Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN
El diecisiete de marzo de dos mil veinticinco, en el expediente administrativo número DGSP/DELC/PAS/093/2024, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada denominada OMNIA SECURITA, S.A. DE C.V., con número de Registro Federal Permanente DGSP/057-18/3523 y domicilio ubicado en HERACLITO NÚM. 321, COL. POLANCO V SECCIÓN, C.P. 11560, MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO las siguientes sanciones:
1) AMONESTACIÓN con difusión pública en la página de internet de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, prevista en el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Seguridad Privada y 60 fracción I de su Reglamento, 2) MULTA de tres mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) prevista en el artículo 42 fracción II de la misma Ley, vigentes en el año de la comisión de la infracción (2024) consistente en $108.57.00 (ciento ocho pesos 57/100 ..), dando un total de $325,710.00 (trescientos veinticinco mil setecientos diez pesos 00/100 M.N.), de conformidad con lo establecido en la Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización y el artículo 42 fracciones I y II de la Ley Federal de Seguridad Privada, y 3) CLAUSURA prevista en el artículo 42 fracción IV de la Ley Federal de Seguridad Privada y 60 fracción IV de su Reglamento, por el incumplimiento al artículo 32 fracción II de la Ley Federal de Seguridad Privada, sobre la prestación de los servicios relacionados con la modalidad IV. Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico, y V. Seguridad de la información, la cual se llevará a cabo en el establecimiento donde el prestador de servicios tiene localizado su oficina matriz ubicado en HERACLITO NÚM. 321, COL. POLANCO V SECCIÓN, C.P. 11560, MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO, toda vez que omitió abstenerse de prestar los servicios de la modalidad IV. Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico, y V. Seguridad de la información sin contar con el permiso del Registro Federal Permanente autorizado por esta Dirección General, omitió registrar el alta de 2 (dos) elementos directivos, omitió en la fachada de su oficina matriz ubicada en HERACLITO NÚM. 321, COL. POLANCO V SECCIÓN, C.P. 11560, MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO contar con una superficie de por lo menos un metro cuadrado, que cumpliera con todos los requisitos reglamentarios y en la visita de verificación omitió acreditar que un elemento operativo cuente con capacitación en materia de Derechos Humanos, por lo que incumple con los artículos 5 fracción IV, 12 fracción IX, 13, 28 fracción IV, 29, 32 fracciones II y III, de la Ley Federal de Seguridad Privada y 23 fracciones VI y XII, 27 fracción VII, 32, 33 y 42 de su Reglamento.
Ciudad de México, a 28 de marzo de 2025.
Director General de Seguridad Privada
Enrique Martínez Garza
Rúbrica.
(R.- 568507)