ACUERDO mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones suspende plazos y términos de todos los trámites, servicios y procesos instaurados ante la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Transformación Digital.- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.- Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES SUSPENDE PLAZOS Y TÉRMINOS DE TODOS LOS TRÁMITES, SERVICIOS Y PROCESOS INSTAURADOS ANTE LA COMISIÓN REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en los artículos 6o, párrafos tercero y cuarto, apartado B, fracciones II y III, y 28, párrafo décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 7, 10, fracción I, 11, 12, fracción I, y 25 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 1, 4, 28, 29 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 28, párrafo décimo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión, garantizará el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen las leyes;
Que de conformidad con los artículos 26, fracción XXII y 42 Ter, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es la dependencia del Poder Ejecutivo Federal encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal;
Que el 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión;
Que el artículo 7 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión señala que, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones es un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, con independencia técnica, operativa y de gestión, cuyo objeto es garantizar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión, en los términos que fija la Constitución, dicha Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables;
Que el artículo 10 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión prevé las atribuciones que le corresponden a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, siendo que el diverso artículo 11, dispone que el Pleno de la Comisión es el órgano máximo de gobierno y decisión;
Que el artículo 12 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, primer párrafo dispone que corresponde originariamente al Pleno el ejercicio de las facultades establecidas en el diverso artículo 10;
Que el artículo 25 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión dispone que el Pleno ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie y de aquellos en que así lo determine;
Que mediante comunicación oficial de fecha 6 de octubre de 2025 la Titular del Ejecutivo Federal sometió a la ratificación de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, la designación de las Personas Comisionadas del Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones;
Que el 14 de octubre de 2025 en sesión ordinaria el Pleno del Senado de la República ratificó los nombramientos realizados por la Presidenta de la República para integrar el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones;
Que el 16 de octubre de 2025 la Titular del Ejecutivo Federal designó a la persona Comisionada que fungirá como Persona Comisionada Presidenta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, con lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo cuarto transitorio del Decreto del 16 de julio de 2025, se tiene como integrado el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones;
Que al día siguiente de la integración del Pleno de la Comisión, entraron en vigor las reformas a los párrafos décimo quinto a vigésimo del artículo 28 Constitucional emitidas mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2024 y se abrogó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión;
Que derivado de los procedimientos de rendición de cuentas del extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones y de entrega-recepción correspondiente de las Personas Servidores Públicas que se encontraban adscritas a dicho organismo autónomo, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones se encuentra realizando el análisis de la información recibida, así como los ajustes necesarios en sus sistemas institucionales, a efecto de garantizar la adecuada tramitación de los asuntos a su cargo;
Por lo anterior, y a fin de dar certeza y seguridad jurídica a los regulados, el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se suspenden a partir del 07 de noviembre de 2025 y hasta el 14 de noviembre de 2025, los plazos y términos de todos los trámites y procedimientos a cargo de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, con la finalidad de dar certeza y seguridad jurídica a los trámites y procedimientos que realicen los regulados.
SEGUNDO.- La recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones continuará funcionando en días y horas hábiles, en el domicilio ubicado en Insurgentes Sur, número 1143, colonia Nochebuena, demarcación territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Portal de internet de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
SEGUNDO.- Todas las actuaciones realizadas del 07 de noviembre de 2025 al 14 de noviembre de 2025 serán válidas para todos los efectos legales a que haya lugar.
Comisionada Presidenta, Norma Solano Rodríguez.- Rúbrica.- Comisionados: Ledénika Mackensie Méndez González, María de las Mercedes Olivares Tresgallo, Adán Salazar Garibay, Tania Villa Trápala.- Rúbricas.
Acuerdo P/CRT/EXT/07112025/021, aprobado por unanimidad en la Tercera Sesión Extraordinaria del Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, celebrada el 7 de noviembre de 2025.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 11, 19, fracción IV, 20, fracción I y 24 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.