Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTOS
Al margen de un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, siete de enero de dos mil veintiséis.
En los autos del juicio de amparo número 1120/2025-VI, promovido por OPERADORA Y ADMINISTRADORA SW, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderada LAURA ELENA GARCÍA GONZÁLEZ, contra actos del JUEZ DECIMO SEXTO DE LO CIVIL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO, por auto de veintisiete de octubre de dos mil veinticinco, se señaló como tercero interesado a ENRIQUE AGUAYO DE ALBA, con fecha once de diciembre de dos mil veinticinco, se dictó un auto por el que se ordena emplazar al tercero interesado ENRIQUE AGUAYO DE ALBA, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el diario oficial de la federación, y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, a fin de que comparezca a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días, contados a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando en esta secretaria a su disposición, copia simple de la demanda de garantías y demás anexos exhibidos, apercibida que de no apersonarse al presente juicio, las ulteriores notificaciones se harán en términos de lo dispuesto artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, se señalaron las doce horas con treinta minutos del veinte de febrero de dos mil veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. En acatamiento al auto de mérito, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de garantías, en la que la parte quejosa precisa como acto reclamado: "El auto de fecha 29 DE AGOSTO DE 2025, notificado a mi representada con fecha 06 del mes de octubre en curso, en el que erróneamente se determina la radicación y admisión de la vía de apremio, promovida por la parte tercera interesada".
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. José Luis López Tlatenco
Rúbrica.
(R.- 572203)