EXTRACTO del Acuerdo INE/CG1128/2025 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la estrategia de capacitación y asistencia electoral 2025-2026 y sus respectivos anexos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.

EXTRACTO DEL ACUERDO INE/CG1128/2025 DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA ELECTORAL 2025-2026 Y SUS RESPECTIVOS ANEXOS
GLOSARIO
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ANTECEDENTES
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VII.   Cargos de elección popular en el PEL 2022-2023 en Coahuila de Zaragoza. El 4 de junio de 2023 se llevó a cabo la JE del PEL 2022-2023 en Coahuila y el Estado de México. Específicamente, en Coahuila se eligió la Gubernatura y veinticinco Diputaciones Locales:16 Diputaciones por el Principio de Mayoría Relativa y 9 Diputaciones por Representación Proporcional.
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VIII.  Aprobación Lineamientos medidas preventivas para evitar la injerencia y/o participación de PSP. El 20 de septiembre de 2023 el CG emitió el Acuerdo INE/CG535/2023, a través del cual se aprobaron los Lineamientos en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-RAP-4/2023 y Acumulados, que establecieron medidas preventivas para evitar la injerencia y/o participación de PSP que manejen programas sociales en el Proceso Electoral Federal y los PEL 2023-2024.
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XII.   Cargos de elección popular en el Proceso Electoral Federal Concurrente 2023-2024 en Coahuila de Zaragoza. El 2 de junio de 2024 se llevó a cabo la JE del Proceso Electoral Concurrente, en el que se eligió a nivel federal: la Presidencia de la República, ciento veintiocho Senadurías y quinientas Diputaciones. Aunado a lo anterior, a nivel local en las treinta y dos entidades del país se eligieron diversos cargos de elección popular, concretamente, en Coahuila de Zaragoza se votó por: treinta y ocho Presidencias Municipales, setenta y seis Sindicaturas y cuatrocientas dos Regidurías.
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CONSIDERANDOS
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SEGUNDO. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.
Marco Normativo General
7.     Que el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado B, inciso a), numerales 1, 4 y 5 de la CPEUM, en concatenación con el artículo 32, numeral 1, inciso a), fracciones I, IV y V de la LGIPE, establecen que corresponde al INE, para los procesos electorales federales y locales, la capacitación electoral, la ubicación de las casillas y la designación del funcionariado de sus MDC, así como las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de la observación electoral.
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PEL 2025-2026
24.   El artículo 33 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza dispone que el Congreso del estado se renovará en su totalidad cada tres años, por ello, en la JE para el PEL 2025-2026, que tendrá verificativo el 7 de junio de 2026 en Coahuila de Zaragoza, se elegirán los siguientes cargos:
COAHUILA
Congreso Local:
·  16 diputaciones de Mayoría Relativa
·  9 diputaciones de Representación Proporcional
 
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Atribuciones de las JLE, JDE y de sus Consejos del INE
28.   El artículo 73, numeral 1, incisos a) al d) de la LGIPE, en relación con el artículo 58, numeral 2, inciso a) y e) del RIINE, confiere a las JDE, entre otras, las atribuciones para evaluar el cumplimiento de los programas relativos a Capacitación y Organización Electoral; proponer al CD correspondiente el número y ubicación de casillas que habrán de instalarse en cada una de las secciones comprendidas en su Distrito Electoral, capacitar a la ciudadanía que integrará las MDC, así como presentar al CD, para su aprobación, las propuestas de quienes realizarán las tareas de asistencia electoral el día de la JE.
29.   De conformidad con el artículo 79, numeral 1, incisos c), d) y l) de la LGIPE, en concatenación con el artículo 31, numeral 1, incisos c), g), h) y n) del RIINE, disponen que los CD tienen, entre otras facultades, determinar el número y la ubicación de las casillas; insacular al funcionariado de las MDC conforme al procedimiento del artículo 254 de la LGIPE, así como vigilar que su instalación se realice en términos legales y supervisar las actividades de las JDE durante el Proceso Electoral.
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Integración de las MDC
32.   El artículo 82, numerales 1 y 4, de la LGIPE, señala que las MDC se integrarán con una o un presidente, una o un secretario, dos escrutadoras/es y tres suplentes generales, las JDE integrarán las MDC conforme el procedimiento del artículo 254 del mismo ordenamiento.
       ...
37.   El artículo 254 de la LGIPE regula el procedimiento para la integración de las MDC, concretamente, su numeral 1, incisos a) y e), establecen que el CG, en el mes de diciembre del año previo a la elección, sorteará un mes del calendario que, junto con el que siga en su orden, serán tomados como base para la insaculación de la ciudadanía que integrará las MDC; así como en el mes de febrero del año de la elección, el CG sorteara las veintiséis letras que comprende el alfabeto, a fin de obtener la letra a partir de la cual, con base en el primer apellido, se seleccionará a la ciudadanía que integrará las MDC.
       En cumplimiento de lo anterior, para el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 resultó sorteado el mes de febrero, y también sirvió de base el mes de mayo para la integración de los órganos receptores de la votación. Por ello, para lograr una mayor participación ciudadana, y evitar la incidencia de rechazos a participar como funcionariado de MDC, lo cual es una causal prevista en la razón: 44. Haber participado como FMDC en otros Procesos Electorales Federales o Locales, Consulta Popular o Revocación de Mandato; fracción VII. Rechazos, apartado 5.4. Razones por la que la ciudadanía no participa del PIMDCyCE de la ECAE 2025-2026, así como prevenir que la integración de las MDC recaiga en la misma ciudadanía, se considera pertinente excluir del sorteo los meses ya referidos para este PEL 2025-2026.
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Medidas que se incorporan en la ECAE 2025-2026
67.   La ECAE 2025-2026 y sus Anexos, contiene acciones acordes con los estándares institucionales y la instrumentación de elementos novedosos:
o    En el Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral
·  Se implementará el procedimiento completo para la elaboración del Listado de propuestas de Secciones con Estrategias Diferenciadas, así como su aprobación por el CD correspondiente, sin que vuelvan a ser las mismas Secciones con Estrategias Diferenciadas aprobadas en los Procesos Electorales inmediatos anteriores.
·  Se eliminan las Secciones con Cambio a la Propuesta de Ruta de Visita, por lo que se deberá seguir la Ruta de visita generada por el Multisistema ELEC2026.
·  Se incorpora el apartado 5.6 Compulsa del Listado de ciudadanía que cumple con los requisitos legales para integrar las Mesas Directivas de Casilla contra las bases de datos provenientes de las personas servidoras públicas y su respectivo formato (Anexo 4 del PIMDCyCE).
·  Se mantiene la medida de inclusión para la ciudadanía insaculada con doble nacionalidad, y se incluye a las personas indígenas que no hable y/o escriba en idioma español y requiera acompañamiento de una persona de su confianza para apoyo en la traducción que cumpla con los mismos requisitos legales para ser integrante de MDC y manifieste su deseo de participar podrá desempeñarse como funcionariado de MDC de conformidad con en el Anexo 5 del PIMDCyCE.
o    En el Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de Supervisoras/es Electorales y Capacitadoras/es-Asistentes Electorales
·  Se incorpora el procedimiento para aplicar el examen desde el domicilio de las personas aspirantes, en casos extraordinarios de necesidad al existir una causa de fuerza mayor o casos fortuitos, plenamente justificada y documentada, tales como desastres naturales o problemas sociales que dificulten el libre tránsito de la ciudadanía.
·  Se plantea el procedimiento para la convocatoria permanente con la posibilidad semanal de aplicar los instrumentos de selección (examen y entrevista).
·  Se modifica el proceso de compulsa de la militancia partidista en el que, si la persona aspirante manifiesta desconocimiento de su afiliación y presenta un Oficio de desconocimiento, podrá continuar en el procedimiento de reclutamiento y selección.
·  Se plantea otorgar un bono de productividad que podrá ser asignado hasta al 30% de las figuras de SE y CAE por cada etapa de capacitación electoral, equivalente a una semana de honorarios en cada caso, utilizando como criterios para su determinación: permanencia, metas cumplidas y trabajo en equipo, el cual estará sujeto a la aprobación del proyecto de presupuesto del Instituto.
o    En el Programa de Capacitación Electoral
·  Se modifica el proceso de aplicación de los cuestionarios de valoración y evaluación final de los talleres para SE y CAE, con el objetivo de contar con instrumentos que permitan medir su aprovechamiento y brindar retroalimentación puntual a la JLE.
·  Se adecuan los contenidos temáticos que forman parte de los talleres y cursos de las y los SE y CAE, con el propósito de responder de manera oportuna a las necesidades pedagógicas de dicho público objetivo.
·  Se incorpora una evaluación final y un cuestionario de satisfacción en las modalidades presencial y a distancia, de la capacitación dirigida a la observación electoral, con el objetivo de reforzar los conocimientos y valorar sus contenidos.
o    En el Programa de Asistencia Electoral
      Se integran los proyectos base de la Asistencia Electoral en los que participarán las y los SE y CAE:
·  Ubicación de casillas;
·  Preparación, integración y distribución de la documentación y materiales electorales a Presidencia de MDC;
·  Seguimiento a los Paquetes Electorales;
·  Sistema de Información sobre el desarrollo de la Jornada Electoral;
·  Mecanismos de Recolección;
·  Programa de Resultados Electorales Preliminares y
·  Cómputo de las Elecciones.
·  Asimismo, se establecen directrices para el seguimiento a cada una de las actividades.
o    En los Criterios para la elaboración de materiales didácticos y documentos de apoyo
·  La Guía para la y el SE y la Guía para la y el CAE se elaborarán tanto en versión de imprenta como en formato de audiolibro, para diversificar los formatos de los materiales y estar en posibilidad de ser utilizados por SE o CAE con discapacidad visual.
·  Los pódcast referentes a Los Momentos de la Jornada Electoral y La Jornada Electoral estarán dirigidos a toda la ciudadanía, no sólo a las PcD.
o    En la Medición de Cumplimiento
·  La medición de cumplimiento se encuentra adaptada a las condiciones específicas de cada distrito electoral federal, permitiendo atender sus particularidades operativas. 
·  Los formatos y procedimientos han sido diseñados de manera sencilla e intuitiva, a fin de facilitar su uso y comprensión por parte de las figuras responsables.
·  Se promueve la participación de todas las figuras responsables en la JLE y las JDE, asegurando que dichos mecanismos sean percibidos como herramientas orientadas a la mejora continua, y no como una carga administrativa adicional.
o    En el Programa de Integración Tecnológica
·  Prevé fortalecer el uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones, se mantendrá el propósito de innovar en sus procesos y cumplir con los objetivos institucionales establecidos en la ECAE 2025-2026.
·  Reforzar el uso de la tecnología móvil para la transferencia de la información a través de aplicaciones móviles que operarán las y los SE y CAE en campo durante el PEL.
·  Se mantendrá la capacitación virtual por medio de la plataforma de educación a distancia, transitando para que ésta sea la principal modalidad para capacitar a las diferentes figuras que intervienen en el PEL.
·  Se continuará con la operación de plataformas analíticas que permitan potenciar la información en materia de capacitación y asistencia electoral para las diferentes etapas del PEL.
Por lo anteriormente expuesto y con base en la fundamentación y motivaciones invocadas, este Consejo General emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2025-2026 y sus respectivos anexos, integrada por los siguientes documentos:
1.     Documento Rector.
2.     Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral.
3.     Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales.
4.     Programa de Capacitación Electoral.
5.     Programa de Asistencia Electoral.
6.     Mecanismos de Coordinación Institucional (DECEyEC; DEOE; DERFE; DEA; DEAJ; UTVOPL; UTSI; JLE; JDE; CL y CD).
7.     Articulación Interinstitucional (INE-OPL).
8.     Criterios para la elaboración de materiales didácticos y documentos de apoyo.
9.     Medición de cumplimiento.
10.   Programa de Integración Tecnológica.
11.   Reposición de Procesos Electorales.
SEGUNDO. Para el sorteo del mes que se lleve a cabo para la insaculación de la ciudadanía que integrará las Mesas Directivas de Casilla y las Mesas de Escrutinio y Cómputo del Proceso Electoral Local 2025-2026 deberán excluirse los meses de febrero y mayo, conforme los términos del considerando 37 de este Acuerdo.
TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, implementar e incorporar elementos incluyentes, medidas de igualdad y no discriminación en las actividades de las Mesas Directivas de Casilla y las Mesas de Escrutinio y Cómputo, y en los contenidos de los materiales didácticos para la capacitación electoral, que tienen como finalidad la universalidad y progresividad de los derechos humanos, concretamente por lo que hace a los político-electorales de la ciudadanía, para una participación plena y efectiva en el Proceso Electoral Local 2025-2026.
CUARTO. Una vez que el Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2026 para el Instituto Nacional Electoral sea aprobado por la Cámara de Diputados, la Comisión Temporal para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2025-2026, en términos del considerando 22 de este Instrumento jurídico podrá aprobar, en su caso, los ajustes, cambios y modificaciones que resulten necesarias para la debida instrumentación de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2025-2026 y sus respectivos Anexos, a excepción del pago de honorarios y gastos de campo previstos para las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales.
QUINTO. En su caso, de suscitarse cualquiera de las siguientes circunstancias: causas de fuerza mayor; caso fortuito; recortes presupuestales; resoluciones jurisdiccionales emitidas por las autoridades competentes en materia electoral; o cualquier otra razón que impacte, impida, modifique y/o retrase parcial o totalmente la operatividad de la Estrategia de
Capacitación y Asistencia Electoral 2025-2026 y sus respectivos Anexos; la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, en el ámbito de sus atribuciones, y en observancia del considerando 18, segundo párrafo del presente instrumento jurídico, podrán proponer a la Comisión Temporal para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2025-2026 los ajustes, modificaciones, medidas operativas necesarias para la instrumentación de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2025-2026 y sus respectivos anexos.
Por lo que respecta a los materiales didácticos y documentos de apoyo, así como a los modelos que apruebe la Comisión Temporal para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2025-2026, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica podrá realizar los ajustes, modificaciones y medidas operativas necesarias, mismas que, posteriormente, serán únicamente informadas a la misma comisión que los aprobó.
SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, en el ámbito de su competencia, instrumente lo necesario para que las Vocalías Distritales del Registro Federal de Electores de Coahuila de Zaragoza apoyen las actividades de capacitación y asistencia electoral, respecto de la conformación de las áreas y zonas de responsabilidad electoral y en la ubicación de los domicilios de la ciudadanía insaculada durante la Primera Etapa de Capacitación Electoral; así como para que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores apoye en la entrega de listados nominales en las Secciones con Estrategias Diferenciadas, nivel de afectación 2 y en los casos que sea necesario sustituir a la ciudadanía designada como funcionaria de Mesas Directivas de Casilla una vez agotada la lista de reserva y el listado de ciudadanía sorteada en la Primera Etapa de Capacitación Electoral, durante la Segunda Etapa de Capacitación Electoral del Proceso Electoral Local 2025-2026.
SÉPTIMO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que, tres días hábiles antes del pago de los honorarios quincenales a las personas prestadoras de servicios que se desempeñen como Supervisoras/es Electorales y Capacitadoras/es-Asistentes Electorales, se informe a la Comisión Temporal para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2025-2026 sobre las acciones que garanticen el pago de los honorarios, gastos de campo y demás conceptos previstos contractualmente, los cuales no serán modificables por el Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2026 aprobado para el Instituto Nacional Electoral por la Cámara de Diputados, así como informar de los recursos asignados a las Juntas Distritales Ejecutivas para apoyar los gastos extraordinarios que se generen para cubrir los conceptos ya mencionados a las personas prestadoras de servicios durante el Proceso Electoral Local 2025-2026, tomando en consideración la complejidad y cercanía con la zona fronteriza norte de cada uno de los ocho Distritos Electorales Federales de Coahuila de Zaragoza, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.
OCTAVO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica considerar los procedimientos establecidos en los Anexos aprobados en el presente Acuerdo para la elaboración de los materiales didácticos y documentos de apoyo para la Capacitación y Asistencia Electoral.
NOVENO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que, de forma conjunta con la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, implemente las medidas necesarias para la contratación de las y los prestadores de servicios requeridos para la realización de las actividades inherentes a la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2025-2026.
DÉCIMO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica para que informe a la Comisión Temporal para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2025-2026, en el ámbito de sus respectivas competencias, sobre el avance en el reclutamiento, selección y contratación de las y los Supervisores Electorales y las y los Capacitadores-Asistentes Electorales; integración de las Mesas Directivas de Casilla; las Mesas de Escrutinio y Cómputo, así como de la Capacitación y Asistencia Electoral, en el informe correspondiente a la Primera y Segunda Etapa de Capacitación Electoral del Proceso Electoral Local 2025-2026, respectivamente.
DÉCIMO PRIMERO. La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, a través de la Comisión Temporal para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2025-2026, informará a este Consejo General sobre la verificación, supervisión y avance en el cumplimiento de las actividades de integración de las Mesas Directivas de Casilla y las Mesas de Escrutinio y Cómputo, así como de la Capacitación y Asistencia Electoral previstas en el presente Acuerdo, en los informes correspondientes a la Primera y Segunda Etapa de Capacitación Electoral del Proceso Electoral Local 2025-2026, respectivamente.
DÉCIMO SEGUNDO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales para que instrumente lo conducente a fin de notificar el presente Acuerdo para su debido cumplimiento a las personas integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila de Zaragoza, entidad con Proceso Electoral Local 2025-2026.
DÉCIMO TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica notificar el presente Acuerdo al Vocal Ejecutivo y a las personas integrantes de la Junta Local Ejecutiva, así como a las y los integrantes de las ocho Juntas Distritales Ejecutivas de Coahuila de Zaragoza, para su conocimiento y debido cumplimiento.
DÉCIMO CUARTO. Se instruye al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva y las ocho Juntas Distritales Ejecutivas de Coahuila de Zaragoza, para que instrumenten lo conducente, y hagan del conocimiento de las personas integrantes de su Consejo Local y sus respectivos Consejos Distritales el contenido del presente Acuerdo y sus Anexos.
DÉCIMO QUINTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo General y tendrá vigencia hasta quedar resuelto el último de los medios de impugnación que se hubiesen interpuesto en contra de las elecciones respectivas o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno, cuyos actos concluyen con la aprobación del dictamen que contenga el cómputo final de la elección.
DÉCIMO SEXTO. Publíquese...
El Acuerdo íntegro y anexos que forman parte de este, se encuentran disponibles para su consulta en la dirección electrónica:
Página INE: https://ine.mx/sesion-extraordinaria-del-consejo-general-28-de-agosto-de-2025-al-termino/
Página DOF: www.dof.gob.mx/2025/INE/CGext202508_28_al_termino_ap_10.pdf
Ciudad de México, 01 de octubre de 2025.- Encargada de Despacho de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Lcda. Iliana Araceli Hernández Gómez.- Rúbrica.