Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Tercero Mercantil del Distrito Judicial de Toluca, México
EDICTO
VISTA A LOS DEMANDADOS MARCELA REYES COLON Y JOSE URBAN DIAZ DE LEON DE INCIDENTE
DE ACTUALIZACIÓN DE LIQUIDACION DE INTERESES MORATORIOS Y ORDINARIOS
En el Juzgado Tercero Mercantil del distrito Judicial de Toluca, Estado de México, en el expediente 26550/2025 antes 273/2024 del extinto Juzgado Séptimo Mercantil de Toluca, Estado de México, relativo Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por BANCO SANTANDER MEXICO SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER MEXICO en contra de MARCELA REYES COLON y JOSE URBAN DIAZ DE LEON, mediante auto de fecha dieciséis de diciembre de dos mil veinticinco se admitió el Incidente de Actualización de Intereses Ordinarios y Moratorios, en el que reclama la parte actora: A) La cantidad de $107,384.90 (Ciento siete mil trescientos ochenta y cuatro pesos 90/100 M.N.) por concepto de intereses ordinarios generados del 7 de febrero de 2024 al 30 de noviembre de 2025;B) El pago de la cantidad de $161,077.36 (Ciento sesenta y un mil setenta y siete pesos 36/100 M.N.).
En consecuencia, en proveídos de tres y seis de marzo de dos mil veintiséis, se ordenó POR EDICTOS DAR VISTA A MARCELA REYES COLON y JOSE URBAN DIAZ DE LEON, contendrán una relación sucinta de la demanda fijándose además en la puerta del Tribunal copia integra del presente proveído por todo el tiempo del emplazamiento, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el "Diario Oficial" y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciéndosele saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación. Se fijará, además, en la puerta del tribunal, una copia integra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, con el apercibimiento de que, si pasado este plazo no comparecen por sí, apoderado o por gestor que pueda representarles, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndose las ulteriores notificaciones en términos del artículo 1068 fracciones II y III del mismo Código.
Validación: El auto de tres y seis de marzo de dos mil veintiséis, ordena la publicación de edictos.
Secretario Judicial del Juzgado Tercero Mercantil del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México
Licenciado Jorge Luis Lujano Uribe
Rúbrica.
(R.- 574324)