Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
TERCERO INTERESADO: CRISTIAN GERARDO PONTONES MARTÍNEZ
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUICIO DE AMPARO 1161/2025, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
En los autos del juicio de amparo 1161/2025, promovido por Lizzette Alejandra Cervantes Álvarez, por propio derecho y en representación del niño de iniciales N.P.C. Tercero interesado: Cristian Gerardo Pontones Martínez. Autoridad responsable: Segunda Sala Familiar y Juez Décimo Quinto de lo Familiar, ambos del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Acto Reclamado: La resolución de dos de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el toca 2021/2024/9, a través de la cual, la Segunda Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México modificó el acuerdo de doce de febrero de dos mil veinte, dictado en la controversia del orden familiar 910/2018 seguido por Lizzette Alejandra Cervantes Álvarez (aquí quejosa) en contra de Cristian Gerardo Pontones Martínez y en su lugar, determinó que previo a pronunciarse si se reanudan o no las visitas y convivencias del menor con su progenitor, se debía girar oficio a la Dirección de Evaluación en Intervención Psicológica para Apoyo Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, a efecto de que la perito informara si con los elementos que tuvo para rendir su opinión técnica de trece de diciembre de dos mil diecinueve, se puede referir si el demandado a la fecha es generador de violencia y en caso de serlo si esa conducta pone en riesgo la integridad física y emocional de su hijo. Se encuentran señaladas las diez horas con cuarenta y un minutos del once de marzo de dos mil veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Hágase el emplazamiento a juicio del tercero interesado Cristian Gerardo Pontones Martínez, por medio de edictos, los que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional... haciéndole del conocimiento a dicho tercero interesado que deberá presentarse ante este juzgado dentro del plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista en los estrados de este juzgado.
 
Ciudad de México, 24 de febrero de 2026.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Jessica Salinas Natividad
Rúbrica.
(R.- 573874)