ACUERDO por el que se establece la suspensión de labores, plazos, actividades, procedimientos, actuaciones, notificaciones, términos legales y se consideran como inhábiles por periodo vacacional en el segundo semestre del 2025 y los días inhábiles para el año 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Ciencia y Tecnología.- Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.- Universidad Nacional Rosario Castellanos.
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE LABORES, PLAZOS, ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS, ACTUACIONES, NOTIFICACIONES, TÉRMINOS LEGALES Y SE CONSIDERAN COMO INHÁBILES POR PERIODO VACACIONAL EN EL SEGUNDO SEMESTRE DEL 2025 Y LOS DÍAS INHÁBILES PARA EL AÑO 2026
Dra. Alma Xóchitl Herrera Márquez, Rectora de la Universidad Nacional Rosario Castellanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, artículos 4 fracción III, 8 fracción III, 17 fracción XII del Decreto de Creación de la Universidad Nacional Rosario Castellanos, y
CONSIDERANDO
I. Que la Universidad Nacional Rosario Castellanos es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía técnica y operativa, organizativa, académica y de gestión, el cual estará agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Ciencias, Humanidades, Tecnologías e Innovación.
II. El artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, establece que las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles, determinando como inhábiles en los que no se contarán los plazos, entre otros, los sábados y domingos, los días de vacaciones generales de las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, y que se harán del conocimiento al público en general a través de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
III. En concordancia con la fracción IV, del artículo 147 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2024, los titulares de las dependencias y organismos descentralizados emitirán un acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a través del cual se haga del conocimiento público los periodos vacacionales, mismos que podrán establecerse preferentemente conforme al calendario escolar que establezca la Secretaría de Educación Pública y los días en que en que se suspendan las labores con el fin de no afectar la prestación de servicios al público.
IV. Que con fecha 17 de diciembre de 2024 fue aprobado por el Comité de Desarrollo Institucional de la entonces Universidad Rosario Castellanos, a través del acuerdo URC/CDI/4aSO/08/2024 el Calendario escolar del ciclo 2025-2, en el que se establece como receso de invierno el periodo comprendido entre el 22 de diciembre de 2025 al 6 de enero de 2026.
V. Que con fecha 01 de diciembre mediante el acuerdo JG/UNRC/SO/03/18/2025 fue aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad Nacional Rosario Castellanos, en su Cuarta Sesión Ordinaria el acuerdo por el que se establecen los días inhábiles por periodo vacacional en el segundo semestre del 2025 y los días inhábiles para el año 2026.
Por lo anterior, con el fin de dar certeza y seguridad jurídica al público en general, trámites, requerimientos, servicios, procedimientos administrativos y cualquier otra diligencia que guarde relación con los asuntos cuya competencia incida con esta Universidad Nacional Rosario Castellanos, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE LABORES, PLAZOS, ACTIVIDADES,
PROCEDIMIENTOS, ACTUACIONES, NOTIFICACIONES, TÉRMINOS LEGALES Y SE CONSIDERAN
COMO INHÁBILES POR PERIODO VACACIONAL EN EL SEGUNDO SEMESTRE DEL 2025 Y LOS DÍAS
INHÁBILES PARA EL AÑO 2026
ARTÍCULO PRIMERO.- En el año 2026, se suspenderán las labores en la Universidad Nacional Rosario Castellanos, y en consecuencia no correrán plazos y términos, en actos, trámites y procedimientos que se sustancian en sus Unidades Académicas y áreas administrativas, en los días que a continuación se señalan:
· 1° de enero;
· 2 de febrero, en conmemoración del 5 de febrero;
· 16 de marzo, en conmemoración del 21 de marzo;
· 02 de abril;
· 03 de abril;
· 1° de mayo;
· 5 de mayo;
· 16 de septiembre;
· 2 de noviembre;
· 16 de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre;
· 12 de diciembre, y
· 25 de diciembre.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El periodo vacacional correspondiente al segundo semestre de 2025, durante el cual se suspenderán las labores académicas y administrativas en la Universidad Nacional Rosario Castellanos y no correrán plazos y términos es del 22 de diciembre de 2025 al 06 de enero de 2026.
ARTÍCULO TERCERO.- Se declaran como inhábiles para todos los efectos legales, los días comprendidos en el artículo primero y segundo, por lo que todas las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones que competan a la Universidad Nacional Rosario Castellanos y sus diferentes Unidades Académicas y áreas administrativas, serán nulas.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.