Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez
Amparo Indirecto 774/2024
EDICTO
 
TERCERO INTERESADO:
FURNITURE AND GENERAL SERVICE CHIAPAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En el juicio de amparo 774/2024, promovido por Fernando Morales Suárez, administrador único de la negociación mercantil denominada Reexting de Chiapas, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos del Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, con residencia en esta ciudad, y otras autoridades, se dictó acuerdo de cuatro de septiembre del año en curso, que ordenó emplazarlo a juicio por edictos, por desconocer su domicilio, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, auto admisorio y escrito aclaratorio, y que cuenta con un término de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer su derecho, con apercibimiento que en caso de no comparecer por sí, o por conducto de persona que lo represente legalmente, las subsecuentes notificaciones se le harán por lista aun las de carácter personal.
Se adjunta síntesis del acto reclamado del presente juicio:
"...
Con respecto al Inciso B), al reclamarse la omisión para obtener el pago del numerario liquido embargado, la autoridad ordenadora, el Juez Primero Civil de esta ciudad, en el expediente 889/2016, al haber aprobado los autos de actualización de intereses moratorios, de fecha 20 de marzo de 2020, 8 de octubre de 2021 y 29 de Abril de 2022, ordenó su requerimiento de pago y embargo mediante autos de fechas 29 de Abril y 27 de Junio ambos del 2022, efectuada mediante diligencia de fecha 23 de Septiembre de 2022.
Por lo cual dicha autoridad responsable esta impedida de realizar la acción de emitir mandamiento para que Reexting de Chiapas, Sociedad Anónima de Capital Variable, obtenga forzadamente el pago de la cantidad de $7, 867, 710.00 (siete millones ochocientos sesenta y siete mil setecientos diez pesos 00/100 M.N.), por concepto de Actualización de intereses moratorios.
En lo que respecta a la Autoridad Responsable Ejecutora, el Juez Tercero Civil de este Distrito Judicial, en el expediente 116/2014, no ha realizado la acción de retener y poner a disposición en concepto de pago al Juzgado Primero Civil de este Distrito Judicial, en el expediente 889/2016, la suma total de $7, 867, 710.00 (siete millones ochocientos sesenta y siete mil setecientos diez pesos 00/100 M.N.), por concepto de actualización de intereses moratorios, al tratarse de un embargo en ejecución de sentencia definitiva, ordenado su Requerimiento de Pago y Embargo mediante Auto de fechas 29 de Abril y 27 de Junio ambos del 2022, que debe realizar al habérsele hecho de su conocimiento mediante oficio número 1548-A/2023, de fecha 30 de Agosto de 2023, que le fue girado por el último Juzgado citado..."
 
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 12 de septiembre de 2025.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas
Lic. María Aimeé Castañeda Diego
Rúbrica.
(R.- 568717)