ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Cultura.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- CULTURA.- Secretaría de Cultura.

CLAUDIA STELLA CURIEL DE ICAZA, Secretaria de Cultura, con fundamento en los artículos 14, 16, 17, 26 fracción XIX y 41 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 2, 5, fracciones XXI y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece, entre otros, que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, a las subsecretarías y a las otras unidades de nivel administrativo equivalente que se precisen en el mismo ordenamiento en cuyo caso deberá publicarse mediante Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación;
Que el 22 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, el cual abroga el Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2016 y establece la organización y funcionamiento de la Secretaría, así como determinar la competencia, estructura y atribuciones de sus unidades administrativas
Que el artículo 5 fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura dispone que, es facultad indelegable de la persona titular de esta Dependencia, aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría, así como adscribir las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de dicha Secretaría.
Que a fin de armonizar la organización de su estructura orgánica de esta Secretaría de Cultura he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARÍA DE CULTURA
Artículo Único.- Se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos desconcentrados de la Secretaría de Cultura que se mencionan, en la forma siguiente:
I. A la persona Titular de la Secretaría.
A. Unidades Administrativas:
1. Unidad de Asuntos Jurídicos.
2. Unidad de Culturas Vivas, Patrimonio Inmaterial e Interculturalidad.
B. Órganos Administrativos Desconcentrados:
1. Instituto Nacional de Antropología e Historia.
2. Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
3. Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México.
4. Instituto Nacional del Derecho de Autor.
5. Radio Educación.
II. A la persona Titular de la Subsecretaría de Desarrollo Cultural.
1. Dirección General de Bibliotecas.
2. Dirección General de Sistema de Apoyos a la Creación y Proyectos Culturales.
3. Dirección General de Circuitos y Festivales.
4. Dirección General de Vinculación Cultural.
5. Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural.
III. A la persona Titular de la Unidad de Culturas Vivas, Patrimonio Inmaterial e Interculturalidad.
1. Dirección General de Acción Territorial y Promoción Comunitaria.
2. Dirección General Técnica y de Investigación de las Culturas Populares.
IV. A la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas.
1. Coordinación de Presupuesto y Recursos Financieros.
2. Coordinación de Recursos Humanos.
3. Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales.
4. Coordinación de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El presente acuerdo abroga el Acuerdo por el que adscriben orgánicamente las unidades y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Cultura publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2017.
Ciudad de México a 09 de febrero de 2026.- La Secretaria de Cultura, Claudia Stella Curiel de Icaza.- Rúbrica.