PROGRAMA de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Transformación Digital.- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
PROGRAMA DE CONECTIVIDAD EN SITIOS PÚBLICOS Y EN ÁREAS DE ATENCIÓN PRIORITARIA 2026
Índice
Índice
Índice de Mapas
Índice de Tablas
Índice de Gráficas
1.Resumen Ejecutivo
3. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
4. Fundamento normativo
4.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
4.2. Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030
4.3. Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones 2025-2030
4.4. Plan Nacional de Conectividad 2026-2030
4.5. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
4.6. Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
4.6.1. Colaboración con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
4.7. Ley General de Desarrollo Social
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
5.1. Situación actual
5.2. Brecha Digital de Género y el Gasto de los Hogares Mexicanos en Servicios de Comunicaciones
6. Objetivos del Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026
6.1. Objetivo General
6.2. Objetivos Específicos
7. Estrategias y líneas de acción
8. Componentes del Programa
8.1. Obligaciones de Cobertura Social y Áreas de Atención Prioritaria
8.2. Capacidad Satelital Reserva del Estado y Servicios Satelitales
8.3. Repositorio Único de Sitios Públicos
8.4. Cobertura de Sitios Públicos por la Empresa Pública del Estado CFE
8.5. Simplificación de trámites federales y coordinación con autoridades estatales y municipales para eliminar barreras burocráticas.
9. Indicadores y metas
10. Lista de dependencias y entidades participantes en el Programa
11. Referencias consultadas
12. Anexos
Índice de Mapas
Mapa 1. Distribución de personas usuarias de Internet por Entidad Federativa en 2024 (Millones de personas).
Mapa 2. Entidades federativas en las que se paga más por el Internet, según el paquete
Mapa 3. Hogares que no disponen de Internet por falta de recursos económicos.
Mapa 4. Entidades federativas donde pagan más por el servicio de telefonía móvil
Mapa 5 . Entidades federativas donde no disponen de celular por falta de recursos económicos
Mapa 6. Distribución de localidades prioritarias por entidad federativa
Mapa 7: Total de Sitios públicos por entidad federativa 2026
Índice de Tablas
Tabla.1. Porcentaje de personas usuarias de Internet por entidad federativa, 2020-2024
Tabla 2. Gasto de los Hogares en Internet
Tabla 3. Gasto mensual promedio por hogar
Tabla 4. Entidades federativas que no cuentan con celulares.
Tabla 5. Localidades a atender mediante cobertura satelital por entidad federativa
Tabla 6. Sitios públicos por entidad federativa 2026
Índice de Gráficas
Gráfica 1. Personas usuarias de Internet y porcentaje de personas usuarias, 2021-2024
Gráfica 2. Porcentaje de personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural, 2021-2024
Gráfica 3. Personas Usuarias de Internet entre los ámbitos rural y urbano en 2024.
Gráfica 4. Personas usuarias de Internet según sexo, 2021-2024
Gráfica 5. Porcentaje de personas usuarias de Internet según lugares de acceso, 2021-2024
Gráfica 6. Porcentaje de personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural, según tipo de uso, 2024.Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2024, INEGI.
Gráfica 7: Personas usuarias de Internet, según género (%).
Gráfica 8: Personas usuarias de Internet por entidad federativa, por género
Gráfica 9: Mujeres usuarias de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
Gráfica 10: Hombres usuarios de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
1.Resumen Ejecutivo
En el marco del Plan Nacional de Conectividad 2026-2030 (PNC), la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones emite el Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026 (PCSP-AAP 2026), en cumplimiento de la obligación anual prevista en el artículo 202 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el fin de identificar y localizar los sitios públicos ubicados en las Áreas de Atención Prioritaria que presentan necesidades de conectividad gratuita a Internet. Para ello, el Programa estructura su intervención en objetivos, líneas de acción y componentes, orientados a contribuir al avance hacia la cobertura universal.
A lo largo de este documento, se señala, para este Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026, desde el marco normativo relacionado con su emisión, así como un diagnóstico de la situación actual del país; personas usuarias de Internet; usuarios de Internet por entidad federativa; usuarios de Internet entre los ámbitos rural y urbano, usuarios de Internet por brecha de género; usuarios de Internet según lugares de acceso entre algunos otros relevantes para determinar objetivos de conectividad y cobertura universal.
Este Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026 está estructurado en 1 Objetivo General, 5 Objetivos Específicos,1 Estrategia, 5 líneas de acción, 6 componentes: i) Obligaciones de cobertura social, ii) Capacidad Satelital Reserva del Estado; iii) Repositorio Único de Sitios Públicos; iv) Sitios Públicos; v) Áreas de Atención Prioritaria; vi) Identificación de Sitios Públicos en Áreas de Atención Prioritaria.
Asimismo, se describe la metodología con la cual se realiza la identificación de las 72,233 Áreas de Atención Prioritaria, en donde se busca beneficiar a 640,000 habitantes por año, con rezagos de conexión a Internet con una alta concentración en el sur y sureste del país en las cuales la CRT podrá establecer obligaciones de cobertura a todos los concesionarios.
Sin embargo, reconociendo la importancia de la conectividad, la cual se encuentra tutelada por el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la transversalidad y calidad de habilitador de derechos que tiene, en específico como garante de un acceso efectivo a la salud y la educación, es que el Estado, a través de la Comisión Federal de Electricidad, llevará a cabo la conexión de 27,749 sitios públicos, los cuales se componen de 20,188 tele escuelas y 7,561 clínicas del IMSS Bienestar.
A partir de estos hallazgos, este Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026 define estrategias orientadas al cumplimiento de cada Objetivo Específico, así como los indicadores y metas correspondientes, con el propósito de ampliar la cobertura de los servicios de conectividad.
El Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026 está a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y se desarrolla en coordinación con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. En observancia del PNC, esta coordinación asegura criterios técnicos y regulatorios para la implementación de acciones, en el ámbito de sus atribuciones, orientadas al cumplimiento de los objetivos del Programa y, en consecuencia, al incremento de la cobertura de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
2. Siglas y Acrónimos
| AAP | Áreas de Atención Prioritaria (de conformidad con los artículos 202 y 203 de la LMTR) |
| ATDT | Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones |
| CSRE | Capacidad Satelital Reserva del Estado |
| CONEVAL | Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social |
| CPEUM | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |
| CRT | Comisión Reguladora de Telecomunicaciones |
| DOF | Diario Oficial de la Federación |
| ENDUTIH | Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares |
| INEGI | Instituto Nacional de Estadística y Geografía |
| LGDS | Ley General de Desarrollo Social |
| LMTR | Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión |
| LOAPF | Ley Orgánica de la Administración Pública Federal |
| ODS | Objetivo de Desarrollo Sostenible |
| PCS 2026 | Programa de Cobertura Social 2026 |
| PCSP-AAP 2026 | Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026 |
| PND 2025 - 2030 | Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 |
| PODECOBI | Polos de Desarrollo Económico Para el Bienestar |
| PS ATDT (2025 - 2030) | Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones |
| RUSP | Repositorio Único de Sitios Públicos |
| TIC | Tecnologías de la Información y Comunicación |
| ZAP | Zonas de Atención Prioritaria, las áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza o marginación |
| ZM | Zonas Metropolitanas |
3. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
Todas las acciones previstas en el presente Programa, incluidas las vinculadas con sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las actividades de coordinación interinstitucional necesarias para su implementación, seguimiento, reporte y rendición de cuentas, se llevarán a cabo con los recursos asignados a los ejecutores de gasto que participan en el Programa, conforme a lo aprobado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
4. Fundamento normativo
4.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en su artículo 6°, reconoce el derecho de toda persona al acceso a la información, a la comunicación y a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el servicio de Internet de banda ancha, y establece la obligación del Estado de garantizar su ejercicio efectivo.
Para tales efectos, la Constitución dispone que el Estado deberá promover la integración de la población a la sociedad de la información y del conocimiento mediante políticas de inclusión digital universal, con metas anuales y orientadas a asegurar condiciones de acceso equitativo, continuo y funcional a los servicios de telecomunicaciones.
Asimismo el artículo 1° Constitucional, en su párrafo tercero, establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como de prevenir toda forma de discriminación. Estos principios orientan el diseño y la implementación del Programa de Conectividad en Sitios Públicos (PCSP-AAP 2026), particularmente en aquellos territorios que presentan mayores rezagos estructurales de acceso.
En este marco, el artículo 25 Constitucional establece que corresponde al Estado conducir y orientar el desarrollo nacional para garantizar que éste se lleve a cabo de manera integral y sustentable, fortaleciendo la soberanía nacional y el sistema democrático. Este mandato implica la responsabilidad de promover un modelo de desarrollo que fomente la competitividad, la generación de empleo, el crecimiento económico y el bienestar social, lo que sustenta la intervención pública en materia de conectividad como un factor habilitador del desarrollo.
Finalmente el artículo 26 Constitucional apartado A, dispone que corresponde al Estado organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, orientado a asegurar un crecimiento económico con solidez, dinamismo, permanencia y equidad. Con ello, el PCSP-AAP 2026 se inscribe como un instrumento programático que contribuye a la reducción de desigualdades territoriales y al fortalecimiento de la inclusión digital.
4.2. Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030
El Plan Nacional de Desarrollo (PND 2025-2030) establece como prioridad del Estado la ampliación del acceso efectivo a los servicios de telecomunicaciones y de Internet, con especial énfasis en las zonas rurales, las comunidades indígenas y afromexicanas, así como en aquellas regiones con altos niveles de marginación, al reconocer la conectividad como un factor estratégico para impulsar el desarrollo económico, social y territorial del país.
De manera específica, el PCSP-AAP 2026 contribuye a la implementación del Eje General 3: Economía moral y trabajo, al apoyar el cumplimiento del Objetivo 3.8, relativo a garantizar el acceso efectivo a los servicios de telecomunicaciones e Internet mediante el despliegue de infraestructura y la provisión de servicios de conectividad accesibles, eficientes y de calidad. Para ello, el programa focaliza sus acciones en zonas rurales y urbanas con rezagos de conectividad, dirigiendo la intervención pública hacia aquellos territorios donde el mercado no ha logrado atender de manera suficiente las necesidades de la población, en congruencia con la Estrategia 3.8.1 orientada al desarrollo de proyectos con certeza técnica, jurídica y financiera.
En alineación con el PNC, el PCSP-AAP 2026 mantiene una vinculación directa con el Eje Transversal 2: Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, al incorporar el uso de inteligencia de datos, información geoespacial y mecanismos de validación de cobertura social. Estos elementos fortalecen los procesos de planeación pública, contribuyen al cierre de brechas digitales y aseguran la conectividad en espacios públicos prioritarios, condición indispensable para avanzar en la digitalización de trámites y servicios gubernamentales.
De igual forma, el PCSP-AAP 2026 es consistente con el Eje Transversal 3: Derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas, al priorizar acciones de cobertura social en localidades con presencia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Lo anterior, en reconocimiento de su derecho al acceso a las telecomunicaciones y al desarrollo tecnológico, y mediante la promoción de esquemas de conectividad social, comunitaria e indígena bajo principios de dignidad, equidad e interculturalidad.
4.3. Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones 2025-2030
En alineación con el PNC y el Programa Sectorial, el PCSP-AAP 2026 se alinea con el Programa Sectorial de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (PS ATDT 2025-2030), particularmente con el Objetivo Sectorial 1, orientado a garantizar servicios de conectividad accesibles, eficientes y de calidad, con énfasis en áreas rurales y Polos de Desarrollo Económico Para el Bienestar (PODECOBI), a fin de fortalecer la equidad territorial y la inclusión digital.
En este marco, el PCSP-AAP 2026 contribuye de manera directa a la implementación de la Estrategia 1.1 "Expandir la infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión en comunidades rurales y polos de desarrollo económico para el bienestar para garantizar la inclusión digital", y de la Estrategia 1.2 "Promover el acceso gratuito a Internet en escuelas, hospitales y espacios públicos para fortalecer la provisión de servicios esenciales". Asimismo, coadyuva al cumplimiento de la Estrategia 1.5, orientada a reducir la brecha digital de género y promover la igualdad de derechos y oportunidades en el acceso a los servicios de conectividad.
De manera complementaria, el PCSP-AAP 2026 guarda congruencia con el Objetivo Sectorial 2, orientado a garantizar el acceso de la población a la identificación digital y a trámites gubernamentales simplificados y digitalizados, en la medida en que la provisión de conectividad en sitios públicos y territorios prioritarios constituye una condición habilitadora para el ejercicio efectivo de estos derechos digitales, particularmente en comunidades con mayores rezagos de acceso.
Asimismo, el PCSP-AAP 2026 se articula con el Objetivo Sectorial 4, enfocado en fortalecer el desarrollo de infraestructura satelital y espacial en materia de telecomunicaciones, al incorporar, dentro del análisis territorial y de cobertura, la relevancia de soluciones tecnológicas que permitan asegurar la conectividad en zonas remotas o de difícil acceso, así como la continuidad de servicios críticos, en congruencia con los lineamientos del Programa Espacial Mexicano.
La contribución del PCSP-AAP 2026 se materializa a través de la generación y uso de información territorial y geoespacial que permite identificar y priorizar los territorios con mayores necesidades de conectividad, en particular mediante:
A) La delimitación de comunidades rurales y urbanas de alta marginación sin cobertura o con cobertura insuficiente;
B) La identificación de PODECOBI con requerimientos específicos de conectividad;
C) El impulso de esquemas de conectividad social, comunitaria, indígena y afromexicana; y
D) La priorización de la provisión de acceso gratuito a Internet en sitios públicos, como escuelas, centros de salud y espacios comunitarios.
En este marco, el PCSP-AAP 2026 opera como un mecanismo clave para la implementación del PS ATDT 2025-2030, al traducir sus objetivos y estrategias en acciones concretas de conectividad en sitios públicos y AAP. De esta manera, contribuye a reducir las brechas territoriales, fortalecer la inclusión digital y ampliar el acceso efectivo a servicios esenciales mediante el uso estratégico de la conectividad.
4.4. Plan Nacional de Conectividad 2026-2030
El Plan Nacional de Conectividad 2026-2030 (PNC) es el instrumento rector para la formulación y conducción de la política pública en materia de conectividad universal, asequible y de calidad, que tiene como prioridad la atención a grupos poblacionales y territorios en situación de rezago digital. El PNC establece un enfoque integral que contempla la expansión de infraestructura terrestre, mediante la colaboración entre entes públicos y privados; así como la implementación de soluciones satelitales.
El PNC establece las bases para orientar, a partir de 2026 y hasta 2030, las acciones en materia de conectividad, con el propósito de avanzar de manera progresiva hacia una conectividad significativa. El PNC se cimenta en un marco normativo que reconoce a la conectividad como un elemento habilitador para el ejercicio de derechos y como un componente estratégico para el desarrollo y la soberanía tecnológica del país.
El PNC se implementa mediante dos programas de carácter federal, a emitirse y actualizarse anualmente: El PCS 2026 y el PCSP-AAP. Ambos, con fundamento jurídico en el artículo 202 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El PCS 2026 tiene como objetivo establecer las acciones conducentes a incrementar la cobertura de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones en las áreas que la ATDT defina como prioritarias.
A través de este programa y el PCS 2026, el PNC traza la hoja de ruta para que la conectividad en México funcione como una condición garantizada para el ejercicio de derechos y un componente clave para el desarrollo comunitario y nacional.
4.5. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Con fundamento en el artículo 42 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) tiene a su cargo formular y conducir las políticas de inclusión digital y de cobertura universal de los servicios de telecomunicaciones, incluyendo la conectividad en sitios públicos, así como emitir lineamientos y coordinar programas orientados a ampliar el acceso efectivo a dichos servicios. En el ejercicio de estas atribuciones, la ATDT impulsa acciones que facilitan el despliegue de infraestructura y la provisión de servicios de telecomunicaciones, bajo criterios de interoperabilidad, seguridad, eficiencia tecnológica y equidad en el acceso.
Esta disposición jurídica sustenta la competencia de la ATDT para planear, coordinar y ejecutar las acciones previstas en el PCSP-AAP 2026, en congruencia con la planeación nacional del desarrollo. Bajo la visión del PNC 2026-2030, el PCSP-AAP 2026 se configura como una intervención pública estratégica orientada a reducir brechas territoriales y sociales en el acceso y uso efectivo de Internet. Por su parte, la LOAPF define la estructura organizacional de la Administración Pública Federal y contempla a las Empresas Públicas del Estado como integrantes de la administración pública paraestatal, sujetas a su propio marco jurídico, lo cual adquiere especial relevancia para las acciones en materia de conectividad en sitios públicos y en AAP.
4.6. Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
La Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio de 2025, es de orden público y tiene por objeto establecer las bases de las políticas en materia de telecomunicaciones, así como garantizar el acceso efectivo de la población a dichos servicios como bienes públicos de interés general.
En términos del artículo 3, fracción LXXVII, de la LMTR, se consideran sitios públicos aquellos espacios a cargo de dependencias o entidades de los tres órdenes de gobierno, o vinculados a programas públicos, destinados a la prestación de servicios educativos, de salud, administrativos, comunitarios o de uso colectivo.
De acuerdo con el artículo 9, fracciones III y IV, la ATDT tiene la atribución de planear, fijar, instrumentar y conducir las políticas y programas de cobertura universal y cobertura social; así como, coordinarse con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) para promover, en el ámbito de sus respectivas competencias, el acceso a las TIC y a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el de banda ancha e Internet.
Conforme al artículo 202 de la LMTR, la ATDT es la autoridad responsable de elaborar anualmente el PCSP-AAP, como un medio estratégico para identificar, priorizar y atender los sitios públicos y territorios que requieren acciones específicas de conectividad.
Asimismo, el artículo 203 de la LMTR establece como objetivo incrementar la cobertura de redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones en Áreas de Atención Prioritaria (AAP), mismas que serán definidas por la Agencia.
Por tanto, el PCSP-AAP 2026 tiene como finalidad garantizar que la provisión de Internet en sitios públicos y AAP, se realice bajo criterios de conectividad significativa, asequible y funcional, contribuyendo al desarrollo social, al cierre de la brecha digital y al fortalecimiento del bienestar colectivo.
4.6.1. Colaboración con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
Con fundamento en el artículo 10, fracciones XXXIII y XL de la LMTR, la CRT tiene atribuciones para realizar, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la Política de Inclusión Digital Universal, así como de los objetivos y metas establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y en los demás instrumentos de planeación y programación aplicables a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. Además, la CRT es el órgano que establece a los concesionarios y autorizados, las obligaciones de cobertura geográfica, poblacional o social, de conectividad en sitios públicos para contribuir a la cobertura universal.
Derivado de lo anterior, la CRT participa, en el ámbito de sus atribuciones, en la elaboración del PCSP-AAP 2026, contribuyendo en la definición de criterios técnicos y regulatorios para la identificación de necesidades de conectividad a Internet y la priorización territorial; así como, al establecimiento de mecanismos orientados al cumplimiento de los objetivos del programa.
El PCSP-AAP 2026 se integra al conjunto de programas y estrategias de política pública emitidos por el Ejecutivo Federal para avanzar en los objetivos de cobertura universal e inclusión digital. En consecuencia, su diseño, elaboración, implementación y seguimiento requieren de una coordinación institucional que asegure su alineación con el marco normativo vigente y su adecuada incorporación dentro de los mecanismos de planeación y programación aplicables a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Esta participación fortalece la articulación institucional y contribuye a asegurar que el PCSP-AAP 2026 sea congruente con el marco normativo vigente y con los instrumentos de planeación aplicables en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
4.7. Ley General de Desarrollo Social
El artículo 1, fracción I, de la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), establece las bases para garantizar el ejercicio pleno de los derechos sociales consagrados en la CPEUM asegurando a toda la población el acceso al desarrollo social.
Por su parte, el artículo 19, fracción IV, dispone que la Política de Desarrollo Social se instrumenta, entre otros, a través de programas dirigidos a Zonas de Atención Prioritarias (ZAP), lo que define a la focalización territorial como un eje central de la acción pública, al orientar la intervención del Estado hacia los territorios que presentan mayores niveles de rezago.
Asimismo, el artículo 29 establece que se consideran ZAP aquellas áreas o regiones, de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza o marginación que reflejan insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social. En este sentido, para efectos del PCSP-AAP 2026, las ZAP previstas en la LGDS se consideran equivalentes a las AAP definidas en la LMTR, permitiendo articular el enfoque de desarrollo social con las acciones públicas en materia de telecomunicaciones.
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
5.1. Situación actual
El presente diagnóstico muestra información de referencia orientada al análisis de las condiciones de conectividad y acceso en Áreas de Atención Prioritaria, a fin de contar con elementos técnicos que contribuyan a la planeación y ejecución de acciones en el marco del PCSP-AAP.
De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), a partir de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH), entre 2021 y 2024 el número de personas usuarias de Internet aumentó de 88.6 a 100.2 millones. Esto representa el 83.1% de la población de seis años y más (Gráfica 1).
Esta evolución confirma el fortalecimiento del ecosistema digital nacional y la creciente relevancia de la conectividad como habilitador transversal del desarrollo económico y social. No obstante, también subraya la necesidad de garantizar que estos avances se traduzcan en beneficios equitativos entre los distintos territorios y grupos de población.
Gráfica 1. Personas usuarias de Internet y porcentaje de personas usuarias, 2021-2024
Fuente: Elaboración propia con información de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la
Información en los Hogares (ENDUTIH) 2021, 2022, 2023 y 2024, INEGI.
Conforme al PNC 2026-2030 la expansión del acceso a Internet no se ha producido de manera homogénea en el territorio nacional. La evolución del uso de Internet por entidad federativa entre 2021 y 2024 muestra un avance generalizado en todo el país, con distintos ritmos diferenciados de adopción, los cuales se reflejan territorialmente mediante la semaforización presentada en la Tabla 1 y el Mapa 1.
En 2024, las entidades representadas en tonos verdes corresponden a aquellas que registran los mayores niveles de personas usuarias de Internet, con porcentajes superiores al 85%, entre las que destacan Sonora, Quintana Roo, Baja California Sur, Coahuila y Ciudad de México. Estos territorios evidencian un alto grado de penetración de la conectividad y una adopción consolidada del uso de Internet.
Por su parte, las entidades identificadas en tonos amarillos presentan niveles intermedios de conectividad, con porcentajes de población usuaria de Internet que oscilan entre 75% y 85%, lo que refleja avances sostenidos durante el periodo analizado y una tendencia clara de convergencia hacia mayores niveles de acceso. Finalmente, las entidades representadas en tonos naranjas concentran los menores porcentajes de personas usuarias de Internet a nivel nacional. No obstante, estas entidades, entre las que se encuentran Chiapas, Oaxaca, Guerrero y Veracruz, registraron incrementos relevantes entre 2021 y 2024, lo que da cuenta de una dinámica de crecimiento progresivo, aunque con brechas persistentes respecto al promedio nacional.
Esta distribución territorial confirma que, si bien el acceso a Internet se ha expandido en todo el país, subsisten diferencias regionales que hacen pertinente la implementación de esquemas de intervención diferenciados y focalizados. En congruencia con el PNC, estos hallazgos sustentan la priorización de territorios y la secuencia de atención del PCSP-APP 2026.
Tabla.1. Porcentaje de personas usuarias de Internet por entidad federativa, 2020-2024
| Entidad Federativa | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 |
| Sonora | 82.58 | 85.84 | 85.92 | 86.6 | 91.34 |
| Quintana Roo | 80.58 | 82.34 | 83.61 | 91.6 | 90.69 |
| Baja California Sur | 81 | 83.48 | 84.67 | 89.5 | 90.43 |
| Coahuila de Zaragoza | 76.38 | 80.78 | 81.52 | 84.1 | 88.15 |
| Ciudad de México | 84.39 | 88.31 | 89.74 | 88.8 | 87.93 |
| Sinaloa | 75.53 | 79.71 | 81.83 | 85.5 | 87.83 |
| Colima | 81.93 | 82.92 | 85.3 | 85.5 | 87.82 |
| Aguascalientes | 78.15 | 80.35 | 86.91 | 84.6 | 87.74 |
| Tamaulipas | 80.26 | 81.92 | 84.63 | 86.8 | 87.74 |
| Jalisco | 75.04 | 82.2 | 83.34 | 89.7 | 87.69 |
| Nuevo León | 82.77 | 84.21 | 86.11 | 86.6 | 86.69 |
| Baja California | 83.76 | 86.82 | 89.77 | 90.9 | 86.38 |
| México | 77.7 | 81.83 | 81.86 | 81.9 | 86.02 |
| Yucatán | 74.34 | 79.94 | 82.87 | 84.1 | 85.96 |
| Chihuahua | 77.94 | 80.6 | 82.52 | 84.3 | 85.23 |
| Zacatecas | 63.65 | 72.33 | 77.69 | 79.7 | 85.05 |
| Querétaro | 70 | 79.83 | 84.08 | 82.8 | 85 |
| Morelos | 72.5 | 78.33 | 78.08 | 78.7 | 84.21 |
| Campeche | 70.16 | 75.71 | 79.81 | 83.5 | 84.14 |
| Tabasco | 68.23 | 68.72 | 77.27 | 78.6 | 83.52 |
| Hidalgo | 68.88 | 69.34 | 75.37 | 79.8 | 83.21 |
| Nayarit | 67.48 | 75.93 | 78.89 | 84.7 | 83 |
| Durango | 77.28 | 70.88 | 78.9 | 85.5 | 82.85 |
| Michoacán de Ocampo | 59.87 | 66.77 | 67.94 | 79.4 | 82.5 |
| Tlaxcala | 72.53 | 74.42 | 77.38 | 81.3 | 82.23 |
| San Luis Potosí | 66.35 | 74.31 | 75.15 | 80.1 | 79.65 |
| Guanajuato | 66.98 | 71.95 | 75.93 | 78.5 | 78.84 |
| Puebla | 62.61 | 66.88 | 70.14 | 73.9 | 78 |
| Guerrero | 60.16 | 61.41 | 67.48 | 72.7 | 77.48 |
| Veracruz de Ignacio de la Llave | 58.73 | 67.08 | 72.72 | 71.8 | 77.17 |
| Oaxaca | 54.07 | 56.9 | 62.53 | 70.6 | 69.24 |
| Chiapas | 45.05 | 46.06 | 56.67 | 59.9 | 64.92 |
Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2020 - 2024, INEGI.
El Mapa 1 representa la población total, en este se verá reflejado la cantidad de personas en millones que cuentan con acceso a Internet en cada estado de la República.
Mapa 1. Distribución de personas usuarias de Internet por Entidad Federativa en 2024 (Millones de personas).
Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2024, INEGI.
El análisis de la brecha digital adquiere mayor profundidad al considerar la dimensión urbano-rural. Entre 2021 y 2024, el porcentaje de personas usuarias en el ámbito urbano aumentó de 81.6% a 86.9%, mientras que en el ámbito rural se incrementó de 56.5% a 68.5%, lo que representa un avance superior a 12 puntos porcentuales en las zonas rurales durante el periodo analizado (Gráfica 2). Este comportamiento da cuenta de avances relevantes en la reducción de brechas históricas de acceso; sin embargo, persisten diferencias territoriales que hacen necesaria una intervención pública diferenciada y focalizada, orientada a los territorios que continúan presentando mayores rezagos de conectividad.
Gráfica 2. Porcentaje de personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural, 2021-2024
Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2021-2024, INEGI.
La Gráfica 3 profundiza en esta dimensión al mostrar la distribución de las personas usuarias de Internet entre los ámbitos urbano y rural por entidad federativa. En la mayoría de los estados, la población usuaria se concentra principalmente en zonas urbanas, lo que es consistente con las condiciones de infraestructura, disponibilidad de servicios y concentración poblacional que caracterizan a estos espacios.
Dicha gráfica evidencia que en diversas entidades federativas una proporción relevante de las personas usuarias de Internet se localiza en el ámbito rural. Destacan particularmente Oaxaca, Chiapas, Guerrero, Veracruz, Hidalgo y Zacatecas, donde la población usuaria rural es significativamente mayor en comparación con otras entidades del país. Esta configuración territorial refleja contextos en los que la conectividad se desarrolla bajo condiciones más complejas, asociadas a la dispersión de las localidades y a limitaciones estructurales de acceso.
En este sentido, la información presentada en la Gráfica 3 refuerza que la brecha digital no se expresa de manera homogénea en el territorio, sino que adopta características diferenciadas según el contexto urbano y rural, lo que subraya la importancia de orientar las intervenciones públicas hacia esquemas territorialmente focalizados.
Gráfica 3. Personas Usuarias de Internet entre los ámbitos rural y urbano en 2024.
Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2024, INEGI.
Desde una perspectiva de inclusión social, el análisis del uso de Internet por sexo muestra una evolución favorable hacia la paridad digital. Entre 2021 y 2024, el porcentaje de mujeres usuarias de Internet se incrementó de 74.8% a 82.3%, mientras que en el caso de los hombres aumentó de 76.5% a 84.1% (Gráfica 4). Este comportamiento refleja avances sostenidos en la apropiación de las tecnologías digitales por parte de las mujeres y confirma que la expansión de la conectividad ha tenido un alcance amplio e incluyente en términos de género.
Gráfica 4. Personas usuarias de Internet según sexo, 2021-2024
Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2021-2024, INEGI.
El análisis de los lugares de acceso a Internet permite identificar patrones relevantes para orientar las estrategias de conectividad y la priorización de espacios de acceso colectivo.
Durante el periodo 2021-2024, el hogar se mantuvo como el principal punto de conexión, con porcentajes superiores al 95% en todos los años (Gráfica 5). No obstante, una proporción significativa de personas usuarias complementa su acceso a través de otros espacios.
En 2024, el 56.8% de las personas utilizó conexiones móviles para acceder a Internet desde cualquier lugar y cerca del 20% lo hizo desde sitios públicos. Estos espacios continúan desempeñando un papel estratégico como puntos de acceso compartido y de uso colectivo, particularmente para la población que no cuenta con conectividad permanente o suficiente en sus hogares, así como para comunidades donde el acceso individual enfrenta barreras económicas o geográficas.
Gráfica 5. Porcentaje de personas usuarias de Internet según lugares de acceso, 2021-2024
Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2021-2024, INEGI.
Asimismo, el análisis del tipo de uso de Internet evidencia que el impacto de la conectividad es diferenciado según el contexto territorial.
En las zonas urbanas se observa una mayor incidencia de usos vinculados al acceso de contenidos audiovisuales, la compra de productos, el acceso a medios de comunicación digitales, la inclusión financiera y la interacción con el gobierno. En contraste, en el ámbito rural estos usos registran una menor participación (Gráfica 6).
Esta diferencia pone de manifiesto que la brecha digital no se limita al acceso, sino que también se expresa en la calidad, diversidad y profundidad del uso de la conectividad. En consecuencia, se refuerza la necesidad de implementar estrategias orientadas a promover el aprovechamiento social de Internet en los territorios prioritarios.
Gráfica 6. Porcentaje de personas usuarias de Internet en los ámbitos urbano y rural, según tipo de uso, 2024.
Fuente: Elaboración propia con información de la ENDUTIH 2024, INEGI.
En el marco del PNC, el PCSP-AAP 2026 se configura como una intervención pública estratégica orientada a atender las brechas territoriales y sociales que persisten en el acceso y uso efectivo del Internet, así como la identificación, priorización y conexión de sitios públicos. Al focalizar sus acciones en sitios públicos y en AAP, el PCSP-AAP reconoce que la conectividad adquiere un valor colectivo cuando se despliega en espacios compartidos, donde su impacto trasciende al individuo y se multiplica a nivel comunitario.
La provisión de conectividad en estos espacios contribuye a ampliar el ejercicio de derechos, fortalecer el acceso a la educación, la salud, la información y los servicios públicos, y a impulsar procesos de desarrollo comunitario e integración territorial. De esta manera, el PCSP-AAP 2026 no solo responde a la evidencia estadística sobre las brechas existentes, sino que orienta una intervención pública focalizada, capaz de transformar el acceso a Internet en una herramienta efectiva de inclusión social, desarrollo comunitario e integración territorial.
Gasto de los Hogares Mexicanos en Servicios de Telecomunicaciones
En cuanto al gasto de Internet en los hogares, se observa que en su mayoría se consume por paquete, es decir, pagan el Internet junto con servicios de televisión de paga y/o telefonía fija, este desembolso ronda entre los $1,238.60 y $847.76 mensuales, lo que representa el 4.8% y 3.3% del ingreso promedio (Tabla 2).
Tabla 2. Gasto de los Hogares en Internet
| Paquete | Gasto promedio mensual | Hogares | Porcentaje de su ingreso |
| Absolutos | Porcentaje |
| TV de paga, telefonía fija e Internet | $1,238.60 | 6,131,450 | 21% | 4.8% |
| TV de paga e Internet | $ 1,131.00 | 3,876,841 | 13% | 4.4% |
| Telefonía fija e Internet | $ 895.49 | 7,441,309 | 26% | 3.5% |
| Sólo Internet | $ 847.76 | 10,565,225 | 37% | 3.3% |
| Otro | ND | 757,849 | 3% | ND |
| Total | 28,772,674 | 100% | |
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Cuando se desagrega la información por entidad federativa, se observa que el top 10 que en promedio pagan más, no se encuentran regionalizados, es decir coinciden con las entidades que tienen mayor ingreso (Mapa 2).
Mapa 2. Entidades federativas en las que se paga más por el Internet, según el paquete
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Con base en la ENDUTIH 2024, al analizar los hogares que no disponen de servicio de Internet y las razones asociadas a dicha condición, se observa como principal causa, con 55.25% la falta de recursos económicos; mientras que el 24.90% indicó no tener interés o no considera necesario el servicio; el 9.41% manifestó no contar con los conocimientos para su uso; y el 4.81% reportó la inexistencia de servicio en su localidad, atribuible a la falta de infraestructura.
Al momento de desagregar la información de no disponibilidad de Internet por falta de recursos económicos, se observa que por lo menos del 65% de dichos hogares se encuentran regionalizados en centro y sur del país (Mapa 2).
Mapa 3. Hogares que no disponen de Internet por falta de recursos económicos.
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Respecto al gasto de los usuarios en telefonía móvil, en promedio los usuarios gastan $406.04 pesos mensuales, lo que representa el 1.56% de los ingresos mensuales de los mexicanos, de la misma manera, cuando se desagrega la información a nivel entidad federativa, se observa que la región norte del país se encuentra entre las 10 entidades que pagan más por el servicio de telefonía móvil (Mapa 4).
Mapa 4. Entidades federativas donde pagan más por el servicio de telefonía móvil
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Tabla 3. Gasto mensual promedio por hogar
| Entidad Federativa | Gasto Mensual |
| Nuevo León | $591.18 |
| Baja california Sur | $562.02 |
| Tamaulipas | $557.95 |
| Yucatán | $526.24 |
| Baja California | $524.93 |
| Aguascalientes | $510.39 |
| Sinaloa | $509.90 |
| Zacatecas | $477.55 |
| Coahuila | $466.29 |
| Chihuahua | $464.80 |
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
La ENDUTIH 2024, muestra sobre la disponibilidad de equipos celulares, que el 31% de la población que no dispone de un equipo móvil se debe a la falta de recursos económicos (Mapa 5), 16% por falta de interés o necesidad, 0.45% por ausencia de servicio en su localidad (falta de infraestructura, cobertura de red), 19% por no saber utilizarlo y 21% porque no les permiten usarlo. Las principales entidades donde la falta de recursos económicos es una causal para no tener celular, se concentran en el centro y sur del país (Mapa 3).
Mapa 5 . Entidades federativas donde no disponen de celular por falta de recursos económicos
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
Tabla 4. Entidades federativas que no cuentan con celulares.
| Entidad Federativa | Hogares |
| Absolutos | Porcentajes |
| Chiapas | 866,787 | 13.90% |
| México | 762,540 | 12.23% |
| Veracruz | 629,650 | 10.10% |
| Puebla | 430,171 | 6.90% |
| Oaxaca | 404,643 | 6.49% |
| Guanajuato | 378,106 | 6.06% |
| Guerrero | 304,465 | 4.88% |
| Jalisco | 248,724 | 3.99% |
| Michoacán | 244,457 | 3.92% |
| Ciudad de México | 193,065 | 3.10% |
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
5.2. Brecha Digital de Género y el Gasto de los Hogares Mexicanos en Servicios de Comunicaciones
La adopción de las TIC es esencial para el desarrollo social, económico y territorial; no obstante, para una transformación digital incluyente, deben identificarse y atender las brechas estructurales asociadas al género y a la capacidad económica de los hogares.
Brecha digital de género
Los resultados de la ENDUTIH 2024 muestran que el uso de Internet ha crecido de manera sostenida tanto en hombres como en mujeres durante el periodo 2018-2024; sin embargo, persisten diferencias por género que reflejan desigualdades sociales más profundas. En 2018, el 67.0% de los hombres y el 64.2% de las mujeres eran usuarios de Internet con una variación de 2.8 puntos porcentuales.
Cabe destacar que la brecha no es lineal ni estática, en 2023, por primera vez, el porcentaje de mujeres usuarias de Internet (81.4%) superó ligeramente al de los hombres (81.1%), lo que evidenció el potencial de cierre de la brecha y para 2024, estas proporciones aumentaron a 84.1% en los hombres y 82.3% en las mujeres, lo que confirma avances importantes en términos de acceso, que estos avances no están plenamente consolidados y dependen de condiciones sociales, económicas y culturales que siguen afectando de manera diferenciada a las mujeres (Gráfica 7).
Gráfica 7: Personas usuarias de Internet, según género (%).
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2018 - 2024.
En observancia del PNC y su enfoque de inclusión, el análisis del porcentaje de personas usuarias de Internet por entidad federativa, desagregado por género, muestra que la brecha digital de género presenta una marcada heterogeneidad territorial. En entidades con mayor urbanización y mejores condiciones de infraestructura, como Ciudad de México, Nuevo León, Baja California Sur, Quintana Roo, Jalisco y Sonora, las diferencias entre hombres y mujeres son mínimas o inexistentes, e incluso se observa paridad o ligera ventaja femenina.
En contraste, entidades con mayor ruralidad, marginación y presencia de comunidades indígenas, como Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Puebla y Estado de México, presentan brechas más amplias en detrimento de las mujeres, con diferencias que alcanzan hasta 10 puntos porcentuales, lo que evidencia que las desigualdades de género en el uso de Internet se superponen con brechas sociales y territoriales preexistentes.
Asimismo, se identifican entidades donde el porcentaje de mujeres usuarias supera al de los hombres, como Baja California, Colima, Durango, Nayarit, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Zacatecas, lo que refleja avances relevantes en la incorporación de las mujeres al uso del Internet. No obstante, estos resultados no implican necesariamente igualdad en las condiciones de acceso o en el aprovechamiento de la conectividad.
En este contexto, el PCSP-AAP 2026 contempla la consideración de un enfoque de género con perspectiva territorial, que combine acciones de identificación, priorización, y conexión de sitios públicos en aquellas entidades y regiones donde las mujeres enfrentan mayores desventajas para ejercer plenamente su derecho a la conectividad (Gráfica 8).
Gráfica 8: Personas usuarias de Internet por entidad federativa, por género
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
El análisis del uso de Internet entre las mujeres, desagregado por ámbito urbano y rural, evidencia que la brecha digital de género se intensifica en los territorios rurales, aun en entidades donde el acceso urbano es elevado. En prácticamente todas las entidades federativas, el porcentaje nacional de mujeres usuarias en zonas urbanas supera el 80%, alcanzando niveles cercanos o superiores al 90% en entidades como Quintana Roo, Sonora, Sinaloa, Baja California Sur y Colima, lo que refleja que en contextos urbanos, el acceso de las mujeres a Internet se encuentra relativamente consolidado.
En contraste, el ámbito rural presenta rezagos significativos y heterogéneos. Destacan brechas particularmente amplias en entidades como Chiapas (74.3% de población urbana frente a 46.1% de población rural), Chihuahua (89.4% de población urbana frente a 57.5% de población rural), Nuevo León (88.7% de población urbana frente a 49.3% de población rural), Oaxaca (78.8% de población urbana frente a 55.6% de población rural) y Puebla (81.1% de población urbana frente a 62.2% de población rural), donde la diferencia supera los 25 puntos porcentuales.
Estos resultados confirman que las mujeres pertenecientes a una población rural enfrentan barreras acumuladas asociadas a la disponibilidad de infraestructura, la asequibilidad de los servicios y factores socioculturales. En este contexto, el PCSP-AAP 2026 deberá priorizar acciones diferenciadas en zonas rurales para la identificación, priorización y conexión de sitios públicos que estén localizados dentro de las AAP para avanzar hacia un acceso efectivo, equitativo y sostenible al Internet para las mujeres en todo el territorio nacional (Gráfica 9).
Gráfica 9: Mujeres usuarias de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
El análisis de porcentaje de hombres usuarios de Internet por entidad federativa y ámbito urbano-rural confirma que si bien el acceso masculino se encuentra ampliamente consolidado en las zonas urbanas, donde el promedio nacional alcanza 87.8%, persisten brechas territoriales significativas en el ámbito rural, cuyo promedio se sitúa en 69.4%.
En la mayoría de las entidades, el uso urbano supera con holgura el promedio nacional, destacando Quintana Roo, Sonora, Aguascalientes, Baja California Sur y Querétaro, con niveles urbanos superiores al 90%. En contraste, el acceso rural masculino presenta rezagos marcados en entidades como Nuevo León (52.8%), Chihuahua (54.6%), Nayarit (60.5%), Oaxaca (62.2%), Chiapas (62.2%) y Veracruz (62.8%), donde la diferencia entre ámbitos urbano y rural supera los 20 puntos porcentuales.
Estos resultados evidencian que aun cuando los hombres presentan niveles de uso de Internet superiores a los de las mujeres en términos agregados, el territorio sigue siendo un factor determinante de exclusión digital, reforzando la necesidad de que el PCSP-AAP 2026 mantenga un enfoque que priorice la identificación y conexión de sitios públicos dentro de las AAP, que contemple la conectividad rural como condición indispensable para cerrar las brechas de acceso y uso de las telecomunicaciones (Gráfica 10).
Gráfica 10: Hombres usuarios de Internet por tipo de zona y entidad federativa (%)
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENDUTIH 2024.
En las localidades rurales de menos de 2,500 habitantes y entre la población de estratos socioeconómicos bajo y medio bajo, el acceso a Internet sigue siendo limitado y se concentra en los territorios con mayor vulnerabilidad social. A nivel nacional, solo el 68.5% de esta población utiliza Internet, lo que confirma que la ruralidad y el nivel socioeconómico continúan siendo factores determinantes del acceso efectivo.
Persisten además brechas de género en el uso de Internet. Mientras que el promedio nacional es de 69.3% en hombres y 67.7% en mujeres, en entidades como Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Puebla y Nuevo León el uso de Internet por parte de las mujeres en zonas rurales se mantiene por debajo del promedio nacional y del masculino. En contraste, Baja California, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Zacatecas presentan niveles de uso de Internet por parte de las mujeres iguales o superiores al de los hombres, lo que indica avances aún frágiles.
En conjunto, estos resultados subrayan la necesidad de que el PCSP-AAP 2026 priorice acciones focalizadas en localidades rurales pequeñas, con énfasis en la asequibilidad, la conectividad en sitios públicos y un enfoque de género, para garantizar un acceso efectivo, equitativo y sostenible a los servicios de telecomunicaciones.
6. Objetivos del Programa de Conectividad en Sitios Públicos y en Áreas de Atención Prioritaria 2026
6.1. Objetivo General
En el marco del PNC 2026-2030, se debe garantizar el acceso efectivo, equitativo y sostenible a los servicios de conectividad en sitios públicos y en AAP, definidas por la ATDT de conformidad con la LMTR y en atención a las ZAP definidas mediante el "Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2026", a fin de fortalecer la inclusión digital de la población, reducir la brecha de conectividad por asequibilidad, habilitar el ejercicio de derechos, y contribuir al desarrollo social, económico y territorial de las comunidades que requieren atención prioritaria por parte del Estado.
Este objetivo se sustenta en la LMTR, que reconoce la cobertura social como un mecanismo para asegurar el acceso efectivo a los servicios de telecomunicaciones en zonas y para poblaciones históricamente rezagadas, así como en los objetivos del PS ATDT orientados a la transformación digital con enfoque de derechos y a la reducción de brechas territoriales y sociales, en congruencia con el enfoque de planeación y focalización territorial del PCSP-AAP.
6.2. Objetivos Específicos
1. Identificación de sitios públicos
Identificar los sitios públicos a nivel nacional, desagregados por entidad federativa, como insumo técnico para la planeación, priorización y focalización de las acciones de conectividad del PCSP-AAP 2026, garantizando una visión integral y comparable del territorio.
2. Integración del criterio de Áreas de Atención Prioritaria
Incorporar las AAP definidas en el PCS 2026 como criterio territorial para orientar la intervención del PCSP-AAP 2026, asegurando que la provisión de conectividad se dirija a los territorios con mayores rezagos estructurales de acceso.
3. Focalización territorial en Áreas de Atención Prioritaria
Ubicar los sitios públicos que se localizan en las AAP, con el propósito de concentrar las acciones del PCSP-AAP 2026 en espacios de acceso colectivo cuya función social los convierte en puntos estratégicos para ampliar el acceso efectivo a la conectividad y generar impactos comunitarios sostenidos.
4. Coordinación intergubernamental para facilitar el despliegue en AAP
Coordinar con las entidades federativas y municipios la alineación y agilización de trámites, permisos y criterios aplicables, a fin de facilitar el despliegue e instalación de puntos de conectividad en sitios públicos ubicados en las AAP, asegurando el cumplimiento oportuno de los objetivos del PCSP-AAP 2026 con un enfoque de bienestar social y habilitación de derechos.
5. Habilitación de puntos de Internet gratuito mediante obligaciones de cobertura social
Promover, a través de las obligaciones de cobertura social, que los concesionarios instalen y operen puntos de Internet gratuito en sitios públicos dentro de las AAP, priorizando localidades con mayor brecha de asequibilidad y/o con mayor dispersión (distancia a infraestructura existente mayor a 8 km y población menor a 500 habitantes), conforme a los criterios y mecanismos establecidos por la CRT.
7. Estrategias y líneas de acción
El PCSP-AAP 2026, en congruencia con su objetivo de garantizar acceso equitativo y sostenible a los servicios de conectividad en sitios públicos y en AAP, establece las siguientes estrategias y líneas de acción, orientadas a fortalecer la inclusión digital de la población, promover el ejercicio de derechos y contribuir al desarrollo social, económico y territorial de las comunidades que requieren atención prioritaria del Estado.
| Objetivo |
| Garantizar el acceso efectivo y equitativo a los servicios de conectividad en sitios públicos y Áreas de Atención Prioritaria, para fortalecer la inclusión digital, el ejercicio de derechos y la reducción de brechas territoriales y sociales, a través de la habilitación de opciones de conectividad gratuita. |
| Estrategia: Garantizar el acceso a la conectividad eliminando la brecha de asequibilidad |
| Línea de acción 1: | Identificación de sitios públicos |
| Objetivo específico 1: | Consolidar el registro de sitios públicos, por entidad federativa, para contar con un insumo para la planeación, priorización y focalización de las acciones del PCSP-AAP 2027. |
| Línea de acción 2: | Identificación de las Áreas de Atención Prioritaria |
| Objetivo específico 2: | Identificación e incorporación de las AAP mediante un criterio territorial y económico, con el objeto de reducir la brecha digital, y asegurar que la conectividad llegue a zonas con mayores rezagos estructurales. Lo anterior para identificar las AAP en dónde la CRT podrá establecer obligaciones de cobertura social a los concesionarios. |
| Línea de acción 3: | Lograr cobertura de internet gratuito en el 100% de las clínicas del IMSS Bienestar y tele escuelas del país. |
| Objetivo específico 3: | Que la empresa Pública del Estado CFE,instale y opere puntos de acceso WIFI gratuito en sitios públicos estratégicos, como Tele escuelas y Clínicas del IMSS Bienestar, para ampliar el acceso a la conectividad en espacios de alto impacto social. |
| Línea de acción 4: | Coordinación con Estados y Municipios para facilitar el despliegue y cumplimiento de los objetivos del PCSP AAP. |
| Objetivo específico 4: | Que la regulación y trámites de los diversos niveles de gobierno se encuentren alineados con los objetivos del PCSP AAP, facilitando el cumplimiento del mismo y teniendo el bienestar social y la habilitación de derechos como eje central de su actuación. |
| Línea de acción 5: | Habilitar puntos de Internet gratuito, a través de las obligaciones de cobertura social, en las localidades con mayor índice de brecha de asequibilidad. |
| Objetivo específico 5: | Que los concesionarios instalen y operen puntos de Internet gratuito en las AAP priorizando aquellas en donde el índice de brecha de asequibilidad sea mayor, o donde la distancia a infraestructura existente sea mayor a 8 km y la población menor a 500 habitantes. Lo anterior de conformidad con los criterios, y mecanismos que la CRT defina. |
Dentro de un plazo no mayor a 30 días posteriores a la emisión del presente Programa, las dependencias responsables de su implementación deberán presentar, a las entidades responsables del seguimiento, un cronograma que contemple las fechas con acciones específicas a realizar para el cumplimiento de los objetivos establecidos.
En ningún caso las acciones de los concesionarios podrán ir en retroceso a los avances alcanzados en espacios públicos con acceso a Internet gratuito.
El servicio público gratuito de Internet que se brinde derivado de las acciones establecidas en este programa, deberá sujetarse a los siguientes principios:
1. Acceso libre: permite a toda persona el acceso gratuito al servicio público gratuito de Internet, sin ser necesario registrarse, solicitar usuario y/o contraseña, sin restricción de contenidos, aplicaciones y demás servicios digitales de su elección, más que los establecidos en este y demás ordenamientos jurídicos aplicables;
2. Acceso universal: toda persona, sin distinción alguna, gozará del acceso libre y gratuito al servicio público gratuito de Internet, con independencia de su condición física, económica, cultural, social, ubicación geográfica, o cualquier otra;
3. Calidad del servicio: conexión de acceso a Internet al servicio del público en general, con un ancho de banda que permita una navegación de calidad;
4. Gratuidad: el acceso y uso al servicio público gratuito de Internet será sin costo alguno para las personas sin necesidad de contar con paquetes de navegación (uso de datos móviles}, ni otro que represente algún costo para el usuario final;
5. No violencia digital: toda persona gozará del acceso al servicio público gratuito de Internet sin ninguna forma de violencia digital cometida en su contra, y
6. Progresividad: los concesionarios deberán incrementar gradualmente la instalación y habilitación de infraestructura que permita el acceso a Internet de banda ancha de forma libre, universal y gratuita en espacios públicos.
8. Componentes del Programa
8.1. Obligaciones de Cobertura Social y Áreas de Atención Prioritaria
De conformidad con las líneas de acción 2 y 5, la CRT podrá definir las obligaciones de cobertura social de los Títulos de Concesión que los concesionarios deberán cumplir mediante la realización de acciones orientadas al despliegue, mantenimiento y operación de infraestructura y servicios de telecomunicaciones en zonas geográficas determinadas, con especial énfasis en áreas rurales, de difícil acceso o con rezago en conectividad.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 10, fracción XL, de la LMTR, la CRT cuenta con la atribución de establecer obligaciones de cobertura geográfica, poblacional o social a cargo de los concesionarios. Dichas obligaciones deben orientarse a contribuir a los objetivos del Plan Nacional de Conectividad 2026- 2030, priorizando la reducción de la brecha digital en los sectores más vulnerables, tales como zonas rurales, comunidades indígenas y afromexicanas, así como en AAP o territorios con rezago en infraestructura de telecomunicaciones.
En este contexto, el PCSP-AAP 2026 reconoce que una de las vías para habilitar la conectividad en dichos sitios y territorios consiste en articular las obligaciones de cobertura que la CRT determine, como un mecanismo complementario de política pública. Bajo este enfoque, las obligaciones de cobertura pueden operar como una alternativa para extender infraestructura y servicios hacia sitios públicos y AAP establecidos como prioritarios.
Asimismo, el PCSP-AAP 2026 subraya que la planeación, determinación y seguimiento de las obligaciones de cobertura deben realizarse de manera coordinada entre las autoridades competentes, con base en criterios técnicos, económicos y sociales, y en alineación con las prioridades territoriales del Programa, a fin de maximizar el impacto de las intervenciones y optimizar el uso de los recursos disponibles.
En síntesis, las obligaciones de cobertura social se configuran como una herramienta clave para vincular la actuación de los concesionarios con los objetivos del PCSP-AAP 2026, fortaleciendo la estrategia integral del Estado para reducir las brechas digitales, impulsar el desarrollo regional y garantizar el acceso efectivo, equitativo y socialmente pertinente a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
De conformidad con la línea de acción 2 el PCSP-AAP 2026 adopta un enfoque territorial para orientar los esfuerzos de conectividad hacia las AAP. Dichas localidades se caracterizan por presentar ausencia de cobertura móvil y rezagos significativos en el acceso a servicios de telecomunicaciones.
A nivel nacional, estas localidades prioritarias se concentran de manera relevante en un número reducido de entidades federativas, particularmente en 4 entidades. Estados como Veracruz, México, Oaxaca y Chiapas agrupan una proporción mayoritaria de estas localidades, lo que pone de manifiesto una desigualdad territorial persistente y permite delimitar con mayor precisión los territorios que requieren atención prioritaria en el marco del PCSP-AAP 2026.
La distribución territorial de las localidades prioritarias no es homogénea. En algunas entidades, el rezago se presenta de forma concentrada en un conjunto acotado de municipios, mientras que en otras se manifiesta de manera más dispersa entre múltiples localidades rurales. Esta heterogeneidad territorial resulta relevante para el Programa, en tanto permite reconocer que las AAP presentan condiciones diferenciadas que deben ser consideradas al momento de orientar y articular las acciones de conectividad.
En este contexto, la identificación de las 72,233 localidades con altos índices de brecha por asequibilidad y Áreas de Atención Prioritaria (AAP) para el PCSP 2026 disponibles en el Anexo 1 (Mapa 6) se realizó a partir del conjunto de localidades para que la CRT, pueda establecer obligaciones de cobertura social a los concesionarios bajo las condiciones que la CRT determine.
Lo que permite identificar especialmente los principales rezagos en conectividad y orientar la coordinación de acciones dirigidas a la provisión de conectividad en sitios públicos y en áreas de atención prioritaria.
Mapa 6. Distribución de localidades prioritarias por entidad federativa
Fuente: Elaboración propia con datos de ITER 2020, INEGI
8.2. Capacidad Satelital Reserva del Estado y Servicios Satelitales
De conformidad con la línea de acción 2 y 5, y de acuerdo con el artículo 136 de la LMTR, la CSRE es aquella que los concesionarios de recursos orbitales y autorizados para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de satélites extranjeros para prestar servicios en territorio nacional, están obligados a proporcionar al Estado para su utilización en redes de seguridad nacional, en la prestación de servicios de carácter social y para atender otras necesidades del gobierno.
Asimismo, el artículo 9, fracción IX, de la LMTR establece que la ATDT cuenta con la atribución de administrar y vigilar el uso eficiente de la CSRE; mientras que el artículo 136, en su segundo párrafo, faculta a la CRT para asegurarse de que los concesionarios y autorizados proporcionen la CSRE requerida, y en su último párrafo dispone que la CRT determinará los criterios para su establecimiento.
En este marco, el PCSP-AAP 2026 reconoce a la CSRE como un habilitador del acceso a servicios de conectividad en regiones rurales, aisladas, de difícil acceso o afectadas por fenómenos naturales, particularmente en aquellos sitios públicos y AAP donde las soluciones terrestres resultan técnica o económicamente inviables. De esta manera, la CSRE se constituye como una alternativa complementaria para el cumplimiento de los objetivos del PCSP-AAP.
Asimismo se prevé habilitar la cobertura satelital en localidades con mayores niveles de dispersión poblacional. Las localidades que se encuentren a una distancia superior a 8 kilómetros de la infraestructura de telecomunicaciones existente y que cuenten con menos de 500 habitantes, se les considerara AAP; lo que permitirá beneficiar a aproximadamente 820,922 personas en 10,320 localidades, lo equivalente a 164,199 personas por año, las cuales se encuentran listadas en el Anexo 2.
Lo anterior se sustenta conforme a lo dispuesto por el artículo 10, fracción XL, de la LMTR, que faculta al Estado para establecer obligaciones de cobertura geográfica, mismas que deben orientarse al cumplimiento de la política digital de inclusión universal. Asimismo, el artículo 46, fracción I y III, del Reglamento Interior de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, establece la atribución de dicha comisión para supervisar que los concesionarios cumplan con las obligaciones y condiciones previstas en la LMTR.
Conforme al enfoque territorial del PNC, la planeación, asignación y aprovechamiento de la CSRE deberán sujetarse a criterios técnicos, sociales y de priorización territorial definidos por la CRT, con el objetivo de orientar su utilización hacia regiones, sitios públicos y AAP que presenten mayores niveles de rezago en conectividad. En este sentido, la CSRE se encuentra alineada con el enfoque territorial del PCSP-AAP 2026, contribuyendo a una asignación más eficiente de los recursos públicos y al fortalecimiento del impacto social de las intervenciones en los territorios con mayor necesidad.
La CRT, podrá establecer obligaciones de cobertura en sitios públicos a los concesionarios para que usando la CSRE o a través de servicios satelitales, instalen puntos de WiFi gratuito en las localidades o AAP habilitadas para ello en este programa y en el PCS 2026.
La tabla de agrupación por entidad federativa muestra la concentración de localidades con personas potencialmente beneficiarias. Este corresponde a localidades pequeñas menor de 500 habitantes y alejadas de infraestructura mayor a 8 km, donde la provisión de conectividad mediante redes terrestres tiende a ser menos eficiente y se justifica la priorización de soluciones satelitales.
Tabla 5. Localidades a atender mediante cobertura satelital por entidad federativa
| Entidades | Población total | Localidades |
| Aguascalientes | 809 | 4 |
| Baja California | 2,119 | 40 |
| Baja California Sur | 6,371 | 93 |
| Campeche | 22,779 | 158 |
| Chiapas | 62,826 | 599 |
| Chihuahua | 114,930 | 2,016 |
| Coahuila de Zaragoza | 16,302 | 193 |
| Colima | 1,320 | 13 |
| Durango | 98,974 | 1,397 |
| Guanajuato | 12,349 | 171 |
| Guerrero | 73,406 | 896 |
| Hidalgo | 4,812 | 52 |
| Jalisco | 53,263 | 754 |
| México | 1,653 | 24 |
| Michoacán de Ocampo | 51,609 | 822 |
| Morelos | 535 | 5 |
| Nayarit | 28,865 | 313 |
| Nuevo León | 17,993 | 226 |
| Oaxaca | 33,907 | 283 |
| Puebla | 4,258 | 45 |
| Querétaro | 3,458 | 35 |
| Quintana Roo | 9,940 | 61 |
| San Luis Potosí | 24,197 | 264 |
| Sinaloa | 37,421 | 513 |
| Sonora | 23,166 | 261 |
| Tabasco | 21,558 | 130 |
| Tamaulipas | 18,790 | 214 |
| Veracruz de Ignacio de la Llave | 34,828 | 349 |
| Yucatán | 9,278 | 73 |
| Zacatecas | 29,206 | 316 |
| Total general | 820,922 | 10,320 |
Fuente: Elaboración propia con información de Cobertura Satelital, ITER 2020, INEGI, Pobreza Multidimensional 2020,
CONEVAL y estadísticas de electrificación, CFE.
8.3. Repositorio Único de Sitios Públicos
De conformidad con la línea de acción 1, en el marco del PCSP-AAP 2026, el Repositorio Único de Sitios Públicos (RUSP) se configura como un mecanismo operativo para la organización, administración y gestión de la información asociada a dichos espacios. El RUSP es una plataforma digital que permite el registro, validación, actualización y consulta en tiempo real de la información relativa a los sitios públicos a nivel nacional, constituyéndose como una referencia común para los distintos actores involucrados en la implementación del Programa.
La sistematización de esta información favorece la planeación de las intervenciones en materia de conectividad, la coordinación interinstitucional y el seguimiento de las acciones implementadas, particularmente en aquellas zonas, localidades y AAP identificadas en el PCSP-AAP 2026. Asimismo, contribuye a ordenar los esfuerzos institucionales y a optimizar el uso de los recursos públicos, al proporcionar información homogénea, consistente y actualizada sobre los sitios existentes y aquellos susceptibles de ser incorporados.
Adicionalmente, el RUSP facilita la identificación, selección y priorización de los sitios públicos y de las AAP a intervenir en materia de conectividad, al concentrar información relevante para la ejecución del PCSP-AAP 2026. De esta manera, el RUSP apoya en la toma de decisiones operativas y la coordinación entre las autoridades competentes y los operadores de telecomunicaciones, contribuyendo a una implementación ordenada y focalizada de las acciones de conectividad previstas en el Programa.
8.4. Cobertura de Sitios Públicos por la Empresa Pública del Estado CFE
De conformidad con la línea de acción 3, y con base en la identificación de sitios públicos sin conectividad a Internet, el PCSP-AAP 2026 permite dimensionar el conjunto de instalaciones que requieren ser consideradas para su eventual conexión. En este ejercicio, los sitios públicos contemplados corresponden a clínicas de IMSS Bienestar, así como Tele
escuelas que deberán ser conectados por parte de la CFE.
Como se indica en el PNC 2026-2030, las Empresa Pública del Estado, CFE, es una herramienta de implementación de las políticas públicas que defina el ejecutivo federal. Esto se sustenta en el objeto de la CFE el cual se encuentra en el artículo 3 de su ley(1) que dice:
"Artículo 3.- La Comisión Federal de Electricidad tiene como objeto procurar la justicia energética para el pueblo de los
Estados Unidos Mexicanos y el desarrollo sustentable de las actividades de generación, almacenamiento, transmisión,
distribución, comercialización y suministro de electricidad, así como contribuir en la provisión del servicio de Internet y
telecomunicaciones con el Estado Mexicano. "
En este caso, en materia de telecomunicaciones y conectividad, la entidad responsable de la definición de la política es la ATDT. Asimismo, corresponde a la CFE proveer servicios de enlaces de telecomunicaciones, contribuir en la provisión de cobertura social del servicio de Internet y el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones, así como conducir las acciones para el servicio asociado al programa de cobertura social.
Como se indica en el PNC 2026-2030, la política de telecomunicaciones, es transversal y es un habilitador de otros derechos y mejora la calidad de vida de la población, por lo que se vuelve imperativo que CFE atienda necesidades de conectividad en sectores esenciales y estratégicos, como en este caso, salud y educación.
En total, se identifican 27,749 sitios públicos sin conectividad, de los cuales 20,188 corresponden a Tele escuelas y 7,561 a clínicas del IMSS Bienestar, que CFE deberá conectar en el año 2026. Con estas acciones, se beneficiarán a usuarios de Tele escuelas(2) que gozaran de conectividad gratuita. La base de datos de localidades asignadas a la CFE para la atención de los sitios se encuentra contenida en el Anexo 3.
La Tabla 6 presenta la información desagregada por entidad federativa y evidencia que la localización de los sitios públicos a conectar (Tele escuelas y unidades IMSS Bienestar) se concentra en un número reducido de estados.
Tabla 6. Sitios públicos por entidad federativa 2026
| ESTADO | SITIOS PÚBLICOS |
| IMSS BIENESTAR | TELE ESCUELA | TOTAL |
| Aguascalientes | 0 | 203 | 203 |
| Baja California | 145 | 117 | 262 |
| Baja California Sur | 65 | 114 | 179 |
| Campeche | 103 | 151 | 254 |
| Coahuila | 0 | 246 | 246 |
| Colima | 105 | 67 | 172 |
| Chiapas | 468 | 1,622 | 2,090 |
| Chihuahua | 0 | 521 | 521 |
| Ciudad De México | 128 | 41 | 169 |
| Durango | 0 | 549 | 549 |
| Guanajuato | 2 | 1,208 | 1,210 |
| Guerrero | 753 | 1,213 | 1,966 |
| Hidalgo | 384 | 747 | 1,131 |
| Jalisco | 0 | 571 | 571 |
| México | 938 | 1,405 | 2,343 |
| Michoacán | 352 | 1,023 | 1,375 |
| Morelos | 133 | 152 | 285 |
| Nayarit | 226 | 332 | 558 |
| Nuevo León | 0 | 149 | 149 |
| Oaxaca | 630 | 1,504 | 2,134 |
| Puebla | 573 | 1,354 | 1,927 |
| Querétaro | 0 | 208 | 208 |
| Quintana Roo | 136 | 181 | 317 |
| San Luis Potosí | 187 | 962 | 1,149 |
| Sinaloa | 247 | 371 | 618 |
| Sonora | 194 | 276 | 470 |
| Tabasco | 405 | 439 | 844 |
| Tamaulipas | 246 | 255 | 501 |
| Tlaxcala | 170 | 133 | 303 |
| Veracruz | 579 | 2,891 | 3,470 |
| Yucatán | 192 | 326 | 518 |
| Zacatecas | 200 | 857 | 1,057 |
| TOTAL | 7,561 | 20,188 | 27,749 |
Fuente: Elaboración propia con información de los registros de Tele-escuelas (SEP) e IMSS-Bienestar (2024).
Veracruz registra el mayor número de sitios identificados (3,470), seguido por el Estado de México (2,343), Oaxaca (2,134), Chiapas (2,090) y Guerrero (1,966). Estas entidades agrupan una parte significativa del total de Tele escuelas y clínicas del IMSS Bienestar, lo que permite reconocer territorios donde la atención programática podría tener mayor alcance.
Asimismo, entidades como Puebla, Michoacán, Guanajuato, San Luis Potosí e Hidalgo presentan también un número considerable de Tele escuelas y clínicas del IMSS Bienestar, pendientes de conexión, lo que refuerza la necesidad de una planeación escalonada que tome en cuenta su distribución territorial.
En conjunto, la información permite identificar qué entidades federativas concentran el mayor número de Tele escuelas y unidades IMSS Bienestar sin conectividad, proporcionando un insumo relevante para orientar la definición de prioridades y la secuencia de atención del PCSP-AAP 2026 en materia de conectividad de servicios públicos.
Mapa 7: Total de Sitios públicos por entidad federativa 2026
Fuente: Elaboración propia con información de los registros de Tele-escuelas (SEP) e IMSS-Bienestar (2024).
La información en el Mapa 7 permite identificar qué entidades federativas concentran el total de sitios públicos, los cuales se encuentran mayormente concentrados en la parte sur y sureste del país.
8.5. Simplificación de trámites federales y coordinación con autoridades estatales y municipales para eliminar barreras burocráticas.
De conformidad con la línea de acción 4 y con la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB), la ATDT es la Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización y a su vez, existirán autoridades estatales y municipales responsables de implementar y vigilar el cumplimiento de lo establecido en dicha ley.
En concordancia con los principios de digitalización y simplificación de trámites establecidos en el artículo 6 de la LNETB, en específico, pero no de manera limitativa:
A. Simplificación,
B. armonización regulatoria,
C. el mayor beneficio,
D. la utilidad social y
E. el no rechazo y atención obligatoria,
Las dependencias y entidades de la Federación, así como de estados y municipios deberán armonizar y orientar sus regulaciones para que se simplifique, no genere contradicciones y contribuya a agilizar el despliegue de la infraestructura destinada a aumentar la cobertura poblacional. Lo anterior tomando en cuenta que el acceso a Internet es un derecho tutelado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en su artículo 6o establece:
"El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de
radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet."
Para garantizar lo anterior, la ATDT en coordinación con la CRT, trabajarán de la mano con las entidades estatales y municipales de manera que se garantice el cumplimiento de las metas establecidas en el PNC 2026-2030, y en el PCS 2026.
9. Indicadores y metas
| ELEMENTOS DEL INDICADOR |
| Nombre | 1.1 Sitios públicos de atención prioritaria atendidas durante el año |
| Objetivo | Cuantificar el número de sitios públicos de atención prioritaria que fueron atendidos durante el año para validar el objetivo del programa |
| Definición o descripción | Reflejar el número de sitios públicos de atención prioritaria que han sido atendidos conforme a lo establecido en el PCSP-AAP 2026 y, en términos del PNC, permite dar seguimiento anual al avance del programa en su atención. |
| Derecho asociado | Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones |
| Nivel de desagregación | Nacional | Periodicidad o frecuencia de medición | Anual |
| Acumulado o periódico | Acumulado | Disponibilidad de la información | Mayo del año siguiente |
| Unidad de medida | Número de sitios públicos con cobertura | Periodo de recolección de los datos | enero a diciembre |
| Tendencia esperada | Descendente | Unidad responsable de reportar el avance | Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones |
| Método de cálculo | |
| Observaciones | La variable inicial del método de cálculo para el año 2026 es de 27,749 sitios públicos. No se contabilizarán las localidades que se hayan puesto a disposición en años anteriores al periodo 2026 |
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2026 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. |
| Nombre Variable 1 | Sitios públicos por cubrir | Valor variable 1 | N/A | Fuente de información variable 1 | N/A |
| Nombre Variable 2 | Sitios públicos en el año correspondiente | Valor variable 2 | 27,749 | Fuente de información variable 2 | Tabla 6. Sitios públicos por entidad federativa 2026 |
| Nombre Variable 3 | Sitios públicos atendidos en el año correspondiente | Valor variable 3 | n | Fuente de Información variable 3 | Sitios públicos atendidos en 2026 |
| Sustitución en método de cálculo | |
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS |
| Línea base | Nota sobre la línea base |
| Valor | N/D | |
| Año | 2026 |
| Meta Anual | Nota sobre la meta anual |
| 27,749 sitios públicos | 20,188 corresponden a Tele escuelas y 7,561 a clínicas del IMSS Bienestar. |
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar N/A (No aplica) y N/D (No disponible) cuando corresponda. |
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 |
| N/A | N/A | N/A | N/A | N/A |
| METAS Puede registrar N/A cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. |
| 2026 |
| N/D |
| ELEMENTOS DEL INDICADOR |
| Nombre | 1.2 Población beneficiada en sitios públicos en áreas de atención prioritaria atendidos durante el año. |
| Objetivo | Cuantificar el número de habitantes beneficiados por la conectividad habilitada en sitios públicos atendidos durante el año, para dar seguimiento al avance anual del PCSP |
| Definición o descripción | Refleja la población total (habitantes) asociada a las localidades donde se ubican los sitios públicos atendidos durante el año. La población se contabiliza una sola vez por localidad, aún si en esa localidad se atienden varios sitios o se realizan múltiples acciones. |
| Derecho asociado | Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones |
| Nivel de desagregación | Localidad | Periodicidad o frecuencia de medición | Anual |
| Acumulado o periódico | Periódico | Disponibilidad de la información | Mayo del año siguiente |
| Unidad de medida | Número de habitantes con cobertura | Periodo de recolección de los datos | enero a diciembre |
| Tendencia esperada | Ascendente | Unidad responsable de reportar el avance | Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones |
| Método de cálculo | |
| Observaciones | La unidad mínima es localidad; deben usar claves oficiales, por ejemplo; clave de entidad, clave de municipio y clave de localidad para cruces. "Población atendida" debe definirse con un criterio verificable, por ejemplo; servicio en operación, acta de atención. Si una población beneficiada recibe varias acciones, se cuenta una sola vez. |
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2026 , no podrá ser un valor preliminar ni estimado. |
| Nombre Variable 1 | Población beneficiada en el año (PB) | Valor variable 1 | N/A | Fuente de información variable 1 | Cálculo PCSP |
| Nombre Variable 2 | Total de personas atendidas en el año | Valor variable 2 | N/A | Fuente de información variable 2 | Bitácora PCSP de las localidades atendidas |
| Sustitución en método de cálculo | |
| VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS |
| Línea base | Nota sobre la línea base |
| Valor | N/D | Si se requiere una meta de "porcentaje", se deberá contemplar la población total de las localidades de atención prioritaria para efectuar el cálculo porcentual. |
| Año | 2026 |
| Meta Anual | Nota sobre la meta anual |
| 640,000 personas | Se planea que para al término del año 2026 se cubra al menos el 13% de la población que habita en AAP del PCSP 2026 |
| SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. |
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 |
| N/D | N/A | N/A | N/A | N/A |
| METAS Puede registrar NA cuando no aplique la METAS Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. |
| 2026 |
| N/D |
10. Lista de dependencias y entidades participantes en el Programa
ATDT: Agencia de Transformación Digital
CRT: Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
CFE: Comisión Federal de Electricidad
PROMTEL: Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones
11. Referencias consultadas
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917). Diario Oficial de la Federación. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. (2025). Diario Oficial de la Federación. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMTR.pdf
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (Última reforma 2025). Diario Oficial de la Federación. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf
Ley General de Desarrollo Social. (2026). Diario Oficial de la Federación.Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDS.pdf
Reglamento Interior de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. (2025). Diario Oficial de la Federación / SIDOF. Disponible en http://sidof.segob.gob.mx/notas/5773817
Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2026. (2025).
Diario Oficial de la Federación (Edición vespertina, 21/11/2025) / SIDOF.
Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2026.pdf
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026. (2025). Diario Oficial de la Federación (Edición vespertina, 21/11/2025). Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5773717&fecha=21/11/
Presidencia de la República. (2025). Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030. Diario Oficial de la Federación.Disponible en https://www.dof.gob.mx/2025/PRESREP/PND%202025-2030.pdf
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. (2025). Programa Sectorial de Transformación Digital y Telecomunicaciones 2025-2030. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5768198&fecha=19/09/2025#gsc.tab=0
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2024). Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2024. Disponible en https://www.inegi.org.mx/programas/dutih/2024
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (s.f.). Marco Geoestadístico (bases cartográficas). Disponible en https://www.inegi.org.mx/temas/mg/
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). (2020). Índice de Rezago Social 2020 (metodología y bases). Disponible en https://www.coneval.org.mx/Medicion/IRS/Paginas/Indice_Rezago_Social_2020.aspx
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. (2026). Programa de Cobertura Social 2026 (PCS 2026). Documento institucional (versión de trabajo/consulta interna).
Secretaría de Educación Pública. (s.f.). Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED): Catálogo de Centros de Trabajo (CCT) / planteles (insumo para "Tele-escuelas"). Disponible en https://siged.sep.gob.mx/SIGED/
IMSS-Bienestar. (s.f.). Directorio/relación de unidades médicas (insumo para "Clínicas IMSS-Bienestar"). Disponible en https://www.gob.mx/imssbienestar
12. Anexos
ANEXO 1: Localidades con altos índices de brecha por asequibilidad y AAP para el PCSP 2026 https://www.archivos.atdt.gob.mx/storage/app/media/Normativo/ANEXO_1_AAP_PCSP_2026.pdf
ANEXO 2: Localidades por atender mediante cobertura satelital https://www.archivos.atdt.gob.mx/storage/app/media/Normativo/ANEXO_2_SATELITAL_PCSP_2026.pdf
ANEXO 3: Conectividad en Sitios Públicos Prioritarios (Tele escuelas y Unidades Médicas IMSS-Bienestar) https://www.archivos.atdt.gob.mx/storage/app/media/Normativo/ANEXO_3_SITIOS_P%C3%9ABLICOS_TELEESCUELAS_IMSS_BIENESTAR_PCSP_2026.pdf
Dado en la Ciudad de México, a 20 de marzo de 2026.- El Titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, Mtro. José Antonio Peña Merino.- Rúbrica.
1 Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
2 El número de beneficiarios de clínicas IMSS BIENESTAR no se puede calcular, ya que depende de la afluencia a la misma.