Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz,
sito en Boca del Río
"2025, Año de la Mujer Indígena"
EDICTO
 
TERCERO INTERESADO
[Yadira Mejía Chacón]
En los autos del juicio de amparo indirecto 567/2025-VII del índice de este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Boca del Río, Aurora Arroyo, María, Guadalupe y Jorge Arturo, los últimos dos de apellidos Barrera Arroyo, demandó el amparo y protección de la Justicia Federal contra actos del 1. Juez Décimo Cuarto de Primera Instancia Especializado en Materia Familiar del Distrito Judicial de Veracruz. De quién reclama: a) La falta de llamamiento al juicio sucesorio intestamentario 3711/2021/III, promovido por la tercera interesada, quien omitió señalarnos como presuntos herederos a bienes del de cujus Fidel Barrera Harling, a pesar de que les asiste el derecho a heredar en dicha mortual, al ser esposa la primera e hijos, los segundos de dicho finado. b) Por vía de consecuencia, todo lo actuado en dicho juicio sucesorio intestamentario, incluidos el auto declarativo de herederos de fecha diez de agosto de dos mil ventidós y la audiencia de aceptación, protesta y discernimiento del cargo de albacea definitivo de fecha veinticinco de agosto de dos mil veintidós. c) Los efectos y consecuencias jurídicas de todas y cada una de las diligencias llevadas a cabo dentro del juicio sucesorio intestamentario a bienes del de cujus Fidel Barrera Harling, llevadas a cabo dentro de los autos del expediente civil 3711/2021/III del índice del Juzgado responsable.
En proveído de diez de septiembre de dos mil veinticinco, con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso b), párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria conforme al numeral 2 de la Ley de la materia, se ordenó emplazar por este medio a la parte tercera interesada [Yadira Mejía Chacón]. A quien se le hace saber que puede apersonarse a juicio dentro del término de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la última publicación que se haga por edictos. Dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio, para los efectos legales a que haya lugar. En el entendido que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en la conurbada de Veracruz. Apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se realizarán por lista de acuerdos. Salvo que con posterioridad decida hacer el señalamiento respectivo para lo cual conserva expedito su derecho. Fenecido ese lapso, se citará a las partes a la celebración de la audiencia constitucional.
 
Boca del Río, Veracruz, 10 de septiembre de 2025.
El Titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz,
con residencia en la ciudad de Boca del Río
Mario De la Medina Soto
Firma Electrónica.
El Secretario
Jorge Alberto Garza Ortega
Firma Electrónica.
(R.- 569678)