Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Gustavo Cesar León Gastelum.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por Eduardo Alberto Luquin Flores, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Juzgado Séptimo de Primera Instancia de lo Civil, con sede en esta ciudad, consistente en la sentencia de veintinueve de enero de dos mil veinticinco, dentro juicio ejecutivo mercantil 1129/2017.
Por auto de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, se radicó la demanda de amparo directobajo el número 36/2026 y se ordenó la notificación de Gustavo Cesar León Gastelum, como tercero interesado, por medio de edictos, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b), segundo párrafo de la Ley de Amparo vigente.
El edicto deberá publicarse tres veces, de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República (Excélsior), para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, Gustavo Cesar León Gastelum, en su carácter de tercero interesado, se apersone al presente juicio, señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar donde radica este Tribunal Colegiado, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se le tendrá por notificado y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos del artículo 29 de la actual Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de amparo, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal Colegiado.
Mexicali, Baja California, veintiocho de enero de dos mil veintiséis.
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Héctor Andrés Arreola Villanueva
Rúbrica.
(R.- 573327)