ACUERDO por el que se dan a conocer los días inhábiles y la suspensión de labores del año 2026 y principios del 2027 en la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL AÑO 2026 Y PRINCIPIOS DEL 2027 EN LA SECRETARÍA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.
ROSAURA RUIZ GUTIÉRREZ, Secretaria de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, con fundamento en los artículos 2, 12, 26, fracción XV y 38 Bis, así como el Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2024; 4 y 28 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; así como el artículo 7, fracción III, del Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2025, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES
DEL AÑO 2026 Y PRINCIPIOS DEL 2027 EN LA SECRETARÍA DE CIENCIA, HUMANIDADES,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Primero. Se consideran días hábiles todos los días del año, salvo los sábados y domingos, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes y aquellos en los que se suspendan labores en la Secretaría.
Segundo. Se suspenden las labores en la Secretaría, los siguientes días:
2026
| Febrero | Lunes 2 |
| Marzo | Lunes 16 |
| Abril | Jueves 2 y Viernes 3 |
| Mayo | Viernes 1 y Martes 5 |
| Septiembre | Miércoles 16 |
| Noviembre | Lunes 2 y lunes 16 |
| Diciembre | Viernes 25 |
2027
Con motivo del periodo vacacional generalizado del 21 al 31 de diciembre del 2026 así como el 4 y 5 de enero del 2027.
Tercero. Se consideran como días inhábiles, para todos los efectos legales, los comprendidos en los Artículo Segundo del presente Acuerdo, razón por la cual no correrán en ellos los plazos y términos que establecen las disposiciones jurídicas aplicables, para las actividades, trámites, procesos, procedimientos y, en general, cualquier acto de la Secretaría, así como de sus unidades administrativas.
Cuarto. Se habilita de las 9:00 a las 18:00 horas de los días 20 al 31 de julio de 2026 y del 21 al 31 de diciembre de 2026, así como el 04 de enero de 2027, para que las correspondientes unidades administrativas de la Secretaría lleven a cabo procedimientos en materia de recursos humanos, materiales, financieros y presupuestales.
Quinto. Los titulares de las unidades administrativas de la Secretaría, o quien legalmente los supla, en el ámbito de su competencia podrán de manera fundada y motivada habilitar los días inhábiles a que se refieren los Artículos Segundo y Tercero del presente Acuerdo cuando así lo requiera el asunto en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo las disposiciones jurídicas aplicables.
TRANSITORIOS
ÚNICO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 29 de enero de 2026.- Secretaria de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, Dra. Rosaura Ruiz Gutiérrez.- Rúbrica.