CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Campeche, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/CAMP/019/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/CAMP/019/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CAMPECHE, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, LAYDA ELENA SANSORES SAN ROMÁN; ASISTIDA POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO, ELISA MARÍA HERNÁNDEZ ROMERO; EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, JEZRAEL ISAAC LARRACILLA PÉREZ; LA SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA, ROXANA DE LAS MERCEDES MONTERO PÉREZ; EL SECRETARIO DE BIENESTAR, ESTEBAN HINOJOSA REBOLLEDO; Y POR LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE LA MUJER DEL ESTADO DE CAMPECHE, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, VANIA MARÍA KELLEHER HERNÁNDEZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres corresponde al Gobierno Federal, a través de la "SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN", por lo que "MUJERES", dará acompañamiento y seguimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, con el objetivo de ejercer las atribuciones que el DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres en el artículo 15 fracciones IX y X en la materia de acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, reparación del daño y legislativas que correspondan para dar cumplimiento.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que las otorguen deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2025 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 18 de marzo de 2025, suscrito por Vania María Kelleher Hernández en su carácter de Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/CAMP/019/2025.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $5,183,840.00 (cinco millones ciento ochenta y tres mil ochocientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/CAMP/019/2025. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio MUJERES/SDVLV/0174/2025, de fecha 21 de abril de 2025.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.     "MUJERES" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.   La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracibar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 01 de enero de 2025 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2o., fracción I, y 5o., fracciones I y XIV y 7o. del RISM.
I.3.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria.
I.4.   Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.     El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM, 1o., 23 y 25 de la Constitución Política del Estado de Campeche, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  La Gobernadora Constitucional del Estado de Campeche, Layda Elena Sansores San Román, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 59 y 71, fracción XV, inciso a) de la Constitución Política del Estado de Campeche; 3o. y 4o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
II.3.  La Secretaria de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche, Elisa María Hernández Romero, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado de Campeche; 2o., 3o., 13 fracción IV, 15, 22, apartado A fracción I, 23 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; así como 2o., 4o., 13 y 14 fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno de la Administración Pública del Estado de Campeche.
II.4.  El Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas del Ejecutivo del Estado de Campeche, Jezrael Isaac Larracilla Pérez en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado de Campeche; 2o., 3o., 13, fracción IV, 15, 22, apartado A, fracción II, 23 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; así como 3o., 4o., 13 y 14, fracciones XV, XIX y LVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Administración Pública del Estado de Campeche.
II.5.  La Secretaria de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche Roxana de las Mercedes Montero Pérez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado de Campeche: 1o., 2o., 3o., 4o., 13, fracciones IV y VIII, 15, 22 apartado A fracción XV, 23 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; y 2o., 4o.,14 y 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría de la Administración Pública del Estado de Campeche.
II.6.  El Secretario de Bienestar del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche, Esteban Hinojosa Rebolledo, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado de Campeche; artículos 3, 4, 13 fracciones IV y VIII, 15, 22 apartado A, fracción IX, 23, 35 y 51 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; artículo 27 fracciones II y IX de la Ley de Planeación del Estado de Campeche y sus Municipios; y 3 de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Campeche.
II.7.  La Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche, y Titular de la Instancia Local Responsable, Vania María Kelleher Hernández, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 46, 47 y 51 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 17, 21, 22, fracciones I y II de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Campeche; así como 5o., 8o. fracción XXXV y 18, fracciones I y III de la Ley del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche.
II.8.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle 8 Número 149, Colonia Centro, Código Postal 24000, San Francisco de Campeche, Estado de Campeche y con Registro Federal de Contribuyentes GEC950401659.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las Acciones de Coadyuvancia siguientes: Prevención y Justicia.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/CAMP/019/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025; y que se encuadran en las siguientes Acciones de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
Prevención: Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
Justicia: Acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $5,183,840.00 (cinco millones ciento ochenta y tres mil ochocientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/CAMP/019/2025, aprobado por el COMITÉ en la Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/040/11042025.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Administración y Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2025 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo Tercero de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través del subsidio aprobado por el COMITÉ, exclusivamente destinado para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.    Realizar las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "MUJERES", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Administración y Finanzas, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.     En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche, por el Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas y Enlace Designada ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2025 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche que para ese efecto se habilite.
n.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2025, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona.
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
Dirección:
Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 5322 4200 Ext. 5213
Correo electrónico Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Silvia del Rosario Guerrero Sasía.
Cargo:
Directora de Género y Atención a la Violencia del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche.
Dirección:
Calle 53 entre 16 y Circuito Baluartes (Centro de Justicia para las Mujeres planta alta), Colonia Centro, Código Postal 24000, Estado de Campeche.
Teléfono institucional:
981 81 12656
Correo electrónico Institucional:
subsidioavgmcampeche@imecam.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche informará a "MUJERES", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, asimismo deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo Octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría de la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran las personas servidoras públicas federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra parte e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Campeche en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México el día 30 del mes de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado, Layda Elena Sansores San Román.- Rúbrica.- Secretaria de Gobierno de la Administración Pública del Estado, Elisa María Hernández Romero.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Jezrael Isaac Larracilla Pérez.- Rúbrica.- Secretaria de la Contraloría de la Administración Pública del Estado, Roxana de las Mercedes Montero Pérez.- Rúbrica.- Secretario de Bienestar de la Administración Pública del Estado, Esteban Hinojosa Rebolledo.- Rúbrica.- Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche y Titular de la Instancia Local Responsable, Vania María Kelleher Hernández.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 30 del mes de mayo del año 2025 celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado Libre y soberano de Campeche de conformidad con el numeral Trigésimo sexto y Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Campeche
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/CAMP/019/2025
 
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
Instituto de la Mujer del Estado de Campeche
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
Secretaría de Administración y Finanzas
 
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
18 de Marzo de 2025
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Junio de 2025
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025.
Diciembre de 2025
 
B.    ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
Deberá de colocar una X en la acción a desarrollar:
 
1. Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
 
2. Prevención. acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
3. Seguridad. aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
X
4. Justicia. acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
MONTO SOLICITADO
$5,183,840.00
Cinco millones ciento ochenta y tres mil ochocientos cuarenta pesos. 00/100 M.N.
 
MONTO COPARTICIPACIÓN
(En caso de aplicar)
 
 
 
$0
0%
 
 
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
(en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado)
 
 
$5,183,840.00
Cinco millones ciento ochenta y tres mil ochocientos cuarenta pesos. 00/100 M.N.
DATOS DEL ENLACE
Nombre:
Mtra. Silvia del Rosario Guerrero Sasia
Cargo:
Directora de Género y Atención a la Violencia del IMEC
Domicilio:
Calle 53 Sin Número, Colonia Centro, entre calle 16 y Circuito Baluartes, Código Postal 24000, San Francisco de Campeche, Campeche.
Teléfono Institucional:
981 811 26 56, 981 100 60 82, 981 818 27 16
Extensión
3
Correo Institucional:
subsidioavgmcampeche@imecam.gob.mx
direcciongeneral@imecam.gob.mx
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
ACCIÓN COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
JUSTICIA
Derivado del análisis y diagnóstico de las dinámicas de violencia feminicida en el estado de Campeche, así como de la identificación de necesidades y desafíos en torno a las medidas de justicia y reparación, se ha determinado como prioritario atender los siguientes objetivos:
·  Garantizar la cobertura territorial de servicios especializados, gratuitos e integrales para la detección, atención y canalización de mujeres en situación de violencia. Esto se llevará a cabo mediante una estrategia de movilidad que permita llegar a municipios con Alerta de Violencia de Género donde actualmente no existe capacidad instalada.
·  Intervenir en comunidades prioritarias donde se ha detectado un incremento de violencias graves contra las mujeres, particularmente de carácter sexual y aquellas que comprometen su integridad. Este año se priorizará el ámbito de la educación superior.
·  Institucionalizar una ruta de trabajo para la reparación del daño y la reintegración del proyecto de vida de niñas, niños y adolescentes hijos e hijas de mujeres víctimas de feminicidio.
Esta estrategia busca establecer una ruta de atención integral con énfasis en el acceso a la justicia para mujeres, niñas y adolescentes, articulada en tres componentes:
1.    Creación de Unidades de Atención Multidisciplinaria, que operarán en los municipios declarados en Alerta de Violencia de Género, proporcionando atención especializada en salud, asesoría jurídica y apoyo psicológico.
2.    Conformación de Unidades de Análisis y Seguimiento en Instituciones de Educación Superior, con el objetivo de atender y dar seguimiento a los casos de violencia de género, mediante mecanismos de colaboración interinstitucional con oficinas universitarias, defensorías y comités especializados, promoviendo entornos seguros y libres de violencia.
3.    Diseño e implementación de una estrategia interinstitucional para asegurar el acceso de hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio a servicios de atención temprana, salud, educación y alimentación, con enfoque de derechos y perspectiva interseccional.
Unidades de Atención Multidisciplinaria
El Instituto de la Mujer del Estado de Campeche (IMEC), en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado, propone una intervención especializada e integral para implementar medidas de justicia y reparación del daño.
Estas unidades ofrecerán atención psicológica, asesoría jurídica especializada, gestión de servicios sociales, salud, educación y capacitación para el empleo, en espacios seguros, dignos y móviles, permitiendo llegar a comunidades apartadas. Se trata de una inversión superior a siete millones de pesos.
Para su operación, es indispensable contar con personal capacitado para el manejo de vehículos especializados y la instalación de equipos, así como operadores que acompañen al personal técnico y profesional durante las intervenciones comunitarias.
Unidades de Análisis y Seguimiento en Educación Superior
Las instituciones de educación superior no están exentas de violencias de género, como acoso sexual, hostigamiento, ciberacoso y otras manifestaciones que refuerzan entornos propicios a la violencia feminicida.
Desde 2022, el IMEC ha impulsado la creación de Redes de Mujeres en universidades públicas, articuladas con las Unidades de Igualdad Sustantiva. No obstante, persiste la necesidad de contar con un mecanismo externo de apoyo y seguimiento, dada la baja denuncia por miedo a represalias o revictimización.
La propuesta consiste en una intervención que:
1.    Vinculé a las instituciones educativas para conocer y dar seguimiento a los casos.
2.    Promueva la responsabilidad institucional para la reparación del daño.
3.    Implemente medidas de rehabilitación para las víctimas.
4.    Promueva acciones para garantizar la no repetición de violencias.
Ruta de Atención para Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas Indirectas de Feminicidio
En coordinación con el INDAJUCAM y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado, se plantea el desarrollo de una estrategia específica para hijas e hijos de víctimas de feminicidio, centrada en la atención integral y la protección de sus derechos fundamentales.
·  Promover el Registro Estatal de Niñas, Niños y Adolescentes víctimas indirectas de feminicidio.
·  Diseñar un Protocolo Estatal de Atención, alineado al Protocolo Nacional, que defina principios, lineamientos interinstitucionales, ruta de atención y mecanismos de monitoreo con indicadores de bienestar y cumplimiento de derechos.
 
C.1 JUSTIFICACIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
JUSTICIA
De acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, el 70.1% de las mujeres encuestadas a nivel nacional reportaron haber sufrido al menos un incidente de violencia a lo largo de su vida. En Campeche, la prevalencia fue del 67%, lo que evidencia los importantes desafíos que enfrenta la entidad en materia de prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Las cifras oficiales, así como las recomendaciones emitidas por el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario (GIM) en el dictamen de octubre de 2020, reflejan la persistencia de un entorno marcado por múltiples formas de violencia -incluyendo violencia feminicida, homicidios dolosos, violencia sexual, física y psicológica- que continúan afectando de manera desproporcionada a las mujeres en el estado.
Los más recientes análisis y diagnósticos elaborados por el Instituto de la Mujer del Estado de Campeche (IMEC) han identificado ámbitos específicos donde esta violencia se intensifica y reproduce, como el entorno educativo, lo que resalta la necesidad de implementar estrategias focalizadas en estos espacios.
La violencia de género representa una de las violaciones más graves a los derechos humanos, ya que se ejerce de manera sistemática contra personas -principalmente mujeres y niñas- sin distinción de edad, condición socioeconómica o lugar de residencia. Esta violencia atenta contra su integridad, libertad y, en los casos más extremos, contra su vida misma. Dentro de sus manifestaciones más severas se encuentra la violencia feminicida, que culmina en el asesinato de mujeres en contextos de odio, discriminación, impunidad o violencia sistemática, reflejando así las profundas desigualdades estructurales existentes en nuestra sociedad.
Frente a esta problemática, el acceso efectivo a la justicia se vuelve fundamental, no solo para sancionar a los responsables, sino también para garantizar a las víctimas y a sus familias mecanismos de protección, verdad, reparación integral y garantías de no repetición. En este contexto, la coadyuvancia -entendida como la participación activa de víctimas, defensores y organizaciones de la sociedad civil en los procesos judiciales- es crucial para visibilizar los contextos de violencia, aportar pruebas, acompañar a las víctimas y vigilar el cumplimiento del deber institucional de investigar y sancionar con perspectiva de género.
El feminicidio constituye la expresión más extrema de la violencia de género: el asesinato de mujeres por razones de género, motivado por odio, discriminación o desigualdad estructural. Este delito refleja no solo la violencia sistemática que enfrentan las mujeres, sino también las fallas institucionales y los contextos de impunidad en los que se perpetúa. Los feminicidios evidencian la necesidad urgente de políticas integrales de prevención, acceso a la justicia y reparación del daño. Combatirlos es una responsabilidad ineludible tanto del Estado como de la sociedad en su conjunto, con el objetivo de garantizar entornos seguros y libres de violencia para todas las mujeres.
Entre 2022 y febrero de 2025, en Campeche se han registrado 34 feminicidios. Si bien esta cifra es menor en comparación con otros estados del país, lo cierto es que ninguna mujer debería perder la vida a causa de la violencia de género.
Feminicidios registrados en Campeche (2022 - febrero de 2025) *
Municipio
2022
2023
2024
2025
Total
Campeche
4
3
0
1
8
Carmen
3
6
2
0
11
Calakmul
1
1
1
0
3
Candelaria
3
1
1
0
5
Calkiní
0
1
0
0
1
Champotón
0
3
1
1
5
Hecelchakán
0
0
1
0
1
Total general
11
15
6
2
34
*Datos correspondientes al periodo de enero de 2022 a febrero de 2025.
La reparación del daño no debe limitarse exclusivamente a una compensación económica. Debe comprender también medidas simbólicas, sociales y estructurales orientadas a restituir los derechos y la dignidad de las víctimas, reconocer su sufrimiento y contribuir a la erradicación de las causas estructurales que perpetúan la violencia de género. En este sentido, la lucha contra la violencia feminicida y por el acceso a la justicia se convierte, al mismo tiempo, en una lucha por sociedades más igualitarias, justas y libres de discriminación.
En noviembre de 2018, el estado de Campeche fue declarado en Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en ocho de sus municipios. Como parte de este mecanismo, se establecieron 24 medidas para su atención, de las cuales dos, vinculadas al acceso a la justicia y a la reparación del daño, aún no han sido cumplidas.
A pesar de los avances normativos e institucionales, persisten barreras estructurales, geográficas y culturales que dificultan el acceso de las víctimas a una atención integral y a mecanismos efectivos de reparación. Mujeres que habitan en comunidades rurales o marginadas enfrentan condiciones de aislamiento, escaso transporte, estigmatización y desconfianza hacia las instituciones, lo que favorece contextos de impunidad y revictimización.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, en Campeche el 29.7% de las mujeres de 15 años y más ha vivido situaciones de violencia en el ámbito escolar a lo largo de su vida, mientras que el 17.3% la ha experimentado en los últimos 12 meses.
En cuanto a violencia sexual en contextos escolares, la ENDIREH señala que el 17% de las mujeres ha sido víctima a lo largo de su vida, y el 11.8% en el último año. Respecto a las personas agresoras, el 47.5% de las mujeres que sufrieron violencia escolar en los últimos 12 meses identificó como principal agresor a un compañero, seguido por personas desconocidas (15.2%) y maestros (14.6%). A lo largo de su vida, el 42.4% señaló a un compañero y el 15.5% a un maestro como agresores.
Además, el 71.3% de las mujeres que vivieron violencia escolar en el último año indicó que los hechos ocurrieron dentro de la propia institución educativa.
Según datos del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), Campeche registró 233 casos de violencia escolar o docente entre 2021 y 2024. A esto se suman denuncias públicas de violencia en instituciones de educación superior, expuestas a través de redes sociales y medios de comunicación, muchas de las cuales no se reflejan en registros oficiales debido a la falta de trazabilidad de las quejas o denuncias.
Justificación de las estrategias para el cumplimiento de las medidas de justicia y reparación (AVGM)
Con el propósito de dar cumplimiento efectivo a la Primera y Tercera medida de justicia y reparación previstas en el marco de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), las cuales se enfocan en la elaboración e implementación de planes individualizados de reparación del daño a víctimas, se plantean dos estrategias fundamentales:
I. Estrategia integral de reparación a través de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Campeche
Esta estrategia propone una intervención especializada y multidisciplinaria, diseñada desde la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Campeche, con el objetivo de garantizar una reparación integral del daño a mujeres víctimas de violencia. Para ello, se plantea el despliegue de unidades móviles de atención que permitan acercar servicios psicológicos, jurídicos, médicos y de vinculación social a comunidades de difícil acceso.
La implementación de esta estrategia contribuye a reducir barreras territoriales y sociales, cumple con los estándares internacionales en materia de derechos humanos, y fortalece el acceso efectivo a la justicia, evitando la revictimización y asegurando la restitución plena de derechos.
II. Estrategia de intervención del IMEC en instituciones públicas de educación superior
El Instituto de la Mujer del Estado de Campeche (IMEC) propone una estrategia de atención multidisciplinaria dirigida a mujeres víctimas de violencia en instituciones públicas de educación superior. Esta iniciativa busca:
·  Visibilizar los casos de violencia dentro del ámbito educativo.
·  Implementar medidas de reparación con enfoque de derechos humanos.
·  Brindar acompañamiento digno, respetuoso y eficaz a las víctimas.
·  Generar condiciones estructurales para prevenir la repetición de hechos de violencia.
Esta estrategia también fortalece las capacidades institucionales dentro del sector educativo, contribuyendo a la consolidación de espacios seguros y libres de violencia para las mujeres.
Atención a la Cuarta medida: reparación integral para hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio.
En cumplimiento de la Cuarta medida de justicia y reparación, enfocada en la atención a hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio, se propone el diseño e implementación de una estrategia integral, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Campeche y el Instituto de Acceso a la Justicia del Estado (INDAJUCAM). Esta estrategia busca garantizar el acceso prioritario a servicios de salud, educación, alimentación y atención psicosocial, bajo un enfoque de derechos, interseccionalidad y atención prioritaria.
Las acciones centrales que integran esta propuesta son:
·  La creación y fortalecimiento de un Registro Estatal de Niñas, Niños y Adolescentes víctimas indirectas de feminicidio, como herramienta para su adecuada identificación y seguimiento.
·  El diseño de un Protocolo Estatal de Atención Integral, alineado con el Protocolo Nacional, que establezca principios rectores, lineamientos de articulación interinstitucional, rutas claras de atención y mecanismos de monitoreo y evaluación.
Estas acciones permitirán una respuesta coordinada, sensible y eficaz, asegurando el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir reparación integral del daño derivado del feminicidio de sus madres.
Fortalecimiento del seguimiento y articulación interinstitucional.
Uno de los principales desafíos en la implementación de las medidas de la AVGM es la falta de articulación entre acciones y programas institucionales, lo que ha limitado la capacidad de respuesta estatal y municipal ante la violencia contra las mujeres. Esta fragmentación ha derivado en procesos ineficaces, revictimización y nuevas violaciones a los derechos humanos.
Frente a este contexto, el IMEC propone el fortalecimiento del grupo estatal de seguimiento de la AVGM, mediante la contratación de una prestadora de servicios profesionales con experiencia en coordinación y vinculación interinstitucional. Esta figura técnica permitirá:
·  Elaborar planes de trabajo estructurados.
·  Coordinar reuniones periódicas de vinculación institucional.
·  Brindar asesoría para la definición e implementación de estrategias de monitoreo y seguimiento con enfoque territorial y de género.
Esta acción es clave para mejorar la gobernanza de la AVGM y asegurar una respuesta estatal articulada, sensible y efectiva.
Ampliación de la cobertura territorial: inclusión del municipio de Carmen
Finalmente, se propone la incorporación del municipio de Carmen dentro de la cobertura territorial de estas estrategias, en virtud de que, según reportes del 911, ocupa el segundo lugar estatal en reportes de violencia familiar. Además, este municipio colinda con tres demarcaciones ya incluidas en la AVGM (Hecelchakán, Escárcega y Champotón), lo que refuerza la necesidad de su integración para lograr una intervención regional más coherente, amplia y eficaz.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA DE
VIOLENCIA
OBJETIVO
JUSTICIA
C. Creación y/o fortalecimiento de Agencias Especializadas en violencia familiar y/o delitos cometidos por razones de género en las Secretarías o Institutos de las Mujeres.
I.   Primera medida de justicia y reparación.
Con base en el artículo 26, fracción I, de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia, a que se investiguen, se resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y los feminicidios, y,
III. Tercera medida de justicia y reparación.
Un plan individualizado de reparación integral del daño. Para estos efectos, se deberán considerar los estándares en materia de reparación del daño, reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como lo establecido en la ley General de Acceso, Ley General de Víctimas y la ley General de Acceso de las mujeres a una vida Libre de Violencia para el estado de Campeche.
Promover, en el marco de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Campeche y con fundamento en la Ley General de Atención a Víctimas, el acceso efectivo a la justicia y la reparación integral del daño a las víctimas de violencia, a través de una estrategia de intervención multidisciplinaria que contribuya a la implementación de medidas de rehabilitación y garantías de no repetición, conforme a los planes individualizados de reparación del daño.
Creación y/o fortalecimiento de Agencias Especializadas en violencia familiar y/o delitos cometidos por razones de género en las Secretarías o Institutos de las Mujeres.
IV. Cuarta medida de justicia y reparación.
Una estrategia que permita garantizar a las hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio recibir servicios integrales de atención temprana y garantizar los servicios de salud, educación y alimentación.
V. Quinta medida de justicia y reparación.
El fortalecimiento en la calidad de los servicios de defensoría de oficio en materia de violencia contra las mujeres y niñas en el Estado, a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia y la debida defensa de las mujeres y niñas. Garantizando la presencia de intérpretes o traductores de lenguas indígenas en las áreas que brindan atención a mujeres indígenas víctimas de violencia.
Institucionalizar una ruta de atención para la reparación integral del daño y la reconstrucción del proyecto de vida de niñas, niños y adolescentes, hijos e hijas de mujeres víctimas de feminicidio.
 
C2. METODOLOGÍA
JUSTICIA
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Garantizar la presencia territorial de servicios para la detección, atención y canalización de mujeres que viven situaciones de violencia, mediante una estrategia de movilidad que acerque servicios de atención integral, especializada y gratuita, especialmente en los municipios con Alerta de Violencia de Género que carecen de capacidad instalada.
1.  Diseñar, con base en la Ley General de Víctimas, una estrategia para coadyuvar en el acceso a la justicia y la reparación del daño a mujeres víctimas de violencia en el ámbito comunitario.
2.  Acompañar la elaboración de planes de trabajo que incluyan la trazabilidad de la intervención multidisciplinaria, en el marco de los planes individualizados de reparación del daño.
3.  Monitorear y dar seguimiento a la calidad, oportunidad y eficiencia de los servicios brindados por los equipos multidisciplinariosasegurando el cumplimiento de las medidas establecidas.
4.  Brindar atención psicológica, jurídica, de asistencia social y de salud a mujeres víctimas de violencia y a sus familias, inscritas en el Registro Estatal de Víctimas.
5.  Elaborar planes de trabajo que especifiquen las medidas de rehabilitación y de garantía de no repetición, con base en los planes individualizados de reparación del daño.
6.  Evaluar los resultados de la atención y seguimiento otorgados a las víctimas, a fin de fortalecer la eficacia de las acciones implementadas.
Porcentaje de acciones programadas que fueron atendidas:
(total de acciones realizadas/total de acciones programadas) x 100
Plan de Trabajo.
Informes de actividades.
Informes Trimestrales.
Acta de Cierre.
Informe final de resultados.
Memoria fotográfica.
Formatos de servicios.
7.  Contratación de una prestadora de servicios profesionales en las áreas de psicología, derecho, ciencias sociales o afines, con experiencia comprobable en derechos humanos y perspectiva de género, quien será responsable de coordinar los equipos multidisciplinarios encargados de la intervención en el ámbito comunitario.
8.  Contratación de diez prestadoras o prestadores de servicios profesionales en las áreas de psicología, derecho, salud y ciencias sociales, con formación en derechos humanos y perspectiva de género, para la conformación e implementación de equipos multidisciplinarios que llevarán a cabo intervenciones en el ámbito comunitario.
Porcentaje de contratación de profesionistas para equipos multidisciplinarios con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.
(Número de profesionistas contratados/meta de contratación de profesionistas) x 100
Contrato de prestación de servicios.
Facturas pagadas.
 
9.  Contratación de dos personas operadoras de transporte de carga pesada, responsables de la movilización e instalación de las unidades móviles destinadas a la intervención multidisciplinaria.
Porcentaje de traslados programados que fueron atendidos:
(Total de traslados realizados/ total de traslados programados) x 100
Contrato de prestación de servicios.
Facturas pagadas
Informes de actividades
10. Contratación de dos personas operadoras de transporte, responsables de movilizar a los equipos multidisciplinarios de intervención dentro del territorio estatal.
Porcentaje de traslados programados que fueron atendidos:
(Total de traslados realizados/ total de traslados programados) x 100
Contrato de prestación de servicios.
Facturas pagadas.
Informes de actividades.
Intervenir en ámbitos comunitarios con altos índices de violencia contra las mujeres, en particular violencia sexual y otras formas que atentan contra su integridad, con énfasis durante este año en el ámbito de la educación superior.
1.  Diseñar, con base en la Ley General de Víctimas, una estrategia que coadyuve en el acceso a la justicia y la reparación del daño para mujeres víctimas de violencia identificadas en el ámbito de la educación superior del estado de Campeche.
2.  Acompañar la elaboración de planes de trabajo que incluyan la trazabilidad de la intervención multidisciplinaria, en el marco de los planes individualizados de reparación del daño de las víctimas.
3.  Monitorear y dar seguimiento a la calidad, oportunidad y eficiencia de los servicios brindados por los equipos multidisciplinariosasegurando el cumplimiento de las medidas establecidas.
4.  Brindar atención psicológica, jurídica, de asistencia social y de salud a mujeres víctimas de violencia y a sus familias, identificadas en las instancias de educación superior.
Porcentaje de acciones programadas que fueron atendidas:
(total de acciones realizadas/total de acciones programadas) x 100
Plan de Trabajo.
Informes de actividades
Informes Trimestrales
Acta de Cierre
Informe final de resultados
Memoria fotográfica
Formatos de servicios.
 
5.  Elaborar planes de trabajo que especifiquen las medidas de rehabilitación y las acciones para garantizar la no repetición, basados en los planes individualizados de reparación del daño.
6.  Establecer un mecanismo interinstitucional de referencia y contrarreferencia que garantice el acceso efectivo a servicios de salud, educación, empleo y asistencia social para las víctimas, en el marco de la atención a las medidas de rehabilitación y garantía de no repetición.
 
 
 
7.  Contratación de una prestadora de servicios profesionales en las áreas de psicología, derecho, ciencias sociales o afines, con experiencia comprobable en derechos humanos y perspectiva de género, quien será responsable de coordinar los equipos multidisciplinarios que intervendrán en el ámbito de educación superior.
8.  Contratación de diez prestadoras o prestadores de servicios profesionales en las áreas de psicología, derecho, ciencias sociales o afines, con experiencia comprobable en derechos humanos y perspectiva de género, para la conformación e integración de los equipos multidisciplinarios que operarán en el ámbito de educación superior.
 
Contrato de prestación de servicios.
Facturas pagadas.
Elaborar una estrategia integral para la reparación del daño dirigida a las hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio."
1.  Contratación de una persona prestadora de servicios profesionales con experiencia comprobable.
2.  Instalación formal del grupo de trabajo.
3.  Coordinación de las mesas de trabajo.
4.  Elaboración del documento titulado Estrategia para la reparación integral del daño a hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio en el estado de Campeche.
5.  Coordinación del proceso de validación y aprobación del documento.
6.  Acompañamiento durante el proceso de capacitación a los enlaces operadores de la estrategia.
Índice de cumplimiento de acciones programadas:
(Número de acciones ejecutadas/Numero de acciones programadas) ×100
Contrato de prestación de servicios.
Facturas
Plan de Trabajo
Informes de actividades
Minutas.
Listas de asistencia.
Memoria fotográfica.
Documento: "Estrategia para la reparación integral de daño para hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio para el estado de Campeche".
Fortalecer el seguimiento a las medidas de atención de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en Campeche mediante mecanismos de vinculación, planeación y articulación de acciones.
1.  Contratación de una profesional especializada que lidere el Grupo Estatal de Trabajo encargado del seguimiento puntual a las medidas de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM). Esta figura garantizará la continuidad de las acciones gubernamentales coordinadas, con énfasis en la erradicación de la violencia feminicida derivada de desigualdades estructurales.
2.  Implementación de un programa de trabajo para dar seguimiento a la atención de las medidas establecidas en la AVGM.
3.  Reinstalación del Grupo Estatal de Trabajo.
4.  Organización de mesas de trabajo con actores estratégicos.
5.  Monitoreo y seguimiento continuo de la atención y cumplimiento de las medidas.
Porcentaje de acciones programadas que fueron atendidas:
(total de acciones realizadas/total de acciones programadas) x 100
Contrato de prestación de servicios.
Facturas pagadas
Plan de Trabajo
Informes de actividades
Minutas.
Listas de asistencia.
Memoria fotográfica.
Documento Acta de reinstalación.
Documento programa de trabajo que de seguimiento a la atención de las medidas de la DAVGM.
"Garantizar la correcta ejecución del proyecto y el cumplimiento de sus objetivos, en estricto apego a los Lineamientos para la obtención de recursos."
1.  Contratación de una profesionista con experiencia comprobada y formación en derechos humanos con enfoque de perspectiva de género, que garantice la correcta ejecución del proyecto, en estricto apego a los Lineamientos para la obtención de recursos, al Convenio de Coordinación y al Anexo Técnico.
2.  Responsabilizar a esta persona del seguimiento a las líneas de acción previstas y del cumplimiento de los objetivos orientados a atender las medidas de justicia y reparación establecidas en el proyecto.
3.  Asumir, además, las tareas esenciales para la puesta en marcha del proyecto, incluyendo las acciones administrativas derivadas del mismo.
Porcentaje de acciones programadas que fueron atendidas:
(total de acciones realizadas/total de acciones programadas) x 100
Contrato de prestación de servicios.
Facturas
Plan de Trabajo
Informes de actividades
Informes Parciales
Informe de Resultados
 
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
JUSTICIA
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Definir las acciones y responsabilidades de cada uno de los prestadores de servicios profesionales que ejecutarán el proyecto, mediante términos de referencia.
2
Publicar las convocatorias y llevar a cabo todos los procesos para la contratación de las y los prestadores de servicios profesionales que integrarán el proyecto.
3
Asignar áreas de adscripción a prestadoras de servicios profesionales.
4
Crear expedientes personales de prestadoras y prestadores de servicios profesionales que ejecutarán el proyecto.
5
Capacitar a prestadoras y prestadores de servicios profesionales contratados para la correcta ejecución del proyecto y el cumplimiento de objetivos.
6
Cada persona prestadora de servicios profesionales, deberá presentar un Plan de trabajo bien estructurado con las acciones que llevará a cabo durante el periodo de contratación.
7
Elaborar los formatos para informes de servicios y actividades.
8
Vincular con municipios y actores estratégicos para coordinar actividades de justicia y reparación.
9
Planear rutas y agenda para la intervención en comunidades de los municipios alertados.
10
Planear agenda para implementar la intervención en las Instituciones de Educación Superior
11
Brindar servicios en comunidades rurales, indígenas e instituciones de educación superior encaminadas al cumplimiento de objetivos.
12
Ejecutar acciones establecidas para el fortalecimiento al seguimiento de la DAVGM en Campeche.
13
Ejecutar acciones establecidas vinculadas a la estrategia para la reparación integral de daño para hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio.
14
Monitorear el cumplimiento de objetivos.
15
Llevar a cabo reuniones de seguimiento.
16
Llevar a cabo reuniones de evaluación.
17
Llevar a cabo el trámite de pagos a prestadores de servicios profesionales contratados.
18
Registrar las acciones y avances del proyecto para informar de manera oportuna a las instancias correspondientes.
19
Integrar el expediente electrónico y físico de la ejecución del proyecto
20
Integrar los informes parciales para reportar a la Secretaría de las Mujeres.
21
Elaborar los documentos concluyentes de cada actividad.
22
Realizar las conciliaciones bancarias de manera mensual.
23
Integrar el Informe de Resultados para reportar a la Secretaría de las Mujeres y al Grupo Interinstitucional Multidisciplinario (GIM).
 
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA.
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS (AS)
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS (AS)
X
NIÑAS Y ADOLESCENTES
X
ADULTAS MAYORES
X
INDÍGENAS
X
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS
X
AFROMEXICANAS
X
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
X
LGBTTIQ+
X
MADRES JEFAS DE FAMILIA
X
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
X
VÍCTIMAS INDIRECTAS
X
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
X
HIJOS E HIJAS DE VÍCTIMAS
X
 
GRUPO ETARIO
MUJERES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
x
x
x
x
x
x
HOMBRES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
x
x
x
 
 
x
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Calakmul, Calkiní, Campeche, Candelaria, Champotón, Escárcega, Hecelchakán, Hopelchén. y Carmen como el segundo municipio con más reportes de violencia familiar de acuerdo con los registros del 911 a nivel estatal.
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
#
ACTORES ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO/MECANISMO DE
COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
Instituto Nacional de Pueblos Indígenas del Estado.
Convenio de colaboración.
Contribuir al proyecto mediante el apoyo en servicios de traducción e interpretación en lenguas indígenas para mujeres que lo requieran, así como mediante la identificación y mapeo de comunidades indígenas para garantizar el acceso efectivo a los servicios y medidas contempladas
2
Secretaría de Educación del estado de Campeche.
Convenio de colaboración.
Contribuir al proyecto mediante el apoyo educativo dirigido a garantizar la restitución del derecho a la educación de las hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio.
3
IMSS BIENESTAR
Mesa de coordinación
Contribuir al proyecto a través de la prestación de servicios integrales de salud a víctimas de violencia familiar y sexual, en cumplimiento con lo establecido en la NOM-046-SSA2-2005.
4
Secretaría de Salud
Unidades de atención
Contribuir al proyecto mediante la oferta de servicios especializados de salud dirigidos a las mujeres, con enfoque integral y perspectiva de género."
5
Ayuntamientos
Convenios de colaboración.
Contribuir al proyecto mediante la prestación de apoyo jurídico y psicológico a niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia, así como a través de la atención y el seguimiento de casos. Asimismo, impulsar la instalación y el funcionamiento del Sistema Municipal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, junto con sus respectivos grupos de trabajo."
6
Unidades de Igualdad Sustantiva de las dependencias estatales.
Unidad de canalización
Contribuir al proyecto mediante la atención y seguimiento de las canalizaciones de mujeres en situación de violencia realizadas a través de instituciones públicas, garantizando una respuesta oportuna, coordinada y con enfoque de derechos humanos.
7
Instancias Municipales de la Mujer de los municipios alertados.
Mesa de coordinación
Contribuir al proyecto mediante la atención y el seguimiento de las canalizaciones de mujeres en situación de violencia en los municipios, asegurando una respuesta efectiva, oportuna y con enfoque de género.
8
Instituciones de Educación Superior.
Convenios de Colaboración.
Mesas de coordinación
Contribuir al proyecto mediante la provisión de información sobre los casos de violencia contra las mujeres en la comunidad universitaria, así como a través de la atención integral de situaciones de violencia ejercida por personal docente contra mujeres.
9
Centros LIBRE.
Oficios de canalización
Contribuir al proyecto garantizando la continuidad de los servicios de trabajo social, jurídico y psicológico dirigidos a mujeres víctimas de violencia.
10
Fiscalía General del Estado de Campeche.
Convenios de Colaboración.
Contribuir al proyecto mediante:
· La continuidad de los servicios integrales de atención jurídica para garantizar el acceso a la justicia de mujeres víctimas de violencia.
· La provisión de información sobre la detección de hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio.
· La entrega de información actualizada sobre mujeres en situación de riesgo alto y medio.
11
Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (SE SIPINNA)
Mesa de coordinación
Coadyuvar en las estrategias estatales para la atención y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA)
12
Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Campeche.
Mesa de coordinación
Contribuir al proyecto mediante la realización de diagnósticos sobre la vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA) y la elaboración de planes de restitución de derechos, así como garantizando la continuidad en la prestación de servicios de representación legal para NNA víctimas de violencia.
13
Instituto de Acceso a la Justicia del Estado de Campeche (INDAJUCAM).
Mesas de coordinación
Contribuir al proyecto mediante la prestación de representación legal a mujeres en situación de violencia, la atención y seguimiento de los planes de reparación, así como la comunicación periódica a la Comisión Estatal de Atención a Víctimas sobre el estatus de dichos planes.
14
OSC: Una Puerta a la Esperanza, A.C. (CIAVI).
Unidad de atención
Contribuir al proyecto proporcionando refugio y atención especializada e integral a mujeres, así como a sus hijas e hijos, que se encuentren en situación de violencia extrema.
15
Comisión de Derechos Humanos del Estado de CAMPECHE (CODHECAM)
Mesas de coordinación
Contribuir al proyecto mediante la provisión de información sobre quejas o denuncias recibidas en el ámbito universitario.
16
Refugio Especializado IMEC
Unidad de atención
Contribuir al proyecto ofreciendo refugio y atención integral y especializada a mujeres y a sus hijas e hijos que se encuentren en situación de violencia extrema.
17
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas
Mesa de coordinación
Contribuir al proyecto coadyuvando en la asistencia, atención y protección integral de mujeres víctimas de violencia.
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
No disponer de la suficiencia presupuestal en tiempo y forma conforme al calendario de gasto programado para el proyecto
La programación del pago de la primera ministración a las personas prestadoras de servicios estará condicionada a la entrega de un plan de trabajo bien estructurado y alineado con el proyecto aprobado. Las ministraciones subsecuentes se programarán contra entrega de sus informes de actividades de manera periódica, garantizando que el monto total de la contratación no se vea afectado, incluso en caso de retrasos en la llegada de recursos al Estado conforme al cronograma de gasto. Esta estrategia asegura la continuidad y estabilidad financiera del proyecto, minimizando el impacto de posibles demoras en la asignación presupuestal.
Falta de voluntad y apoyo por parte de las instituciones involucradas en la garantía de los derechos de las víctimas y en facilitar su acceso efectivo a la justicia.
Documentar y reportar de manera sistemática las acciones realizadas por el IMEC mediante mecanismos administrativos establecidos, asegurando la trazabilidad y generación de antecedentes ante las instancias correspondientes. Esto permitirá evidenciar el compromiso institucional y facilitar la rendición de cuentas para fortalecer la cooperación y apoyo de las entidades involucradas.
 
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
ACTIVIDADES
CONCEPTO
DE GASTO
MES
MES
1
MES
2
MES
3
ME
S 4
ME
S 5
MES
6
MES
7
Monto
1.   Diseñar, con fundamento en la Ley General de Víctimas, una estrategia para coadyuvar en el acceso a la justicia y la reparación del daño de mujeres víctimas de violencia en el ámbito comunitario.
2.   Acompañar la elaboración de planes de trabajo que integren la trazabilidad de la intervención multidisciplinaria, en el marco de los planes individualizados de reparación del daño de las víctimas.
3.   Monitorear y dar seguimiento a la calidad, oportunidad y eficiencia de los servicios brindados por los equipos multidisciplinarios, verificando el cumplimiento de las medidas establecidas.
4.   Brindar atención psicológica, jurídica, social y en salud a mujeres víctimas de violencia y a sus familias inscritas en el Registro Estatal de Víctimas.
5.   Elaborar planes de trabajo que incluyan medidas de rehabilitación y garantías de no repetición, alineadas con los planes individualizados de reparación del daño de las víctimas.
6.   Evaluar los resultados de la atención y seguimiento brindados, con base en criterios de impacto, eficacia y pertinencia.
7.   Contratar a una prestadora de servicios profesionales en las áreas de psicología, derecho, ciencias sociales o afines, con experiencia comprobable en derechos humanos y perspectiva de género, quien coordinará los equipos multidisciplinarios en el ámbito comunitario.
8.   Contratar a diez prestadoras o prestadores de servicios profesionales en las áreas de psicología, derecho, salud y ciencias sociales, con formación en derechos humanos y perspectiva de género, para integrar los equipos multidisciplinarios que operarán en el ámbito comunitario.
9.   Contratar a dos personas operadoras de transporte de carga pesada, responsables de movilizar e instalar las unidades móviles de intervención multidisciplinaria.
10.  Contratar a dos personas operadoras encargadas de trasladar a los equipos multidisciplinarios de intervención al interior del estado.
PAGO DE
HONORARIOS
X
X
X
X
X
X
X
$2,448,000.00
1.   Diseñar, con fundamento en la Ley General de Víctimas, una estrategia para coadyuvar en el acceso a la justicia y la reparación del daño a mujeres víctimas de violencia identificadas en el ámbito de la educación superior en el estado de Campeche.
2.   Acompañar la elaboración de planes de trabajo que incluyan la trazabilidad de la intervención multidisciplinaria, en el marco de los planes individualizados de reparación del daño de las víctimas.
3.   Monitorear y dar seguimiento a la calidad, oportunidad y eficiencia de los servicios brindados por los equipos multidisciplinarios, asegurando el cumplimiento de las medidas establecidas.
4.   Brindar atención psicológica, jurídica, social y en salud a mujeres víctimas de violencia y a sus familias, identificadas en instituciones de educación superior.
5.   Elaborar planes de trabajo que especifiquen las medidas de rehabilitación y las garantías de no repetición, basadas en los planes individualizados de reparación del daño de las víctimas.
6.   Establecer un mecanismo interinstitucional de referencia y contrarreferencia que garantice el acceso efectivo a servicios de salud, educación, empleo y asistencia social, en el marco de las medidas de rehabilitación y garantías de no repetición.
7.   Contratar a una prestadora de servicios profesionales en psicología, derecho, ciencias sociales o áreas afines, con experiencia comprobable en derechos humanos y perspectiva de género, quien será responsable de coordinar los equipos multidisciplinarios que intervendrán en el ámbito de la educación superior.
8.   Contratar a diez prestadoras/es de servicios profesionales en psicología, derecho, ciencias sociales o áreas afines, con experiencia comprobable en derechos humanos y perspectiva de género, para integrar los equipos multidisciplinarios que llevarán a cabo la intervención en el ámbito de la educación superior.
PAGO DE
HONORARIOS
X
X
X
X
X
X
X
$2,000,000.00
Contratación de una persona prestadora de servicios profesionales con experiencia comprobable, responsable de coordinar las siguientes acciones:
1.   Instalación del grupo de trabajo encargado del desarrollo de la estrategia.
2.   Coordinación de mesas de trabajo interinstitucionales e intersectoriales.
3.   Elaboración del documento "Estrategia para la reparación integral del daño a hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio en el estado de Campeche".
4.   Coordinación del proceso de validación y aprobación del documento estratégico.
5.   Acompañamiento en el proceso de capacitación dirigido a las personas enlaces operadoras de la estrategia.
PAGO DE
HONORARIOS
X
X
X
X
X
X
X
$232,000.00
1.   Contratación de una profesional especializada que asuma la coordinación del Grupo Estatal de Trabajo responsable del seguimiento puntual a las medidas de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM). Esta figura garantizará la continuidad de las acciones gubernamentales articuladas, priorizando la erradicación de la violencia feminicida como resultado de desigualdades estructurales.
2.   Implementación de un programa de trabajo que dé seguimiento a la atención de las medidas derivadas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM).
3.   Reinstalación del Grupo Estatal de Trabajo como mecanismo de articulación interinstitucional.
4.   Realización de mesas de trabajo con actores estratégicos para fortalecer la coordinación y corresponsabilidad institucional.
5.   Monitoreo y seguimiento continuo del cumplimiento y avance de las medidas establecidas en el marco de la DAVGM.
PAGO DE
HONORARIOS
X
X
X
X
X
X
X
$240,000.00
1.   Contratación de una profesionista con experiencia comprobada y formación en derechos humanos, con enfoque de perspectiva de género, que garantice la correcta ejecución del proyecto, en estricto cumplimiento de los Lineamientos para la obtención de recursos, el Convenio de Coordinación y su Anexo Técnico.
2.   Esta persona será responsable del seguimiento a las líneas de acción establecidas y del cumplimiento de los objetivos orientados a atender las medidas de justicia y reparación contempladas en el proyecto.
3.   Asimismo, asumirá tareas esenciales para la implementación operativa del proyecto, incluyendo las gestiones administrativas que se deriven del mismo.
PAGO DE
HONORARIOS
X
X
X
X
X
X
X
$263,840.00
 
Cinco millones ciento ochenta y tres mil ochocientos
cuarenta pesos. 00/100 M.N.
$5,183,840.00
 
C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE
CONTRATACIÓN
SERVICIOS
PROFESIONALES.
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
Ciencias de la Salud
De 2 a 5
Licenciatura
Servicios Profesionales
2
Psicólogas
De 2 a 5
Licenciatura
Servicios Profesionales
9
Ciencias jurídicas
De 2 a 5
Licenciatura
Servicios Profesionales
8
Ciencias Sociales o afines.
De 2 a 5
Licenciatura
Servicios Profesionales
6
Operadores de vehículos de
carga pesada.
De 2 a 5
Bachillerato
Servicios Profesionales
y multidisciplinarios
4
 
Total de Personas prestadoras de Servicios a Contratar
29
 
RECURSOS MATERIALES
CONCEPTO DE GASTO
DETALLE
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
NO APLICA
NO APLICA
NO APLICA
NO APLICA
 
Total de Adquisiciones
0
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en tres ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto MUJERES/AVGM/CAMP/019/2025 en la Ciudad de México el día 30 de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado, Layda Elena Sansores San Román.- Rúbrica.- Secretaria de Gobierno de la Administración Pública del Estado, Elisa María Hernández Romero.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Jezrael Isaac Larracilla Pérez.- Rúbrica.- Secretaria de la Contraloría de la Administración Pública del Estado, Roxana de las Mercedes Montero Pérez.- Rúbrica.- Secretario de Bienestar de la Administración Pública del Estado, Esteban Hinojosa Rebolledo.- Rúbrica.- Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche y Titular de la Instancia Local Responsable, Vania María Kelleher Hernández.- Rúbrica.