PROGRAMA Nacional de Estadística y Geografía 2025-2030.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 9 fracción II, 11, 52 y 77 fracción I de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y 5 fracción I del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI o Instituto), en su carácter de organismo público con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, es responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG o Sistema), así como las Actividades Estadísticas y Geográficas que lleven a cabo las Unidades del Estado (UE) con el objeto de obtener Información de Interés Nacional (IIN o Información).
Que el SNIEG tiene como finalidad suministrar a la sociedad y al Estado Información de calidad, pertinente, veraz y oportuna a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.
Que la ordenación y regulación de las actividades necesarias para la planeación, programación, producción y difusión de la IIN se debe llevar a cabo a través de los siguientes programas: Programa Estratégico del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (PESNIEG); Programa Nacional de Estadística y Geografía (PNEG), y Programa Anual de Estadística y Geografía (PAEG).
Que la Junta de Gobierno del INEGI tiene a su cargo la aprobación de los programas referidos, debiendo someter los mismos a la opinión de las instancias respectivas en términos de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Una vez aprobados los programas, deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación y serán obligatorios para las UE, conforme a su disponibilidad presupuestaria.
Que el PNEG definirá el conjunto de actividades y proyectos a ser ejecutados por las ue durante cada sexenio del gobierno federal, en congruencia con lo establecido en el PESNIEG y en el Plan Nacional de Desarrollo en lo relativo a las materias de Información correspondientes a los Subsistemas Nacionales de Información. Así mismo, se orientará a producir la información tendiente al mejor conocimiento del territorio y de la realidad económica, social y del medio ambiente del país.
Que el PNEG 2025-2030 tendrá una proyección de seis años y deberá ser revisado y actualizado por la Junta de Gobierno al final de cada ejercicio, o cuando se modifique el PESNIEG, y contará con la opinión de las personas integrantes del Consejo Consultivo Nacional y de los demás órganos colegiados del Sistema, conforme a las disposiciones aplicables.
Por lo anterior, la Junta de Gobierno del INEGI, ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
Único.- La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía aprueba el Programa Nacional de Estadística y Geografía 2025-2030 en los términos propuestos y en apego a la normatividad aplicable. Los indicadores que integrarán el sistema de seguimiento y evaluación del PNEG 2025-2030 deberán ser presentados para consideración de la Junta de Gobierno en el primer trimestre de 2026.
Transitorios
ÚNICO.- El Programa Nacional de Estadística y Geografía 2025-2030 entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Programa Nacional de Estadística y Geografía 2025-2030 estará a disposición para su consulta en el portal electrónico del SNIEG (https://www.snieg.mx).
El presente Acuerdo se aprobó en términos del Acuerdo 15ª/III/2025, aprobado en la Décima Quinta sesión 2025 de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el 28 de octubre de 2025.- Presidenta: Graciela Márquez Colín.- Vicepresidentes: Adrián Franco Barrios, Mauricio Márquez Corona, José Arturo Blancas Espejo y Vicepresidenta: Rosa Isabel Islas Arredondo.
Aguascalientes, Ags., a 28 de octubre de 2025.- Hace constar lo anterior el Director General de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por el artículo 52, fracción V del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.