Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
PARA EMPLAZAR A:
HILARIO ÁVILA MEJÍA
En los autos del expediente 8412/2024-II, que se tramita ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México; Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), le demanda en la vía ordinaria civil las siguientes prestaciones:
"A) La rescisión del CONVENIO de fecha 7 (SIETE) DE MARZO DE 2016, CELEBRADO ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE "CONADE", en su carácter de FIDEICOMITENTE DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA EL DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO" (FODEPAR) y el C. HILARIO ÁVILA MEJÍA, por incumplir la Cláusula QUINTA, del Convenio referido, y por los motivos que se indican en el Capítulo de Hechos. (ANEXO 2).
B) Como consecuencia de lo anterior, la devolución en los términos pactados en la cláusula PRIMERA del CONVENIO base de la acción, por la cantidad de $297,475.17 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 17/100 M.N.) cantidad que fue NO fue comprobada por el hoy demandado, y que se entregó para que lograra su máximo esfuerzo y en su caso su mejor actuación en los eventos nacionales e internacionales en los que participaría.
C) El pago de gastos y costas que se originen del presente juicio."
La demanda fue admitida a trámite por auto de siete de agosto de dos mil veinticuatro, ordenando correrle traslado y emplazarlo a juicio para que en nueve días, formulara su contestación y designara lugar para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibido que de no hacerlo, se le tendría por confeso de los hechos de la demanda si el emplazamiento se entendía personalmente, y de no ser así, se tendría por contestada la demanda en sentido negativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Por auto de nueve de enero de dos mil veintiséis, a petición de la parte actora, se ordenó emplazarlo por edictos, que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá constituirse ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, sito en el Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro, ubicado en avenida Eduardo Molina número dos (2), esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, en esta ciudad de México, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, para dar contestación a la demanda incoada en su contra, así como para señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, apercibido que de no hacerlo se seguirá el juicio en su rebeldía y de igual manera, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal le surtirán por medio de rotulón de conformidad con lo dispuesto por los artículos 305 y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, hasta en tanto señale domicilio para tales efectos. Quedando la respectiva copia de traslado en la secretaría de este juzgado a su inmediata disposición.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar.
Ciudad de México, 15 de enero de 2026.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Nexmi Araceli Trad Becerra
Rúbrica.
(R.- 572899)