OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para organizarse y operar de Ares Fintech, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones Especializadas.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera.- Oficio No. 311-751960/2026.
ASUNTO: SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PARA ORGANIZARSE Y OPERAR DE ESA INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO.
ARES FINTECH, S.A. DE C.V.,
INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO
BLVD. MANUEL ÁVILA CAMACHO, NO. 138, PISO 11,
COL. LOMAS DE CHAPULTEPEC, III SECCIÓN, C.P. 11000,
MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO.
AT'N.: C. BRYAN RAMÍREZ BERNAL
REPRESENTANTE LEGAL
Hacemos referencia al escrito presentado en esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores (Comisión) el 13 de febrero de 2026, a través del correo institucional autorizacionfintech@cnbv.gob.mx, de conformidad con lo previsto en el "Acuerdo por el que se establecen las medidas administrativas para la continuidad de las actividades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en la atención de los asuntos que se tramitan ante ésta, durante la contingencia sanitaria provocada por el COVID-19", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de julio de 2020, por virtud del cual Ares Fintech, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico (Ares o Entidad), antes EPlata México, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico (EPlata), remitió el instrumento público 110,254, de fecha 14 de agosto de 2025, otorgado ante la fe del notario público número 59 de esta Ciudad, licenciado Patrick Strassburger Weidmann, inscrito en el Registro Público de Comercio de la localidad el 10 de septiembre de 2025 bajo el folio mercantil número 2019055020, en el que se hace constar el referido cambio de su denominación social. Por lo anterior, en atención a su escrito, con fundamento en los artículos 11, 12, 22 y 25 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, se modifica la base PRIMERA de la autorización que le fue otorgada a EPlata, para que se organice y opere como una institución de fondos de pago electrónico mediante el oficio P067/2021, de fecha 7 de abril de 2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 2022, para quedar en los siguientes términos:
PRIMERA.- La denominación de la sociedad será Ares Fintech, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico.
SEGUNDA.- [...]
TERCERA.- [...]
CUARTA.- [...]
QUINTA.- [...]
SEXTA.- [...]
SÉPTIMA.- [...]
OCTAVA.- [...]
El presente oficio se emite con fundamento en las disposiciones legales antes invocadas, así como en ejercicio de las facultades conferidas a esta Comisión en los artículos 142 y 145, fracción IV de la LRITF; 1, 3, fracción V, 4, fracciones I, apartado B y II, apartado B, numerales 22) y 32), 14, 35, fracciones I, inciso b), III y último párrafo, 45, fracción I, 61, segundo párrafo, en correlación con el 64, primer párrafo, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 28 de febrero de 2022; y los artículos 1, fracción III y 3, fracción IV del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 18 de abril de 2022 y modificado mediante Acuerdo publicado en el referido Diario el 17 de agosto de 2023, así como 20 de junio de 2025.
Atentamente
Ciudad de México, a 12 de marzo de 2026.- Directora General de Autorizaciones Especializadas, Lic. Brenda Amparo Menes Cárdenas.- Rúbrica.- Coordinadora de Instituciones de Tecnología Financiera y Modelos Novedosos F, Lic. Mariela Martínez Rodríguez.- Rúbrica.- Coordinador de Instituciones de Tecnología Financiera y Modelos Novedosos C, Lic. Juan Carlos García Fierro.- Rúbrica.