Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Guerrero,
con sede en Acapulco
EDICTO.
DEMANDADA: Charlies Acapulco, S.A. de C.V.
En los autos del conflicto individual de seguridad social 59/2024, promovido por Alejandro Guerrero Ramírez y otros, se ha ordenado en proveído de cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, emplazar a la demandada Charlies Acapulco, S.A. de C.V., por medio de edictos, los que se publicaran, por dos veces, con un lapso de tres días hábiles entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, boletín judicial que se fije en los estrados de este Tribunal y en el Portal Oficial de Internet que para tal efecto establezca el Poder Judicial de la Federación, conforme lo dispuesto por el artículo 712 de la Ley Federal del Trabajo. Quedan a su disposición, en la Actuaría de este Tribunal, copias cotejadas del escrito de demanda, aclaración a la misma y de las pruebas ofrecidas por la parte actora, así como de los diversos proveídos de veintiséis de noviembre y cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, tres de enero, veintiocho de mayo, ocho de agosto y cuatro de noviembre de dos mil veinticinco; por otra parte, se le hace saber que cuenta con el término de veinte días hábiles, contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que se imponga de los autos, produzca contestación por escrito, ofrezca pruebas y, de ser el caso, objete las pruebas de la parte actora y reconvenga, apercibida que, de no hacerlo en dicho término, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, así como por perdido su derecho a ofrecer y objetar pruebas y, en su caso, a formular reconvención, de igual forma deberá señalar domicilio para oír notificaciones y recibir documentos dentro del lugar de residencia de este tribunal, apercibida que de no hacerlo, las notificaciones personales se harán por boletín.
Atentamente
Acapulco, Guerrero, 04 de noviembre de 2025.
El Secretario Instructor del Segundo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Guerrero, con sede en Acapulco
Lic. Jesús Orlando Sánchez Vargas
Rúbrica.
(R.- 570896)