Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Procesos Civiles o Administrativos 1873/2025-P.C.
EDICTO
En el expediente 1873/2025-P.C. relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL, promovido por INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES (INDAABIN), ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, en contra de GEOS TELECOM, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, del índice del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, en cumplimiento a lo ordenado en autos de tres de noviembre de dos mil veinticinco, y con apoyo en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se emplaza a juicio a la demandada citada, por medio de edictos, y se hace de su conocimiento que se reclaman las prestaciones siguientes:
"I. LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE RESCISIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COAR/ARES/000001/2017, celebrado entre el Gobierno Federal, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), representado por el Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, en carácter de "ARRENDADOR" y la moral denominada "GEOS TELECOM, S.A.P.I. DE C.V.", por conducto de su representante legal, el C. Mario Alberto Rodríguez Hernández, en su carácter de "ARRENDATARIO", respecto de un espacio de 100 metros cuadrados dentro del inmueble Federal denominado "CENTRO SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVO JOSÉ LÓPEZ PORTILLO", ubicado en avenida Santa Ana esquina Canal Nacional, número exterior 750, Colonia San Francisco Culhuacán, C.P. 04420, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, con una superficie total de terreno de 127,952.76 metros cuadrados; derivado de los diversos incumplimientos en que ha incurrido "EL ARRENDATARIO", al contrato antes referido.
II. Como consecuencia de la declaración judicial de rescisión del contrato de arrendamiento número COAR/ARES/000001/2017, se demanda LA DESOCUPACIÓN y ENTREGA JURÍDICA, FÍSICA Y MATERIAL del espacio de 100 metros cuadrados ubicado dentro del inmueble Federal denominado "CENTRO SOCIO-CULTURAL Y DEPORTIVO JOSÉ LÓPEZ PORTILLO", ubicado en avenida Santa Ana esquina Canal Nacional, número exterior 750, Colonia San Francisco Culhuacán, C.P. 04420, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, con una superficie total de terreno de 127,952.76 metros cuadrados.
III. EL PAGO DE LA CANTIDAD DE LAS RENTAS VENCIDAS, desde el inicio de la vigencia del contrato COAR/ARES/000001/2017 (02 de agosto del 2017), y hasta la presentación de esta demanda, mismos que ascienden a la cantidad de $1,133,840.85 (Un millón ciento treinta y tres mil ochocientos cuarenta pesos 85/100 M.N.), por resultar el vencimiento de las fechas para el pago de las contraprestaciones establecidas en la cláusula DÉCIMA; cantidad que resulta de la sumatoria de:
A. La suerte principal del monto de contraprestación establecido en la cláusula DÉCIMA, primer y segundo párrafo del contrato;
B. Las actualizaciones calculadas conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y las autorizaciones de la Secretaría de Hacienda Crédito Público, respecto del mes de que se trate, como se desprende de la cláusula DÉCIMA, párrafo cuarto, del contrato;
C. El 2% de mora a que hace referencia el último párrafo de la citada cláusula DÉCIMA, párrafo cuarto del contrato;
D. Su correspondiente Impuesto al Valor Agregado.
Cantidades que de manera concluyente se determinarán vía incidental en la liquidación respectiva una vez que se cuente con la procedente sentencia condenatoria.
IV. EL PAGO DE LAS RENTAS QUE SE CONTINÚEN VENCIENDO desde el inicio del presente juicio y hasta la total desocupación y entrega del citado espacio.
V. EL PAGO DE LA PENA CONVENCIONAL por cada incumplimiento equivalente por un montode 1 año de contraprestación, como se establece en la cláusula DÉCIMA OCTAVA del contrato COAR/ARES/000001/2017.
VI. EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS, que se generen con la tramitación del presente juicio."
Por tanto, se le hace saber que dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, deberá acudir a contestar la demanda, oponer excepciones y defensas, y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta ciudad, apercibida que de no hacerlo, se seguirá el juicio en su rebeldía, haciendo las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal por medio de rotulón, quedando a su disposición las copias de traslado en la secretaría.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA.
Ciudad de México, a 11 de noviembre de 2025.
Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Edgar Simón Márquez Hernández
Rúbrica.
(R.- 574321)