OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para organizarse y operar de Paypal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones Especializadas.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera.- Oficio No. 311-271/2025.
ASUNTO: SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PARA ORGANIZARSE Y OPERAR DE ESA INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO.
PAYPAL PAYMENTS MÉXICO, S.A.P.I. DE C.V.
INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO
BLVD. MANUEL ÁVILA CAMACHO, NÚM. 24, PISO PH,
COL. LOMAS DE CHAPULTEPEC, C.P. 11000, ALCALDÍA
MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO.
AT'N.: C. JORGE CHRISTIAN RAMÍREZ ABASOLO
REPRESENTANTE LEGAL
Hacemos referencia al escrito presentado en esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores ("Comisión") el 21 de octubre de 2025, a través del correo institucional autorizacionfintech@cnbv.gob.mx, de conformidad con lo previsto en el "Acuerdo por el que se establecen las medidas administrativas para la continuidad de las actividades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en la atención de los asuntos que se tramitan ante ésta, durante la contingencia sanitaria provocada por el COVID-19", publicado en el Diario Oficial de la Federación ("DOF") el 15 de julio de 2020, por virtud del cual PayPal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico ("PayPal" o "Entidad"), antes Inguz Digital, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico ("Inguz"), remitió la protocolización de los acuerdos adoptados en las resoluciones unánimes tomadas fuera de Asamblea General de Accionistas celebrada el 21 de octubre de 2025, con motivo del cambio de su denominación social y reflejar la parte fija del capital social actual. Por lo anterior, en atención a su escrito, con fundamento en los artículos 11, 12, 22 y 25 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, se modifican las bases PRIMERA y CUARTA de la autorización que le fue otorgada a Inguz, para que se organice y opere como una institución de fondos de pago electrónico mediante el oficio P040/2021, de fecha 16 de marzo de 2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2021, para quedar en los siguientes términos:
PRIMERA.- La denominación de la sociedad será PayPal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico.
SEGUNDA.- [...]
TERCERA.- [...]
CUARTA.- El importe de su capital social será de $6´785,388.00 (seis millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), representado por 2,907,968 (dos millones novecientas siete mil novecientas sesenta y ocho) acciones ordinarias, nominativas de la Clase I, sin expresión de valor nominal, las cuales son representativas del capital social fijo sin derecho a retiro.
QUINTA.- [...]
SEXTA.- [...]
SÉPTIMA.- [...]
OCTAVA.- [...]
El presente oficio se emite con fundamento en las disposiciones legales antes invocadas, así como en ejercicio de las facultades conferidas a esta Comisión por los 142 y 145, fracción IV de la LRITF; 1, 3, fracción V, 4, fracciones I, apartado B y II, apartado B, numerales 22) y 32), 14, 35, fracciones I, inciso b), III y último párrafo, 45, fracción I, 64, primer párrafo, en correlación con el 61, segundo párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 28 de febrero de 2022, así como el artículo 9, fracción II del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 18 de abril de 2022 y modificado mediante Acuerdo publicado en el referido Diario el 17 de agosto de 2023 y 20 de junio de 2025.
Atentamente
Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2025.- Coordinador de Autorizaciones Especializadas A, Lic. Carlos Retana Santamaria.- Rúbrica.- Coordinadora de Autorizaciones de Tecnología Financiera A, Lic. María Fernanda Burgos Menéndez.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera, Mtra. Leticia Castellanos García.- Rúbrica.