PUBLICACIÓN de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica "Miel de Abeja Melipona del Corredor de la Zona Maya de Quintana Roo".
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
PUBLICACIÓN DE DATOS RELACIONADOS CON LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN A LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA "MIEL DE ABEJA MELIPONA DEL CORREDOR DE LA ZONA MAYA DE QUINTANA ROO"
I.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de los datos a que se refiere el citado artículo 281 respecto de la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica "Miel de Abeja Melipona del Corredor de la Zona Maya de Quintana Roo", presentada por la Licenciada María Cristina Torres Gómez, en su calidad de Secretaria de Gobierno del Estado de Quintana Roo, mediante escrito recibido en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial el 18 de diciembre de 2024, así como los escritos subsecuentes de 06 de junio de 2025, 25 de julio de 2025, 19 de septiembre de 2025 y 16 de enero de 2026 en los siguientes términos:
1.- Nombre del solicitante.
Secretaría de Gobierno del Estado de Quintana Roo, representada por la Licenciada María Cristina Torres Gómez.
2.- Nombre de la Indicación Geográfica.
Miel de Abeja Melipona del Corredor de la Zona Maya de Quintana Roo.
3.- Descripción del producto o productos que ésta abarca.
La "Miel de Abeja Melipona del Corredor de la Zona Maya de Quintana Roo" es un producto natural elaborado por abejas sin aguijón (principalmente Melipona beecheii, conocida localmente como xunán kab, "señora abeja"), que habitan y se manejan tradicionalmente en comunidades mayas del centro-sur de Quintana Roo.
Se trata de una miel de alta complejidad biológica y cultural, obtenida a partir del néctar y otras secreciones vegetales de la flora regional, transformadas por las abejas sin aguijón (principalmente Melipona beecheii) mediante procesos enzimáticos y de maduración dentro de su nido.
4.- El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración de productos a proteger, la delimitación de la zona geográfica.
Actualmente, en Quintana Roo se localizan meliponicultores que practican la crianza de Melipona beecheii en el corredor de la zona maya de Quintana Roo, que abarca principalmente los municipios de Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos y Tulum.
José María Morelos: El municipio de José María Morelos se encuentra en la región centro-occidente del estado de Quintana Roo, en el interior del mismo.
Limita con los siguientes municipios: al este con Felipe Carrillo Puerto, al sur con Bacalar, al oeste con Calakmul y Hopelchén, en Campeche y al noroeste con Tekax, Tzucacab y Peto, en Yucatán
Entre los paralelos 19°13' y 20°12' de latitud norte; los meridianos 88°23' y 89°18' de longitud oeste; altitud entre 100 y 200 m.
Felipe Carrillo Puerto: Según datos del INEGI, la ubicación geográfica de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, es la siguiente: latitud norte entre 19°03' y 20°25', longitud oeste entre 87°25' y 88°43' y altitud entre 0 y 100 m.
Felipe Carrillo Puerto es una ciudad en el centro del estado de Quintana Roo, en la zona maya. Limita al norte con el estado de Yucatán y el municipio de Tulum, al este con el municipio de Tulum y el Mar Caribe, al sur con el Mar Caribe y el municipio de Othón P. Blanco, y al oeste con los municipios de Othón P. Blanco y José María Morelos.
Entre los paralelos 19°03' y 20°25' de latitud norte; los meridianos 87°25' y 88°43' de longitud oeste; altitud entre 0 y 100 m.
Tulum: Tulum es un municipio del estado de Quintana Roo, en el sureste de México. Se encuentra en la Riviera Maya, en el extremo sur de la zona, y limita al este con el Mar Caribe y al oeste con la Zona Interestatal de Quintana Roo, Yucatán.
De acuerdo con el INEGI, las coordenadas de Tulum son: O 87° 18 10" - O 87° 59 42" y N 20° 30 58" - N 19° 46 38".
Tulum es un destino turístico internacional y está dividido en tres zonas: la zona arqueológica, el centro, y la zona hotelera. La Zona Arqueológica de Tulum es una de las más populares de México.
Entre los paralelos 19°46' y 20°31' de latitud norte; los meridianos 87°18' y 88°00' de longitud oeste; altitud entre 0 y 100 m.
5.- El domicilio en el que se encontrará abierto para consulta pública el expediente de la solicitud de declaración y en el que se recibirán los documentos relacionados con la misma.
El expediente se encuentra disponible para su consulta en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan, Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, con un horario de atención al público de 9:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes y en el mismo domicilio e idéntico horario, se recibirán los documentos relacionados con la solicitud a que se refiere la presente publicación.
II. La presente publicación no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud presentada y se efectúa para que cualquier tercero que justifique su interés, presente su oposición por escrito a ésta y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo establecido en los artículos 271 y 275 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, acompañando las pruebas respectivas, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente, dentro de un plazo improrrogable de dos meses, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 282 de la Ley en cita.
El presente se signa con fundamento en los artículos 1., 2., fracción I; 4.; 5., fracción I; 6.; 8. y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o., fracción II; 4o.; 5o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico.
Ciudad de México, a 21 de enero de 2026.- El Director General, Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica.
(R.- 572653)