ACUERDO por el que se expide el Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS 2025-2030.
Que la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en su Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de agosto de 2025, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 2o., 26 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 14, 22, fracción I, 58 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 23, 28, 30 y 31 de la Ley de Planeación; 1, 2, 3, 4, 11, fracciones I y II, 15, fracciones II y III, y 17, fracciones I, II, III, X y XVIII, de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; 1, 2, fracciones III y VII, 3 y 9 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 26, establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación; asimismo, que los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Federal determinarán los objetivos de la planeación.
Que el Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, en su artículo 7, numerales 1 y 3, establece que los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural, además de participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional, susceptibles de afectarles directamente, por lo que los gobiernos deberán de velar que se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente, que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos.
Que en ese mismo sentido, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en sus artículos 3, 20, 23 y 32 establece que los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación, en virtud del cual persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural; reivindicando su derecho a mantener y desarrollar libremente sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales, a disfrutar de forma segura sus propios medios de subsistencia y desarrollo, y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas, tradicionales y de otro tipo; a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo, y a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones. Asimismo, la establece que los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para su desarrollo o para la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.
Que aunado a lo anterior, la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas establece, en sus artículos III, VI y XXIX, que los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación, en virtud de la cual determinan libremente su condición política y persiguen su desarrollo económico, social y cultural. Asimismo, que tienen derecho a mantener y determinar sus propias prioridades en lo relacionado con su desarrollo político, económico, social y cultural, de conformidad con su propia cosmovisión, y a que se les garantice el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo, particularmente mediante la elaboración de políticas, planes, programas y estrategias, así como su implementación, de acuerdo a su organización política y social, normas y procedimientos, sus propias cosmovisiones e instituciones; además de su derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de desarrollo que les conciernan y, en lo posible, administrar esos programas mediante sus propias instituciones.
Que atendiendo a lo dispuesto por los artículos 1 y 2 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, esta entidad es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa; asimismo, es la autoridad del Poder Ejecutivo Federal en los asuntos relacionados con los pueblos indígenas y afromexicano, que tiene como objeto definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas, para garantizar el ejercicio y la implementación de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, así como su desarrollo integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los instrumentos jurídicos internacionales de los que el país es parte.
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 47, 48, 49, 58, fracción II, y 59, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para su desarrollo y operación, las entidades paraestatales deberán sujetarse a la Ley de Planeación y al Plan Nacional de Desarrollo, debiendo, en ese marco, formular sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazo, a fin de que sean aprobados por sus Órganos de Gobierno.
Que el día 15 de abril de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030", mismo que en su "Eje Transversal 3: Derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas", reconoce plenamente a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, en el marco de la Reforma al artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Que en ese contexto, durante la Segunda Sesión Ordinaria de la H. Junta de Gobierno del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, celebrada el 27 de agosto de 2025, el citado cuerpo colegiado aprobó el Acuerdo número 4.2ª.25, por el que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17, fracción II, 24, 26 Bis, 29, párrafo tercero, 30 y 31, párrafo segundo, de la Ley de Planeación; 58, fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 22 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, aprobó el Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030, e instruyó a la entidad para que realice las gestiones administrativas necesarias, ante las instancias correspondientes, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Que este Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas recibió, el día 25 de agosto de 2025, el Oficio número ATDT/DGJCNyGT/0529/2025, de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, por el que emitió la Constancia de Exención de Análisis de Impacto Regulatorio al Anteproyecto denominado "Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030".
Que mediante Oficio número 419/UPER/2025/0447, la Unidad de Política y Estrategia para Resultados, adscrita a la Subscretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó que la Unidad de Diseño Presupuestario, Control y Seguimiento del Gasto de dicha Dependencia, a través del similar UDPCSG/2025/5477, comunicó que en el "Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030" no se identifica un impacto presupuestal adicional, motivo por el cual, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 31, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracciones I, III y IV, 26 Bis y 29, párrafo cuarto, de la Ley de Planeación; 22, fracciones X y XXXI, del Reglamento Interno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como el numeral 40 de los Criterios para la Gestión, Evaluación y Actualización de los Programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, aprobó su contenido, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
POR EL QUE SE EXPIDE EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS
PUEBLOS INDÍGENAS 2025-2030
ÚNICO.- Se expide el Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, como el instrumento mediante el cual esta entidad orientará sus acciones para garantizar el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en concordancia con lo establecido por el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de septiembre de 2024, que los reconoce como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los 27 días del mes de agosto de 2025.- El Director General y Presidente Suplente de la Junta de Gobierno, Lic. Adelfo Regino Montes.- Rúbrica.
PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS 2025-2030
1. Índice
1. Índice
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
3. Siglas y acrónimos
4. Fundamento normativo
5. Diagnóstico y situación actual y visión de largo plazo
6. Objetivos
6.1 Relevancia del objetivo 1: Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia
6.2 Relevancia del objetivo 2: Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano
6.3 Relevancia del objetivo 3: Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva
6.4 Relevancia del objetivo 4: Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria
6.5 Relevancia del objetivo 5: Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal
6.6 Relevancia del objetivo 6: Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias
6.7 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030
7. Estrategias y líneas de acción
Objetivo 1. Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia
Objetivo 2. Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano
Objetivo 3. Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva
Objetivo 4. Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria
Objetivo 5. Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal
Objetivo 6. Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias
8. Indicadores y metas
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
3. Siglas y acrónimos
APF: Administración Pública Federal
BIENESTAR: Secretaría de Bienestar
CCPI: Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas del INPI
CDB: Convenio sobre la Diversidad Biológica
CDN: Convención sobre los Derechos del Niño
CDPD: Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
CEDAW: Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (por sus siglas en inglés)
CERD: Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
CMNUCC: Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
CNIJF: Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal
CNPCIA: Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
DADIN: Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
DNUDPI: Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
DOF: Diario Oficial de la Federación
ENADIS: Encuesta Nacional sobre Discriminación
ENDUTIH: Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares
ENIGH: Encuesta Nacional de Ingreso y Gastos de los Hogares
ENUT: Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo
FAISPIAM: Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para Pueblos Indígenas y Afromexicanos
IFT: Instituto Federal de Telecomunicaciones(1).
IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social
INALI: Instituto Nacional de Lenguas Indígenas
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía
INPI: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
MMP: Medición Multidimensional de la Pobreza
OIT: Organización Internacional del Trabajo
ODS: Objetivos de Desarrollo Sostenible
ONU: Organización de las Naciones Unidas
OR: Oficinas de Representación del INPI
PAEI: Programa de Apoyo a la Educación Indígena
PANITLI: Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas
PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación
PIDCP: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
PIDESC: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
PND: Plan Nacional de Desarrollo
PROBIPI: Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas
RAN: Registro Agrario Nacional
SEP: Secretaría de Educación Pública
SRCI: Sistema de Radiodifusoras Culturales Indígenas
4. Fundamento normativo
El Estado Mexicano tiene el compromiso de observar y cumplir un conjunto de derechos de los cuales son titulares los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, reconocidos tanto en el régimen jurídico internacional como en el nacional. En el primero destaca lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 7, 8 y 33 del Convenio número 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; 1, 2, 3, 4, 5, 11, 12, 13, 14, 16, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 28, 31, 32, 38 y 39 de la DNUDPI y; I, II, III, V, VI, VIII, IX, XXI, XXII, XXIX, XXXI, XXXVII de la DADIN, los cuales establecen, principalmente, el derecho a la libre determinación para elegir libremente su condición política y determinar sus formas de desarrollo económico, social y cultural.
Adicionalmente, el Estado Mexicano ha firmado y ratificado diversos instrumentos internacionales que contienen disposiciones que se relacionan con el ejercicio de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, tales como el PIDESC, el PIDCP, el CERD, la CEDAW, la CDN y la CDPD. Asimismo, México es parte de la CMNUCC, del CDB y el "Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización al CDB".
Del mismo modo, nuestro país aprobó la Agenda 2030, plan de acción hacia un futuro sostenible a través de 17 ODS, 169 metas y más de 230 indicadores, de los cuales el presente Programa contribuye en el alcance de metas de los objetivos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16 y 17. Por otra parte, es preciso señalar que la Asamblea General de la ONU ha proclamado dos Decenios a los que se deben prestar especial atención: el Segundo Decenio Internacional para los Afrodescendientes (2025-2034) y el Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas (2022-2032).
En lo relativo al marco normativo nacional, el Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) 2025-2030 se fundamenta en los artículos 1o. y 2o. de la CPEUM; 17, fracción II, 22, 24 y 26 Bis de la Ley de Planeación; 1, 2, 47 y 59, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 3, fracción I, 9 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3, 4, 5, 6 y 17, fracción I, de la Ley del INPI; así como en los artículos 1, 2, 11, 13, 14, 15, 17 y 18 del Estatuto Orgánico del INPI; además de diversos instrumentos jurídicos aplicables(2). Asimismo, este Programa Institucional se alinea con el Eje Transversal 3 del PND 2025-2030, así como con las Repúblicas de los 100 Compromisos de Gobierno.
En este marco, el artículo 2o. Constitucional reconoce a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, y les garantiza el ejercicio de la libre determinación y autonomía en un marco de unidad nacional. Asimismo, establece la obligación del Estado de diseñar y operar políticas públicas, con su participación, que contribuyan a su desarrollo integral, intercultural y sostenible. En concordancia, la Ley de este Instituto lo faculta como autoridad federal encargada de coordinar y garantizar la implementación de dichos derechos, conforme al marco constitucional y a los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano.
En tal sentido, el INPI es el responsable de coordinar la integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del presente Programa.
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
México es una Nación pluricultural, multiétnica y plurilingüe, sustentada en la presencia viva y activa de los Pueblos Indígenas, que constituyen los primeros habitantes del territorio nacional, los cuales hoy día son la raíz de la grandeza cultural e histórica del país y la verdad más íntima de la patria.
Por su parte, los Pueblos Afromexicanos tienen presencia en México desde la época colonial, durante los siglos XVI y XVII, cuando personas de origen africano fueron traídas al territorio bajo condiciones de esclavitud impuestas por los colonizadores europeos. A lo largo del tiempo, sus comunidades, asentadas principalmente en los estados de Oaxaca, Guerrero y Veracruz, han tenido un papel fundamental en la historia nacional y han enriquecido el patrimonio cultural del país con su herencia y saberes.
En la actualidad, los Pueblos y las Comunidades Afromexicanas impulsan una lucha por la reivindicación cultural, histórica y política, el reconocimiento pleno de sus derechos colectivos y la implementación de políticas públicas que respondan a sus necesidades específicas.
Los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas han participado en la construcción de la identidad nacional y en los procesos emancipatorios que dieron lugar a las tres transformaciones de la vida pública de México: la Independencia, la Reforma y la Revolución Mexicana. En el actual proceso del Segundo Piso de la Cuarta Transformación Nacional, reconocer y fortalecer sus contribuciones no sólo es un acto de justicia, sino un paso fundamental hacia una sociedad más igualitaria y equitativa, donde la diversidad étnica y cultural sea el fundamento básico de la vida en una República fraterna y un pilar fundamental para el futuro de la Nación.
A pesar de lo anterior, los Pueblos Indígenas y Afromexicanos enfrentan profundas desigualdades estructurales; múltiples formas de exclusión y, pesa sobre ellos, el flagelo de la discriminación y el racismo que, a su vez, limita su participación en los ámbitos político, jurídico, económico, social y cultural y, en consecuencia, agudizan su situación de pobreza y marginación histórica.
En particular, enfrentan dificultades para acceder a servicios básicos de salud, educación, infraestructura y vivienda digna y de calidad; carencias sociales que han impedido el goce pleno de sus derechos fundamentales, generando escenarios que, aunado a los conflictos territoriales, desplazamientos forzados, criminalización, violencia y discriminación interseccional a los cuales han sido sujetos, perpetúan las desigualdades socioeconómicas.
Como una condición necesaria para resolver de fondo esta grave y compleja situación, los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas han planteado el reconocimiento de sus derechos inalienables, especialmente su carácter de sujetos de derecho público y el ejercicio efectivo de su libre determinación y autonomía en distintos ámbitos y niveles, a fin de que sean ellos mismos los protagonistas históricos de su propio desarrollo y bienestar.
De igual forma, como un acto de justicia y reparación a los agravios cometidos en el pasado, y bajo la consigna de que en la Cuarta Transformación del país se condena el clasismo, el racismo y cualquier forma de discriminación, el entonces Presidente Andrés Manuel López Obrador, envió el 5 de febrero de 2024, la iniciativa de Reforma Constitucional sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, misma que fue promulgada y publicada en el DOF el 30 de septiembre del mismo año(3), marcando así un hito en la historia constitucional del país.
Reconocimiento e implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos
En México, el reconocimiento de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público, tal como lo dispone la Reforma al artículo 2o. Constitucional, representa un avance histórico hacia el pleno ejercicio de sus derechos colectivos, en especial el de libre determinación, que ejercen a través de su autonomía. Este reconocimiento establece un conjunto de deberes para el Estado Mexicano a garantizar e implementar el desarrollo y el bienestar integral de dichos Pueblos y Comunidades, así como proteger y promover los derechos específicos de las mujeres, la niñez, la adolescencia y juventudes indígenas y afromexicanas.
Dicho reconocimiento afirma su existencia como pueblos con identidad propia, territorio, historia, sistemas normativos y formas de organización social, política, económica y cultural y sienta las bases para su participación efectiva en la vida pública del país, en condiciones de igualdad y respeto a su diversidad.
Al reconocerlos como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, se favorece la existencia de mecanismos legales y administrativos que permiten ejercer sus funciones de gobierno, administración de recursos y definiciones de desarrollo de manera autónoma. De esta manera, se camina de la mano con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para la construcción de una República democrática, justa, honesta, libre, participativa, responsable y pluricultural.
La publicación del CNPCIA(4) representa un esfuerzo sin precedentes para la identificación de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas con base en sus principales instituciones políticas, jurídicas, territoriales, económicas, sociales y culturales, en tanto sujetos de derecho público.
A febrero de 2025, se han identificado 70 Pueblos Indígenas y el Pueblo Afromexicano, los cuales se distribuyen en 16,114 comunidades (15,600 indígenas, 444 afromexicanas y 70 pluriculturales) ubicadas en 1,393 municipios de 28 entidades federativas, a las cuales se les ha acreditado su personalidad jurídica de conformidad con el Artículo 2o. Constitucional.
Distribución geográfica de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, 2025

Fuente: INPI. Sistema Nacional de Información y Estadística sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. 2025.
Dicho esfuerzo también ha permitido clasificar a 12,306 comunidades nucleares; es decir, aquellas conformadas por un solo asentamiento humano; y 3,808 extensas, donde además de su cabecera comunitaria, concentran varios asentamientos que conviven y establecen una sinergia comunitaria propia en términos sociopolíticos, económicos y culturales. De igual manera, los Pueblos Nahua, Otomí, Mixteco, Tsotsil, Maya, Zapoteco, Tseltal, Totonaco, Ch'ol y Afromexicano, concentran el 73.35% de las comunidades registradas.
A su vez, también se han identificado 132 regiones y 121 subregiones indígenas, definidas como espacios territoriales donde las comunidades pueden reconfigurarse como Pueblo Indígena o Afromexicano, que comparten especificidades geográficas y se vinculan por factores identitarios y culturales, bajo los cuales es factible la creación de redes comunitarias o la interacción intercomunitaria.
Total de comunidades por Pueblo Indígena y Afromexicano

Fuente: INPI. Sistema Nacional de Información y Estadística sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. 2025.
El CNPCIA constituye un instrumento fundamental para la implementación efectiva de los derechos colectivos reconocidos en la Reforma Constitucional al artículo 2o., al permitir la identificación oficial de los sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio. Su existencia garantiza que las políticas públicas, los mecanismos de participación, las consultas y la asignación de recursos se realicen con base en el principio de libre determinación y pertinencia cultural, respetando la diversidad territorial, lingüística y organizativa de cada pueblo y comunidad. Asimismo, contribuye a fortalecer la acción del Estado en el reconocimiento pleno de los derechos a la autonomía, territorio, representación y participación en los asuntos que les atañen, asegurando que ningún pueblo sea excluido o invisibilizado en el ejercicio de sus derechos constitucionales.
No obstante, como lo ha planteado la Presidenta de México, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, la principal tarea en el Segundo Piso de la Cuarta Transformación es hacer realidad en los hechos esta Reforma Constitucional, a fin de que sea letra viva y transformadora para los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Para lograrlo, es necesario un compromiso real de todos los órdenes de gobierno, así como de la sociedad mexicana, que garantice su implementación plena y efectiva.
A partir de esta premisa, el Gobierno de México ha definido una estrategia integral para la implementación de la Reforma del artículo 2o. Constitucional que incluye seis componentes, mismos que se presentan como áreas de oportunidad para la consolidación del desarrollo nacional con igualdad sustantiva y bienestar:
I.     La traducción de la Reforma Constitucional a las 68 lenguas indígenas y su difusión en todo el territorio nacional;
II.     La elaboración de la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, cuya propuesta de Iniciativa está siendo construida por un Equipo Técnico, integrado por el INPI, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y la Secretaría de Gobernación, con el apoyo de un Comité Técnico Asesor y el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas. Esta Propuesta de Iniciativa será sometida a un amplio proceso de diálogo y consulta, en cumplimiento del mandato constitucional;
III.    La armonización de las leyes secundarias y disposiciones administrativas del ámbito federal;
IV.   La armonización en las constituciones y leyes de las entidades federativas;
V.    Las reformas al marco institucional y las disposiciones administrativas en los ámbitos federal, estatal y municipal, y
VI.   La asignación de presupuesto directo a Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
En coherencia con esta visión, el Programa Institucional parte del compromiso firme del INPI de acompañar, desde el ámbito de sus atribuciones, la consolidación de este proceso, por ello se plantea como primer objetivo: Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
Adicionalmente a la armonización normativa para la consolidación de esta Reforma Constitucional al artículo 2o., se requieren medidas integrales para garantizar de manera efectiva los derechos reconocidos en su apartado A, que incluye el diseño y operación de mecanismos efectivos de participación y consulta; el respeto de los sistemas normativos propios; la consolidación de la autonomía y libre determinación de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, incluyendo el reconocimiento de sus autoridades y formas propias de organización; y la garantía del acceso a la justicia con respeto a sus prácticas jurídicas.
Además, resulta fundamental asegurar la preservación y revitalización de sus territorios, lenguas, culturas e instituciones, así como el fortalecimiento de políticas públicas con pertinencia cultural y enfoque de género para promover su desarrollo integral, intercultural y sostenible.
Establecer mecanismos pertinentes para garantizar el derecho a la consulta libre, previa e informada representa un esfuerzo institucional inédito que permite a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas recuperar la capacidad de agencia sobre las políticas, programas y proyectos públicos que impactan sobre su bienestar y desarrollo, reorientando la acción del Gobierno, en coordinación con éstos, y garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos. Dicho proceso deberá realizarse de conformidad con los últimos cambios constitucionales, instrumentos internacionales en la materia y con respeto irrestricto a los principios de Libre Determinación; Participación Efectiva; Buena Fe; Interculturalidad; Pluralismo Jurídico y Perspectiva de Género.
La consulta encuentra su punto nodal en las Asambleas Regionales que, complementario a las Asambleas Comunitarias, han fungido como la instancia definitiva para la construcción del diálogo intercultural, deliberación, consenso y seguimiento de los intereses y disposiciones que las comunidades han determinado, en aras de consolidar su bienestar y desarrollo.
En este marco, el derecho a la consulta libre, previa e informada no sólo constituye un mecanismo participativo, sino una vía concreta para hacer efectivo el reconocimiento de los sistemas normativos propios de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Lo anterior, sólo son los pasos iniciales para resarcir a quienes durante más de cinco siglos han sido objeto de una profunda invisibilización, exclusión, discriminación e injusticias sociales, cuyo reconocimiento había sido limitado a acciones de preservación de las manifestaciones culturales (folklor), en el marco de políticas integracionistas y de asimilación cultural del Estado Mexicano, y no a través de acciones públicas interculturales y con pertinencia cultural orientadas al ejercicio pleno de derechos colectivos, con capacidad para decidir los temas fundamentales relacionados con su existencia, desarrollo y bienestar.
La representación política y administrativa de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en el quehacer de la vida pública del país es una tarea sustancial en la implementación de la Reforma Constitucional. Fortalecer a México como una República fraterna, democrática, justa, honesta, libre, participativa y responsable implica garantizar su participación y representación en todos los órdenes de gobierno.
Esto no se limita a acciones afirmativas en los procesos electorales -como la elección de representantes en los ayuntamientos, congresos locales y demás cargos de elección popular-, sino que también requiere el respeto y la garantía para el ejercicio de sus derechos colectivos; es decir, en la definición y armonía de sus sistemas normativos con el sistema jurídico del Estado, los cuales comprenden desde la conformación de cabildos, rotación de cargos y ejecución de recursos públicos, hasta la jurisdicción indígena, en apego a su libre determinación y autonomía.
Con base en el CNIJF(5), en 2022, sólo 424 municipios en todo el país contaban con presidencias municipales electas bajo sistemas normativos indígenas o previa propuesta de algún partido político bajo dicho sistema, cifra 2.75% menor a la reportada en 2020. No obstante, a nivel comunitario, con base en el CNPCIA, 9 de cada 10 comunidades registraron contar con autoridades civiles; y más del 55% cuenta con autoridades agrarias, tradicionales y religiosas.
En virtud de lo anterior, es un área de oportunidad para la consolidación de una República fraterna y democrática, reforzar el reconocimiento de los sistemas normativos internos indígenas y su coexistencia con el sistema judicial del Estado (pluralismo jurídico); proveer de las mejores condiciones y acompañamiento para que Comunidades Indígenas y Afromexicanas puedan decidir conforme a sus sistemas normativos, sus formas internas de autogobierno, de convivencia y de organización social, económica, política y cultural, tal como lo mandata la Reforma Constitucional.
Otro de los desafíos que enfrentan los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas es el acceso efectivo a la jurisdicción del Estado. Actualmente, en el sistema judicial, existen barreras lingüísticas y culturales por las que son discriminados mediante el empleo excesivo de formalismos técnico-jurídicos y la ausencia de un enfoque intercultural, limitando el ejercicio efectivo de sus derechos, siendo los más perjudicados, aquellos Pueblos y Comunidades alejadas de los centros urbanos y expuestas a situaciones de vulnerabilidad por intereses ajenos a los comunitarios, o cuya lengua se encuentra en proceso de extinción acelerada, como es el caso de los Pueblos Maya, Otomí, Tepehua, Matlatzinca, entre otros.
Lo anterior, también se refleja en la falta de personas intérpretes y traductoras en lenguas indígenas capacitadas y la escasez de servicios de asesoría y defensa en lenguas indígenas; en agosto de 2025, el PANITLI del INALI, instrumento para satisfacer la demanda institucional y social de los servicios de interpretación y traducción en lenguas indígenas, registra 2,188 intérpretes y traductores certificados en 153 variantes lingüísticas, lo que representa una cobertura por variante de sólo el 42.03% en 28 entidades federativas(6).
Índice de Reemplazo Etnolingüístico (IRE)
Grado de IRE
Número
Grupos etnolingüísticos
Extinción acelerada
25
Mayo, Chontal de Oaxaca, Cucapá, Cuicateco, Ixcateco, Ixil, Jakalteko,
K'iche', Kaqchikel, Kiliwa, Kumiai, Mam, Matlatzinca, Maya, Mazahua,
Oluteco, Otomí, Pápago, Q'eqchi', Qato'k, Sayulteco, Teko, Tepehua,
Texistepequeño y Awakateko.
Extinción lenta
24
Amuzgo, Chichimeco Jonaz, Chinanteco, Chocholteco, Yokotan de
Tabasco, Huasteco o Tenek, Kickapoo, Mazateco, Mixe, Mixteco, Náhuatl,
Paipai, Pima, Popoloca, Q'anjob'al, Seri, Tarasco, Tlahuica, Totonaco,
Triqui, Yaqui, Zapoteco y Zoque.
Equilibrio
7
Ch'ol, Guarijío, Huave o Umbiayets, Lacandón, Pame, Popoluca de la
sierra y Tojolabal.
Expansión lenta
12
Akateko, Ayapaneco, Chatino, Chuj, Cora, Huichol, Tarahumara,
Tepehuano del norte, Tepehuano del sur, Tlapaneco, Tseltal y Tsotsil.
Expansión
acelerada
0

Fuente: INPI. Sistema Nacional de Información y Estadística sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, con base en: INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, México, 2000, II Conteo de Población y Vivienda, México, 2005, Censo General de Población y Vivienda, México, 2010, Encuesta Intercensal, México, 2015 y Censo General de Población y Vivienda, México, 2020.
Asimismo, en 2023, con base en el CNIJF(7), de las 560 unidades estatales en materia de defensoría pública y/o asesoría jurídica, sólo el 7.6% atendieron temas relacionados con asuntos indígenas; por su parte, sólo el 0.3% y 0.4% de las personas que se desempeñaron como defensoras públicas o asesoras jurídicas, respectivamente, reportaron pertenecer a algún pueblo indígena.
Las oportunidades para el desarrollo con paz, bienestar y prosperidad compartida que apertura la Reforma Constitucional, implica que se focalicen los esfuerzos de las distintas instituciones y autoridades para afianzar una asistencia jurisdiccional idónea, cuando así lo requieran los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, por ello como segundo objetivo se plantea: Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano.
Patrimonio cultural material e inmaterial de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas
Los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas han sido históricamente creadores y guardianes de conocimientos milenarios que se han transmitido generacionalmente y reflejan su arte, arquitectura, organización comunitaria, prácticas espirituales y, sobre todo, en sus lenguas. El patrimonio cultural material, como los objetos rituales, vestimenta, herramientas y construcciones tradicionales, y el patrimonio inmaterial como las lenguas, danzas, cantos, tradiciones orales y formas de vida comunitaria, son elementos clave del legado colectivo que la humanidad entera tiene la responsabilidad de proteger; sin embargo, este patrimonio está gravemente amenazado.
En México y el mundo, diversos Pueblos Indígenas han visto desaparecer sus lenguas por la falta de transmisión intergeneracional. De igual forma, sus prácticas culturales tradicionales se han debilitado ante políticas públicas que, durante décadas, promovieron la homogenización cultural y el abandono de las raíces indígenas.
En particular, durante el siglo XX, las políticas culturales implementadas en México enaltecieron la figura indígena y la preservación de los espacios arqueológicos con la finalidad de crear una narrativa que diera pertenencia e identidad a la población y propiciar la unidad nacional; no obstante, en la práctica, estas políticas no consideraron la participación activa e inclusión de los Pueblos y Comunidades Indígenas en la elaboración de planes y programas de preservación del patrimonio, mucho menos de las Comunidades Afromexicanas, las cuales fueron completamente invisibilizadas.
La preservación del patrimonio material e inmaterial indígena, como tarea sustancial del Estado, estuvo fuertemente marcada por una apropiación cultural estatal, ya que existía una concepción patrimonialista y monocultural, en donde el Otro no estaba visibilizado, porque estaba en el pasado, sin rostro ni voz propia y el reconocimiento de la propiedad intelectual de los Pueblos y Comunidades Indígenas estaba plenamente soslayado y devaluado.
El Humanismo Mexicano parte de la idea de que en los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas descansa la mayor reserva de valores morales, culturales y espirituales que alimentan, nutren y dan fortaleza para enfrentar cualquier adversidad. Por ello, para la construcción de una República cultural se tiene como uno de los objetivos garantizar la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de dicho patrimonio al ser núcleo constituyente de la identidad nacional y, por tanto, la columna fundacional de la memoria histórica.
Reconocer, restituir y proteger los territorios, los ecosistemas que resguardan, así como preservar los conocimientos tradicionales indígenas que han promovido la conservación de la biodiversidad y mitigado el cambio climático, así como la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de estos, permitirá fortalecer las economías comunitarias y las formas de participación y autogobierno de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, garantizando condiciones de bienestar y desarrollo de acuerdo con sus cosmovisiones. De esta forma, se revalorizan y fortalecen las contribuciones de los Pueblos y Comunidades a la conformación de una República rural justa y soberana, que protege el medio ambiente y sus recursos naturales.
Para los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, la salud no es solamente la ausencia de enfermedad, sino un estado de equilibrio entre el cuerpo, el espíritu, la comunidad y la naturaleza. Los conocimientos sobre plantas medicinales, rituales de sanación, masajes, partería y alimentación forman parte de una visión integral del cuidado de la vida, que ha sido probada durante siglos y que continúa vigente.
En materia de medicina tradicional, el INPI ha reconocido la labor de médicos, médicas y parteras tradicionales como parte esencial de la vida de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, con la finalidad de proteger el derecho a la salud con perspectiva cultural. Sin embargo, se requieren modificaciones jurídico-normativas para reconocer y proteger la medicina tradicional complementaria, asegurando su práctica conforme a sus matrices culturales, cosmovisiones y de conformidad con el artículo 2o. Constitucional, así como la promoción y revitalización de éstas, a través de programas y acciones de gobierno que beneficien a todas las personas involucradas en su salvaguarda, porque una República sana sólo puede fortalecerse con la aportación e inclusión del invaluable acervo de saberes en medicina tradicional y salud comunitaria.
En ese sentido, con base en el INEGI(8), en 2021, de los 1,912,178 nacimientos registrados en México, el 5.1% fueron atendidos durante el parto por enfermeras o parteras, cifra que, si bien no es representativa en términos estadísticos, refleja una subestimación derivada de la falta de reconocimiento de la partería como derecho cultural, así como de la ausencia de un registro nacional de personas dedicadas a las labores de la partería tradicional. A partir de ello, se destaca la inevitable obligación de la atención obstétrica con pertinencia cultural para conformar una República de y para mujeres.
Por otra parte, el IMSS reporta que en México existen 3,352 especies florales de uso medicinal y se estima que la cifra puede aumentar a 5,000 considerando la familia, género y especie de cada planta(9); una herencia biocultural que, si bien se ha preservado a lo largo del tiempo, gracias a diversos documentos de valor histórico incalculable como el Códice de la Cruz Badiano y el Códice Florentino, también sobreviven en la memoria colectiva de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; especialmente, en aquellas personas con la vocación para su desarrollo (sanadoras, parteras, sobadores, curanderos, hueseros, entre otros) y su empleo terapéutico, ritual y ceremonial.
Es preciso señalar que lo anterior no menoscaba ni limita el derecho de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas a acceder a los servicios de salud provistos por el Estado. Sin embargo, persisten desafíos para lograr una cobertura nacional efectiva: en 2024, el 48.5% de la población indígena en México carecía de dichos servicios, aunado a que más de tres cuartas partes (75.98%) no contaban con acceso a la seguridad social. A esto se suma que sólo el 73.07% de esta población tenía acceso a una alimentación nutritiva y de calidad; entendida como aquella que es frecuente, diversa y suficiente para satisfacer las necesidades calóricas y de nutrientes esenciales.

Fuente: Elaboración propia con base datos de la MMP 2016-2024, INEGI.
La institucionalización de la República sana, rural justa y soberana brindará los medios y condiciones de posibilidad para atender y revertir las carencias sociales que desproporcionadamente han afectado el bienestar y obstaculizado el ejercicio efectivo del derecho a una vida sana.
Lo anterior, evidencia el reto actual que representa la provisión de servicios y medicamentos en el marco del Sistema Nacional de Salud con una perspectiva intercultural; esto no sólo implica que los servicios de salud sean provistos de manera oportuna y eficiente, sino que también los profesionales de la salud, cuenten con las habilidades necesarias para un trato digno y respetuoso, principalmente a mujeres indígenas y afromexicanas ubicadas en regiones rurales alejadas de los centros urbanos o con acceso y caminos carreteros de difícil tránsito.
La comunicación y medios empleados por los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas reflejan sus cosmovisiones, lenguas y expresiones, formas de organización y realidades de manera colectiva y autónoma; en ese sentido, más que lugares convencionales de intercambio de información, se constituyen como verdaderos espacios de resistencia, identidad y autodeterminación, además de promover el diálogo horizontal y la participación.
Hoy en día, diversos Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas requieren mejorar los espacios, tecnologías y herramientas para fortalecer la comunicación indígena a través de los diferentes medios (radiodifusión, medios impresos y digitales, producción audiovisual, entre otros), al igual que los sistemas de comunicación empleados en cada comunidad. A lo anterior, se añade la atención a las deficiencias en los mecanismos de comunicación indígena que han impedido por décadas fortalecer el intercambio intercultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas y promover eficazmente su vida comunitaria.
Actualmente, el SRCI ha generado un importante arraigo en cientos de comunidades, estableciéndose como un modelo de comunicación diferente, frente a la radio universitaria y comercial, a través de las 23 emisoras que le integran en la Amplitud Modulada (AM) y la Frecuencia Modulada (FM) del espectro radiofónico y con contenidos en 35 lenguas indígenas y variantes lingüísticas, así como el español, diariamente.
Asimismo, a través del proyecto Ecos Indígenas. La Voz de la Diversidad se han ampliado y diversificado los horizontes de la oferta cultural radiofónica de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas a través del internet; sin embargo, la brecha digital persiste, ya que con base en la información del IFT, en materia de acceso a servicios de telefonía e internet, sólo 10 Pueblos (Awakateko, Mazahua, Sayulteco, Yaqui, Ayapaneco, Chichimeco Jonaz, Matlatzinca, Tarasco-P'urhépecha, Texistepequeño y Tlahuica Ocuilteco) cuentan con cobertura en al menos una tecnología de información y comunicación (a través de la red 3G o 4G) en alguna de las localidades en las que se encuentran asentadas sus comunidades(10).
El cierre de la brecha digital y tecnológica que enfrentan los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas constituye uno de los principales desafíos a atender en los próximos años. De acuerdo con la ENDUTIH en 2024(11), mientras que la penetración de internet en zonas urbanas alcanza el 86.9%, en zonas rurales, donde habita la mayoría de la población indígena y afromexicana, apenas llega al 68.5%.
Para revertir esta desigualdad, es necesario ampliar la infraestructura suficiente para la provisión de servicios digitales en las comunidades; reducir los costos de acceso; generar mecanismos propios de telecomunicaciones de las comunidades, promover el desarrollo de contenidos digitales con pertinencia cultural y en lenguas indígenas; así como fortalecer las capacidades y habilidades en el uso de tecnologías adaptadas a sus contextos culturales, que favorezcan la adopción de soluciones digitales. Para lo cual, la coordinación interinstitucional es fundamental para avanzar en este objetivo y consolidar una República próspera y conectada, alineada con la vanguardia en tecnologías de la información y la comunicación, herramientas imprescindibles para un buen gobierno y transparencia.
Uno de los factores actualmente amenazados es el patrimonio biocultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; en ese sentido, se tiene registro de que, en los territorios históricamente habitados por estos se concentra una riqueza inconmensurable de ecosistemas, con una gran diversidad de especies endémicas y abundantes recursos naturales. Diversas investigaciones han estimado que los Pueblos Indígenas y comunidades poseen y manejan por lo menos el 50% de la superficie terrestre del mundo(12); particularmente, en América Latina y el Caribe, los Pueblos Indígenas ocupan 404 millones de hectáreas, alrededor de la quinta parte de la superficie total de la región(13).
Este patrimonio se manifiesta en un valioso acervo de conocimientos, prácticas y saberes ancestrales orientados al cuidado, aprovechamiento sustentable, protección y preservación de la biodiversidad, todo ello fundamentado en sus cosmovisiones y concepciones propias del desarrollo. En este contexto, el Gobierno de México tiene la responsabilidad de salvaguardar, fortalecer e impulsar estas contribuciones milenarias, fundamentales para la consolidación de una República que protege el medio ambiente y sus recursos naturales, sobre la base del vínculo inseparable entre el desarrollo y el cuidado del patrimonio biocultural.
Reconocer y proteger los territorios, los ecosistemas que resguardan y los conocimientos tradicionales asociados al uso sustentable de los recursos naturales, así como la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de estos, permitirá fortalecer las economías comunitarias y las formas de participación y autogobierno de las Comunidades Indígenas y Afromexicanas, garantizando condiciones de bienestar y desarrollo en armonía con sus cosmovisiones.

*En el caso de preescolar y primaria indígena también se consideraron los cursos comunitarios.
Fuente: Elaboración propia, con base en Principales cifras del Sistema Educativo Nacional 2022-2023, SEP.
En materia educativa, es esencial avanzar hacia modelos de enseñanza-aprendizaje con pertinencia cultural, adaptados a las lenguas indígenas y orientados a fortalecer el sentido de pertenencia y el arraigo comunitario, lo que permitiría mejorar los procesos de aprendizaje, elevar la autoestima de niñas, niños adolescentes y jóvenes indígenas, y contribuir a superar prácticas discriminatorias, como lo señala el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU.

Fuente: Elaboración propia con base a datos de la MMP 2016-2024, INEGI.
No obstante, se requieren esfuerzos de coordinación nacional para transitar hacia modelos educativos diferenciados, entendidos como medios para el ejercicio del derecho a la autonomía y libre determinación, y no como instrumentos de asimilación cultural. En ese contexto, de acuerdo con la MMP 2024 del INEGI(14); el 36.34% (4.6 millones de personas) de la población indígena enfrenta algún grado de rezago educativo. Esta realidad obedece a múltiples factores estructurales, como la falta de recursos económicos en los hogares, que obliga a la niñez y juventud indígena a incorporarse tempranamente al mercado laboral, tanto formal como informal; las condiciones geográficas adversas de muchas regiones rurales, que dificultan el acceso a servicios educativos; y la carencia de materiales y contenidos pedagógicos bilingües y culturalmente adecuados.
En todo el país, con base en las cifras publicadas por la SEP, durante el ciclo escolar 2023-2024 se reportaron 51,117 escuelas de los niveles inicial, preescolar y primaria pertenecientes al servicio indígena (considerando cursos comunitarios), cifra que representa sólo el 27% del total de 189,288 planteles educativos registrados en dichos niveles. La construcción de una República educadora, humanista, científica, cultural y lectora exige el fortalecimiento del modelo educativo intercultural, así como una coordinación interinstitucional más eficaz orientada a su mejora continua y ampliación. A ello se suma que numerosos centros educativos de los niveles obligatorios (desde inicial hasta media superior), ubicados en Comunidades Indígenas y Afromexicanas, enfrentan deficiencias estructurales persistentes, como infraestructura deteriorada o insuficiente, y la carencia de servicios básicos (agua potable, energía eléctrica, drenaje, vialidades, etc.), lo que obstaculiza el ejercicio pleno del derecho a una educación digna, equitativa y pertinente.
En términos de la oferta educativa, persiste una brecha significativa entre el ámbito rural, que condensa gran parte de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, y el ámbito urbano. Esta desigualdad no se limita al número total de escuelas, su capacidad de atención o los niveles escolares que cubren, sino que también abarca la dignificación y adecuación de los espacios educativos, así como la calidad y pertinencia cultural del currículo escolar y de quienes lo implementan.
Las carencias, en términos de infraestructura de los servicios básicos, insuficiencia material y de materiales didácticos adecuados a las condiciones culturales y lingüísticas de los educandos, junto con la insuficiente formación y acompañamiento al personal docente, constituyen desafíos urgentes que deben atenderse de manera integral.
A esta situación se suman barreras específicas que enfrentan las mujeres indígenas y afromexicanas, muchas veces derivadas de la asignación tradicional de roles de cuidado dentro del hogar, lo que limita sus oportunidades educativas y profundiza las desigualdades de género desde edades tempranas.
Y para atender las problemáticas identificadas, se plantea como tercer objetivo: Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva.
Desarrollo integral, intercultural y sostenible
El fin último del Estado Mexicano es crear las condiciones para que el pueblo construya su propio bienestar. Durante décadas, los gobiernos del viejo régimen en México promovieron un crecimiento económico que no favoreció a las personas en situación de vulnerabilidad, especialmente a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. En el periodo neoliberal, las instituciones se convirtieron en un negocio en manos de unos cuántos, y la población fue despojada de los beneficios de un desarrollo compartido, próspero, igualitario y equitativo.

Fuente: Elaboración propia con base en el Censo de Población y Vivienda 2020, INEGI.
Con base en las cifras del INEGI, en 2020, en México habitaban 23.2 millones de personas (51.4% mujeres y 48.6% hombres) que se autoadscriben como indígenas, lo que equivale al 19.4% de la población mayor de tres años. De estas, 7.3 millones son hablantes de alguna de las 11 familias lingüísticas, 68 lenguas y 364 variantes lingüísticas reportadas por el INALI. Asimismo, se identificaron 2.6 millones de personas afrodescendientes.
A pesar de su riqueza cultural, conocimientos y aportaciones históricas, la sociedad mexicana ha mantenido a estos grupos al margen del crecimiento económico, traduciéndose en condiciones persistentes de pobreza, marginación y discriminación en todos los ámbitos de su vida cotidiana.
De acuerdo con los resultados de la MMP 2022, al menos desde 2010, los Pueblos Indígenas han estado entre los grupos con mayor incidencia de pobreza, con un 87.6% de su población, equivalente a 6.7 millones de personas en situación de pobreza, cifra que muestra una tendencia al alza en mediciones subsecuentes.
Por su parte, la ENADIS 2022(15) arrojó que, en promedio 4 de cada 10 personas indígenas o afromexicanas consideraron que sus derechos fueron respetados poco o nada, y el 35.4% declaró que la falta de empleo y recursos económicos son los principales problemas que enfrentan. Además, el 28% reportó haber sido discriminado. En conjunto, bajo un esquema de exclusión y colonialismo interno, no han sido partícipes en el diseño de políticas públicas de largo alcance que respondan a sus especificidades y contextos locales y respeto de su diversidad cultural, política, social y económica.
Ante este rezago estructural, durante el Primer Piso de la Cuarta Transformación, el entonces Presidente Andrés Manuel López Obrador inició la implementación de nuevos planes, programas y acciones orientados a garantizar el ejercicio pleno de sus derechos como sujetos de derecho público. Es decir, se busca superar el paradigma que los ubicaba exclusivamente como sujetos de atención para transitar hacia un modelo en el que formen parte activa y decisiva en las políticas públicas dirigidas a ellos; en suma, se atiende el imperativo del Humanismo Mexicano de no dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera de la riqueza ni del desarrollo nacional.
Los últimos datos publicados en la MMP 2024 refieren que el 60.8% (7.8 millones) de personas indígenas se encontraban en situación de pobreza, de las cuales 22.9% (2.9 millones) vivían en condiciones de pobreza extrema; estas cifras representaron una disminución respecto a los años anteriores. También se observaron disminuciones en los porcentajes de personas indígenas con carencia de acceso a la seguridad social; rezago educativo; acceso a los servicios básicos de la vivienda y carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad.
Este cambio de panorama es aún más evidente al analizar los datos específicos de la población hablante de lengua indígena. Sin embargo, persisten demandas históricas y surgen nuevos horizontes de posibilidad para los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, cuya ejecución es responsabilidad del Estado Mexicano. El crecimiento económico no garantiza bienestar directo; el progreso sin justicia es retroceso.

Bajo estas circunstancias, una tarea pendiente fundamental es el acceso a los servicios de salud, ya que 6.2 millones de personas de esta población carecen de acceso a dichos servicios, especialmente en áreas rurales, donde la disponibilidad, calidad y trato digno en la atención médica son insuficientes. Esta problemática se agrava con un deficiente acceso a una alimentación sana y nutritiva; el 26.9% de la población reporta una escasa diversidad dietética, con alta incidencia en el ámbito rural, donde las mujeres indígenas y los productores agrícolas orientados al autoconsumo son los más afectados.
Otro componente de la deuda histórica es la falta de vivienda adecuada y digna, con base en la MMP 2024, el 24.3% (3.1 millones) de personas indígenas enfrenta carencias relacionadas con la calidad y espacio de la vivienda, mientras que el 53%2 (6.8 millones) presenta carencias por acceso a los servicios básicos en sus hogares. En este sentido, la incertidumbre jurídica sobre la tenencia de la tierra limita frecuentemente su capacidad para defender el derecho a una vivienda digna; asimismo, se encuentran expuestos a la transformación, invasión y degradación significativa de sus territorios por parte de agentes externos, lo que genera desventajas comparativas respecto a otros grupos poblacionales en el acceso a la vivienda.

Fuente: Elaboración propia, con base datos de la MMP 2016-2024, INEGI.
La producción masiva de vivienda, impulsada por desarrolladores que actúan bajo una lógica lucrativa, mercantil y de acumulación, ha demostrado ser incompatible con una visión garantista del derecho a la vivienda. Esta dinámica desconoce los sistemas normativos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, así como sus expectativas en la edificación de estas, las cuales consideran sus tradiciones constructivas y el empleo de materiales locales. En ese sentido, construir una República con acceso a la vivienda implica la inclusión de modelos constructivos con pertinencia cultural, que respeten la forma de vida y el bienestar de las comunidades.
En el ámbito económico y laboral, el campo mexicano, particularmente en las regiones indígenas enfrenta una situación de abandono histórico, derivado del patrón migratorio de la población indígena hacia las zonas urbanas, a causa de las políticas de desarrollo neoliberales implementadas durante la segunda mitad del siglo XX e incluso, en la actualidad, motivadas por los efectos del cambio climático, agudizando la situación de abandono y marginación.
La falta de apoyos para el desarrollo productivo ha propiciado el aumento y prolongación de tiempos muertos' en el ciclo agrícola, obligando a las personas indígenas y afromexicanas a migrar temporalmente (3-6 meses) a centros económicos y fuentes de empleo urbanos en otras entidades federativas o el extranjero, donde enfrentan condiciones laborales adversas: jornadas extensas, sin seguridad social y con prácticas discriminatorias.
A pesar de estas condiciones, muchas comunidades mantienen una vocación productiva en el sector primario, destinando sus tierras a la siembra y cosecha de productos fundamentales de la dieta mexicana como el maíz, frijol, calabaza, café, cacao, pimienta, miel y vainilla, entre otros. Estas actividades se desarrollan bajo esquemas de gobernanza de propiedad social o comunal, como lo es el ejido o la comunidad agraria (núcleos agrarios), que privilegian sistemas tradicionales de cultivo, como la milpa, orientados al autoconsumo, la subsistencia local y la comercialización en mercados regionales.
La profunda asimetría entre los patrones de desarrollo de los núcleos agrarios y los centros urbanos impacta directamente en los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, quienes juegan un papel fundamental en la conservación de prácticas agrícolas sustentables, dada su relación especial con la tierra, el territorio y los recursos naturales. El RAN reportó que, en 2023(16), el 50.8% de la superficie nacional estaba ocupada por núcleos agrarios, conformados por 29,813 ejidos y 2,416 comunidades agrarias; asimismo, con base en la información del CNPCIA se identificó que el 58.8% de las comunidades indígenas y afromexicanas se encuentran asentadas o conforman, a su vez, núcleos agrarios:
Tipo de Núcleo
Agrario
Comunidades
Indígenas
Porcentaje de
comunidades indígenas y
afromexicanas
Comunidad Agraria
2,993
18.6%
Ejido
6,482
40.2%
Total
9,475
58.8%
Fuente: Elaboración propia con base en el CNPCIA. Sistema Nacional de Información y Estadística sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. 2025
 
Cabe destacar que, para el 2019, casi una cuarta parte de las personas productoras agropecuarias eran hablantes de una lengua indígena. Por tanto, cualquier modelo de desarrollo agroproductivo debe reconocer, incorporar y coordinar las voces y los intereses de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Aunado a lo anterior, persisten brechas significativas en segmentos específicos de la población, como las mujeres y juventudes indígenas y afromexicanas, así como las diversas carencias en materia de infraestructura y recursos económicos insuficientes, agravan las condiciones de pobreza y limitan la capacidad de agencia de las comunidades para definir su desarrollo y bienestar. En ese sentido, la ENUT 2019(17) refiere que, en promedio, la población hablante de lengua indígena trabaja 3.1 horas más, con relación a la población no hablante; sin embargo, esto no se refleja en mejores ingresos.
Lo anterior, se confirma en los datos del INEGI, donde el 60.5% de la población de 12 años y más, hablante de lengua indígena declaró ser económicamente activa en 2020, centrándose en un 79.2% en los hombres; no obstante, con base en la MMP 2024, el 62.9% de la población indígena no obtenía un ingreso superior a la línea de pobreza, que incluye el valor de la canasta alimentaria y no alimentaria.
Además, la ENIGH 2024(18) reportó que el ingreso promedio trimestral de las personas que se autoadscriben como indígenas o que hablan una lengua indígena fue de 22,318 pesos. Aunque esta cifra representa un aumento del 29.74% respecto a 2016, la brecha persiste: por cada 100 pesos que percibe una persona indígena, una persona no indígena recibe 146.2 pesos.
De manera similar, indica que las mujeres indígenas reciben poco más de la mitad del ingreso que perciben los hombres, ubicándose en los deciles más bajos. El ingreso por trabajo en las zonas rurales sólo representa una cifra apenas superior al 50% comparado con el ingreso en zonas urbanas, por lo que la población rural, principalmente aquella indígena o hablante de alguna lengua, se encuentra en una situación de mayor vulnerabilidad.

Fuente: Elaboración propia, con base en ENIGH 2024, INEGI.
Estos resultados reflejan la existencia de graves asimetrías en materia de tecnificación, capacitación y oportunidades laborales, culturalmente adecuadas, para las Comunidades Indígenas y Afromexicanas, limitando su capacidad de agencia para su desarrollo económico y ejercer de manera efectiva su autonomía.
En particular, se observa que las mujeres indígenas requieren atención en la materia para fomentar y fortalecer su participación en los sectores productivos comunitarios y regionales mediante el empleo de nuevas tecnologías.
Es importante señalar que las actividades económicas en Comunidades Indígenas y Afromexicanas también son acompañadas por la recolección de leña, así como la cría de animales domésticos de carácter extensivo, la pesca y la manufactura de productos artesanales (elaborados a base de textiles, madera, metales, papel, palma, pieles animales, entre otros), siendo esta última, una importante fuente de ingresos, la cual en la mayoría de los casos es liderada por mujeres, como productoras y transmisoras del conocimiento, lo que les ha permitido preservar su identidad y valores.
A pesar de ello, continúan enfrentando problemas como la apertura de canales de venta y distribución, discriminación, precios por debajo del costo de producción y, en tiempos recientes, el plagio de sus diseños por diversas industrias no tradicionales.
Finalmente, las Comunidades Indígenas y Afromexicanas también enfrentan problemas para el acceso y uso de servicios financieros formales, principalmente créditos orientados a la producción agrícola, pesquera y/o ganadera; lo anterior, debido a que en su mayoría están destinados a empresas con cierto grado de consolidación; asimismo, que la propiedad social, que rige la mayoría de los territorios rurales de comunidades indígenas y afromexicanas, dificulta cubrir los costos de garantías, pólizas o demás requisitos para su acceso; por otro lado, enfrentan desafíos como la falta de información en lenguas indígenas, la escasez o ausencia de apoyo para la atención de sus trámites y el trato discriminatorio.
La justicia social consiste, en esencia, en darle más al que menos tiene(19). El Gobierno de México tiene como tarea imprescindible ocupar los recursos materiales y humanos a su alcance para mejorar los servicios de salud a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, de abonar en políticas que generen una alimentación sana y nutritiva para niñas, niños, mujeres y hombres indígenas y afromexicanos; de respetar la autonomía de sus formas de organización y asociación espacial garantizando el ejercicio del derecho a una vivienda digna, con abasto de servicios básicos en sus comunidades.
Además, las políticas y programas dirigidos al campo tendrán que concentrar sus esfuerzos en apoyar a las y los productores indígenas y afromexicanos de los núcleos agrarios; promover el pago de la producción a precios justos que les permita percibir ingresos dignos, y dar acompañamiento técnico y capacitación en materia de tecnificación de sus tierras con pertinencia cultural para un mejor aprovechamiento. Asimismo, el apoyo a la producción de mujeres artesanas se hace prioritario, como un mecanismo de generación de ingresos propios para las mujeres de este sector de la población, lo que les permitirá encontrarse en mayores condiciones de igualdad.
Para dar atención a lo anteriormente planteado se fijó como cuarto objetivo: Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria.
Planes de Justicia y Desarrollo Regional
En México persiste una deuda histórica con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, derivada de siglos de marginación, despojo territorial, exclusión estructural y ausencia de reconocimiento pleno como sujetos colectivos de derecho. Aunque su cultura, lenguas y patrimonios históricamente han sido exaltados en el discurso oficial como parte esencial de la identidad nacional, esta valoración simbólica no ha estado acompañada de políticas públicas que garanticen el ejercicio efectivo de sus derechos, especialmente los relacionados con la libre determinación, la autonomía, el territorio y el desarrollo desde su propia cosmovisión.
Durante décadas, los modelos de desarrollo impuestos desde el Estado han ignorado las formas propias de organización, producción, uso del territorio y sistemas normativos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos. Esta falta de reconocimiento estructural propició un profundo rezago social, económico, político y ambiental en las regiones con mayor presencia indígena y afromexicana del país, a pesar de su riqueza cultural, ecológica y estratégica de sus territorios.
En respuesta a esta situación, el Gobierno de México ha iniciado un proceso inédito de reparación histórica mediante la implementación de Planes de Justicia y Desarrollo Regional, concebidos como instrumento de política pública orientados a restituir derechos, saldar agravios históricos y garantizar el ejercicio pleno de la autonomía de los pueblos. Estos planes se construyen a partir de un diálogo horizontal, sostenido y corresponsable entre el Estado y las autoridades indígenas y afromexicanas, y buscan asegurar la participación plena y efectiva de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en la definición de prioridades, obras y acciones para su bienestar y desarrollo integral, intercultural y sostenible.
El primer ejercicio de esta magnitud fue el Plan de Justicia del Pueblo Yaqui, presentado el 28 de septiembre de 2021 en Vícam Pueblo, Sonora, como parte de un compromiso presidencial por la restitución de tierras, el acceso al agua, el fortalecimiento cultural y la atención a las demandas históricas del Pueblo Yaqui.
Para consolidar este proceso, la Presidenta de México, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, firmó el Decreto de creación de la Comisión Presidencial de Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, publicado en el DOF el 17 de enero de 2025. Esta Comisión, instalada formalmente el 29 de enero de 2025, tiene el mandato de coordinar y dar seguimiento a la construcción participativa e implementación efectiva de los planes, garantizando la articulación interinstitucional y la asignación de recursos.
Al mes de diciembre de 2024, se cuenta con 17 Planes de Justicia y Desarrollo Regional en distintas etapas de construcción e implementación, distribuidos en 12 entidades federativas y enfocados en 26 Pueblos Indígenas.
Los Planes de Justicia y Desarrollo Regional abordan demandas históricas relacionadas con la tenencia y restitución de tierras, acceso al agua, preservación del patrimonio cultural, mejora de servicios básicos, educación intercultural, infraestructura comunitaria, el fortalecimiento de sistemas normativos propios y el desarrollo económico desde la perspectiva, necesidades y aspiraciones de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
Sin embargo, el proceso aún enfrenta importantes desafíos estructurales e institucionales. Entre ellos destacan:
·   La necesidad de institucionalizar mecanismos permanentes de participación de las autoridades indígenas y afromexicanas en la toma de decisiones gubernamentales;
·   Integración efectiva de estos Planes en la planeación nacional, estatal y municipal;
·   Armonización normativa que permita el reconocimiento pleno de los Pueblos como sujetos de derecho público;
·   Asignación oportuna y suficiente de recursos presupuestales, con enfoque territorial y de justicia distributiva, y
·   Consolidación de capacidades institucionales para el acompañamiento técnico, jurídico y administrativo de estos procesos.
En suma, los Planes de Justicia y Desarrollo Regional representan una vía fundamental para avanzar hacia un nuevo pacto social con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, basado en el respeto a su libre determinación, en la reparación integral de los agravios históricos y en la construcción de un desarrollo propio, intercultural, sostenible y con justicia.
En la presente administración, se proyecta contar con Planes de Justicia y Desarrollo Regional que prioricen la cobertura de las regiones donde están establecidos los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, como instrumentos fundamentales para atender de manera puntual y con pertinencia cultural los agravios históricos cometidos por el Estado Mexicano.
En el marco del Segundo Piso de la Cuarta Transformación, el pasado 7 de abril de 2025, en Cherán Atzicuirín, Municipio de Paracho, Michoacán, se puso en marcha el Plan de Justicia del Pueblo P'urhépecha. Este Plan contempla acciones prioritarias en materia de educación, salud, vivienda, desarrollo del campo, revitalización de la lengua indígena, seguridad comunitaria y acceso al agua potable. Su diseño y contenido son resultado de un proceso de toma de decisiones colectivas, que reconoce el derecho de los pueblos a definir su propio modelo de desarrollo, desde su cosmovisión, valores y prioridades territoriales.
Este tipo de experiencias marcan una ruta hacia la consolidación de una política pública transformadora, intercultural y con enfoque de justicia, que contribuya a cerrar las brechas históricas y estructurales que han limitado el ejercicio pleno de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en México.
Por ello como quinto objetivo se plantea: Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal.
Políticas públicas con pertinencia cultural
Durante décadas, las políticas públicas en México estuvieron marcadas por un enfoque neoliberal que subordinó la acción del Estado a la lógica del mercado. Bajo esta visión, el uso del presupuesto público se centró en "crear oportunidades" para sectores estratégicos del crecimiento económico, sin asumir el principio fundamental de garantizar los derechos de toda la población, y sin priorizar a los grupos históricamente excluidos y discriminados, como los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
En ese contexto, la acción gubernamental y la asignación presupuestaria federal no reconocían ni atendían a estos pueblos como sujetos colectivos de derecho público con demandas específicas derivadas de su historia, identidad, formas de vida y condiciones estructurales de desigualdad. Esta omisión fue acompañada por prácticas de estigmatización y discriminación estructural, que profundizaron su marginación y negaron su papel como actores fundamentales del desarrollo nacional.
Con el inicio de la Cuarta Transformación, y en especial a partir del mandato popular de 2018, se planteó un cambio sustantivo en la concepción del desarrollo y de la política pública. El PND 2019-2024 reconoció que el crecimiento económico sin inclusión social no es progreso, y colocó en el centro de la acción del Estado a quienes históricamente habían sido excluidos. A partir del principio de que "no puede haber gobierno rico con pueblo pobre", se orientó el gasto público a la atención prioritaria de los más pobres, entre ellos los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
El PND 2025-2030 reafirma la necesidad de consolidar un modelo de desarrollo con prosperidad compartida, en el que la vida pública sea más pública y el Estado actúe con justicia y equidad. En este marco, se han impulsado cambios normativos e institucionales para garantizar el ejercicio directo del presupuesto por parte de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, fortaleciendo su participación y autonomía.
Uno de los avances relevantes para el 2025 es el Anexo Transversal 10 Erogaciones para el Desarrollo Integral, Intercultural y Sostenible de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas del PEF para el Ejercicio Fiscal 2025, el cual tuvo cambios normativos importantes para el ejercicio directo del presupuesto público, por parte de las Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Este Anexo Transversal 10 tiene como propósito articular acciones gubernamentales para la garantía de derechos colectivos, el desarrollo integral con identidad y la reducción de desigualdades históricas; se integra por 55 programas federales a cargo de 42 dependencias y entidades de la APF y cuenta con un presupuesto global de 221 mil millones de pesos, lo que representa un incremento del 44.1% respecto a 2024 y 173.4% comparado con el 2018, cuando se ubicaba en 80 mil 844 millones de pesos.
Destaca también la creación del FAISPIAM, con una asignación de 12 mil 374 millones de pesos, dirigido inicialmente a 12,821 comunidades pertenecientes a 68 Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en 26 entidades federativas. Este Fondo busca contribuir a reducir los rezagos en infraestructura social básica que beneficien directamente a la población en materia de agua potable, alcantarillado, drenaje, electrificación rural, caminos, salud, educación, mejoramiento de vivienda, entre otros; bajo criterios de priorización y con enfoque territorial, de justicia y pertinencia cultural.
No obstante, estos avances presentan retos significativos para el actuar institucional del Estado Mexicano. Entre ellos destacan:
·   La elaboración e implementación de criterios para asegurar la pertinencia cultural y el enfoque de derechos colectivos en los programas presupuestarios del Anexo Transversal 10;
·   Capacitación y sensibilización del personal de dependencias y entidades de la APF sobre los contenidos sustantivos de la Reforma Constitucional al Artículo 2o.;
·   Institucionalización de mecanismos de participación plena y efectiva de las autoridades comunitarias en el diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas, y
·   El fortalecimiento de capacidades para el acompañamiento técnico, la gestión participativa y transparente de recursos, y la implementación del FAISPIAM, coordinada por BIENESTAR en estrecha coordinación con el INPI y las Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
En todos estos esfuerzos, debe garantizarse la pertinencia cultural, entendida como la adecuación y coherencia de los bienes, servicios, proyectos, programas y políticas públicas con las lenguas, cosmovisiones, sistemas normativos, prácticas comunitarias y concepciones propias de desarrollo y bienestar de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como con sus contextos geográficos, ambientales, económicos y sociales.
Consolidar esta nueva arquitectura de política pública con enfoque de derechos y pertinencia cultural es esencial para revertir los rezagos históricos, fortalecer la autonomía y avanzar hacia una sociedad verdaderamente plural, incluyente y justa, por ello como último objetivo se plantea: Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias.
Visión de largo plazo
En el marco de la Cuarta Transformación de la vida pública de México, el Gobierno ha reconocido y promovido a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio. Este reconocimiento, plasmado en la Reforma al artículo 2o. Constitucional, representa un avance significativo hacia un Estado más inclusivo y equitativo, con prosperidad compartida.
La nueva relación entre el Estado Mexicano y los Pueblos Indígenas y Afromexicanos se basa en el respeto a sus derechos culturales, territoriales y políticos, fortaleciendo el marco legal, que garantiza su participación en la vida pública, y cerrando la brecha entre el reconocimiento formal y la implementación efectiva de sus derechos.
En ese sentido, resulta crucial implementar políticas y programas públicos que respalden estos derechos y aseguren la representación y participación plena de los Pueblos Indígenas y del Pueblo Afromexicano en todas las fases del ciclo de las políticas públicas, desde su diseño hasta su evaluación, garantizando su carácter permanente y vinculante en los procesos de toma de decisiones.
Las problemáticas que enfrentan implican que el camino hacia la plena implementación de sus derechos es continuo y requieren una atención sostenida, de largo plazo; en ese sentido, la construcción de mecanismos de participación, la consolidación de procesos consultivos y la ejecución efectiva de los proyectos y políticas son pasos cruciales para asegurar que el compromiso del Estado no sólo se traduzca en acciones simbólicas o discursivas, sino en cambios profundos y duraderos en la vida de los Pueblos y Comunidades.
El éxito de estas iniciativas estará sujeto a la capacidad del Gobierno de México, pero, sobre todo, a evaluación y consulta de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos. Particularmente, el INPI tiene el propósito de mantener un diálogo constante y respetuoso, adaptándose a las realidades locales y asegurando que los derechos y las aspiraciones de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas sean y continúen siendo una parte integral de la Agenda del Gobierno de la Cuarta Transformación de México, donde el ejercicio del poder sólo tiene sentido y se convierte en virtud cuando se pone al servicio de los demás.
Los Planes de Justicia y Desarrollo Regional, enmarcados en el principio del Humanismo Mexicano que establece que la paz y la tranquilidad social son fruto de la justicia, se han consolidado como instrumentos clave para mejorar las condiciones de vida, reparar agravios históricos y fortalecer la justicia social con pertinencia cultural.
Basados en metodologías participativas, involucran a las comunidades en todas sus fases -diagnóstico, formulación de soluciones e implementación-, garantizando un enfoque inclusivo y respetuoso de la libre determinación y autonomía de los pueblos, con proyección para los próximos años.
La inversión en proyectos comunitarios, como la construcción de caminos artesanales y el desarrollo de iniciativas productivas, para la implementación de derechos, así como la protección y fomento del patrimonio cultural, reflejan el compromiso por mejorar la conectividad y promover un desarrollo integral, intercultural y sostenible. Estos proyectos también facilitan el acceso a bienes y servicios, al tiempo que fortalecen la identidad cultural y la cohesión social en los ámbitos comunitarios y regionales.
Se tiene proyectado que las acciones de gobierno dirigidas a garantizar los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas se realicen bajo mecanismos de administración y ejecución directa de los recursos públicos, sin la intermediación de agentes ajenos a su voluntad colectiva, con ello se consolidará en los próximos años un ejercicio transparente, corresponsable y alineado con la libre determinación, garantizando que el presupuesto se traduzca en beneficios reales para el desarrollo integral, intercultural y sostenible.
También, los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas habrán consolidado su carácter de sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, ejerciendo su libre determinación mediante el autogobierno, sus sistemas normativos e instituciones propias. El marco jurídico nacional estará armonizado con los estándares internacionales de derechos colectivos, respetando plenamente su identidad, lenguas, formas de organización y recursos colectivos, lo que permitirá una presencia sustantiva de representantes indígenas y afromexicanos en todos los niveles de gobierno y espacios de toma de decisiones; por su parte, las mujeres, juventudes y personas mayores indígenas y afromexicanas ejercerán sus derechos en condiciones de igualdad, y se habrán eliminado muchas de las barreras históricas de exclusión política.
La cultura del Pueblo Afromexicano y las lenguas indígenas, principalmente aquellas en peligro de extinción estarán revitalizadas, transversalizadas en el sistema educativo, y protegidas mediante políticas públicas, medios de comunicación propios y mecanismos de salvaguarda de la propiedad intelectual colectiva. La medicina tradicional, los saberes ancestrales y las expresiones culturales gozarán de reconocimiento institucional y social.
Las Comunidades Indígenas y Afromexicanas tendrán acceso equitativo a servicios de salud, educación, infraestructura y tecnología. Se habrán consolidado modelos económicos propios, sostenibles y comunitarios, que promueven la soberanía alimentaria y comercio justo.
El Estado Mexicano habrá transitado a una configuración pluricultural, multiétnica y plurilingüe, donde las instituciones públicas operen con enfoque de derechos y mecanismos permanentes de consulta y participación de los Pueblos. En este nuevo pacto social, el poder público adquiere sentido al estar al servicio de la dignidad de todas las personas y comunidades.
Así, con justicia, igualdad y participación, se habrá cimentado una Nación donde los Pueblos Indígenas y Afromexicanos no sólo son reconocidos, sino también escuchados, respetados y protagonistas del presente y futuro de México.
6. Objetivos
El Programa Institucional constituye la hoja de ruta estratégica mediante la cual el INPI orientará sus acciones para garantizar el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en concordancia con la Reforma al artículo 2o. de la Constitución Federal que les reconoce como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
A partir de este marco, a través de la definición de seis objetivos se construye una política pública integral que contempla de manera prioritaria, la consolidación de un marco jurídico integral de reconocimiento de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para ello, se impulsará la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como la armonización legislativa y administrativa en el ámbito federal y estatal, al tiempo que se fortalece su libre determinación, autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, así como la protección de sus tierras, territorios y recursos naturales.
También se establece un objetivo para impulsar la preservación, protección y desarrollo del patrimonio cultural de los pueblos, incluyendo sus conocimientos, expresiones culturales tradicionales y propiedad intelectual colectiva. Asimismo, se orienta a fomentar un desarrollo integral, intercultural y sostenible que fortalezca sus economías, preserve sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y mejore el acceso a servicios básicos, infraestructura comunitaria y comunicación terrestre.
Esto se complementa con la implementación de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional construidos mediante el diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y con los diferentes niveles de gobierno, así como con la promoción de políticas, programas y recursos que fortalezcan directamente su desarrollo integral.
Es importante resaltar que este Programa Institucional es resultado de un amplio y democrático proceso de consulta con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, realizado durante la construcción del PND 2025-2030, el cual contempló 57 foros en las 32 entidades federativas y contó con la participación de más de 50 mil personas. Entre ellos, sobresale el Foro Nacional de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, celebrado el 19 de enero de 2025 en Morelia, Michoacán, con la asistencia de 4 mil representantes y autoridades tradicionales.
De este proceso emanaron no sólo las propuestas que dieron origen al Eje Transversal 3 del PND 2025-2030, sino también los principios, enfoques y prioridades que orientan las estrategias y líneas de acción del Programa Institucional. En particular, se incorpora una perspectiva transversal de igualdad de género y pertinencia intercultural, acorde con los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Asimismo, el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas, en su carácter de órgano colegiado de representación y consulta, tuvo una participación destacada. Con este fin, se presentó el proyecto del Programa Institucional en la sesión de trabajo del 26 de julio de 2025, para su análisis y retroalimentación. Finalmente, en la Primera Sesión Ordinaria del 8 de agosto de 2025, fue aprobado por el pleno.
En conjunto, este Programa Institucional representa un paso decisivo en la transformación del Estado Mexicano, al reconocer plenamente su composición pluricultural y multiétnica. Se erige como una apuesta por consolidar una política pública construida desde el diálogo permanente, la participación directa y el protagonismo de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, quienes con su voz, su historia y su visión marcaran el rumbo del futuro de México.
Objetivos del Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030
1. Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
2. Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano.
3. Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva.
4. Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria.
5. Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal.
6. Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias.
 
6.1 Relevancia del objetivo 1: Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
Derivado de la Reforma al artículo 2o. de la CPEUM, se reconoció un catálogo diverso de derechos y, correlativamente, se establecieron obligaciones para hacerlos efectivos. Específicamente en sus artículos transitorios tercero, cuarto y quinto, se estableció el deber de expedir una Ley General en materia de derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como armonizar las disposiciones administrativas aplicables y la legislación secundaria cuyo eje central sea el reconocimiento de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad plena para ejercer su libre determinación y autonomía.
Por ello, el Congreso de la Unión y los congresos locales deberán de iniciar procesos análisis a fin de adecuar el marco normativo que permita el ejercicio pleno de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, así también generar los mecanismos de coordinación culturalmente pertinentes entre los Pueblos y Comunidades y las instituciones de la APF.
Del mismo modo, las dependencias y entidades de la APF, en el ámbito de sus respectivas competencias, atribuciones y funciones, deben asumir la responsabilidad de adecuar su marco normativo interno, lo que incluye, la modificación de reglamentos, lineamientos, acuerdos, criterios, metodologías, manuales, protocolos o reglas de operación de los bienes o servicios que se encuentren a su cargo, y cualquier otro de naturaleza análoga a las anteriores ya mencionadas, para que en estas disposiciones jurídicas se reconozcan a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público. Actualmente, el INPI ha identificado de manera preliminar 51 leyes de carácter federal y general que deben ser reformadas conforme los preceptos establecidos en el artículo 2o. de la CPEUM y en los instrumentos internacionales de los cuales el Estado mexicano es parte.
En este sentido, conforme a sus atribuciones, el INPI puede brindar apoyo para llevar a cabo el proceso de armonización, así como proporcionar apoyo técnico en los procesos de consulta libre, previa e informada, que se requieran, buscando garantizar la participación sustantiva de mujeres, jóvenes, migrantes, personas mayores y con discapacidad de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
En síntesis, para continuar con la transformación de la relación entre el Estado y los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, es necesario avanzar con el proceso de armonización normativa, con el objetivo de que se reconozcan y ejerzan plenamente sus derechos, generando espacios adecuados para su participación como sujetos de derecho público. De esta forma, México podrá transitar hacia un país más justo, plural, incluyente y respetuoso de su riqueza originaria, con humanismo y bienestar. De lo contrario, la Reforma al artículo 2o. Constitucional podría quedar sin aplicación efectiva, comprometiendo el ejercicio y garantía de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos.
6.2 Relevancia del objetivo 2: Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano.
Resulta fundamental señalar que, aunado al reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, el Estado mexicano asume el compromiso de implementar acciones para hacer efectivos los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
En ese orden de ideas, para garantizar el derecho a la libre determinación y. autonomía, sistemas normativos, jurisdicción indígena, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas, así como de sus integrantes, reconocidos en la Constitución Federal y en instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT, la DNUDPI y la DADIN, el INPI apoyará aquellos procesos autonómicos que resignifiquen y respalden las decisiones de las comunidades en torno a sus formas de gobierno, autoridades tradicionales, sistemas de cargos, asambleas comunitarias y demás formas propias de organización.
A través del CNPCIA, se ha documentado que el 54.1% de las Comunidades registradas cuentan con autoridades tradicionales o religiosas; 97.5% civiles y 56.6% agrarias las cuales conforman un sistema complejo que determina la vida comunitaria.
Estas estructuras políticas y sociales, no sólo son reflejo del paradigma democrático en el que se encuentra el país desde hace más de 3 décadas, sino de una realidad que necesita reconocerse, respetarse e impulsarse mediante acciones públicas y mecanismos de coordinación entre las instituciones indígenas y las autoridades del Estado.
Por otro lado, el reconocimiento que, desde el INPI, se da a los sistemas normativos indígenas y su jurisdicción es una pieza clave fundamental para la consolidación del pluralismo jurídico. La diversidad normativa de México debe reflejarse no solo en el marco jurídico, sino en la procuración y administración de justicia en sus distintos niveles.
De esta forma, es esencial garantizar que los Pueblos y Comunidades Indígenas, así como las personas indígenas y afromexicanas puedan acceder a la jurisdicción del Estado en condiciones de igualdad, sin discriminación y con pertinencia cultural; en este punto se requiere del fortalecimiento de las acciones en la materia. Por ejemplo, el PANITLI del INALI, instrumento para satisfacer la demanda institucional y social de los servicios de interpretación y traducción en lenguas indígenas, registra una cobertura de sólo el 42.03% en 28 entidades federativas; lo anterior, requiere de la ejecución de acciones en materia de formación y certificación de personas traductoras e intérpretes en lenguas indígenas, el fortalecimiento de defensorías indígenas, y la inclusión de personas peritas que comprendan los contextos políticos, sociales y normativos de estas colectividades. Lo anterior, debido a que actualmente sin estos mecanismos, el acceso a la justicia se convierte en una barrera y no en una garantía.
A su vez, el pluralismo jurídico también es una vía efectiva para combatir la impunidad y fortalecer la cohesión comunitaria. Se ha documentado que las comunidades que cuentan con mecanismos propios para resolver conflictos suelen lograr mayor legitimidad social y mejores condiciones de paz local, debido a su alta eficacia resolutiva o conciliadora, debido a que se promueven desde el consenso comunitario. El diálogo entre la jurisdicción estatal y la indígena puede derivar en sinergias innovadoras, como tribunales interculturales, acuerdos de coordinación o criterios jurisprudenciales que reconozcan el valor legal de las decisiones comunitarias.
A su vez, el fortalecimiento de la autonomía y del sistema de justicia indígena contribuye a la reconstrucción del tejido social, especialmente en regiones afectadas por la violencia, el desplazamiento forzado o el extractivismo. Las comunidades autónomas, con control sobre su territorio, gobierno y seguridad, han demostrado capacidad para resistir la entrada de actores criminales y preservar sus formas de vida frente a las amenazas externas. La autonomía, en este contexto, no es sólo un derecho político, sino una herramienta de protección colectiva.
Es indispensable promover la participación plena y efectiva de las mujeres indígenas y afromexicanas en los procesos de fortalecimiento de la autonomía y el pluralismo jurídico. Sus voces y liderazgos han sido históricamente invisibilizados dentro y fuera de sus comunidades.
Por lo que, promover su participación plena y efectiva en las asambleas, en los órganos de justicia comunitaria y en la formación de traductoras, peritas y defensoras son acciones concretas de avanzar hacia una justicia con perspectiva de género, intercultural e igualdad sustantiva, respondiendo no sólo a un acto de justicia sino atendiendo a lo dispuesto en el Documento Final de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas de la ONU, celebrada en 2014, en la que se recomendó el empoderamiento y desarrollo de la capacidad de los jóvenes indígenas, incluida su participación plena y efectiva en los procesos de adopción de decisiones, así como de las mujeres indígenas, en todos los niveles y ámbitos, y eliminar los obstáculos a su participación en la vida política, económica, social y cultural.
Finalmente, para garantizar la participación plena y efectiva de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el diseño e implementación de políticas públicas, así como en las decisiones que les causen una afectación o un impacto significativo, es necesario prever y accionar medidas que garanticen dicho derecho constitucional, tal como la consulta libre, previa e informada, y acciones afirmativas para que los Pueblos y Comunidades puedan ocupar espacios de representación política. Solo de esta forma se reivindicará a dichos sujetos de derecho como parte fundamental del Estado republicano, federal y democrático.
En consecuencia, fortalecer la libre determinación, la autonomía, los sistemas normativos, la jurisdicción indígena, así como la participación y representación de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas es indispensable para avanzar en la justicia histórica, la equidad social y la gobernabilidad democrática del país. El Gobierno de México, a través del INPI, continuará promoviendo la coordinación, respeto y reconocimiento mutuo, que promueva la diversidad como una base legítima para el ejercicio pleno de derechos, la convivencia armónica y el desarrollo con identidad comunitaria y pertinencia cultural.
6.3 Relevancia del objetivo 3: Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva.
La protección del patrimonio cultural, material e inmaterial, la medicina tradicional, la comunicación intercultural y la educación indígena son fundamentales para garantizar el respeto y la continuidad de las identidades colectivas de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Estas dimensiones no son sólo expresiones culturales o servicios para la población indígena y afromexicana, sino pilares esenciales de su cosmovisión, organización comunitaria y formas propias de entender y relacionarse con el mundo. Su resguardo y transmisión implica el reconocimiento del derecho a existir con dignidad y autodeterminación.
El patrimonio cultural, en su conjunto, expresa la historia, los saberes, las lenguas, las ceremonias, la música, la danza, la vestimenta, la gastronomía y los conocimientos tradicionales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
Preservarlo y salvaguardarlo no sólo honra la diversidad cultural del país, sino que fortalece los procesos de resistencia y reconstitución identitaria frente a siglos de exclusión, discriminación y despojo; además, es una fuente de riqueza simbólica, biológica, espiritual y económica que debe protegerse de la apropiación indebida, así como también para generar las condiciones que establezcan la distribución justa y equitativa de beneficios de estos.
La medicina tradicional indígena, basada en el conocimiento profundo del entorno natural y en una concepción integral del cuerpo y el espíritu, ha sido históricamente marginada por los sistemas oficiales de salud. Sin embargo, representa una alternativa eficaz, accesible y culturalmente pertinente para millones de personas indígenas y afromexicanas que presentan dificultades para acceder al servicio básico de salud pública.
Su reconocimiento e incorporación a los sistemas de salud pública con enfoque intercultural no sólo mejora la cobertura y calidad de la atención, sino que legitima el saber de las personas parteras, curanderos y médicas tradicionales como parte de su patrimonio cultural, además de que rompe el ciclo de invisibilización y subestimación estadística que refiere que sólo el 5.1% de los nacimientos registrados en México fueron atendidos por enfermeras o parteras en 2021.
La comunicación indígena, en sus formas escritas, orales, radiofónicas, audiovisuales y digitales, es un instrumento estratégico de autonomía y fortalecimiento comunitario. A través de ella, los Pueblos y Comunidades narran sus historias, denuncian injusticias, promueven sus derechos y revitalizan sus lenguas. Protegerla implica garantizar el acceso a frecuencias, infraestructura, financiamiento y capacitación para que los medios indígenas preserven su carácter autónomo y de sostenibilidad. En este punto cobra vital relevancia el SRCI con sus 23 emisoras, así como el proyecto de emisión radiofónica vía internet Ecos Indígenas. La Voz de la Diversidad.
Por su parte, la educación intercultural indígena constituye una herramienta clave para el ejercicio del derecho a una educación que respete y valore la lengua, historia, cosmovisión y formas propias de aprender de cada Pueblo y Comunidad Indígena y Afromexicana en el país. Por lo tanto, no se debe restringir a la enseñanza en dos idiomas, sino de construir un modelo educativo intercultural comprensivo que dialogue con las comunidades, que promueva el pensamiento crítico y que contribuya a la revalorización de las culturas indígenas dentro y fuera del aula.
Del mismo modo, es necesario forjar liderazgos en las niñas, niños y jóvenes indígenas desde el ámbito de la educación y sus espacios comunitarios, por lo que es necesario llevar a cabo acciones que promueva su participación plena y efectiva y con enfoque intergeneracional, que permitan cerrar la brecha que actualmente existe entre la población indígena y no indígena, como lo reportó el INEGI en 2020 cuando identificó que el grado promedio de escolaridad por condición de habla es de 6.21 años de escolarización en hablantes de lengua indígena, mientras que la población no hablante presenta un nivel de escolaridad mayor de 9.98 años, siendo motivada por factores como escasa escolaridad de los padres de familia, pobreza, marginación, trabajo infantil o disponibilidad de los servicios educativos en regiones indígenas y afromexicanas, principalmente aquellos del nivel media superior y superior.
Aunado a lo anterior es necesario profundizar y fortalecer el reconocimiento y la protección de la propiedad intelectual, individual y colectiva, de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. En un mundo cada vez más dinámico, en el que los medios de comunicación y la comercialización de productos a nivel global y en el que las empresas trasnacionales tienen una influencia y un dominio sobre la venta de marcas y diseños; y teniendo en cuenta los múltiples casos de plagio y apropiación indebida, es necesario proteger la propiedad intelectual asociada a las expresiones culturales tradicionales y los conocimientos tradicionales de tales Pueblos y Comunidades. Cualquier acuerdo comercial debe tener en cuenta el consentimiento libre, previo e informado, así como el acceso a beneficios justos y equitativos, para lo cual el Estado mexicano en su conjunto debe acompañar y asesorar a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, cuando éstas así lo determinen.
En conjunto, estas dimensiones representan la base para una vida plena con identidad, dignidad y derechos. Protegerlas no sólo beneficia a los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, sino que fortalece el tejido social y cultural del país, enriquece la democracia y contribuye a un desarrollo verdaderamente inclusivo y sostenible. Es una deuda histórica, pero también una apuesta ética y política por un México plural, justo y respetuoso de su diversidad étnica.
6.4 Relevancia del objetivo 4: Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria.
Bajo el principio de "Por el bien de todos, primero los pobres", el INPI plantea la instrumentación de acciones para impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que coadyuven al bienestar social, cultural, ambiental y económico como sujetos de derecho público, siempre bajo una relación de respeto a su identidad, formas de vida y cosmovisión.
Lo anterior, significa establecer compromisos ante las más de 16 mil Comunidades Indígenas y Afromexicanas pertenecientes a los 70 Pueblos Indígenas y el Afromexicano, mismas que se encuentran en 28 entidades federativas, bajo condiciones contextuales sumamente diferencias entre sí, que obligan a establecer estrategias y acciones públicas desde el ámbito comunitario, con la intervención de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para garantizar su éxito.
Reducir la pobreza entre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas no es sólo un imperativo ético y social, sino una condición necesaria para garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos colectivos y su plena inclusión en el desarrollo nacional. Históricamente, estos Pueblos han sido marginados por políticas públicas centralistas, modelos de desarrollo monoculturales, discriminación estructural y despojo territorial, lo que ha generado niveles de pobreza y rezago superiores al promedio nacional. Atender esta situación no puede limitarse a intervenciones asistencialistas, sino que debe partir del reconocimiento de sus derechos y del respeto a su autonomía y libre determinación como sujetos colectivos, que permita a los 7.8 millones de personas indígenas salir de tal situación; principalmente aquellos en situación de pobreza extrema.
El cambio constitucional al artículo 2o. es fundamental, porque implica que el Estado debe pasar de una lógica de "beneficiarios (as)" a una lógica de interlocutores con derechos, lo cual redefine la forma en que se diseñan, implementan y evalúan las políticas públicas orientadas a estos Pueblos.
En este contexto, el INPI asume un rol estratégico como órgano garante, coordinador y facilitador de una política pública intercultural, incluyente y estructuralmente transformadora. Su función no se limita a ejecutar programas sociales, sino a asegurar que todas las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno actúen con coherencia al reconocimiento de los Pueblos como sujetos de derecho público, de manera transversal.
Combatir la pobreza en los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas exige superar los enfoques asistencialistas y avanzar hacia un modelo que fortalezca su autonomía económica, territorial, política y cultural, en concordancia con sus propias cosmovisiones. En este proceso, las acciones de infraestructura básica (agua potable, electrificación, drenaje y saneamiento), infraestructura comunitaria y vías de comunicación (caminos artesanales, rurales, alimentadores y puentes) son de la más alta relevancia, pues constituyen condiciones mínimas para el ejercicio pleno de derechos y la construcción de bienestar colectivo.
Estas medidas son determinantes para revertir la desigualdad estructural; actualmente, el 24.3% de la población indígena (3.1 millones de personas) enfrenta rezagos en calidad y espacio de la vivienda, y el 53.2% (6.8 millones) carece de acceso a servicios básicos en sus hogares. De igual modo, se requieren proyectos productivos y turísticos que impacten a nivel comunitario y regional, garantizar la seguridad alimentaria y la tenencia de la tierra, reconocer y proteger su propiedad intelectual colectiva, y fomentar actividades económicas propias como la agricultura tradicional, el turismo sostenible, la medicina ancestral o el comercio justo.
Reducir la pobreza entre estos Pueblos, desde este enfoque, no sólo mejorará sus condiciones materiales de vida, sino que fortalecerá sus capacidades para decidir sobre su presente y futuro. Impulsará la justicia histórica, el pluralismo jurídico, la equidad territorial y la cohesión social en México. En definitiva, es un paso indispensable para construir una República democrática, justa, honesta, libre, participativa, responsable y fraterna con los Pueblos que la conforman.
6.5 Relevancia del objetivo 5: Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal.
La construcción e implementación de los 17 Planes de Justicia y Desarrollo Regional iniciados en el sexenio pasado constituye actualmente una de las acciones más relevantes del Estado Mexicano en materia de reconocimiento y garantía de los derechos colectivos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; no sólo plantea una respuesta institucional a demandas históricas de justicia y reparación, sino también reconoce la necesidad de una nueva relación entre el Estado y dichos Pueblos y Comunidades, basada en el respeto, el diálogo horizontal y el reconocimiento de su libre determinación.
Uno de los mayores aciertos de este instrumento de política pública que, en su marco de implementación, ha promovido una inversión pública de más de 34 mil millones de pesos desde su inicio con el Plan de Justicia del Pueblo Yaqui de Sonora, es su enfoque territorial y participativo.
Al proponerse la elaboración de Planes basados en diagnósticos y prioridades definidas por las propias Comunidades, se evita la imposición de modelos de desarrollo ajenos a sus realidades culturales, sociales y ambientales. De igual forma, su metodología rompe con el asistencialismo tradicional y fortalece los principios de autonomía y autogestión, lo que permite que los Pueblos sean protagonistas de su desarrollo y no sólo receptores de programas.
De esta forma, la construcción de las 14 Repúblicas del Segundo Piso de la Cuarta Transformación se diseña, implementa y evalúa directamente con los Pueblos y Comunidades, lo cual, no sólo consolida la transición hacia un sistema político inclusivo, participativo y fraterno, ya que permite obtener con eficacia y eficiencia resultados idóneos con base en el diálogo intercultural y la pertenencia cultural en su ejecución.
El presente objetivo también reconoce la necesidad de fortalecer la acción institucional en el territorio; es decir, para que los Planes de Justicia y Desarrollo Regional sean viables, son indispensables las estructuras locales como los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas (CCPI) y las Oficinas de Representación (OR) del INPI, con capacidad operativa, personal capacitado y conectividad. La implementación efectiva de los Planes depende, en gran medida, de que estas estructuras acompañen los procesos comunitarios con profesionalismo, respeto y pertinencia cultural y conocimiento del contexto.
Asimismo, el enfoque de articulación interinstitucional, propuesto a través de la Comisión Presidencial de Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos y del trabajo coordinado con las dependencias de los tres órdenes de gobierno, es fundamental.
En ese sentido, si bien la atención integral de las necesidades de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos no puede recaer en una sola institución, el INPI, como órgano técnico de esta Comisión Presidencial, con su capacidad instalada, de coordinación, conocimiento territorial y vinculación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a través de sus autoridades civiles, tradicionales y comunitarias, también es fundamental para su cumplimiento, que cada dependencia asuma compromisos claros en función de sus competencias, evitando duplicidades, excesos burocráticos o la desarticulación de la atención.
Otro aspecto crucial es el fortalecimiento de las Comisiones de Autoridades Indígenas y Afromexicanas, nombradas en asambleas comunitarias, impulsando a la vez la participación de mujeres indígenas y afromexicanas en dichos espacios y roles. Este reconocimiento reafirma los sistemas normativos propios y brinda legitimidad a los procesos de planeación, seguimiento y ejecución de los Planes.
Además, desde el INPI se contempla el fortalecimiento de capacidades de gestión por parte de las comunidades, lo que contribuye a su empoderamiento institucional y sostenibilidad a largo plazo.
En suma, los Planes de Justicia y Desarrollo Regional representan una oportunidad histórica para reconstruir el vínculo entre el Estado y los Pueblos Indígenas y Afromexicanos sobre las bases de respeto mutuo, responsabilidad compartida y reconocimiento pleno de derechos. Su éxito dependerá de su implementación con enfoque intercultural, de género y territorial, así como del compromiso institucional permanente, un paso firme hacia la justicia social y la transformación estructural del país.
6.6 Relevancia del objetivo 6: Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias.
En el marco de los compromisos del Segundo Piso de la Transformación, particularmente el compromiso 5, "Respeto a todos los derechos y combate a la discriminación", y el 18 "Reconocimiento a derechos y justicia a pueblos indígenas", se vuelve impostergable transformar de manera estructural las formas y procedimientos mediante los cuales el Estado Mexicano construye e implementa políticas públicas dirigidas a Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Esta transformación no puede limitarse a una modificación discursiva del quehacer gubernamental, sino que debe implicar una ruptura profunda con los enfoques asistencialistas, verticales y homogéneos que han caracterizado históricamente la relación del Estado con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Durante décadas, las políticas públicas orientadas para su atención se diseñaron desde una perspectiva de gabinete, desprovista del entendimiento del territorio, las relaciones comunitarias, las dinámicas internas y la cosmovisión propia de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Esta lógica redujo a las Comunidades a simples receptoras pasivas de los programas gubernamentales, negándoles la posibilidad de participar de forma sustantiva en la toma de decisiones que afectan directamente su vida cotidiana; asimismo, el carácter clientelar de muchas de estas intervenciones favoreció la construcción de redes políticas cuya finalidad era más la conservación del poder que la transformación de las condiciones de vida de las Comunidades.
Esta exclusión estructural se acentúa aún más en el caso de los Pueblos y Comunidades Afromexicanas, históricamente invisibilizados en las estadísticas oficiales, en el diseño institucional y en los programas del Gobierno federal. Su reconocimiento constitucional en el año 2019 significó un avance fundamental, pero insuficiente si no se traduce en políticas diferenciadas con enfoque de derechos, que atiendan las condiciones específicas de discriminación, racismo y rezago que enfrentan, especialmente en regiones como la Costa Chica de Guerrero y Oaxaca, así como en Veracruz.
Frente a este panorama, el enfoque de pertinencia cultural es una herramienta indispensable para repensar las políticas públicas desde una visión intercultural y de derechos colectivos. Entendido como la incorporación de las características socioculturales, lingüísticas, organizativas y territoriales en todas las fases de la política pública (diagnóstico, diseño, implementación, seguimiento y evaluación), este enfoque representa una vía para reconstruir la legitimidad del Estado y para avanzar hacia la justicia social.
No se trata sólo de adaptar programas existentes, sino de construir en conjunto con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas el qué, cómo, cuándo y para qué de las acciones públicas, respetando su derecho a decidir sobre su desarrollo conforme a su propia cosmovisión.
Este viraje implica también reconocer y fortalecer las instituciones propias de los Pueblos, como las asambleas comunitarias, los sistemas normativos indígenas y las formas tradicionales de organización política y económica. La libre determinación y la autonomía, garantizadas en el artículo 2o. Constitucional, deben convertirse en criterios rectores de las políticas del Estado Mexicano.
Esto exige, por ejemplo, que las autoridades comunitarias tengan un papel central en la planeación del gasto público, que se garantice el derecho a la consulta libre, previa e informada en todas las intervenciones que afecten sus territorios, y que se desarrollen mecanismos efectivos de evaluación comunitaria de los programas públicos. En este punto destaca la creación del FAISPIAM, con una asignación para el año 2025 de 12 mil 374 millones de pesos, el cual establece un hito en la historia política de México para los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
En este sentido, el INPI, en cumplimiento de las atribuciones que le otorga su Ley de creación, se encuentra desempeñando un papel estratégico en la articulación, seguimiento y orientación de las políticas públicas de la APF. A través del enfoque de pertinencia cultural, se busca no sólo adecuar los programas existentes, sino construir una nueva relación entre el Estado y los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, basada en el respeto, el diálogo y el reconocimiento pleno de sus derechos colectivos.
Se debe fortalecer el papel del monitoreo público a través de instrumentos como el Anexo Transversal 10 del PEF, que deje de ser sólo una herramienta de reporte y convertirse en un soporte de transformación estructural, el cual, en 2025, se integra por 55 programas federales a cargo de 42 dependencias y entidades de la APF y cuenta con un presupuesto global de 221 mil millones de pesos, lo que representa un incremento del 173.4% comparado con el año 2018, cuando se ubicaba en 80 mil 844 millones de pesos.
Resarcir las deudas históricas con los Pueblos Indígenas y Afromexicanos no puede limitarse a la transferencia de recursos o a la inclusión simbólica en el discurso oficial. Implica desmontar un modelo de desarrollo que ha sido ajeno y, muchas veces, violento con sus territorios y formas de vida. Significa reconstruir el Estado desde abajo, desde los territorios, reconociendo la capacidad de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos para definir su propio destino. Sólo así será posible construir una democracia verdaderamente intercultural, donde la diferencia no sea un problema por gestionar, sino una fuente legítima de poder, conocimiento y dignidad.
6.7 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030
El Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030 se encuentra articulado a los objetivos y estrategias del Eje Transversal 3 del PND 2025-2030, el cual establece como prioridad la garantía plena de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, reconociéndolos como sujetos fundamentales en la transformación del país de conformidad con el Artículo 2o. Constitucional.
Asimismo, se articula con el Programa Especial de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos (PEPIA) 2025-2030, fungiendo como instrumento para la implementación de sus estrategias y líneas de acción. Esta vinculación garantiza que las políticas y programas institucionales atiendan de manera integral las demandas históricas de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, así como el reconocimiento y ejercicio pleno de sus derechos colectivos, en coherencia con el Sistema Nacional de Planeación Democrática.
Además, en sintonía con el Segundo Piso de la Cuarta Transformación, los objetivos, estrategias y líneas de acción que integran el Programa se ciñen a los principios del Humanismo Mexicano. Así como a la "República Fraterna", en el compromiso "18. Reconocimiento a los derechos y justicia a los pueblos indígenas", que sustentan un modelo de gobierno inspirado en el México profundo, riqueza cultural e historia, que busca dejar atrás un régimen de desigualdad y exclusión, para construir un Estado justo, honesto e incluyente.
Desde un enfoque de derechos, libre determinación y justicia histórica, el Programa busca consolidar a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio; fortalecer sus sistemas normativos e instituciones comunitarias, e impulsar su participación sustantiva en la toma de decisiones del Estado. De esta forma, el INPI articula su acción institucional con los lineamientos del PND 2025-2030, impulsando un modelo de desarrollo integral, intercultural y sostenible desde las propias comunidades, con pertinencia cultural, respeto al territorio y promoción de sus expresiones identitarias, en apego a los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de derechos colectivos.
Objetivos del Programa Institucional del
Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
2025-2030
Objetivos del Plan
Nacional de Desarrollo
2025 - 2030
Estrategias del Plan
Nacional de Desarrollo
2025 - 2030
1. Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
Objetivo T3.1 del Plan
Estrategias T3.1.1 y T3.1.2
del Plan
2. Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano.
Objetivo T3.4 del Plan
Objetivo T3.6 del Plan
Estrategias T3.4.1, T3.4.2,
T3.4.3, T3.4.4, T3.4.5 del
Plan
Estrategias T3.6.7 y T3.6.8
del Plan
3. Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva.
Objetivo T3.5 del Plan
Estrategias T3.5.1, T3.5.2,
T3.5.3, T3.5.4 y T3.5.5 del
Plan
4. Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria.
Objetivo T3.6 del Plan
Estrategias T3.6.1, T3.6.2,
T3.6.4, T3.6.5, T3.6.6 del
Plan
5. Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal.
Objetivo T3.2 del Plan
Estrategias T3.2.1, T3.2.2 y
T3.2.3 del Plan
6. Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias.
Objetivo T3.3 del Plan
Estrategias T3.3.1, T3.3.2 y
T3.3.3 del Plan
 
7. Estrategias y líneas de acción
Para el cumplimiento de los 6 objetivos delineados en el Programa Institucional se contempla un conjunto articulado de 28 estrategias y 151 líneas de acción, que orientan la acción institucional del INPI en los ámbitos político, jurídico, económico, social, cultural, educativo y territorial. Estas estrategias y líneas de acción están diseñadas con un enfoque transversal de derechos humanos, igualdad sustantiva y pertinencia cultural, y responden a los mandatos establecidos en la reforma constitucional al artículo 2o., el PND 2025-2030 y los compromisos del gobierno de México con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Objetivo 1. Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
Estrategia 1.1. Coordinar el proceso de elaboración, consulta, promoción y seguimiento de la Propuesta de Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para garantizar la implementación de los derechos reconocidos en el artículo 2o. de la Constitución Federal.
Línea de acción
1.1.1. Realizar acciones, en coordinación con el Equipo Técnico y las demás instancias competentes, para la elaboración de la Propuesta de Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, con el apoyo de un Comité Técnico Asesor y el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas.
1.1.2. Implementar el Proceso de consulta previa, libre e informada, sobre la Propuesta de Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, el Equipo Técnico y demás instancias competentes.
1.1.3. Entregar la Propuesta de Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos a las instancias competentes, y dar seguimiento a su análisis y, en su caso, suscripción por parte de la Presidenta de la República, así como su envío al Congreso de la Unión.
1.1.4. Dar seguimiento al proceso legislativo de análisis, discusión y aprobación de la Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos en el Congreso de la Unión.
1.1.5. Brindar seguimiento a la promulgación y publicación de la Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
1.1.6. Coordinar el proceso de traducción de la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos a las lenguas indígenas del país, en colaboración con las instituciones competentes y los Pueblos Indígenas.
1.1.7. Elaborar y difundir los contenidos de la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
 
Estrategia 1.2. Promover procesos de armonización de leyes y disposiciones administrativas en el ámbito federal para establecer un régimen jurídico que garantice el reconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos establecidos en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
Línea de acción
1.2.1. Elaborar un diagnóstico de la situación actual del marco normativo federal, que identifique las normas que requieran su armonización en materia de derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
1.2.2. Apoyar en la elaboración de propuestas de iniciativas de reforma a leyes y modificaciones a disposiciones administrativas, en materia de derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
1.2.3. Dar seguimiento al análisis, discusión, aprobación, promulgación y publicación de las iniciativas de leyes en materia de derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
1.2.4. Apoyar en el proceso de traducción a las lenguas indígenas del país, de las reformas a leyes aprobadas en la materia, en coordinación con las instituciones competentes y los Pueblos Indígenas.
 
Estrategia 1.3 Fortalecer la coordinación con los Poderes Legislativo y Ejecutivo de las entidades federativas, a fin de impulsar los procesos de armonización de sus Constituciones y Leyes que garantice el reconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos establecidos en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
Línea de acción
1.3.1. Elaborar un diagnóstico del marco jurídico constitucional de las entidades federativas para identificar las Constituciones y leyes que requieran armonizarse en materia de derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
1.3.2. Apoyar a los Congresos y Gobiernos de las entidades federativas en la elaboración de propuestas de Iniciativas de reforma constitucional y legal que correspondan.
1.3.3. Dar seguimiento al análisis, discusión, aprobación, promulgación y publicación de las reformas constitucionales y legales de las entidades federativas en los Congresos locales.
 
Objetivo 2. Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano.
Estrategia 2.1. Realizar acciones para impulsar el derecho a la libre determinación y autonomía de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a través del ejercicio efectivo de sus formas de gobierno y organización, en los niveles comunitario, municipal y regional.
Línea de acción
2.1.1. Brindar apoyos y asistencia técnica-jurídica para la constitución y consolidación de las Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público.
2.1.2. Brindar apoyos y asistencia técnica-jurídica para el reconocimiento y consolidación del régimen de elección bajo sistemas normativos en municipios indígenas.
2.1.3. Coordinar acciones con los organismos electorales y las instancias competentes de las entidades federativas en los procesos de cambio del régimen en la elección de autoridades y representantes en los municipios indígenas y afromexicanos.
2.1.4. Brindar apoyos y asistencia técnica-jurídica para la constitución y consolidación de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos y, cuando corresponda, sus expresiones regionales, en su carácter de sujetos de derecho público.
2.1.5. Desarrollar y coordinar diplomados, talleres, cursos, entre otras acciones de formación especializada, en derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, dirigidos a autoridades, así como a personas servidoras públicas.
 
Estrategia 2.2. Promover y ejecutar acciones que fortalezcan los sistemas normativos y el ejercicio de la jurisdicción indígena, para fomentar la paz, seguridad y justicia, en el marco del pluralismo jurídico.
Línea de acción
2.2.1. Brindar apoyos y asistencia técnica-jurídica a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para la elaboración, consolidación y registro de sus estatutos comunitarios y regionales, respectivamente.
2.2.2. Promover la creación e implementación de convenios, acuerdos y otros instrumentos para la coordinación entre los sistemas jurídicos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y el Estado, con la colaboración de las instancias de procuración y administración de justicia.
2.2.3. Conformar un sistema de información especializada, identificando y sistematizando casos y resoluciones relevantes, vinculadas al ejercicio de la jurisdicción indígena.
2.2.4. Desarrollar diplomados, talleres, cursos, entre otras acciones de formación en materia de jurisdicción indígena y coordinación entre los sistemas de justicia, dirigidos a autoridades de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, así como a personas servidoras públicas.
2.2.5. Brindar asistencia técnica-jurídica para promover el fortalecimiento de los sistemas de seguridad y justicia comunitaria de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas y su articulación con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, en un marco de coordinación y pluralismo jurídico.
2.2.6. Contribuir con las instancias competentes del Estado Mexicano en la construcción de paz en territorios indígenas y afromexicanos.
2.2.7. Emitir opiniones técnico-jurídicas, amicus curiae o peritajes antropológicos en los procedimientos y juicios vinculados con el ejercicio de la jurisdicción indígena.
 
Estrategia 2.3. Implementar medidas y acciones que contribuyan al acceso efectivo a la jurisdicción del Estado de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en los juicios y procedimientos en los que sean parte, individual o colectivamente.
Línea de acción
2.3.1. Impulsar la creación y fortalecimiento de instancias especializadas de procuración y administración de justicia sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
2.3.2. Impulsar la certificación y profesionalización de personas intérpretes y traductoras en lenguas indígenas para la provisión de servicios en materia jurídica y administrativa.
2.3.3. Otorgar apoyos a las personas intérpretes y traductoras de lenguas indígenas para que asistan en los juicios y procedimientos ante las instancias de procuración y administración de justicia, mediante mecanismos de coordinación interinstitucional.
2.3.4. Promover la incorporación de personas profesionistas indígenas y afromexicanas en los procesos de selección y promoción del personal del sistema de procuración y administración de justicia.
2.3.5. Brindar acompañamiento técnico-jurídico para la creación y fortalecimiento de protocolos y directrices institucionales en materia de pluralismo jurídico.
2.3.6. Emitir opiniones técnico-jurídicas, amicus curiae o peritajes antropológicos para que sean tomados en cuenta los sistemas normativos y especificidades culturales de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en los procedimientos y juicios de los que sean parte.
2.3.7. Brindar apoyos económicos para la liberación de personas indígenas y afromexicanas privadas de su libertad por violación a su derecho fundamental de efectivo acceso a la jurisdicción del Estado o porque su libertad implique la posibilidad de gozar otros derechos.
 
Estrategia 2.4. Establecer medidas para promover y fortalecer la participación y representación efectiva de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en todos los ámbitos y niveles de gobierno, y en foros y organismos internacionales, así como en la implementación de consultas previas, libres e informadas.
Línea de acción
2.4.1. Promover el nombramiento de representantes y regidores indígenas ante los Ayuntamientos o Alcaldías que se rigen bajo el sistema de partidos políticos, en donde se encuentren asentados Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, de conformidad con sus sistemas normativos.
2.4.2. Impulsar acciones afirmativas ante las instancias electorales competentes que permitan el acceso y participación de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en los cargos de elección popular y otras instancias de toma de decisión del Estado Mexicano.
2.4.3. Emitir dictámenes y opiniones técnico-jurídicas en materia de consulta previa, libre e informada de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en coordinación con las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal, que correspondan.
2.4.4. Fungir como órgano técnico y, en su caso, implementar procesos de consulta previa, libre e informada cuando se pretendan adoptar medidas administrativas en el ámbito federal, que puedan afectar o causar un impacto significativo a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
2.4.5. Asesorar y apoyar a los gobiernos de las entidades federativas y municipios para la implementación del derecho a la consulta previa, libre e informada, así como a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para el ejercicio de este derecho.
2.4.6. Brindar acompañamiento a la implementación y seguimiento de los acuerdos que sean alcanzados en los procesos de consulta previa, libre e informada, en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, y las instancias competentes.
2.4.7. Brindar apoyo económico y promover acciones para el funcionamiento y fortalecimiento del Consejo Nacional de Pueblos Indígenas, en su carácter de órgano colegiado de colaboración, participación, asesoría especializada, consulta y enlace de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos con las dependencias y entidades de la APF.
2.4.8. Promover la participación de integrantes de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en foros y organismos internacionales, en los que se aborden temas relacionados con el ejercicio efectivo de sus derechos, en cumplimiento a lo dispuesto en los instrumentos internacionales en la materia.
2.4.9. Promover la inclusión y reconocimiento de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en documentos de posición nacional.
2.4.10. Impulsar actividades de cooperación bilateral y multilateral orientadas a la promoción, protección y garantía de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
 
Estrategia 2.5. Ejecutar medidas y acciones para el reconocimiento y protección de la propiedad comunal tradicional e integridad de las tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos y Comunidades Indígenas.
Línea de acción
2.5.1. Promover mecanismos de coordinación interinstitucional para la atención de procesos de reconocimiento, reparación y, en su caso, restitución de la propiedad comunal tradicional de las tierras que han poseído, cuidado, ocupado o utilizado tradicionalmente o adquirido de otra forma los Pueblos y Comunidades Indígenas.
2.5.2. Otorgar apoyos económicos y brindar asistencia técnica-jurídica a los Pueblos y Comunidades Indígenas en procesos de reconocimiento, reparación y, en su caso, restitución de la propiedad comunal tradicional de las tierras que han poseído, cuidado, ocupado o utilizado tradicionalmente o adquirido de otra forma.
2.5.3. Brindar asistencia técnica-jurídica para la implementación del régimen agrario diferenciado a los Pueblos y Comunidades Indígenas y las instancias competentes del Estado Mexicano.
2.5.4. Brindar asistencia técnica, a través de dictámenes topográficos y antropológicos, en procesos para el reconocimiento y protección de la relación especial que tienen los Pueblos y Comunidades Indígenas con sus tierras, territorios, recursos naturales, medio ambiente y bioculturalidad.
2.5.5. Otorgar apoyo económico y brindar asistencia técnica-jurídica a los Pueblos y Comunidades Indígenas para el acceso, uso y disfrute preferente y, en su caso, participación en la administración de los recursos naturales, en particular recursos hídricos, de los territorios que habitan y ocupan.
2.5.6. Implementar, en coordinación con las instancias competentes, mecanismos de diálogo y conciliación para la solución pacífica de controversias y conflictos territoriales en los pueblos y comunidades indígenas.
 
Estrategia 2.6. Implementar mecanismos para promover la participación efectiva de las mujeres indígenas y afromexicanas para la toma de decisiones de carácter público y el ejercicio de sus derechos fundamentales, en condiciones de igualdad sustantiva y no discriminación.
Línea de acción
2.6.1. Otorgar apoyos a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas e instancias competentes, en la implementación de mecanismos para promover la participación y representación efectiva de las mujeres en las instancias de toma de decisión de los distintos ámbitos y niveles de gobierno.
2.6.2. Brindar apoyos a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas e impulsar acciones interinstitucionales para el acceso de las mujeres indígenas y afromexicanas a la propiedad, posesión y disfrute de las tierras y recursos naturales de conformidad con los sistemas normativos de sus pueblos.
2.6.3. Dar apoyos a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, así como a sus integrantes, para la prevención y erradicación de todo tipo de violencias, racismo y discriminación, en particular, a las Casas de la Mujer Indígena y Afromexicana.
2.6.4. Brindar asistencia técnica, a través de opiniones técnico-jurídicas y peritajes antropológicos para promover el acceso a la jurisdicción del Estado de las mujeres indígenas y afromexicanas con enfoque de género, interseccionalidad e interculturalidad.
2.6.5. Otorgar apoyos emergentes para la sobrevivencia familiar con énfasis de apoyo a mujeres indígenas y afromexicanas en situación de desplazamiento forzado interno o de carencia del mínimo vital humano.
2.6.6. Promover acciones de coordinación y vinculación, en los distintos ámbitos y niveles de gobierno, para fortalecer la participación e inclusión de las mujeres indígenas y afromexicanas, en espacios de diálogo y formación.
2.6.7. Colaborar con las instancias competentes y el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en la atención y ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres indígenas y afromexicanas.
2.6.8. Impulsar acciones y mecanismos que fortalezcan el liderazgo, la participación y la representación política efectiva de las mujeres indígenas y afromexicanas en organismos multilaterales, foros y otros espacios internacionales de toma de decisiones.
 
Objetivo 3. Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva.
Estrategia 3.1. Impulsar la ejecución de proyectos y acciones para la promoción, fortalecimiento y salvaguarda de los conocimientos y expresiones culturales tradicionales en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Línea de acción
3.1.1. Otorgar apoyos comunitarios para la protección y fomento de los conocimientos y expresiones culturales tradicionales indígenas y afromexicanas.
3.1.2. Coordinar el diseño e implementación del Registro Nacional del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
3.1.3. Promover la elaboración de proyectos de investigación colaborativa entre centros académicos, el gobierno federal, y Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas sobre su identidad, patrimonio cultural, saberes y expresiones culturales tradicionales.
3.1.4. Fomentar la publicación de materiales editoriales y audiovisuales del patrimonio y los derechos culturales de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
3.1.5. Editar y publicar la Revista México Indígena como espacio de diálogo, análisis, reflexión y debate en temas de relevancia de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
3.1.6. Desarrollar acciones de conservación, preservación, documentación, catalogación y difusión de los bienes culturales de los acervos y museos del INPI, para hacer accesible a los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, y a la sociedad en su conjunto el patrimonio cultural de dichos pueblos.
3.1.7. Fomentar acciones de promoción y formación sobre las expresiones del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para garantizar su desarrollo, valoración y transmisión intergeneracional.
3.1.8. Fomentar acciones interinstitucionales para la promoción, fortalecimiento y salvaguarda de los conocimientos y expresiones culturales tradicionales en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
 
Estrategia 3.2. Impulsar, en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, un sistema de reconocimiento y protección, a nivel nacional e internacional, de su derecho a la propiedad intelectual colectiva, a fin de garantizar el acceso al reparto justo y equitativo de los beneficios.
Línea de acción
3.2.1. Emitir opiniones técnicas sobre el patrimonio cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para garantizar su derecho a la propiedad intelectual colectiva.
3.2.2. Proporcionar asesoría y acompañamiento a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para registrar y proteger sus creaciones intelectuales y expresiones culturales.
3.2.3. Participar en la definición de mecanismos para la prevención y detección de la apropiación indebida de los elementos culturales de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
3.2.4. Promover el uso responsable, justo y ético de los elementos y expresiones culturales tradicionales de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
3.2.5. Apoyar proyectos para la conservación y uso sustentable de los recursos naturales, como plantas medicinales, animales, minerales, aguas, y lugares sagrados de interés vital, así como saberes y prácticas vinculados a la medicina y partería tradicional.
 
Estrategia 3.3. Fomentar el conocimiento, uso, desarrollo, estudio, documentación y difusión de las lenguas indígenas como un elemento constitutivo de la diversidad cultural de la Nación, para su valoración, fortalecimiento y preservación.
Línea de acción
3.3.1. Impulsar acciones para el conocimiento, uso, valoración y enseñanza de las lenguas indígenas del país.
3.3.2. Apoyar proyectos de revitalización, preservación, documentación y registro de las lenguas indígenas, de manera prioritaria, las que se encuentren en muy alto riesgo de desaparición o en situación crítica, en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas e instituciones competentes.
3.3.3. Impulsar acciones interinstitucionales para incorporar el uso de las lenguas indígenas y la pertinencia cultural en los servicios públicos, en particular, los relacionados con la salud, la educación y la impartición de justicia, dirigidos a los Pueblos y Comunidades Indígenas.
3.3.4. Desarrollar acciones de difusión sobre el uso e importancia de las lenguas indígenas, a través de medios impresos, radiofónicos, audiovisuales, cinematográficos, digitales, entre otros.
3.3.5. Revitalizar y fortalecer las lenguas y culturas de estudiantes indígenas y afromexicanos que cursan diferentes niveles, modalidades y servicios de educación indígena, intercultural y plurilingüe.
3.3.6. Promover y apoyar, en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y las instancias especializadas, la formación y capacitación de promotores, traductores e intérpretes en lenguas indígenas.
 
Estrategia 3.4. Impulsar acciones para contribuir al acceso, permanencia, tránsito y egreso del grado académico y nivel educativo de estudiantes indígenas y afromexicanos.
Línea de acción
3.4.1. Brindar servicios de hospedaje, alimentación y actividades complementarias a niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas y afromexicanos en las Casas y Comedores del PAEI.
3.4.2. Otorgar apoyos complementarios a estudiantes indígenas y afromexicanos de nivel superior.
3.4.3. Ampliar y consolidar la cobertura del PAEI priorizando a los estudiantes de las Comunidades registradas en el Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas y las que participan en el marco de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional.
3.4.4. Fomentar la participación de las autoridades indígenas y afromexicanas, padres de familia y la comunidad educativa en la operación del PAEI.
3.4.5. Promover y apoyar las propuestas de educación comunitaria emanadas de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
 
Estrategia 3.5. Promover medidas para el reconocimiento, protección, transmisión y fortalecimiento de la medicina y la partería tradicional, así como el acceso a los servicios de salud para Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Línea de acción
3.5.1. Desarrollar y fortalecer las instituciones comunitarias para la enseñanza, práctica y transmisión intergeneracional de los conocimientos de la medicina y partería tradicional, con la participación de las personas que la ejercen.
3.5.2. Promover acciones para el reconocimiento normativo y operativo de la medicina y la partería tradicional indígena y afromexicana en los servicios de salud respetando los saberes, prácticas y autonomía de quienes la ejercen.
3.5.3. Colaborar con las instituciones del sector salud para fomentar la pertinencia cultural y el reconocimiento de la medicina y partería tradicional en los protocolos de atención médica, así como la participación de las personas que la ejercen.
3.5.4. Promover el fortalecimiento y la enseñanza de la medicina y la partería tradicional a nivel comunitario de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, mediante proyectos, talleres, encuentros de médicos y parteras, así como la difusión de estos conocimientos por diversos medios.
3.5.5. Apoyar el acceso a los servicios de salud de alta especialidad de las personas de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
3.5.6. Fomentar y promover investigaciones comunitarias y regionales para la salvaguarda de las prácticas de la medicina y partería tradicional indígena, así como las plantas medicinales y otros recursos tradicionales en sus tierras y territorios.
 
Estrategia 3.6. Promover medidas para que los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas adquieran, operen, gestionen y accedan a los servicios de radiodifusión, telecomunicaciones y tecnologías de la información, para garantizar su derecho a la información, comunicación y libre expresión.
Línea de acción
3.6.1. Otorgar apoyos que promuevan y fortalezcan el patrimonio y diversidad cultural y lingüística de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a través de medios de comunicación, impresos, radiofónicos, audiovisuales, digitales, entre otras formas de expresión.
3.6.2. Fortalecer el Sistema de Radiodifusoras Culturales Indígenas mediante la ampliación de cobertura, producción de contenidos y horas de transmisión.
3.6.3. Promover acciones para que los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas establezcan, operen y fortalezcan, de forma autónoma, sus medios de comunicación, infraestructura técnica y tecnológica.
3.6.4. Fomentar el acceso de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a los medios públicos de telecomunicación y radiodifusión, con pertinencia cultural.
3.6.5. Proporcionar apoyo, asesoría y acompañamiento a Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que soliciten una concesión social indígena o afromexicana de radiodifusión.
 
Estrategia 3.7. Formular e implementar acciones, para la identificación, registro, protección y conservación de los lugares y sitios sagrados, y rutas de peregrinación, como parte del patrimonio cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas.
Línea de acción
3.7.1. Coadyuvar con los trabajos de la Comisión Presidencial de los Lugares y Sitios Sagrados y Rutas de Peregrinación de los Pueblos Indígenas Wixárika, Náayeri, O'dam o Au'dam y Mexikan, para el cumplimiento de sus acuerdos con la participación directa de dichos pueblos.
3.7.2. Implementar medidas y acciones para propiciar el libre tránsito, acceso y seguridad de las personas en los lugares y sitios sagrados y rutas de peregrinación durante la celebración de las ceremonias y cultos de los Pueblos y Comunidades Indígenas.
3.7.3. Contribuir a la consolidación del Catálogo de Lugares, Sitios Sagrados y Rutas de Peregrinación de los Pueblos Indígenas Wixárika, Náayeri, O'dam o Au'dam y Mexikan, considerando su ampliación a otros pueblos indígenas.
3.7.4. Fomentar la protección y salvaguarda de los lugares y sitios sagrados, y rutas de peregrinación como espacios de uso ceremonial, respetando los sistemas normativos, las prácticas tradicionales y la cosmovisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas.
3.7.5. Promover campañas de sensibilización por diversos medios para la formación intercultural dirigidas a personas servidoras públicas, escuelas y población en general, sobre el valor cultural, espiritual y territorial de los lugares y sitios sagrados y rutas de peregrinación.
3.7.6. Asesorar a los Pueblos y Comunidades Indígenas en la elaboración de planes comunitarios de manejo y salvaguarda de sus lugares y sitios sagrados y rutas de peregrinación, integrando conocimientos tradicionales y normativas internas.
 
Objetivo 4. Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria.
Estrategia 4.1. Impulsar actividades productivas, artesanales y de turismo comunitario, así como acciones para reducir los impactos negativos del cambio climático en los ecosistemas donde habitan los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a fin de fortalecer sus economías a nivel comunitario y regional.
Línea de acción
4.1.1. Apoyar proyectos económicos y de turismo comunitario de acuerdo con la vocación productiva de las Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que fortalezcan el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, con enfoque intercultural e innovación tecnológica.
4.1.2. Otorgar apoyos para la implementación de proyectos de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático, que contribuyan a la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.1.3. Fortalecer la producción artesanal de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, mediante el acceso al financiamiento, capacitación técnica e implementación de estrategias de comercialización que promuevan el comercio justo.
4.1.4. Apoyar el desarrollo de identidad comercial y de marca de productos y servicios de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que revitalicen sus prácticas y procesos de producción tradicional.
 
Estrategia 4.2. Implementar acciones que promuevan la producción local de alimentos, el fortalecimiento de la agroecología, la preservación de semillas nativas, el sistema milpa y otros sistemas productivos tradicionales, para contribuir a la soberanía y autosuficiencia alimentaria de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Línea de acción
4.2.1. Establecer acciones para el rescate, adaptación y fortalecimiento de sistemas tradicionales de producción, especialmente el sistema milpa, mediante prácticas agroecológicas, manejo de traspatio, ganadería sustentable y ecotecnias.
4.2.2. Apoyar proyectos y acciones de producción, conservación y aprovechamiento sostenible del maíz y otras semillas nativas, para la conservación de la diversidad genética vegetal.
 
Estrategia 4.3. Promover acciones de comercialización de productos y servicios comunitarios con enfoque de comercio justo, así como el acceso al crédito y el fortalecimiento de capacidades de Comunidades y empresas indígenas y afromexicanas.
Línea de acción
4.3.1. Apoyar los procesos de comercialización de productos artesanales, agroalimentarios y servicios turísticos comunitarios de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, mediante esquemas propios, mercados regionales y nacionales, así como de plataformas digitales.
4.3.2. Promover el acceso al financiamiento, microcréditos y esquemas de economía social y solidaria dirigidos a comunidades y empresas indígenas y afromexicanas, con enfoque territorial, intercultural y de inclusión financiera.
4.3.3. Desarrollar programas de capacitación y asistencia técnica, para fortalecer las capacidades organizativas, productivas, administrativas y comerciales de comunidades y empresas indígenas y afromexicanas, con enfoque de pertinencia cultural y perspectiva de género.
4.3.4. Promover el diseño y registro de marcas colectivas, sellos distintivos de calidad y certificaciones de origen, que otorguen valor agregado a los productos y servicios ofertados por las comunidades y empresas indígenas y afromexicanas.
 
Estrategia 4.4. Implementar acciones de construcción, ampliación y mejoramiento de infraestructura social básica y comunitaria en Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, con base a sus formas de gobierno, organización y pertinencia cultural, para contribuir a su bienestar y desarrollo integral.
Línea de acción
4.4.1. Apoyar la elaboración de estudios y proyectos de infraestructura social básica y comunitaria en Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.4.2. Apoyar la construcción y ampliación de obras de agua potable, priorizando la administración directa de recursos y ejecución de las obras por parte de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.4.3. Apoyar la construcción, ampliación y repotenciación de líneas y redes de distribución convencional y sistemas aislados de energía eléctrica, en Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.4.4. Apoyar la construcción y ampliación de obras de drenaje y saneamiento, incluyendo ecotecnologías, priorizando la administración directa de recursos y ejecución de las obras por parte de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.4.5. Impulsar la construcción, ampliación y rehabilitación de infraestructura comunitaria para la preservación y fortalecimiento de la medicina tradicional, cultura, lenguas indígenas, educación, gobierno tradicional y lugares sagrados de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.4.6. Brindar acompañamiento social y asesoría técnica y administrativa a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en los procesos de construcción de obras de infraestructura social básica y comunitaria.
 
Estrategia 4.5. Impulsar la construcción, modernización y ampliación de vías de comunicación terrestre y puentes vehiculares, para mejorar la articulación y acceso a los servicios públicos en los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos.
Línea de acción
4.5.1. Apoyar la elaboración de estudios y proyectos de vías de comunicación terrestre y puentes vehiculares en Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.5.2. Ampliar la red de comunicación terrestre mediante la construcción, modernización y ampliación de caminos rurales y alimentadores en Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.5.3. Impulsar la construcción, reconstrucción y mantenimiento de caminos artesanales mediante la ejecución y administración directa de los recursos por los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.5.4. Apoyar la construcción de puentes vehiculares en caminos alimentadores, artesanales y rurales en Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
4.5.5. Brindar acompañamiento social y asesoría técnica y administrativa a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en los procesos de construcción de caminos artesanales y rurales.
 
Objetivo 5. Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal.
5.1. Facilitar la elaboración de diagnósticos participativos para el diseño de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional, en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Línea de acción
5.1.1. Actualizar el marco conceptual y metodológico para el diseño e implementación de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional, con pertinencia cultural.
5.1.2. Establecer criterios de priorización para la identificación de las regiones indígenas y afromexicanas, donde se implementarán los Planes de Justicia y Desarrollo Regional, con base en los principios de justicia social, diversidad cultural y los compromisos establecidos por el Gobierno de México.
5.1.3. Generar y sistematizar información cualitativa y cuantitativa sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas que contribuya en la integración y actualización de los diagnósticos regionales de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional.
5.1.4. Organizar, en coordinación con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, las Asambleas Regionales para acordar las obras y acciones, con las instancias de gobierno de los distintos ámbitos y niveles, que se implementarán en el marco de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional.
 
5.2. Coordinar la implementación de las obras y acciones para el cumplimiento de los acuerdos establecidos en el marco de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional.
Línea de acción
5.2.1. Brindar acompañamiento técnico en la elaboración del documento del Plan de Justicia y Desarrollo Regional, con base en el diagnóstico y acuerdos establecidos.
5.2.2. Otorgar apoyos a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para la organización y logística de Asambleas y reuniones que permita la implementación de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional.
5.2.3. Establecer criterios de priorización para la asignación y administración de recursos públicos de manera directa, en el marco de los programas presupuestarios del INPI, que permita el cumplimiento de los acuerdos derivados de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional.
5.2.4. Integrar un sistema de monitoreo y evaluación para el seguimiento de la implementación de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos en cumplimiento de los acuerdos establecidos.
5.2.5. Organizar, en coordinación con las autoridades indígenas y afromexicanas, las Asambleas regionales de seguimiento y evaluación, con la participación de las instancias de gobierno de los distintos ámbitos y niveles.
5.2.6. Elaborar y difundir materiales impresos, audiovisuales y digitales de los contenidos y cumplimiento de los acuerdos de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional, en los medios disponibles y con pertinencia cultural.
 
5.3. Proponer estrategias y mecanismos de coordinación entre las dependencias del gobierno para la asignación de los recursos públicos necesarios, en cumplimiento de los acuerdos alcanzados en el marco de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional.
Línea de acción
5.3.1. Facilitar, diseñar, convocar y dar seguimiento a las sesiones de la Comisión Presidencial de Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para su funcionamiento.
5.3.2. Proponer estrategias y mecanismos de coordinación entre las dependencias del gobierno para el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en el marco de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo la asignación de los recursos públicos necesarios.
5.3.3. Presentar ante la Comisión Presidencial de Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos las propuestas de nuevos Planes de Justicia con base en el análisis y caracterización de las regiones indígenas y afromexicanas.
 
Objetivo 6. Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias.
Estrategia 6.1. Fortalecer el diseño e implementación de programas y acciones de gobierno, a fin de garantizar la implementación de los derechos y el desarrollo integral, integral y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
Línea de acción
6.1.1. Establecer directrices generales para el diseño participativo de políticas, programas y acciones de gobierno, que consideren el enfoque de derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, y con pertinencia cultural.
6.1.2. Promover la incorporación del enfoque de derechos y pertinencia cultural en políticas, programas y acciones de gobierno, a fin de garantizar los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en su carácter de sujetos de derecho público.
6.1.3. Dar seguimiento y medir los avances y resultados de la implementación de políticas, programas y acciones de gobierno con perspectiva de derechos y pertinencia cultural, en coordinación con las autoridades indígenas y afromexicanas.
6.1.4. Brindar acompañamiento técnico al Consejo Nacional de Pueblos Indígenas para analizar, opinar, proponer, recomendar y dar seguimiento a las políticas, programas y acciones públicas.
 
Estrategia 6.2. Consolidar el Sistema Nacional de Información y Estadística sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a fin de generar, analizar, actualizar y difundir datos geográficos y estadísticos e indicadores sociodemográficos, económicos, políticos y culturales para la toma de decisiones.
Línea de acción
6.2.1. Fortalecer los mecanismos de recopilación, sistematización, análisis y validación de información estadística y geográfica sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a través de censos, encuestas y otros instrumentos con la participación de sus autoridades e instituciones representativas.
6.2.2. Actualizar el CNPCIA, con la participación de las autoridades y representantes de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para mantener su vigencia como instrumento de política pública que permita su identificación, favorezca el ejercicio de sus derechos y la toma de decisiones.
6.2.3. Generar información sobre Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, dentro del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, con base en el CNPCIA.
6.2.4. Publicar información estadística y geográfica sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, como sujetos de derecho público, a través de plataformas digitales accesibles, públicas y gratuitas.
6.2.5. Generar investigación aplicada sobre las características económicas, políticas, jurídicas, sociales y culturales de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
 
Estrategia 6.3. Establecer mecanismos de asignación, administración, ejecución y vigilancia de los Programas del Anexo 10 del PEF, que permitan medir su cumplimiento en los derechos y el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
Línea de acción
6.3.1. Contribuir al fortalecimiento del marco jurídico y normativo que garantice asignaciones específicas y progresivas en el Anexo Transversal 10 del PEF y demás instrumentos presupuestarios, priorizando las comunidades con mayor pobreza, rezago social y vulnerabilidad.
6.3.2. Consolidar el Sistema de Monitoreo de los Programas, Recursos y Acciones del Anexo Transversal 10 del PEF, a través de reportes periódicos con datos sobre el presupuesto ejercido y acciones implementadas, desagregados por género, edad, comunidad, pueblo y región, con pertinencia cultural.
6.3.3. Promover y vigilar el diseño y aplicación de fondos y mecanismos para la transferencia directa de recursos públicos a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, con respeto a su libre determinación, autonomía y formas de administración.
6.3.4. Promover procesos de seguimiento, monitoreo y evaluación participativa sobre la eficacia, transparencia y rendición de cuentas de las asignaciones presupuestales ejercidas directamente por Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
6.3.5. Apoyar y fortalecer las capacidades institucionales, técnicas y comunitarias de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para ejercer de manera autónoma, transparente y eficaz la gestión de recursos públicos, incluyendo el uso de tecnologías y el desarrollo de propuestas de mejora de política pública.
 
Estrategia 6.4. Diseñar y coordinar la implementación de una Política Nacional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos para garantizar sus derechos colectivos y desarrollo integral, intercultural y sostenible de conformidad con la Constitución Federal e instrumentos internacionales en la materia.
Línea de acción
6.4.1. Definir, en coordinación con el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas, directrices con perspectiva de derechos y pertinencia cultural, para el diseño y formulación de la Política Nacional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
6.4.2. Dar acompañamiento al Consejo Nacional de Pueblos Indígenas en la etapa de planeación participativa en los niveles comunitario y regional para la formulación de la Política Nacional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
6.4.3. Sistematizar e integrar los planteamientos derivados de la etapa de planeación participativa para la elaboración de la propuesta de la Política Nacional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
6.4.4. Coordinar con el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas la presentación de la Política Nacional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, ante los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos e instancias gubernamentales e internacionales competentes para su análisis y aprobación.
6.4.5. Coordinar y dar seguimiento a la implementación de la Política Nacional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en diálogo con sus autoridades y representantes e instancias gubernamentales competentes.
8. Indicadores y metas
Los indicadores estratégicos del Programa Institucional del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas 2025-2030 se vinculan directamente al compromiso "18. Reconocimiento a derechos y justicia a pueblos indígenas", de la República fraterna. Los cuales se conciben como herramientas clave para medir el avance en el cumplimiento de los objetivos planteados, con un enfoque basado en resultados hacia el final de la Administración, sin perjuicio del seguimiento anual o bienal que permita evaluar su implementación de forma continua.
Asimismo, las metas establecidas para estos indicadores guardan consistencia con las metas previstas para el año 2030 del PND 2025-2030, asegurando la alineación con los objetivos nacionales y con los compromisos internacionales del Estado Mexicano. Con ello, no sólo se busca dar seguimiento a la ejecución del Programa, sino también evaluar su contribución real a la transformación estructural en favor de los derechos y el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Indicador del objetivo 1.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.1 Índice Promedio de Reconocimiento y Armonización local de los Derechos de los Pueblos Indígenas y
Afromexicanos como sujetos de derecho público conforme a la Constitución Federal y a los instrumentos
internacionales en la materia.
Objetivo
1. Garantizar el reconocimiento y armonización normativa de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos,
en su carácter de sujetos de derecho público, en el ordenamiento jurídico mexicano, de conformidad con lo establecido
en la Constitución Federal y los instrumentos internacionales en la materia.
Definición o
descripción
Valora de forma cuantitativa y cualitativa el grado de avance en el que las entidades federativas reconocen e
incorporan en sus Constituciones Políticas los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a
partir de 15 ejes temáticos, conforme a lo establecido en la Constitución Federal e instrumentos internacionales en la
materia.
Derecho asociado
Libre determinación y autonomía de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
(Artículo 2o. de la CPEUM).
Nivel de
desagregación
Constituciones Estatales
Periodicidad o
frecuencia de medición
Bienal
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la
información
Marzo
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
Índice Promedio de Reconocimiento = Bc (D1 + D2 + D3 + ... D15) + Camp (D1 + D2 + D3 + ... D15) + Chis (D1 + D2 +
D3 + ... D15) + Chih (D1 + D2 + D3 + ... D15) + ... Zacs (D1 + D2 + D3 + ... D15) / 28 = 100
Observaciones
En la CPEUM se identificaron 15 ejes temáticos de los derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos; el
reconocimiento de cada uno en las Constituciones Estatales equivale a 6.66 puntos en el Índice. Un Reconocimiento
Muy Bajo será para los que obtengan de 0 a 20 puntos; Bajo de 21 a 40 puntos; Parcial de 41 a 60 puntos; Moderado
de 61 a 80 puntos; Alto de 81 a 90 y Pleno de 91 a 100 puntos. No se consideran los estados de Nuevo León,
Tamaulipas, Aguascalientes y Baja California Sur ya que, de acuerdo con el CNPCIA, no se identifican Pueblos o
Comunidades en dichos territorios.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Pueblos y Comunidades
Indígenas como Sujetos
de Derecho Público
Valor variable 1
6.666
Fuente de
información
variable 1
INPI
Nombre variable 2
Autonomía de los
pueblos y comunidades
indígenas
Valor variable 2
6.666
Fuente de
información
variable 2
INPI
Nombre variable 3
Tierra, territorios, medio
ambiente y recursos
naturales, su integridad y
propiedad comunal
tradicional
Valor variable 3
6.666
Fuente de
información
variable 3
INPI
Nombre variable 4
Patrimonio cultural y
propiedad intelectual
colectiva
Valor variable 4
6.666
Fuente de
información
variable 4
INPI
Nombre variable 5
Lenguas indígenas
Valor variable 5
6.666
Fuente de
información
variable 5
INPI
Nombre variable 6
Educación indígena y
comunitaria
Valor variable 6
6.666
Fuente de
información
variable 6
INPI
Nombre variable 7
Acceso a los servicios de
salud, reconocimiento y
práctica de la medicina
tradicional y partería
Valor variable 7
6.666
Fuente de
información
variable 7
INPI
Nombre variable 8
Desarrollo integral,
intercultural y sostenible
Valor variable 8
6.666
Fuente de
información
variable 8
INPI
Nombre variable 9
Medios de comunicación,
telecomunicaciones y
nuevas tecnologías de la
información
Valor variable 9
6.666
Fuente de
información
variable 9
INPI
Nombre variable
10
Recursos financieros de
los pueblos y
comunidades
Valor variable 10
6.666
Fuente de
información
variable 10
INPI
Nombre variable
11
Consulta y
consentimiento libre,
previo e informado
Valor variable 11
6.666
Fuente de
información
variable 11
INPI
Nombre variable
12
Pueblos y Comunidades
Afromexicanas y el
reconocimiento de sus
derechos fundamentales
Valor variable 12
0
Fuente de
información
variable 12
INPI
Nombre variable
13
Derechos de la niñez,
adolescentes y juventud
indígenas y
Afromexicana
Valor variable 13
0
Fuente de
información
variable 13
INPI
Nombre variable
14
Mujeres Indígenas y
Afromexicanas
Valor variable 14
6.666
Fuente de
información
variable 14
INPI
Nombre variable
15
Derechos de las
personas migrantes
indígenas, jornaleros
agrícolas y población
indígena en contextos
urbanos y
transfronterizos
Valor variable 15
6.666
Fuente de
información
variable 15
INPI
Sustitución en
método de cálculo
Mich (86.65) / 28 = 3.09
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
Muy Bajo (0-20%)
Al 31 de diciembre de 2024, sólo el estado de Michoacán armonizó su
Constitución Estatal, de conformidad con 13 de los 15 ejes temáticos
(86.65%) descritos en el artículo 2o. Constitucional.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
61-80% (Moderado)
Se espera que para el 2030, el Índice Promedio de Reconocimiento y
Armonización local de los Derechos de los Pueblos Indígenas y
Afromexicanos se ubique en el intervalo de 61 a 80 puntos
(Reconocimiento Moderado).
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
0-30
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
0-20%
NA
21-40%
NA
41-60%
61-80%
 
Indicador del objetivo 2.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.1 Porcentaje de Regiones Indígenas y Afromexicanas que recibieron apoyo y asesoría para la implementación y
ejercicio pleno de sus derechos colectivos.
Objetivo
2. Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y
jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y
Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano.
Definición o
descripción
Mide la proporción de Regiones Indígenas y Afromexicanas que, a través del apoyo y asesoría recibida, llevaron a
cabo acciones encaminadas a la implementación y ejercicio de sus derechos colectivos, tales como libre
determinación y autonomía, sistemas normativos y jurisdicción, participación y consulta, tierras, territorios y recursos
naturales, y otros derechos reconocidos en el marco normativo nacional e internacional. Dicho indicador, se encuentra
alineado al Compromiso 18. Reconocimiento a derechos y justicia a pueblos y comunidades indígenas y
afromexicanas.
Derecho asociado
Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. (Artículo 2o. de la CPEUM)
Nivel de
desagregación
Regiones Indígenas y Afromexicanas |
Pueblos y Comunidades Indígenas y
Afromexicanas
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la
información
Marzo
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección de
los datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
(Regiones Indígenas y Afromexicanas que recibieron apoyo y asesoría para la implementaron y ejercicio efectivo de
sus derechos colectivos / Regiones Indígenas y Afromexicanas con base en el Catálogo Nacional de Pueblos y
Comunidades Indígenas y Afromexicanas del INPI) *100
Observaciones
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Regiones Indígenas
y Afromexicanas
que recibieron
apoyo y asesoría
para la
implementaron y
ejercicio efectivo de
sus derechos
colectivos
Valor variable 1
80
Fuente de
información
variable 1
INPI
Nombre variable 2
Comunidades
Indígenas y
Afromexicanas
registradas en el
Catálogo Nacional
de Pueblos y
Comunidades
Indígenas y
Afromexicanas del
INPI
Valor variable 2
132
Fuente de
información
variable 2
INPI
Sustitución en
método de cálculo
(80 / 132) *100 = 60.60%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
60.60%
Con la publicación del Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades
Indígenas y Afromexicanas el 09 de agosto de 2024, se definieron 132
Regiones Indígenas y Afromexicanas. Cabe precisar que previamente se
tenían contabilizadas 121.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
Se estima que, con base en los diversos apoyos de carácter comunitario o
regional orientados para la implementación y ejercicio de los derechos de
los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, se alcance una
cobertura en Regiones Indígenas del 100% para 2030.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
60.60%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
67.16%
73.73%
80.3%
86.86%
93.43%
100%
 
Indicador del objetivo 2.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.2 Porcentaje de Comunidades Indígenas y Afromexicanas a las que se les otorgó acompañamiento técnico y jurídico
para el reconocimiento y restitución de su propiedad comunal tradicional.
Objetivo
2. Asegurar medidas para el ejercicio del derecho a la libre determinación y autonomía, sistemas normativos y
jurisdicción, participación y consulta, y tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas y
Afromexicanos, así como de sus integrantes, en una nueva relación con el Estado Mexicano.
Definición o
descripción
Valora el porcentaje de Comunidades Indígenas y Afromexicanas a las que se les otorgó acompañamiento técnico y
jurídico para el reconocimiento y restitución de su propiedad comunal tradicional de conformidad con el artículo 2o. de
la CPEUM. El presente indicador se encuentra vinculado al Compromiso 18. Reconocimiento a derechos y justicia a
pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Derecho asociado
Libre determinación y autonomía de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; Reconocimiento de los
Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público y patrimonio propio.
(Artículo 2o. de la CPEUM).
Nivel de
desagregación
Comunidades Indígenas
Periodicidad o frecuencia
de medición
Bienal
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la
información
Marzo
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección de
los datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
(Número de comunidades indígenas y afromexicanas a las que se les otorgó acompañamiento técnico y jurídico para
el reconocimiento y restitución de su propiedad comunal tradicional / Total de comunidades indígenas y afromexicanas
que solicitaron acompañamiento técnico y jurídico para el reconocimiento y restitución de su propiedad comunal
tradicional) *100.
Observaciones
Para determinar el denominador del indicador se consideran las solicitudes y expedientes activos, promovidos ante la
Procuraduría Agraria y en resguardo del Registro Agrario Nacional, en para el reconocimiento y restitución de tierras
propuestos por los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en Marzo de 2025.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Comunidades
indígenas y
afromexicanas a las
que se les otorgó
acompañamiento
técnico y jurídico para
el reconocimiento y
restitución de su
propiedad comunal
tradicional
Valor variable 1
2
Fuente de
información
variable 1
INPI|RAN|PA
Nombre variable 2
Total de comunidades
indígenas y
afromexicanas a las
que solicitaron
acompañamiento
técnico y jurídico para
el reconocimiento y
restitución de su
propiedad comunal
tradicional
Valor variable 2
30
Fuente de
información
variable 2
INEGI|RAN|PA
Sustitución en
método de cálculo
(2 / 30 ) * 100 = 6.66%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
6.66%
Al 31 de diciembre de 2024, se publicaron dos Decretos: el primero a
favor de la comunidad indígena de Guasachique, perteneciente al
Pueblo Tarahumara (Rarámuri/Ralámuli) ubicado en el Municipio de
Balleza, Estado de Chihuahua, y el segundo, a favor de la comunidad
indígena de Bosques de San Elías Repechique, perteneciente al Pueblo
Tarahumara (Rarámuri/Ralámuli), del Estado de Chihuahua.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la Meta 2030
100%
 
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
6.66%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
22.21
37.77%
53.33%
68.88%
84.44%
100%
 
Indicador del objetivo 3.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.1 Porcentaje de Pueblos Indígenas y Afromexicanos que ejecutan acciones para la preservación, protección,
desarrollo y salvaguarda de los elementos de su patrimonio cultural.
Objetivo
3. Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio
cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales
tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva.
Definición o
descripción
Mide el avance de Pueblos Indígenas y Afromexicanos que ejecutan proyectos y acciones que contribuyen a la
promoción, fortalecimiento y salvaguarda de los conocimientos y expresiones culturales tradicionales (lengua y
tradición oral, comunicación indígena, danza, música, técnicas artesanales, medicina y partería tradicionales, rituales y
ceremonias, así como lugares y sitios sagrados y rutas de peregrinación, entre otras); asimismo, se encuentra
vinculado al Compromiso 18. Reconocimiento a derechos y justicia a pueblos y comunidades indígenas y
afromexicanas.
Derecho asociado
Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. (Artículo 2o. de la CPEUM)
Nivel de
desagregación
Pueblos y Comunidades Indígenas y
Afromexicanas
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de
la información
Marzo
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
(Pueblos Indígenas y Afromexicanos que ejecutan acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda
de los elementos de su patrimonio cultural en dos o más expresiones / Total de Pueblos Indígenas y Afromexicanos
reconocidos con base en el Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas) * 100
Observaciones
Las expresiones culturales se refieren a: 1.- Promoción del Patrimonio Cultural, 2.-la Medicina Tradicional, 3.-la
Comunicación Indígena Intercultural y 4.-Lugares y Sitios Sagrados y Rutas de Peregrinación.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Número de Pueblos
Indígenas y
Afromexicanos
involucrados en la
promoción y protección
de su patrimonio
cultural en dos o más
expresiones
Valor variable 1
28
Fuente de
información
variable 1
INPI
Nombre variable 2
Total de Pueblos
Indígenas y
Afromexicanos en
México, con base en el
Catálogo Nacional de
Pueblos y Comunidades
Indígenas y
Afromexicanas
Valor variable 2
71
Fuente de
información
variable 2
INPI
Sustitución en
método de cálculo
(28 /71) * 100 = 39.43%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
39.43%
Al 2024, con base en la información del Programa para el Bienestar
Integral de los Pueblos Indígenas (PROBIPI) y del Programa de
Apoyo a la Educación Indígena (PAEI), 28 pueblos indígenas
implementaron acciones para la preservación, protección,
desarrollo y salvaguarda de los elementos de su patrimonio cultural
en dos o más expresiones.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
84.51%
Se estima que, con base en los diversos apoyos de carácter
comunitario o regional entregados a través del PROBIPI, el 84.51%
(60) de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos desarrollen
proyectos en al menos dos expresiones de su patrimonio cultural;
lo anterior considerando que existen pueblos con concentraciones
poblaciones reducidas o que, de acuerdo con sus vocaciones e
intereses, esté enfocado en la preservación, protección, desarrollo
y salvaguarda de sólo una expresión de su patrimonio.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
39.43%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
46.48%
53.52%
61.96%
69.01%
76.06%
84.51%
 
Indicador del objetivo 3.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.2 Tasa de crecimiento anual de aperturas Casas y Comedores del Programa de Apoyo a la Educación Indígena
Objetivo
3. Impulsar acciones para la preservación, protección, desarrollo y salvaguarda de todos los elementos del patrimonio
cultural de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, incluyendo sus conocimientos y expresiones culturales
tradicionales, así como su propiedad intelectual colectiva.
Definición o
descripción
Mide el incremento porcentual en el número de aperturas Casas y Comedores del Programa de Apoyo a la Educación
Indígena (PAEI), con el fin de monitorear el avance en su cobertura comunitaria. Permite evaluar si el crecimiento se
mantiene en el ritmo necesario para garantizar la ampliación de la cobertura y el acceso a servicios de alimentación y
hospedaje para estudiantes indígenas y afromexicanos; asimismo, se encuentra vinculado al Compromiso 18.
Reconocimiento a derechos y justicia a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Derecho asociado
Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. (Artículo 2o. de la CPEUM)
Nivel de
desagregación
Casas y Comedores
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de
la información
Marzo
Unidad de medida
Tasa anual (Porcentaje)
Periodo de
recolección de los
datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Constante
Unidad
responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
(Casas y Comedores del PAEI año actual - Casas y Comedores del PAEI año anterior/ Casas y Comedores del PAEI
año anterior) * 100
Observaciones
Al 2024-2025, el PAEI contempla 3 modalidades de atención: Casas y Comedores Escolares de la Niñez Indígena;
Casas y Comedores del Estudiante Indígena y Casas y Comedores Universitarios Indígenas.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Casas y Comedores del
PAEI año actual
Valor variable 1
1,403
Fuente de
información
variable 1
INPI
Nombre variable 2
Casas y Comedores del
PAEI año anterior
Valor variable 2
1,377
Fuente de
información
variable 2
INPI
Sustitución en
método de cálculo
(1,403 - 1,377 / 1,377) * 100 = 0.65%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0.65%
Al 2024, con base en la información del Programa para el Bienestar
Integral de los Pueblos Indígenas (PROBIPI) y del Programa de
Apoyo a la Educación Indígena (PAEI), 28 pueblos indígenas
implementaron acciones para la preservación, protección,
desarrollo y salvaguarda de los elementos de su patrimonio cultural
en dos o más expresiones.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
2.0%
Se estima que, para el 2030, el PAEI alcance una meta cercana a
1,580 aperturas Casas y Comedores en sus diversas modalidades
de atención.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
1.36%
2.44%
1.19%
0.44%
1.85%
0.65%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
2.0%
2.0%
2.0%
2.0%
2.0%
2.0%
 
Indicador del objetivo 4.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
4.1 Tasa de crecimiento anual de proyectos, obras y acciones implementadas para el desarrollo integral, intercultural y
sostenible de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como sujetos de derecho público.
Objetivo
4. Impulsar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que fortalezcan
sus economías, preserven sus ecosistemas y sistemas agroecológicos, y contribuyan al acceso de los servicios
básicos, comunicación terrestre e infraestructura comunitaria.
Definición o
descripción
Mide el aumento gradual en el número de acciones, proyectos y obras que impulsen actividades productivas, cadenas
de valor y protección, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales en los Pueblos y
Comunidades Indígenas y Afromexicanas, así como las condiciones generales de infraestructura social, comunitaria y
de comunicación terrestre.
Derecho asociado
Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. (Artículo 2o. de la CPEUM).
Nivel de
desagregación
Proyectos, Obras y Acciones | Pueblos y
Comunidades Indígenas y Afromexicanas
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de
la información
Marzo
Unidad de medida
Tasa anual (Porcentaje)
Periodo de
recolección de los
datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Constante
Unidad
responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
(Número de proyectos, obras y acciones implementadas para el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los
Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en el año actual - Número de proyectos, obras y acciones
implementadas para el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los Pueblos y Comunidades Indígenas y
Afromexicanas en el año anterior / Número de proyectos, obras y acciones implementadas para el desarrollo integral,
intercultural y sostenible de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en el año anterior) * 100
Observaciones
Acciones: De comercialización y apoyos para la construcción de infraestructura básica, comunitaria y comunicación
terrestre.
Proyectos: Actividades económicas, productivas y de turismo de naturaleza con posibilidad de generar cadenas de
valor y; aquellas orientadas a la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático.
Obras: Construcción, ampliación o modificación de vías de comunicación terrestre y en materia de infraestructura
social básica o comunitaria concluidas.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Número de proyectos,
obras y acciones
implementadas para el
desarrollo integral,
intercultural y sostenible
de los Pueblos y
Comunidades Indígenas
y Afromexicanas en el
año actual
Valor variable 1
315
Fuente de
información
variable 1
INPI
Nombre variable 2
Número de proyectos,
obras y acciones
implementadas para el
desarrollo integral,
intercultural y sostenible
de los Pueblos y
Comunidades Indígenas
y Afromexicanas en el
año anterior.
Valor variable 2
323
Fuente de
información
variable 2
INPI
Sustitución en
método de cálculo
((315- 323 / 323) * 100 = -2.48%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
-2.48%
Al 2024, con base en la información del Programa para el Bienestar
Integral de los Pueblos Indígenas (PROBIPI), fueron
implementados 279 proyectos económicos, de turismo de
naturaleza y en materia de mitigación y adaptación a los efectos del
cambio climático. Asimismo, se realizaron 36 obras y acciones en
materia de infraestructura de servicios básicos (agua potable,
electrificación, drenaje y saneamiento) e infraestructura comunitaria
y de comunicación terrestre.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
6.5%
Un valor por encima de la meta establecida no es desfavorable o
compromete el cumplimiento del objetivo.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Pude registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
-2.48%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
6.5%
6.5%
6.5%
6.5%
6.5%
6.5%
 
Indicador del objetivo 5.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
5.1 Porcentaje promedio de avance en el cumplimiento de los acuerdos de los Planes de Justicia y Desarrollo
Regional en implementación.
Objetivo
5. Asegurar y coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los
Pueblos Indígenas y Afromexicanos, a través del diálogo con sus autoridades e instituciones representativas y de las
instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal.
Definición o
descripción
El presente indicador valora el avance promedio en el cumplimiento de los Planes de Justicia y Desarrollo Regional en
implementación, a través del reporte de las diversas acciones realizadas para dar atención a cada uno de los acuerdos
planteados.
Derecho asociado
Libre determinación y autonomía de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, Derecho a la identidad
Cultural y Lingüística, Derecho a la Educación, Derecho a la Alimentación Sana y Nutritiva, Derecho a la Vivienda
Digna y Decorosa, Derecho a una vida libre de violencia, exclusión y discriminación. (Artículos 1o., 2o., 3o., 4o. de la
CPEUM)
Nivel de
desagregación
Planes de Justicia y Desarrollo Regional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de
la información
Marzo
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
(å Avance global de los Plan de Justicia y Desarrollo Regional en implementación / Total de Planes de Justicia y
Desarrollo Regional en implementación) * 100
Observaciones
Los Planes de Justicia y Desarrollo Regional en implementación son aquellos en los que se ejecutan programas y
acciones por parte de Dependencias y Entidades Públicas para el cumplimiento de sus acuerdos.
Con base en los reportes de las diversas Entidades y Dependencias involucradas, se captura el porcentaje de avance
en cada una de las acciones y acuerdos, que permite obtener el avance global de cada uno de los Planes de Justicia y
Desarrollo Regional.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
å Avance global de los
Plan de Justicia y
Desarrollo Regional en
implementación
Valor variable 1
850.10
Fuente de
información
variable 1
INPI
Nombre variable 2
Total de Planes de
Justicia y Desarrollo
Regional en
implementación
Valor variable 2
17
Fuente de
información
variable 2
INPI
Sustitución en
método de cálculo
(850.10 / 17) * 100 = 50.00%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
50.00%
Con base en los Informes de cumplimiento de cada uno de los
Planes se tiene un avance estimado del 54.80% al 31 de diciembre
de 2024.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
75%
Al 2030, y con base en lo planteado en PND 2025-2030, se tiene
contemplado el aumento en el número de Planes de Justicia y
Desarrollo Regional para Pueblos, lo cual redistribuye el avance en
el cumplimiento de los acuerdos de cada Plan de Justicia y
Desarrollo Regional. No se omite señalar que, el avance en el
cumplimiento de cada acuerdo de los Planes de Justicia y
Desarrollo implica la participación de más Entidades y
Dependencias además del INPI.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
50.00%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
54.17%
58.34%
62.50%
66.67%
70.83%
75.00%
 
Indicador del objetivo 6.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
6.1 Porcentaje de Programas subsidios del AT10 del PEF que integran mecanismos de seguimiento y rendición de
cuentas con perspectiva de derechos indígenas y afromexicanos.
Objetivo
6. Garantizar acciones de diseño, ejecución, seguimiento y valoración de resultados de políticas y programas
orientados al ejercicio de derechos y desarrollo integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como promover
la asignación directa de recursos y la ejecución de obras y acciones comunitarias.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de programas de subsidios del AT10, modalidades S y U, que integran mecanismos de seguimiento
y rendición de cuentas en el ámbito comunitario mediante una perspectiva de derechos indígenas y afromexicanas
propuesta por el INPI. Este indicador se encuentra vinculado al Compromiso 18. Reconocimiento a derechos y justicia
a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Derecho asociado
Libre determinación y autonomía de Pueblos y Comunidades Indígenas (Artículo 2o. de la CPEUM).
Nivel de
desagregación
Programas presupuestarios de la APF
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de
la información
Marzo
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Abril-Mayo
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
INPI
Método de cálculo
(Programas presupuestarios de subsidios del AT10 del PEF que integran mecanismos de seguimiento y rendición de
cuentas comunitaria con perspectiva de derechos indígenas y afromexicanos / Total de Programas Presupuestarios de
subsidios del AT10 del PEF) *100
Observaciones
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Programas
presupuestarios de
subsidios del AT10 del
PEF que integran
mecanismos de
seguimiento y rendición
de cuentas comunitaria
con perspectiva de
derechos indígenas y
afromexicanos
Valor variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
INPI
Nombre variable 2
Total de Programas
Presupuestarios de
subsidios del AT10 del
PEF
Valor variable 2
48
Fuente de
información
variable 2
INPI
Sustitución en
método de cálculo
(0/48) * 100 = 0%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0 %
Las actividades encaminadas al cumplimiento de este indicador se
comenzaron a desarrollar a partir de la publicación del Decreto por
el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del
artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y
Afromexicanos, publicado en el DOF 30 de septiembre de 2024.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
55%
 
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
0%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
5%
15%
25%
35%
45%
55%
 
 
1          Con la aprobación de la Ley de Transformación Digital y Telecomunicaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) fue extinguido como organismo constitucional autónomo. En consecuencia, las referencias a dicho Instituto que se incluyen en el apartado de Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo de este Programa Institucional corresponden a la información generada con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley.
2          Tales como la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; el Decreto por el que se reconocen, protegen, preservan y salvaguardan los lugares y sitios sagrados y las rutas de peregrinación de los Pueblos Indígenas Wixárika, Náayeri, O'dam o Au'dam y Mexikan, y se crea la Comisión presidencial para su cumplimiento; el Acuerdo por el que se expide el Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas y el Decreto por el que se crea la Comisión Presidencial de Planes de Justicia y Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
3          Diario Oficial de la Federación (2024). DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos. Disponible en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5739986&fecha=30/09/2024#gsc.tab=0
4          Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Disponible en: https://catalogo.inpi.gob.mx/
5          Instituto Nacional de Geografía y Estadística. Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal (CNIJF) 2022. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/cnijf/2022/
6          Instituto Nacional de Lenguas Indígenas. Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas (PANITLI). Disponible en: https://siip.inali.gob.mx/statistics/location?page=59
7          INEGI. CNIJF 2022. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/cnijf/2023/
8          Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Estadística de Nacimientos Registrados 2021. Comunicado de Prensa Núm. 552/22 (21 de septiembre de 2022). Disponible en: https://inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/NR/NR2021.pdf
9          Fernández Martínez, M; Erasto Gutiérrez, J.; Tlayeyecolpahtli (Medicina experimentada). Plantas sanadoras en las comunidades de México. INPI. 2021. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/681785/Libro-Tlayeyecolpahtli-plantas_sanadoras-INPI.pdf
10         Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Cobertura del servicio móvil en los Pueblos Indígenas con base en información proporcionada por los concesionarios en el año 2023. Disponible en: https://www.ift.org.mx/sites/default/files/diagnostico-pueblos-indigenas-2023-vacc.pdf
11         Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2024. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/endutih/2024/
12         Perspectivas Locales sobre la Diversidad Biológica 2. Resumen de conclusiones y recomendaciones. Forest Peoples Programme. Disponible en: https://www.cbd.int/gbo/gbo5/publication/lbo-2-summary-es.pdf
13         Los pueblos indígenas y tribales y la gobernanza de los bosques. Una oportunidad para la acción climática en Latina América y el Caribe. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés). Disponible en: https://openknowledge.fao.org/items/c177b1d6-d165-4ab9-bb2a-c7b1678e3f51
14         Medición Multidimensional de la Pobreza 2024, INEGI. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/desarrollosocial/pm/
15         Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Encuesta Nacional sobre Discriminación y Pobreza (ENADIS) 2022. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ENADIS/ENADIS_Nal22.pdf
16         Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2023). Caracterización de la gestión catastral y registral de ámbito federal. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/889463914815.pdf
17         Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT) 2019. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/enut/2019/
18         Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos en los Hogares (ENIGH) 2024. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/enigh/nc/2024/
19         Asimismo, la ONU ha establecido que la justicia social puede interpretarse como un mundo en el que las sociedades se basan en los principios de igualdad y solidaridad, comprenden y valoran los derechos humanos y reconocen la dignidad de todo ser humano, a través de cinco elementos clave: 1) El reconocimiento de que cada persona tiene necesidades y circunstancias diferentes (equidad); 2) garantizar que todos tengan acceso a los recursos y oportunidades que necesitan para triunfar (acceso); 3) permitir que todas las personas desempeñen un papel en la vida política, económica y social de las comunidades (participación); 4) proteger los derechos humanos de todas las personas (derechos); y 5) valorar y respetar las diferencias entre las personas, con la raza, el sexo y la orientación sexual (diversidad). Disponible en: https://news.un.org/es/story/2025/02/1536641