ACUERDO mediante el cual se dan a conocer los trámites a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales habilitados en la Ventanilla Electrónica Ambiental en materia de residuos, impacto ambiental, y prevención y control de la contaminación de la atmósfera.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
ALICIA ISABEL ADRIANA BÁRCENA IBARRA, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4o., párrafo sexto y 25, párrafos primero y último de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, fracción VIII y 32 Bis, fracciones III, V, XII y XXXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción XII, 6, fracciones XVI, XVII y XX, 7 fracción III, 14, 15, fracción V, 16, fracciones VII y XI, 19, fracción XI, 24 y 25 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; 4, 15, 15-A y 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 3, 5, 6, fracciones X y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4o., párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado garantizará el respeto que toda persona tiene a gozar de un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, mandato que se materializa al ejercer una mejor gestión ambiental para el bienestar social y la prosperidad económica;
Que el artículo 25 de la propia Constitución en su primer y último párrafo, dispone que al Estado le corresponde la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, por lo que para cumplimentar dicho objetivo la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales hace uso de tecnologías de la información para simplificar la recepción, tramitación y resolución de los trámites inscritos en el Portal Único Ciudadano de Trámites y Servicios a su cargo;
Que conforme al artículo 32 Bis, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a esta Secretaría, administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que correspondan a la Federación, con excepción de los hidrocarburos y los minerales radioactivos;
Que en términos del artículo 32 Bis, fracción XII de la ley citada, le corresponde a esta Secretaría elaborar, promover y difundir las tecnologías y formas de uso requeridas para el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y sobre la calidad ambiental de los procesos productivos, de la infraestructura, de los servicios y del transporte, en coordinación con las autoridades competentes;
Que en términos del artículo 32 Bis, fracción XXXIX, de la ley citada, le corresponde a esta Secretaría otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones, asignaciones, y reconocer derechos, según corresponda, en materia hídrica, forestal, ecológica, explotación de la flora y fauna silvestres; emisión de gases de efecto invernadero y otras sustancias a la atmósfera y sobre playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar;
Que de conformidad con el artículo 3, fracción XII de la Ley de Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, se define por Digitalización: proceso que emplea tecnologías de la información y comunicación para sistematizar, automatizar y agilizar los procesos institucionales para la atención de trámites y servicios, y la reducción de la interacción presencial entre las personas y las autoridades, a fin de eliminar espacios de corrupción y discrecionalidad;
Que son objetivos de la política de simplificación administrativa, modernizar los trámites y servicios, mismos que podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente, y en observancia al artículo 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos la simplificación podrá comprender la habilitación de herramientas electrónicas para la presentación de trámites y servicios, el establecimiento de plazos de respuesta menores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones otorgadas por los sujetos obligados, eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo e implementar cualquier otra acción de mejora, simplificación y digitalización de los trámites y servicios de su competencia;
Que en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en su Eje Transversal 2 Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, Objetivo T2.1: Incrementar la productividad y competitividad del país a través de un proceso de simplificación, digitalización y reducción en tiempos de resolución de trámites en los tres órdenes de gobierno, Estrategia T2.1.2, Establecer un modelo nacional que modernice las operaciones gubernamentales mediante simplificación y digitalización de trámites administrativos, cumpliendo con reglas de gestión documental, facilitando el acceso a derechos, promoviendo la inversión y eliminando prácticas de corrupción, es que esta Secretaría se da a la tarea de implementar acciones de simplificación que permita a la población un mayor acercamiento, así como facilitar y transparentar el registro, seguimiento y resolución de los trámites;
Que el 08 de enero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer la Ventanilla Electrónica Ambiental (VEA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se establecen sus bases de funcionamiento, la cual tiene por objeto facilitar el acceso ágil, transparente y eficiente de los ciudadanos a los trámites y servicios ambientales digitalizados, mediante una plataforma integral que centraliza, automatiza y simplifica los procesos administrativos que promuevan la sostenibilidad, la innovación tecnológica y el cumplimiento normativo en la interacción entre esta Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la sociedad, y en cumplimiento de su artículo Tercero Transitorio que señala que la Secretaría dará a conocer al público en general los trámites que se encuentran habilitados en la VEA mediante acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Por lo expuesto y fundado he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS TRÁMITES A CARGO DE LA SECRETARÍA
DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES HABILITADOS EN LA VENTANILLA
ELECTRÓNICA AMBIENTAL EN MATERIA DE RESIDUOS, IMPACTO AMBIENTAL, Y PREVENCIÓN Y
CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LA ATMÓSFERA
Artículo Primero. Se hace del conocimiento del público en general que se encuentran habilitados en la VEA para su recepción, registro, tramitación, seguimiento y resolución vía electrónica los trámites que a continuación se indican:
1. SEMARNAT-04-005, Aviso de desistimiento de la autorización en materia de impacto ambiental.
2. SEMARNAT-04-007, Aviso de no requerimiento de autorización en materia de impacto ambiental.
3. SEMARNAT-04-009, Aviso de cambio de titularidad de la autorización de impacto ambiental.
4. SEMARNAT-05-004, Aviso de combustión a cielo abierto.
5. SEMARNAT-07-017, Registro de generadores de residuos peligrosos.
6. SEMARNAT-07-035-A, Propuesta de remediación. Modalidad A: Emergencia Ambiental.
7. SEMARNAT-07-035-B Propuesta de remediación. Modalidad B: Pasivo Ambiental.
Artículo Segundo. Las personas usuarias que opten por ingresar sus trámites a través de la VEA en el sitio electrónico https://servicios.semarnat.gob.mx/vea-ciudadanos/, quedan sujetas a las Bases de Funcionamiento contenidas en el Anexo Único del Acuerdo por el que se da a conocer la Ventanilla Electrónica Ambiental (VEA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se establecen sus Bases de Funcionamiento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 08 de enero de 2025.
Artículo Tercero. La plataforma estará disponible las 24 horas, los 365 días del año, sin perjuicio de lo establecido en las Bases de funcionamiento de la Ventanilla Electrónica Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; sin embargo, la atención y el conteo de plazos establecidos a los trámites se interrumpen conforme a lo establecido en el acuerdo por el que se hace del conocimiento al público en general los días que serán inhábiles del año que corresponda, publicado en el Diario Oficial de la Federación, lo anterior para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados.
Artículo Cuarto. Las respuestas y notificaciones relacionadas a las solicitudes ingresadas en la plataforma se regirán por las Bases de Funcionamiento de la Ventanilla Electrónica Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicadas en el ACUERDO por el que se da a conocer la Ventanilla Electrónica Ambiental (VEA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se establecen sus bases de funcionamiento, publicado el 08 de enero del 2025.
Artículo Quinto. Los trámites referidos en el Artículo Primero que sean ingresados a través de la Ventanilla Electrónica Ambiental se substanciarán y resolverán únicamente por esta vía.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los quince días hábiles siguientes a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se tendrá un periodo de transición de 6 meses y posterior a ello los trámites enunciados en el presente Acuerdo se realizarán únicamente en la Ventanilla Electrónica Ambiental.
TERCERO. Los trámites ingresados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
CUARTO. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente acuerdo, deben ser cubiertas con cargo al presupuesto aprobado para los ejecutores de gasto en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, por lo que no se incrementará su presupuesto ni se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal y para los subsecuentes.
Ciudad de México, a 03 de diciembre de 2025.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra.- Rúbrica.