Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Quinto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
 
Número de Expediente: 290/2024-III. Parte actora: Elías Benítez González. Parte demandada a emplazar por edictos: AT&T Ingeniería y Servicios, Sociedad Anónima de Capital Variable. Prestaciones reclamadas: la indemnización Constitucional, el pago de los salarios caídos, el pago de las prestaciones relativas a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad, entre otras prestaciones accesorias y derivadas de la relación de trabajo. La demandada AT&T Ingeniería y Servicios, Sociedad Anónima de Capital Variable tienen el término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la última publicación del presente edicto, para producir su contestación a la demanda, ofrezca pruebas y objete las del actor. En el entendido que en caso de no comparecer y no dar contestación a la demanda, dentro del término establecido, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como por perdido su derecho a ofrecer pruebas y en su caso a formular reconvención, sin perjuicio de que antes de la audiencia preliminar pueda ofrecer pruebas, para demostrar que el actor no era trabajador, que no existió el despido o que no son ciertos los hechos. Se hace saber a las demandadas que el traslado de la demanda y anexos correspondientes, el acuerdo de prevención de 03 de julio de 2024, el auto admisorio de 05 de agosto de 2024 y el proveído de 28 de octubre de 2025, están a su disposición en las oficinas de este Tribunal Laboral, que tiene su domicilio en Carretera Picacho-Ajusco número 200, piso 10, ala norte, colonia Jardines en la Montaña, alcaldía Tlalpan, código postal 14120, Ciudad de México.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 28 de octubre de 2025.
Secretario Instructor adscrito al Décimo Quinto Tribunal Laboral Federal
de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México
José Ángel Pérez Espino
Rúbrica.
(R.- 570406)