ACUERDO por el que se habilitan días y horas para que las unidades administrativas que se indican, lleven a cabo procedimientos de contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como para la ejecución y formalización de los actos e instrumentos jurídicos correspondientes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Rocío Viridiana Martínez Lira, Directora General de Recursos Materiales, Servicios y Obra Pública adscrita a la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 26 fracción V y 30 Bis, fracción XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, apartado A, fracción III, numeral 50, 10, fracciones II, V y XX, así como 72, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 134, tercer y cuarto párrafos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza que se realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de Licitaciones Públicas o Invitaciones a Cuando Menos Tres Personas mediante convocatoria pública para que se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes;
Que el artículo 13 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece que serán supletorias de esa Ley y de las demás disposiciones que de ella se deriven, en lo que corresponda, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles;
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas cuando no existan condiciones de competencia y cualesquiera de naturaleza análoga a los actos anteriores, que expidan las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;
Que el artículo 28, primero y último párrafos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, establece que las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles, y faculta a las autoridades, de oficio o a petición de parte interesada, habilitar días inhábiles cuando así lo requiera el asunto, respectivamente;
Que en términos del artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, le corresponde entre otras atribuciones, coordinar y dirigir la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, así como los programas, las políticas y acciones respectivos; auxiliar a la persona titular de la Presidencia de la República en el ejercicio de las funciones en materia de seguridad nacional; coordinar el Sistema Nacional de Inteligencia en materia de seguridad pública, y coordinar las acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos, y
Que a efecto de dar certeza y seguridad jurídica a todos aquellos actos que realice la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como a todo el público en general, respecto de los plazos y términos relativos a los procedimientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios que deban efectuarse, sin menoscabo de los plazos y términos legales que los rigen, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS PARA QUE LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS QUE SE INDICAN, LLEVEN A CABO PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN EN
MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, ASÍ COMO PARA LA EJECUCIÓN
Y FORMALIZACIÓN DE LOS ACTOS E INSTRUMENTOS JURÍDICOS CORRESPONDIENTES
PRIMERO.- Se habilitan los días 4, 5, 11, 12, 18, 19, 25 y 26 de abril; 1, 2, 3, 5, 9, 10, 16, 17, 23, 24, 30 y 31 de mayo, así como 6, 7, 13 y 14 de junio de 2026, de las 08:00 horas a las 23:59 horas, a efecto de que las Coordinaciones de Recursos Materiales y Servicios; de Servicios Tecnológicos y de Control de Procesos y Normatividad adscritas a la Dirección General de Recursos Materiales, Servicios y Obra Pública dependiente de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, lleven a cabo los procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás normatividad aplicable en la materia, así como para la formalización de los actos e instrumentos jurídicos correspondientes.
SEGUNDO.- Se autoriza la habilitación de términos y plazos legales establecidos en las diversas leyes de observancia de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a efecto de iniciar, tramitar y concluir, en su caso, los diversos procedimientos de Licitación Pública, Invitación a Cuando Menos Tres Personas y Adjudicación Directa, con la finalidad de dar cumplimiento a las facultades, acuerdos y/o compromisos que compete implementar a la Dirección General de Recursos Materiales, Servicios y Obra Pública de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
TERCERO.- Se autoriza a las Unidades Administrativas y en su caso, a los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, coadyuvar con las Coordinaciones de Recursos Materiales y Servicios; de Servicios Tecnológicos y de Control de Procesos y Normatividad adscritas a la Dirección General de Recursos Materiales, Servicios y Obra Pública de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para la ejecución y formalización de todos y cada uno de los actos y trámites administrativos que les correspondan, en cumplimiento del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 23 de marzo de 2026.- Directora General de Recursos Materiales, Servicios y Obra Pública adscrita a la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Rocío Viridiana Martínez Lira.- Rúbrica.