnológicas | Es la transmisión de conocimiento o tecnología desde su instancia de origen hacia su aplicación en sectores de consumo. | Documento que acredite la transferencia, formalizado por la entidad receptora y que cuente con el nombre del autor como parte del proceso, evidencia en la elaboración de documentos para proceso de transferencia tecnológica (dossier). |
| Componente 2. Fortalecimiento y consolidación de la comunidad científica |
| Docencia | Impartición de cursos (semestre, cuatrimestre o trimestre), diplomados, capacitaciones, talleres (contenido teórico y práctico de al menos 40 horas**), seminarios (sesión especializada para discutir avances de investigación o debatir un tema específico) y tutorías (acompañamiento de servicio social, prácticas profesionales, estancias médicas, procesos de innovación) a nivel licenciatura y/o posgrado. | Constancia avalada por la institución donde se impartió. |
| Desarrollo institucional | Participación en proyectos que amplían las actividades de investigación, en la creación, diseño o actualización de Planes de estudio, así como actividades de colaboración interinstitucional (acuerdos y convenios) o Coordinación de programas o centros. | Informes técnicos con los resultados de los proyectos de investigación donde se asiente rol, constancia de participación en la modificación o creación de los planes de estudio, acuerdos, actas o convenios interinstitucionales donde se señale el objeto y rol a desempeñar, nombramiento para la coordinación de programas o centros. |
| Trabajos de titulación | Dirección y acompañamiento en el trabajo para titulación a nivel licenciatura y/o posgrado. | Constancia avalada por la institución donde se impartió, tesis, portada de la tesis donde se sustente la participación, acta de examen de grado. |
| Evaluación de pares | Participación en jurados para opinión de temas especializados, comisiones de evaluación de los programas y proyectos de la Secihti, en comités de dictaminación especializada o de publicaciones. | Constancia de participación, invitación del organismo, revista o editorial. |
| Trabajo editorial | Participación en actividades de edición, coordinación y evaluación de un número temático. | Constancia de participación, invitación de la revista o editorial. |
| Componente 3. Divulgación |
| Participación en eventos y comunicación | Son actividades que tienen por objeto compartir información de carácter científico o tecnológico a través de eventos dirigidos a la población infantil, adulta mayor, jóvenes de nivel medio superior, entre ellas: · Talleres de ciencia recreativa · Ferias y festivales de ciencia · Cafés científicos · Conferencias · Conversatorios o mesas de discusión · Monólogos científicos · Demostraciones experimentales · Proyección de audiovisuales · Actividades de retribución de productos a comunidades · Traducción e interpretación | Constancia de participación donde se asiente rol, enlace que conduzca a la actividad. |
| Participación en museografía y espacios de educación no formal | Son actividades que tienen por objeto demostrar proyectos científicos o tecnológicos mediante recintos como los siguientes: · Museografía y espacios de educación no formal · Exhibiciones permanentes o temporales · Exposiciones itinerantes · Galerías virtuales · Dispositivos para exposiciones · Unidades móviles (Ciencia móvil) · Senderos interpretativos · Material para planetarios | Constancia de participación donde se asiente rol, enlace que conduzca a la actividad. |
| Participación en medios audiovisuales, radiofónicos o digitales | Es la generación de contenidos gráficos o animados mediante redes sociales o plataformas digitales dirigidos a la población infantil, adulta mayor, jóvenes de nivel medio superior, entre ellos: · Animación · Cápsulas de video (Reels, Facebook, TikTok o YouTube) · Documentales · Cortometraje o Largometraje · Podcasts de ciencia y humanidades · Programas de radio · Audiolibros · Cápsula o spot de televisión · Campañas en Redes Sociales: Estrategias de hilos en X (Twitter), carruseles en Instagram o retos científicos, así como en Facebook, YouTube y TikTok). | Constancia de participación donde se asiente rol, enlace que conduzca a la actividad. |
| Participación en medios escritos | Es la participación en medios de comunicación escritos ya sean impresos o digitales, dirigidos a la población infantil, adulta mayor, jóvenes de nivel medio superior, entre ellos: · Entrevista o reportaje periodístico · Columnas de opinión · Boletín informático · Nota o crónica periodística · Guion · Blog · Infografía | Producto generado, enlace que conduzca a la publicación. |
Anexo 4. "Rúbrica de Evaluación"
| Comp . | Productos o actividades | Cualidades | Escala de valoración cualitativa |
| 1. Producción científica, humanística o tecnológica | Artículos Libros Capítulos Reportes o informes Dossier o número temático Antologías Traducciones de obras Prólogos y estudios introductorios Datos primarios Curaduría museográfica Desarrollo tecnológico o Innovación Propiedad intelectual Transferencias tecnológicas | Relevante Cuando es una contribución original que aporta al avance de la investigación científica, humanística o tecnológica. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| Pertinente Cuando está vinculada con necesidades sociales, ambientales o tecnológicas, o bien, amplía las fronteras del conocimiento en un área específica. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| Sostenida Cuando la producción que realiza a lo largo del tiempo muestra consolidación en las líneas de investigación y, eventualmente, se desarrollan nuevas líneas de investigación como parte de la trayectoria. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| Diversa Cuando la persona investigadora tiene la capacidad de difundir sus conocimientos mediante diferentes tipos de productos. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| 2. Fortalecimiento y consolidación de la comunidad | Docencia Desarrollo institucional Trabajos de titulación Evaluación de pares Trabajo editorial | Comprometido con la formación Cuando se desarrollan actividades de docencia o acompañamiento en la obtención de grado o en la tutoría de estancias y proyectos de investigación de estudiantes de nivel medio superior, licenciatura, maestría, doctorado o aquellas vinculadas con estancias posdoctorales. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| Colaborativo Cuando se implementan acciones que fomenten la vinculación entre estudiantes (vocaciones científicas) y personas investigadoras. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| Constante Cuando se realizan las actividades de forma continua a lo largo de su trayectoria. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| 3. Divulgación | Eventos y comunicación Museografía y espacios de educación no formal Participación en medios audiovisuales, radiofónicos o digitales Participación medios escritos | Inclusiva y gratuita Cuando las actividades están dirigidas a la población tomando en cuenta su diversidad según edad, sexo, lengua, discapacidad (física, sensorial, intelectual y psicosocial) o etnia. La población podrá acceder al conocimiento sin pagar por ello. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
| Comprensible Cuando el medio de comunicación se caracteriza por utilizar un lenguaje e imagen clara que facilite la interpretación y pueda ser asimilado de forma sencilla que permita la reflexión y la apropiación del conocimiento. | Muy baja | Baja | Moderada | Alta | Muy alta |
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