Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juicio de Extinción de Dominio 9/2026
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN LA GACETA O EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA FISCALÍA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
INSERTO: "Se comunica a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes muebles materia de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de seis de febrero de dos mil veintiséis, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio promovida por Aline Yaneli Almanza Trejo, Cintia Isabel Núñez Gómez, Filiberta Pérez Tolentino, Rodrigo Ricardo Figueroa Reyes y José Luis Cruz Hernández, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritas a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía General de la República, en contra de Nelson Gabriel Williams García, y a Autotransporte de Carga Especializados Marvic, Sociedad Anónima de Capital Variable, asimismo; señalando como persona afectada a cualquiera que tenga un derecho sobre los bienes muebles objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número 9/2026, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones son A. La declaración judicial de que ha sido procedente la acción de extinción de dominio. respecto de los bienes consistentes en: - SEMIRREMOLQUE MARCA REDMAN, TIPO TANQUE, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 32-UM-5X DE CARGA DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON NÚMERO DE SERIE: 3R9T453A7NC173751, VEHICULO DE ORIGEN NACIONAL Y CORRESPONDE A UN MODELO 2022.; - SEMIRREMOLQUE MARCA ATRO, TIPO TANQUE, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN: 76-UF-8A DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON NÚMERO DE SERIE: 3EL4YN324L6002449, VEHÍCULO DE ORIGEN NACIONAL Y CORRESPONDE A UN MODELO 2020; B. La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la pérdida de derechos de propiedad de los bienes que nos ocupan, a favor del Estado por conducto del Gobierno Federal, sin contraprestación ni compensación alguna para NELSÓN GABRIEL WILLIAMS GARCÍA Y AUTOTRANSPORTE DE CARGA ESPECIALIZADOS MARVIC, S.A. DE C.V., NI PARA CUALQUIER PERSONA QUE OSTENTE UN DERECHO SOBRE LOS MISMOS; Como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes. Asimismo, en cumplimiento a los autos de SEIS Y TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre los vehículos objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro, Nuevo León y Tamaulipas; y, por Internet, en la página de la Fiscalía; para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta del auto que admitió a trámite la demanda, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre los bienes materia de la
acción de extinción de dominio; quienes deberán comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (...) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a cualquier persona que tenga un derecho sobre los bienes objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República, esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr.
Finalmente, se comunica a toda persona afectada, que en caso de tener domicilio en alguna otra entidad federativa, se deja a su disposición el directorio de delegaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública, visible en la página:
https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm
Lo anterior, para que en caso de así requerirlo, acudan a solicitar el servicio de asesoría jurídica. (...)".
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia en la
República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito,
con residencia en la Ciudad de México
Karin Marín Jasso
Rúbrica.
(E.- 000909)