CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Durango, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/DGO/026/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/DGO/026/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE DURANGO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE DURANGO, ESTEBAN ALEJANDRO VILLEGAS VILLARREAL; ASISTIDO POR EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO, PAULINO CÓRDOVA QUIÑONES; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, FRANKLIN CORLAY AGUILAR; POR LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL DE LAS MUJERES, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, ALEJANDRA ELIZABETH TERRONES OCHOA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres corresponde al Gobierno Federal, a través de la "SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN", por lo que "MUJERES", dará acompañamiento y seguimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, con el objetivo de ejercer las atribuciones que el DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres en el artículo 15 fracciones IX y X en la materia de acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, reparación del daño y legislativas que correspondan para dar cumplimiento.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que las otorguen deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2025 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 18 de marzo de 2025, suscrito por Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa en su carácter de Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/DGO/026/2025.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $4,376,686.72 (cuatro millones trescientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y seis pesos 72/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/DGO/026/2025. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio MUJERES/SDVLV/0170/2025, de fecha 21 de abril de 2025.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.      "MUJERES" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.   La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 01 de enero de 2025 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2o., fracción I, y 5o., fracciones I y XIV y 7o. del RISM.
I.3.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria.
I.4.   Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.     El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 60 y 62 párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  El Gobernador del Estado de Durango, Esteban Alejandro Villegas Villarreal, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 98 fracciones X y XXXIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; y, 5o. fracciones XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango.
II.3.  El Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Paulino Córdova Quiñones, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 99 párrafo primero, 100 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 5 fracción XII, 19 fracción I, 20 fracciones VI y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; y, 2, 3 y 11 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.  El Secretario de Finanzas y de Administración, Franklin Corlay Aguilar, y en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 19 fracción II y 21 fracciones II, VII y LXXXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; y, 2o., 7o. y 9o. fracciones VIII y XXXIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y de Administración.
II.5.  La Titular de la Dirección General del Instituto Estatal de las Mujeres, y Titular de la Instancia Local Responsable, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 4o., 47 y 53 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 2o. y 19 fracciones XI y XVIII de la Ley del Instituto Estatal de la Mujeres; y, 4o. fracción II, 12 y 13 fracciones II, X y XXI del Reglamento Interior del Instituto Estatal de la Mujeres.
II.6.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle Reforma número 100, Colonia Burócrata, Código Postal 34279, Durango, Estado de Durango y con Registro Federal de Contribuyentes GED620101652.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.  Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.  Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.  Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las Acciones de Coadyuvancia siguientes: Atención y Prevención.
III.5.  Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/DGO/026/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025; y que se encuadran en las siguientes Acciones de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
Atención: Acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
Prevención: Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $4,376,686.72 (cuatro millones trescientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y seis pesos 72/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/DGO/026/2025, aprobado por el COMITÉ en la Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/040/11042025.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y de Administración en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2025 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo Tercero de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y de Administración, los recursos asignados a través del subsidio aprobado por el COMITÉ, exclusivamente destinado para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "MUJERES", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y de Administración, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular del Instituto Estatal de las Mujeres, por el Titular de la Secretaría de Finanzas y de Administración y Enlace Designada ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2025 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial del Instituto Estatal de las Mujeres que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2025, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona.
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
Dirección:
Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 5322 4200 Ext. 5213
Correo electrónico Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Vanessa Neftali Herrera Escobedo.
Cargo:
Psicóloga tallerista del área de Prevención.
Dirección:
Calle Zaragoza número 528 Sur, Colonia Zona Centro, Código Postal 34000, Durango, Estado de Durango.
Teléfono institucional:
618 137 4600
Correo electrónico Institucional:
prevención.iem@gmail.com
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Instituto Estatal de las Mujeres informará a "MUJERES", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Instituto Estatal de las Mujeres.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, asimismo deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo Octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría de Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran las personas servidoras públicas federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra parte e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México el día 30 del mes de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado, Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Paulino Córdova Quiñones.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y de Administración y Titular de la Instancia Local Receptora, Franklin Corlay Aguilar.- Rúbrica.- Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 30 de mayo del 2025, celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Durango, de conformidad con el numeral Trigésimo sexto y Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Durango
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/DGO/026/2025
 
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
Instituto Estatal de las Mujeres
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
Secretaría de Finanzas y de Administración
 
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
09 de abril de 2025
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Julio de 2025
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025.
Diciembre de 2025
 
B.    ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
Deberá de colocar una X en la acción a desarrollar:
X
1. Atención: Acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
X
2. Prevención: Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
3. Seguridad: Aquellas acciones que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
4. Justicia: Acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
MONTO SOLICITADO:
$4,376,686.72
Cuatro millones trescientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y seis pesos con setenta y dos centavos M.N.
 
MONTO COPARTICIPACIÓN:
$0.00
0%
 
 
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
$4,376,686.72
Cuatro millones trescientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y seis pesos con setenta y dos centavos M.N.
 
DATOS DEL ENLACE:
Nombre:
Vanessa Neftali Herrera Escobedo
Cargo:
Tallerista del área de Prevención del Instituto Estatal de las Mujeres
Domicilio:
Calle Zaragoza #528 sur, Zona Centro C.P. 34000, Durango, Dgo.
Teléfono Institucional:
618 137 4600
Extensión
374019
Correo Institucional:
prevencion.iem@gmail.com
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
ACCIÓN COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
ATENCIÓN
Generación de un programa integral de atención multidisciplinaria para mujeres víctimas directas o indirectas de violencia, sus hijas e hijos, a través de profesionistas certificadas en el Estándar de Competencia EC0539: Atención presencial de primer contacto a mujeres víctimas de violencia de género y que se ubicarán en las instalaciones del Instituto Estatal de las Mujeres, además, una estrategia integral de reparación del daño, en las instalaciones de la Comisión Estatal Ejecutiva de Atención a Víctimas, en ambas acciones la atención se llevará a cabo de manera presencial, garantizará el acompañamiento integral y la representación jurídica adecuada para que tanto víctimas directas como indirectas puedan acceder a la justicia.
Se plantea que la estrategia integral de atención pueda brindar acompañamiento en las áreas de trabajo social y psicología, dicho acompañamiento será adaptado a las necesidades particulares de cada mujer víctima; la representación jurídica especializada en los casos de víctimas indirectas de feminicidio y directas e indirectas de violencia sexual buscará, además del acceso a la justicia, la reparación integral del daño; adicionalmente se deberá garantizar la canalización adecuada y el traslado seguro, en aquellos casos en donde sea necesario, ya sea entre los municipios (en vinculación con los Centros LIBRES) con Declaratoria de AVGM en el Estado o entre instituciones especializadas de la administración pública.
La estrategia integral de atención se llevará a cabo por personal certificado en el Estándar de Competencia EC0539: Atención presencial de primer contacto a mujeres víctimas de violencia de género que garantice la no re victimización de las mujeres, libre de estereotipos y con conocimientos en Derechos Humanos en las áreas de trabajo social, psicología y jurídico de manera presencial en las instalaciones físicas del Instituto Estatal de las Mujeres, además se contará con la unidad móvil especializada en vinculación institucional que permita realizar una referencia y traslado para garantizar la seguridad de las mujeres que requieran ser trasladadas entre los municipios o entre dependencias especializadas.
La estrategia integral de reparación del daño se llevará a cabo en coordinación y en las instalaciones de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, en dicha estrategia se buscará el establecimiento de mecanismos y rutas de acceso a las medidas de reparación que incluyan la restitución, indemnización, rehabilitación y garantía de no repetición según sea el caso.
PREVENCIÓN
Implementación de un programa integral de prevención de las violencias contra las mujeres en el Estado, fundamentado en cuatro ejes específicos: la reeducación de hombres agresores; la correcta aplicación de la NOM-046-SSA2-2005. Violencia Familiar, Sexual Y Contra Las Mujeres. Criterios Para La Prevención Y Atención. El desarrollo y aplicación de un programa integral de empoderamiento de las mujeres y, por último, la implementación de una estrategia integral de seguimiento, evaluación, actualización, sistematización y difusión de la totalidad de las acciones realizadas por las instituciones públicas que para tal efecto presente el Estado para atender las medidas del resolutivo de la Declaratoria de AVGM en el Estado.
Se propone dentro de la estrategia integral de prevención de las violencias iniciar con la capacitación del personal directivo y operativo adscrito a las instituciones de salud públicas encargados de la atención de mujeres víctimas de violencia sexual para la correcta aplicación de la NOM-046-SSA2-2005. Violencia Familiar, Sexual Y Contra Las Mujeres. Criterios Para La Prevención Y Atención; con la finalidad de garantizar el acceso a las mujeres a la atención especializada y adecuada, libre de discriminación y revictimización por parte del personal sanitario, además de la difusión, entre usuarias, de material en el que se especifiquen las rutas para acceder a los servicios de interrupción legal del embarazo con estricto apego a la NOM-046, dicho material debe exponer de forma clara, científica, con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género, enfoque multicultural e interseccional y debe ser accesible para todas las mujeres y todas las usuarias.
La intervención con hombres agresores se llevará a cabo mediante la aplicación y validación de un programa de reeducación orientado a la erradicación de patrones cognitivos, conductuales y culturales agresivos y desadaptativos, se deberá trabajar de manera directa, especifica y focalizada con grupos de hombres vinculados a procesos penales por cualquier tipo de violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes, dicha intervención se llevará a cabo en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública y las instancias especializadas en la reinserción social de hombres agresores con la finalidad de prevenir la reincidencia de actos violentos, adicionalmente deberá adaptar dicho modelo para su aplicación en hombres estudiantes de educación superior del Estado, acción que se llevará a cabo en coordinación con la Secretaría de Educación Pública del Estado, específicamente con la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior, con el objetivo de reestructurar en los estudiantes patrones cognitivos y conductuales que pueden producir cualquier tipo de violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes.
El programa integral de empoderamiento económico de las mujeres deberá partir de la realización de un análisis de las políticas públicas actuales en la materia y la implementación de propuestas derivadas de dicho diagnóstico que prevean acciones afirmativas en el ámbito del desarrollo económico y laboral a manera de capacitaciones de mujeres para el empoderamiento en los ámbitos laborales, y/o la capacitación de centros laborales para la implementación de dichas políticas públicas y acciones afirmativas, El programa integral se llevará en coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de Desarrollo Económico y demás instancias estatales y municipales que coadyuven al desarrollo económico de las mujeres del Estado, además se deberá incluir dentro de las actividades a la industria privada y cámaras empresariales para buscar generar un mayor impacto en el empoderamiento económico de las mujeres.
Por último, la estrategia integral de seguimiento, evaluación, actualización, sistematización y difusión de las acciones realizadas por las instituciones públicas que para atender las medidas del resolutivo de la Declaratoria de AVGM en el Estado, deberá realizarse en coordinación con la Secretaría General de Gobierno del Estado y deberá generar espacios de dialogo, discusión y evaluación de las acciones realizadas por las instancias estatales y municipales que tienen incidencia en la atención, prevención y erradicación de las violencias contra las mujeres, dicha información deberá sistematizarse, publicarse y difundirse a la sociedad mediante medios oficiales.
 
C.1 JUSTIFICACIÓN
 
ACCIÓN COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
ATENCIÓN
El Gobierno del Estado de Durango con fecha 26 de agosto de 2024 recibió oficio de notificación respecto del cuarto dictamen sobre la implementación de acciones realizadas para el cumplimiento de las medidas dictadas en la Declaratoria de AVGM en el Estado, correspondiente al periodo junio 2022-diciembre 2023: oficio no. CONAVIM/1551/2024, en esa misma fecha se recibió notificación de extrañamiento a través de oficio no. CONAVIM/1552/2024, en el cual se expresa un extrañamiento al Gobierno del Estado, a los municipios con Declaratoria de AVGM en el Estado, al Poder Judicial y al Congreso del Estado debido a que el 82% de las medidas (incluidos los resolutivos y conclusiones del Grupo de Trabajo) el GIM las evaluó como no cumplidas, tomando como base el cuarto dictamen del Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario se determinaron como prioritarias las acciones de Atención, debido a que las medidas establecidas que corresponden a las acciones de coadyuvancia de seguridad y de justicia son las que se encuentran mayoritariamente atendidas por las instancias estatales y municipales; considerando además fundamental atender a las mujeres víctimas directas e indirectas de cualquier tipo de violencia teniendo como finalidad:
·  Garantizar el acceso a la justicia;
·  Interrumpir la dinámica de violencia que actualmente viven las mujeres sus hijas e hijos en el Estado;
·  Reducir el daño en las mujeres, y en su caso sus hijas e hijos, disminuyendo las consecuencias negativas generadas por la violencia;
·  Orientar todas las acciones, para que la condición temporal y situacional de las mujeres derivada de las violencias, deje de estar presente y sea transitoria;
·  Promover el desarrollo y fortalecimiento de habilidades sociales necesarias como la toma de decisiones, el autoconocimiento y la autovaloración, y la comunicación asertiva;
·  Promover la incorporación en redes de apoyo; y
·  Promover acciones para la creación de planes individualizados de reparación integral del daño.
Es imperante mencionar que las principales actividades que se realizarán en materia de atención implican la vinculación con la operatividad de los Centros LIBRES, de tal manera que se pueda incidir en lo que respecta a la celeridad de las promociones judiciales y en la inmediatez de la vinculación con aquellas instituciones que otorguen atención y/o servicios a mujeres en situación de violencia, sus hijas e hijos cuando sea el caso.
En este tenor, tanto la unidad de atención que se ubicará en las instalaciones del Instituto Estatal de las Mujeres, como la unidad de traslado que atenderá a los llamados respecto aquellos casos que los centros LIBRES detecten para canalización a las instituciones con sede en la capital del Estado tendrán las siguientes actividades prioritarias para la atención a mujeres en situaciones de violencia: orientación, acompañamiento, seguimiento, canalización, vinculación, gestión y el registro de datos y gestión de la información (en especial por medio del Banco Nacional de Datos e Información de los casos de Violencia contra las Mujeres).
En lo que respecta a promover acciones para la creación de planes individualizados de reparación integral del daño a las mujeres víctimas directas e indirectas de violencia sexual y a víctimas indirectas de feminicidio debido a que durante el año 2024 se registraron 11 feminicidios en el Estado, 271 carpetas de investigación por el delito de violación por lo cual es propietario garantizar el derecho a la reparación integral del daño a las víctimas y el contenido de cada uno de los elementos que la componen, puesto que la reparación integral del daño comprende medidas de:
1) Restitución;
2) Rehabilitación;
3) Compensación;
4) Satisfacción, así como
5) No Repetición, subdividiéndolas en individual, colectiva, material, moral y simbólica.
En este sentido la acción considera el establecimiento de rutas de acceso partiendo de considerar los estándares en materia de reparación del daño que establece el derecho internacional de los Derechos Humanos, así como los ordenamientos nacionales y estatales en la materia.
PREVENCIÓN
En cuarto dictamen del informe realizado por el Gobierno del Estado para dar seguimiento a la Declaratoria de AVGM en el Estado, con respecto la implementación de las medidas reportadas por el Estado de Durango muestra como resultados un NULO porcentaje de cumplimiento en cuanto a las medidas de PREVENCIÓN, ya que en su totalidad muestran un estatus de NO CUMPLIDA cada una de estas medidas.
A razón de lo anterior se considera como prioritario el desarrollo de acciones orientadas a la prevención de todos los tipos de violencias contra las mujeres.
Una de las medidas establecidas en la declaratoria en la cual no se ha reportado un avance significativo ha sido la reeducación de hombres agresores, motivo por el cual se hace especial énfasis en la validación del modelo de reeducación de agresores que se ha comenzado a desarrollar en el Instituto Estatal de las Mujeres en vinculación con la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección de Ejecución Penas Medidas de Seguridad, Supervisión de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso, así como del Centro de Reinserción Social No. 1, adicionalmente al trabajo del desarrollo del modelo, se incluyó la participación con mesas de trabajo de representantes de colectivas feministas que además algunas forman parte del GIM Durango.
La reeducación de los agresores es esencial, por lo que es fundamental retomar los esquemas de reeducación para agresores, actualizarlos y validarlos para su correcta aplicación, además de adaptarlos para su aplicación en programas preventivos con distintas poblaciones de hombres en el Estado.
Adicionalmente en el Cuarto dictamen se hace referencia a la preocupación por la nula evidencia respecto las acciones que el Estado debería realizar en cumplimiento a la quinta medida de prevención que hace referencia a la adecuada implementación de la NOM-046-SSA2-2005, para la que el GIM dentro de las recomendaciones establece "Realizar un diagnóstico inicial que permita identificar las necesidades y áreas de enfoque específicas del funcionariado público, considerando perfiles y áreas de desempeño, a través de cuestionarios y/o entrevistas, diseñar un plan de capacitación que incluya contenidos actualizados, especialmente, los contenidos de los Lineamientos técnicos para la atención del Aborto Seguro en México, Edición 2022; establecer un mecanismo de evaluación de resultados que permita medir el impacto y la efectividad del programa, en dos momentos: antes de iniciar el proceso formativo y una vez concluido el mismo.
Ante esta medida, la Secretaría de Salud en el Estado ha reportado que en lo que respecta a la difusión de los derechos de las usuarias con respecto a la NOM-046-SSA2-2005 cuentan con un flujograma muy antiguo, por lo que se considera como una acción prioritaria la capacitación y la difusión de productos que permitan la transmisión clara, científica, con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género, enfoque multicultural e interseccional, así como accesible sobre las rutas para acceder a los servicios de interrupción legal del embarazo e interrupción voluntaria del embarazo.
En lo que respecta al empoderamiento económico de las mujeres en el Estado se ha reportado que no se reportaron acciones y evidencias que muestren que el Estado está atendiendo tal medida, en este sentido se reitera la preocupación puesto que una de las causas por las que las mujeres no rompen el circulo de la violencia es la ausencia de este tipo de acciones y estrategias en este sentido se propone analizar las políticas públicas, acciones y/o estrategias actuales que el Estado realiza a efecto de contar con un panorama respecto el resultado y/o impacto que están teniendo en las mujeres a efecto de fortalecerlas o rediseñarlas.
Adicionalmente el Estado considera necesario desarrollar una estrategia de sistematización de la información de las actividades realizadas, además de visibilizar el trabajo realizado por las instituciones estatales y municipales.
 

ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA DE
VIOLENCIA
OBJETIVO
ATENCIÓN
A. Acciones estratégicas para la identificación, atención, canalización y seguimiento a las mujeres, las adolescentes y las niñas, indígenas o afromexicanas que sufren violencias.
Séptima medida de justicia y reparación: Un plan individualizado de reparación integral del daño. Para estos efectos, se deberán considerar los estándares en materia de reparación del daño, reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como lo establecido en la Ley General de Acceso, Ley General de Víctimas y la Ley de las Mujeres para una Vida sin Violencia.
Ejecutar un programa integral de atención multidisciplinaria para mujeres víctimas directas o indirectas de violencia, sus hijas e hijos que además del diseño de planes individualizados de reparación del daño para victimas indirectas de feminicidio y víctimas directas e indirectas de violencia sexual; la atención multidisciplinaria se llevará a cabo de manera presencial por personal certificado y garantizará el acompañamiento integral en las áreas de trabajo social y psicología, adicionalmente la representación jurídica especializada buscará el acceso de las mujeres a la justicia y/o en su caso la reparación integral del daño a través de mecanismos y rutas específicas de acceso a medidas de restitución, indemnización, rehabilitación y garantía de no repetición de las violencia; el programa integral de atención garantizará, además, la canalización adecuada y el traslado seguro de las víctimas, en aquellos casos en donde sea necesario, ya sea entre los municipios con Declaratoria de AVGM en el Estado o entre instituciones especializadas de la administración pública.
B. Garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos, especializados y gratuitos para la atención de las víctimas directas e indirectas de las violencias
Primera medida de seguridad: La creación o fortalecimiento de puntos de atención inmediata a mujeres en situación de violencia que consideren las dinámicas sociales de población y la distribución de las comunidades. Su funcionamiento deberá contemplar la asistencia directa o canalizada de carácter multidisciplinaria en materia de asistencia jurídica, psicológica, salud y el respectivo protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes. Estos puntos de atención deberán trabajar en coordinación con el número de emergencia nacional 911 para brindar protección inmediata y pertinente en casos de violencia.
PREVENCIÓN
A. Programas de reeducación con perspectiva de género para agresores de mujeres.
Decima primera medida de prevención: Una estrategia para eliminar las conductas violentas de las personas agresoras que permita garantizar la atención reeducativa vinculada a la política de acceso a la justicia establecida en la Ley General de Acceso de las Mujeres.
Desarrollar e implementar un programa integral de prevención de las violencias contra las mujeres en el Estado fundamentado en cuatro ejes específicos: la reeducación de hombres agresores; la correcta aplicación y difusión masiva de la NOM-046-SSA2-2005, el desarrollo y aplicación de un programa integral de empoderamiento de las mujeres y por último, la implementación de una estrategia integral de seguimiento, evaluación, actualización, sistematización y difusión de la totalidad de las acciones realizadas por las instituciones públicas para atender las medidas del resolutivo de la Declaratoria de AVGM en el Estado, con la finalidad de garantizar el derecho al acceso a la información.
B. Estrategias educativas en derechos humanos y perspectiva de género que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos.
Quinta medida de prevención: Un programa de capacitación para la efectiva aplicación de la NOM-046-SSA2-2005, en materia de derechos humanos y derechos de las usuarias con un enfoque de género, multiculturalidad e interculturalidad, la cual permita fortalecer los conocimientos de quienes prestan dichos servicios. Asimismo, generar los mecanismos necesarios que permitan a las mujeres conocer y acceder a su derecho a recibir información de emergencia indicada en la NOM-046-SSA2-2005.
Novena medida de prevención: El fortalecimiento de las políticas públicas de empoderamiento de las mujeres en el ámbito laboral, deportivo, artístico y de cualquier tipo de actividad que les permita desarrollar proyectos de vida autónomos y libres que no reproduzcan los estereotipos de género.
Seguimiento al primer resolutivo:
El Estado deberá presentar a la brevedad un programa de trabajo integral que atienda a todo el territorio de la entidad, con las particularidades de las cuatro regiones y establezca las bases de coordinación en la materia con los 39 municipios que le integran.
C2. METODOLOGÍA
ATENCIÓN

OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Proporcionar atención presencial
multidisciplinaria y gratuita para
mujeres víctimas directas o
indirecta de violencia, sus hijas e
hijos brindada por personal
certificado que garantice el
acompañamiento integral y la
representación jurídica adecuada
para que tanto víctimas directas
como indirectas puedan acceder
a la justicia.
Brindar servicios presenciales de orientación especializada en el área de trabajo social a mujeres en situación de violencia.
Brindar acompañamiento psicológico especializado a mujeres en situación de violencia, sus hijos e hijas.
Proporcionar representación jurídica adecuada y brindar acompañamiento ante instancias jurisdiccionales, hasta la obtención de sentencia firme de acuerdo a las necesidades específicas de cada mujer.
Garantizar el trabajo multidisciplinario e integral a través de una supervisión adecuada y especializada del equipo de profesionistas.
Porcentaje de servicios de
atención en trabajo social a
mujeres por situaciones de
violencia
FÓRMULA
(Núm. de servicios de atención en trabajo social proporcionados/ Núm. de servicios de trabajo social programados) *100.
Porcentaje de servicios de
atención psicológica a
mujeres por situaciones de
violencia
FÓRMULA
(Núm. de servicios de atención psicológica proporcionados/ Núm. de servicios de atención psicológica programados) *100.
Porcentaje de servicios de
atención jurídica a mujeres
por situaciones de violencia
FÓRMULA
(Núm. de servicios de atención jurídica proporcionados/ Núm. de servicios de atención jurídica programados) *100.
Informes parciales y finales a partir de la sistematización de casos y servicios registrados en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM).
Realizar las diferentes
diligencias para garantizar la
identificación, canalización,
acompañamiento, traslado
seguro y seguimiento de mujeres
canalizadas de los municipios,
especialmente aquellos con
Declaratoria de AVGM en el
Estado a fin de garantizar su
seguridad y protección y el
acceso a un acompañamiento
adecuado y representación
jurídica especializada.
Recepción y atención de solicitudes de canalización y/o traslado de parte de los equipos de los Centros LIBRES, las instancias municipales de las mujeres o demás instancias de la administración pública estatal o municipal por medio de una unidad móvil especializada en el acompañamiento, canalización y traslado seguro, compuesta por un equipo multidisciplinario que garantice el acompañamiento adecuado y la representación jurídica especializada.
Porcentaje de
acompañamientos a mujeres
que acceden a servicios de
atención por situaciones de
violencia.
FÓRMULA
(Núm. de mujeres acompañadas/ Núm. de mujeres programadas en el servicio de acompañamiento) *100
Porcentaje de servicios de
acompañamiento psicológico
a mujeres por situaciones de
violencia
FÓRMULA
(Núm. de servicios de acompañamiento psicológica proporcionados/ Núm. de servicios de acompañamiento psicológica programados) *100.
Porcentaje de servicios de
acompañamiento jurídica a
mujeres por situaciones de
violencia
FÓRMULA
(Núm. de servicios de acompañamiento jurídica proporcionados// Núm. de servicios de acompañamiento jurídica programados) *100.
Informes parciales y finales a partir de la sistematización de casos y servicios registrados en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM).
En vinculación con la Comisión
Ejecutiva Estatal de Atención a
Víctimas y la Fiscalía General
del Estado desarrollar e
implementar una estrategia
integral de reparación del daño
orientada a el establecimiento de
mecanismos y rutas de acceso a
las medidas de reparación que
incluyan la restitución,
indemnización, rehabilitación y
garantía de no repetición de las
víctimas indirectas de feminicidio
y víctimas directas e indirectas
de violencia sexual.
Brindar servicios integrales de reparación del daño se realizará un plan individualizado de las víctimas directas de violencia sexual, así como de las victimas indirectas de feminicidio y violencia sexual.
Tasa de variación de los planes integrales de reparación del daño de víctimas directas de violencia sexual en el Estado
FÓRMULA
(Núm. de planes integrales de reparación del daño de víctimas directas de violencia sexual en el ejercicio fiscal 2025/ Núm. de planes integrales de reparación del daño de víctimas directas de violencia sexual en el ejercicio fiscal 2024)-1]*100
Tasa de variación de los planes integrales de reparación del daño de víctimas indirectas de feminicidio y violencia sexual en el Estado
FÓRMULA
(Núm. de planes integrales de reparación del daño de víctimas indirectas de violencia sexual en el ejercicio fiscal 2025/ Núm. de planes integrales de reparación del daño de víctimas indirectas de violencia sexual en el ejercicio fiscal 2024)-1]*100
Informes de análisis diferenciado de los contextos de las víctimas directas de violencia sexual, así como de víctimas indirectas de feminicidio y violencia sexual.
Informes de servicio integral brindado a víctimas directas de violencia sexual, así como de víctimas indirectas de feminicidio y violencia sexual.
PREVENCIÓN

OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Garantizar la realización de la
totalidad de las acciones de
coadyuvancia para la Declaratoria de
AVGM en el Estado para el ejercicio
fiscal 2025.
Coordinar la realización de la totalidad de las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2025, además de fungir como enlace entre las distintas instancias de la administración pública estatal que estarán llevando a cabo las acciones específicas en coordinación con actores estratégicos.
Porcentaje de ejecución de
acciones de coadyuvancia
realizadas en el Estado con el
Subsidio para la Declaratoria de
AVGM en el Estado.
FÓRMULA
(Núm. de acciones realizadas con el subsidio AVGM 2025/ Núm. de acciones programadas con el subsidio AVGM 2025) * 100.
Informes parciales y finales de los resultados de las acciones realizadas.
Auxiliar en la coordinación de la
totalidad de las acciones de
coadyuvancia para las para la
Declaratoria de AVGM en el Estado
para el ejercicio fiscal 2025.
Brindar apoyo administrativo para la realización de la totalidad de las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2025, además de seguimiento de presupuesto, control de plazos y atención de auditorías en caso de presentarse.
Porcentaje de ejecución de
actividades administrativas
realizadas en apoyo a la
coordinación de acciones de
coadyuvancia
FÓRMULA
(Núm. de actividades administrativas realizadas en apoyo a la coordinación de acciones de coadyuvancia / Núm. de actividades administrativas realizadas en apoyo a la coordinación de acciones de coadyuvancia) * 100.
Informes parciales y finales de las actividades administrativas necesarias para la realización de las acciones de coadyuvancia AVGM
 
Capacitar a personal sanitario,
directivo y operativo adjunto a las
unidades de salud pública
encargadas de la atención de
mujeres víctimas de violencia sexual
para la correcta aplicación de la
NOM-046-SSA2-2005, con la
finalidad de garantizar el acceso a las
mujeres a la atención especializada y
adecuada, libre de discriminación y
revictimización por parte del personal
sanitario y difundir entre las mujeres
usuarias de dichas unidades de salud
material en el que se especifiquen las
rutas para acceder a los servicios de
interrupción legal del embarazo con
estricto apego a la NOM-046-SSA2-
2005, dicho material debe exponer de
forma clara, científica, con enfoque
de derechos humanos, perspectiva
de género, enfoque multicultural e
interseccional y debe ser accesible
para todas las mujeres y todas las
usuarias.
Establecer acciones de vinculación con los centros de salud para la programación de las capacitaciones a personal directivo y operativo.
Brindar capacitaciones especializadas en materia de la correcta aplicación de NOM-046-SSA2-2005 en lo que se incluya además la sensibilización orientada a la prevención de la revictimización de las mujeres víctimas de violencia y difundir
material gráfico especializado entre las mujeres usuarias de los servicios de salud y la población en general material visual en el que se especifiquen las rutas para acceder a los servicios de interrupción legal del embarazo con estricto apego a la NOM-046-SSA2-2005.
 
Porcentaje de personal de salud capacitado en la aplicación de la NOM-046.
FÓRMULA
(Núm. de personal de salud capacitado/ Núm. de personas programadas de personal de salud) *100
Diferencia porcentual entre postest y pretest en las evaluaciones dentro de las capacitaciones.
FÓRMULA
((% postest - % pretest) / % pretest) x 100
 
Informes finales y parciales de los resultados de las capacitaciones brindadas
 
Aplicar un programa de reeducación
de hombres agresores orientado a la
erradicación de patrones cognitivos,
conductuales y culturales agresivos y
desadaptativos que han generado
cualquier tipo de violencias contra las
mujeres, dicho modelo se aplicará
con grupos de hombres vinculados a
procesos penales por cualquier tipo
de violencia contra las mujeres, niñas
y adolescentes con la finalidad de
prevenir la reincidencia de actos
violentos, adicionalmente se aplicara
una adaptación del modelo en
hombres estudiantes de educación
superior del Estado, con el objetivo
de reestructurar en los estudiantes
patrones cognitivos y conductuales
que pueden producir cualquier tipo de
violencia contra las mujeres, niñas y
adolescentes.
Proporcionar servicios especializados de reeducación a grupos de hombres vinculados a proceso por haber generado violencias contra las mujeres y adaptar y aplicar el modelo de reeducación en grupos de hombres estudiantes con el objetivo de prevenir actos de violencias contra las mujeres.
Garantizar la correcta aplicación del modelo de reeducación de hombres agresores mediante la supervisión clínica especializada al grupo de profesionistas
Establecer acciones de vinculación con centros de educación superior y otros actores estratégicos, a fin de gestionar los espacios de grupos de hombres universitarios para llevar a cabo actividades preventivas.
 
Tasa de compleción de las sesiones del modelo
FÓRMULA
(Número de sesiones realizadas) /
(Total de sesiones programadas)
*100
Porcentaje de personas en el proceso de reeducación a hombres agresores.
FÓRMULA
(Número de personas asistentes al proceso de reeducación a hombres agresores/Número de personas programadas en el proceso de reeducación a hombres agresores) *100
Diferencia porcentual entre postest y pretest en las evaluaciones dentro de las capacitaciones.
FÓRMULA
((% postest - % pretest) / % pretest) x 100
Informes finales y parciales de los resultados de las capacitaciones brindadas
 
El programa integral de
empoderamiento económico de las
mujeres deberá partir del análisis de
las políticas públicas actuales en la
materia y la implementación de
propuestas derivadas de dicho
diagnóstico que prevean acciones
afirmativas en el ámbito del desarrollo
económico y laboral a manera de
capacitaciones de mujeres para el
empoderamiento en los ámbitos
laborales, y/o la capacitación de
centros laborales para la
implementación de dichas políticas
públicas y acciones afirmativas, El
programa integral se llevará en
coordinación con la Secretaría del
Trabajo, la Secretaría de Desarrollo
Económico y demás instancias
estatales y municipales que
coadyuven al desarrollo económico
de las mujeres del Estado, además
se deberá incluir dentro de las
actividades a la industria privada y
cámaras empresariales para buscar
generar un mayor impacto en el
empoderamiento económico de las
mujeres.
Brindar capacitaciones integrales en materia de empoderamiento económico de las mujeres en el Estado, dicha estrategia deberá plantearse desde la perspectiva de género y derechos de las mujeres, además de un enfoque multicultural e interseccional además deberá generar espacios en el que las mujeres capacitadas puedan presentar los proyectos productivos y sociales generados en las capacitaciones en materia de empoderamiento económico.
Porcentaje de mujeres capacitadas para el empoderamiento económico.
FORMULA
(Núm. de mujeres capacitadas/Núm. de mujeres programadas) *100
Informes finales y parciales de los resultados de las capacitaciones brindadas
 
Desarrollar una estrategia integral de
seguimiento, evaluación,
actualización, sistematización y
difusión de las acciones realizadas
por las instituciones públicas para
atender las medidas del resolutivo de
la Declaratoria de AVGM en el
Estado.
Desarrollar y aplicar una estrategia integral de sistematización, seguimiento y difusión de las acciones realizadas por el Estado a través de las instituciones para atender las medidas del resolutivo de la Declaratoria de AVGM en el Estado.
Porcentaje de mesas de trabajo en atención a la Declaratoria de AVGM en el Estado.
FÓRMULA
(Número de mesas de trabajo realizadas en atención a la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango/Número de mesas de trabajo programadas a la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango) *100.
Porcentaje de difusión de las acciones en la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango
FÓRMULA
(Número de acciones de difusión realizadas de la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango/ Número de acciones de difusión programadas de la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango) *100.
Porcentaje de ejecución de acciones en la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango
FÓRMULA
(Número de acciones realizadas de la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango/ Número de acciones programadas de la Declaratoria de AVGM en el Estado de Durango) *100.
Informes parciales y finales de la sistematización de las acciones para atender el Resolutivo de la Declaratoria de AVGM en el Estado.
 
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
ATENCIÓN
 
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Proceso de contratación de personal que acredite aprobar y/o contar con una certificación en el acompañamiento y representación de mujeres en situación de violencia, sus hijas e hijos, en las áreas de psicología, trabajo social y ciencias jurídicas.
2
Establecer vinculación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas y la Fiscalía General del Estado.
3
Establecer vinculación de la unidad de atención presencial especializada con todas las instancias de la administración pública federal, estatal y municipal para la referencia y canalización de usuarias.
4
Establecer vinculación directa con los Centros LIBRES, especialmente en los municipios prioritarios con Declaratoria de AVGM en el Estado.
5
Recepción de solicitudes de canalización o traslado de parte de los equipos de los Centros LIBRES, las instancias municipales de las mujeres o demás instancias de la administración pública estatal o municipal.
6
Recepción de mujeres usuarias de los servicios de atención integral presencial en el espacio físico del Instituto Estatal de las Mujeres.
7
Valoración de riesgo e identificación de condiciones de vulnerabilidad de las usuarias, que acuden a la unidad de atención presencial, como de las que son canalizadas.
8
Atención integral a usuarias que inicia con entrevista por parte de profesionistas en el área de trabajo social, para la integración del expediente e identificación de necesidades específicas de la usuaria.
9
Atención especializada en el área de psicología para la usuaria, sus hijos e hijas, cuando sea necesario.
10
Representación jurídica especializada y acompañamiento ante instancias jurisdiccionales.
11
En caso de ser necesario, canalizar a usuarias, sus hijos e hijas a instancias especializadas en la atención, por ejemplo, en salud, salud mental, centro de justicia para las mujeres, etc.
12
Supervisar el trabajo multidisciplinario de la unidad de atención presencial para garantizar en todo momento una atención adecuada.
13
Garantizar el traslado seguro de mujeres canalizadas de los Centros LIBRES en los municipios, o de otras instancias de la administración pública como por ejemplo el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas u organizaciones de la sociedad civil.
14
Mediante la vinculación interinstitucional garantizar la atención intercultural e interseccional adecuada, especialmente con las usuarias que necesiten apoyo de traductora o interprete para garantizar su acceso a los procesos de acompañamiento y representación jurídica especializada.
15
En el caso específico de las mujeres canalizadas de los municipios u otras instancias garantizar la atención integral especializada y la representación jurídica adecuada ya sea en las instalaciones del Instituto Estatal de las Mujeres o en la instancia estatal o municipal correspondiente según sea el caso y la necesidad identificada.
16
Realizar un seguimiento integral al caso de cada usuaria atendida y/o canalizada para garantizar su acompañamiento y representación adecuados.
17
Realización de mesas de trabajo con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas y la Fiscalía General del Estado, que permitan realizar un análisis del derecho a la reparación del daño a las víctimas.
18
Identificar los casos de mujeres víctimas directas de violencia sexual, así como de las victimas indirectas de feminicidio y violencia sexual para ser canalizadas al proceso de atención en materia de reparación integral del daño.
19
En el caso de las mujeres identificadas proporcionar la asesoría, acompañamiento jurídico en la materia que requieran las víctimas directas e indirectas de violencia sexual, así como las victimas indirectas de feminicidio, es decir en materia penal, civil, mercantil, de seguridad social, según se requiera.
20
En el caso de las mujeres identificadas, proporcionar la asesoría y/o atención psicológica necesaria.
21
Realizar informes mensuales de la totalidad de servicios brindados por la unidad de atención presencial, por la unidad móvil de canalización y traslado y de la unidad de atención para la reparación del daño de mujeres víctimas de violencia.
22
Evaluar la prestación de la totalidad de los servicios brindados en todas las áreas de atención.
23
Registrar la totalidad de los servicios brindados por el equipo multidisciplinario a través de la captura en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM).
 
PREVENCIÓN
PASO
DESCRIPCIÓN
 
1
Proceso de acuerdo a la normatividad de la materia para la contratación de profesionistas especializadas de distintas áreas de Ciencias sociales y humanidades que serán las personas encargadas de llevar a cabo las acciones de prevención.
2
Establecer vinculación con las distintas instancias de la administración pública estatal con incidencia en la realización de actividades preventivas, por ejemplo: Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Salud y las distintas unidades sanitarias en el Estado, Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección General de Centros Penitenciarios y la Dirección General de Ejecución de Penas, Medidas de Seguridad, Supervisión de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso, Secretaría del Trabajo y Previsión Social y Secretaría de Desarrollo Económico para la coordinación de las acciones preventivas.
3
Establecer vinculación con las Instancias de Municipales de las Mujeres, principalmente en los municipios prioritarios con Declaratoria de AVGM en el Estado.
4
Establecer vinculación con los Centros LIBRES principalmente en los municipios prioritarios con Declaratoria de AVGM en el Estado0
5
Establecer vinculación con la totalidad de las Instancias de la administración Pública del Gobierno de México, Estatal y municipal, con incidencia en las acciones para la atención, prevención y erradicación de las violencias contra las mujeres para la realización de las mesas de trabajo propuestas en las acciones preventivas.
6
Diseño de los planes de trabajo derivados de las mesas de trabajo en las acciones preventivas correspondientes.
7
Llevar a cabo las capacitaciones con personal directivo de los servicios de salud públicos en el Estado en materia de la NOM-046-SSA2-2005.
8
Llevar a cabo las capacitaciones con personal sanitario operativo adjunto a las unidades de la secretaría de salud del Estado encargadas de la atención de mujeres víctimas de violencia sexual y familiar.
9
Diseñar el material gráfico actualizado para la difusión de las rutas de acceso de las mujeres usuarias a los procesos establecidos en la NOM-046-SSA2-2005.
11
Integración de grupos de hombres agresores de mujeres vinculados a procesos penales.
12
Integración de grupos de hombres estudiantes de educación superior para ser capacitados en materia de reeducación de violencias contra las mujeres
13
Aplicación y validación del Modelo de Reeducación de Hombres Agresores en grupos de hombres vinculados a procesos penales.
14
Aplicación de la adaptación del modelo de reeducación en violencias en grupos de hombres estudiantes de educación superior del Estado.
15
Evaluación de la aplicación del modelo de reeducación de hombres agresores y de reeducación de hombres estudiantes.
16
Realizar el análisis de políticas públicas vigentes en materia de empoderamiento económico y social de las mujeres.
17
Recepción de propuesta de capacitación para el empoderamiento económico de las mujeres.
18
Integración de grupos de mujeres que serán capacitadas en materia de empoderamiento económico.
19
Actualizar y sistematizar la totalidad de las acciones realizadas por las instancias de la administración Pública estatal en relación a la atención de las medidas de la Declaratoria de AVGM en el Estado en el Estado.
20
Generar la plataforma de difusión de la totalidad de acciones realizadas por el Estado para atender las medidas establecidas en la Declaratoria de AVGM en el Estado.
21
Realizar informes parciales de la totalidad de actividades realizadas en las cuatro acciones principales en materia de prevención de las violencias.
22
Sistematización de los resultados de la totalidad de las actividades realizadas como parte de las Acciones de Coadyuvancia para la Declaratoria de AVGM en el Estado.
23
Presentación de los resultados de las acciones preventivas ante el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario.
 
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA.
 
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS (AS)
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS (AS)
Mujeres y hombres
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
Mujeres y hombres
ADULTAS (OS) MAYORES
Mujeres
INDÍGENAS
Mujeres
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
Mujeres
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
 
LGBTI+
 
MADRES JEFAS DE FAMILIA
Mujeres
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
Mujeres
VÍCTIMAS INDIRECTAS
Mujeres
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
Hombres
TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS
 
OTRAS
 
 
GRUPO ETARIO
MUJERES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
 
X
X
X
X
X
HOMBRES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
 
X
X
X
X
X
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Durango, Gómez Palacio, Lerdo, Mezquital, Pueblo Nuevo, Poanas, Canatlán, Simón Bolívar, Mapimí, Nombre de Dios, Rodeo, Tlahualilo,
Vicente Guerrero, Santiago Papasquiaro y Guadalupe Victoria.
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
 
#
ACTORES ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO JÚRIDICO Y/
O MECANISMO DE
COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
Convenio de coordinación.
Colaboración en acciones específicas.
Apoyo en acceso a municipios y comunidades indígenas.
Apoyo en traducción a mujeres en situaciones de violencia, así como a sus hijas e hijos hablantes de alguna lengua indígena.
2
Centro de Justicia para las Mujeres.
Oficio de coordinación
Oficios de canalización y solicitud de servicios para usuarias.
Colaboración en acciones específicas.
Atención a denuncias de casos de violencia por razones de género contra las mujeres.
3
Centro de Justicia de Niñas, Niños y Adolescentes.
Oficio de coordinación
Oficios de canalización y solicitud de servicios para usuarias sus hijos e hijas.
Colaboración en acciones específicas.
Atención a denuncias de casos de violencia por razones de género contra las niñas, niños y adolescentes.
4
Casa Refugio.
Oficio de coordinación
Oficios de canalización y solicitud de servicios para usuarias sus hijos e hijas.
Colaboración en acciones específicas.
Atención y resguardo a mujeres, sus hijas e hijos en situaciones de violencia.
5
Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Oficio de coordinación
Oficios de canalización y solicitud de servicios para usuarias sus hijos e hijas.
Colaboración en acciones específicas.
Atención a niñas, niños y adolescentes con el fin de procurar el interés superior del menor.
 
6
Secretaría de Seguridad Pública telefónica del Programa ESMERALDA.
Oficio de coordinación
Solicitud vía telefónica al 911 para que se preste el servicio de la unidad móvil del Programa ESMERALDA.
Colaboración en acciones específicas.
Apoyar a las mujeres víctimas de violencia de género al resguardo, salvaguarda de la integridad física y emocional por medio de la unidad móvil, así como de acciones a las diversas áreas de competencia de la Red de Apoyo de la Secretaría de Seguridad Publica.
7
Secretaría de Servicios de Salud del Estado de Durango por medio del Hospital de Salud Mental "Dr. Miguel Vallebueno".
Oficio de coordinación
Formato de canalización denominado "Código 100" con el fin de solicitar la valoración psiquiátrica.
Colaboración en acciones específicas.
Apoyar integralmente a las mujeres que requieran de valoración y atención psiquiatra derivadas de la Unidad de Atención.
8
Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Convenio de coordinación
Oficios de solicitud de servicios.
Colaboración en acciones específicas.
Atención y orientación a casos de mujeres, sus hijas e hijos en situaciones de violencia por casos específicos en los que se requiera una investigación por la presunta violación de derechos humanos por actos u omisiones provenientes de autoridades o servidores públicos.
9
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acciones especificas
Supervisión de la implementación de la implementar la estrategia integral de reparación del daño para victimas indirectas de feminicidio y víctimas directas e indirectas de violencia sexual.
10
Consejo Estatal de Población.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acciones específicas.
11
Secretaría de Bienestar.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Fortalecimiento al empoderamiento de las mujeres.
12
Direcciones Municipales de Fomento Económico o su equivalente.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Fortalecimiento al empoderamiento de las mujeres.
13
Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Fortalecimiento al empoderamiento de las mujeres.
14
Secretaría de Desarrollo Económico.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Fortalecimiento al empoderamiento de las mujeres.
15
Cámaras empresariales.
Convenio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Fortalecimiento al empoderamiento de las mujeres.
16
Instituto de Cultura del Estado de Durango.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Fortalecimiento al empoderamiento de las mujeres.
17
Instituto Estatal del Deporte.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Fortalecimiento al empoderamiento de las mujeres.
18
Instancias Municipales de las Mujeres.
Convenio de coordinación.
Colaboración en acciones conjuntas para la prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres.
19
Subsecretaría de Movilidad y Trasportes.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Programa de intervención urbana.
20
Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas Del Estado.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Programa de intervención urbana.
21
Obras Públicas Municipales.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Programa de intervención urbana.
22
Subsecretaría del Sistema Penitenciario Estatal.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Reeducación de hombres agresores.
23
Dirección General de Ejecución de Penas, Medidas de Seguridad, Supervisión de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Reeducación de hombres agresores.
24
Poder Judicial del Estado.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Reeducación de hombres agresores.
25
Consejo Estatal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones de Durango.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Reeducación de hombres agresores.
26
Secretaría de Educación del Estado de Durango.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Estrategia educativa para la detección y atención de la violencia sexual infantojuvenil y prevención del embarazo adolescente.
27
Secretaría de Salud del Estado.
Oficio de coordinación.
Colaboración en acción específica: Estrategia educativa para la detección y atención de la violencia sexual infantojuvenil y prevención del embarazo adolescente.
28
Demás instancias municipales y estatales Encargadas de la Atención, Prevención y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres.
Convenios de coordinación u oficios de coordinación.
Colaboración en acciones específicas.
29
Asociaciones civiles coadyuvantes en la Atención, Prevención y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres.
Convenios de coordinación.
Colaboración en acciones específicas.
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Posible agresión o amenazas de agresores a profesionistas asignados al desarrollo de las acciones.
Coordinación con seguridad pública, protocolos de actuación ante amenazas y resguardo de datos personales del equipo.
Eventos externos (catástrofes naturales, crisis sanitarias, violencia social).
Que la coordinación de la unidad sea flexible para poder proceder con alternativas de atención remota o descentralizada, que faciliten la continuidad de la atención a pesar de los sucesos externos.
Problemáticas asociadas a la violencia social que potencializan e incrementan la violencia de género contra las mujeres.
Potenciar una estrategia coordinada con actores estratégicos de la estructura gubernamental estatal, municipal y federal con el fin de atender a mujeres, sus hijas e hijos a servicios integrales que apoyen a las características de la población a atender en problemáticas estructurales como la pobreza, el acceso a servicios de salud, el empleo, la prevención de las adicciones y el atender de manera primaria a las personas que se encuentran en consumo experimental de sustancias adictivas, principalmente niñas, adolescentes y mujeres.
 
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
ACTIVIDADES
CONCEPTO DE GASTO
Mes
Monto
MES 1
MES
2
MES
3
MES
4
MES
5
MES 6
Brindar servicios presenciales de orientación especializada en el área de trabajo social a mujeres en situación de violencia.
Contratación de 3 personas profesionistas en el área de trabajo social para brindar atención especializada presencial a mujeres víctimas de violencia.
X
X
X
X
X
X
$270,000.00
Brindar acompañamiento psicológico presencial especializado a mujeres en situación de violencia, sus hijos e hijas.
Contratación de 7 personas profesionistas especializadas en el área de psicología para brindar acompañamiento terapéutico presencial a mujeres víctimas de violencia, sus hijos e hijas.
X
X
X
X
X
X
$630,000.00
Proporcionar representación jurídica adecuada y brindar acompañamiento ante instancias jurisdiccionales, hasta la obtención de sentencia firme de acuerdo a las necesidades específicas de cada mujer.
Contratación de 5 personas profesionistas especializadas en el área jurídica brindar representación jurídica presencial a mujeres víctimas de violencia.
X
X
X
X
X
X
$450,000.00
Garantizar el trabajo multidisciplinario e integral a través de una supervisión adecuada y especializada del equipo de profesionistas.
Contratación de 1 persona profesionista especializada en la supervisión del trabajo multidisciplinario con mujeres víctimas de violencia.
X
X
X
X
X
X
$114,000.00
Recepción y atención de solicitudes de canalización y/o traslado por medio de una unidad móvil especializada en el acompañamiento, canalización y traslado seguro.
Contratación de 2 personas profesionistas en las áreas de psicología y jurídico para formar parte de la unidad móvil de acompañamiento y canalización.
X
X
X
X
X
X
$216,000.00
Brindar servicios de reparación del daño se realizará un análisis diferenciado de los diversos contextos de las víctimas directas de violencia sexual, así como de las victimas indirectas de feminicidio y violencia sexual.
Contratación de 3 personas profesionistas en el área Ciencias sociales y humanidades para la ejecución de programa integral de reparación del daño.
X
X
X
X
X
X
$381,686.72
Coordinar la realización de la totalidad de las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2025, además de fungir como enlace entre las distintas instancias de la administración pública estatal que estarán llevando a cabo las acciones y establecer acciones de coordinación con actores estratégicos.
Contratación de una persona encargada de la coordinación de las Acciones de Coadyuvancia para atender la Declaratoria de AVGM en el Estado.
X
X
X
X
X
X
$245,000.00
Brindar apoyo administrativo para la realización de la totalidad de las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2025, además de seguimiento de presupuesto, control de plazos y atención de auditorías en caso de presentarse.
Contratación de una persona auxiliar de la coordinación de las Acciones de Coadyuvancia para atender la Declaratoria de AVGM en el Estado.
X
X
X
X
X
X
$126,000.00
Establecer acciones de vinculación con los centros de salud para la programación de las capacitaciones a personal directivo y operativo.
Contratación de una persona profesionista en el área de ciencias sociales y humanidades para la gestión de la vinculación para la realización Capacitaciones en materia de la correcta aplicación de la NOM-046-SSA2-2005.
X
X
X
X
X
X
$111,000.00
Brindar capacitaciones especializadas en materia de la correcta aplicación de la NOM-046-SSA2-2005 en lo que se incluya además la sensibilización orientada a la prevención de la revictimización de las mujeres víctimas de violencia.
Contratación de una persona profesionista en el área Jurídica para brindar capacitaciones especializadas en materia de la correcta aplicación de la NOM-046-SSA2-2005.
X
X
X
X
X
X
$228,000.00
Difundir material gráfico especializado entre las mujeres usuarias de los servicios de salud y la población en general material visual en el que se especifiquen las rutas para acceder a los servicios de interrupción legal del embarazo con estricto apego a la NOM-046-SSA2-2005.
Contratación de una persona profesionista en el área de ciencias sociales y humanidades para la difusión de material gráfico en materia de la NOM-046-SSA2-2005.
X
X
X
X
X
X
$111,000.00
Proporcionar servicios especializados de reeducación a grupos de hombres vinculados a proceso por haber generado violencias contra las mujeres y adaptar y aplicar el modelo de reeducación en grupos de hombres estudiantes con el objetivo de prevenir actos de violencias contra las mujeres.
Contratación de 4 personas profesionistas en el área de psicología para aplicar el modelo de reeducación de hombres agresores.
X
X
X
X
X
X
$396,000.00
Garantizar la correcta aplicación del modelo de reeducación de hombres agresores mediante la supervisión clínica especializada al grupo de profesionistas.
Contratación de una persona profesionista del área de psicología especializada en la supervisión clínica.
X
X
X
X
X
X
$170,000.00
Establecer acciones de vinculación con centros de educación superior y otros actores estratégicos, a fin de gestionar los espacios de grupos de hombres universitarios para llevar a cabo actividades preventivas.
Contratación de una persona profesionista en el área de ciencias sociales y humanidades para la gestión de la vinculación para la realización de acciones preventivas en grupos de hombres.
X
X
X
X
X
X
$78,000.00
Brindar capacitaciones integrales en materia de empoderamiento económico de las mujeres en el Estado, dicha estrategia deberá plantearse desde la perspectiva de género y derechos de las mujeres, además de un enfoque multicultural e interseccional además deberá generar espacios en el que las mujeres capacitadas puedan presentar los proyectos productivos y sociales generados en las capacitaciones en materia de empoderamiento económico.
Contratación de 4 personas profesionistas en el área de ciencias sociales y humanidades encargadas de la capacitación integral en materia de empoderamiento.
X
X
X
X
X
X
$450,000.00
Desarrollar y aplicar una estrategia integral de sistematización, seguimiento y difusión de las acciones realizadas por el Estado a través de las instituciones para atender las medidas del resolutivo de la Declaratoria de AVGM en el Estado.
Contratación de 3 personas profesionistas en el área de ciencias sociales y humanidades para la sistematización y difusión de las acciones realizadas por el Estado para atender la Declaratoria de AVGM en el Estado.
X
X
X
X
X
X
$400,000.00
TOTAL
Cuatro millones trescientos setenta y seis mil
seiscientos ochenta y seis pesos con setenta y
dos centavos M.N.
$4,376,686.72
 
C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL
DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE CONTRATACIÓN
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
Ciencias Jurídicas (IEM)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
6
Psicología (IEM)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
8
Trabajo Social (IEM)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
3
Ciencias jurídicas para
supervisión actividades de
atención (IEM)
5
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
1
Psicología Supervisión Clínica
(IEM-SSP)
5
Maestría
Servicios profesionales por
honorarios
1
Psicología
(IEM-SSP)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
4
Ciencias sociales y
humanidades / vinculación
(IEM-SSP)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
1
Ciencias sociales y
humanidades
/ Empoderamiento Económico
(IEM-STPS-SEDECO)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
4
Jurídico
(IEM-SSD)
5
Maestría
Servicios profesionales por
honorarios
1
Ciencias sociales y
humanidades
(IEM-SSD)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
2
Ciencias sociales y
humanidades
(CEAV)
4
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
3
Ciencias sociales y
humanidades
(IEM-SGG)
2
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
3
Otros perfiles Coordinación
proyecto AVGM
2
Maestría
Servicios profesionales por
honorarios
1
Otros perfiles Auxiliar
coordinación proyecto AVGM
1
Licenciatura
Servicios profesionales por
honorarios
1
 
Total de Prestadores de Servicios a Contratar
39
 
RECURSOS MATERIALES
CONCEPTO DE GASTO
DETALLE
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
 
Total de adquisiciones
0
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en tres ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto MUJERES/AVGM/DGO/026/2025, en la Ciudad de México el día 30 de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado, Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Paulino Córdova Quiñones.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Administración y Titular de la Instancia Local Receptora, Franklin Corlay Aguilar.- Rúbrica.- Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa.- Rúbrica.