Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN
El dos de enero de dos mil veintiséis, en el expediente administrativo número DGSP/DELC/PAS/062/2025, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada CARHU CORPORACIÓN DE SEGURIDAD PRIVADA, S.C., con número de Registro Federal Permanente DGSP/033-22/4137 y domicilio ubicado en CIRCUITO DE CIRCUNVALACION NUM. 146, INT. 302, COL. CIUDAD SATELITE, C.P. 53100, NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO, las siguientes sanciones:
1) AMONESTACIÓN con difusión pública en la pág. de internet de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, prevista en el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Seguridad Privada y 60 fracción I de su Reglamento y 2) MULTA de mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), prevista en el artículo 42 fracción II de la Ley Federal de seguridad Privada, vigentes en el año de la comisión de la infracción (2025), consistente en $ 113.14 (ciento trece pesos 14/100 M.N.), dando un total de $ 113,140 (ciento trece mil ciento cuarenta pesos 00/100 M.N.), de conformidad con lo establecido en la Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización y el artículo 42 fracciones I y II de la Ley Federal de Seguridad Privada. Lo anterior; toda vez que omitió informar la baja de siete operativos, en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública; la credencial laboral de un administrativo, carecía de domicilio y teléfono del Prestador de Servicios, clave única de registro de población y vigencia; omitió acreditar que el personal operativo de la prestadora de servicios utiliza en horarios laborales la cédula de identificación personal; omitió exhibir la constancia de habilidades DC-3 de un operativo, para acreditar su capacitación; de conformidad con los artículos 5, fracciones IV y VI; 12 fracción X, 13, 28, fracción IV, 29, 30, 32 fracciones III XX y XXV, de la Ley Federal de Seguridad Privada y artículos, 2, fracción I, 19 fracción VI, 32, último párrafo, 27 fracción VII y 42 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Ciudad de México, a quince de enero de dos mil veintiséis.
Director General de Seguridad Privada
Enrique Martínez Garza
Rúbrica.
(R.- 572538)