CONVENIO Específico de Coordinación en relación al programa denominado Senderos Seguros, que celebran la Secretaría de Bienestar, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el Estado de México, así como los municipios de Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ixtapaluca, La Paz, Nezahualcóyotl, Texcoco, Tlalnepantla de Baz y Valle de Chalco Solidaridad.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Bienestar.- Secretaría de Bienestar.- Comunicaciones.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN RELACIÓN AL PROGRAMA DENOMINADO "SENDEROS SEGUROS" QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, EN LO SUCESIVO "BIENESTAR", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA C. ARIADNA MONTIEL REYES; LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EN LO SUCESIVO "LA SICT", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL M. EN I. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, ASISTIDO POR LA SUBSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, ARQ. TANIA CARRO TOLEDO; EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, LA MTRA. DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DE FINANZAS, C.P. OSCAR FLORES JIMÉNEZ; ASÍ COMO, LOS MUNICIPIOS DE CHALCO, CHICOLOAPAN, CHIMALHUACÁN, ECATEPEC DE MORELOS, IXTAPALUCA, LA PAZ, NEZAHUALCÓYOTL, TEXCOCO, TLALNEPANTLA DE BAZ Y VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS EN ESTE ACTO POR SUS RESPECTIVOS PRESIDENTES Y PRESIDENTAS MUNICIPALES: CC. ABIGAIL SÁNCHEZ MARTÍNEZ, FRANCISCO JAVIER MENDOZA VÁSQUEZ, XÓCHITL FLORES JIMÉNEZ, AZUCENA CISNEROS COSS, FELIPE RAFAEL ARVIZU DE LA LUZ, MARTHA GUERRERO SÁNCHEZ, ADOLFO CERQUEDA REBOLLO, NAZARIO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, RACIEL PÉREZ CRUZ, Y ALAN VELASCO AGUERO; RESPECTIVAMENTE; A QUIENES ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. Conforme al artículo 1°, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), todas las autoridades del país, en el ámbito de sus competencias, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos previstos en ese ordenamiento.
2. El artículo 4o, párrafo vigésimo primero de la CPEUM establece que, toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
3. De conformidad con los artículos 25 y 26, apartado a), de la CPEUM, corresponde al Estado la intervención en la política económica y establecer la planeación democrática del desarrollo nacional como directriz de las políticas públicas que lleva a cabo el Poder Ejecutivo.
4. La Ley General de Desarrollo Social (LGDS) en sus artículos 18 y 19, fracción IX, establece que los programas, fondos y recursos destinados al desarrollo social son prioritarios y de interés público, entre los que se encuentran aquellos dirigidos a obras de infraestructura para agua potable, drenaje, electrificación, caminos y otras vías de comunicación, saneamiento ambiental y equipamiento urbano.
5. El 15 de abril de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 (PND), en el que se establecen los objetivos, estrategias y prioridades para impulsar el desarrollo del país durante el sexenio, con base en los principios del Humanismo Mexicano, el bienestar con justicia social y una visión de largo plazo que coloca al pueblo de México como el eje central de las decisiones del Estado. Dicho instrumento hace referencia a los ejes generales de gobernanza con justicia y participación ciudadana, desarrollo con bienestar y humanismo, economía moral y trabajo, y desarrollo sustentable.
6. El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) es un Fondo Federal que se transfiere a las entidades federativas y municipios, destinado a la ejecución de obras y acciones sociales básicas en beneficio de la población en situación de pobreza extrema y comunidades con alto o muy alto rezago social. Su objetivo principal es mejorar la calidad de vida de la población con mayor grado de necesidad, a través del acceso a servicios básicos como agua potable, drenaje, electrificación, educación, salud, mejoramiento de vivienda y urbanización. Para el caso de los recursos del FAIS que corresponden a las entidades federativas se denomina Fondo de Infraestructura Social para las Entidades (FISE), y en caso de los municipios y demarcaciones territoriales se denomina Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN).
7. El 24 de febrero de 2025, se publicaron en el DOF los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (Lineamientos), en cuyo numeral 2.6, se establece la concurrencia de recursos del mencionado FAIS, que consiste en: "... sumar recursos de distintas fuentes de financiamiento, para potenciar la inversión en obras y acciones de infraestructura social básica; a través de la concurrencia. Podrá realizarse entre los componentes FISE y FAISMUN, así como con los recursos públicos de otras dependencias y programas de la Administración Pública, o con recursos del sector privado...". En el caso de la concurrencia entre dos o más entidades federativas o dos o más municipios de diferente entidad federativa, se deberá contar con la aprobación de los congresos estatales que correspondan. Para la concurrencia entre municipios de la misma entidad, es requisito previo contar con el acuerdo entre sus ayuntamientos, mismo que se revisará con la Dirección General de Desarrollo Regional de la Secretaría de Bienestar (DGDR).
8. El 28 de abril de 2025, el Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, las presidentas y los presidentes municipales de Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ixtapaluca, La Paz, Nezahualcóyotl, Texcoco, Tlalnepantla de Baz y Valle de Chalco Solidaridad, suscribieron un Convenio Marco de Coordinación, con el objetivo de establecer términos y condiciones mediante los cuales se otorgarán y concurrirán los recursos de los tres órdenes de gobierno al fideicomiso que para tal efecto sea creado.
9. El Gobierno Federal en coordinación con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, así como con los Gobiernos Municipales de la Zona Oriente del Estado de México, que son Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ixtapaluca, La Paz, Nezahualcóyotl, Texcoco, Tlalnepantla de Baz y Valle de Chalco Solidaridad, han decidido implementar un plan integral para atender los proyectos relacionados con el transporte público, movilidad, equipamiento urbano y senderos seguros, así como residuos sólidos urbanos.
Para el logro de los citados objetivos se ha determinado ejecutar una serie de obras relacionadas con la transformación de la Zona Oriente del Estado de México, a dichas obras en lo sucesivo se les designará como el "Plan Integral".
10. El 08 de mayo de 2025, "EL ESTADO", constituyó en el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., (BANOBRAS), el Fideicomiso público simple de Administración y Fuente de Pago número 2289, en lo sucesivo "EL FIDEICOMISO", teniendo como fines, entre otros, implementar las acciones del "Plan Integral".
11. Con base en lo anterior, "LAS PARTES", convienen suscribir el presente instrumento para sumar esfuerzos y recursos, a través de los mecanismos y montos que se precisan en su clausulado, a efecto de poner en marcha el programa denominado "Senderos Seguros", que consiste en acciones de iluminación, rehabilitación de banquetas e infraestructura de calles y camellones; así como, la incorporación de arte urbano con murales, para la zona oriente del Estado de México en beneficio de sus habitantes.
DECLARACIONES
I. Declara "BIENESTAR" que:
I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo establecido en los artículos 90 de la CPEUM, así como 1°, 2°, fracción I y 26, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde, entre otras atribuciones: formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; coordinar las acciones que incidan en el bienestar de la población, el combate a la pobreza y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida; evaluar la aplicación de las transferencias de fondos a entidades federativas y municipios, y de los sectores social y privado, que se deriven de las acciones e inversiones convenidas en los términos de este artículo; y, promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para fortalecer el desarrollo e inclusión social, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales y con la participación de los sectores social y privado.
I.3. La C. Ariadna Montiel Reyes, en su carácter de titular de la Secretaría de Bienestar, cuenta con las facultades para suscribir el presente convenio de conformidad con el nombramiento de fecha primero de octubre de 2024, expedido a su favor por la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar.
I.4. Señala como su domicilio para los fines y efectos del presente convenio, el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma Número 116, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México.
II. Declara "LA SICT" que:
II.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, de conformidad con los artículos 90 de la CPEUM; 1o, 2o, fracción I, 26, fracción XII, y 36, fracciones I y I Quáter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y tiene entre sus atribuciones las de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo de las comunicaciones y el transporte terrestre y aéreo, de acuerdo con las necesidades del país; así como construir, equipar, restaurar, reforzar, reconstruir y rehabilitar infraestructura urbana, para proyectos culturales y desarrollo de habilidades, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno.
II.2. El M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente convenio, en términos de lo dispuesto por el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
II.3. La Arquitecta Tania Carro Toledo, Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes, cuenta con facultades necesarias para suscribir el presente convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 3, apartado A, fracción II, 6, fracciones X y XXI, y 7, fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como en el Acuerdo por el que se delegan facultades en la persona titular de la Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicado en el DOF el 8 de mayo de 2025.
II.4. Para efectos del presente convenio señalan como domicilio legal el ubicado en: Avenida Insurgentes Sur número 1089, Colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, Ciudad México, código postal 03720.
III. Declara "EL ESTADO" que:
III.1. Es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42, fracción I, y 43 de la CPEUM; así como 1, 3 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
III.2. La Maestra Delfina Gómez Álvarez, Gobernadora Constitucional del Estado de México, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 y 77, fracciones XXVIII y XXXVIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; así como 2, 5 y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
III.3. El Contador Público Oscar Flores Jiménez, en su carácter de Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de México, tiene facultades para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como 6 y 7, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.
III.4. Para los fines y efectos legales del presente instrumento, señalan como su domicilio el ubicado en avenida Sebastián Lerdo de Tejada número 300, colonia Centro, municipio de Toluca, Estado de México, código postal 50000.
IV. Declaran "LOS MUNICIPIOS" por conducto de sus presidentas y presidentes, que:
IV.1. De conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la CPEUM; 4, 112, 117, 125 fracción II y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 5, 6 y 15 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; tienen la naturaleza jurídica de Municipios libres en todo lo concerniente a su régimen interior, investidos de personalidad jurídica, que forman parte integrante de México, facultados para ejercer todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución.
IV.2. Los CC. Abigail Sánchez Martínez, Presidenta Municipal de Chalco; Francisco Javier Mendoza Vásquez, Presidente Municipal de Chicoloapan; Xóchitl Flores Jiménez, Presidenta Municipal de Chimalhuacán; Azucena Cisneros Coss, Presidenta Municipal de Ecatepec de Morelos; Felipe Rafael Arvizu de la Luz, Presidente Municipal de Ixtapaluca; Martha Guerrero Sánchez, Presidenta Municipal de La Paz; Adolfo Cerqueda Rebollo, Presidente Municipal de Nezahualcóyotl; Nazario Gutiérrez Martínez, Presidente Municipal de Texcoco; Raciel Pérez Cruz, Presidente Municipal de Tlalnepantla de Baz y Alan Velasco Aguero, Presidente Municipal de Valle de Chalco Solidaridad, cuentan con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento jurídico, en representación de sus respectivos municipios, de conformidad con los artículos 115, fracción I, de la CPEUM; 122, 128, fracciones II y V, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 31, fracciones II y XXXV, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
IV.3. Los H. Ayuntamientos, en las sesiones respectivas, autorizaron a las Presidentas y los Presidentes Municipales de "LOS MUNICIPIOS" para la suscripción del presente instrumento.
IV.4. Señalan como sus respectivos domicilios para todos los efectos legales de este instrumento, los ubicados en:
1. Municipio de Chalco: Calle Reforma 4 sin número, Colonia Centro, Chalco de Díaz Covarrubias, código postal 56600.
2. Municipio de Chicoloapan: Plaza de la Constitución sin número, Cabecera Municipal, Chicoloapan, código postal 56370.
3. Municipio de Chimalhuacán: Plaza Zaragoza sin número, Cabecera Municipal, Chimalhuacán, código postal 56330.
4. Municipio de Ecatepec de Morelos: Avenida Juárez sin número, San Cristóbal, Ecatepec de Morelos Centro, código postal 55000.
5. Municipio de Ixtapaluca: Municipio Libre número 1, Ixtapaluca Centro, código postal 56530.
6. Municipio de La Paz: Calle Palacio municipal sin número, colonia Los Reyes La Paz, entre Avenida Puebla y Calle Hombres Ilustres, código postal 56400.
7. Municipio de Nezahualcóyotl: Av. Chimalhuacán sin número, colonia Benito Juárez, Ciudad Nezahualcóyotl, código postal 57000.
8. Municipio de Texcoco: Nezahualcóyotl número 110, Colonia Centro, código postal 56100.
9. Municipio de Tlalnepantla de Baz: Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada sin número, Tlalnepantla Centro, código postal 54000.
10. Municipio de Valle de Chalco Solidaridad: Avenida Alfredo del Mazo esquina Tezozómoc, colonia Alfredo Baranda, Xico, código postal 56610.
Todos "LOS MUNICIPIOS" pertenecientes al Estado de México.
V. Declaran "LAS PARTES" que:
V.1. Expresan su consentimiento y conformidad en celebrar el presente convenio en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
V.2. Se reconocen en forma recíproca la personalidad y capacidad jurídica con la que se ostentan, de conformidad con las DECLARACIONES anteriores para la suscripción de este instrumento, mismas que al momento de su firma no les han sido revocadas, modificadas ni limitadas en forma alguna.
V.3. El objeto y las acciones a ejecutarse para la consecución del presente instrumento se encuentran previstas dentro de sus atribuciones de conformidad con la normatividad aplicable.
V.4. Conocen y aceptan el contenido y alcance del mismo, por lo que otorgan su conformidad en celebrar el presente convenio, concediendo al efecto lo estipulado en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. DEL OBJETO.
El presente convenio tiene por objeto conjuntar esfuerzos y recursos para la ejecución de las acciones del programa "Senderos Seguros", que consiste en reforzamiento de alumbrado público, iluminación, rehabilitación de banquetas e infraestructura de calles y camellones; así como la incorporación de arte urbano con murales, a instrumentarse en "LOS MUNICIPIOS", con el consecuente beneficio para sus habitantes.
SEGUNDA. PROGRAMA.
"LAS PARTES" manifiestan que, el programa "Senderos Seguros", para la zona oriente del Estado de México, a instrumentarse en "LOS MUNICIPIOS", en lo sucesivo "EL PROGRAMA", se conforma por las acciones señaladas en el Anexo Técnico, en el cual se detallan las acciones y los montos proyectados para su realización, el cual es suscrito por "LAS PARTES" y forma parte del presente Convenio.
TERCERA. RECURSOS PRESUPUESTALES.
Las acciones que integran "EL PROGRAMA" serán realizadas con recursos presupuestales que se aporten de los tres niveles de gobierno: municipal, estatal y federal, de conformidad con las cláusulas Tercera y Cuarta del Convenio Marco de Coordinación suscrito entre "LA SICT", "EL ESTADO" y los 10 municipios del Oriente del Estado de México, de fecha 28 de abril del 2025, que a la letra dicen:
"TERCERA.- Los recursos a que se refiere este Convenio Marco, se otorgarán a "EL FIDEICOMISO" señalado en la Cláusula PRIMERA del presente instrumento, exclusivamente con el objeto de apoyar la ejecución y supervisión de las obras relacionadas con transporte público, movilidad, equipamiento urbano y senderos seguros, así como residuos sólidos urbanos que se generen en los municipios que son parte del Plan Integral del Oriente del Estado de México, en los términos señalados por el Comité Técnico de "EL FIDEICOMISO"; por tal motivo, en ningún caso los recursos referidos podrán ser destinados a un proyecto no autorizado, ni a fines distintos al objeto del presente Convenio, de conformidad con las Reglas de Operación que sean emitidas.
CUARTA.- "LA SICT", transferirá a "EL FIDEICOMISO", los recursos a que se refiere este Convenio Marco por cuenta y orden de "EL ESTADO", en la cuenta bancaria productiva específica y exclusiva que para tales fines aperture "EL FIDEICOMISO", en la Institución bancaria que éste determine, con la finalidad de que los recursos públicos otorgados y sus rendimientos financieros se encuentren debidamente identificados. Para tal efecto, "El ESTADO", señalará a "LA SICT" los datos de la cuenta bancaria de "EL FIDEICOMISO".
Los recursos públicos que se entreguen a "EL FIDEICOMISO", por cuenta y orden de "EL ESTADO" en los términos de este Convenio Marco y de sus convenios específicos no pierden su carácter federal, por lo que su aplicación se regirá de acuerdo con las disposiciones legales federales vigentes.".
Los recursos que aporten "LOS MUNICIPIOS", ya sean presupuestales, los provenientes del FAIS o de algún otro programa federal o estatal que lo permita, deberán ser concentrados en "EL FIDEICOMISO".
CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA.
"EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" designan como instancia ejecutora de "EL PROGRAMA" a "LA SICT" que será la encargada de realizar las contrataciones de las acciones relacionadas en el Anexo Técnico de este convenio, respecto de los recursos que "LAS PARTES" aporten a "EL FIDEICOMISO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES".
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio "LAS PARTES", de conformidad con la normatividad aplicable realizarán las acciones que a continuación se mencionan.
A. Por parte de "BIENESTAR":
a) Poner a disposición de los gobiernos municipales la Plataforma de planeación para los recursos del FAIS.
b) Llevar a cabo el proceso de revisión técnico normativo de la planeación realizada por los gobiernos municipales, de las demarcaciones territoriales y de las entidades federativas en la Plataforma del FAIS; emitir las observaciones de relevancia normativa o la validación que corresponda.
c) Podrá realizar las visitas de seguimiento a las obras que fueron planeadas en la Plataforma durante el ejercicio fiscal.
d) Solicitar a los gobiernos municipales y de la entidad federativa, la información adicional que se requiera para el seguimiento de la planeación del FAIS.
e) La demás que se establezcan en los Lineamientos.
B. Por parte de "LA SICT":
a) Ejecutar, supervisar y entregar las obras referidas en el Anexo Técnico del presente convenio a "LOS MUNICIPIOS".
b) Realizar obras conforme a lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y demás normatividad que resulte aplicable.
c) Brindar la información necesaria a "LOS MUNICIPIOS" respecto de las obras y los avances de las acciones que a cada uno les corresponde, para su registro en la Plataforma del FAIS.
d) Aportar en "EL FIDEICOMISO", los recursos federales de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico del presente instrumento.
C. Por parte de "EL ESTADO":
a) Aportar a "EL FIDEICOMISO" los recursos presupuestales que le corresponden conforme a lo establecido en el Anexo Técnico de este convenio.
D. Por parte de "LOS MUNICIPIOS".
a) Aportar a "EL FIDEICOMISO" los recursos presupuestales que les corresponden conforme a lo establecido en el Anexo Técnico del presente instrumento dentro de los primeros diez días hábiles siguientes a la firma del presente Convenio.
b) Informar sobre los recursos aportados conforme a los Lineamientos.
c) Promover la aceptación social del proyecto entre la población beneficiaria, informando de manera oportuna y clara los objetivos, alcances, tiempos y beneficios de las obras, así como obtener el consentimiento de propietarios o poseedores de inmuebles a intervenir.
d) Gestionar en sus territorios la participación de la ciudadanía a través de comités y participar en lo conducente, en el seguimiento que realicen a las acciones contenidas en el Anexo Técnico de este instrumento, así como verificar que se elaboren y firmen las actas correspondientes, con la finalidad de obtener la aprobación de los proyectos a ejecutarse.
e) Garantizar que las acciones a ejecutar respeten los derechos de las comunidades locales y generen un impacto social positivo, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida de la población.
f) Formalizar, mediante acta o instrumento jurídico-administrativo, la entrega de las vialidades propuestas para intervención, a efecto de que la Federación pueda ejercer las acciones necesarias para su mejoramiento.
g) Garantizar que las vialidades se encuentren libres de obstáculos, instalaciones irregulares, comercio informal o cualquier situación que impida el libre acceso y ejecución de las obras.
h) Proporcionar a la Federación la información técnica, jurídica y cartográfica disponible sobre las vialidades objeto de intervención.
i) Verificar y acreditar que las vialidades propuestas para intervención se encuentren dentro del patrimonio municipal y sean de dominio público, libres de conflictos legales, concesiones o afectaciones.
j) Responsabilizarse por todo permiso de índole legal y mandatorio relacionado con las actividades a desarrollar; así como emitir, gestionar o facilitar los permisos, autorizaciones y trámites legales necesarios para la ejecución de las obras por parte de la Federación o sus ejecutores.
k) Atender cualquier situación legal que pudiera surgir relacionada con el uso del suelo, accesos o servidumbres, eximiendo a la Federación de responsabilidades legales locales.
l) Entregar liberadas las vialidades que serán intervenidas; así como recibir y mantener las vialidades, posterior a su intervención.
m) Recibir formalmente las vialidades rehabilitadas, mediante acta de entrega-recepción conjunta que detalle las condiciones físicas y técnicas al momento de la entrega.
n) Incorporar las vialidades intervenidas al inventario municipal y a los programas de mantenimiento preventivo y correctivo.
o) Asignar los recursos humanos, técnicos y presupuestales necesarios para conservar las condiciones funcionales y de seguridad de las vialidades rehabilitadas.
p) Fomentar la participación ciudadana en el cuidado, uso adecuado y conservación de las vialidades intervenidas, una vez concluidas.
q) Reportar periódicamente los avances y acciones de mantenimiento ante la instancia federal correspondiente, conforme a los Lineamientos.
Asimismo, "LAS PARTES" se comprometen a auxiliarse en los trámites, procedimientos, gestiones o cualquier otro acto administrativo que sea de su competencia territorial y en el marco de sus facultades, para que sea realizado de la manera más pronta posible.
SEXTA. ENLACES.
"LAS PARTES" convienen que para el seguimiento de las acciones relativas al cumplimiento del presente convenio señalan como enlace, a los siguientes:
A) "BIENESTAR" designa al Director General de Desarrollo Regional, con teléfono de oficina 55 5328 5000 Extensión: 22201, y domicilio en Avenida Paseo de la Reforma Número 116, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México y correo electrónico: antonio.aguilarc@bienestar.gob.mx.
B) "LA SICT" designa al Director Ejecutivo de Proyectos Estratégicos, con teléfono de oficina 55 5723 9300, extensión 23401, y domicilio en Avenida Universidad número 1738, colonia Santa Catarina, Alcaldía Coyoacán, código postal 04010, Ciudad de México y correo electrónico: miguel.flores@sict.gob.mx
C) "EL ESTADO" designa al Director General de Inversión de la Secretaría de Finanzas del Estado de México, con teléfono de oficina 722 6250486 ext. 60703 y domicilio en Colorín número 101, colonia Lomas Altas, código postal 50060, Toluca, Estado de México y correo electrónico: finanzas@edomex.gob.mx.
D) "LOS MUNICIPIOS":
· Chalco: Leonel Miguel Brugada, Director de Obras Públicas, con teléfono de contacto 555 973 0358 y correo electrónico: obraspublicas@chalco.gob.mx
· Chicoloapan: Anaid Concepción Domínguez Palacios, Directora de Obras Públicas, con teléfono de contacto 553 046 8228 y correo electrónico: obraspublicas@chicoloapan.gob.mx
· Chimalhuacan: José Miguel Camacho Bautista, Director de Obras Públicas, con teléfono de contacto 553 435 8381 y correo electrónico: obras@chimalhuacan.gob.mx
· Ecatepec de Morelos: Carlos Arturo Bravo Ángeles, Subdirector de Obras por Contrato, con teléfono de contacto 552 080 5627 y correo electrónico: bravoangeles@yahoo.com.mx
· Ixtapaluca: Gerardo Amed Bueno Cardoso, Director de Innovación Gubernamental, con teléfono de contacto 553 575 4796 y correo electrónico: innovacion.gubernamental@ixtapaluca.gob.mx
· La Paz: Anallely Flores Becerra, Directora de Obras Públicas, con teléfono de contacto 552 855 1390 y correo electrónico: obraspublicas@losreyeslapaz.gob.mx
· Nezahualcóyotl: Valentín Díaz Robles, Director de Obras Públicas, con teléfono de contacto 554 860 8576 y correo electrónico: direccionobraspublicas@nezahualcoyotl.gob.mx
· Texcoco: Miguel Ángel Olivares Gálvez, Director General de Obras Públicas, con teléfono de contacto 557 242 8047 y correo electrónico: obraspublicas@texcoco.gob.mx
· Tlalnepantla de Baz: Roberto Eduardo Olvera Ángeles, Director de Transformación Urbana, con teléfonos de contacto 555 366 3800, 555 366 3900 y 555 366 4500, extensión 3932 y correo electrónico: roberto.olvera@tlalnepantla.gob.mx
· Valle de Chalco Solidaridad: Genaro Benjamín Pinal Valdés, Director de Obras Públicas, con teléfono de contacto 722 405 0037 y correo electrónico: obras.publicas@valledechalco.gob.mx
SÉPTIMA. SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES.
"LAS PARTES" convienen que cualquiera de ellas, a través de sus "ENLACES", podrán realizar las visitas que consideren para el seguimiento de las acciones que se ejecuten en cumplimiento del presente Convenio, de acuerdo con su competencia territorial y en el marco de sus facultades.
"LAS PARTES" convienen que "BIENESTAR" podrá realizar todas las visitas a que haya lugar, en relación con los recursos FAIS, conforme a los Lineamientos del mismo, igualmente "LOS MUNICIPIOS" llevarán a cabo la vigilancia, inspección, control y evaluación de la obra ejecutada.
OCTAVA. COMPROBACIÓN.
"LA SICT" como entidad ejecutora de las acciones que se ejecuten al amparo del presente convenio, con recursos aportados en "EL FIDEICOMISO" será la responsable de la integración de los expedientes técnicos, que contendrán la documentación comprobatoria y justificativa de los trabajos realizados, quien remitirá la información a "LOS MUNICIPIOS" y a "EL ESTADO" para la rendición de cuentas que deban realizar conforme a la normatividad aplicable.
NOVENA. VIGENCIA.
La vigencia de este convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y concluirá una vez que se dé cumplimiento al objeto del convenio.
DÉCIMA. MODIFICACIONES.
El presente convenio podrá ser modificado por escrito y de común acuerdo entre "LAS PARTES", siempre que las modificaciones no afecten la anualidad del ejercicio de los recursos FAIS y Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF); las modificaciones que se realicen formarán parte de este convenio, en el entendido que tendrán como única finalidad perfeccionar y coadyuvar en el cumplimiento de su objeto.
DÉCIMA PRIMERA. RELACIONES LABORALES.
"LAS PARTES" acuerdan que el personal adscrito a cada una de ellas y que sean designados para la realización conjunta de cualquier acción relacionada con el presente instrumento, continuará en forma absoluta bajo la dirección, dependencia y subordinación de la parte con la que tenga establecida su relación laboral.
Cada una de "LAS PARTES" asumirá la responsabilidad laboral de su personal y en ningún caso, se considerarán patrones solidarios o sustitutos, obligándose a dejar en paz y a salvo a las otras partes, en caso de conflictos laborales.
DÉCIMA SEGUNDA. TRANSPARENCIA.
"LAS PARTES" manifiestan que el presente convenio es público; sin embargo, guardarán confidencialidad respecto de la información a la que tengan acceso con motivo de la ejecución de este instrumento, cuando se encuentre clasificada como reservada o confidencial, en términos de lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios y demás normatividad aplicable en la materia.
DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Procederá la terminación anticipada del presente convenio cuando:
a) Por acuerdo de "LAS PARTES" o en lo individual, por voluntad expresa de cualquiera de ellas, quién en su caso deberá de notificar a las otras, con quince días hábiles de anticipación a la fecha propuesta para tal efecto.
b) Por caso fortuito o fuerza mayor que suspenda indefinidamente o termine con la posibilidad de ejecutar las acciones referidas en el Anexo Técnico de este convenio.
c) La imposibilidad física o jurídica para continuar con el objeto de este convenio.
En todos los casos, "LAS PARTES" deberán celebrar el instrumento jurídico correspondiente y tomarán las medidas necesarias para evitar daños y perjuicios, tanto a ellas como a terceros.
DÉCIMA CUARTA. DIFUSIÓN.
El presente instrumento deberá ser publicado en el DOF y en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México, así como en las páginas de internet de "LAS PARTES" una vez concluido el proceso de suscripción, en un plazo no mayor a 45 días naturales a partir de la firma del presente convenio.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" considere la difusión de las acciones motivo del presente convenio se deberá mencionar que se están realizando de manera conjunta entre los Municipios de Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán Ecatepec de Morelos, Ixtapaluca, La Paz, Nezahualcóyotl, Texcoco, Tlalnepantla de Baz y Valle de Chalco Solidaridad, el Gobierno del Estado de México y el Gobierno Federal a través del FAIS y cumplir con la normatividad aplicable.
DÉCIMA QUINTA. AVISOS Y COMUNICACIONES.
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio deberán dirigirse por escrito, cuando por su índole del asunto a tratar así lo requiera, o por los medios de comunicación establecidos por "LAS PARTES".
"LAS PARTES" convienen que, con independencia de cualquier otro medio digital, electrónico y/o de mensajería instantánea que sea autorizado por "LAS PARTES", en todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento jurídico, se llevarán a cabo preferentemente en los domicilios, correos electrónicos y números telefónicos señalados en sus declaraciones, así como en la cláusula SEXTA del presente instrumento.
DÉCIMA SEXTA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS.
"LAS PARTES" manifiestan que realizarán todas las acciones posibles para el debido cumplimiento del presente instrumento. En el caso de suscitarse alguna discrepancia o controversia en cuanto a su interpretación o cumplimiento, será resuelta de común acuerdo tratando de lograr un consenso sobre el particular. En caso de persistir la discrepancia o controversia, se sujetarán a la jurisdicción de los Tribunales de la Federación, con residencia en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
Leído que fue por las partes que intervienen y enteradas de su alcance, valor y fuerza legal, firman el presente convenio en 15 ejemplares en la Ciudad de México, a los 21 días del mes de agosto del año 2025.- Por el Gobierno Federal: Secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes.- Rúbrica.- Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Tania Carro Toledo.- Rúbrica.- Por el Estado: Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, Delfina Gómez Álvarez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas del Estado Libre y Soberano de México, Oscar Flores Jiménez.- Rúbrica.- Por los Municipios: Presidenta Municipal de Chalco, Abigail Sánchez Martínez.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Chicoloapan, Francisco Javier Mendoza Vásquez.- Rúbrica.- Presidenta Municipal de Chimalhuacán, Xóchitl Flores Jiménez.- Rúbrica.- Presidenta Municipal de La Paz, Martha Guerrero Sánchez.- Rúbrica.- Presidenta Municipal de Ecatepec de Morelos, Azucena Cisneros Coss.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Nezahualcóyotl, Adolfo Cerqueda Rebollo.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Ixtapaluca, Felipe Rafael Arvizu de la Luz.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Texcoco, Nazario Gutiérrez Martínez.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Tlalnepantla de Baz, Raciel Pérez Cruz.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Valle de Chalco Solidaridad, Alan Velasco Aguero.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN RELACIÓN CON EL PROGRAMA DENOMINADO "SENDEROS SEGUROS", QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS "BIENESTAR" Y "LA SICT"; ASÍ COMO, "EL ESTADO" Y LOS PRESIDENTES MUNICIPALES DE CHALCO, CHICOLOAPAN, CHIMALHUACÁN, ECATEPEC DE MORELOS, IXTAPALUCA, LA PAZ, NEZAHUALCÓYOTL, TEXCOCO, TLALNEPANTLA DE BAZ Y VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
| No. | Municipio | Meta (1) | Inversión 2025 (2) | Tipo de inversión (3) |
| Federal | Estatal | Municipal |
| 1 | Chalco | 20 | $60 | $20 | $20 | $20 |
| 2 | Chicoloapan | 18 | $54 | $18 | $18 | $18 |
| 3 | Chimalhuacán | 25 | $75 | $25 | $25 | $25 |
| 4 | Ecatepec | 30 | $90 | $30 | $30 | $30 |
| 5 | Ixtapaluca | 12 | $36 | $12 | $12 | $12 |
| 6 | La Paz | 25 | $75 | $25 | $25 | $25 |
| 7 | Nezahualcóyotl | 24 | $72 | $24 | $24 | $24 |
| 8 | Texcoco | 26 | $78 | $26 | $26 | $26 |
| 9 | Tlalnepantla | 11 | $33 | $11 | $11 | $11 |
| 10 | Valle de Chalco | 9 | $27 | $9 | $9 | $9 |
| No. | Municipio | Nombre del Proyecto |
| 1 | Chalco | · Sendero Los Héroes · Parque Lineal Avenida Las Torres · Sendero Deportivo Solidaridad · Nuevos Senderos |
| 2 | Chicoloapan | · Sendero Avenida Ferrocarril · Sendero Avenida San Bernabé · Sendero Avenida San Cristóbal · Boulevard Real de Minas · Nuevos Senderos |
| 3 | Chimalhuacán | · Parque Lineal Avenida de Las Torres C · Sendero de Las Flores · Nuevos Senderos |
| 4 | Ecatepec | · Sendero Ciudad Cuauhtémoc 1 · Sendero Río Neza · Sendero Múzquiz 1 y 2 · Sendero Jardines Aragón 1 y 2 · Sendero Ciudad Azteca 1y 2 · Sendero Citlaltépetl 1 · Sendero Los Arcos 1y 2 · Nuevos Senderos |
| 5 | Ixtapaluca | · Sendero Los Héroes Ixtapaluca · Sendero Ixtapaluca Centro · Sendero Cuatro Vientos · Sendero La Paz San Buenaventura · Nuevos Senderos |
| 6 | La Paz | · Calle Amado Nervo · Calle Camino al Cerrito · Ruta Transporte 8 · Calle Mina de las Flores · Calle del Trabajo · Calle Jorge Jiménez Cantú · Ruta Transporte 4 · Sendero La Paz · Nuevos Senderos |
| 7 | Nezahualcóyotl | · Sendero en Avenida Nezahualcóyotl · Sendero en Avenida Carmelo Pérez · Sendero en Avenida Riva Palacio · Nuevos Senderos |
| 8 | Texcoco | · 2 de Marzo · Nezahualcóyotl · Morelos · Allende · Artega · Colón · Manuel González · Sendero Alameda · Nuevos Senderos |
| 9 | Tlalnepantla | · Avenida Acueducto (solo alumbrado) · San Juan Ixhuatepec 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 · Aquiles Serdán · Nuevos Senderos |
| 10 | Valle de Chalco | · Avenida Miguel Hidalgo, López Mateos (Xico) · Parque Lineal Isidro Fabela · Nuevos Senderos |
Leído que fue el presente Anexo Técnico, y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman de conformidad en 15 ejemplares en la Ciudad de México, a los 21 días del mes de agosto del año 2025.- Por el Gobierno Federal: Secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes.- Rúbrica.- Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Tania Carro Toledo.- Rúbrica.- Por el Estado: Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, Delfina Gómez Álvarez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas del Estado Libre y Soberano de México, Oscar Flores Jiménez.- Rúbrica.- Por los Municipios: Presidenta Municipal de Chalco, Abigail Sánchez Martínez.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Chicoloapan, Francisco Javier Mendoza Vásquez.- Rúbrica.- Presidenta Municipal de Chimalhuacán, Xóchitl Flores Jiménez.- Rúbrica.- Presidenta Municipal de La Paz,
Martha Guerrero Sánchez.- Rúbrica.- Presidenta Municipal de Ecatepec de Morelos, Azucena Cisneros Coss.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Nezahualcóyotl, Adolfo Cerqueda Rebollo.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Ixtapaluca, Felipe Rafael Arvizu de la Luz.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Texcoco, Nazario Gutiérrez Martínez.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Tlalnepantla de Baz, Raciel Pérez Cruz.- Rúbrica.- Presidente Municipal de Valle de Chalco Solidaridad, Alan Velasco Aguero.- Rúbrica.
1 Meta en kilómetros.
2 Inversión en Millones de pesos.
3 Inversión en Millones de pesos.