PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación de Acciones para la transformación del espacio público y desarrollo de infraestructura social, para la creación de Senderos Seguros, Camina Libre, Camina Segura, en beneficio de la población del Municipio de San Luis Río Colorado, Sonora, que celebran la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de la Defensa Nacional.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comunicaciones.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Defensa.- Secretaría de la Defensa Nacional.

PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN DE ACCIONES PARA LA TRANSFORMACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL, PARA LA CREACIÓN DE SENDEROS SEGUROS, CAMINA LIBRE CAMINA SEGURA, EN BENEFICIO DE LA POBLACIÓN DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS RÍO COLORADO, SONORA, EN ADELANTE "EL PROYECTO"; QUE CELEBRAN, LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EN LO SUCESIVO "LA SICT", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES ARQUITECTA TANIA CARRO TOLEDO, ASISTIDA POR EL DIRECTOR EJECUTIVO EN PROYECTOS ESTRATÉGICOS ARQUITECTO MIGUEL ALEJANDRO FLORES ÁLVAREZ; LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, EN LO SUCESIVO "LA DEFENSA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL GENERAL DE BRIGADA DE ESTADO MAYOR JOSÉ MANUEL RAMÍREZ MARTÍNEZ, DIRECTOR GENERAL DE INGENIEROS, ASISTIDO TÉCNICAMENTE POR EL CORONEL INGENIERO CONSTRUCTOR VICENTE DÁVILA HILARIO, JEFE DE LA SECCIÓN DE PLANEACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGENIEROS Y POR EL C. CAPITÁN PRIMERO INGENIERO CONSTRUCTOR ANTONIO CASTRO ROSADO EN SU CARÁCTER DE INGENIERO RESIDENTE DE OBRA Y CUANDO ACTÚEN EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", SUJETÁNDOSE A LOS TERMINOS DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
ANTECEDENTES
1.     Con fecha 22 de agosto de 2025, "LAS PARTES", suscribieron el "Convenio Específico de Coordinación de Acciones para la Transformación del Espacio Público y Desarrollo de Infraestructura Social, para la creación de Senderos Seguros, Camina Libre Camina Segura, en beneficio de la población del Municipio de San Luis Río Colorado, Sonora, en adelante "CONVENIO ESPECÍFICO".
2.     Conforme a la cláusula "DÉCIMA QUINTA" del "CONVENIO ESPECÍFICO", previa solicitud por escrito con 15 días naturales de anticipación de la parte solicitante, podrá ser modificado y/o adicionado mediante el convenio modificatorio respectivo que contenga la firma de los servidores públicos que participaron en la formalización del presente instrumento o quien los reemplace en su cargo y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento de su objeto.
3.     Mediante oficio número 4.0.-197, de fecha 15 de octubre de 2025, la Arquitecta Tania Carro Toledo, Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes, informó al Director General de Ingenieros de la Secretaría de la Defensa Nacional, que a "LA SICT" le fue autorizado un monto adicional de $50,000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.), con el propósito de ampliar los trabajos y beneficios del proyecto referido, recursos que serían transferidos a "LA DEFENSA".
       Con dicha ampliación, la inversión total destinada para la consecución del objeto del "Convenio Específico de Coordinación de Acciones para la Transformación del Espacio Público y Desarrollo de Infraestructura Social, para la creación de Senderos Seguros, Camina Libre, Camina Segura, en beneficio de la población del Municipio de San Luis Río Colorado, Sonora", asciende a $100,000,000.00 (cien millones de pesos 00/100 M.N.).
       En ese contexto, "LA SICT" solicitó la intervención de "LA DEFENSA" para continuar con la ejecución del proyecto hasta el total cumplimiento de su objeto, conforme a la ampliación autorizada, proponiendo para tal efecto la celebración del presente instrumento jurídico.
4.     Las partes, de conformidad con la cláusula DÉCIMA QUINTA del "CONVENIO ESPECÍFICO", acuerdan celebrar el presente "Primer Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación de Acciones para la Transformación del Espacio Público y Desarrollo de Infraestructura Social, para la creación de Senderos Seguros, Camina Libre, Camina Segura, en beneficio de la población del Municipio de San Luis Río Colorado, Sonora", en adelante "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO".
DECLARACIONES
I. DECLARA "LA SICT" QUE:
I.1 Se reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el "CONVENIO ESPECÍFICO".
I.2. La Arquitecta Tania Carro Toledo, Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 apartado A fracción II, 6 fracciones X y XXI y 7 fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como el ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo por el que se delegan facultades en la persona titular de la Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes.
I.3. El arquitecto Miguel Alejandro Flores Álvarez, Director Ejecutivo en Proyectos Estratégicos, cuenta con las facultades necesarias para asistir en la celebración del presente Instrumento Jurídico, de conformidad con los dispuesto por el ARTÍCULO SEGUNDO, del Acuerdo por el que se delegan facultades en la persona titular de la Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes.
I.4 Los recursos que se destinan para la ejecución de "EL PROYECTO", provienen de Presupuesto de Egresos de la Federación, y se cuenta con disponibilidad presupuestal otorgada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante adecuación presupuestal No. 2025-9-710-2634, con clave presupuestaria 2025.3.6.01.00.012.K027.6.2.5.02.3.1.26.25093000001, y para efectos fiscales cuenta con Registro Federal de Contribuyentes SCT051121QP2.
I.5. Para efectos del presente documento señala como domicilio legal el ubicado en: Av. De los Insurgentes Sur No. 1089 Colonia Noche Buena, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, Código Postal 03720.
II. DECLARA "LA DEFENSA" QUE:
II.1 Se reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el "CONVENIO ESPECÍFICO".
II.2. Con fecha 01 de octubre de 2025, el General de Brigada de Estado Mayor José Manuel Ramírez Martínez, tomo protesta como Director General de Ingenieros de la Secretaria de la Defensa Nacional.
II.3. Que de conformidad con el Artículo 29, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; 8, 9, 10 Fracción XXI, 37 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, "LA DEFENSA" autoriza para la celebración del presente instrumento jurídico, al General de Brigada de Estado Mayor José Manuel Ramírez Martínez, Director General de Ingenieros, quien cuenta con las facultades suficientes y necesarias que les permiten suscribir el presente Primer Convenio Modificatorio al "CONVENIO ESPECÍFICO" y quien es asistido técnicamente por el Coronel Ingeniero Constructor Vicente Dávila Hilario, en su carácter de Jefe de la Sección de Planeación de la Dirección General de Ingenieros y por el Capitán Primero Ingeniero Constructor Antonio Castro Rosado, en su calidad de Ingeniero Residente de "EL PROYECTO".
II.4. Para efectos de este instrumento jurídico, señala como domicilio el ubicado en Avenida Industria Militar 1111, Campo Militar No. 1-D, "Gral. Div. José Emilio Salinas Balmaceda", Colonia Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez; Estado de México, Código Postal 53870, con Registro Federal de Contribuyentes SDN8501014D2, domicilio que señala para todos los fines y efectos legales del presente "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO".
III. DECLARAN "LAS PARTES" A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento jurídico.
III.2 Acuerdan la celebración del presente convenio modificatorio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. "LAS PARTES" acuerdan modificar las siguientes CLÁUSULAS del "CONVENIO ESPECÍFICO": Cláusula "PRIMERA. OBJETO"; Párrafo Primero y Segundo de la Cláusula "SEGUNDA. ENTREGA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS"; las Cláusulas "CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SICT" " y "QUINTA. COMPROMISOS DE "LA DEFENSA", así como el ANEXO ÚNICO.
SEGUNDA. La "CLÁUSULA PRIMERA" que se modifica del "CONVENIO ESPECÍFICO", denominada OBJETO", dice:
"El presente Convenio, tiene por objeto coordinar esfuerzos y acciones, así como establecer la forma y términos para que "LA DEFENSA" lleve a cabo la ejecución de obras específicas para la construcción e implementación, la mejora del sistema de alumbrado público, desarrollo de infraestructura social y la creación de murales urbanos, identificadas como "EL PROYECTO", de conformidad a las especificaciones contenidas en el Anexo Único, que firmado por "LAS PARTES" forma parte integrante del presente instrumento jurídico."
Para quedar redactada en los términos siguientes:
"El presente Convenio tiene por objeto coordinar esfuerzos y acciones, así como establecer la forma y términos para que "LA DEFENSA" lleve a cabo la ejecución de obras específicas para la construcción e implementación, que comprenden la rehabilitación y mejora del sistema de alumbrado público, así como demás acciones inherentes al desarrollo de infraestructura urbana, incluyendo la adquisición de materiales para la elaboración de los murales urbanos y el pago correspondiente a su realización.
Por su parte, "LA SICT" será responsable de la coordinación institucional y gestión administrativa necesaria para la ejecución del proyecto, particularmente en lo relativo a la obtención de licencias, permisos, derechos de vía y demás autorizaciones, así como la coordinación con las autoridades locales y los artistas que realicen los murales, a efecto de asegurar su adecuada ejecución y entrega.
Las obras y acciones que integran "EL PROYECTO" se describen en el Anexo Único y su Modificatorio, que firmados por "LAS PARTES" forman parte integrante del presente instrumento jurídico."
TERCERA. Los Párrafos Primero y Segundo de la "CLÁUSULA SEGUNDA" que se modifica del "CONVENIO ESPECÍFICO", denominada ENTREGA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS", a la letra dice:
"Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico de Coordinación de Acciones identificadas como "EL PROYECTO", "LA SICT", destinará del Presupuesto de Egresos de la Federación, recursos para el ejercicio fiscal 2025, por un monto de $50,000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.), que serán entregados a "LA DEFENSA" a fin de que esta última tenga la capacidad de cumplir con el objeto del presente instrumento.
Los alcances, actividades, detalles de los trabajos para la implementación del "EL PROYECTO" Senderos Seguros, montos, calendarización de ejecución de la obra, así como la erogación de los recursos entregados se describen en el Anexo Único.
Para quedar redactada en los términos siguientes:
"Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico de Coordinación de Acciones identificadas como "EL PROYECTO", "LA SICT", destinará del Presupuesto de Egresos de la Federación, recursos para el ejercicio fiscal 2025, por un monto de $100,000,000.00 (cien millones de pesos 00/100 M.N.), que serán entregados a "LA DEFENSA" a fin de que esta última tenga la capacidad de cumplir con el objeto del presente instrumento."
Los lineamientos para la implementación de "EL PROYECTO" Senderos Seguros, resumen de presupuesto por parte de "LA DEFENSA", costos paramétricos del presupuesto, cálculo de costos indirectos y catálogo de conceptos de obra y presupuestos, se describen en el Anexo Único y sus Modificatorios.
CUARTA. La CLÁUSULA CUARTA, que se modifica del "CONVENIO ESPECÍFICO", denominada COMPROMISOS DE "LA SICT", dice:
"CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SICT".
Para la ejecución del objeto del presente instrumento jurídico, "LA SICT" se compromete a:
a) Gestionar y realizar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los trámites tendientes a transferir los recursos presupuestales establecidos en la cláusula SEGUNDA;
b) Coadyuvar con el Estado y Municipio para la obtención de las licencias, permisos, derechos de vía y autorizaciones necesarias ante las autoridades correspondientes para la ejecución del proyecto, incluyendo las relacionadas a la materia ambiental, mismas que deberán ser entregadas a "LA DEFENSA", previo inicio de los trabajos para poder llevar a cabo su ejecución.
c) Coadyuvar con el Estado y Municipio para la atención de cualquier conflicto social que surja relacionado con las obras; en el caso de que, con motivo de la ejecución de "EL PROYECTO" objeto del presente Convenio Específico de Coordinación, se presentase una reclamación de terceros o particulares por posibles afectaciones.
a) Entregar a la "DEFENSA" el proyecto ejecutivo validado y los recursos presupuestarios que autoricen, establecidos en la cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico.
b) Recibir de "LA DEFENSA", los informes mensuales del avance físico de ejecución del proyecto,
c) Recibir de "LA DEFENSA" el informe final, planos AS-BUILT de "EL PROYECTO".
d) Recibir las obras una vez concluidas y de manera inmediata entregar las referidas obras al municipio para su respectivo mantenimiento y conservación.
e) Realizar las demás que se requieran y acuerden "LAS PARTES"."
Para quedar redactada en los términos siguientes:
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SICT".
Para la ejecución del objeto del presente instrumento jurídico y sus modificatorios, "LA SICT" se compromete a:
a) Gestionar y realizar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los trámites tendientes a transferir los recursos presupuestales establecidos en la cláusula SEGUNDA;
b) Coadyuvar con el Estado y Municipio para la obtención de las licencias, permisos, derechos de vía y autorizaciones necesarias ante las autoridades correspondientes para la ejecución del proyecto, incluyendo las relacionadas a la materia ambiental, mismas que deberán ser entregadas a "LA DEFENSA", previo inicio de los trabajos para poder llevar a cabo su ejecución;
c) Coadyuvar con el Estado y Municipio para la atención de cualquier conflicto social que surja relacionado con las obras; en el caso de que, con motivo de la ejecución de "EL PROYECTO" objeto del presente Convenio Específico de Coordinación, se presentase una reclamación de terceros o particulares por posibles afectaciones;
d) Entregar a la "DEFENSA" el proyecto ejecutivo validado y los recursos presupuestarios que autoricen, establecidos en la cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico;
e) Recibir de "LA DEFENSA", los informes mensuales del avance físico de ejecución del proyecto;
f) Recibir de "LA DEFENSA" el informe final, planos AS-BUILT de "EL PROYECTO";
g) Recibir las obras una vez concluidas y de manera inmediata entregar las referidas obras al municipio para su respectivo mantenimiento y conservación;
h) Coordinar las acciones relacionadas con la ejecución de los murales urbanos, incluyendo la gestión administrativa y de vinculación con las autoridades y artistas correspondientes, a fin de asegurar su adecuada realización y entrega, conforme a las especificaciones contenidas en el Anexo Único y sus Modificatorios, supervisando el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto, en el ámbito de su competencia, sin intervenir en la ejecución material de las obras de infraestructura, las cuales estarán a cargo de "LA DEFENSA";
i) Realizar las demás que se requieran y acuerden "LAS PARTES".
QUINTA. La CLÁUSULA QUINTA, que se modifica del "CONVENIO ESPECÍFICO", denominada COMPROMISOS DE "LA DEFENSA", dice:
"Para lograr el cumplimiento del objeto de este Convenio Específico de Coordinación de Acciones, "LA DEFENSA", se compromete a lo siguiente:
a) Coadyuvar con "LA SICT" en los trámites y gestiones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la transferencia de los recursos destinados al cumplimiento del objeto materia del presente instrumento.
b) Aplicar con oportunidad los recursos presupuestarios que se le entreguen, para la ejecución de "EL PROYECTO", en los términos establecidos en el presente Convenio Específico de Coordinación de Acciones y su Anexo Único.
c) Administrar y aplicar los recursos presupuestarios que le entregue "LA SICT" en un marco de transparencia y rendición de cuentas, en los términos de la normativa aplicable y ante las instancias fiscalizadoras que así lo requieran.
d) Entregar mensualmente a "LA SICT", la relación detallada de las erogaciones del gasto y los reportes de avance financiero elaborados por la instancia ejecutora y validada por "LA DEFENSA", de conformidad con lo detallado en el apartado de avance financiero del Anexo Único.
e) Entregar mensualmente a "LA SICT", los reportes de avance físico de ejecución del proyecto, en su primera etapa, de conformidad con lo detallado en el apartado de avance físico que forma parte del Anexo Único.
f) Entregar a "LA SICT", un informe final y planos AS-BUILT, respecto de la conclusión de los trabajos, para efectos de revisión o auditoria que le sea practicada.
g) Entregar a entera satisfacción de "LA SICT" las obras relacionadas con "EL PROYECTO" una vez concluidas."
Para quedar redactada en los términos siguientes:
Para lograr el cumplimiento del objeto de este Convenio Específico y sus Modificatorios, "LA DEFENSA", se compromete a lo siguiente:
a) Coadyuvar con "LA SICT" en los trámites y gestiones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la transferencia de los recursos destinados al cumplimiento del objeto materia del presente instrumento;
b) Aplicar con oportunidad los recursos presupuestarios que se le entreguen, para la ejecución de "EL PROYECTO", en los términos establecidos en el presente Convenio Específico de Coordinación de Acciones y su Anexo Único Modificado;
c) Administrar y aplicar los recursos presupuestarios que le entregue "LA SICT" en un marco de transparencia y rendición de cuentas, en los términos de la normativa aplicable y ante las instancias fiscalizadoras que así lo requieran;
d) Entregar mensualmente a "LA SICT", la relación detallada de las erogaciones del gasto y los reportes de avance financiero elaborados por la instancia ejecutora y validada por "LA DEFENSA", de conformidad con lo detallado en el apartado de avance financiero del Anexo Único Modificado;
e) Entregar mensualmente a "LA SICT", los reportes de avance físico de ejecución del proyecto, en su primera etapa, de conformidad con lo detallado en el apartado de avance físico que forma parte del Anexo Único Modificado;
f) Entregar a "LA SICT", un informe final y planos AS-BUILT, respecto de la conclusión de los trabajos, para efectos de revisión o auditoria que le sea practicada;
g) Llevar a cabo la ejecución material de las obras que integran la infraestructura urbana de "EL PROYECTO", que comprenden, entre otras la construcción, rehabilitación y mejora del sistema de alumbrado público, así como las demás acciones inherentes a la obra civil; y efectuará el pago de la realización de los murales, en los términos y especificaciones del Anexo Único y sus Modificatorios, sin perjuicio de la coordinación con las autoridades y los artistas que para su ejecución corresponda a "LA SICT";
h) Entregar a entera satisfacción de "LA SICT" las obras relacionadas con "EL PROYECTO" una vez concluidas.
SEXTA. RATIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL "CONVENIO ESPECÍFICO".
"LAS PARTES" acuerdan que los términos establecidos en el "CONVENIO ESPECÍFICO" permanecen vigentes formando una sola Unidad con el "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO", salvo las modificaciones contenidas en las Cláusulas: "PRIMERA. OBJETO"; Párrafo Primero y Segundo de la Cláusula "SEGUNDA. ENTREGA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS"; las Cláusulas "CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SICT" y "QUINTA. COMPROMISOS DE "LA DEFENSA", así como del ANEXO ÚNICO del presente instrumento jurídico.
SÉPTIMA. ENTRADA EN VIGOR DEL CONVENIO MODIFICATORIO.
"LAS PARTES" convienen que las modificaciones efectuadas al "CONVENIO ESPECÍFICO", pactadas en el presente "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO", entrarán en vigor a partir de la fecha de firma.
OCTAVA. CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN.
"LAS PARTES" convienen que están de acuerdo en el alcance y contenido de todos y cada uno de los antecedentes, declaraciones y cláusulas señalados en este instrumento jurídico y que en su formalización no ha mediado error, dolo, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez.
NOVENA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS.
"LAS PARTES" convienen que en caso de duda o controversia en la interpretación y cumplimiento de este "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO" y para la resolución de los conflictos que pudieran presentarse respecto de su operación o formalización, será resuelto de buena fe y de común acuerdo por "LAS PARTES".
Leído el presente Primer Convenio Modificatorio y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo suscriben en 4 tantos originales signados al margen y al calce, en la Ciudad de México el 12 de noviembre de 2025, conservando cada una de ellas, 2 tantos del presente instrumento jurídico.- Por la SICT: Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes, Arquitecta Tania Carro Toledo.- Rúbrica.- Asiste: Director Ejecutivo en Proyectos Estratégicos, Arq. Miguel Alejandro Flores Álvarez.- Rúbrica.- Por la Defensa: Director General de Ingenieros, Gral. Bgda. E.M. José Manuel Ramírez Martínez.- Rúbrica.- Asistentes: Jefe Secc. Plan. Dir. Gral. Ings, Cor. I.C. Vicente Dávila Hilario.- Rúbrica.- Ingeniero Residente de Obra, Cap. 1/o. I.C. Antonio Castro Rosado.- Rúbrica.