Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
Juicio de Amparo 1579/2024-VIII-B.
Tercera interesada:
María Fernanda Romero Arzate.
En acatamiento al auto de veinticinco de junio de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo 1579/2024-VIII-B, del índice de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Fabián Mercado Aguilar, contra la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia y Juez Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tula de Allende, ambos del Estado de Hidalgo, de quien reclamó la sentencia de quince de agosto de dos mil veinticuatro, emitida dentro del toca penal 84/2024, misma que confirma el auto de formal prisión de veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro, dictado en el expediente penal 177/2005; juicio de amparo en el cual fue señalada como tercera interesada y se ordenó su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersone al mismo y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, o bien en zona conurbada; apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se le hará por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación.
Atentamente
Pachuca de Soto, Hidalgo, 25 de junio de 2025.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Gabriel Cesar Téllez Sánchez
Rúbrica.
(R.- 571130)