Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
Al margen de un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, tres de febrero de dos mil veintiséis.
En los autos del juicio de amparo 1173/2025, promovido por Paola Santoscoy Gracida, contra actos de la Décima Sala Civil, del Juez y Actuario adscritos al Juzgado Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito, todos de la Ciudad de México, mediante proveído de quince de diciembre de dos mil veinticinco se ordenó emplazar a la parte tercera interesada Yisroel Cimet Pasol, por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que comparezca a este juicio a deducir sus derechos en el plazo de treinta días contados, a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando en esta secretaría a su disposición, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio, apercibida que de no apersonarse al presente juicio o no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se harán por lista en términos de lo dispuesto por el inciso a), de la fracción III, del artículo 27 de la Ley de Amparo.
Asimismo, se señalaron las once horas con treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional, esto en acatamiento al auto de veintiocho de enero de este año. Se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de amparo, donde la quejosa señaló como acto reclamado de la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México las resoluciones emitidas el veintiuno de agosto de dos mil veinticinco, dictada en los tocas 1731/2024/6, 1731/2024/7, 1731/2024/10 y 1731/2024/11 y su ejecución; del Juez y Actuario adscritos al Juzgado Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito, todos de la Ciudad de México la ejecución de las citadas resoluciones, el requerimiento a la quejosa del pago de las cantidades por concepto de intereses ordinarios y moratorios a la parte actora en el juicio especial hipotecario 511/2021 y la emisión del acuerdo del diecisiete de septiembre del dos mil veinticinco y su ejecución.
 
El Secretario del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Oscar Bryan Rodríguez Cruz
Rúbrica.
(R.- 573235)