CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, la suspensión definitiva de la publicación y registro de la inhabilitación impuesta en la resolución de ocho de julio de dos mil veinticinco, en cumplimiento a la resolución de suspensión definitiva de veintinueve de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Magistrado Instructor de la Séptima Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en la carpeta de suspensión del expediente 15521/25-17-07-6, en el juicio de nulidad interpuesto por la empresa Avacor, S.A de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Subsecretaría de Buen Gobierno.- Unidad de Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Número de expediente: SAN/017/2024.
CIRCULAR No. 8/2026
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LA PUBLICACIÓN Y REGISTRO DE LA INHABILITACIÓN IMPUESTA EN LA RESOLUCIÓN DE OCHO DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO, EN CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN DE SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE VEINTINUEVE DE ENERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, DICTADA POR EL MAGISTRADO INSTRUCTOR DE LA SÉPTIMA SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, EN LA CARPETA DE SUSPENSIÓN DEL EXPEDIENTE 15521/25-17-07-6, EN EL JUICIO DE NULIDAD INTERPUESTO POR LA EMPRESA AVACOR, S.A DE C.V.
A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Por resolución de suspensión definitiva de veintinueve de enero de dos mil veintiséis, el Magistrado Instructor de la Séptima Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en la carpeta de suspensión del expediente 15521/25-17-07-6, concedió la suspensión definitiva de la publicación y registro de la sanción impuesta a la empresa AVACOR, S.A DE C.V., consistente en inhabilitación temporal de treinta meses para participar por si o a través de interpósita persona, en algún procedimiento de contratación o celebrar contratos.
En ese sentido, se precisa que la publicación y registro de la inhabilitación dictada en el expediente administrativo de sanción con número SAN/017/2024, a la empresa AVACOR, S.A DE C.V., con motivo de la referida resolución de suspensión definitiva de veintinueve de enero de dos mil veintiséis, se suspende definitivamente, al tenor siguiente:
"[...] SE OTORGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA para el efecto de que la autoridad demandada ordene la eliminación de la publicación efectuada el 16 de julio de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, relativa a la Circular 24/2025 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas y/o celebrar contratos con la empresa Avacor, S.A. de C.V.; o bien, en caso de que exista una imposibilidad material debidamente acreditada, ordene la publicación de una comunicación oficial mediante la cual se haga del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las entidades federativas, los municipios, los entes públicos de unas y otros, así como de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la actora impugnó la resolución de 08 de julio de 2025, dictada dentro del expediente SAN/017/2024, por la Directora General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, en la que resolvió el procedimiento de sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas, determinando imponer al actor una sanción económica por la cantidad de $1'682,835.00 e inhabilitación temporal de 30 meses para participar por si o a través de interpósita persona, en algún procedimiento de contratación o celebrar contratos y, que se le ha otorgado la medida cautelar solicitada respecto a su publicación a fin de evitar afectaciones a la esfera jurídica de la parte actora.
Aunado a lo anterior, deberá abstenerse de realizar cualquier registro de la resolución de fecha 08 de julio de 2025, dictada dentro del expediente SAN/017/2024, en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados de la Secretaría de la Función Pública y en COMPRANET, hasta en tanto este Órgano Jurisdiccional resuelva sobre la legalidad o ilegalidad del acto impugnado en el juicio en que se actúa y la misma quede firme."
(Énfasis añadido)
En virtud de lo anterior, considerando que en términos de lo dispuesto en el artículo 7o. Bis, fracción II, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, debe garantizarse la autenticidad, integridad e inalterabilidad del Diario Oficial de la Federación que se publique en su dirección electrónica; es jurídicamente imposible eliminar una publicación de éste.
Por tanto, en cumplimiento a la resolución de suspensión definitiva de veintinueve de enero de dos mil veintiséis que se ha referido, se hace del conocimiento la suspensión definitiva únicamente de la publicación y registro de la inhabilitación dictada en el expediente administrativo de sanción con número SAN/017/2024, a la empresa AVACOR, S.A DE C.V., en los términos precisados en la resolución de mérito.
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2026.- Directora General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Mtra. María Guadalupe Vargas Álvarez.- Rúbrica.