Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Gto.
Tercera Sala Civil
EDICTO
 
Publíquese el presente 3 tres veces de 7 siete en 7 siete días en el Diario Oficial de la Federación y Periódico de mayor circulación nacional; hágase saber a Margarita Santana Pérez de M., y/o Margarita Santana Pérez, Genoveva Santana Pérez, Francisca Santana Pérez de Guzmán y/o Francisca Santana Pérez; así como a Jesús Santana Pérez y/o José Jesús Santana Pérez, Ma. del Socorro Santana Pérez de Figueroa y/o Ma. del Socorro Santana Pérez, y J. Refugio Santana Pérez y/o José Refugio Santana Pérez, a través de quien represente su sucesión; en su carácter de terceros interesados, que en esta Sala se presentó demanda de amparo promovida por Jesús Santana Martínez; en contra de la sentencia de fecha tres de febrero de dos mil veintiséis dictada dentro del Toca 050/2026, relativo a los recursos de apelación interpuesto por Irene Villagómez, en su carácter de apoderada de Enrique Santana, en contra de la sentencia de fecha veintiuno de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juez del Juzgado Único Civil de Partido en Cortázar, Guanajuato, dentro del juicio ordinario civil número C249/2021 sobre prescripción positiva y otras prestaciones, promovido por Jesús Santana Martínez.- Corriéndoles traslado con copia de la demanda de amparo, en su carácter de terceros interesados, para que dentro del término de treinta días acudan al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito en turno, a defender sus derechos, quedando a su disposición en la Secretaria de esta Tercera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, copias de la demanda de amparo por el tiempo que dure el emplazamiento.
 
Guanajuato, Guanajuato, 09 de marzo de 2026.
Secretario de la Tercera Sala Civil
Lic. Erika Lucía Castro Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 573828)