MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico del Organismo Público Descentralizado Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Agricultura.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.- Seguridad Alimentaria Mexicana.

María Luisa Albores González, Directora General de Seguridad Alimentaria Mexicana, en cumplimiento al Acuerdo de la Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo de Administración de Seguridad Alimentaria Mexicana, celebrada el 29 de septiembre de 2025, por el cual se aprobó la modificación del "Estatuto Orgánico del Organismo Público Descentralizado Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX"; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4o., párrafo tercero, 27, fracción XX y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o.,14, 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 2019, se creó el organismo descentralizado denominado Seguridad Alimentaria Mexicana (SEGALMEX), con el objeto de favorecer la productividad agroalimentaria y su distribución en beneficio de la población más rezagada del país;
Que el 11 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Estatuto Orgánico del Organismo Público Descentralizado Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX", el cual establece atribuciones y funciones transversales de SEGALMEX en Leche para el Bienestar S.A. de C.V. antes Liconsa, S.A. de C.V. y en Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. antes Diconsa, S.A. de C.V.;
Que el 21 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se ordena la desincorporación por fusión de Seguridad Alimentaria Mexicana con Diconsa, S.A. de C.V.";
Que el 27 de febrero de 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las "Bases para el proceso de desincorporación por fusión de Seguridad Alimentaria Mexicana con DICONSA, S.A. de C.V., agrupados en el sector coordinado por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural";
Que el 29 de agosto de 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los "Estatutos Sociales de Leche para el Bienestar, S.A. de C.V.", en cuyo artículo Quinto Transitorio se consideró la eliminación de las atribuciones y funciones transversales de SEGALMEX en Leche para el Bienestar S.A. de C.V.;
Que conforme al Decreto y Bases antes referidos, SEGALMEX está llevando a cabo las acciones correspondientes para concluir el proceso de desincorporación por fusión con Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., entre las que se encuentra, la transferencia de los recursos humanos, presupuestarios, financieros y materiales, con el fin de que esta última asuma las funciones, derechos y obligaciones de ese organismo descentralizado;
Que para que el contenido del presente Estatuto Orgánico sea acorde con lo señalado en el artículo Quinto Transitorio de los Estatutos Sociales de Leche para el Bienestar, S.A. de C.V., es pertinente eliminar las atribuciones y funciones transversales de SEGALMEX en Leche para el Bienestar S.A. de C.V.;
Que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el despacho de los asuntos de su competencia, cuenta entre otras unidades administrativas, con la Dirección General de Fertilizantes para el Bienestar, encargada de dirigir, planear, coordinar e implementar las acciones y estrategias que permitan asegurar la distribución oportuna de fertilizantes, por lo que se requiere eliminar del presente Estatuto, lo relativo a fertilizantes, y
Que con base en lo antes expuesto, se dan a conocer las siguientes:
MODIFICACIONES AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO
SEGURIDAD ALIMENTARIA MEXICANA, SEGALMEX
...
...
ARTÍCULO PRIMERO...
ARTÍCULO SEGUNDO...
ARTÍCULO TERCERO...
ARTÍCULO CUARTO...
ARTÍCULO QUINTO...
ARTÍCULO SEXTO...
...
...
ARTÍCULO SÉPTIMO...
ARTÍCULO OCTAVO...
ARTÍCULO NOVENO...
ARTÍCULO DÉCIMO...
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO...
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO...
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO...
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO...
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN COMERCIAL.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PRECIOS DE GARANTÍA Y ESTÍMULOS.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS.
ARTÍCULO VIGÉSIMO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y PROYECTOS.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIONES DE ALIMENTACIÓN PARA EL BIENESTAR S. A. DE C. V.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- SE DEROGA.
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO...
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LAS GERENCIAS Y SUBGERENCIAS
...
...
ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO.- NOMBRAMIENTOS DE LAS PERSONAS COMISARIAS.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS COMISARIAS.
...
...
ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO...
ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO...
ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO...
ARTÍCULO TRIGÉSIMO...
ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO...
...
...
ARTÍCULO PRIMERO A SEGUNDO...
ARTÍCULO TERCERO...
Su objeto es:
I...
1...
...
2...
3...
4. Propiciar la venta, distribución o, en su caso, importación de semillas mejoradas y cualquier otro producto que pudiera contribuir al cumplimiento de este objeto;
5...
SEGALMEX cuidará, en todo momento, que no falten a Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. los elementos necesarios y el abasto para el cumplimiento de su función social.
II. Un objetivo común de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. es el promover la autosuficiencia alimentaria del país; por lo tanto, podrán intercambiar información técnica, de recursos humanos y financieros para que se pueda alcanzar el objetivo ya mencionado.
Cuando se transfieran granos o recursos financieros se vigilará, con todo cuidado, que se formalicen adecuadamente con el fin de hacer los registros contables correspondientes y para que los entes controladores tengan información clara de esas transferencias.
III. Se deroga.
IV. El maíz de pequeños productores y frijol adquiridos por SEGALMEX a precios de garantía, tendrán como destino prioritario atender las necesidades de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., para la provisión de su red de abasto, y
V...
ARTÍCULO CUARTO A SEXTO...
...
...
ARTÍCULO SÉPTIMO...
...
Con el fin de que exista racionalidad en el gasto público, para dar cumplimiento a los propósitos de austeridad no existe un cuerpo directivo en SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., sino que hay uno solo para las dos entidades, que comprende personas directoras, gerentes y subgerentes, según corresponda, que atienden las actividades y responsabilidades de las dos entidades mencionadas, en el entendido de que esas personas funcionarias sólo percibirán un salario.
ARTÍCULO OCTAVO A DÉCIMO CUARTO...
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL.
Son facultades y obligaciones de la persona Titular de la Dirección General, además de las atribuciones que le confieren los artículos 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, las siguientes:
I. Coordinarse con Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. a fin de llevar a cabo todas las actividades necesarias para alcanzar la autosuficiencia alimentaria de la población más rezagada del país;
II. Coordinar la adquisición de productos agroalimentarios, a Precios de Garantía y a precio de mercado, cuando sea necesario;
III. Diseñar las políticas necesarias para la interacción entre SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. para lograr economías de escala y la mayor eficiencia en la operación de las entidades;
IV...
V. Promover la producción, acopio, abasto, distribución, suministro, industrialización y comercialización de alimentos saludables básicos;
VI. Vender y, en su caso, importar y distribuir semillas mejoradas, así como cualquier otro producto que pudiera contribuir al cumplimiento del objeto del Decreto de creación de SEGALMEX, previa autorización del Consejo de Administración;
VII...
VIII...
IX...
X...
XI...
XII. Proponer al Consejo de Administración el nombramiento de las personas servidoras públicas que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a las de la persona titular de la Dirección General, pudiendo designarlas de manera provisional como Encargadas del Despacho, a efecto de no detener la operación y afectar los programas, hasta en tanto sean aprobados, en su caso, por el Consejo. Designar al resto del personal de SEGALMEX;
XIII...
XIV...
XV...
XVI. Establecer los procedimientos para controlar la calidad de los suministros, en programas de recepción de productos alimentarios básicos;
XVII...
XVIII. Se deroga.
XIX...
XX...
XXI...
XXII...
XXIII...
XXIV. Se deroga.
XXV. SEGALMEX cuidará en todo momento, que no le falten a Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. los elementos necesarios para el cumplimiento del objeto social.
XXVI. Se deroga.
XXVII...
XXVIII...
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN COMERCIAL.
I...
II. Elaborar, en coordinación con la Unidad de Administración y Finanzas y las áreas competentes, el presupuesto de adquisiciones de los bienes que ofrece y comercializa SEGALMEX, así como los de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
III. Elaborar, en coordinación con la Unidad de Administración y Finanzas y las áreas competentes, la estrategia de adquisiciones y de ventas de los productos de la canasta básica, para su comercialización y atención de los programas sociales;
IV...
V...
VI...
VII. Impulsar el fomento y desarrollo de proveedores nacionales y regionales que aseguren el precio y la calidad de los productos ofrecidos por SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., así como la oportunidad y el servicio en el surtimiento de sus requerimientos;
VIII. Realizar permanentemente las investigaciones de mercado, tanto nacionales como internacionales, de los bienes y productos que comercializan SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
IX...
X...
XI. Coordinar, en los términos que señale la persona titular de la Dirección General, la firma de convenios con las instituciones del Gobierno Federal, gobiernos estatales y/o municipales, para proporcionarles el abastecimiento de los productos incluidos en el catálogo de productos a comercializar por SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. y sus programas;
XII...
XIII. Suscribir, en representación de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., y conforme a la normatividad aplicable y previa opinión financiera presupuestal de la Unidad de Administración y Finanzas, los contratos, pedidos y convenios que se celebren con el propósito de comprar y vender los bienes y productos a comercializar por esas entidades;
XIV...
XV...
XVI...
XVII...
XVIII. Dirigir la elaboración de estudios de calidad relacionados con los bienes y productos que adquiere, produce y comercializa Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. y SEGALMEX;
XIX...
XX...
XXI...
XXII...
XXIII. Se deroga.
XXIV. Representar legalmente a SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. cuando así lo requiera la operación de la Dirección Comercial y lo disponga la persona titular de la Dirección General;
XXV...
XXVI...
XXVII. Participar y representar a SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. en los organismos, dependencias, instituciones y comités que determine y/o designe la persona titular de la Dirección General;
XXVIII. Realizar, de acuerdo con las políticas, normas y estrategias definidas por SEGALMEX, previa opinión sobre la disponibilidad presupuestal de la Unidad de Administración y Finanzas, la adquisición de mercancías de la canasta básica, para su comercialización;
XXIX...
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PRECIOS DE GARANTÍA Y ESTÍMULOS.
Son las siguientes:
I...
II...
III...
IV...
V...
VI. Coordinar con la Dirección Comercial todo lo relativo a la venta de maíz y frijol a precio de mercado, así como el destino de los volúmenes remanentes, después de cubrir las necesidades de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
VII...
VIII...
IX...
X...
XI...
XII...
XIII. Se deroga.
XIV...
XV. Participar y representar a SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. en los organismos, dependencias, instituciones y comités que determine y/o designe la persona titular de la Dirección General;
XVI...
XVII...
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
Son las siguientes:
I. Coordinar las actividades de control financiero, de tesorería, de operaciones de sistemas financieros y de administración de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
II...
III...
IV...
V...
VI...
VII...
VIII...
IX. Asegurar la aplicación de las políticas y procedimientos de facturación, cobranza y control financiero, de los artículos de la Canasta Básica y de los productos del Programa de Precios de Garantía que involucren ingresos o egresos, que deriven de los procesos productivos de SEGALMEX, vigilando que la cartera se mantenga dentro de parámetros razonables;
X...
XI. Se deroga.
XII...
XIII...
XIV. Emitir y, en su caso, autorizar, de acuerdo con las políticas, normas y estrategias definidas por SEGALMEX, la disponibilidad presupuestal para la adquisición de las mercancías de la canasta básica, para su comercialización, por conducto de la Dirección Comercial;
XV. Emitir opinión financiero presupuestal, y conforme a la normatividad aplicable, en relación con los contratos, pedidos y convenios que se celebren con el propósito de adquirir y vender los bienes y productos a comercializar por SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
XVI...
XVII. Se deroga.
XVIII...
XIX. Realizar todas las acciones inherentes al proceso de control financiero institucional para proponerlo a la persona titular de la Dirección General, así como las actividades relacionadas con la disponibilidad, el manejo y registro de los recursos financieros de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., que permitan cumplir con los objetivos y metas, de conformidad con el objeto social de SEGALMEX;
XX...
XXI...
XXII...
XXIII...
XXIV...
XXV. Participar y representar a SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. en los organismos, dependencias, instituciones y comités que determine y /o designe la persona titular de la Dirección General;
XXVI. Intervenir en coordinación con la Dirección Comercial y las áreas competentes, en la elaboración del presupuesto de adquisiciones de los bienes que ofrece y comercializa SEGALMEX, así como los de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
XXVII...
XXVIII...
XXIX. Realizar de acuerdo a las políticas, normas y estrategias definidas por SEGALMEX, la adquisición de bienes, insumos y servicios necesarios para la operación y administración de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
XXX...
...
1. Se deroga.
2. Se deroga.
3...
4. Se deroga.
5. Se deroga.
6...
7. Se deroga.
8. Coordinar las acciones para el uso, control, mantenimiento (preventivo y correctivo), preservación y destino final de bienes muebles e inmuebles de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. y otros que ocupe de cualquier forma y prestar los servicios necesarios de conformidad con la normatividad vigente;
9. Administrar el inventario de bienes muebles e inmuebles que tenga a su cargo SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., y establecer las políticas para la adquisición, titulación, contratación, administración, control, vigilancia, enajenación, alta y baja de todos los bienes muebles e inmuebles;
10...
11...
12. Dirigir la organización, administración, conservación y custodia de los archivos documentales y electrónicos de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., estableciendo y observando la normatividad aplicable;
13. Dirigir la elaboración de bases para la contratación de bienes, arrendamientos, servicios y otros requeridos por las unidades administrativas de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., para el cumplimiento de sus objetivos, así como el seguimiento y administración de dichas contrataciones;
14. Dirigir los procesos para la administración de riesgos de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., y supervisar las acciones para la ejecución del Programa Integral de Seguros de la entidad observando las disposiciones legales aplicables;
15. Dirigir acciones para la administración, mantenimiento y actualización de la infraestructura de cómputo y de telecomunicaciones, para que las actividades de SEGALMEX, y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. se realicen con eficiencia y calidad, conforme a la normatividad establecida, observando las disposiciones legales aplicables;
16. Desarrollar las aplicaciones informáticas y gestionar el análisis de la información para la generación y uso de herramientas que faciliten la operación de la entidad y coadyuven a mejorar el desempeño en el desarrollo de las actividades de las distintas áreas de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
17. Dirigir la planeación, disponibilidad y control de los servicios generales, informáticos y de telecomunicaciones para la operación de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
18...
19...
20. Se deroga.
21...
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Son las siguientes:
I. Atender y resolver todos los asuntos jurídicos que se presenten en SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
II...
III...
IV...
V...
VI...
VII...
VIII...
IX...
X...
XI...
XII...
XIII...
XIV...
XV...
XVI...
XVII...
XVIII...
XIX...
XX...
XXI...
XXII...
XXIII...
XXIV. Participar y representar a SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. en los organismos, dependencias, instituciones y comités que determine y/o designe la persona titular de la Dirección General;
XXV...
XXVI...
ARTÍCULO VIGÉSIMO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y PROYECTOS.
Son las siguientes:
I..
II...
III...
IV. Elaborar los informes de seguimiento y evaluación de SEGALMEX, que correspondan para atender a los Consejos de Administración y Agricultura en coordinación con las áreas de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
V...
VI. Coordinar la organización de las sesiones del Comité Control y Desempeño Institucional de SEGALMEX con las diferentes Direcciones, la Unidad de Administración y Finanzas y el Órgano Interno de Control en Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
VII. Promover, cuando corresponda y en coordinación con las direcciones, una dieta saludable y nutritiva, mediante el consumo de alimentos sanos y de calidad en la canasta básica a precios accesibles;
VIII...
IX...
X...
XI...
XII...
XIII. Proponer estrategias de mejora para los procesos de los programas sociales a cargo de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
XIV...
XV...
XVI. Apoyar el logro de los objetivos y metas de SEGALMEX, y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., mediante estrategias y acciones que coadyuven en los procesos de operación y evaluación de resultados, así como en la integración de información que contribuya a la toma de decisiones y a la atención de los requerimientos de las dependencias globalizadoras y otras instancias de gobierno;
XVII. Con base en las directrices de la persona titular de la Dirección General, organizar y coordinar la integración y actualización de los Programas Institucionales y de trabajo anuales de SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.; así como de otros instrumentos de planeación;
XVIII...
XIX. Participar y representar a SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. en los organismos, dependencias, instituciones y comités que determine y/o designe la persona titular de la Dirección General;
XX. Las demás acciones que requiera la persona titular de la Dirección General para contribuir al logro de los objetivos y las metas establecidas en los Programas Institucionales SEGALMEX y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., y
XXI...
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIONES DE ALIMENTACIÓN PARA EL BIENESTAR S. A. DE C. V.
Son las siguientes:
I...
II...
III...
IV...
V...
VI. Fungir como enlace entre Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. y las instancias de representación social para los efectos sustantivos de la operación; así como autorizar al personal comunitario de cada unidad operativa de acuerdo con criterios de eficiencia y productividad;
VII...
VIII. Establecer lineamientos y políticas para promover el cumplimiento de los programas de ventas, de apertura de tiendas y de supervisión a almacenes y puntos de venta, así como participar en la definición de los programas y volúmenes de compra de productos y artículos de la canasta básica Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., impulsando, cuando proceda, la compra y venta de productos locales y/o regionales;
IX...
X...
XI...
XII. Autorizar las necesidades de recursos humanos operativos, servicios de transporte, bienes muebles e inmuebles, para la distribución, almacenamiento, venta y/o entrega de productos para garantizar la adecuada operación de las Unidades Operativas de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., en coordinación con la Unidad de Administración y Finanzas;
XIII...
XIV. Coordinar la elaboración, integración y cumplimiento del Programa Anual de Trabajo de las Unidades Operativas de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., para dar cumplimiento mediante objetivos, indicadores, metas y resultados en el ejercicio de planeación estratégica anual de la entidad y el mecanismo de monitoreo;
XV...
XVI. Coordinar la integración y revisión de la información operativa de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. para los programas e informes que solicitan las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal;
XVII...
XVIII...
XIX. Dirigir el proceso de cálculo del margen de ahorro que transfiera el PAR, así como la competitividad de los precios que maneja Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. en sus diferentes programas, así como realizar estudios de comparación de precios en diferentes canales de abasto nacionales y locales, para asegurar los mejores precios de compra y de venta, de productos y artículos de la canasta Básica de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
XX. Dirigir el proceso para la autorización de los documentos normativos y de apoyo a la operación interna de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.;
XXI. Supervisar el correcto funcionamiento de los almacenes y tiendas bienestar, así como mejorar constantemente la imagen de estos puntos de servicio;
XXII. Coadyuvar con la persona titular de la Dirección General en la operación de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. e informarlo permanentemente;
XXIII. Cumplir y hacer cumplir los Estatutos Sociales de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., las disposiciones de la Asamblea de Accionistas y del Consejo de Administración, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y su Reglamento, las Reglas de Operación vigentes y las demás leyes aplicables;
XXIV. Coordinar todas las acciones operativas de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., a fin de lograr el óptimo funcionamiento de sus instalaciones, observando una eficaz coordinación con las direcciones de SEGALMEX;
XXV. Auxiliar a la persona titular de la Dirección General de manera oportuna y permanente, previa coordinación con las direcciones de SEGALMEX, respecto a todo lo relacionado con contrataciones, adquisición de bienes y productos, precios, ventas, garantizando la canasta de los productos básicos, insumos, procedimientos relevantes a proponer, modificar y ejecutar para lograr mejoras y óptimo funcionamiento del Programa de Abasto Rural de la entidad;
XXVI. Apoyar a la persona titular de la Dirección General en la implementación de las medidas pertinentes, a fin de que las operaciones de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. se realicen de manera articulada, congruente y eficaz;
XXVII...
XXVIII. Conocer, depurar y mantener actualizadas las listas de las localidades beneficiadas por Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., indicando la región, municipio y entidad federativa y compartirlo, periódicamente, con las direcciones de SEGALMEX a efecto de llevar a cabo las acciones que más convengan, en beneficio de la población objetivo;
XXIX. Coordinar, modificar, crear, sustituir, dar seguimiento e informar oportunamente a la persona titular de la Dirección General, previa coordinación con las direcciones de SEGALMEX, de la evaluación del desempeño gerencial, de las Unidades Operativas de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. y proponer la mejora y eficiencia de éstos;
XXX. Presentar a la persona titular de la Dirección General oportunamente, la información necesaria y suficiente, previa coordinación con las direcciones de SEGALMEX, para la formulación de programas de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. de corto, mediano y largo plazo, así como los presupuestos de la Entidad;
XXXI...
XXXII...
XXXIII...
XXXIV. Participar y representar a Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. en los organismos, dependencias, instituciones y comités que determine y/o designe la persona titular de la Dirección General;
XXXV. Las demás que ordene la persona titular de la Dirección General, así como las que deriven de los estatutos de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- Se deroga.
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO...
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LAS GERENCIAS Y SUBGERENCIAS
De las direcciones de SEGALMEX dependerán las gerencias y de esas las subgerencias que tendrán las responsabilidades encomendadas y desempeñarán las funciones establecidas en el Manual de Organización vigente correspondiente.
ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO.- NOMBRAMIENTOS DE LAS PERSONAS COMISARIAS.
SEGALMEX contará con un órgano de vigilancia, el que estará integrado por una persona Comisaria Pública Propietaria y una persona Comisaria Pública Suplente, que serán designadas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, quienes ejercerán sus funciones de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13 del Decreto de creación de SEGALMEX y de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
...
Se deroga.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS COMISARIAS.
Las personas Comisarias tendrán las facultades y obligaciones consignadas en los artículos 60 al 63 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que les señalen otros ordenamientos aplicables.
Se deroga.
...
...
ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO A TRIGÉSIMO PRIMERO...
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Estatuto Orgánico entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Seguridad Alimentaria Mexicana y Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V. continuarán compartiendo como objeto común la promoción e impulso a la autosuficiencia alimentaria del país, hasta en tanto se concluya el proceso de desincorporación por fusión, en términos de lo dispuesto en el "Decreto por el que se ordena la desincorporación por fusión de Seguridad Alimentaria Mexicana con Diconsa, S.A. de C.V.", y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Para efectos de lo anterior, las personas servidoras públicas de mandos medios y superiores de Alimentación para el Bienestar, S.A. de C.V., ejercerán las atribuciones y funciones en Seguridad Alimentaria Mexicana, según corresponda, conforme a su nombramiento previo o designación que se le otorgue, y de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto, los Manuales de Seguridad Alimentaria Mexicana y otras disposiciones jurídicas aplicables, percibiendo una sola remuneración de conformidad con el tabulador de sueldos del puesto que desempeñen.
TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones jurídicas que se opongan al contenido del presente Estatuto Orgánico.
CUARTO.- Los artículos del presente Estatuto Orgánico que no se modifican continúan vigentes en sus términos.
QUINTO.- En caso de dudas sobre la interpretación y cumplimiento del presente Estatuto Orgánico, la persona titular de la Dirección General de Segalmex tendrá amplias facultades para decidir lo que considere conveniente o necesario para la Entidad.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 18, fracción IV de su Reglamento, Noveno y Décimo, fracción XVII del Estatuto Orgánico del Organismo Público Descentralizado Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX, fueron aprobados en la sesión de la Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo de Administración de Seguridad Alimentaria Mexicana, celebrada el 29 de septiembre de 2025.
Ciudad de México a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- La Directora General de Seguridad Alimentaria Mexicana, Mtra. María Luisa Albores González.- Rúbrica.
(R.- 569361)