Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
San Luis Potosí, S.L.P.
EDICTO
 
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de dieciocho de marzo de dos mil veintiséis, dictado en el juicio de amparo número 291/2024, promovido por María Asunción Sosa Rojas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, se emplaza al tercero interesado Pedro Torres Alcocer, por medio de edictos y se procede a hacer una relación suscrita de la demanda de amparo con que se formó este juicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo: Que el presente juicio de amparo lo promueve María Asunción Sosa Rojas, contra actos del Juez Cuarto del Ramo Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de San Luis Potosí y el Actuario notificador del área de ejecuciones del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de San Luis Potosí, a quienes les reclama la falta de emplazamiento al juicio extraordinario civil número 1107/2022 del índice del mencionado Juzgado Cuarto Civil, así como la orden de desocupación inmediata y entrega material y jurídica del bien inmueble que afirma de su propiedad, ubicado en lote número 13 (trece) de la manzana 1 (uno) y casa marcada con el número 280 de la calle Mezcal del fraccionamiento Hacienda de los Magueyes de esta ciudad de San Luis Potosí, lo cual fue ordenado mediante sentencia de diez de noviembre de dos mil veintitrés, dictada dentro del mencionado expediente, así como la ejecución de tal mandamiento; en consecuencia, hágasele saber por edictos al tercero interesado Pedro Torres Alcocer, que deberá presentarse ante este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación; además queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo, y que, en caso de no comparecer, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal. Colóquese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo que dure el emplazamiento.
Lo transcribo a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes.
 
San Luis Potosí, San Luis Potosí, a 18 de marzo del 2026.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí
Luis Manuel Pérez Salazar
Rúbrica.
(R.- 574470)