CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Nuevo León, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/NL/023/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.
MUJERES/CCA/AVGM/NL/023/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, SAMUEL ALEJANDRO GARCIA SEPULVEDA; ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, JAVIER LUIS NAVARRO VELASCO; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA; Y POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres corresponde al Gobierno Federal, a través de la "SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN", por lo que "MUJERES", dará acompañamiento y seguimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, con el objetivo de ejercer las atribuciones que el DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres en el artículo 15 fracciones IX y X en la materia de acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, reparación del daño y legislativas que correspondan para dar cumplimiento.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que las otorguen deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2025 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 20 de marzo de 2025, suscrito por Graciela Guadalupe Buchanan Ortega en su carácter de Secretaria de las Mujeres del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/NL/023/2025.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $5,334,145.00 (cinco millones trescientos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/NL/023/2025. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio MUJERES/SDVLV/0155/2025 de fecha 16 de abril de 2025.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "MUJERES" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 01 de enero de 2025 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2o., fracción I, y 5o., fracciones I y XIV y 7o. del RISM.
I.3. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria.
I.4. Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM, 1o., 2o. y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2. El Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, Samuel Alejandro García Sepúlveda, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 63, 111, 124 y 125 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 2o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León.
II.3. El Secretario General de Gobierno, Javier Luis Navarro Velasco, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 119 y 127 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 8, 18, inciso A, fracción I y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; 10 y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4. El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 124 y 188 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4o., 18, apartado A, fracción III y 24, fracción XXXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 2o. y 4o., fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.
II.5. La titular de la Secretaría de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18, apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres.
II.6. Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur, número 333, Piso Número 3, Colonia Monterrey Centro, Código Postal 64000, Monterrey, Nuevo León y con Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las Acciones de Coadyuvancia siguientes: Atención y Prevención.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto:
MUJERES/AVGM/NL/023/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025; y que se encuadran en las siguientes Acciones de coadyuvancia:
| Acción coadyuvante |
| Atención: Acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas. | | Prevención: Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas. | |
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $5,334,145.00 (cinco millones trescientos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/NL/023/2025, aprobado por el COMITÉ en la Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/032/11042025.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2025 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo Tercero de los LINEAMIENTOS.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d. Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través del subsidio aprobado por el COMITÉ, exclusivamente destinado para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d. Realizar las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f. Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j. Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "MUJERES", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, por el Titular de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y Enlace Designado ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2025 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de las Mujeres que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2025, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
| Nombre: | Tania Galicia Carmona. |
| Cargo: | Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género. |
| Dirección: | Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México. |
| Teléfono institucional: | 55 5322 4200 Ext. 5213 |
| Correo electrónico Institucional: | tgalicia@mujeres.gob.mx |
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
| Nombre: | Alexis Chávez Treviño. |
| Cargo: | Director de Inteligencia Social y Sistema Multifuente de la Subsecretaría de Innovación y Sostenibilidad de la Secretaría de las Mujeres. |
| Dirección: | Avenida Eugenio Garza Sada Sur número 2145 Piso 6, Código Postal 64700, Monterrey, Estado de Nuevo León. |
| Teléfono institucional: | 8120332700 Ext. 33739 |
| Correo electrónico Institucional: | alexis.chavez@nuevoleon.gob.mx |
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León informará a "MUJERES", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, asimismo deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo Octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Contraloría y Transparencia Gubernamental del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran las personas servidoras públicas federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra parte e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezcan a "LAS PARTES", en este acto se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley
General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el periódico oficial del Estado de Nuevo León en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México el día 30 del mes de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado, Samuel Alejandro García Sepúlveda.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno; Javier Luis Navarro Velasco.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado y Titular de la Instancia Local Receptora, Carlos Alberto Garza Ibarra.- Rúbrica.- Titular de Secretaría de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 30 de mayo de 2025, celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado de Nuevo León, de conformidad con el numeral Trigésimo sexto y Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
| ENTIDAD FEDERATIVA: | NUEVO LEÓN |
| NOMBRE DEL PROYECTO: | MUJERES/AVGM/NL/023/2025 |
| |
| INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE: |
| SECRETARÍA DE LAS MUJERES |
| INSTANCIA LOCAL RECEPTORA: |
| SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL |
| FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO: |
| 20 de marzo de 2025 |
| FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO: |
| Julio de 2025 |
| FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025. |
| Diciembre 2025 |
| B. ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO: |
| Deberá de colocar una X en la acción a desarrollar: |
| X | 1. Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas. |
| X | 2. Prevención. acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas. |
| | 3. Seguridad. aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo. |
| | 4. Justicia. acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita. |
| MONTO SOLICITADO |
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| $5,334,145.00 | Cinco millones trescientos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N. |
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| MONTO COPARTICIPACIÓN |
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| $0.00 | 0% | Cero pesos |
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| MONTO TOTAL DEL PROYECTO: |
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| $5,334,145.00 | Cinco millones trescientos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N. |
| DATOS DEL ENLACE |
| Nombre: | Alexis Chávez Treviño |
| Cargo: | Director de Inteligencia Social y Sistema Multifuente |
| Domicilio: | Av. Eugenio Garza Sada Sur 2145, Piso 6, Monterrey, NL. CP 64700 |
| Teléfono Institucional: | 8120332700 |
| Extensión | 33739 |
| Correo Institucional: | alexis.chavez@nuevoleon.gob.mx |
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
| ACCIÓN COADYUVANTE | DESCRIPCIÓN |
| ATENCIÓN | Rehabilitación, equipamiento y puesta en operación del Centro Intercultural para mujeres en situación de violencia, especialmente indígenas, migrantes, afromexicanas. El centro ofrecerá servicios jurídicos, psicológicos y sociales, y se contratará personal especializado para su funcionamiento. Además, se fortalecerá el registro y análisis de casos de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León en el Banco Estatal de Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), con equipamiento tecnológico y personal capacitado. |
| PREVENCIÓN | Se desarrollarán talleres comunitarios de sensibilización y formación en derechos humanos y prevención de las violencias en municipios prioritarios, con enfoque intercultural y dirigido a mujeres y juventudes. Asimismo, se realizarán obras de teatro comunitarias itinerantes, como herramienta de transformación cultural, y se llevará a cabo una campaña de difusión masiva centrada en los derechos de las mujeres, que incluirá la impresión y distribución de cartillas con lenguaje accesible y enfoque interseccional. |
C.1 JUSTIFICACIÓN
| ACCIÓN COADYUVANTE | JUSTIFICACIÓN |
| ATENCIÓN | En Nuevo León se requiere mejorar la infraestructura y capacidad de atención a mujeres en situación de violencia, especialmente de grupos en situación de vulnerabilidad. El proyecto responde a esta necesidad mediante la rehabilitación y equipamiento del Centro Intercultural para Mujeres y el fortalecimiento del BANAVIM con tecnología y personal especializado. |
| PREVENCIÓN | Persisten patrones culturales que normalizan la violencia de género. Se desarrollarán talleres comunitarios, obras de teatro y una campaña de difusión con cartillas de derechos para sensibilizar a la población, además de fortalecer el análisis institucional con herramientas tecnológicas y personal especializado. |
| ACCIÓN COADYUVANTE | MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA DE VIOLENCIA | OBJETIVO |
| ATENCIÓN |
| ATENCIÓN A. Acciones estratégicas para la identificación, atención, canalización y seguimiento a mujeres, adolescentes y niñas, indígenas o afromexicanas que sufren violencias. B. Garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos, especializados y gratuitos. | Séptima medida de justicia Medida establecida: "Impulsar a los mecanismos estatales de atención a víctimas para garantizar la reparación integral del daño a víctimas del delito o de violaciones a derechos humanos." | Fortalecer la atención integral a mujeres en situación de violencia, mediante la implementación del Centro de Atención Intercultural para Mujeres, garantizando espacios seguros y servicios especializados. |
| PREVENCIÓN |
| PREVENCIÓN B. Estrategias educativas en derechos humanos y perspectiva de género, que impulsen la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos. C. Fortalecimiento de la captura, análisis y procesamiento de información en el BANAVIM | 2. Integrar y actualizar adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres. Esta medida deberá permitir en un plazo razonable monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar estadísticas y diagnósticos periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y, en consecuencia, instrumentar políticas públicas efectivas. La información vertida en este banco debe ser reportada también al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM). En el Banco de Datos se deberán incluir todas las actuaciones del sistema de administración de justicia, como las denuncias, las investigaciones o testimoniales, tipo de violencia, investigación formalizada, forma de conclusión del proceso; así como, el tipo de medidas de protección emitida y la identificación del número de denuncias de las víctimas contra el mismo agresor, entre otros aspectos claves. 3. Establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno de Nuevo León. La estrategia debe ser permanente, continua, obligatoria y focalizada particularmente a las personas vinculadas a los servicios de salud y atención a víctimas, así como a los [servicios] de procuración y administración de justicia, con el apoyo de instituciones y personas especializadas en la materia. Incluir como criterio de evaluación de las y los jueces, la valoración expresa de la formación o especialización de género y derechos humanos, especialmente de quienes atenderán casos de violencia contra las mujeres; asegurando así, el dominio de conocimientos y herramientas que les permitan administrar justicia, evitando la revictimización de las agraviadas y/o exponiéndolas a situaciones de mayor riesgo y vulnerabilidad. 4. Generar campañas permanentes encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente, el derecho a una vida libre de violencia, los tipos y modalidades de violencia. | Realizar acciones que promuevan la transformación sociocultural y la prevención de la violencia mediante talleres, obras de teatro, difusión de derechos y fortalecimiento del sistema multifuente BANAVIM con captura de carpetas rezagadas. |
C2. METODOLOGÍA
ATENCIÓN
| OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN |
| Mejorar la capacidad de atención a mujeres mediante la implementación de un Centro de Atención Intercultural, enfocado a mujeres indígenas, afromexicanas y en situación de migración. | Brindar atención a mujeres auto percibidas como indígenas, afromexicanas, en situación de migración o integrantes de algún grupo históricamente vulnerado, enfocado a garantizar atención jurídica, psicológica y social para todas las usuarias. Servicios de trabajo social: Recepción de usuaria e implementación de entrevista inicial para conocer situación y ofrecer servicios enfocados. Servicios jurídicos: asesoría y representación en materia familiar; asesoría y orientación en materia penal, civil, y cuestiones jurídicas generales. Servicios psicológicos: Atención individual mediante 12 sesiones enfocadas en temas de empoderamiento de la mujer e identificación de riesgos. Servicios de intérprete de lenguas: Un intérprete de lenguas indígenas estará presente para ofrecer los servicios de traducción a la usuaria que lo requiera. | Porcentaje de incremento en atenciones a mujeres integrantes de algún grupo históricamente vulnerado: (Número de mujeres atendidas en el año t) / (número de mujeres atendidas en el año t-1) *100 Promedio de sesiones psicológicas brindadas por usuaria: (Número de servicios psicológicos en el periodo) / (Número de usuarias registradas y atendidas) Promedio de servicios brindados por usuaria: (Número de servicios brindados) / (Número de mujeres atendidas) Promedio de asesorías jurídicas brindadas por mujeres atendidas: (Número de asesorías jurídicas brindadas/ Total de mujeres atendidas) Porcentaje de atenciones por grupos de edad: (Número de atenciones brindadas a mujeres de rango de edad X) / (Suma del total de atenciones a usuarias) *100 | · Lista de registros de mujeres usuarias del Centro. · Registro de atenciones por cada tipo de servicio brindado a mujeres. · Registro de atenciones en el BANAVIM. |
| Disminuir el rezago en las carpetas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León para fortalecer el funcionamiento del BANAVIM, mejorando el registro y seguimiento de casos. | Solicitar y recibir la capacitación por parte del BANAVIM central para el registro de datos y conformación de expedientes electrónicos. Actualizar constantemente el BANAVIM con el propósito de contar con la información de manera oportuna. Realizar análisis de inteligencia social para integrar estrategias para la prevención de violencia contra las mujeres. | Porcentaje de incremento en registros de BANAVIM por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León: (Número de registros BANAVIM año t) - (Registros BANAVIM año t-1) / (Registros BANAVIM año t-1) *100 | Reportes de operación del BANAVIM. Registros de expedientes y servicios en el BANAVIM. |
PREVENCIÓN
| OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN |
| Sensibilizar a mujeres y juventudes sobre los derechos de las mujeres y la prevención de la violencia, así como impulsar una campaña permanente sobre derechos humanos y modalidades de la violencia en espacios educativos y comunitarios. | Impartir talleres comunitarios con enfoque intercultural. Presentación de obras de teatro itinerantes con temática de promoción de los derechos de las mujeres y prevención de la violencia en municipios prioritarios. Entrega de 20,000 Cartillas de los Derechos de las Mujeres para promover el conocimiento de los derechos humanos en usuarias asistentes a talleres y obras. Diseñar y difundir mediante redes sociales y materiales impresos, información y contenidos educativos sobre qué es y cómo prevenir las violencias en razón de género contra las mujeres, niñas y adolescencias, incluido qué es y cómo prevenir, detectar y atender el abuso sexual infantil. Impartir el programa de prevención de la violencia sexual y de género en conjunto con el IEM, dentro de escuelas primarias y secundarias. | Porcentaje de avance de metas mensuales: 100 * (Número de talleres realizados) / (Número de talleres planeados) Promedio de atención por taller impartido: (Número de participantes en el taller X) / (Suma total del número de participantes en los talleres) Porcentaje de avance en entrega de Cartillas de Derechos de las Mujeres: 100 * (Número de cartillas entregadas / Número de cartillas impresas) Promedio mensual de programas impartidos en escuelas: (Número de escuelas visitadas en el mes) / (Suma del total de escuelas visitadas para implementación de Programa de prevención de la violencia sexual) | Listas de asistencia. Evidencias fotográficas. Cuestionarios implementados. Propuesta metodológica de la campaña permanente. Carpeta digital con contenidos educativos (impresos y audiovisuales) Informe de resultados |
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
ATENCIÓN
| PASO | DESCRIPCIÓN |
| 1 | Realizar el diagnóstico técnico y arquitectónico del inmueble destinado al Centro Intercultural para Mujeres. |
| 2 | Ejecutar las obras de rehabilitación y adecuación del espacio físico conforme a los lineamientos de accesibilidad y seguridad. |
| 3 | Adquirir y colocar mobiliario, equipo de cómputo y otros insumos necesarios para su operación. |
| 4 | Realizar el proceso de contratación de personal especializado en atención jurídica, psicológica y social. |
| 5 | Adquirir licencias, equipo y servicios tecnológicos para el fortalecimiento del BANAVIM. |
| 6 | Capacitar al personal en el uso del sistema y en protocolos de atención con perspectiva de género. |
PREVENCIÓN
| PASO | DESCRIPCIÓN |
| 1 | Diseñar el contenido de los talleres, obras de teatro y cartillas informativas con enfoque de género, derechos humanos e interculturalidad. |
| 2 | Contratar personal facilitador, artístico y técnico para las actividades comunitarias y de difusión. |
| 3 | Coordinar la logística de implementación de talleres y presentaciones teatrales en municipios prioritarios. |
| 4 | Imprimir y distribuir cartillas informativas a través de canales comunitarios e institucionales. |
| 5 | Implementar procesos de monitoreo de impacto y sistematización de resultados de las actividades de prevención. |
| 6 | Generar informes periódicos con base en el análisis de datos del sistema multifuente para retroalimentar las estrategias preventivas. |
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA.
| TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA |
| SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS (AS) U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS (AS) | MUJER Y/O HOMBRE |
| NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES | MUJER |
| ADULTAS (OS) MAYORES | MUJER |
| INDÍGENAS | MUJER |
| MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS) | MUJER |
| AFROMEXICANAS (OS) | MUJER |
| DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS) | MUJER |
| CON DISCAPACIDAD | MUJER |
| LGBTI+ | MUJER Y/O HOMBRE |
| MADRES JEFAS DE FAMILIA | MUJERES |
| EN SITUACIÓN DE CALLE | MUJERES |
| VÍCTIMAS DIRECTAS | MUJERES |
| VÍCTIMAS INDIRECTAS | MUJERES |
| PRIVADAS DE LA LIBERTAD | NO APLICA |
| TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS | MUJERES |
| OTRAS | NO APLICA |
| GRUPO ETARIO |
| MUJERES |
| 0 a 6 años | 7 a 11 años | 12 a 17 años | 18 a 30 años | 31 a 59 años | 60 años en adelante |
| X | X | X | X | X | X |
| HOMBRES |
| 0 a 6 años | 7 a 11 años | 12 a 17 años | 18 a 30 años | 31 a 59 años | 60 años en adelante |
| | | | | X | |
| COBERTURA GEOGRÁFICA |
| En los municipios Monterrey, Apodaca, Cadereyta, García, Guadalupe, Juárez, y General Escobedo. |
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
| | ACTORES ESTRATÉGICOS | INSTRUMENTO JÚRIDICO Y/O MECANISMO DE COORDINACIÓN | CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO |
| 1 | Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León | Dirección del proyecto y enlace estatal de BANAVIM designado por la Subsecretaría de Innovación y Sostenibilidad y notificado al Banco Nacional. | La Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León se encargará de coordinar y dirigir de forma general las 6 secciones del proyecto; así como conectar y difundir la información con otras dependencias e instituciones relevantes. |
| 2 | Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León | Documento jurídico para la designación de persona como enlace Institucional de BANAVIM, a través del convenio firmado por el titular del usuario. | La Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León colabora con más del 80% de registro de expedientes de Nuevo León en el BANAVIM. Con esta colaboración, se podrá abatir el rezago en carpetas de casos de violencia contra las mujeres en la plataforma BANAVIM. A través de este acceso, se garantiza que la información registrada sea completa y esté alineada con los datos legales y judiciales, permitiendo un seguimiento adecuado del proceso y la evolución de cada caso dentro del sistema de justicia. |
| 3 | Instituto Estatal de la Mujer del Estado de Nuevo León | Convenio de colaboración para llevar a cabo proyecto de cursos educativos. | El IEM apoyará en la impartición de los cursos y talleres dirigidos a sensibilizar sobre la identificación de las violencias y sus afectaciones, así como a fortalecer los recursos de afrontamiento de las mujeres y a generar un cambio cultural para prevenir la violencia. |
| 4 | Secretaría de Educación de Nuevo León | Coordinación/Colaboración interinstitucional | Apoya en la coordinación de la implementación del programa en los espacios escolares. Genera el vínculo directo con las personas directivas de los planteles escolares. Apoya en dar seguimiento a los casos de violencia sexual y de género detectados mediante la implementación del programa. |
| 5 | Secretaría de Igualdad e Inclusión de Nuevo León | Coordinación/Colaboración interinstitucional | Apoya en la coordinación de la implementación del programa en los centros comunitarios. Genera el vínculo directo con las personas responsables de los centros comunitarios. Apoya en dar seguimiento a los casos de violencia sexual y de género detectados mediante la implementación del programa. |
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
| RIESGO | MEDIDAS PARA AFRONTAR |
| Condiciones climatológicas adversas que retrasen o impidan la ejecución de obra civil en el Centro Intercultural. | Ajuste del cronograma de obra con tiempos de contingencia y calendarización estratégica fuera de temporada de lluvias; inclusión de cláusulas de flexibilidad en los contratos de ejecución. |
| Baja participación comunitaria en talleres y actividades de prevención por desconfianza institucional o contexto de violencia. | Vinculación previa con liderazgos comunitarios y organizaciones locales; estrategia de convocatoria culturalmente pertinente; reforzamiento de mensajes de confianza y utilidad del servicio. |
| Escasa cobertura de medios o desinterés mediático por los contenidos de la campaña de derechos. | Establecimiento de convenios con medios públicos y comunitarios; uso de redes sociales y formatos visuales atractivos; activación de vocerías institucionales que impulsen la difusión. |
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
| ACTIVIDADES | CONCEPTO DE GASTO | MES |
| MES 1 | MES 2 | MES 3 | MES 4 | MES 5 | MES 6 | Monto |
| Brindar atención a mujeres auto percibidas como indígenas, afromexicanas, en situación de migración o integrantes de algún grupo históricamente vulnerado, enfocado a garantizar atención jurídica, psicológica y social para todas las usuarias. Servicios de trabajo social: Recepción de usuaria e implementación de entrevista inicial para conocer situación y ofrecer servicios enfocados. Servicios jurídicos: asesoría y representación en materia familiar; asesoría y orientación en materia penal, civil, y cuestiones jurídicas generales. Servicios psicológicos: Atención individual mediante 12 sesiones enfocadas en temas de empoderamiento de la mujer e identificación de riesgos. Servicios de intérprete de lenguas: Un intérprete de lenguas indígenas estará presente para ofrecer los servicios de traducción a la usuaria que lo requiera. | Diseño e impresión de materiales y contenidos para difundir servicios del Centro de Atención Intercultural. Adquisición de 7 equipos de cómputo, 1 impresora multifuncional, señalética de áreas de atención, escritorios y sillas. Contratación de 7 personas como Servicios de Honorarios Profesionales con perfiles de abogadas, psicólogas, trabajadoras sociales. Contratación de 1 intérprete de lenguas. | X | X | X | X | X | X | $1,680,000 |
| Solicitar y recibir la capacitación por parte del BANAVIM central para el registro de datos y conformación de expedientes electrónicos. Actualizar constantemente el BANAVIM con el propósito de contar con la información de manera oportuna. | Contratación de Servicios de Honorarios Profesionales de 5 personas con perfiles de actuaría, matemáticas, economía, o carreras técnicas. Adquisición de 5 equipos de cómputo. | X | X | X | X | X | X | $986,400 |
| Realizar análisis de inteligencia social para integrar estrategias para la prevención de violencia contra las mujeres. | | | | | | | | |
| Impartir talleres comunitarios con enfoque intercultural. Presentación de obras de teatro itinerantes con temática de promoción de los derechos de las mujeres y prevención de la violencia en municipios prioritarios. | Contratación de servicio para implementación de 36 Obras de Teatro y Talleres "Mujeres Libres de Violencia". | | | | | | | $583,745 |
| Impartir el programa de prevención de la violencia sexual y de género en conjunto con el IEM, dentro de escuelas primarias y secundarias. Diseñar y difundir mediante redes sociales y materiales impresos, información y contenidos educativos sobre qué es y cómo prevenir las violencias en razón de género contra las mujeres, niñas y adolescencias, incluido qué es y cómo prevenir, detectar y atender el abuso sexual infantil. | Contratación por honorarios de 8 personas instructoras, una persona coordinadora para la implementación del programa de prevención de violencia sexual y de género, así como 2 personas para la atención de casos de violencia. Diseño e impresión de materiales y contenidos educativos para los talleres en conjunto con el Instituto Estatal de las Mujeres. | X | X | X | X | X | X | $1,200,000 |
| Entrega de Cartillas de los Derechos de las Mujeres para promover el conocimiento de los derechos humanos en usuarias asistentes a talleres y obras. | Adquisición de cartillas impresas para 20,000 mujeres. | X | X | X | X | X | X | $884,000 |
| TOTAL | CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N. | $5,334,145 |
C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
| RECURSOS HUMANOS |
| PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | TIPO DE CONTRATACIÓN | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| Pedagogo | 2 | Licenciatura | Servicios profesionales/ Honorarios | 2 |
| Profesionista en áreas como educación, psicología, trabajo social, ciencias sociales o afines, con certificación para impartir contenidos educativos y herramientas socioemocionales. | 2 | Licenciatura | Servicios profesionales/ Honorarios | 10 |
| Psicólogos o Trabajador Social | 2 | Licenciatura | Servicios profesionales/ Honorarios | 2 |
| Abogado | 1 | Licenciatura | Servicios profesionales/ Honorarios | 2 |
| Psicólogo | 1 | Licenciatura | Servicios profesionales/ Honorarios | 3 |
| Intérprete en lenguas indígenas y/o lenguaje de señas mexicanas. | 1 | No aplica | Servicios profesionales/ Honorarios | 1 |
| Profesionista economista, contador, actuario o carrera afin | 1 | Carrera Técnica o afines | Honorarios Profesionales | 5 |
| Total de Prestadores de Servicios a Contratar | 25 |
| RECURSOS MATERIALES |
| CONCEPTO DE GASTO | DETALLE | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
| Material informativo de comunicación | Folletos, material impreso, listas de asistencia. | Pieza | 8,600 |
| Material artístico para obra | Escenografía y vestuarios para obra teatral. | Servicio | 1 |
| Equipo de cómputo e impresoras | Equipos de cómputo, impresoras para el Centro de Atención Intercultural. | Pieza | 10 |
| Señaléticas | Señalética de áreas de atención para Centro de Atención Intercultural. | Pieza | 30 |
| Cartillas de derechos | Cartillas impresas de derechos de las mujeres | Pieza | 20,000 |
| Equipo de cómputo | Computadoras portátiles para proyecto de Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León - BANAVIM. | Pieza | 5 |
| Total de Adquisiciones | 28,646 |
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en tres ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto MUJERES/AVGM/NL/023/2025, en la Ciudad de México el día 30 de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado, Samuel Alejandro García Sepúlveda.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Javier Luis Navarro Velasco.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado y Titular de la Instancia Local Receptora, Carlos Alberto Garza Ibarra.- Rúbrica.- Titular de Secretaría de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica.