ACUERDO por el que se reforma y adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental.

Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Armonización Contable.

El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7, 9, 14, 41 y 46 fracción III, inciso a) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforma y adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental
CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos.
Que en cumplimiento de sus funciones, el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) publicó en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 8 de agosto de 2013, el Acuerdo por el que se emite la Clasificación Programática (Tipología General), el cual ha sido objeto de reformas y adiciones, habiéndose publicado el acuerdo respectivo en dicho medio de difusión oficial el 13 de junio de 2025.
Que en la modernización de la estructura programática se incorporaron dos nuevas modalidades: "Q: Investigación y desarrollo", y "V: Servicios de protección y conservación ambiental", actualizando la descripción de las modalidades, así como sus características generales.
Que la estructura programática constituye un instrumento esencial para el fortalecimiento de la calidad del gasto y la mejora en la toma de decisiones públicas. En este sentido, resulta indispensable adaptar este clasificador a los nuevos desafíos que enfrentan los gobiernos, tanto a nivel federal como subnacional, atendiendo especialmente la necesidad de fortalecer su aplicabilidad en los estados y municipios. Esta adaptación permitirá distinguir de manera clara los programas orientados a nuevas funciones públicas, tales como la incubación de tecnologías, promoción de energías limpias, restauración de ecosistemas y fomento de servicios ambientales, los cuales se reflejarán en los estados financieros de los entes públicos, como parte de su patrimonio, en congruencia con la normatividad emitida por el CONAC y con los objetivos de la LGCG.
Por lo anterior, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforma y adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el Manual de Contabilidad Gubernamental actualizándose conforme a la normatividad vigente en el Capítulo VII de los Estados e Informes Contables, Presupuestarios, Programáticos y de los Indicadores de Postura Fiscal, apartado IV. Estados e Informes Programáticos, en la estructura del formato y su instructivo, para quedar como sigue:
Manual de Contabilidad Gubernamental
...
Capítulo VII de los Estados e Informes Contables, Presupuestarios, Programáticos y de los Indicadores de
Postura Fiscal
...
IV. Estados e Informes Programáticos
Finalidad
...
Estructura del Formato
Nombre del Ente Público
Gasto por Categoría Programática
Del XXXX al XXXX
(Cifras en Pesos)
Concepto
Egresos
Subejercicio
Aprobado
Ampliaciones/
(Reducciones)
Modificado
Devengado
Pagado
Programas
 
 
 
 
 
 
 
Subsidios: Sector Social y Privado o Entidades Federativas y Municipios
 
 
 
 
 
 
 
 
Subsidios sujetos a Reglas de Operación
 
 
 
 
 
 
 
 
Subsidios sujetos a Lineamientos de Operación.
 
 
 
 
 
 
 
Bienes, Servicios e Infraestructura Pública
 
 
 
 
 
 
 
 
Provisión de Bienes Públicos
 
 
 
 
 
 
 
 
Prestación de Servicios Públicos
 
 
 
 
 
 
 
 
Proyectos de Inversión en Infraestructura y Obra Pública
 
 
 
 
 
 
 
Desempeño de las Funciones de Gobierno
 
 
 
 
 
 
 
 
Funciones de las Fuerzas Armadas
 
 
 
 
 
 
 
 
Fomento, Promoción y Servicios para el Desarrollo Económico y Social
 
 
 
 
 
 
 
 
Regulación y supervisión
 
 
 
 
 
 
 
 
Atención a desastres por eventos naturales
 
 
 
 
 
 
 
 
Articulación, coordinación e instrumentación de políticas públicas
 
 
 
 
 
 
 
 
Investigación y desarrollo
 
 
 
 
 
 
 
 
Servicios de protección y conservación ambiental
 
 
 
 
 
 
 
Administrativos y de Apoyo a la Gestión Presupuestaria
 
 
 
 
 
 
 
 
Apoyo para el desarrollo de las funciones de gobierno
 
 
 
 
 
 
 
 
Apoyo al buen gobierno y mejoramiento de la gestión
 
 
 
 
 
 
 
 
Provisiones y reasignaciones presupuestarias específicas
 
 
 
 
 
 
 
 
Operaciones ajenas
 
 
 
 
 
 
 
Compromisos, cumplimiento de Obligaciones y otras Aportaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
Participaciones a entidades federativas y municipios
 
 
 
 
 
 
 
 
Costo financiero, deuda o apoyos a deudores y ahorradores de la banca
 
 
 
 
 
 
 
 
Adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS)
 
 
 
 
 
 
 
 
Aportaciones Federales
 
 
 
 
 
 
 
 
Pensiones y jubilaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
Obligaciones de cumplimiento de resolución jurisdiccional
 
 
 
 
 
 
 
 
Aportaciones a la seguridad social
 
 
 
 
 
 
 
 
Aportaciones a fondos de estabilización
 
 
 
 
 
 
 
 
Aportaciones a fondos de inversión y reestructura de pensiones
 
 
 
 
 
 
 
Total del Egreso
 
 
 
 
 
 
Instructivo de Llenado del Formato del Gasto por Categoría Programática
...
 
Nombre del Ente Público (1)
Gasto por Categoría Programática (2)
Del XXXX al XXXX (3)
(Cifras en Pesos) (4)
Concepto (5)
Egresos
Subejercicio
(11)
Aprobado (6)
Ampliaciones/
(Reducciones) (7)
Modificado (8)
Devengado (9)
Pagado (10)
Programas
 
 
 
 
 
 
 
IA. Subsidios: Sector Social y Privado o Entidades Federativas y Municipios
(IA = a + b)
(IA = a + b)
(IA = a + b)
(IA = a + b)
(IA = a + b)
(IA = a + b)
 
 
a. Subsidios sujetos a Reglas de Operación
Pp S
Pp S
(8 = 6 + 7)
Pp S
Pp S
(11 = 8 - 9)
 
 
b. Subsidios sujetos a Lineamientos de Operación.
Pp U
Pp U
(8 = 6 + 7)
Pp U
Pp U
(11 = 8 - 9)
 
IB. Bienes, Servicios e Infraestructura Pública
(IB = a + b + c)
(IB = a + b + c)
(IB = a + b + c)
(IB = a + b + c)
(IB = a + b + c)
(IB = a + b + c)
 
 
a. Provisión de Bienes Públicos
Pp B
Pp B
(8 = 6 + 7)
Pp B
Pp B
(11 = 8 - 9)
 
 
b. Prestación de Servicios Públicos
Pp E
Pp E
(8 = 6 + 7)
Pp E
Pp E
(11 = 8 - 9)
 
 
c. Proyectos de Inversión en Infraestructura y Obra Pública
Pp K
Pp K
(8 = 6 + 7)
Pp K
Pp K
(11 = 8 - 9)
 
IC. Desempeño de las Funciones de Gobierno
(IC = a + b + c + d +
e + f + g)
(IC = a + b + c + d +
e + f + g)
(8 = 6 + 7)
(IC = a + b + c + d +
e + f + g)
(IC = a + b + c +
d + e + f + g)
(IC = a + b + c +
d + e + f + g)
 
 
a. Funciones de las Fuerzas Armadas
Pp A
Pp A
(8 = 6 + 7)
Pp A
Pp A
(11 = 8 - 9)
 
 
b. Fomento, Promoción y Servicios para el Desarrollo Económico y Social
Pp F
Pp F
(8 = 6 + 7)
Pp F
Pp F
(11 = 8 - 9)
 
 
c. Regulación y supervisión
Pp G
Pp G
(8 = 6 + 7)
Pp G
Pp G
(11 = 8 - 9)
 
 
d. Atención a desastres por eventos naturales
Pp N
Pp N
(8 = 6 + 7)
Pp N
Pp N
(11 = 8 - 9)
 
 
e. Articulación, coordinación e instrumentación de políticas públicas
Pp P
Pp P
(8 = 6 + 7)
Pp P
Pp P
(11 = 8 - 9)
 
 
f. Investigación y desarrollo
Pp Q
Pp Q
(8 = 6 + 7)
Pp Q
Pp Q
(11 = 8 - 9)
 
 
g. Servicios de protección y conservación ambiental
Pp V
Pp V
(8 = 6 + 7)
Pp V
Pp V
(11 = 8 - 9)
 
ID. Administrativos y de Apoyo a la Gestión Presupuestaria
(ID = a + b + c + d)
(ID = a + b + c + d)
(8 = 6 + 7)
(ID = a + b + c + d)
(ID = a + b + c +
d)
(ID = a + b + c +
d)
 
 
a. Apoyo para el desarrollo de las funciones de gobierno
Pp M
Pp M
(8 = 6 + 7)
Pp M
Pp M
(11 = 8 - 9)
 
 
b. Apoyo al buen gobierno y mejoramiento de la gestión
Pp O
Pp O
(8 = 6 + 7)
Pp O
Pp O
(11 = 8 - 9)
 
 
c. Provisiones y reasignaciones presupuestarias específicas
Pp R
Pp R
(8 = 6 + 7)
Pp R
Pp R
(11 = 8 - 9
 
 
d. Operaciones ajenas
Pp W
Pp W
(8 = 6 + 7)
Pp W
Pp W
(11 = 8 - 9)
 
IE. Compromisos, cumplimiento de Obligaciones y otras Aportaciones
(IE = a + b + c + d +
e + f + g + h + i)
(IE = a + b + c + d +
e + f + g + h + i)
(8 = 6 + 7)
(IE = a + b + c + d +
e + f + g + h + i)
(IE = a + b + c +
d + e + f + g + h +
i)
(IE = a + b + c +
d + e + f + g + h
+ i)
 
 
a. Participaciones a entidades federativas y municipios
Pp C
Pp C
(8 = 6 + 7)
Pp C
Pp C
(11 = 8 - 9)
 
 
b. Costo financiero, deuda o apoyos a deudores y ahorradores de la banca
Pp D
Pp D
(8 = 6 + 7)
Pp D
Pp D
(11 = 8 - 9)
 
 
c. Adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS)
Pp H
Pp H
(8 = 6 + 7)
Pp H
Pp H
(11 = 8 - 9)
 
 
d. Aportaciones Federales
Pp I
Pp I
(8 = 6 + 7)
Pp I
Pp I
(11 = 8 - 9)
 
 
e. Pensiones y jubilaciones
Pp J
Pp J
(8 = 6 + 7)
Pp J
Pp J
(11 = 8 - 9)
 
 
f. Obligaciones de cumplimiento de resolución jurisdiccional
Pp L
Pp L
(8 = 6 + 7)
Pp L
Pp L
(11 = 8 - 9)
 
 
g. Aportaciones a la seguridad social
Pp T
Pp T
(8 = 6 + 7)
Pp T
Pp T
(11 = 8 - 9)
 
 
h. Aportaciones a fondos de estabilización
Pp Y
Pp Y
(8 = 6 + 7)
Pp Y
Pp Y
(11 = 8 - 9)
 
 
i. Aportaciones a fondos de inversión y reestructura de pensiones
Pp Z
Pp Z
(8 = 6 + 7)
Pp Z
Pp Z
(11 = 8 - 9)
 
I. Total del Egreso
I = (IA + IB + IC + ID
+ IE)
I = (IA + IB + IC + ID
+ IE)
(8 = 6 + 7)
I = (IA + IB + IC + ID
+ IE)
I = (IA + IB + IC +
ID + IE)
I = (IA + IB + IC +
ID + IE)
Pp: Programa Presupuestario.
...
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su aplicación será obligatoria a partir del 1o.de enero de 2026.
La información Programática, se presentará conforme fue autorizada en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal que corresponda.
SEGUNDO.- Las Entidades Federativas, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7, segundo párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, deberán publicar el presente Acuerdo en los medios oficiales de difusión escritos y electrónicos dentro de un plazo de 30 días hábiles siguientes a la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO.- En términos del artículo 15 de la LGCG, la Secretaría Técnica del CONAC llevará un registro en una página de Internet de los actos que los entes públicos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México realicen para adoptar las decisiones del Consejo. Para tales efectos, los Consejos de Armonización Contable de las Entidades Federativas remitirán a la Secretaría Técnica la información relacionada con dichos actos a la dirección electrónica conac_sriotecnico@hacienda.gob.mx, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la conclusión del plazo fijado en el transitorio anterior.
En la Ciudad de México, siendo las catorce horas del día 25 de noviembre del año dos mil veinticinco, con fundamento en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 fracción IV y 23 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y regla 20 de las Reglas de Operación del Consejo Nacional de Armonización Contable, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, HAGO CONSTAR Y CERTIFICO que el documento consistente en 4 fojas útiles, rubricadas y cotejadas, corresponde con el texto del Acuerdo por el que se reforma y adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental, aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su tercera sesión celebrada, en primera convocatoria, el 25 de noviembre del presente año, situación que se certifica para los efectos legales conducentes.- El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, Mtro. Gerardo Almonte López.- Rúbrica.