Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa
Mediante Oficio No. D00/100/169/2025 del 21 de noviembre de 2025 y en cumplimiento al Acuerdo No. JGE 03/01/2025 tomado por la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro en su 3ra Sesión Extraordinaria de 2025 celebrada el 21 de noviembre de 2025, acordó autorizar la comisión que cobrará Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa, tal y como lo establece el artículo 37 quinto párrafo de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
De conformidad con lo dispuesto en el oficio antes referido, a continuación se publica, en tiempo y forma en el Diario Oficial de la Federación, la comisión que Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa, cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, que se encuentren invertidos en las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro Básicas a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2026:
| Concepto | Factor |
| Comisión sobre saldo anual | 0.54% anual sobre el saldo administrado |
La comisión será aplicable a todos los Trabajadores registrados o asignados a los que Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa, administre los fondos de su cuenta individual desde la fecha de su entrada en vigor, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el Trabajador en lo sucesivo a Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa.
Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025.
Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa
Director General
Lic. José Ignacio Jiménez Santos
Rúbrica.
(R.- 571142)