MANUAL de Organización General de la Secretaría de Turismo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Turismo.- Secretaría de Turismo.
JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMORA, Titular de la Secretaría de Turismo, con fundamento en los artículos 19, 26, fracción XX y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 7, fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, he tenido a bien expedir el siguiente:
MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA SECRETARÍA DE TURISMO
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
MISIÓN Y VISIÓN
I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
II. MARCO JURÍDICO
III. ATRIBUCIONES
IV. ORGANIGRAMA
V. ESTRUCTURA ORGÁNICA
VI. OBJETIVO Y FUNCIONES
1. Titular de la Secretaría
1.0.1 Dirección General de Asuntos Jurídicos
1.1 Subsecretaría de Turismo
1.1.1 Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales
1.1.2 Dirección General de Inversión Turística
1.1.3 Dirección General Certificación Turística
1.1.4 Dirección General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico
1.1.5 Dirección General de Normalización y Verificación
1.1.6 Dirección General de Servicios al Turista Ángeles Verdes
1.2 Unidad de Innovación Sustentabilidad y Profesionalización Turística
1.2.1 Dirección General de Innovación del Producto Turístico
1.2.2 Dirección General de Gestión Social de Destinos
1.2.3 Dirección General de Sustentabilidad Turística
1.2.4 Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística
1.3. Unidad de Información y Política Turística
1.3.1 Dirección General de Planeación
1.3.2 Dirección General de Integración de Información Sectorial
1.3.3 Dirección General de Seguimiento y Evaluación
1.3.4 Dirección General de Política Turística
1.4 Unidad de Administración y Finanzas
1.4.1 Dirección General de Administración
1.4.2 Dirección General de Programación y Presupuesto
1.4.3 Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación
INTRODUCCIÓN
La Secretaría de Turismo (SECTUR), en cumplimiento en lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 7 fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, formula el presente Manual de Organización General con el propósito de actualizar y abrogar el similar publicado en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.) el 5 de agosto del 2014.
El 17 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Turismo, en la cual se definen las facultades de la Secretaría de Turismo (SECTUR), así como los mecanismos de coordinación y participación conjunta con las autoridades estatales y municipales en materia turística. Asimismo, se establece la colaboración con otras dependencias de la Administración Pública Federal. Esta nueva normativa hizo evidente la necesidad de emprender una reestructuración organizacional dentro de la SECTUR, con el fin de adaptar su estructura interna a las nuevas atribuciones conferidas y responder de manera eficaz a las demandas del turismo tanto nacional como internacional.
Por lo anterior, 16 de diciembre de 2021, se publicó el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024.
Derivado de lo anterior, se requirió la actualización del presente Manual de Organización General, mismo que contiene la información actualizada en lo referente a los antecedentes históricos más relevantes de la Secretaría, su marco jurídico, atribuciones, organigrama, así como el objetivo y funciones de cada una de las unidades administrativas y entidades que la integran, de acuerdo a su estructura orgánica básica.
El presente instrumento administrativo, cuya integración estuvo a cargo de la Unidad de Administración y Finanzas, por conducto de la Dirección General de Administración, se expide con el propósito de servir como documento de referencia y consulta para orientar a los servidores públicos de la Secretaría, a los de otras dependencias y entidades y a los particulares interesados, respecto de la organización y funcionamiento general de la SECTUR.
MISIÓN
Conducir el diseño e implementación de políticas públicas orientadas a fortalecer el desarrollo de la actividad turística, promover la innovación en el sector, mejorar la calidad de los servicios turísticos y la competitividad del turismo nacional, impulsando estrategias transversales que articulen acciones gubernamentales, del sector privado y social, contribuyendo al crecimiento sustentable e incluyente del turismo.
VISIÓN
México se posicionará como una potencia turística a nivel global, con una oferta diversificada de servicios y destinos competitivos. La actividad turística detonará la inversión y el crecimiento económico, impulsando el desarrollo regional equilibrado y los beneficios sociales del país.
I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Los principales acontecimientos que dieron origen a la actual SECTUR, se presentan de acuerdo a la siguiente cronología:
1928
El Gobierno de México creó la Comisión Mixta Pro-Turismo, dependiente de la Secretaría de Gobernación, siendo su función principal realizar estudios y proyectos que fomentaran el incremento de corrientes de visitantes extranjeros al país.
1929
Para fortalecer los esfuerzos oficiales en la materia, se requirió la participación de las empresas privadas, integrándose éstas, el 6 de julio a la Comisión Mixta Pro-Turismo.
1930
Debido a la importancia que adquirió la actividad turística en México, se constituyó la Comisión Nacional de Turismo, publicándose en el D.O.F., el 7 de febrero su Ley Orgánica, en ella le conferían las atribuciones que hasta entonces tenía asignadas la Comisión Mixta Pro-Turismo, estableciéndose, además, mecanismos de coordinación con las comisiones de los estados.
1933
Se creó el Departamento de Turismo, dependiente de la Secretaría de Economía Nacional, al que se le facultó para tratar asuntos relacionados con la actividad turística, involucrándose también a empresas particulares.
En el Acuerdo publicado el 27 de marzo, se establecieron funciones para la Comisión y dos organismos nuevos; el Comité Oficial y el Patronato de Turismo. La Comisión recabaría y coordinaría información concerniente al turismo, para proponer las medidas necesarias para su desarrollo; el Comité Oficial realizaría los estudios relacionados con la problemática del turismo; y el Patronato la tarea de decidir sobre las medidas que deberían adoptarse al respecto.
1934
Por decreto publicado en el D.O.F. el 18 de mayo, desaparecieron los órganos que hasta esa fecha tenían encomendadas funciones relacionadas con la actividad turística del país, correspondiéndole nuevamente a la Comisión Nacional de Turismo responsabilizarse de orientar, regular y coordinar todo lo referente al turismo. Esta Comisión se integró por un Comité Ejecutivo, un Consejo Patrocinador y un Consejo Consultivo, que involucró en su estructura tanto al sector público como a la iniciativa privada.
1936
Las funciones de la Comisión Nacional de Turismo, las absorbió la Secretaría de Gobernación, a través de su Dirección General de Población, publicándose en el D.O.F. el 29 de agosto, la Ley correspondiente.
1937
El 21 de mayo, se publicó el Reglamento de la Ley General de Población, dándose a conocer la creación de un Departamento de Turismo, zonificándose el país en quince regiones de interés turístico.
1939
Por Acuerdo presidencial del 21 de diciembre, se fundó el Consejo Nacional de Turismo, integrado por el patronato oficial, la Comisión Nacional de Turismo y las Comisiones Locales de Turismo, tanto en el ámbito estatal como municipal.
1947
De nueva cuenta, el 27 de diciembre, se conformó la Comisión Nacional de Turismo, integrada por un Consejo Nacional y un Comité Ejecutivo, cuyas atribuciones fueron similares a los organismos anteriores.
1949
El 31 de diciembre, se publicó en el D.O.F., la derogación del "Decreto de Creación de la Comisión Nacional de Turismo", promulgándose la Ley Federal de Turismo en esa misma fecha.
1956
Para dar impulso al desarrollo de los proyectos tendientes a incrementar la infraestructura turística, el 13 de diciembre, se creó el Fondo de Garantía y Fomento al Turismo (FOGATUR).
1958
En el D.O.F. del 31 de diciembre, se publicó la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, en el artículo 18, se definen las atribuciones del Departamento de Turismo de nueva creación, el cual dependería directamente del Ejecutivo Federal.
1959
El 6 de junio, se publicó un decreto en el que se establecen los lugares y poblaciones nacionales de interés turístico, a fin de que el Departamento de Turismo realizara los estudios en la materia, para alentar el desarrollo de la actividad turística.
1961
El 1 de marzo, se publicó en el D.O.F., la Ley Federal de Turismo, la cual dispuso que el Departamento de Turismo, fuera el encargado de aplicar dicha Ley, así como su Reglamento.
1974
Con el nuevo enfoque y un contenido similar al de la actual legislación, el 28 de enero se publicó la Ley Federal de Fomento al Turismo y congruentemente con dicho ordenamiento, el 27 de diciembre se publicó el decreto que elevó a rango de Secretaría de Estado al Departamento de Turismo, otorgándole una mayor estructura capaz de atender sus nuevas atribuciones, así como mayores recursos presupuestales, destinados a la planeación y desarrollo de la actividad turística.
1977
El 17 de enero, por Acuerdo publicado en el D.O.F., se designó a la SECTUR, cabeza del sector.
1978
Quedó a cargo de la SECTUR, la elaboración de estudios, mensajes e imagen sobre la oferta turística nacional, dado el Acuerdo publicado en el D.O.F. el 5 de abril.
1979
Con base en los estudios iniciados el año anterior, la SECTUR llevó a cabo a través de sus Delegaciones Federales, el programa de desconcentración administrativa general.
1980
El 15 de enero, se publicó la Ley Federal de Turismo que tenía por objeto la promoción de la demanda interior y exterior, el fomento y desarrollo de la oferta turística, la conservación, mejoramiento de los recursos turísticos y en general, la planeación y programación de la actividad turística.
1981
El 22 de mayo, se creó la Coordinación General del Sector Paraestatal Turístico y en ese mismo año surgieron las Coordinaciones Federales de Turismo, con las que desaparecieron las Delegaciones Federales; con esto se fortalecían las actividades de coordinación en la materia, que realizaba el gobierno federal con los gobiernos estatales.
1982
Derivado de las reformas a la Ley Federal de Turismo del 8 de enero, se publicó en el D.O.F., el Reglamento Interior de la Secretaría que consideraba en su estructura, una Subsecretaría de Recreación y Espectáculos, como resultado de los programas que promovían el derecho a la recreación para todos los mexicanos.
1983
Se incorporaron al dominio público de la Federación, dos inmuebles que estaban al servicio de la SECTUR; el Centro de Desarrollo Infantil (CENDI) sito en Aristóteles 135, Colonia Polanco (Decreto del 23 de agosto) y el de Schiller 138, Colonia Chapultepec Morales, según acuerdo presidencial del 20 de diciembre de ese año.
1984
El 6 de febrero, se publicó en el D.O.F., la Ley Federal de Turismo que abrogó la promulgada el 15 de enero de 1980.
Por Decreto Presidencial publicado en el D.O.F. el 26 de abril, se destinó al Gobierno del Estado de Morelos, el Jardín Borda, ubicado en la ciudad de Cuernavaca, Morelos, que hasta entonces había estado bajo el auspicio de la SECTUR.
El 23 de mayo, por Acuerdo presidencial desapareció el Consejo Nacional de Turismo, incorporándose a la SECTUR, los programas y recursos de este Organismo.
El 6 de agosto, se publicó el Reglamento Interior correspondiente, el cual consideró estas modificaciones en la estructura de organización de la Secretaría.
1985
Por Acuerdo secretarial de delegación de facultades, el 2 de enero se determinó el número, ubicación, circunscripción territorial, atribuciones y actividades que llevarían a cabo las coordinaciones regionales y delegaciones federales de turismo, para procurar la descentralización y modernización administrativa, con el fin de mejorar el funcionamiento de la Secretaría en el interior de la República.
El 21 de enero, se publicó el Acuerdo por el que se reordenaron orgánicamente todas las unidades administrativas de la SECTUR, para efecto de integrarlas bajo la dirección y coordinación de las Subsecretarías, la Oficialía Mayor y la Contraloría Interna, conforme a su ámbito de acción, modificándose la estructura de la Dependencia, con la creación del Centro de Estudios Superiores en Turismo (CESTUR), como órgano desconcentrado, conforme al Acuerdo del 16 de junio publicado en el D.O.F.
1986
Para dar cumplimiento a las instrucciones del Gobierno Federal en cuanto a medidas de racionalización de la estructura y organización administrativa del sector público, en el D.O.F. del 20 de agosto, se publicó el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría, en el cual se eliminaron la Subsecretaría de Planeación y su Dirección General de Coordinación Paraestatal, reduciéndose de esta manera a trece las quince Direcciones Generales que existían en la estructura.
El 22 de septiembre, se publicó el decreto por el que se reformó el Reglamento Interior y mediante el cual se facultaba al Oficial Mayor para establecer y operar el programa interno de protección civil para el personal e instalaciones de la Dependencia.
1987
El 15 de julio, se publicó en el D.O.F., el Acuerdo por el cual se autorizó a la Secretaría de Programación y Presupuesto con la intervención de la SECTUR, a modificar el contrato constitutivo del Centro de Convenciones y Espectáculos de Acapulco, para quedar bajo la administración del Gobierno del Estado de Guerrero.
Para efecto de llevar a un nivel óptimo las acciones de gobierno, originadas en las localidades del interior de la República, el 5 de octubre, se publicó un Acuerdo por el cual se delegaban a las Coordinaciones Regionales y a las Delegaciones Federales de Turismo, las facultades para efectuar adquisiciones y contratación de servicios, a fin de cumplir de esta manera, con la descentralización de actividades de la SECTUR.
1988
Al final de este año, la estructura orgánica de la Secretaría se encontraba de la siguiente manera:
Una Secretaría, dos Subsecretarías, una Oficialía Mayor, una Contraloría Interna y trece Direcciones Generales; además de incluir los siguientes órganos desconcentrados: siete Coordinaciones Regionales de Turismo de las que dependían veintisiete Delegaciones Federales, trece Representaciones de Turismo en el Extranjero y un órgano de apoyo directo al C. Secretario del Ramo, denominado Centro de Estudios Superiores en Turismo.
1989
El 15 de febrero, se publicó en el D.O.F., un nuevo Reglamento Interior en el cual se determinó la siguiente estructura de organización: una Secretaría; dos Subsecretarías: una de Operación y otra de Promoción y Fomento; una Oficialía Mayor; ocho Direcciones Generales; una Unidad de Comunicación Social; el Centro de Estudios Superiores en Turismo; treinta y un Delegaciones Federales y trece Representaciones en el Extranjero.
1992
El 1 de diciembre, fue dictaminada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la modificación a la estructura básica de la Oficialía Mayor, creándose una nueva Dirección General y modificándose la denominación de la existente, para quedar de esta manera autorizadas la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto y la Dirección General de Administración Operativa, a fin de facilitar y proporcionar un apoyo integral más eficiente a las unidades administrativas de la Secretaría. Las demás áreas continuaban con la misma estructura orgánica autorizada en 1989.
El 15 de abril, se publicó en el D.O.F., el decreto que establecía las bases para el Programa de Descentralización de las Funciones que realizaba la SECTUR.
1993
El 1 de febrero, entró en vigor la nueva Ley Federal de Turismo, publicada el 31 de diciembre de 1992.
La Secretaría a fin de estar en posibilidad de cumplir con las nuevas funciones que le fueron encomendadas, elaboró un proyecto de reestructuración, enviándolo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su revisión y autorización.
1994
La Dependencia Globalizadora dictaminó favorablemente la estructura presentada, por lo cual, se publicó el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo en el D.O.F. el 22 de febrero, así como el acuerdo por el que se adscribieron orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría, para quedar como nueva estructura orgánica básica la siguiente:
Oficina del C. Secretario de Turismo, de la cual dependían la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Comunicación Social y el Centro de Estudios Superiores en Turismo; la Subsecretaría de Turismo Interno, anteriormente Subsecretaría de Operación, a la cual se adscribieron cuatro Direcciones Generales: de Turismo Interno, Coordinación y Enlace, Información y Auxilio al Turista y Capacitación y Educación Turística; la Subsecretaría de Promoción y Fomento, con tres Direcciones Generales adscritas denominadas: de Promoción para Norteamérica y Asia, de Promoción para Europa y Latinoamérica y la de Fomento. Así como las Representaciones de Turismo en el Extranjero.
Finalmente, la Oficialía Mayor con sus dos Direcciones Generales: de Programación, Organización y Presupuesto, así como de Administración Operativa.
Independientemente de lo previsto en el Reglamento Interior y derivado del dictamen antes citado, el 7 de marzo se publicó un Acuerdo secretarial, por medio del cual se adscribieron como puestos homólogos específicos, a la oficina del C. Subsecretario, la Unidad de Política Turística y a la del Subsecretario de Promoción y Fomento, la Unidad de Eventos.
Asimismo, se crearon dos nuevas representaciones de turismo: una en Vancouver, Canadá y otra en Buenos Aires, Argentina, modificándose la circunscripción territorial de las ya existentes; para el efecto, el Titular de la SECTUR emitió el Acuerdo correspondiente publicado en el D.O.F. el 11 de marzo y una aclaración el 16 de marzo.
El 14 de noviembre, se publicó en el D.O.F., el Acuerdo por el que se reforman los artículos 2o. y 5o. del diverso que creó el Centro de Estudios Superiores en Turismo.
La SECTUR publicó en el D.O.F. el 12 de diciembre, el Acuerdo por el que se decreta la publicación del Reglamento Interior de la Comisión Ejecutiva de Turismo.
1996
El 17 de abril, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, dictaminaron favorablemente la reestructuración orgánica de la Dependencia; asimismo, el 31 de mayo, con base en las disposiciones establecidas por las dependencias globalizadoras en el dictamen mencionado, se publicó en el D.O.F. el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
La nueva estructura orgánica se fundamentó en tres grandes procesos: Desarrollo, Promoción y Servicios Turísticos, integrándose por un total de doscientas noventa y cinco plazas de mando, de las cuales diecisiete corresponden a la estructura orgánica básica, misma que se integró de la siguiente forma:
- Un Secretario, de quien dependería la Contraloría Interna, la Unidad de Comunicación Social, así como el Centro de Estudios Superiores en Turismo, en el ámbito desconcentrado.
- Una Subsecretaría de Desarrollo Turístico, con dos Direcciones Generales: Política Turística y Desarrollo de Productos Turísticos.
- Una Subsecretaría de Promoción Turística, conformada con dos Direcciones Generales: Mercadotecnia y Operación Promocional; de esta última dependerían en el ámbito desconcentrado, las Representaciones de Turismo en el Extranjero.
- Una Unidad de Servicios Turísticos que contaba con tres puestos homólogos de autorización específica, los que correspondían a las Direcciones Generales de: Servicios a Prestadores de Servicios Turísticos; Servicios al Turista y Desarrollo de la Cultura Turística.
- Una Oficialía Mayor con dos Direcciones Generales, la de Administración y la de Asuntos Jurídicos.
1998
El 26 de enero, se publicó en el D.O.F. el Acuerdo por el que se adscribió orgánicamente la Dirección General de Asuntos Jurídicos al Titular de la SECTUR.
1999
El 19 de mayo, se publicó en el D.O.F. el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo; como consecuencia de estas modificaciones, la SECTUR, en el ejercicio de sus atribuciones en materia de promoción turística, nacional e internacional, sería auxiliada por la empresa de participación estatal mayoritaria de la Administración Pública Federal denominada "Consejo de Promoción Turística de México", S.A. de C.V.
En octubre del mismo año, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo dictaminaron favorablemente la propuesta por primera vez de la estructura orgánica del "Consejo de Promoción Turística de México", S.A. de C.V., la cual tendría por objeto, planear, diseñar y coordinar en coadyuvancia con la SECTUR, las políticas y estrategias de promoción turística a nivel nacional e internacional.
2001
El 4 de enero, se publicó en el D.O.F., el decreto presidencial que reformó el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, creándose la Subsecretaría de Política Promocional, quien tendría como propósito, establecer los lineamientos y políticas que orientarán y conducirán la participación de los diferentes sectores en materia de promoción turística, así como implementar los mecanismos de evaluación de impacto de éstas; a esta Subsecretaría se le adscribieron la Dirección General de Coordinación Institucional, la Dirección General de Coordinación de Promoción Regional y la Dirección General de Asuntos Internacionales.
El 22 de febrero, se publicó en el D.O.F., el Acuerdo por el que se resectoriza el Fondo Nacional de Fomento al Turismo y las empresas del sector público en que dicho fondo tiene como participación accionaria mayoritaria, en el sector coordinado por la SECTUR.
El 15 de junio, se publicó en el D.O.F., el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, mismo que abrogó los publicados el 31 de mayo de 1996 y 4 de enero de 2001; creándose la nueva estructura orgánica cuyo propósito fundamental, radicaba en posicionar a la actividad turística como eje estratégico del desarrollo nacional, la cual partiría de un programa de alineación de los procesos y de las actividades sustantivas de planeación, desarrollo de la oferta, operación de los servicios turísticos, promoción e inversión en materia turística, así como de un programa de innovación y modernización.
La estructura orgánica se conformaba con un total de doscientas cuarenta y cuatro plazas de mando, de las cuales dieciocho correspondían a la estructura orgánica básica, misma que se integró de la siguiente forma:
- Un Secretario, de quien dependerían gráficamente la Unidad de Contraloría Interna, y en línea directa tres Direcciones Generales: Asuntos Jurídicos, Asuntos Internacionales y Comunicación Social.
- Una Subsecretaría de Operación Turística, con cuatro Direcciones Generales: Programas Regionales, Desarrollo de Productos Turísticos, Mejora Regulatoria y Desarrollo de la Cultura Turística.
- Una Subsecretaría de Planeación Turística, con dos Direcciones Generales: de Información y Análisis, y Planeación Estratégica y Política Sectorial.
- Una Subsecretaría de Innovación y Calidad, con tres Direcciones Generales: de Administración, Desarrollo Institucional y Coordinación Sectorial, y Servicios al Turista.
- Un Centro de Estudios Superiores en Turismo, en el ámbito desconcentrado.
El 19 de junio, se publicó en el D.O.F. el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órgano desconcentrado a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
2002
El 9 de agosto, se publicó en el D.O.F. la modificación al Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo. En su artículo 2, desincorpora de la estructura orgánica de la Dependencia a la Dirección General de Asuntos Internacionales.
2008
El 14 de noviembre, se publicó en el D.O.F. el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento Interior de la Secretaría. Se suprime la Dirección General de Servicios al Turista y se crea la Corporación Ángeles Verdes, como un Órgano Administrativo Desconcentrado de la SECTUR, con autonomía técnica, operativa y de gestión, la cual tiene a su cargo la prestación de servicios integrales de información, orientación, asesoría, asistencia, de emergencia mecánica, auxilio y apoyo al turista nacional y extranjero.
2009
El 24 de agosto, se publicó en el D.O.F. el Decreto por el que se reforman diversos artículos del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, modificándose los artículos 22, en sus fracciones III, IV y V; 25 Ter, primer párrafo y 25 Quáter, en sus fracciones IX y XI, en los que se precisan facultades correspondientes al órgano administrativo desconcentrado Corporación Ángeles Verdes.
2010
El 17 de febrero, se publicó en el D.O.F. el Decreto por el que se reforma y adiciona el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo. En dicho documento, se modifican, entre otros, el artículo 5, Fracción XV, para otorgar al titular del ramo la facultad de representar al Presidente de la República en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el Titular del Ejecutivo Federal.
2013
El 30 de diciembre, se publicó en el D.O.F. el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, mismo que abrogó el publicado en el D.O.F. el 15 de junio; creándose la nueva estructura orgánica cuyo propósito fundamental será hacer del turismo un poderoso instrumento para generar crecimiento y desarrollo económico en las regiones del país.
Se cambia la denominación y se redistribuyen atribuciones de las Subsecretaría de Operación Turística a Subsecretaría de Innovación y Desarrollo Turístico; de la Subsecretaría de Planeación Turística a la Subsecretaría de Planeación y Política Turística; la Subsecretaría de Innovación y Calidad se transforma en Oficialía Mayor, otras direcciones generales cambian su denominación y se redistribuyen las atribuciones.
Los principales cambios se dan con la creación de la Subsecretaría de Calidad y Regulación, Unidad de Asuntos y Cooperación Internacionales, Unidad de Coordinación Sectorial y Regional y de las Direcciones Generales de: Impulso al Financiamiento e Inversiones Turísticas, Ordenamiento Turístico Sustentable; Normalización y Calidad Regulatoria Turística; Certificación Turística; Verificación y Sanción; Programación y Presupuesto; la transformación de la Coordinación de la Unidad Técnica de Evaluación en Dirección General de Seguimiento y Evaluación y la Dirección General Adjunta de Servicios Informáticos en Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación.
Se crean cinco delegaciones regionales: noreste, noroeste, centro, sureste y suroeste.
Relativo a los órganos administrativos desconcentrados de la SECTUR, el Centro de Estudios Superiores en Turismo se transforma, denominándose "Instituto de Competitividad Turística" y la Corporación Ángeles Verdes cambia su denominación a "Corporación de Servicios al Turista Ángeles Verdes".
En suma, la estructura orgánica básica, se integra de la siguiente forma:
- Un Secretario, de quien dependería la Unidad de Asuntos y Cooperación Internacionales, Unidad de Coordinación Sectorial y Regional y dos Direcciones Generales: Asuntos Jurídicos y Comunicación Social.
- Una Subsecretaría de Innovación y Desarrollo Turístico, con cuatro Direcciones Generales: Innovación del Producto Turístico; Gestión de Destinos; Desarrollo Regional y Fomento Turístico; e Impulso al Financiamiento e Inversiones Turísticas.
- Una Subsecretaría de Planeación y Política Turística, con cuatro Direcciones Generales: Planeación; Integración de Información Sectorial; Ordenamiento Turístico Sustentable; y Seguimiento y Evaluación.
- Una Subsecretaría de Calidad y Regulación, con tres Direcciones Generales: de Normalización y Calidad Regulatoria Turística; Certificación Turística; y Verificación y Sanción.
- Una Oficialía Mayor, con tres Direcciones Generales: de Programación y Presupuesto; Administración; y Tecnologías de la Información y Comunicación.
- Cinco Delegaciones Regionales: Noreste, Noroeste, Centro, Sureste y Suroeste.
- Dos órganos administrativos desconcentrados: Corporación de Servicios al Turista Ángeles Verdes; e Instituto de Competitividad Turística.
- Un Órgano Interno de Control, dependiente jerárquica y funcionalmente de la Secretaría de la Función Pública.
2014
El 27 de marzo, se publicó en el D.O.F., el Acuerdo que establece la Circunscripción Territorial de Delegaciones Regionales de la SECTUR, en el cual se determina la instauración de las delegaciones con denominación, sede y adscripción de cada una de ellas.
2015
Con motivo de las medidas de austeridad y racionalidad del gasto, emitidas por el Ejecutivo Federal, a fines del mes de diciembre se suprimieron cuatro delegaciones regionales: Noreste, Noroeste, Centro y Suroeste, quedando únicamente la del Sureste. Igualmente, se eliminó del organigrama el cargo de estructura correspondiente a la Dirección General de Impulso al Financiamiento e Inversiones Turísticas.
2018
El 30 de noviembre, se publicó en el D.O.F el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; en el Artículo 14 establece que al frente de cada Secretaría habrá un Secretario de Estado, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará por el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y los demás funcionarios, en los términos que establezca el reglamento interior respectivo y otras disposiciones legales. Asimismo, el Artículo 20 del citado Acuerdo, precisa que las dependencias contarán con una Unidad de Administración y Finanzas encargada de ejecutar, en los términos de las disposiciones aplicables, los servicios de apoyo administrativo en materia de planeación, programación, presupuesto, tecnologías de la información, recursos humanos, recursos materiales, contabilidad, archivos, y los demás que sean necesarios, en los términos que fije el Ejecutivo Federal; con fundamento en lo anterior, la Oficialía Mayor de la Secretaría se transformó en Unidad de Administración y Finanzas, integrada por las Direcciones Generales de Programación y Presupuesto; la de Administración y la de Tecnologías de la Información y Comunicación.
2019
El 31 de julio se publica en el D.O.F. el Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, se desincorpora el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. como empresa de participación estatal mayoritaria y se ordena su disolución y liquidación. Señalando en su sexto transitorio que los derechos y obligaciones que en materia de promoción turística haya contraído dicho Consejo y se encontraran vigentes a la entrada en vigor del Decreto, serán ejercidos y, en su caso, asumidos por la coordinadora de sector, en términos de la normativa aplicable y de las bases para la liquidación emitidas para tal efecto.
2020
Se fortaleció la integración de políticas turísticas con el desarrollo regional y sustentable, promoviendo una mayor descentralización. SECTUR impulsó la innovación tecnológica para la promoción turística y la mejora de servicios, utilizando plataformas digitales. Durante este periodo se impulsó el Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 y se inició el Programa Sectorial 2019-2024 para actualizar la política turística.
2021
El 16 de diciembre de 2021, se publicó en el D.O.F. un nuevo Reglamento Interior, el cual modificó sustancialmente la estructura orgánica de la Secretaría, como parte de una política de optimización de recursos.
Esta reestructuración implicó la supresión de tres Subsecretarías (Innovación y Desarrollo Turístico; Planeación y Política Turística; y Calidad y Regulación) y de la Oficialía Mayor, compactando la estructura en una sola Subsecretaría de Turismo, tres Unidades (de Innovación y Política Turística, de Información y Seguimiento y de Administración y Finanzas) y la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Asimismo, los órganos administrativos desconcentrados ("Ángeles Verdes" e "Instituto de Competitividad Turística") se transformaron en Direcciones Generales integradas a la estructura centralizada.
2024
El 30 de septiembre de 2024 se publicó una reforma al Reglamento Interior, que afinó las atribuciones de las unidades administrativas (destacando la Unidad de Innovación, Sustentabilidad y Profesionalización Turística, así como la Unidad de Información y Política Turística) reestructurando el modelo organizacional establecido en 2021, sirviendo como base directa para la expedición del presente Manual de Organización General.
II. MARCO JURÍDICO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 05-II-1917 y sus reformas
TRATADOS INTERNACIONALES
BILATERALES
Convenio de Cooperación Turística entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Federativa del Brasil, firmado en la ciudad de Brasilia el 24 de julio de 1974.
D.O.F. 03-Vll-1975
Acuerdo de Cooperación en Materia de Turismo entre el Gobierno de México y el Gobierno del Senegal, firmado en la Ciudad de Dakar, Senegal, el 13 de julio de 1975.
D.O.F. 26-Vll-1976
Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Japón sobre Cooperación en Materia de Turismo firmado en la ciudad de Tokio el día 1o. del mes de noviembre de 1978.
D.O.F. 4-V-1979
Convenio de Cooperación turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Popular de Bulgaria, firmado en México, Distrito Federal el 6 de abril de 1979.
D.O.F. 14-Vlll-1980
Acuerdo de Cooperación Turística entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Francesa, firmado en la ciudad de París, el 17 de mayo de 1980.
D.O.F.10-11-1981
Acuerdo de Cooperación Turística entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica, firmado en la ciudad de San José, Costa Rica el 25 de julio de 1980.
D.O.F. 04-Xll-1981
Acuerdo de cooperación turística entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba, firmando en La Habana, el dos de agosto de 1980.
D.O.F. 23-IV-1982
Convenio de Cooperación en Materia de Turismo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Dominicana, firmado en la Ciudad de México, el 30 de marzo de 1982.
D.O.F. 15-Vl-1984
Convenio de Cooperación en Materia de Turismo, entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, y el Gobierno de la República de Perú, firmado en la Ciudad de México, el 25 de marzo de 1987.
D.O.F. 17-III-1989
Acuerdo de Cooperación Turística entre los gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América para el Desarrollo y Facilitación del Turismo
D.O.F 25-I-1991
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Belice
D.O.F 07-VIII-1991
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Canadá
D.O.F 28-I-1991
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Jamaica
D.O.F 04-III-1992
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Venezuela
D.O.F 31-V-1989
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Guatemala
D.O.F 26-V-1988
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Honduras
D.O.F 27-XII-1991
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua
D.O.F 04-III-1992
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y la República Árabe de Egipto
D.O.F 18-VI-1992
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de El Salvador
D.O.F 28-I-1993
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Hungría
D.O.F 18-III-1994
Acuerdo de Cooperación Turística entre los gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y la República Helénica
D.O.F 29-VII-1994
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Chile.
D.O.F. 16- III -1995
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República del Ecuador.
D.O.F.16- III -1995
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argentina.
D.O.F. 16- III -1995
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay.
D.O.F. 16- III -1995
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Rumania.
D.O.F. 07-IV-1995
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Italiana.
D.O.F. 08-IX-1995
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Chipre.
D.O.F. 26-Vlll-1996
Acuerdo de Cooperación Turística entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España.
D.O.F. 02-I-1997
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de la India.
D.O.F. 07-I-1998
Acuerdo de Cooperación en materia de Turismo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Filipinas.
D.O.F. 08-I-1998
Protocolo de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Corea.
D.O.F. 12-I-1998
Convenio de Cooperación en materia Turística entre el Gobierno de Mexicanos y el Gobierno de la República Portuguesa.
D.O.F. 13-I-1998
Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Federación de Rusia.
D.O.F. 14-I-1998
Convenio de Cooperación en materia de Turismo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Panamá, firmado en la Ciudad de México, el veintidós de mayo de dos mil.
D.O.F. 29-Vlll-2001
Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Colombia, firmado en la Ciudad de México, el siete de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
D.O.F. 02-III-2004
Convenio de Cooperación en Materia de Turismo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Polonia.
D.O.F. 01-II-2005
Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de los Países Bajos, respecto de Curazao, hecho en la Ciudad de México el siete de julio de dos mil veintiuno.
D.O.F. 22-III-2024
Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Filipinas, hecho en la Ciudad de México, el catorce de diciembre de dos mil veintiuno.
D.O.F. 22-III-2024
Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Georgia sobre Cooperación Educativa y Cultural, firmado en la Ciudad de México el veintitrés de agosto de dos mil veintidós.
D.O.F. 12-IV-2024
Convenio sobre Transporte Aéreo entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de Bélgica, firmado en Bruselas, Bélgica, el veintidós de febrero de dos mil veintitrés.
D.O.F. 12-IV-2024
MULTILATERALES
Convención firmada en Ginebra el 24 de septiembre de 7937, relativa a la reglamentación de la caza de la ballena.
D.O.F. 10-Xl-1933
Convenio sobre la protección de instituciones artísticas y científicas y monumentos históricos (Pacto Roerich).
D.O.F.18-Vlll-1937
Convención para la protección de la flora, fauna y belleza escénicas naturales de los países de América.
D.O.F. 29-V-1942
Declaración Universal de Derechos Humanos.
10 de diciembre de 1948
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
2 de mayo de 1948
Convención Internacional para Reglamentación de la Caza de la Ballena.
D.O.F. 06-Xll-1949
Convenio número 87 relativo a la Libertad Sindical y a la protección al Derecho Sindical, adoptado el 9 de julio de 1948, por la XXXI Conferencia Internacional del Trabajo, en San Francisco, California.
D.O.F. 16-X-1950
Convenio (Número 100) relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y femenina por un trabajo de igual valor.
D.O.F. 09-X-1952
Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado.
D.O.F. 03-Vlll-1956
Convención sobre Facilidades Aduaneras para el Turismo.
D.O.F. 07-Xl-1957
Declaración de los Derechos del Niño.
20 de noviembre de 1959
Convenio relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación.
D.O.F. ll-Vlll-1962
Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial
20 de noviembre de 1963
Declaración sobre el Fomento entre la Juventud de los ideales de Paz, Respeto Mutuo y Comprensión entre los Pueblos.
7 de diciembre de 1965
Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación Contra La Mujer.
7 de noviembre de 1967
Declaración sobre el Progreso y Desarrollo en lo Social
11 de diciembre de 1969
Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano.
16 de junio de 1972
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, firmadas en Nueva York, el 7 de marzo de 1966.
D.O.F. 13-VI-1975
Declaración sobre la Utilización del Progreso Científico y Tecnológico en Interés de la Paz y en Beneficio de la Humanidad
10 de noviembre de 1975
Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (17 de diciembre de 1979)
Estatuto de la Organización Mundial de Turismo - México, 27 de septiembre de 1970
Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada en la ciudad de San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969.
D.O.F. 07-V-1981
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 1979.
D.O.F. 12-V-1981
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, abierto a firma en la ciudad de Nueva York, E.U.A., el 19 de diciembre de 1966.
D.O.F. 12-V-1987
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, abierto a firma en la ciudad de Nueva York, E.U.A. el 19 de diciembre de 1966.
D.O.F. 20-V-1981
Declaración sobre la Eliminación de todas las Formas. de Intolerancia y Discriminación Fundadas en la Religión o las Convicciones.
25 de noviembre de 1981
Estatutos de la Organización Mundial del Turismo, adoptadas en la Cd. de Torremolinos, España, el 25 de septiembre de 1979.
D.O.F. 19-X-1982
Convenio para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural adoptado en París el 23 de noviembre de 1972.
D.O.F. 02-V-1984
Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder.
29 de noviembre de 1985
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo.
4 de diciembre de 1986
Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, adoptado en la ciudad de Viena, el día veintidós del mes de marzo del año de mil novecientos ochenta y cinco.
D.O.F. 22-Xll-1987
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono, adoptado en la Ciudad de Montreal, Canadá, el dieciséis de septiembre de mil novecientos ochenta y siete.
D.O.F. 12-II-1990
Convención sobre los Derechos del Niño.
D.O.F. 25-I-1991
Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Río de Janeiro, Brasil, el día cinco de junio del año de mil novecientos noventa y dos.
D.O.F. 07-V-1993
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada en la Ciudad de Nueva York, el nueve de mayo de mil novecientos noventa y dos.
D.O.F. 07-V-1993
Convenio constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe.
D.O.F. 25-X-1993
Convenio constitutivo de la Organización Mundo Maya y de la enmienda a dicho convenio.
D.O.F.25-X-1993
Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores.
D.O.F. 14-V-1996
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador", adoptado en la ciudad de San Salvador, el diecisiete de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho.
D.O.F. 01-IX-1998
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, adoptada en la ciudad de Belém do Pará, Brasil, el nueve de junio de mil novecientos noventa y cuatro.
D.O.F. 19-I-1999
Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, firmado en Kyoto, el once de diciembre de mil novecientos noventa y siete.
D.O.F. 24-XI-2000
Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, adoptada en Caracas, el primero de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
D.O.F. 29-XI-2000
Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, suscrita en la ciudad de Guatemala, el siete de junio de mil novecientos noventa y nueve.
D.O.F. 12-III-2001
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el veinticinco de mayo de dos mil.
D.O.F. 22-IV-2002
Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el seis de octubre de mil novecientos noventa y nueve.
D.O.F. 03-V-2002
Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el dieciséis de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.
D.O.F. 03-V-2002
Acuerdo relativo a la Aplicación de la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982, adoptado en Nueva York, el veintiocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro.
D.O.F. 26-V-2003
Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), adoptada en París, Francia, el diecisiete de octubre de dos mil tres.
D.O.F. 28-III-2006
Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, adoptada en la ciudad de París, el veinte de octubre de dos mil cinco, en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
D.O.F. 26-II-2007
Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a Abolir la Pena de Muerte, adoptado en la ciudad de Nueva York el quince de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve.
D.O.F. 26-X-2007
Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, adoptada en la ciudad de París, Francia, el dos de noviembre de dos mil uno.
D.O.F. 31-Xll-2008
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, adoptada en Gaborone, Botswana, el treinta de abril de mil novecientos ochenta y tres.
D.O.F. 14-IV-2014
Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Nagoya el veintinueve de octubre de dos mil diez.
D.O.F. 10-X-2014
Acuerdo de París, hecho en París el doce de diciembre de dos mil quince.
D.O.F. 04-Xl-2016
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Septiembre 2017
Acuerdo en Materia de Cooperación Ambiental entre los Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos, de los Estados Unidos de América y de Canadá, firmado en las ciudades de México, Washington, D.C. y Ottawa, el treinta de noviembre y el once y el dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho.
D.O.F. 15-Vll-2020
Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado en Escazú, Costa Rica, el cuatro de marzo de dos mil dieciocho.
D.O.F. 22-IV-2027
Convenio 790 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, adoptado en Ginebra, el veintiuno de junio de dos mil diecinueve.
D.O.F. 19-Vl-2023
Protocolo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de. la República Checa por el que se Modifica el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Federativa Checa y Eslovaca, Firmado en la Ciudad de México el 74 de Agosto de 7990, hecho en Praga, el veintiuno de julio de dos mil veintitrés.
D.O.F. 12-IV-2024
LEYES
Ley Aduanera
D.O.F. 15-Xll-1995 y sus reformas
Ley de Aeropuertos
D.O.F. 22-Xll-1995 y sus reformas
Ley de Aguas Nacionales
D.O.F. 01-XII-1992 y sus reformas
Ley de Aviación Civil
D.O.F. 12-V-1995 y sus reformas
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
D.O.F. 22-Xll-1993 y sus reformas
Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo
D.O.F. 06-IV-2011 y sus reformas
Ley de Coordinación Fiscal
D.O.F. 27-XII-1978 y sus reformas
Ley de Desarrollo Rural Sustentable
D.O.F. 07-XII-2001 y sus reformas
Ley de Expropiación
D.O.F. 25-XI-1936 y sus reformas
Ley de Firma Electrónica Avanzada
D.O.F. 11-I-2012 y sus reformas
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
D.O.F. 18-VII-2016 y sus reformas
Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana
D.O.F. 20-I-2020
Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola
D.O.F. 23-V-2018
Ley de Infraestructura de la Calidad
D.O.F. O1-VII-2020
Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente
D.O.F. 19-XII-2024 (ejercicio 2025)
Ley de Instituciones de Crédito
D.O.F. 18-VII-1990 y sus reformas
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
D.O.F. 04-IV-2013 y sus reformas
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
D.O.F. 25-VI-2002 y sus reformas
Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación
D.O.F. O7-VI-2022 y sus reformas
Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
D.O.F. 23-V-1996 y sus reformas
Ley de Navegación y Comercio Marítimos
D.O.F. O1-VI-2006 y sus reformas
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
D.O.F. 04-I-2000 y sus reformas
Ley de Planeación
D.O.F. 05-I-1983 y sus reformas
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
D.O.F. 31-XII-1975 y sus reformas
Ley de Puertos
D.O.F. 19-VII-1993 y sus reformas
Ley de Tesorería de la Federación
D.O.F. 30-XII-2015
Ley de Vertimientos en la Zonas Marinas Mexicanas
D.O.F. 17-I-2014 y sus reformas
Ley de Vías Generales de Comunicación
D.O.F. 19-II-1940 y sus reformas
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
D.O.F. 31-III-2007 y sus reformas
Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
D.O.F. 04-XII-2018 y sus reformas
Ley del Servicio de Administración Tributaria
D.O.F.15-XII-1995 y sus reformas
Ley del Servicio Exterior Mexicano
D.O.F. 04-I-1994 y sus reformas
Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
D.O.F. 16-IV-2008 y sus reformas
Ley Federal de Austeridad Republicana
D.O.F. 19-XI-2019
Ley Federal de Competencia Económica
D.O.F. 23-V-2014 y sus reformas
Ley Federal de Consulta Popular
D.O.F. 14-III-2014 y sus reformas
Ley Federal de Derechos
D.O.F. 31-XII-1981 y sus reformas
Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
D.O.F. 09-II-2014 y sus reformas
Ley Federal de las Entidades Paraestatales
D.O.F. 14-V-1986 y sus reformas
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional
D.O.F. 28-XII-1963 y sus reformas
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
D.O.F. 30-III-2006 y sus reformas
Ley Federal de Protección al Consumidor
D.O.F. 24-XII-1992 y sus reformas
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
D.O.F. 20-III-2025
Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afroamexicanas
D.O.F. 17-I-2022
Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos
D.O.F. 19-V-2021
Ley Federal de Responsabilidad Ambiental
D.O.F. 07-VI-2013 y sus reformas
Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado
D.O.F. 31-XII-2004 y sus reformas
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
D.O.F. 31-XII-1982 y sus reformas
Ley Federal de Revocación de Mandato
D.O.F. 14-IX-2021
Ley Federal de Zonas Económicas Especiales
D.O.F. 01-VI-2016
Ley Federal del Mar
D.O.F. 08-I-1986
Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal
D.O.F. 26-I-1988 y sus reformas
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
D.O.F. 19-XII-2002 y sus reformas
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
D.O.F. 11-VI-2003 y sus reformas
Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
D.O.F. 06-V-1972 y sus reformas
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
D.O.F. 01-II-2007 y sus reformas
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
D.O.F. 28-XI-2016 y sus reformas
Ley General de Bienes Nacionales
D.O.F. 20-V-2004 y sus reformas
Ley General de Cambio Climático
D.O.F. 06-VI-2012 y sus reformas
Ley General de Comunicación Social
D.O.F. 11-V-2018 y sus reformas
Ley General de Contabilidad Gubernamental
D.O.F. 31-XII-2008 y sus reformas
Ley General de Cultura y Derechos Culturales
D.O.F. 19-VI-2017 y sus reformas
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
D.OF. 05-VI-2018 y sus reformas
Ley General de Desarrollo Social
D.O.F. 20-I-2004 y sus reformas
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
D.O.F. 04-XII-2014 y sus reformas
Ley General de Mejora Regulatoria
D.O.F. 18-V-2018 y sus reformas
Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
D.O.F. 24-VII-2007 y sus reformas
Ley General de Población
D.O.F. 07-I-1974 y sus reformas
Ley General de Protección Civil
D.O.F. 06-Vl-2012 y sus reformas
Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados
D.O.F. 20-III-2025
Ley General de Responsabilidades Administrativas
D.O.F. 18-VII-2016 y sus reformas
Ley General de Sociedades Mercantiles
D.O.F. 04-VIII-1934 y sus reformas
Ley General de Vida Silvestre
D.O.F. 03-VII-2000 y sus reformas
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
D.O.F. 28-I-1988 y sus reformas
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción
D.O.F. 18-VII-2016 y sus reformas
Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación
D.O.F. 08-V-2023
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
D.O.F. 02-VIII-2006 y sus reformas
Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
D.O.F. 30-V-2011 y sus reformas
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
D.O.F. 08-X-2003
Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
D.O.F.14-VI-2012 y sus reformas
Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos
D.O.F. 27-VII-1931 y sus reformas
Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos
D.O.F. 20-I-1986 y sus reformas
Ley para impulsar el incremento sostenido de la productividad y la competitividad de la Economía Nacional.
D.O.F. 06-V-2015
Ley para determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización
D.O.F. 30-XII-2016
Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
D.O.F. 30-XII-2002 y sus reformas
Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad
D.O.F. 03-VI-2021
Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
D.O.F. 11-V-1995 y sus reformas
Ley Sobre el Contrato de Seguro
D.O.F. 31-VIII-1935 y sus reformas
Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
D.O.F 08-II-1984 y sus reformas
Ley Sobre la Celebración de Tratados
D.O.F. 02-I-1992 y sus reformas
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 29-Xll-1916 y sus reformas
Ley General de Turismo.
D.O.F. 17-Vl-2009 y sus reformas
Ley Agraria
D.O.F. 26-II-1992 y sus reformas
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
D.O.F. 16-IV-2025
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
D.O.F. 02-IV-2013 y sus reformas
Ley de Asociaciones Público Privadas
D.O.F. 16-I-2012 y sus reformas
Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
D.O.F. 20-I-2005 y sus reformas
Ley de Comercio Exterior
D.O.F. 27-VII-1993 y sus reformas
Ley de Concursos Mercantiles
DOF 12-V-2000
Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica
D.O.F 26-XII-1990
Ley de Inversión Extranjera
D.O.F. 27-XII-1993 y sus reformas
Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
D.O.F. 29-VI-1992 y sus reformas
Ley de la Fiscalía General de la República
D.O.F. 20-V-2021
Ley de Migración
D.O.F. 25-V-2011 y sus reformas
Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
D.O F. 16-VII-2025
Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales
D.O.F. 24-XII-1986 y sus reformas
Ley del Impuesto al Valor Agregado
D.O.F. 29-XII-1978 y sus reformas
Ley del Impuesto sobre la Renta
D.O.F 11-XII-2013 y sus reformas
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
D.O.F. 10-IV-2003 y sus reformas
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
D.O.F. 04-VIII-1994 y sus reformas
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
D.O.F. 01-XII-2005 y sus reformas
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
D.O.F. 01-VII-2020
Ley Federal del Derecho de Autor
D.O.F. 24-XII-1996 y sus reformas
Ley General de Archivos
D.O.F. 15-VI-2018 y sus reformas
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
D.O.F. 20-III-2025
Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal
D.O.F. 29-XII-2014 y sus reformas
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
D.O.F. 18-VII-2016 y sus reformas
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente
D.O.F. 24-XII-2024 (ejercicio fiscal 2025)
CÓDIGOS
Código Civil Federal
D.O.F. 26-V-1928 y sus reformas.
Código de Comercio
D.O.F. 07-X-1889 y sus reformas.
Código de Conducta de las Personas Servidoras Públicas de la Secretaría de Turismo.
11-X-2023
Código de Ética de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 08-II-2022
Código Federal de Procedimientos Civiles.
D.O.F. 24-II-1943 y sus reformas.
Código Fiscal de la Federación.
D.O.F. 31-Xll-1981 y sus reformas.
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
D.O.F. 07-Vl-2023
Código Nacional de Procedimientos Penales.
D.O.F. 05-III-2014 y sus reformas.
Código Penal Federal.
D.O.F. 14-VIII-1931 y sus reformas.
REGLAMENTOS
Reglamento de la Cámara de Diputados
D.O.F. 24-XII-2010 y sus reformas.
Reglamento del Senado de la República
D.O.F. 04-Vl-2010 y sus reformas
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
D.O.F. 20-III-1934 y sus reformas
Reglamento de la Ley Aduanera
D.O.F. 20-IV-2015
Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
D.O.F. 28-XI-2012 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Aeropuertos
D.O.F. 17-II-2000 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales
D.O.F. 12-I-1994 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Aviación Civil
D.O.F. 07-XII-1998 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
D.O.F. 09-II-2012 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
D.O.F. 30-XII-1993 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados
D.O.F. 05-X-2004
Reglamento de la Ley de Firma Electrónica Avanzada
D.O.F. 21-III-2014
Reglamento de la Ley de Información Estadística y Geográfica
D.0.F. 03-XI-1982 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Migración
D.O.F. 28-IX-2012 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo
D.O.F. 04-III-2015
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
D.O.F. 28-VII-2010 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Puertos
D.O.F. 16-XII-2021
Reglamento de la Ley Tesorería de la Federación
D.O.F. 30-VI-2017
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
D.O.F. 04-XII-2006 y sus reformas
Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
D.O.F. 08-X-2015 y sus reformas
Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
D.O.F. 28-IV-2017 y sus reformas
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
D.O.F. 06-IX-2007
Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica
D.O.F. 12-X-2007
Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
D.O.F. 07-VI-2005
Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
D.O.F. 26-I-1990 y sus reformas
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
D.O.F. 28-VI-2006 y sus reformas
Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor
D.O.F. 19-XII-2019
Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
D.O.F. 21-XII-2011
Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
D.O.F. 11-VI-2003
Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales
D.O.F. 30-VI-2016 y sus reformas
Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
D.O.F. 17-VI-2003 y sus reformas
Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización
D.O.F. 14-I-1999 y sus reformas
Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos
D.O.F. 08-XII-1975 y sus reformas
Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
D.O.F. 11-III-2008 y sus reformas
Reglamento de la Ley General de Cambio Climático en Materia del Registro Nacional de Emisiones
D.O.F. 28-X-2014
Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales
D.O.F. 29-XI-2018
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
D.O.F. 09-Xll-2020
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social
D.O.F. 18-I-2006 y sus reformas
Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
D.O.F. 02-XII-2015
Reglamento de la Ley de Pesca
D.O.F 29-IX-1999 y sus reformas
Reglamento de la Ley General de Población
D.O.F. 14-IV-2000 y sus reformas
Reglamento de la Ley General de Protección Civil
D.O.F. 13-V-2014 y sus reformas
Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
D.O.F. 30-XI-2006 y sus reformas
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas
D.O.F. 30-XI-2000 y su reforma
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
D.O.F. 29-IV-2010 y sus reformas
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental
D.O.F. 30-V-2000 y sus reformas
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico
D.O.F. 08-VIII-2003 y sus reformas
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera
D.O.F. 25-XI-1988 y sus reformas
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
D.O.F. 03-VI-2004 y sus reformas
Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
D.O.F. 30-XI-2012
Reglamento de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
D.O.F. 23-IX-2013
Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
D.O.F. 24-V-2006 y sus reformas
Reglamento del Artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el Cobro de Fianzas Otorgadas a Favor de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios, Distintas de las que Garantizan Obligaciones Fiscales Federales a cargo de Terceros
D.O.F. 15-I-1991
Reglamento del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación
D.O.F. 19-VII-2004
Reglamento del Código Fiscal de la Federación
D.O.F. 02-IV-2014
Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal
D.O.F. 22-XI-2012
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
D.O.F. 13-XI-2014
Reglamento Interior de la Comisión Ejecutiva de Turismo
D.O.F. 08-X-2004
Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares
D.O.F. 22-XI-1994 y sus reformas
Reglamento de la Prestación del Servicio Turístico del Sistema de Tiempo Compartido
D.O.F. 21-VIII-1989
Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal
D.O.F. 04-X-1999
Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítima Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
D.O.F. 21-VIII-1991
Reglamento de la Ley General de Turismo.
D.O.F. 06-Vll-2015 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
D.O.F. 28-VII-2010 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
D.O.F. 08-IX-1998 y sus reformas
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial
D.O.F. 23-XI-1994 y sus reformas
Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas
D.O.F. 05-XI-2012 y sus reformas
Reglamento de la Ley Federal de Archivos
D.O.F. 13-V-2014
Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor
D.O.F. 22-V-1998 y sus reformas
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
D.O.F. 23-VII-2012
Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
D.O.F. 16-Xll-2021 y su reforma de 30-IX-2024
Reglamento de Escalafón Secretaría de Turismo.
17 de marzo de 2020
ESTATUTOS
Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Pesca
D.O.F. 18-X-2013 y sus modificaciones
Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.
D.O.F 30-VI-2014
Fideicomiso relativo al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), Contrato de Fideicomiso, de fecha 29 de marzo de 1974, celebrado entre el Gobierno Federal y Nacional Financiera S.A., y su convenio modificatorio del 30 de junio de 2000.
Estatutos Sociales de la sociedad denominada "FONATUR Constructora, Sociedad Anónima de Capital Variable, Escritura Pública 104,937, de fecha 08 de septiembre de 2008, pasada ante la fe del Licenciado Arturo Sobrino Franco, Notario Público número 49 del Distrito Federal (ahora Ciudad de México).
Estatutos Sociales de "FONATUR Infraestructura, Sociedad Anónima de Capital Variable, Escritura Pública 104,331, de fecha 28 de julio de 2020, pasada ante la fe del Licenciado Carlos Antonio Morales Montes de Oca, Notario Público número 227 de la Ciudad de México."
Estatutos Sociales de "FONATUR Tren Maya" Sociedad Anónima de Capital Variable Escritura Pública 104,332, de fecha 28 de julio de 2020, pasada ante la fe del Licenciado Carlos Antonio Morales Montes de Oca, Notario Público número 227 de la Ciudad de México.
Estatutos Sociales de "FONATUR Solar, Sociedad Anónima de Capital Variable" Escrituras Públicas 100.216, de fecha 2 de mayo de 2019 pasada ante la fe de Carlos Antonio Morales Montes de Oca, Notario Público 227 de la Ciudad de México, y 113,473, de fecha 07 de diciembre de 2020, pasada ante la fe del Licenciado Alejandro Domínguez García Villalobos, Notario Público número 236 de la Ciudad de México.
Estatuto Orgánico de Aeropuertos y Servicios Auxiliares
D.O.F. 31-I-2023
DECRETOS
Decreto por el que se crea la Comisión Nacional Forestal
D.O.F. 04-IV-2001
Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca
D.O.F. 05-VI-2001
Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal
D.O.F. 10-XII-2012 y sus reformas
Decreto por el que se modifica el diverso que establece las Medidas para el Uso Eficiente, Transparente y Eficaz de los Recursos Públicos, y las Acciones de Disciplina Presupuestaria en el Ejercicio del Gasto Público, así como para la Modernización de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 30-XII-2013
Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
D.O.F. 26-IV-2017 y su reforma
Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican.
D.O.F. 23-IV-2020
Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican en materia de derechos por servicios migratorios.
D.O.F. 30-VI-2025
Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, se desincorpora el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. como empresa de participación estatal mayoritaria y se ordena su disolución y liquidación.
D.O.F. 31-VII-2019
Decreto por el que se declara el 5 de octubre de cada año como el "Día Nacional de los Pueblos Mágicos".
D.O.F. 05-X-2020
Decreto por el que la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como los aeropuertos que se indican, son de seguridad nacional y de interés público.
D.O.F. 18-V-2023
Decreto para la entrega del Proyecto Tren Maya a Tren Maya S.A. de C.V. y demás acciones que se indican.
D.O.F. 01-III-2024
Decreto por el que se declara "Día Nacional del Señalamiento Marítimo", el 30 de mayo de cada año.
D.O.F. 29-VII-2024
Decreto por el que se aprueba el Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas fuera de la Jurisdicción Nacional, adoptado en Nueva York, el diecinueve de junio de dos mil veintitrés.
D.O.F. 22-VII-2025
Decreto por el que se crea la Comisión Intersecretarial para la atención, reconstrucción y recuperación económica de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el Estado de Guerrero, dentro del Programa de Desarrollo Turístico Integral "Acapulco se Transforma Contigo".
D.O.F. 24-I-2025
PROGRAMAS
Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030
D.O.F. 15-IV-2025
Programa Sectorial de Turismo 2025-2030
D.O.F. 15-IX-2025
Estrategia Nacional de Seguridad Pública 2024-2030
D.O.F. 13-V-2025
Programa Institucional del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec 2025-2030.
D.O.F. 16-X-2025
Programa de Manejo del Parque Nacional de Tulum.
D.O.F. 12-I-2024
Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2025.
D.O.F. 17-II-2025
ACUERDOS PRESIDENCIALES Y SECRETARIALES
Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites Empresariales que aplica la Secretaría de Turismo y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria
D.O.F 21-XII-1998
Acuerdo por el que se expide el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal
D.O.F. 13-X-2000 y sus modificaciones y adiciones
Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo de Turismo, como una Comisión lntersecretarial de carácter permanente
D.O.F. 22-V-2008
Acuerdo por el que se establece la integración y el funcionamiento de los gabinetes
D.O.F. 01-IV-2013
Acuerdo por el que se precisan las atribuciones y se establecen las bases generales para el funcionamiento del Gabinete Turístico
D.O.F. 08-XI-2013
Acuerdo por el que se aprueba la inclusión de un conjunto de indicadores clave en materia de Turismo al Catálogo Nacional de Indicadores
D.O.F. 31-XII-2013
Acuerdo por el que se da a conocer el Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.
D.O.F 30-VI-2014
Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo del Instituto de Competitividad Turística de la Secretaría de Turismo
D.O.F 16-I-2015
Acuerdo por el que se establecen modalidades en la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros y turismo, así como para la operación del transporte privado de personas, para los efectos del ingreso y fecha límite de operación de unidades vehiculares en dichos servicios.
D.O.F. 31-III-2015
Acuerdo por el que se emite la Metodología para la elaboración, integración, ejecución y evaluación del Programa de Ordenamiento Turístico General del Territorio.
D.O.F. 08-IX-2016 y sus reformas
Acuerdo por el que se aprueba la adición de un indicador clave en materia de Turismo al Catálogo Nacional de Indicadores.
D.O.F. 18-X-2016
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Dictaminación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable
D.O.F. 30-XI-2016
Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Procesos de Fiscalización
D.O.F. 05-XI-2020
Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a las personas titulares de las unidades administrativas que se indican
D.O.F. 8-III-2021
Acuerdo mediante el cual se modifica el similar por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza su aportación a título gratuito al patrimonio del FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V., dos fracciones de terreno identificadas como polígono 2A con superficie de 1,848,165.67 metros cuadrados y polígono 2B con superficie de 143,788.81 metros cuadrados, que forman parte del inmueble denominado Antiguo Aeropuerto Palenque o Ex Aeropuerto Palenque, ubicado en Carretera Federal 199, tramo Catazajá-Rancho Nuevo, kilómetro 24.5, colonia Pakal-Ná, antes Las Joyas, Municipio de Palenque, Estado de Chiapas.
D.O.F. 22-III-2024
Declaratoria de inicio de funciones del sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal de la Plataforma Digital Nacional, previsto en el artículo 49, fracción I de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
D.O.F. 05-VI-2024
Acuerdo por el que se crea el Órgano Interno de Control Específico en la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria denominada Tren Maya, S.A. de C.V.
D.O.F. 31-VII-2024
Acuerdo por el que se instruyen las acciones inmediatas que se indican para la conclusión del Proyecto Tren Maya.
D.O.F. 30-IX-2024
Acuerdo por el que se establece con carácter de permanente el Programa para la implementación, operación y desarrollo del Sistema Nacional de Información Turística (S.N.I.T.)
D.O.F. 18-Vlll-1994
Acuerdo por el que se precisan las atribuciones y se establecen las bases generales para el funcionamiento del Gabinete Turístico.
D.O.F. 08-Xl-2013
Acuerdo por el que la Secretaría de Turismo establece su domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones, acuerdos y documentos.
D.O.F. 27-II-2014
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la integración de la información del Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México (DATATUR).
D.O.F. 03-IX-2015
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la integración de la información del Atlas Turístico de México.
D.O.F. 03-IX-2015
Acuerdo por el que se establece la publicación de las actualizaciones del Atlas Turístico de México.
D.O.F. 03-IX-2015
Acuerdo por el que se establece el formato único para los trámites de Guías de Turistas ante la Secretaría de Turismo.
D.O.F. 29-IX-2015
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Acreditación de Guías de Turistas.
D.O.F. 29-IX-2015
Acuerdo por el que se emite la Convocatoria Nacional de Inscripción al Registro Nacional de Turismo dirigido a los prestadores de servicios turísticos
D.O.F. 30-III-2016
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Sistema de Clasificación Hotelera.
Última reforma 27-Vl-2024
Acuerdo por el que se establecen los criterios generales para el Nombramiento de Pueblos Mágicos.
Última reforma 06-X-2020
Acuerdo por el que se expide la Estrategia Nacional de Pueblos Mágicos.
D.O.F. 0l-X-2020
Acuerdo por el que se publican las Reglas de Organización y Funcionamiento Interno de la Comisión Ejecutiva de Turismo.
D.O.F. 24-Vlll-2021
Acuerdo por el que se publican las Reglas de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Consultivo de Turismo.
D.O.F. 17-Xl-2021
Acuerdo por el que se delegan atribuciones a las personas titulares de las direcciones adscritas a la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
D.O.F. 02-II-2022
Acuerdo por el que se delegan atribuciones a las personas servidoras públicas que se indican.
D.O.F. 09-Vl-2022
Acuerdo por el que se publican las Reglas de Organización y Funcionamiento Interno de la Conferencia Nacional de Secretarios de Turismo y Funcionarios Turísticos.
D.O.F. 22-Vl-2022
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites y servicios que se realizan ante la Secretaría de Turismo.
D.O.F. 27-II-2025
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos Generales de Protección de Datos personales para el Sector Público
D.O.F 26-I-2018 y sus reformas
Acuerdo por el que se emite la convocatoria para definir la sede del Tianguis Turístico México 2027.
D.O.F. 18-VIII-2025
Acuerdo por el que se instruye la transferencia de derechos y obligaciones de Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. y demás acciones que se indican.
D.O.F. 04-VIII-2025
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
D.O.F. 12-VII-2010 y sus reformas
Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización del Proceso de Fiscalización.
D.O.F. 05-XI-2020
Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros.
D.O.F. 15-VII-2010 y sus reformas
Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.
D.O.F. 16-VII-2010 y sus reformas
Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
D.O.F. 09-VIII-2010 y sus reformas
Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
D.O.F. 09-VIII-2010 y sus reformas
Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental.
D.O.F. 22-XI-2010 y sus reformas
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Programas Regionales, 07 de noviembre de 2012
Manual de Organización General de la Secretaría de Turismo
Ultima reforma. 05-VIII-2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Planeación, 1 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Oficina del Subsecretario de Planeación y Política Turística, 01 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Integración de Información Sectorial, 01 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación, 01 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, 01 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Certificación Turística, 11 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Verificación y Sanción, 11 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Gestión de Destinos, 15 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Impulso al Financiamiento e Inversiones Turísticas, 15 de agosto de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Programación y Presupuesto, 18 de septiembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Administración, 18 de septiembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Oficina del Oficial Mayor, 18 de septiembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Unidad de Asuntos y Cooperación Internacionales, 25 de septiembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Ordenamiento Turístico Sustentable, 11 de noviembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Subsecretaría de Innovación y Desarrollo Turístico, 08 de diciembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, 08 de diciembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Normalización y Calidad Regulatoria Turística, 15 de diciembre de 2014
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Innovación del Producto Turístico, 18 de diciembre de 2014
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Verificación y Sanción, 25 de febrero de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Integración de Información Sectorial, 25 de marzo de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Planeación, 25 de marzo de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, 25 de marzo de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Innovación del Producto Turístico, 01 de julio de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Ordenamiento Turístico Sustentable, 01 de julio de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Normalización y Calidad Regulatoria Turística, 18 de noviembre de 2015
Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Turismo, 15 de diciembre de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Certificación Turística, 15 de diciembre de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Gestión de Destinos, 02 de diciembre de 2015
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Impulso al Financiamiento e Inversiones Turísticas, 04 de enero de 2016
Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la Secretaría de Turismo, 01 de marzo de 2016
Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Convocatorias de la Secretaría de Turismo, 28 de octubre de 2016
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico, 14 de abril de 2017
Manual de Organización Específico de la Subsecretaría de Calidad y Regulación, 11 de agosto de 2018
Manual de Organización Específico de las Oficinas del C. Secretario, 20 de agosto de 2018
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de aplicación General en Materia de Control Interno.
D.O.F. 03-XI-2016 y su reforma.
Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos en materia de Datos Abiertos de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 11-IX-2025
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para los procedimientos de verificación aleatoria y de investigación en materia de evolución y verificación patrimonial de las personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 30-IX-2025
Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 22-II-2024
Acuerdo que tiene por objeto emitir las Disposiciones generales en las materias de Archivos y de Gobierno Abierto para la Administración Pública Federal y su Anexo Único
D.O.F. 15-V-2017
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Sistema Nacional de Certificación Turística.
D.O.F. 18-VIII-2017
Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo de Turismo Médico de la Secretaría de Turismo
D.O.F. 04-IX-2017 y sus reformas
Lineamientos en Materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal
D.O.F. 18-IX-2020
Acuerdo por el que se emiten las políticas y disposiciones para impulsar el uso y aprovechamiento de la informática, el gobierno digital, las tecnologías de la información y comunicación, y la seguridad de la información en la Administración Pública Federal.
D.O.F. 06-IX-2021
Lineamientos de Racionalidad y Austeridad Presupuestaria para el ejercicio 2025
D.O.F. 25-II-2025
Lineamientos para la incorporación de la información al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal de la Plataforma Digital Nacional, previsto en el artículo 49, fracción I, de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
D.O.F. 27-II-2024
Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, del año que corresponda.
D.O.F. 30-V-2025
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de la instancia de inconformidad contra actos derivados de la licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, a que se refiere la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
D.O.F. 07-VI-2024
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la tramitación del procedimiento de sanción por infracciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y la Ley de Asociaciones Público Privadas.
D.O.F. 07-VI-2024
Acuerdo por el que se establece la obligatoriedad del registro de contratos y operaciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público en la Bitácora Electrónica de Seguimiento de Adquisiciones y sus Lineamientos"
D.O.F. 01-X-2021 y sus posteriores reformas.
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la atención e investigación de denuncias
D.O.F. 07-VI-2024
Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, del año que corresponda.
D.O.F. 14-VIII-2025
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para el procedimiento de responsabilidad administrativa en la Administración Pública Federal.
D.O.F. 06-VI-2024
Acuerdo por el que se emite el padrón de sujetos obligados competencia de transparencia para el pueblo.
D.O.F. 16-VII-2025
Acuerdo por el que se declara la Internacionalización del Aeródromo Denominado Aeropuerto Nacional de Colima.
D.O.F. 17-IX-2025
Manual de Programación y Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente (octubre, 2024)
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
NOM-017-PESC-1994. Para regular las actividades de pesca deportivo-recreativa en las aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 09-V-1995
NOM-022-SEMARNAT-2003. Que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar.
D.O.F. 10-IV-2003
NOM-029-PESC-2006. Pesca responsable de tiburones y rayas. Especificaciones para su aprovechamiento.
D.O.F. 14-II-2007
NMX-AA-119-SCFI-2020. Que establece los requisitos y criterios de desempeño sustentable para el diseño, construcción y operación de marinas turísticas. (cancela a la NMX-AA-119-SCFI-2006).
D.O.F. 04-VI-2020
NMX-AA-133-SCFI-2013. Requisitos y especificaciones de sustentabilidad del ecoturismo.
D.O.F. 07-IV-2014
NMX-AA-171-SCFI-2014. Requisitos y especificaciones de desempeño ambiental de establecimientos de hospedaje.
D.O.F. 22-IX-2014
NMX-AA-178-SCFI-2016. Requisitos, especificaciones y criterios de desempeño sustentable, en el diseño, selección de sitio, construcción y operación que realicen en los desarrollos inmobiliarios turísticos que se ubiquen en el Golfo de California.
D.O.F. 07-XII-2016
NMX-AA-120-SCFI-2016. Que establece los requisitos y especificaciones de sustentabilidad de calidad de playas.
D.O.F. 07-XII-2016
NOM-06-TUR-2017, Requisitos mínimos de operación, información, higiene, seguridad, instalaciones y equipamiento que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de campamentos.
D.O.F. 27-IV-2018
NOM-07-TUR-2002 De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios.
D.O.F. 26-II-2003
NOM-08-TUR-2002 Que establece los elementos a que deben sujetarse los guías generales y especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.
D.O.F. 05-III-2003
NOM-09-TUR-2002 Que establece los elementos a que deben sujetarse los guías especializados en actividades específicas.
D.O.F. 26-IX-2003
NOM-010-TUR-2001 De los requisitos que deben contener los contratos que celebren los prestadores de servicios turísticos con los usuarios-turistas.
D.O.F. 02-I-2002
NOM-011-TUR-2001 Requisitos de seguridad, información y operación que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de Turismo de Aventura.
D.O.F. 22-Vll-2002
NOM-012-TUR-2016, Para la prestación de servicios turísticos de buceo.
D.O.F. 02-IX-2016
OTRAS DISPOSICIONES
Reglas Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités Ciudadanos de Pueblos Mágicos.
D.O.F. 25-X-2023
Reglas de Operación de la Comisión Intersecretarial para la Atención, Reconstrucción y Recuperación Económica de los Municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el Estado de Guerrero.
D.O.F. 20-V-2025
Reglas de Operación del Grupo Interdisciplinario de Archivo de la Secretaría de Turismo
09 de octubre de 2025
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, 07 de noviembre de 2012
Anexo I Formato para la Prestación del Expediente Técnico, del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Dictaminación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable, publicado el 30 de noviembre de 2016.
D.O.F. 22-V-2017
Aviso mediante el cual se da a conocer la liga electrónica que redirige a las reglas de operación y funcionamiento del sistema nacional de acceso a la información pública.
D.O.F. 16-VII-2025
Lineamientos para regular las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación.
D.O.F. 29-VIII-2025
Lineamientos para elaborar y suscribir los contratos marco para la adquisición y arrendamiento de bienes, así como para la prestación de servicios.
D.O.F. 08-VIII-2024
Lineamientos para autorizar y regular el pago de los conceptos Otorgados a la Dirección General de Servicios al Turista Ángeles Verdes, aplicados a la partida presupuestal 37901, autorizada 18 de mayo de 2018.
Oficio Circular por el que se establecen los procedimientos para el informe, dictamen, notificación o constancia de registro de los ingresos excedentes obtenidos durante el ejercicio por la Oficina de la Presidencia de la República, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como por los poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos y Tribunales Administrativos.
D.O.F. 29-V-2019
Resolución Miscelánea Fiscal para el Ejercicio Fiscal que corresponda
Ultima reforma. 30-XII-2024
Resolución por la que se autoriza la desincorporación por disolución y liquidación de la empresa de participación estatal mayoritaria denominada FONATUR Solar, S.A. de C.V.
D.O.F. 29-IV-2025
Resolución por la que se autoriza la desincorporación por disolución y liquidación de la empresa de participación estatal mayoritaria denominada FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V.
D.O.F. 29-VIII-2025
Título de Asignación que otorga la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria denominada Tren Maya, S.A. de C.V., para construir, operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, la cual incluye los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos.
D.O.F. 30-V-2023
Lineamientos para la implementación del modelo nacional para eliminar trámites burocráticos.
D.O.F. 22 de octubre de 2025
Política Nacional Marítima
D.O.F. 30-IX-2024
Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2025
D.O.F 25-VIII-2025
III. ATRIBUCIONES
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Artículo 42.- A la Secretaría de Turismo le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I.- Formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional;
II.- Promover, en coordinación con las entidades federativas, las zonas de desarrollo turístico nacional y formular en forma conjunta con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales la declaratoria respectiva;
III.- Participar con voz y voto en las comisiones Consultiva de Tarifas y la Técnica Consultiva de Vías Generales de Comunicación;
IV.- Registrar a los prestadores de servicios turísticos, en los términos señalados por las leyes;
V.- Promover y opinar el otorgamiento de facilidades y franquicias a los prestadores de servicios turísticos y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales necesarios para el fomento a la actividad turística, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados;
VI. Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de los precios y tarifas de los bienes y servicios turísticos a cargo de la Administración Pública Federal, tomando en cuenta las leyes, reglamentos y demás disposiciones que regulan las facultades de las dependencias y entidades;
VII. Se Deroga.
VIII.- Estimular la formación de asociaciones, comités y patronatos de carácter público, privado o mixto, de naturaleza turística;
IX.- Emitir opinión ante la Secretaría de Economía, en aquellos casos en que la inversión extranjera concurra en proyectos de desarrollo turísticos o en el establecimiento de servicios turísticos;
X.- Regular, orientar y estimular las medidas de protección al turismo, y vigilar su cumplimiento, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con las autoridades estatales y municipales;
XI.- Promover y facilitar el intercambio y desarrollo turístico en el exterior, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores; XII. Promover, y en su caso, organizar en coordinación con la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, la capacitación, investigación y el desarrollo tecnológico en materia turística;
XIII.- Formular y difundir la información oficial en materia de turismo; coordinar la publicidad que en esta materia efectúen las entidades del gobierno federal, las autoridades estatales y municipales y promover la que efectúan los sectores social y privado;
XIV.- Promover, coordinar, y en su caso, organizar los espectáculos, congresos, excursiones, audiciones, representaciones y otros eventos tradicionales y folklóricos de carácter oficial, para atracción turística;
XV.- Fijar y en su caso, modificar las categorías de los prestadores de servicios turísticos por ramas:
XVI.- Autorizar los reglamentos interiores de los establecimientos de servicios al turismo;
XVII.- Llevar la estadística en materia de turismo, de acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
XVIII.- Promover y apoyar la coordinación de los prestadores de servicios turísticos;
XIX.- Proyectar, promover y apoyar el desarrollo de la infraestructura turística y estimular la participación de los sectores social y privado;
XX.- Fijar e imponer, de acuerdo a las leyes y reglamentos, el tipo y monto de las sanciones por el incumplimiento y violación de las disposiciones en materia turística, y
XXI.- Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos.
LEY GENERAL DE TURISMO
Artículo 4. Son atribuciones del Poder Ejecutivo Federal, que se ejercerán a través de la Secretaría:
I. Formular y conducir la política turística nacional;
II. Promover y coordinar la actividad turística de México a nivel nacional e internacional;
III. Coordinar las acciones que lleven a cabo el Ejecutivo Federal, los Estados, Municipios y la Ciudad de México, en su caso; en el ámbito de sus respectivas competencias, para el desarrollo turístico del país, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;
IV. Atender los asuntos relacionados con la actividad turística del país;
V. Regular las acciones para la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística en el país;
VI. Coadyuvar a la aplicación de los instrumentos de política ambiental y de cambio climático, en materia de turismo;
VII. Formular las bases de coordinación entre los ámbitos de gobierno, para el establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable
VIII. Promover la infraestructura y equipamiento, que contribuyan al fomento y desarrollo de la actividad turística, en coordinación con los Estados, Municipios y la Ciudad de México, y con la participación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y los sectores social y privado, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;
IX. Promover acuerdos de cooperación y coordinación con el sector privado y social para el impulso, fomento y desarrollo de la actividad turística;
X. Participar en programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan;
XI. Promover, realizar y difundir estudios, investigaciones e indicadores en materia turística;
XII. Establecer la regulación para la clasificación de establecimientos hoteleros y de hospedaje, de cumplimiento obligatorio en toda la República;
Para el ejercicio de esta atribución el Ejecutivo Federal podrá signar convenios de colaboración con los Estados y la Ciudad de México en materia de registro de clasificación, verificación del cumplimiento de la regulación a que se refiere la fracción anterior, y la imposición de las sanciones a que haya lugar;
XIII. Promover y vigilar el cumplimiento de esta Ley y los demás ordenamientos y Normas Oficiales Mexicanas que de ella deriven, en el ámbito de su competencia;
XIV. Fijar e imponer, de acuerdo a esta Ley y los reglamentos correspondientes, el tipo y monto y de las sanciones por el incumplimiento y violación de las disposiciones en materia turística, y
XV. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.
Artículo 5. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los Estados, los Municipios, y la Ciudad de México, colaboren en el ejercicio de las siguientes atribuciones:
I. Administrar y supervisar las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable, conforme a lo establecido por esta Ley y los programas de ordenamiento turístico del territorio;
II. Elaborar y ejecutar programas de desarrollo de la actividad turística, y
III. Realizar acciones operativas que complementen los fines previstos en este ordenamiento.
En los convenios o acuerdos de coordinación a que se refiere este artículo se podrán establecer las políticas y acciones que habrán de instrumentar los gobiernos Federal, Estatal y Municipal, y la Ciudad de México para fomentar las inversiones y propiciar el desarrollo integral y sustentable en beneficio de los habitantes de la Zona; así como los compromisos que asumen dichos órdenes de gobierno para coordinar sus acciones dentro de éstas.
Corresponde a la Secretaría evaluar el cumplimiento de los compromisos que se asuman en los convenios o acuerdos de coordinación a que se refiere este artículo.
Para los efectos de lo antes dispuesto, los convenios o acuerdos de coordinación que celebre el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, con los gobiernos de los Estados o de la Ciudad de México, con la participación, en su caso, de sus Municipios, deberán sujetarse a las bases previstas en el reglamento de esta Ley.
Artículo 6. En aquellos casos en que para la debida atención de un asunto, por razón de la materia y de conformidad con las disposiciones legales aplicables, se requiera de la intervención de otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, la Secretaría ejercerá sus atribuciones en coordinación con las mismas.
La Secretaría y las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que ejerzan atribuciones derivadas de otros ordenamientos jurídicos cuyos preceptos se relacionen con el objeto de la presente Ley o sus disposiciones complementarias, formularán los criterios para preservar como Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable las áreas geográficas en las que comparten competencia.
Artículo 7. Para el cumplimiento de la presente Ley, corresponde a la Secretaría:
I. Emitir opinión en las cuestiones relacionadas con la política migratoria que tengan un impacto sobre el turismo;
II. Participar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en la determinación de las necesidades de transporte terrestre, rutas aéreas y marítimas que garanticen el acceso y la conexión de los sitios turísticos que determine la propia Secretaría;
III. Participar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la celebración de convenios bilaterales para la prestación de servicios aéreos internacionales, en el caso de los destinos turísticos que determine la propia Secretaría;
IV. Colaborar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la identificación de las necesidades de señalización en las vías federales de acceso a las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable;
V. Coordinar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, la instrumentación de los programas y medidas para la preservación de los recursos naturales, prevención de la contaminación, para la ordenación y limpieza de las playas, para promover el turismo de naturaleza y el de bajo impacto, así como para el mejoramiento ambiental de las actividades e instalaciones turísticas;
VI. Promover y fomentar, en coordinación con la Secretaría de Economía y demás dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, la inversión de capitales nacionales y extranjeros en proyectos de desarrollo turístico y para el establecimiento de servicios turísticos;
VII Coadyuvar con la Secretaría de Economía en las acciones tendientes a fortalecer y promover las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas;
VIII. Impulsar en coordinación con la Secretaría de Economía, ante las autoridades Federales, de los Estados, de los Municipios y de la Ciudad de México, competentes, la instrumentación de mecanismos y programas tendientes a facilitar los trámites y gestión de los inversionistas y demás integrantes del sector turístico, que permitan la expedita creación y apertura de negocios y empresas en los destinos turísticos;
IX. Analizar y coadyuvar con la Secretaría de Seguridad Pública, en los casos en que se determine que sea necesaria la protección de la integridad física de los turistas;
X. Promover y fomentar con la Secretaría de Educación Pública la investigación, educación y la cultura turística;
X Bis. Colaborar y participar con la Secretaría de Salud en el establecimiento de programas, lineamientos, criterios y estándares respecto a la calidad en la prestación de servicios médicos en la industria de Turismo Médico y de Salud, así como, celebrar convenios o cualquier otro acto tendiente a la promoción y fomento del Turismo Médico y de Salud;
XI. Colaborar con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el desarrollo de programas de fomento al empleo turístico, así como de capacitación y profesionalización de la actividad turística, incorporando a las personas con discapacidad;
XII. Coadyuvar con los comités locales de seguridad aeroportuaria y marítima de los destinos turísticos, que determine la propia Secretaría;
XIII. Promover con la Secretaría de Cultura, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura e Instituto Nacional de Antropología e Historia, el patrimonio histórico, artístico, arqueológico y cultural del país, de acuerdo con el marco jurídico vigente;
XIV. Instrumentar, en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor, normas de procedimientos tendientes a garantizar la protección de los derechos de los usuarios de los servicios turísticos, tales como métodos alternativos que resuelvan conflictos ante incumplimientos por parte de prestadores de servicios turísticos;
XV. Promover junto con el Banco Nacional de Obras y Servicios y Nacional Financiera, el otorgamiento de créditos para las entidades públicas y los prestadores de servicios turísticos;
XVI. Coadyuvar con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para impulsar a proyectos productivos y de inversión turística, que cumplan con las disposiciones legales y normativas aplicables;
XVII. Promover en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; el desarrollo de la pesca deportivo-recreativa, conforme lo dispuesto en esta Ley, su reglamento y en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, y
XVIII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.
Artículo 8. La Secretaría se coordinará con las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal para la realización de las acciones conducentes cuando la actividad turística de alguna región del país haya resultado considerablemente afectada, o esté en peligro de serlo, por fenómenos naturales.
IV. ORGANIGRAMA
V. ESTRUCTURA ORGÁNICA
1. Titular de la Secretaría
1.0.1 Dirección General de Asuntos Jurídicos
1.1 Subsecretaría de Turismo
1.1.1 Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales
1.1.2 Dirección General de Inversión Turística
1.1.3 Dirección General Certificación Turística
1.1.4 Dirección General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico
1.1.5 Dirección General de Normalización y Verificación
1.1.6 Dirección General de Servicios al Turista Ángeles Verdes
1.2 Unidad de Administración y Finanzas
1.2.1 Dirección General de Administración
1.2.2 Dirección General de Programación y Presupuesto
1.2.3 Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación
1.3 Unidad de Información y Política Turística
1.3.1 Dirección General de Planeación
1.3.2 Dirección General de Integración de Información Sectorial
1.3.3 Dirección General de Seguimiento y Evaluación
1.3.4 Dirección General de Política Turística
1.4 Unidad de Innovación, Sustentabilidad y Profesionalización Turística
1.4.1 Dirección General de Innovación del Producto Turístico
1.4.2 Dirección General de Gestión Social de Destinos
1.4.3 Dirección General de Sustentabilidad Turística
1.4.4 Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística
VI. OBJETIVOS Y FUNCIONES
1. Titular de la Secretaría
Objetivo
Implementar las acciones encaminadas a la creación de modelos integrales de gestión de destinos turísticos, competitivos y sustentables, que contribuyan al desarrollo económico y bienestar social de los destinos turísticos.
Funciones
1. Establecer, dirigir y controlar la política de la Secretaría, así como coordinar la intervención de la Secretaría en las actividades de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
2. Acordar con el Presidente de la República los asuntos encomendados a la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
3. Desempeñar las comisiones y funciones específicas que el Presidente de la República le encomiende e informarle sobre su cumplimiento;
4. Proponer al Presidente de la República, a través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos y demás disposiciones jurídicas que este deba suscribir, sobre los asuntos de la competencia de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
5. Dar cuenta al Congreso de la Unión, en términos del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del estado que guardan los asuntos competencia de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
6. Acudir, a convocatoria de cualquiera de las Cámaras que integran el Congreso de la Unión, cuando se discuta una iniciativa de ley o se estudie un asunto concerniente a la competencia de la Secretaría o de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, o para que responda a interpelaciones o preguntas de los legisladores;
7. Refrendar los reglamentos, decretos y acuerdos que expida el Presidente de la República, cuando se refieran a asuntos de la competencia de la Secretaría;
8. Aprobar el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de la Secretaría e integrar a este el anteproyecto que le remitan las entidades paraestatales sectorizadas a esta, a efecto de que sean presentados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
9. Supervisar la programación y presupuestación de la Secretaría, y conocer de la operación y evaluación de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
10. Someter a la consideración y, en su caso, aprobación del Presidente de la República el proyecto del Programa Sectorial de Turismo, previo dictamen de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como remitir a esta los proyectos de los programas institucionales, regionales y especiales de su competencia;
11. Expedir el Manual de Organización General de la Secretaría y ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como expedir los manuales de organización, procedimientos y de servicios al público;
12. Adscribir orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría, mediante acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación;
13. Establecer las comisiones, consejos y comités internos que sean necesarios para el buen funcionamiento de la Secretaría, así como designar a los integrantes de los mismos;
14. Aprobar y expedir, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
15. Presidir los órganos de gobierno de las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría; designar y remover a los representantes de la Secretaría ante los mismos, salvo en los casos en que la legislación aplicable señale a la persona servidora pública que deba representar a esta, así como establecer las normas generales para el ejercicio de dichas representaciones;
16. Designar a los representantes de la Secretaría ante las comisiones, congresos, consejos, organizaciones, entidades e instituciones nacionales e internacionales en los que participe la misma, salvo en los casos en que la legislación aplicable señale a la persona servidora pública que deba representar a la Secretaría;
17. Representar al Presidente de la República en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, de conformidad con la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el Presidente de la República, quien podrá ser suplido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del presente Reglamento;
18. Coordinar con las unidades administrativas de la Secretaría, el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las personas servidoras públicas de la Secretaría, especialmente en lo que se refiere a los derechos humanos, y dictar las medidas administrativas procedentes, en el ámbito de su competencia;
19. Ordenar el establecimiento de las directrices y criterios, a través de los cuales la Secretaría participa en programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos, de conformidad con las políticas y programas de protección civil que al efecto establezcan las autoridades competentes;
20. Instruir las acciones de promoción y celebración de eventos turísticos que, por su especial relevancia o alto impacto turístico, representen una fuente de crecimiento y desarrollo para el sector;
21. Suscribir los acuerdos interinstitucionales que celebre la Secretaría con uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales, observando las disposiciones previstas en la Ley sobre la Celebración de Tratados;
22. Resolver las dudas que se susciten entre dos o más unidades administrativas de la Secretaría con motivo de la interpretación y aplicación del presente Reglamento y sobre los casos no previstos en el mismo;
23. Aprobar y firmar los dictámenes sobre la creación, modificación, reestructuración, fusión, liquidación o extinción de las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría, así como sobre la participación de estas o de la Secretaría en el capital social de otras empresas o sobre aportaciones que efectúen al patrimonio de fideicomisos;
24. Establecer las directrices y lineamientos, mediante los cuales se dé cumplimiento a la Ley General de Turismo, en materia de concurrencia con las autoridades competentes;
25. Coordinar los trabajos de transversalidad de la política turística, y
26. Ejercer las demás que con el carácter de indelegables le confieran expresamente otras disposiciones legales y reglamentarias.
1.0.1 Dirección General de Asuntos Jurídicos
Objetivo
Emitir opiniones jurídicas y asesorar a la persona Titular de la Secretaría, a sus unidades administrativas y entidades paraestatales sectorizadas, así como atender consultas y establecer criterios e interpretaciones del marco jurídico del sector, con la finalidad de garantizar la legalidad de sus actos; representar legalmente a la Secretaría en cualquier juicio o controversia judicial o contenciosa administrativa, además de llevar a cabo acciones preventivas y correctivas para evitar cualquier controversia; elaborar y dictaminar instrumentos normativos que generen obligaciones a la Secretaría, para propiciar la colaboración y coordinación con diversos sectores y la salvaguarda de sus intereses; y asegurar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, para garantizar el ejercicio transparente de la gestión pública y la rendición de cuentas.
Funciones
1. Fungir como órgano de consulta jurídica de la Secretaría, así como asesorar a la persona Titular de la Secretaría, a las unidades administrativas de esta y a las entidades paraestatales sectorizadas a dicha dependencia;
2. Coordinar la integración y difusión de las disposiciones jurídicas relacionadas con las atribuciones de la Secretaría y, en su caso, establecer los criterios necesarios para interpretar y aplicar de manera uniforme las disposiciones jurídicas que conforman el marco legal aplicable al sector turístico;
3. Atender e intervenir en los asuntos de carácter legal en que tenga injerencia la Secretaría, en particular en materia consultiva, de contratos y convenios; de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, así como aquellos de carácter contencioso;
4. Participar en los procesos de modernización y adecuación del marco jurídico que rige el funcionamiento de la Secretaría y del sector turístico;
5. Emitir opinión sobre las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación del presente Reglamento y sobre los casos no previstos en el mismo, así como someter dicha opinión a consideración de la persona Titular de la Secretaría;
6. Elaborar y, en su caso, opinar cuando sea competencia de la Secretaría, los anteproyectos de iniciativas de leyes y de decretos legislativos, así como proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos y demás instrumentos normativos, o sus reformas, que deban someterse a la consideración del Presidente de la República, a través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, así como emitir opinión respecto de las modificaciones al presente Reglamento;
7. Emitir opinión sobre el marco jurídico de los anteproyectos de manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público que propongan las demás unidades administrativas de la Secretaría;
8. Colaborar en la revisión del marco jurídico de los proyectos de normas oficiales mexicanas y estándares en materia turística, que elabore la Dirección General de Normalización y Verificación, e instruir su publicación en el Diario Oficial de la Federación;
9. Participar y, en su caso, emitir opinión jurídica en las reuniones de cuerpos colegiados de los que forme parte la Secretaría, o estén constituidos por ella;
10. Revisar, opinar y registrar los instrumentos jurídicos que generen derechos y obligaciones para la Secretaría, celebrados por las unidades administrativas de la Secretaría, con organismos de los sectores público, privado y social, nacionales e internacionales;
11. Colaborar con la Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales en los procesos de negociación para la suscripción de instrumentos jurídicos internacionales correspondientes de conformidad con los requerimientos de las respectivas unidades administrativas de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas a esta;
12. Asesorar a las unidades administrativas de la Secretaría en los procedimientos de contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como de obras públicas y servicios relacionados con las mismas;
13. Asesorar a la Dirección General de Administración en los procedimientos de rescisión de contratos, convenios o pedidos que celebre la Secretaría en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y obras públicas y servicios relacionados con las mismas;
14. Dirigir los procesos jurídicos en los que la Secretaría sea parte, ante autoridades administrativas, judiciales o jurisdiccionales;
15. Coordinar la sustanciación y, cuando proceda, dar trámite a los recursos que se interpongan contra actos y resoluciones de la Secretaría y, en su caso, proponer o emitir el proyecto de resolución que proceda;
16. Representar al Presidente de la República en los juicios de amparo respecto de aquellos asuntos que correspondan a la Secretaría, en términos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables;
17. Intervenir en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las que la persona Titular de la Secretaría represente al Presidente de la República;
18. Representar legalmente a la Secretaría ante toda autoridad jurisdiccional y en cualquier otro asunto de carácter legal; intervenir en las reclamaciones de carácter jurídico que puedan afectar sus intereses; formular denuncias, promover querellas y desistirse de las mismas;
19. Representar a todas las personas servidoras públicas de la Secretaría en los juicios de amparo en que estos sean parte con motivo del desempeño de sus funciones;
20. Coadyuvar, en el ámbito de sus atribuciones, con la Fiscalía General de la República y con los órganos o instituciones encargadas de procurar justicia en las entidades federativas, para la investigación de los probables delitos del orden federal o común que se detecten con motivo del ejercicio de las atribuciones de la Secretaría;
21. Coordinar acciones, en el ámbito de sus atribuciones, con la Dirección General de Administración respecto de las liquidaciones, reinstalaciones, reincorporaciones, tramitación del pago de salarios caídos y otras prestaciones que ordenen las autoridades administrativas, judiciales o del trabajo;
22. Colaborar con la Unidad de Administración y Finanzas en la revisión de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría, así como en la conducción de las relaciones de la Secretaría con la representación sindical;
23. Revisar y opinar el contenido de las actas administrativas que remita la Dirección General de Administración, en casos de violaciones a las disposiciones jurídicas en materia laboral y a las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
24. Coordinar la atención de los requerimientos que hagan a las unidades administrativas de la Secretaría, los organismos de promoción y protección de los derechos humanos;
25. Fungir como Unidad de Transparencia de la Secretaría, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como enlace ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
26. Coordinar la atención de las solicitudes de acceso a la información formuladas a la Secretaría, en términos de lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como mantener actualizado el portal de transparencia de la Secretaría, en coordinación con las demás unidades administrativas de dicha dependencia;
27. Coordinar y supervisar el funcionamiento de la Unidad de Transparencia, y presidir el Comité de Transparencia de la Secretaría;
28. Requerir a las unidades administrativas de la Secretaría la documentación e información necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones conferidas en el presente Reglamento;
29. Certificar los documentos existentes en los archivos de la Secretaría, cuando los mismos tengan relación con el despacho de asuntos competencia de la misma;
30. Participar en la elaboración de instrumentos jurídicos en materia de ordenamiento turístico sustentable y de los proyectos de declaratorias de zonas de desarrollo turístico sustentable, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
31. Emitir opinión sobre los proyectos de creación, modificación, reestructuración, fusión, liquidación o extinción de las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría, así como sobre la participación de estas o de la Secretaría en el capital social de otras empresas, o sobre aportaciones que efectúen al patrimonio de fideicomisos y, en su caso, someter dichos proyectos a la consideración de la persona Titular de la Secretaría, y
32. Representar a la Secretaría ante las autoridades competentes en los asuntos relacionados con propiedad industrial y derechos de autor, así como realizar todas las acciones legales conducentes para su protección, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
1.1 Subsecretaría de Turismo
Objetivo
Dirigir el diseño, integración y coordinación de la estrategia integral de impulso, fomento, gestión y atracción de inversiones turísticas, en coordinación con los tres órdenes de gobierno y con organismos de los sectores social y privado, tanto nacionales como internacionales, para propiciar el aprovechamiento y desarrollo regional turístico sustentable de los destinos turísticos de las zonas arqueológicas, parques naturales y demás segmentos y productos turísticos, dentro del país.
Funciones
1. Coordinar con las autoridades de los tres órdenes de gobierno y con organismos de los sectores social y privado, nacionales e internacionales, las acciones necesarias para fomentar y facilitar el flujo de turistas en el territorio nacional;
2. Dirigir el diseño, integración y coordinación de la estrategia integral de impulso, fomento y atracción de inversiones turísticas, tanto nacionales como extranjeras;
3. Vigilar, en el ámbito de su competencia, los proyectos financiados con recursos de la Secretaría;
4. Dirigir los programas y actividades de promoción y comercialización turística;
5. Actuar como enlace de la Secretaría con las diversas autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, para el análisis, evaluación, seguimiento y ejecución de los mecanismos de cooperación internacional en materia turística;
6. Integrar la información de la agenda institucional de cooperación internacional en materia turística, considerando para ello a los países y organismos internacionales, regionales y multilaterales, con los cuales el Estado Mexicano mantiene vínculos en dicha materia;
7. Asistir a la persona Titular de la Secretaría en la suscripción de mecanismos de cooperación internacional con organismos internacionales vinculados con la actividad turística;
8. Apoyar a la persona Titular de la Secretaría en el seguimiento de los compromisos contraídos por el sector turístico, en el marco de las agendas internacionales que sean competencia de la Secretaría;
9. Coordinar las acciones relativas al desahogo del protocolo que debe atender la Secretaría para el desarrollo de actividades de carácter internacional y atención de dignatarios, diplomáticos, comisiones extranjeras y visitantes distinguidos;
10. Coordinar las gestiones requeridas para el pago de las cuotas de inscripción y membrecía a organismos internacionales, regionales y multilaterales de los cuales la Secretaría sea parte;
11. Establecer las directrices para recopilar, analizar y difundir la información y estudios de opinión pública que, sobre la Secretaría y la actividad turística en general, se exprese en cualquier medio de comunicación, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
12. Coordinar con las demás unidades administrativas, la conducción de las relaciones públicas de la Secretaría conforme a las disposiciones jurídicas que rigen la materia;
13. Determinar e impulsar los programas y mecanismos de colaboración para la realización de estrategias, ferias, campañas y otros eventos, en materia de promoción turística a nivel nacional e internacional, conforme a las políticas que establezca la persona Titular de la Secretaría;
14. Definir la estrategia de comunicación para el uso de la marca "México" y cualquier otra generada por la Secretaría, así como para la entrega de información turística y para las campañas nacionales e internacionales en materia turística;
15. Coordinar el desarrollo y uso de los medios electrónicos, ópticos, gráficos o de cualquier otra tecnología necesaria para el cumplimiento de los objetivos y metas de promoción turística, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, con la colaboración que corresponda a la Unidad de Administración y Finanzas y la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación;
16. Coordinar el desarrollo de programas especiales de información, orientación, atención y protección al turista nacional y extranjero, así como apoyo en casos de emergencia y contingencias naturales, en coordinación con las distintas autoridades de los tres órdenes de gobierno;
17. Proponer e implementar los lineamientos de fomento turístico para el desarrollo regional, que deberán aplicar las unidades administrativas competentes de la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
18. Proponer a las autoridades competentes de la Administración Pública Federal la afectación y desincorporación del patrimonio inmobiliario de dominio público de la Federación, susceptible de ser incorporado a zonas de interés y destinos turísticos para el desarrollo de infraestructura de apoyo a la actividad turística;
19. Apoyar a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, en la formulación e instrumentación de programas de desarrollo y fomento turístico;
20. Definir los lineamientos y procedimientos necesarios para la formalización, operación, control, supervisión y evaluación de los programas, inversiones y cualquier instrumento jurídico sobre infraestructura y equipamiento turísticos, que se celebren con las entidades federativas, los municipios, las alcaldías de la Ciudad de México, los organismos empresariales y otros actores del sector;
21. Definir las bases y lineamientos relativos a la dirección de procesos, procedimientos y acciones de vigilancia y observancia de la normalización y estandarización, así como la calidad regulatoria, certificación y verificación de las actividades y prestaciones de servicios turísticos en el país;
22. Coordinar los procesos y acciones de integración, instrumentación, revisión, expedición, modificación, cancelación y difusión de las normas oficiales mexicanas y estándares, en el ámbito de competencia de la Secretaría;
23. Fungir como integrante de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, así como coordinar la operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística;
24. Instruir el diseño, aplicación y seguimiento de los procesos de mejora regulatoria, mediante los cuales se promueva la facilitación para la operación y prestación de los servicios turísticos, propiciando la calidad de los mismos;
25. Establecer criterios para la autorización del uso o aplicación de materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas, diferentes a los previstos en las normas oficiales mexicanas y estándares en materia turística, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
26. Autorizar o denegar la aprobación de laboratorios de pruebas, cuando se trate de asuntos del sector turístico y, en su caso, participar de conformidad con la instrucción del superior jerárquico en dicho mecanismo de aprobación;
27. Normar y coordinar la administración y operación del Sistema Nacional de Certificación Turística, y proponer a la persona Titular de la Secretaría los lineamientos para su organización y funcionamiento;
28. Expedir los lineamientos para otorgar los incentivos, distintivos, certificados y reconocimientos a los prestadores de servicios turísticos, en términos de la Ley General de Turismo;
29. Determinar los lineamientos y criterios referentes a la instrumentación de manuales específicos de clasificación y catalogación de prestadores de servicios turísticos;
30. Supervisar, en colaboración con la Procuraduría Federal del Consumidor, las acciones y procedimientos de verificación, vigilancia e inspección de la prestación de servicios turísticos, y ordenar la investigación correspondiente de actos u omisiones que hayan provocado alguna irregularidad, daño o perjuicio al consumidor;
31. Definir los lineamientos y bases mediante los cuales se desahoguen los procedimientos administrativos derivados de la ejecución de verificación, vigilancia e inspección en la prestación de servicios turísticos, así como establecer las formalidades recurrentes de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
32. Resolver los procedimientos de verificación y, en su caso, imponer las sanciones que procedan por violaciones a las disposiciones jurídicas aplicables en materia turística;
33. Determinar, de conformidad con la Ley General de Turismo y demás disposiciones jurídicas aplicables, las formalidades y mecanismos de coordinación con las autoridades competentes para el desahogo de los procedimientos administrativos, y sustanciar y resolver los recursos administrativos que le corresponda, así como la instrumentación de los actos administrativos correspondientes, de acuerdo con la falta administrativa o delito de que se trate;
34. Identificar zonas, regiones y destinos susceptibles de desarrollo turístico, a fin de formular proyectos de desarrollo de productos, destinos, regiones y rutas turísticas que incorporen la participación de las comunidades receptoras en su ejecución y operación y;
35. Establecer directrices relativas al auxilio que la Secretaría debe prestar, en colaboración con las autoridades competentes, en materia de seguridad y auxilio a de turistas nacionales y extranjeros, cuando se trate de actos o hechos que afecten corporal o patrimonialmente a dichas personas o sujetos del sector.
1.1.1 Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales
Objetivo
Dirigir el diseño y coordinación de las políticas en materia de promoción de la actividad turística a nivel nacional e internacional, con la finalidad incrementar la comercialización de los atractivos, productos, destinos y regiones turísticas del país, e impulsar el desarrollo económico de México.
Funciones
1. Diseñar y coordinar las políticas, programas, estrategias y campañas en materia de promoción turística a nivel nacional e internacional;
2. Proponer a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como a prestadores de servicios turísticos, la realización de acciones y eventos en territorio nacional e internacional, que tengan el propósito de impulsar la promoción, fomento y comercialización de los atractivos, productos, destinos y regiones turísticas del país y, en su caso, coadyuvar con estos a la implementación de dichas acciones y eventos;
3. Proporcionar, por cualquier medio, información turística especializada a los turistas nacionales y extranjeros que pretendan visitar los destinos y atractivos del país;
4. Formular y dar seguimiento a los acuerdos, convenios o cualquier otro instrumento jurídico de colaboración, coordinación o concertación para la promoción turística, así como a los acuerdos y agendas de cooperación internacional que se suscriban en esta materia;
5. Dar seguimiento a la celebración de eventos y ferias de promoción turística, así como establecer los criterios para la evaluación de su impacto;
6. Participar en los procesos de autorización para el uso de la marca "MÉXICO" y dar seguimiento a la estrategia de comunicación, para fortalecer el posicionamiento de la misma;
7. Administrar las marcas cuya titularidad corresponda a la Secretaría, para su debido uso;
8. Proponer e implementar las acciones que deriven de las alianzas estratégicas con los medios de comunicación, nacionales e internacionales, para promover al país;
9. Implementar las estrategias, procesos y formalidades, orientados a atender y coordinar los asuntos internacionales, cuando estos sean competencia de la Secretaría;
10. Participar en los trabajos y foros de los organismos bilaterales y multilaterales en los que la Secretaría sea parte;
11. Realizar, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto, el pago de las cuotas de inscripción y membrecía a organismos internacionales, regionales y multilaterales de los cuales la Secretaría sea parte;
12. Establecer y mantener vínculos de información con la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como con el Servicio Exterior Mexicano y las misiones diplomáticas acreditadas en México, para el desarrollo de las actividades y atribuciones de la Secretaría en el extranjero, así como para impulsar programas y acuerdos de cooperación internacional en materia turística y visitas oficiales;
13. Recopilar, analizar y difundir la información que sobre la Secretaría y la actividad turística en general, se exprese en cualquier medio de comunicación;
14. Implementar, en el ámbito de su competencia, mecanismos de coordinación y colaboración en materia turística con órganos gubernamentales extranjeros, instituciones, agencias y organismos internacionales;
15. Establecer los mecanismos para la participación y comunicación con organismos y autoridades nacionales e internacionales, relacionados con el ejercicio de sus atribuciones;
16. Elaborar, cuando proceda, proyectos de convenios, acuerdos, memorándums, cartas de intención en materia turística y demás actos jurídicos, y someterlos a consideración de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y
17. Someter los instrumentos y actos relativos a los tratados internacionales o acuerdos interinstitucionales a opinión y dictaminación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, según corresponda, en términos de la Ley sobre la Celebración de Tratados.
1.1.2 Dirección General de Inversión Turística
Objetivo
Establecer, en coordinación con otras autoridades competentes, la estrategia integral de impulso, fomento y atracción de inversiones turísticas, tanto nacionales como extranjeras, con la finalidad de promover ante las instituciones del sistema financiero mexicano y los organismos financieros internacionales, el financiamiento con fines turísticos a las entidades federativas, municipios y empresas turísticas.
Funciones
1. Diseñar, integrar y coordinar, con otras autoridades competentes, la estrategia integral de impulso, fomento y atracción de inversiones turísticas, tanto nacionales como extranjeras;
2. Promover acuerdos para la inversión en proyectos turísticos que se consideren estratégicos, generar esquemas de incentivos, proponer su regulación y, en su caso, gestionar esquemas de simplificación y facilitación de trámites, con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
3. Elaborar los lineamientos y estrategias para promover la inversión e impulsar el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas;
4. Coadyuvar en la formulación, implementación y evaluación de proyectos de inversión turística con los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México y, en su caso, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
5. Emitir los lineamientos para integrar los catálogos de inversiones federales, de las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, y coordinar las acciones necesarias para atraer el flujo de inversiones hacia el sector turístico y dar seguimiento a su implementación;
6. Proponer y coordinar con las instituciones del sistema financiero mexicano y los organismos financieros internacionales, programas y esquemas de financiamiento para el sector turismo, en particular, a los prestadores de servicios turísticos, las micro y pequeñas empresas turísticas, con el fin de respaldar las inversiones en dicho sector, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
7. Promover esquemas de financiamiento, así como impulsar el diseño de programas crediticios, de garantías, de coinversiones y otras modalidades, para el respaldo financiero del sector turístico;
8. Proporcionar asesoría en materia de inversiones turísticas a otras autoridades competentes y a los particulares cuando así lo soliciten, así como difundir información y orientar en las materias de financiamiento, inversiones y facilidades administrativas y fiscales relacionadas con el sector turístico, y
9. Coadyuvar con la Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales, para diseñar mecanismos de difusión y promoción para el fomento a la inversión turística.
1.1.3 Dirección General de Certificación Turística
Objetivo
Establecer las directrices para fomentar y promover la prestación de servicios turísticos de calidad, a través del uso y aplicación de certificaciones turísticas, sellos, distintivos, constancias y reconocimientos, así como el diseño, aprobación, actualización de normas y procesos de mejora continua de los sistemas de clasificación hotelera, sistema nacional de certificación turística, sistema de acreditación de guías de turistas y los estándares de calidad, con el objetivo de optimizar la calidad y competitividad de los prestadores de servicios turísticos nacionales a nivel internacional.
Funciones
1. Fomentar el desarrollo de servicios de calidad, uso y aplicación de certificaciones turísticas que promuevan mayores estándares en los servicios turísticos nacionales y competitividad a nivel internacional;
2. Difundir entre los prestadores de servicios turísticos los estándares de calidad turística definidos por la Secretaría y demás autoridades competentes en la materia, a través de organismos certificadores;
3. Operar y administrar el Sistema Nacional de Certificación Turística;
4. Promover que los prestadores de servicios turísticos y los destinos turísticos se adhieran voluntariamente al Sistema Nacional de Certificación Turística y cumplan con los criterios establecidos en las guías de evaluación para la obtención del Distintivo Nacional de Calidad Turística u otros distintivos que se generen por la Secretaría;
5. Diseñar, aprobar y actualizar las normas y procesos de mejora continua para el Sistema de Clasificación Hotelera, el Sistema Nacional de Certificación Turística y la obtención de sellos y distintivos otorgados por la Secretaría, a fin de contar con altos estándares de calidad;
6. Coordinar esfuerzos con las entidades reconocidas en materia de acreditación, para contar con organismos que avalen los procesos de certificación de la Secretaría;
7. Generar mecanismos para difundir entre los prestadores de servicios turísticos los beneficios del Sistema de Clasificación Hotelera, así como de la obtención de distintivos, sellos y certificados de calidad, y
8. Coordinar la operación y administración del Sistema de Clasificación Hotelera.
1.1.4 Dirección General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico
Objetivo
Coordinar el desarrollo, la gestión y fomento de programas, proyectos, infraestructura y equipamiento de los destinos turísticos, y en su caso la inversión pública correspondiente, en las regiones, rutas y circuitos turísticos del país, atendiendo a los principios de desarrollo integral, competitividad, sustentabilidad y transversalidad en colaboración con las unidades administrativas de la secretaría, a fin de impulsar la competitividad de las regiones y localidades del país.
Funciones
1. Diseñar, implementar y supervisar proyectos y programas de desarrollo turístico en las regiones, rutas y circuitos turísticos del país, atendiendo a los principios de desarrollo integral, competitividad, sustentabilidad y transversalidad, en colaboración con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
2. Integrar, concentrar y canalizar para su atención por parte de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las solicitudes de apoyo planteadas por los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, orientadas a fortalecer la capacidad competitiva de las regiones turísticas. Lo anterior, sujeto a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;
3. Dar seguimiento a la coordinación entre la Secretaría y las entidades federativas, mediante la formalización de acciones o instrumentos jurídicos relacionados con el desarrollo turístico regional, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
4. Supervisar y vigilar que los recursos federales aportados a los proyectos regionales de desarrollo turístico se ejerzan en los términos pactados en los convenios de coordinación correspondientes;
5. Promover, en coordinación con las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, la inclusión de acciones de consolidación, diversificación y fomento de los productos turísticos, que agreguen valor a los programas regionales, en el marco de los convenios que llegue a formalizar la Secretaría;
6. Implementar estrategias para la concertación de los programas y proyectos turísticos regionales, y proyectos de desarrollo y fomento de la oferta turística, con las autoridades de los tres órdenes de gobierno y con los sectores privado y social;
7. Participar, con las autoridades competentes, en las comisiones de desarrollo regional y metropolitano;
8. Coadyuvar en las acciones que se deriven de la creación, operación, modificación o extinción de los convenios y contratos de fideicomisos, constituidos con gobiernos de las entidades federativas, municipios o alcaldías de la Ciudad de México y prestadores de servicios turísticos, en coordinación con las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría;
9. Coordinar con la Dirección General de Gestión Social de Destinos, acciones de comercialización entre operadores de turismo y prestadores de servicios turísticos para conformar programas regionales, rutas y circuitos turísticos comercializables;
10. Identificar y proponer, con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, la implementación de programas y acciones que propicien una mejor conectividad entre los destinos y centros turísticos;
11. Participar, con las autoridades competentes, en la determinación de las necesidades de transporte terrestre, rutas aéreas y marítimas que garanticen el acceso y la conexión de los sitios turísticos que determine la propia Secretaría;
12. Coadyuvar con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para impulsar proyectos de fomento turístico, que cumplan con las disposiciones jurídicas aplicables;
13. Promover la construcción o, en su caso, adecuación de infraestructura y equipamiento urbanos en los destinos turísticos, con el objetivo de fortalecer el turismo accesible, y
14. Identificar, en coordinación con el Fondo Nacional de Fomento al Turismo y las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, las directrices del desarrollo y planes maestros de desarrollo y ordenamiento turístico que requieran las regiones y los destinos turísticos para propiciar un mejor desarrollo de la actividad turística.
1.1.5 Dirección General de Normalización y Verificación
Objetivo
Participar en la construcción de la política pública que brinde un análisis sobre la normativa aplicable a la que se encuentran sujetos los diferentes actores, así como los distintos segmentos y actividades del sector, con la finalidad de fomentar y promover una mayor participación en el mercado, que permita identificar elementos para la consolidación del turismo en México.
Funciones
1. Diseñar, dirigir e implementar las directrices, acciones y procesos a través de los cuales se lleve a cabo la revisión, propuestas de expedición, modificación, cancelación y difusión de las normas oficiales mexicanas y los estándares en materia turística, así como determinar la fecha de su entrada en vigor;
2. Participar como Secretario Técnico del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística;
3. Participar en el desarrollo de los lineamientos de control, supervisión y evaluación de las normas oficiales mexicanas, estándares y normas internacionales en materia turística;
4. Proponer a la persona Titular de la Subsecretaría de Turismo los lineamientos para la inducción, concertación y gestión de acciones coordinadas en materia de normalización y calidad regulatoria de los servicios turísticos con los sectores público, social y privado, así como implementar dichos lineamientos;
5. Impulsar y coordinar la mejora regulatoria en la Secretaría y, en su caso, proponer acciones de calidad regulatoria en los instrumentos normativos que se vinculen con las actividades del sector y la prestación de servicios turísticos que sean competencia de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
6. Aprobar los organismos de evaluación de la conformidad a que se refiere la Ley de Infraestructura de la Calidad en materia turística, así como dar seguimiento a los trabajos desarrollados por dichos organismos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
7. Autorizar, cuando corresponda, el uso o aplicación de materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas, diferentes a los previstos en las normas oficiales mexicanas y estándares en materia turística, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
8. Participar en los Comités Consultivos Nacionales de Normalización, comités internacionales o los organizados por organismos regionales de normalización, metrología, acreditación y evaluación de la conformidad y calidad, así como colaborar en dichos organismos y en las negociaciones internacionales que correspondan al ámbito de su competencia, con el apoyo de la Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales;
9. Integrar las propuestas de normas oficiales mexicanas y estándares en materia turística, así como de modificación de las vigentes, que se estimen convenientes formular para la integración y ejecución del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad, y construir la agenda de normalización de la Secretaría;
10. Verificar el cumplimiento por parte de los prestadores de servicios turísticos, de lo dispuesto en la Ley General de Turismo, su Reglamento, las normas oficiales mexicanas y estándares en materia turística, ya sea directamente o a través de los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y con los mecanismos de coordinación que sean suscritos para tal efecto;
11. Establecer los mecanismos de coordinación y de colaboración con otras autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, que incidan en la verificación de la prestación de servicios turísticos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables;
12. Analizar la información que proporcionen a la Secretaría los prestadores de servicios turísticos, con el fin de verificar el cumplimiento de la Ley General de Turismo, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, incluidas las normas oficiales mexicanas y estándares en materia turística, así como determinar la validez de sus reconocimientos y certificaciones, sancionando lo conducente;
13. Vigilar, investigar, supervisar, verificar, determinar y, en su caso, sancionar el incumplimiento de la Ley General de Turismo, su Reglamento, las normas oficiales mexicanas y estándares en materia turística, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
14. Recopilar, dar seguimiento y evaluar la información relativa a las actividades operativas en materia de verificación por parte de las autoridades de turismo de las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, conforme a los mecanismos de coordinación que al efecto se establezcan;
15. Evaluar y dar seguimiento periódico a los convenios suscritos con los organismos de evaluación de la conformidad aprobados por la Secretaría;
16. Realizar el seguimiento correspondiente para verificar el cumplimiento de las sanciones que imponga en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
17. Proponer, implementar y difundir las políticas de verificación turística relacionadas con la normalización, metrología, aprobación, evaluación de la conformidad y de calidad, con las autoridades competentes, organismos de evaluación de la conformidad y entidades de acreditación, con el fin de vigilar el uso adecuado de equipo, servicios e instalaciones requeridos para el debido funcionamiento de las actividades turísticas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y
18. Participar, en el ámbito de competencia de la Secretaría y en colaboración con la Procuraduría Federal del Consumidor, en la defensa y garantía de los derechos de los turistas, en su calidad de consumidores.
1.1.6 Dirección General de Servicios al Turista Ángeles Verdes
Objetivo
Establecer en coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno y con los organismos de los sectores social y privado, los servicios integrales de información turística, asistencia, auxilio turístico y apoyo de emergencia mecánica a los turistas nacionales y extranjeros usuarios de los tramos carreteros con cobertura en la Red Nacional de Caminos, a través de recorridos carreteros y haciendo uso de medios remotos de atención con la finalidad de desarrollar el turismo seguro en el territorio nacional.
Funciones
1. Prestar servicios integrales de información turística, asistencia, auxilio turístico y apoyo de emergencia mecánica al turista nacional y extranjero, durante su tránsito en los caminos y puentes de jurisdicción federal y, en su caso, de jurisdicción estatal, donde se tenga cobertura, en coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno y con los organismos de los sectores social y privado;
2. Coordinar las estrategias relacionadas con la sistematización de la información y orientación turística, además de acciones inherentes a la atención a connacionales y turistas en general, durante su tránsito por el país;
3. Coadyuvar con la Subsecretaría de Turismo en el incremento del flujo de turistas nacionales y extranjeros, así como la permanencia de estos en los destinos turísticos del país;
4. Colaborar en la integración y actualización de la información sobre caminos, puentes, destinos y servicios turísticos, donde se tenga cobertura;
5. Coadyuvar en la producción y distribución de materiales y guías de información turística, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y representantes de los sectores social y privado;
6. Gestionar y, en su caso, instalar módulos de información turística en puntos turísticos estratégicos, en coordinación con autoridades de los tres órdenes de gobierno y del sector privado;
7. Colaborar y participar en el desarrollo de programas especiales de promoción, información, orientación, emergencias y contingencias en desastres naturales, atención y protección al turista, con la participación que corresponda a otras autoridades competentes;
8. Coordinar y supervisar las oficinas que operen en puntos turísticos estratégicos al interior del país, con la participación que corresponda a las unidades administrativas de la Secretaría y otras autoridades competentes, y
9. Establecer, dirigir y controlar, a nivel nacional, un sistema de intercambio de información turística que permita atender las disposiciones que emitan las autoridades competentes.
1.2 Unidad de Administración y Finanzas
Objetivo
Planear, organizar y proporcionar los recursos humanos, financieros, materiales, servicios de apoyo informático y organizacional, a fin de garantizar en el ámbito de su competencia, el cumplimiento, de los programas presupuestarios autorizados que permitan a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría cumplir con los objetivos institucionales.
Funciones
1. Coordinar los procesos de programación, presupuestación, control, ejercicio presupuestario, evaluación del gasto y rendición de cuentas de la Secretaría;
2. Establecer los criterios internos para la organización, sistematización y operación de la administración de documentos, archivos y acervos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
3. Promover y vigilar la adecuada administración de los recursos humanos, informáticos, materiales y financieros de la Secretaría;
4. Intervenir en los órganos de gobierno de las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, e informar a la persona Titular de la Secretaría sobre el desarrollo de estas actividades;
5. Definir las directrices operativas para la administración financiera y la coordinación sectorial en materia presupuestaria;
6. Integrar el anteproyecto de presupuesto anual de egresos de la Secretaría y recibir el de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, para someterlo a la consideración de la persona Titular de la Secretaría, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
7. Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización de los oficios de liberación o modificación de inversión que soliciten las unidades administrativas de la Secretaría;
8. Someter a la consideración de la persona Titular de la Secretaría, el proyecto de Manual de Organización General de la Secretaría y los demás manuales de organización, procedimientos y servicios al público de las unidades administrativas de la Secretaría;
9. Coordinar el apoyo administrativo para el ejercicio, reembolso, pago y registro presupuestario y contable del gasto de las unidades administrativas de la Secretaría, así como para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la ministración de recursos presupuestarios, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
10. Conducir las relaciones laborales de la Secretaría de conformidad con los lineamientos que al efecto establezca la persona Titular de la Secretaría, y someter a la aprobación de esta última las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría, previa opinión de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
11. Expedir los nombramientos de las personas servidoras públicas de la Secretaría, tanto de las sujetas al servicio profesional de carrera en la Administración Pública Federal, como de aquellas que pertenezcan al gabinete de apoyo y de libre designación;
12. Registrar las remociones y autorizar los cambios de adscripción, bajas y prejubilaciones de las personas servidoras públicas de la Secretaría conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, previa opinión de la Dirección General de Administración;
13. Establecer los sistemas de motivación al personal de las unidades administrativas de la Secretaría, así como los mecanismos de evaluación del desempeño, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
14. Otorgar los premios, estímulos, reconocimientos y recompensas al personal de la Secretaría, e imponer las sanciones por incumplimiento a las obligaciones laborales que correspondan, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
15. Someter a la consideración de la persona Titular de la Secretaría los proyectos de modificaciones a la estructura orgánica y ocupacional de la Secretaría, así como de reformas al presente Reglamento, previa opinión de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
16. Autorizar las licencias con o sin goce de sueldo al personal de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
17. Participar en el Consejo Consultivo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera y presidir el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría, de conformidad con lo previsto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, y demás disposiciones jurídicas aplicables;
18. Autorizar la integración de los programas de capacitación y profesionalización de las personas servidoras públicas de la Secretaría, y someterlos a consideración del Comité Técnico de Profesionalización, así como vigilar la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera;
19. Proponer al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, para su dictaminación, las políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios;
20. Autorizar y coordinar la ejecución de los programas anuales de la Secretaría en materia de recursos materiales y servicios generales; de uso, conservación, mantenimiento y aprovechamiento de inmuebles; de mantenimiento preventivo y correctivo de mobiliario y equipo; de adquisiciones, arrendamientos y servicios; de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas; de disposición final y baja de bienes muebles; de aseguramiento integral; de asignación, servicio y mantenimiento de parque vehicular; y el de protección civil, así como coordinar y supervisar su ejecución, evaluación, seguimiento y actualización periódica, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, incluyendo las establecidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
21. Suscribir los contratos y convenios en los que la Secretaría sea parte, ya sea con recursos propios, o bien, recursos públicos autorizados en los Presupuestos de Egresos de la Federación para los ejercicios fiscales que correspondan, así como los demás instrumentos que impliquen actos de administración, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
22. Establecer, controlar, coordinar y evaluar el Programa Interno de Protección Civil, el Programa de Seguridad y Vigilancia, así como el Programa de Seguridad e Higiene de la Secretaría;
23. Conducir la administración de los servicios de tecnologías de la información y de comunicaciones institucionales de la Secretaría, de acuerdo con las políticas y disposiciones establecidas por la Coordinación de Estrategia Digital Nacional de la Oficina de la Presidencia de la República;
24. Proponer e implementar directrices, lineamientos y criterios de observancia obligatoria para el ejercicio de la gestión pública institucional de la Secretaría, en relación con los programas de modernización e innovación gubernamental emitidos por las autoridades competentes;
25. Implementar mecanismos de coordinación para lograr la transversalidad de la perspectiva de género en la función pública, mediante acciones específicas que contribuyan a una estrategia nacional en el ámbito de competencia de la Secretaría;
26. Implementar acciones con las unidades administrativas competentes de la Secretaría para incluir en los programas, planes, acciones y estrategias de esta, la perspectiva de género como un eje de la política nacional turística;
27. Determinar esquemas de coordinación y acciones afirmativas para institucionalizar la igualdad de género al interior de la Secretaría, así como los mecanismos de seguimiento y evaluación de los programas en esta materia, para lograr la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres;
28. Ejecutar las políticas públicas, objetivos, estrategias y mecanismos para garantizar en el sector turismo el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y no discriminación, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, y
29. Colaborar, en el ámbito de su competencia, con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, y con organismos públicos, privados y sociales, para la realización e implementación de programas permanentes que tengan como propósito la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas.
1.2.1 Dirección General de Administración
Objetivo
Establecer e implementar las normas, políticas, lineamientos en materia de recursos humanos y materiales e instrumentar los programas de planeación, organización, administración, desarrollo, reclutamiento y selección del personal, así como la evaluación del desempeño, capacitación y certificación en materia de servicios personales y fomentar mecanismos para la administración de los recursos materiales, servicios generales, adquisición de bienes muebles e inmuebles, arrendamientos, seguros de bienes patrimoniales, prestación de los servicios como mensajería, transportación personal, seguridad, y protección civil que requieran las unidades administrativas de la Secretaría.
Funciones
1. Implementar las políticas y lineamientos que emitan las autoridades competentes en materia de administración de personal;
2. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría, en lo referente al capítulo de servicios personales, y enviarlo a la Dirección General de Programación y Presupuesto para que se integre al proyecto de presupuesto anual respectivo y, una vez autorizado, ejercer los recursos de dicho capítulo de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
3. Implementar la organización, sistematización y operación de la administración de documentos, archivos y acervos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como fungir como el responsable del archivo de concentración de la Secretaría para lo cual podrá coordinarse con las autoridades competentes;
4. Planear y operar el sistema de escalafón dentro de la Secretaría, así como implementar las políticas y las disposiciones en materia de puestos, tabuladores de sueldo, premios, estímulos y recompensas, excluyendo al personal de confianza;
5. Aplicar los sistemas de administración de remuneraciones, prestaciones institucionales y procesos de pagos, así como realizar los movimientos, incidencias, suspensiones, retenciones, liquidaciones y aplicación de descuentos al personal de la Secretaría;
6. Efectuar las liquidaciones, reinstalaciones, reincorporaciones, tramitación del pago de salarios caídos y otras prestaciones que ordenen las autoridades administrativas o judiciales, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
7. Ordenar el pago y los enteros que resulten procedentes en favor de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, de la representación sindical y a terceros autorizados, de las cantidades que por concepto de retenciones se hayan aplicado al personal de la Secretaría;
8. Apoyar a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas en la conducción de las relaciones laborales de la Secretaría y de las relaciones con la representación sindical, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
9. Apoyar a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas en la elaboración, revisión y actualización de las Condiciones Generales de Trabajo, con la opinión de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la representación sindical de la Secretaría;
10. Difundir y vigilar el cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
11. Representar a la Secretaría ante la Comisión Mixta de Escalafón y demás comisiones mixtas, y vigilar el cumplimiento de su reglamento, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y los lineamientos que para tal efecto autorice la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas;
12. Promover, coordinar y evaluar la elaboración y ejecución de las acciones y programas de educación, capacitación, servicio social, profesionalización y desarrollo humano del personal de la Secretaría, con la participación de las demás unidades administrativas de la misma;
13. Planear y promover programas para el otorgamiento de prestaciones económicas, administrativas y de previsión social, así como actividades culturales, deportivas y recreativas en beneficio de los trabajadores de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
14. Establecer criterios para la aplicación del sistema de evaluación del desempeño, el otorgamiento de estímulos y recompensas, así como los reconocimientos por años de servicio a los trabajadores de la Secretaría;
15. Aplicar las sanciones administrativas y laborales al personal de la Secretaría, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables para cada caso concreto;
16. Recibir, dictaminar y, en su caso, integrar las propuestas de reestructuración, creación, modificación o eliminación de estructura orgánica y ocupacionales de las unidades administrativas de la Secretaría y someter a consideración de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, las que técnicamente resulten viables;
17. Establecer los lineamientos para la elaboración, integración y difusión de los manuales administrativos de organización tanto para el general como específicos, de procedimientos y de servicios al público, así como la metodología y los mecanismos que permitan su actualización permanente;
18. Elaborar, en coordinación con las unidades administrativas requirentes de la Secretaría, los contratos y convenios relativos a adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con las mismas, así como de disposición final de bienes, derechos de propiedad industrial, derechos de autor y cualquier otro acto de administración relacionado a los mismos, y previo a su formalización, someterlos a la opinión de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
19. Integrar el anteproyecto de Manual de Organización General de la Secretaría y sus actualizaciones, y someterlo a la consideración de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas; apoyar a las unidades administrativas de la Secretaría en la elaboración de sus manuales de organización específicos, de procedimientos y de servicios al público, así como verificar su permanente actualización y llevar su registro;
20. Administrar el sistema de valuación de puestos y analizar las propuestas que en esta materia formulen las unidades administrativas de la Secretaría;
21. Autorizar y difundir los lineamientos y criterios de observancia obligatoria para las unidades administrativas de la Secretaría, relacionados con los programas de modernización administrativa, mejora de la gestión, innovación y mejora de procesos emitidos por las dependencias competentes de la Administración Pública Federal;
22. Integrar y controlar los expedientes de las personas servidoras públicas, así como expedir las hojas de servicio, identificaciones, constancias, diplomas y todos los demás documentos correspondientes a la relación laboral del personal de la Secretaría, y establecer el sistema de registro correspondiente;
23. Proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, en colaboración con la Dirección General de Programación y Presupuesto, los mecanismos de coordinación en lo referente a servicios personales;
24. Administrar, al interior de la Secretaría, la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera, de conformidad con la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y demás disposiciones que deriven de esta;
25. Elaborar el programa para la contratación de prestación de servicios bajo el régimen de servicios profesionales, validar los dictámenes respectivos y suscribir los contratos en términos de dicho programa;
26. Coordinar y ejecutar el programa de fomento a la salud para los trabajadores de la Secretaría;
27. Expedir las constancias relativas al pago de servicios personales;
28. Gestionar la ocupación de plazas vacantes y mantener informada a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas del ejercicio de esta atribución, con excepción de lo establecido en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal;
29. Proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas las políticas de recursos materiales y servicios generales que se estime conveniente implementar en la Secretaría;
30. Formular el programa anual de adquisiciones, arrendamientos, servicios generales, seguros y obras de la Secretaría, así como administrar su ejercicio de conformidad con los objetivos y metas definidas en cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables;
31. Integrar los requerimientos de bienes y contratación de servicios que la Secretaría necesite y, en su caso, realizar las gestiones conducentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que esta, de manera consolidada, efectúe la compra;
32. Conducir, en coordinación con las unidades administrativas requirentes de la Secretaría, los procedimientos relativos a la adquisición, arrendamientos y contratación de bienes y servicios, obra pública y servicios relacionados con las mismas que requiera la Secretaría, así como para la disposición final de bienes que no resulten útiles, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
33. Proporcionar y administrar los servicios de apoyo administrativo que requiera la Secretaría en materia de servicios generales, conservación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, adquisiciones y suministros, seguridad y vigilancia, y aseguramiento de bienes patrimoniales;
34. Administrar los almacenes y distribuir los bienes e insumos entre las unidades administrativas de la Secretaría que los requieran para su operación;
35. Realizar, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, cuando proceda, las denuncias ante el Ministerio Público correspondiente cuando exista la sustracción o daños a los bienes muebles e inmuebles de la Secretaría;
36. Administrar y mantener actualizado el inventario de bienes muebles de que dispone la Secretaría, con la intervención de las unidades administrativas que los tengan asignados, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
37. Integrar el programa anual de conservación y mantenimiento de las instalaciones, inmuebles, mobiliario y equipo de la Secretaría, de conformidad con los requerimientos de las unidades administrativas, presentarlo a consideración de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, y ejecutarlo de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables;
38. Integrar y ejecutar el Programa Interno de Protección Civil para el personal, instalaciones, bienes e información de la Secretaría, así como aplicar las disposiciones que emita la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para la operación, desarrollo y vigilancia de dicho programa;
39. Coordinar el funcionamiento de los Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; de Bienes Muebles, así como de los subcomités respectivos;
40. Implementar las medidas de austeridad, disciplina del gasto y ahorro sustentable de recursos materiales, así como de los procesos que lleve a cabo la Secretaría;
41. Calcular y tramitar para su aplicación las penas convencionales y deducciones que deriven del incumplimiento de los contratos relativos a adquisiciones de bienes, prestación de servicios, obra pública y servicios relacionados con las mismas, previa solicitud y dictamen que formule la unidad administrativa de la Secretaría responsable de la administración, control, seguimiento, ejecución y conclusión del contrato, pedido o negocio jurídico de que se trate;
42. Implementar y conducir las acciones relativas al procedimiento de rescisión de los contratos, convenios o pedidos que celebre la Secretaría en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como los actos de administración que deriven de los mismos, previa solicitud y dictamen que formule la unidad administrativa de la Secretaría responsable de la administración, control, seguimiento, ejecución y conclusión del contrato, pedido o negocio jurídico de que se trate;
43. Implementar las políticas públicas, objetivos, estrategias y mecanismos, derivados del Plan Nacional de Desarrollo y programas transversales para institucionalizar la igualdad de género al interior de la Secretaría, y
44. Participar en la implementación de las políticas, programas y demás acciones que se establezca en los destinos turísticos para evitar la discriminación y la trata de personas, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y, en su caso, con la participación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno.
1.2.2 Dirección General de Programación y Presupuesto
Objetivo
Administrar y evaluar las normas internas, para la planeación, programación, control y evaluación del presupuesto con la finalidad de proporcionar los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de programas y proyectos de la Secretaría, supervisando que el ejercicio del gasto sea de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables.
Funciones
1. Difundir, aplicar y evaluar las normas internas, para la planeación, programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación del presupuesto, en función de los planes programáticos y presupuestarios de la Secretaría, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables;
2. Realizar el proceso de programación, presupuestación y control presupuestario de la Secretaría, así como elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría y sus respectivos calendarios, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con la participación que corresponda a la Dirección General de Administración en relación con el capítulo de servicios personales;
3. Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las adecuaciones presupuestarias externas del ejercicio programático y presupuestario de la Secretaría, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables, y registrarlas en los sistemas de control presupuestario;
4. Operar el sistema de contabilidad general de la Secretaría, así como integrar y operar un archivo para custodia y consulta de la información contable de las unidades administrativas de la Secretaría;
5. Registrar, gestionar y dar seguimiento al trámite de pago de los compromisos contraídos por la Secretaría, e incluir la apertura y cancelación de cuentas bancarias para las unidades administrativas de esta y, en su caso, la distribución del fondo rotatorio necesario para la operación y el ejercicio de sus respectivos presupuestos;
6. Proporcionar la información necesaria de la operación financiera, programática, contable y presupuestaria de la Secretaría, a quien esté legalmente facultado para solicitarla, e incluir aquella que sirva de apoyo para la elaboración de diversos informes institucionales ante el Congreso de la Unión, así como para la presentación de estados financieros y demás información que, en la materia, solicite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
7. Expedir, a solicitud expresa, constancias relativas al pago de los diversos conceptos, retenciones aplicables y rendición de cuentas de la Secretaría, con excepción de las que se refieren a servicios personales;
8. Integrar la cuenta de la hacienda pública federal de la Secretaría;
9. Integrar y analizar la información relativa al ejercicio programático y presupuestario de la Secretaría, así como coordinar la evaluación y autoevaluación de las unidades administrativas de la Secretaría, que permitan elaborar los informes que deben rendirse, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
10. Recibir y custodiar las fianzas otorgadas por proveedores y contratistas para garantizar el cumplimiento de los compromisos contraídos con la Secretaría y, en su caso, solicitar la cancelación de dichas fianzas cuando proceda;
11. Fungir como ventanilla única para la presentación, consulta y gestión de todos los asuntos en materia fiscal, contable, financiera, presupuestaria, programática y económica, así como para atender los requerimientos de información que en estas materias formulen las instancias competentes;
12. Coadyuvar con la Unidad de Administración y Finanzas en el estudio y análisis de las solicitudes de oficios de liberación o modificación de inversión que soliciten las unidades administrativas de la Secretaría;
13. Presentar, para consideración de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, los anteproyectos de programas de inversión que pretenda realizar la Secretaría, para su inclusión en la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
14. Inscribir y renovar, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los contratos de los fideicomisos públicos que se tengan celebrados o se pretendan celebrar y que sean coordinados por la Secretaría;
15. Proporcionar a las unidades administrativas de la Secretaría asistencia técnica relacionada con los programas y proyectos financiados con recursos de organismos financieros internacionales;
16. Coordinar técnicamente la planeación, ejecución y control de los programas y proyectos financiados con recursos fiscales y de crédito externo, así como la contratación, operación y supervisión de las evaluaciones de programas federales con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
17. Informar a las unidades administrativas de la Secretaría el presupuesto que les sea aprobado y la calendarización de ministraciones, así como llevar a cabo la supervisión y control de su ejercicio, y
18. Fungir como enlace institucional, previa designación de la persona Titular de la Secretaría o de la Unidad de Administración y Finanzas, conforme proceda, para la atención de las solicitudes y requerimientos de información de la Auditoría Superior de la Federación, en la etapa de planeación y desarrollo de las auditorías que se determinen practicar a esta Secretaría.
1.2.3 Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación
Objetivo
Establecer y conducir la planeación estratégica de tecnologías de la información y comunicación, así como definir y administrar la infraestructura y servicios de tecnologías de la información y comunicación, a través de un modelo de gobierno de tecnologías de la información y comunicación y de la seguridad de la información, con la finalidad de preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información que se gestiona y contribuye al logro de la misión de la Secretaría.
Funciones
1. Proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas las políticas y lineamientos en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información, que deberán observar las unidades administrativas de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
2. Supervisar el cumplimiento de las políticas y lineamientos en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información por parte de las unidades administrativas de la Secretaría;
3. Emitir los dictámenes técnicos sobre la procedencia para la contratación en sus modalidades de adquisición, arrendamiento y servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información, que soliciten las unidades administrativas de la Secretaría y, en su caso, proponer los ajustes correspondientes en dicha materia;
4. Formular, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría, el plan estratégico en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información, a fin de someterlo a consideración de la persona Titular de la Secretaría, a través de la Unidad de Administración y Finanzas, así como supervisar su ejecución y seguimiento;
5. Implementar el modelo de gobierno de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría;
6. Supervisar la implementación de proyectos de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría, que fomenten la optimización de recursos, la simplificación de procesos y la modernización de su infraestructura;
7. Proporcionar el soporte técnico y mantenimiento a la operación de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información de la Secretaría;
8. Dar una opinión técnica para el análisis, diseño y desarrollo de los sistemas de información de las unidades administrativas de la Secretaría y, en su caso, implementar dichos sistemas, si se cuenta con la capacidad operativa para ello;
9. Fomentar la cultura y seguridad informática dentro de la Secretaría y proponer a la Dirección General de Administración la incorporación de acciones de capacitación en materia de tecnologías de la información y comunicación, así como de seguridad de la información;
10. Administrar, soportar y mantener la arquitectura, infraestructura y servicios de tecnologías de la información y comunicación de la Secretaría;
11. Elaborar proyectos de contratación sobre las adquisiciones, arrendamientos y servicios en materia de tecnologías de información y comunicaciones, y de seguridad de la información, y
12. Proporcionar apoyo en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y de seguridad de la información a las unidades administrativas de la Secretaría.
1.3 Unidad de Información y Política Turística
Objetivo
Dirigir los procesos de planeación institucional mediante la instrumentación, seguimiento y evaluación de la información nacional turística y la planeación estratégica del sector turístico del país, con el apoyo de las unidades administrativas de la secretaría, con la finalidad de diseñar las estrategias y programas que identifiquen los proyectos prioritarios para el desarrollo de la actividad turística nacional.
Funciones
1. Dirigir los procesos de planeación institucional, con el apoyo de las unidades administrativas de la Secretaría;
2. Diseñar y dirigir los procedimientos, estrategias y formas de participación de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, con las autoridades e instancias competentes, en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, del Programa Sectorial de Turismo y de los programas regionales y especiales que deriven de este último;
3. Dirigir las acciones correspondientes para dar a conocer el contenido de los programas a que se refiere la fracción anterior;
4. Planear, programar y administrar los instrumentos y procedimientos para el seguimiento y evaluación de las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría, y vigilar que conduzcan sus actividades con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, del Programa Sectorial de Turismo y de los programas regionales y especiales correspondientes;
5. Diseñar los instrumentos, procedimientos y mecanismos de evaluación, monitoreo y supervisión del desempeño de las unidades administrativas de la Secretaría;
6. Dirigir la participación de la Secretaría, en la evaluación de los programas y proyectos turísticos a cargo de las unidades administrativas de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, e incluir aquellos que se operan en forma conjunta con otras autoridades competentes;
7. Establecer la focalización de acciones y estrategias turísticas, considerando, entre otros aspectos: polígonos de actuación, centros o regiones turísticas, pueblos mágicos, destinos prioritarios o saturados, y zonas de desarrollo turístico sustentable, con la participación que corresponda a la Subsecretaría de Turismo y la Unidad de Innovación, Sustentabilidad y Profesionalización Turística;
8. Definir, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las directrices y lineamientos para cumplir con las acciones de seguimiento y evaluación de dichas unidades administrativas que tengan a su cargo la operación de programas y proyectos turísticos;
9. Establecer mecanismos, instrumentos y procedimientos que fomenten la alineación y evaluación de los planes y programas turísticos de las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, con el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Turismo;
10. Establecer la operación del Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México, con la participación de los organismos públicos, sociales, privados y académicos relacionados con el sector, y establecer los procesos a través de los cuales las entidades federativas puedan suscribir con la Secretaría convenios relativos al establecimiento de sistemas de información similares a nivel estatal, que interactúen con dicho Sistema Nacional;
11. Administrar la generación de información estadística oportuna, confiable y científica del sector, con base en el Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México;
12. Coordinar el funcionamiento del sistema de comunicación turística de la Secretaría, así como la actualización de información sobre los destinos turísticos, en coordinación con la Dirección General de Integración de Información Sectorial;
13. Dirigir la prospectiva de desarrollo del sector turístico y los estudios de gran visión para la planeación a largo plazo, así como coordinar la investigación y análisis de la aplicación de nuevas tecnologías para el desarrollo turístico;
14. Coordinar la elaboración de los informes de trabajo de la Secretaría;
15. Coordinar la integración, administración, operación y actualización del Atlas Turístico de México;
16. Diseñar y proponer lineamientos para la difusión, procesamiento, seguimiento, control y evaluación de la información estadística y económica en materia turística, en coordinación con las autoridades competentes;
17. Vigilar la operación y actualización del Registro Nacional de Turismo, en los términos establecidos en la Ley General de Turismo y su reglamento;
18. Proponer a la persona titular de la Secretaría políticas públicas, estrategias y esquemas de gestión del desarrollo turístico nacional que permitan fomentar la colaboración y coordinación entre esta dependencia y las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, así como con organismos privados, académicos y sociales, nacionales e internacionales, que intervienen en la actividad turística;
19. Definir los mecanismos de interlocución entre la Secretaría y la Oficina de la Presidencia de la República, así como dar seguimiento a las acciones implementadas;
20. Diseñar los modelos de los convenios de coordinación previstos en la Ley General de Turismo, y promover su formalización con las autoridades competentes de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de Ciudad de México;
21. Proponer a la persona titular de la Secretaría los mecanismos para incorporar la actividad turística en las políticas y programas sectoriales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, una vez aprobados, realizar su implementación, así como impulsar los proyectos transversales y de coordinación intersectorial que resulten necesarios;
22. Dar seguimiento a los mecanismos de colaboración celebrados con la Secretaría de Gobernación y los órganos legislativos, así como coordinar las propuestas legislativas de las unidades administrativas de la Secretaría, y
23. Coordinar la integración de la agenda legislativa de la Secretaría, conforme a lo que establezca su titular.
1.3.1Dirección General de Planeación
Objetivo
Formular el proceso de planeación estratégica del sector turístico, así como coordinar la formulación de los programas, proyectos y otros instrumentos de la Secretaría de Turismo y su sector coordinado, orientados al desarrollo turístico nacional, promoviendo su mejora continua y su alineación con la política turística del país.
Funciones
1. Fungir como integrante del Sistema Nacional de Planeación Democrática;
2. Proponer los objetivos, estrategias y líneas de acción de la política turística nacional, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, así como con representantes de los sectores privado, académico y social, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
3. Diseñar y establecer las bases y procedimientos para la organización, operación y actualización de un sistema de planeación turística;
4. Formular, integrar y actualizar el programa sectorial y los programas especiales y regionales que sean competencia de la Secretaría, en el marco de la planeación nacional del desarrollo;
5. Coordinar la participación y aportación de las unidades administrativas de la Secretaría, así como de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial de Turismo, conforme a los lineamientos y directrices de la planeación nacional del desarrollo, así como en lo definido por las autoridades competentes;
6. Elaborar el Programa de Trabajo de Desarrollo Institucional de la Secretaría, con la opinión y participación de las unidades administrativas competentes de dicha dependencia;
7. Apoyar en la elaboración de los planes y programas turísticos de las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, así como promover la alineación de los instrumentos de planeación de los tres órdenes de gobierno en materia de turismo con la política turística nacional, cuando así corresponda;
8. Dirigir las acciones para el desahogo de la representación y participación de la Secretaría en el Plan Nacional de Desarrollo, de conformidad con la competencia que las disposiciones jurídicas aplicables otorguen a la Secretaría;
9. Desarrollar esquemas de planeación participativa que contribuyan a la gestión de los destinos turísticos en favor de su competitividad, promoviendo la participación ciudadana en la atención de las problemáticas identificadas;
10. Promover, en coordinación con la Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística, la realización y actualización de las investigaciones y estudios que contribuyan a fortalecer el proceso de planeación de la política turística nacional;
11. Analizar modelos, fórmulas, tecnologías y políticas de planeación turística aplicados en los países y destinos más competitivos, para promover la mejora continua del sistema de planeación turística a que se refiere la fracción III de este artículo;
12. Implementar esquemas de coordinación entre la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a esta, para atender las prioridades, políticas y líneas de acción de desarrollo del sector turístico, y
13. Promover ejercicios de prospectiva y de gran visión para la planeación estratégica del desarrollo sostenible del sector turístico.
1.3.2 Dirección General de Integración de Información Sectorial
Objetivo
Establecer el proceso de integración, actualización, sistematización y difusión permanente de información estadística del sector turismo de México, a fin de analizar la actividad turística y apoyar los procesos de planeación, desarrollo y promoción del turismo nacional, que permita la toma de decisiones de las instituciones públicas y privadas, de los tres órdenes de gobierno y de los particulares.
Funciones
1. Coordinar la operación, seguimiento y actualización del Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México, para apoyo a los procesos de planeación, desarrollo y promoción del turismo nacional, que realicen las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
2. Coordinar y supervisar los trabajos para la integración y la actualización permanente y sistemática del inventario turístico nacional y de la información estadística del sector turístico en general;
3. Coordinar las actividades de recopilación, generación, procesamiento, actualización y difusión de la información estadística de la actividad turística, para coadyuvar con el Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
4. Integrar, administrar, operar y actualizar el Atlas Turístico de México, en términos de la Ley General de Turismo y demás disposiciones jurídicas aplicables;
5. Coordinar con los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, el funcionamiento del Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México, en cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables;
6. Organizar el establecimiento y desarrollo de los medios e instrumentos que se requieran para garantizar la pertinencia, confiabilidad, cobertura, oportunidad, disponibilidad y acceso de la información estadística del sector turístico de México, así como su difusión periódica, a través de los medios oficiales y por los medios que se señalen por mandato expreso de la autoridad competente;
7. Coordinar, desarrollar y difundir el análisis de la información estadística de la actividad turística nacional e internacional, y del comportamiento y tendencias de las variables que la afectan;
8. Programar y coordinar, con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a esta, así como con otras instituciones públicas y privadas, los estudios e investigaciones que permitan y faciliten la modernización, actualización y mejora integral del Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México;
9. Diseñar, proponer a su superior jerárquico y realizar los estudios e investigaciones requeridos para la medición y evaluación de la actividad turística y sus impactos;
10. Colaborar en la publicación de documentos técnicos sobre aspectos relacionados con la actividad turística nacional e internacional, que contribuyan a fortalecer el desarrollo de la actividad turística en el país, con el apoyo de las demás unidades administrativas de la Secretaría;
11. Requerir los datos relevantes en poder de las autoridades competentes que realicen registros administrativos relacionados con el turismo;
12. Requerir de los prestadores de servicios turísticos de los sectores social y privado la información sobre su operación que resulte relevante para su incorporación al Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México;
13. Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en los trabajos y foros de los organismos y mecanismos bilaterales y multilaterales, y de organizaciones internacionales relacionados con el turismo, que permitan fortalecer y consolidar el funcionamiento del Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México;
14. Participar en el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y en otros foros e instancias interinstitucionales que se organicen a nivel nacional para analizar y difundir la información estadística de la actividad turística, así como para mejorar sus procedimientos de recopilación, procesamiento y actualización;
15. Inscribir a los prestadores de servicios turísticos en el Registro Nacional de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Turismo y demás disposiciones jurídicas aplicables y, en su caso, expedir el certificado correspondiente;
16. Coordinar la operación y administración del Registro Nacional de Turismo, en colaboración con las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, de conformidad con la Ley General de Turismo y demás disposiciones jurídicas aplicables, y
17. Revisar y mantener actualizada las disposiciones que regulan el diseño y operación del Registro Nacional de Turismo.
1.3.3Dirección General de Seguimiento y Evaluación
Objetivo
Establecer metodologías y coordinar los procesos de seguimiento y evaluación de los programas y estrategias del sector, a fin de verificar el cumplimiento de objetivos y metas, así como generar, analizar y proporcionar información para apoyar la toma de decisiones, mejora de los programas, y la rendición de cuentas.
Funciones
1. Ejecutar los lineamientos de carácter técnico y administrativo, así como los sistemas y procedimientos para el seguimiento y evaluación del Programa Sectorial de Turismo;
2. Coordinar, con la Dirección General de Planeación, las acciones y procesos para la implementación y operación de un sistema de seguimiento y evaluación, que permita verificar el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo, los programas regionales y los demás programas especiales que deriven de estos, así como apoyar a las entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría en sus sistemas de monitoreo y en la evaluación que realicen a sus programa institucionales;
3. Elaborar e implementar lineamientos, guías, manuales, términos de referencia, indicadores y procedimientos técnicos, que se requieran para el seguimiento, evaluación y medición de los programas y proyectos que opere la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
4. Mantener y actualizar, en coordinación con las demás unidades administrativas de la Secretaría, el inventario de indicadores para el seguimiento y evaluación de los programas y proyectos que opera la Secretaría;
5. Colaborar con las autoridades competentes en la integración y seguimiento de los sistemas de control de indicadores, para la evaluación del cumplimiento de objetivos, metas y compromisos, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto;
6. Coordinar el sistema de evaluación sectorial de la Secretaría con la participación de las unidades administrativas competentes de esta, para facilitar la gestión y coordinación de evaluaciones transversales, dirigidas a programas y proyectos turísticos;
7. Coordinar la entrega de los resultados de las evaluaciones realizadas, junto con las recomendaciones de mejora, además del seguimiento al cumplimiento de las acciones sugeridas, que deban implementar las unidades administrativas de la Secretaría, cuyos programas y proyectos han sido sujetos de algún tipo de evaluación;
8. Elaborar los criterios y procedimientos para evaluar el cumplimiento de las políticas en materia turística, así como participar en la difusión institucional de sus resultados, lo anterior, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
9. Organizar y realizar la verificación, análisis y emitir opinión sobre la metodología y criterios de evaluación que utilicen los evaluadores externos de los programas y proyectos que opere la Secretaría, así como conocer el informe y resultados de dichas evaluaciones, para efectos de su implementación y seguimiento;
10. Proponer a la persona titular de la Unidad de Información y Política Turística los cursos, talleres y seminarios en materia de evaluación y monitoreo a los programas y proyectos turísticos, para mejorar su eficacia e impacto económico y social, así como potencializar las capacidades institucionales de las unidades administrativas de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
11. Promover, impulsar y fortalecer la cultura de la evaluación con indicadores y sistemas seleccionados de programas y proyectos turísticos a cargo de la Secretaría;
12. Asesorar y proponer a las unidades administrativas de la Secretaría el diseño de indicadores de evaluación aplicables a los programas que operen y, en su caso, a las reglas de operación;
13. Determinar los requerimientos mínimos que deben contener los mecanismos de monitoreo y supervisión de los proyectos y programas turísticos a cargo de la Secretaría;
14. Definir, ordenar y asegurar que los programas que opere la Secretaría se sujeten a metodologías de evaluación, con principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos e indicadores estratégicos y de gestión, que permitan conocer su contribución al desarrollo del turismo nacional o regional y, en su caso, de las entidades federativas, municipios o alcaldías de la Ciudad de México;
15. Asegurar que las unidades administrativas de la Secretaría, así como las entidades paraestatales sectorizadas a esta, reporten el resultado de las evaluaciones en los informes que correspondan;
16. Revisar y validar los medios de verificación, cuestionarios, sondeos, encuestas, estudios y supervisiones que se apliquen, que sirvan para alimentar los indicadores establecidos en la matriz de marco lógico de los programas y proyectos a cargo de la Secretaría;
17. Conocer, evaluar, asistir y dar seguimiento a las campañas de promoción turística que, en su caso, realice la Secretaría, así como emitir recomendaciones para mejorar su impacto;
18. Evaluar el ejercicio de los recursos presupuestales en los programas y proyectos de inversión previstos en el Programa Sectorial de Turismo, en los convenios formalizados con entidades federativas y en los portafolios de inversión de proyectos especiales;
19. Realizar, en coordinación con la Subsecretaría de Turismo, el seguimiento y evaluación del Sistema Nacional de Certificación Turística;
20. Realizar las recomendaciones preventivas y correctivas, para corregir las desviaciones observadas en el cumplimiento de las metas e impactos previstos en los programas y acciones instrumentadas por la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
21. Actuar como enlace ante el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en la evaluación y monitoreo de los programas sociales a cargo de las unidades administrativas de la Secretaría, así como de las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
22. Promover y realizar estudios relativos a los resultados e impacto de los programas y acciones sociales que realicen las unidades administrativas de la Secretaría, así como las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
23. Coordinar, en colaboración con las demás unidades administrativas de la Secretaría, la integración y elaboración de los informes oficiales que sean requeridos a dicha dependencia, en cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables, y
24. Proporcionar asesoría técnica a otras unidades administrativas de la Secretaría para evaluar el desempeño de los destinos turísticos.
1.3.4Dirección General de Política Turística
Objetivo
Establecer los criterios para la implementación, coordinación y ejecución de la política turística, programas, proyectos, acciones y estrategias que establezca la secretaría entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno, el poder legislativo, prestadores de servicios turísticos, población de los destinos turísticos, organismos empresariales, laborales, sociales y académicos, tanto nacionales como internacionales, con el fin de desarrollar el turismo en concordancia con las prioridades nacionales y sectoriales.
Funciones
1. Establecer criterios para que en la implementación, coordinación y ejecución de las políticas, programas, proyectos y estrategias que establezca la Secretaría, se encuentren alineadas a las prioridades nacionales y sectoriales;
2. Proponer, diseñar e implementar mecanismos y bases de vinculación, concertación, cooperación, coordinación y operación de la política turística, con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, los poderes legislativos, los prestadores de servicios turísticos, la población de los destinos turísticos, los organismos empresariales, laborales, sociales y académicos;
3. Formular estrategias y acciones que permitan dar transversalidad a la actividad turística dentro de un marco integrado, sustentable, de seguridad y desarrollo;
4. Proponer y coordinar, en colaboración con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, proyectos turísticos estratégicos que detonen el desarrollo y consolidación regional de los destinos turísticos, teniendo como objeto la generación de beneficios sociales, culturales, laborales y económicos para la población, así como el aprovechamiento y ordenamiento sustentable de los recursos, sin menoscabo del fortalecimiento del sector;
5. Proponer e implementar, en coordinación con la Dirección General de Innovación del Producto Turístico, criterios conceptuales, directrices, metodologías y estrategias para la elaboración de productos turísticos regionales diferenciados, competitivos y de valor agregado que respondan a la vocación de los destinos y se encuentren alineados a las políticas y prioridades nacionales;
6. Generar e implementar proyectos y estrategias para incentivar el turismo doméstico, social, escolar, de pueblos originarios, incluyente y accesible a la población desfavorecida;
7. Proponer a la persona titular de la Unidad de Información y Política Turística, programas y proyectos de intervención que permitan incentivar la infraestructura, calidad, promoción, productividad, información, uso de tecnologías y certificación de los servicios en los destinos turísticos;
8. Proponer y dirigir, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, la implementación de programas y proyectos de intervención estratégica que incentiven el desarrollo y fortalecimiento de cadenas productivas y de valor en el sector turístico, en los destinos turísticos y regiones prioritarias;
9. Definir las prioridades para el fomento y promoción turística, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría y con las entidades paraestatales sectorizadas a esta;
10. Analizar políticas y prácticas turísticas exitosas implementadas en otros países, a fin de diseñar su adaptabilidad e implementación en el país, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
11. Generar informes y reportes con base en información estratégica para proponer nuevas políticas y estrategias en materia turística, así como para la toma de decisiones en el sector turístico;
12. Construir escenarios de prospectiva de política turística y legislativa a partir de experiencias, información y datos disponibles;
13. Promover, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, la realización de eventos encaminados al estudio, difusión y comprensión de la actividad turística, principalmente entre grupos académicos, políticos, sociales y empresariales de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México;
14. Integrar y dar seguimiento, en coordinación con la Secretaría de Gobernación, la agenda legislativa de la Secretaría, así como en la atención de los puntos de acuerdo aprobados por el Congreso de la Unión y los congresos estatales, y
15. Actuar como instancia de apoyo en las comparecencias y reuniones de trabajo de la persona Titular de la Secretaría y de otras personas servidoras públicas de la dependencia ante el Congreso de la Unión.
1.4 Unidad de Innovación, Sustentabilidad y Profesionalización Turística
Objetivo
Dirigir la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas programas estratégicos en materia de innovación, sustentabilidad y profesionalización turística, con el objetivo de que en estas se encuentre inclusión, accesibilidad y la participación igualitaria de todas las personas en el desarrollo del sector, contribuyendo al crecimiento sostenible y responsable del turismo en México.
Funciones
1. Definir los lineamientos para el desarrollo de modelos integrales de gestión de destinos turísticos;
2. Proponer a la persona Titular de la Secretaría las políticas públicas, acciones, programas y proyectos estratégicos que incentiven el turismo social, incluyente y accesible, y que promuevan la consolidación de cadenas productivas y redes de valor;
3. Establecer las directrices para la realización de estudios e investigaciones relacionadas con el sector turístico que promuevan la innovación, el desarrollo tecnológico, la capacitación y la difusión del conocimiento entre los agentes sociales que participan en dicho sector.
4. Establecer los lineamientos para impulsar la innovación, el desarrollo y la diversificación de productos turísticos competitivos, que respondan a las tendencias de los mercados nacional e internacional;
5. Proponer a la persona titular de la Secretaría, las políticas públicas que propicien la innovación, el desarrollo y la diversificación de los productos turísticos del país y el fortalecimiento de la oferta turística;
6. Coadyuvar con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, para el desarrollo turístico sustentable en zonas arqueológicas, parques naturales y demás segmentos y productos turísticos relacionados con la naturaleza;
7. Definir los criterios de la planeación turística regional, a fin de identificar propuestas y proyectos para determinar zonas de desarrollo turístico sustentable y para impulsar el desarrollo turístico, en los términos establecidos en la Ley General de Turismo y su reglamento;
8. Determinar, previo acuerdo con la persona titular de la Secretaría y opinión de las autoridades competentes, y en coordinación con las entidades federativas, las prioridades en materia de desarrollo turístico, así como los proyectos de zona desarrollo turístico sustentable;
9. Definir los lineamientos para el aprovechamiento sustentable turístico de los recursos naturales y culturales del país, y para determinar la capacidad de carga en materia turística de dichos recursos, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
10. Establecer las estrategias de ordenamiento turístico territorial de acuerdo con la Ley General de Turismo, su reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, y;
11. Proponer estrategias para la capacitación de los prestadores de servicios turísticos, así como la validación y registro de diplomados de formación.
1.4.1 Dirección General de Innovación del Producto Turístico
Objetivo
Establecer los lineamientos y estrategias para lograr la innovación, desarrollo y consolidación de los productos turísticos, en coordinación y concertación con las autoridades competentes, empresarios y prestadores de servicios turísticos, gobiernos de las entidades federativas, municipios, y organismos privados y sociales, con el propósito de elevar el valor del producto turístico.
Funciones
1. Ejecutar los lineamientos y estrategias para impulsar la identificación, consolidación, innovación y desarrollo de los productos turísticos, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
2. Fomentar la competitividad en el sector, mediante el impulso de las líneas de productos o de productos turísticos específicos y de grupos de productos, así como impulsar la capacidad innovadora de las pequeñas y medianas empresas turísticas;
3. Coordinar y llevar a cabo los procesos de reingeniería de los productos turísticos, a fin de diferenciarlos de los competidores e impulsar y desarrollar una red regional para estos propósitos;
4. Diagnosticar los requerimientos de cada destino para el pleno desarrollo del producto turístico;
5. Organizar las estrategias y procesos para el desarrollo de líneas de productos, productos diferenciados y con valor agregado y segmentos de mercado, a fin de posicionar competitivamente a los destinos turísticos;
6. Definir las estrategias de combinación de productos y mercados que potencien la posición competitiva de la oferta turística en coordinación con la Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales;
7. Impulsar la comercialización del producto turístico, con base en la identificación y análisis de las características del mercado, las oportunidades de diversificación de la oferta y las necesidades de los comercializadores;
8. Fungir como vínculo con la Dirección General de Promoción y Asuntos Internacionales, en materia de promoción turística por línea de producto;
9. Participar en la formalización de las bases de concertación con prestadores de servicios turísticos e instituciones públicas, sociales y privadas, para elevar el valor del producto turístico, fomentar la diversificación y el desarrollo de la oferta turística y atender las demandas del mercado, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
10. Proponer a la Subsecretaría de Turismo, la realización de diagnósticos, estudios, investigaciones o documentos técnicos, para fomentar las líneas de producto y el desarrollo de los destinos turísticos, y
11. Participar, en coordinación con la Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística, en acciones de transferencia de tecnología, diseño de modelos o programas de capacitación, para la creación y desarrollo de productos turísticos innovadores y competitivos.
1.4.2 Dirección General de Gestión Social de Destinos
Objetivos
Determinar los modelos integrales de gestión de destinos, estrategias de desarrollo sostenible y de promoción de los destinos turísticos y pueblos mágicos, a través del diseño e implementación de políticas, programas y acciones, así como de esquemas y mecanismos de coordinación, colaboración y concurrencia con los tres órdenes de gobierno y los sectores social y privado, a fin de impulsar el sector turístico en beneficio de la economía nacional.
Funciones
1. Desarrollar y ejecutar modelos integrales de gestión de destinos turísticos y pueblos mágicos, bajo criterios de sustentabilidad, competitividad, transversalidad y productividad, con el objetivo de consolidar al turismo como opción de desarrollo y fuente de bienestar social;
2. Impulsar la integración y consolidación de cadenas productivas turísticas, en coordinación con las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, para fomentar el desarrollo integral del sector turístico, particularmente en regiones donde la productividad es baja;
3. Coordinar los trabajos que le correspondan a la Secretaría, en apoyo a los programas de prevención y atención de riesgos de desastres en los destinos y zonas turísticas, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, de manera concurrente con otras dependencias de la Administración Pública Federal y demás autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
4. Colaborar con las autoridades competentes en los destinos turísticos, en materia de seguridad y auxilio a los turistas nacionales y extranjeros, para proteger su integridad y patrimonio;
5. Implementar esquemas y mecanismos de coordinación, colaboración y concurrencia de recursos entre las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno y los sectores social y privado;
6. Promover y coordinar en conjunto con otras unidades administrativas de la Secretaría, la realización de agendas de competitividad, diagnósticos y estudios sobre el potencial de desarrollo y situación de los destinos turísticos locales;
7. Evaluar el desarrollo de los destinos turísticos e impulsar las acciones requeridas para dar solución a las problemáticas identificadas, en coordinación con la Dirección General de Seguimiento y Evaluación;
8. Colaborar en la implementación de las políticas, programas y demás acciones de la Secretaría en los destinos turísticos, para impulsar una industria turística socialmente responsable y competitiva, que promueva un mayor número de empleos bien remunerados, induzca a la formalidad y evite la discriminación y la trata de personas, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
9. Implementar en los destinos turísticos las políticas, programas y demás acciones de la Secretaría destinados a promover el turismo interno;
10. Fomentar la participación de las comunidades receptoras en el desarrollo turístico de su localidad, particularmente en el diseño y operación de proyectos productivos turísticos;
11. Promover y, en su caso, otorgar apoyos económicos para el establecimiento de proyectos productivos turísticos en zonas de marginación y pobreza, en coordinación y concurrencia con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno que cuenten con programas y presupuestos para este fin;
12. Diseñar y establecer metodologías para evaluar proyectos productivos turísticos que, en su caso, sean apoyados con recursos presupuestales de la Secretaría;
13. Impulsar en los destinos turísticos, el cuidado y preservación del patrimonio cultural, histórico y natural del país, vinculado a la actividad turística, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
14. Coadyuvar a la formalización de la relación interinstitucional entre la Secretaría y las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, mediante la concertación, gestión, ejecución y control de instrumentos jurídicos pertinentes;
15. Definir, en coordinación con la Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística, las estrategias orientadas a difundir la cultura turística en los destinos turísticos;
16. Dar seguimiento al ejercicio de los recursos otorgados por parte de la Secretaría a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, al amparo de los convenios de coordinación correspondientes para el desarrollo de los destinos turísticos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
17. Colaborar con las autoridades competentes en la identificación de las necesidades de señalización en las vías federales de acceso a las zonas de desarrollo turístico sustentable;
18. Coadyuvar con las autoridades competentes, en los comités locales de seguridad aeroportuaria y marítima de los destinos turísticos, cuando así corresponda, y
19. Coadyuvar y, en su caso, gestionar con las autoridades de los tres órdenes de gobierno la tramitación de permisos y autorizaciones requeridos para la apertura y operación de negocios y empresas ubicados en destinos turísticos, con la finalidad de impulsar el desarrollo turístico en beneficio de la economía nacional.
1.4.3 Dirección General de Sustentabilidad Turística
Objetivo
Dirigir el desarrollo sustentable y comunitario del sector, a través de la formulación de convenios, estrategias, programas, proyectos y acciones transversales orientadas al uso y aprovechamiento racional de los recursos turísticos del país, en colaboración con los tres órdenes de gobierno, sectores privado, social, académico, sociedad civil y organismos internacionales, así como el ordenamiento turístico del territorio, la coordinación de reglas y procedimientos para las zonas de desarrollo turístico sustentable, considerando instrumentos y criterios de política ambiental y cambio climático, con el objetivo de que los destinos turísticos y comunidades turísticas, cuenten con las herramientas que permitan lograr un turismo socialmente incluyente, económicamente justo y ambientalmente responsable.
Funciones
1. Elaborar el Programa de Ordenamiento Turístico General del Territorio, con la intervención de las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, en cumplimiento del artículo 24 de la Ley General de Turismo, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables;
2. Participar en la formulación de los programas regionales y locales de ordenamiento turístico del territorio y en proyectos de planeación urbana, en el ámbito de su competencia, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
3. Formular, en coordinación con las demás unidades administrativas de la Secretaría, los lineamientos, estrategias y directrices para la preservación y el aprovechamiento sustentable ordenado de los recursos turísticos del país para su integración al Programa de Ordenamiento Turístico General del Territorio, los cuales deberán considerar los criterios de protección de la biodiversidad, beneficio social, sustentabilidad, competitividad, capacidad de carga y desarrollo equilibrado;
4. Analizar y definir en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, las acciones con las que la Secretaría participará en los trabajos de ordenamiento turístico territorial;
5. Coadyuvar con las autoridades competentes en la aplicación de los instrumentos de política ambiental y de cambio climático, en materia turística;
6. Formular proyectos de bases y convenios de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para la emisión y trámite de declaratorias, establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las zonas de desarrollo turístico sustentable, conforme a lo establecido en la Ley General de Turismo, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables;
7. Identificar los bienes inmuebles apropiados para ser destinos turísticos o para procurar un ordenamiento territorial apropiado para el desarrollo del turismo sustentable, que sean susceptibles de afectación o desincorporación;
8. Identificar posibles afectaciones a los destinos turísticos que se deriven de los atlas de riesgos y demás instrumentos previstos en la Ley General de Cambio Climático y otros ordenamientos jurídicos, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, para proponer que dicha identificación se incorpore en los planes de desarrollo urbano de los destinos turísticos;
9. Emitir opinión que soliciten las unidades administrativas de la Secretaría, entidades paraestatales sectorizadas a esta y otras dependencias de los tres órdenes de gobierno, sobre la viabilidad, desarrollo, impacto y crecimiento de destinos y proyectos de interés turístico, a fin de que cuenten con un enfoque de sustentabilidad;
10. Promover, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, el cuidado y conservación de zonas arqueológicas, monumentos artísticos e históricos y objetos de interés cultural, así como aquellas actividades relacionadas con la administración y conservación de áreas naturales y recreativas de interés para el desarrollo turístico sustentable;
11. Apoyar los trabajos de la Dirección General de Integración de Información Sectorial, para la actualización y uso eficiente del Atlas Turístico de México, proporcionando opiniones e información que coadyuve en dichos propósitos;
12. Colaborar, en el ámbito de su competencia, con organismos internacionales para impulsar y promover la implementación de las mejores prácticas, la mitigación, adaptación y resiliencia de impactos ambientales y sociales relacionados con la actividad turística, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
13. Realizar encuentros, coloquios, congresos y eventos en general que permitan difundir los conocimientos relacionados con el desarrollo turístico sustentable en coordinación con la Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística;
14. Proponer y promover, en coordinación con la Dirección General de Normalización y Verificación, el establecimiento de procesos de certificación de las prácticas de turismo sustentable que llevan a cabo los destinos turísticos y los prestadores de servicios, a efecto de emitir los reconocimientos correspondientes;
15. Proponer y elaborar estrategias y prácticas de turismo sustentable que contribuyan al bienestar, la reconciliación, la inclusión, la recreación y la cohesión social, en colaboración con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, así como con la participación de la iniciativa privada, el sector académico, la sociedad civil, los organismos internacionales y las comunidades receptoras, y
16. Impulsar el desarrollo del turismo de naturaleza, comprendidas las modalidades de ecoturismo, turismo de aventura y turismo rural, entre otras modalidades de bajo impacto, así como la pesca deportiva recreativa, considerando la participación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno, el sector académico, los organismos internacionales, la sociedad civil y las comunidades receptoras.
1.4.4 Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística
Objetivo
Establecer las estrategias que permitan el desarrollo del factor humano vinculado con la actividad turística, a través del fomento a la capacitación, profesionalización, estudios, investigación, colaboración, vinculación, difusión del conocimiento y cultura turística, a fin de promover la competitividad del sector turístico nacional e internacional.
Funciones
1. Diseñar y coordinar la realización de estudios, investigaciones, proyectos de asistencia técnica y productos informativos, relacionados con la actividad turística;
2. Diseñar e implementar proyectos de asistencia y cooperación en materia turística con organismos e instituciones públicas, académicas, sociales o privadas, nacionales o internacionales, sin perjuicio de la intervención que corresponda a otras dependencias o entidades de la Administración Pública de los tres órdenes de gobierno;
3. Fomentar la capacitación, actualización y profesionalización de los prestadores de servicios turísticos de las organizaciones y empresas de los sectores público, social y privado;
4. Fungir como un órgano de consulta para las demás unidades administrativas de la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a esta, en materia de estudios e investigaciones turísticas;
5. Promover acciones de colaboración con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno para impulsar programas a favor de la competitividad turística;
6. Coordinar acciones que permitan fortalecer, difundir y divulgar la investigación, el conocimiento, la educación y la cultura turística en el país;
7. Coordinar con instituciones de capacitación y de educación, el establecimiento y aplicación de programas y acciones en favor de la cultura turística, y de la profesionalización del factor humano en el sector turístico;
8. Fomentar el desarrollo tecnológico y la innovación en el sector turístico;
9. Emitir opinión técnica sobre el diseño, actualización y validación del registro de planes y programas de estudios en materia del sector turístico que desarrollen las instituciones educativas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y;
10. Promover la vinculación con organizaciones de los sectores académico, público, social y privado, para realizar actividades académicas que contribuyan a la actualización de los cuadros directivos de las organizaciones y empresas del sector turismo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Manual de Organización General de la Secretaría de Turismo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Queda sin efecto el Manual de Organización General de la Secretaría de Turismo, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 5 de agosto de 2014, así como todas aquellas disposiciones expedidas con base en el mismo, en materia de organización interna, que se opongan al presente Manual.
Dado en la Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2025.- La Secretaria de Turismo del Gobierno de México, Lic. Josefina Rodríguez Zamora.- Rúbrica.