ACUERDO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicadas el 14 de octubre de 2010.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones I, III y XXXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39, fracción I, y 87, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 29, 30, párrafo tercero y 31, fracción XX, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 5 y 6, fracciones XX y XXIII, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 134, párrafos cuarto y quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen los diferentes entes públicos se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, y que cuando las licitaciones no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 (PND 2025-2030), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 15 de abril de 2025, establece en su apartado de Presentación que el mismo busca impulsar la inversión privada, generar empleos formales y de calidad, aumentar el contenido nacional en los procesos productivos, simplificar los trámites administrativos y combatir la pobreza y la desigualdad;
Que PND 2025-2030, en su Eje General 3 "Economía moral y trabajo" del, en el objetivo 3.10 "Promover el desarrollo de las cadenas de proveeduría para aumentar el contenido nacional en las fases productivas, con un enfoque especial en el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas", contiene como estrategias 3.10.2 y 3.10.4 las relativas a incrementar el contenido nacional en las exportaciones y la producción local, enfocándose en sectores estratégicos, para fortalecer la industria nacional y expandir la presencia de productos mexicanos tanto en mercados locales como globales, así como impulsar el desarrollo sostenible de largo plazo, incrementando el contenido nacional en la producción de industrias de alto valor para posicionar a México como un actor clave en la región, respectivamente;
Que el Plan México, previsto en el PND 2025-2030, considera como parte de sus objetivos y estrategias elevar el contenido nacional y regional; que el 50% de la proveeduría y el consumo nacional sean productos hechos en México en sectores estratégicos, así como que el 50% de las compras públicas serán de producción nacional, a efecto de que éstas últimas sean una herramienta de desarrollo;
Que el 14 de octubre de 2010 se publicaron en el DOF las Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (Reglas);
Que el 28 de noviembre de 2024 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, mediante el cual, en el artículo 37, fracción XXXVII, confiere a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno facultades para emitir disposiciones generales en materia de contenido nacional y casos de excepción, margen de preferencia en precio, reservas de compras y licitaciones bajo la cobertura de los tratados comerciales de los que el Estado mexicano sea parte, respecto de procedimientos de contratación del sector público;
Que el 16 de abril de 2025 se publicaron en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de la Economía Social y Solidaria y de la Ley General de Sociedades Cooperativas, y el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a fin de modernizar y eficientar los procesos de contratación pública, priorizando transparencia, legalidad y eficiencia en el uso de recursos;
Que el artículo 39, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) establece que en las licitaciones públicas de carácter nacional únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana y los bienes a adquirir sean producidos en los Estados Unidos Mexicanos y cuenten, por lo menos, con un sesenta y cinco por ciento de contenido nacional, el que se determinará tomando en cuenta la mano de obra, insumos de los bienes y demás aspectos que determine la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno mediante reglas de carácter general; asimismo, dispone que dicha dependencia, mediante reglas de carácter general, establecerá los casos de excepción correspondientes a dicho contenido nacional, así como un procedimiento expedito para determinar el porcentaje del mismo;
Que el párrafo sexto del artículo 53 de la LAASSP y el párrafo quinto del artículo 41 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), establecen que a los procedimientos de contratación de invitación a cuando menos tres personas y de adjudicación directa, les serán aplicables las licitaciones públicas de carácter nacional, internacional bajo la cobertura de tratados e internacional abierta a que hacen referencia los artículos 39 de la LAASSP y 30 de la LOPSRM;
Que el penúltimo párrafo del artículo 30 de la LOPSRM establece que en las licitaciones públicas podrá requerirse la incorporación de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente nacional, por el porcentaje del valor de los trabajos que determine la convocante, y que deberá incorporarse por lo menos treinta por ciento de mano de obra nacional, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales;
Que el artículo 31, fracción XX, de la LOPSRM dispone que la convocatoria a la licitación pública deberá contener, en su caso, el señalamiento del porcentaje de contenido nacional del valor de la obra que deberán cumplir los licitantes en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, que serían utilizados en la ejecución de los trabajos;
Que, por lo que hace a los procedimientos de contratación de proyectos "llave en mano" o integrados mayores, en el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), en su Capítulo 13 "Contratación Pública", Anexo 13-A "Lista de México", Sección F "Notas Generales", numeral 7, establece que una entidad de nuestro país podrá imponer requisitos de contenido local de hasta 40 por ciento para dichos proyectos intensivos en mano de obra, o 25 por ciento para los intensivos en capital;
Que los tratados de libre comercio celebrados por nuestro país con el Estado de Israel, con los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y con la República de Chile; el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico; el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros; el Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón; el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, y el Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, también contienen dentro de sus disposiciones, el mecanismo descrito en el considerando anterior;
Que el segundo párrafo del artículo 87 de la LAASSP establece que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno podrá verificar que los bienes cumplan con los requisitos relativos al grado de contenido nacional, y
Que derivado de la publicación de la nueva LAASSP y de las reformas a la LOPSRM antes mencionadas, así como a los acuerdos comerciales celebrados por el Estado Mexicano, es necesario adecuar las Reglas para armonizarlas con lo previsto en los mismos, se expide el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS REGLAS
PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE
SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA LA APLICACIÓN
DEL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, QUE CELEBREN LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PUBLICADAS EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE OCTUBRE DE 2010
ÚNICO. Se reforman los numerales 1, 2.1.1, 2.1.2, 2.1.3, 2.1.6, 2.1.10, 2.1.11, 2.1.13, 2.1.14, 2.2.1, 2.2.8, 2.3.2, 2.3.4, 2.3.6 en la tabla inmediata a su párrafo segundo, 3, 3.1, 3.2, 3.3, 4, 5, 8, párrafos primero, y su inciso b), segundo y tercero, 9, 10, 12.1, 15, párrafos tercero y cuarto, 16, párrafo primero, 18, 20, 21.1, 27.1, 29, párrafo primero, 30, 31, párrafo tercero, 33.5, párrafo primero, 34, párrafo cuarto, y 35, así como los Anexos 1, 2 y 3; se adicionan los numerales 2.1.2 Bis y 2.1.10 Bis, y se derogan el párrafo segundo y la tabla del numeral 5, y el párrafo segundo del numeral 32, de las Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010, para quedar como sigue:
"1.    Las presentes Reglas tienen por objeto establecer las disposiciones que las dependencias y entidades deberán observar para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes ofertados y entregados en los procedimientos de contratación convocados y celebrados conforme a la Ley de Adquisiciones, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en los procedimientos de contratación de obras públicas previsto en la Ley de Obras.
2.     ...
2.1.   ...
2.1.1.         Contenido nacional: producción en los Estados Unidos Mexicanos y porcentaje de contenido nacional mínimo requerido, para los bienes, conforme a la Regla 5 de este instrumento, o los casos de excepción a dichos requisitos que se encuentren expresamente reconocidos por la Secretaría en las Reglas 11 y 12 del presente instrumento;
2.1.2.         Convocante: cualquier dependencia o entidad comprendida en la Regla 2.1.3 de este documento, que lleve a cabo un procedimiento de contratación para la adquisición de bienes, así como la contratación de obras públicas que contemple requisitos de contenido nacional;
2.1.2. Bis.   Cotizante: la persona física o moral que confirma su cotización en el procedimiento de adjudicación directa;
2.1.3.         Dependencias y entidades: las señaladas en las fracciones I a V del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, así como en las fracciones I a VI del artículo 1 de la Ley de Obras;
2.1.4. y 2.1.5. ...
2.1.6.         Dirección: la Dirección General de Política de Contrataciones Públicas de la Secretaría;
2.1.7. a 2.1.9. ...
2.1.10.       Licitante: la persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas;
2.1.10 Bis.  Postulante: el candidato precalificado que presenta propuesta técnica preparatoria y, en su caso, propuestas técnica y económica definitivas en la etapa postulatoria del diálogo competitivo, en términos de la Ley de Adquisiciones;
2.1.11.       Procedimientos de contratación: los previstos en los artículos 35 de la Ley de Adquisiciones y 27 de la Ley de Obras;
2.1.12.        ...
2.1.13.       Secretaría: la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno;
2.1.14.       Umbrales: los montos de referencia establecidos en el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, en su Capítulo 13 "Contratación Pública", Anexo 13-A "Lista de México", Secciones A y B, y sus correlativos en los demás tratados de libre comercio celebrados por nuestro país, siendo uno de los elementos a partir de los cuales se define el ámbito de aplicación de las disposiciones de dichos títulos o capítulos, y
2.1.15.       ...
2.2.   ...
2.2.1.         Bienes nacionales: los producidos en los Estados Unidos Mexicanos y que cuenten con el porcentaje de contenido nacional requerido en términos del artículo 39, fracción I de la Ley de Adquisiciones y de lo previsto en las presentes Reglas;
2.2.2. a 2.2.7. ...
2.2.8.         Verificación del contenido nacional: la revisión y análisis de documentos que se realiza para determinar el cumplimiento de las disposiciones sobre contenido nacional, lo cual puede incluir la inspección ocular de las instalaciones en donde se lleva a cabo el proceso de producción de los bienes sujetos a verificación, así como la solicitud de información a otras autoridades competentes para corroborar la veracidad de la información o documentación recabada.
2.3.   ...
2.3.1.         ...
2.3.2.         Obras públicas: las que señala como tales el artículo 3 de la Ley de Obras, así como las consideradas como servicios de construcción de conformidad con el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, en su Capítulo 13 "Contrataciones Públicas", Anexo 13-A "Lista de México", Sección E, "Servicios de Construcción", y sus correlativos en los demás tratados de libre comercio celebrados por nuestro país, dentro de los cuales se haya considerado una cobertura en materia de obras públicas;
2.3.3.         ...
2.3.4.         Proyectos integrales: los proyectos "llave en mano" o integrados mayores de obras públicas a que hace referencia el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, en su Capítulo 13 "Contrataciones Públicas", Anexo 13-A "Lista de México", Sección F "Notas Generales", Numeral 7, así como en las disposiciones equivalentes existentes en el resto de los tratados de libre comercio celebrados por nuestro país, con un título o capítulo de compras del sector público, dentro de los cuales se consideró una cobertura en materia de obras públicas;
2.3.5.         ...
2.3.6.         ...
                ...
Tratado
Obras públicas
Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y
Canadá (T-MEC)
Anexo 13-A, Sección E
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de
Colombia
Anexo 5 al artículo 15-02
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de
Israel (TLC México-Israel)
Anexo IV
Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los
Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros
(TLCUEM)
Anexo IX al artículo 25
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de
la Asociación Europea de Libre Comercio (TLC México-AELC)
Anexo XV
Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados
Unidos Mexicanos y el Japón (TLC México-Japón).
Anexo 14
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de
Chile
Anexo 15 Bis-04
Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico
Anexo 8.2, Sección F
Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT)
Anexo 15-A, Sección F
Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino
Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte (ACC-MX-RU)
Artículo 3 (Incorporación de las Disposiciones relativas
al Comercio del Acuerdo Global), referenciado mutatis
mutandis al Anexo IX al artículo 25 del Acuerdo de
Asociación Económica, Concertación Política y
Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la
Comunidad Europea y sus Estados Miembros
 
3.     Las presentes Reglas serán aplicables a los procedimientos de contratación que se enlistan a continuación, convocados por las dependencias y entidades, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley de Adquisiciones y 30 de la Ley de Obras, cuando se requiera que los bienes que se oferten y entreguen en dichos procedimientos sean producidos en los Estados Unidos Mexicanos y cuenten con el porcentaje de contenido nacional respectivo:
3.1.   De carácter nacional que tengan por objeto la adquisición de bienes (incluidas las señaladas en el párrafo cuarto del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones);
3.2.   De carácter internacional bajo la cobertura de tratados que tengan por objeto la adquisición de bienes, respecto de los cuales el licitante, postulante o cotizante participe con bienes nacionales, para los que deberá manifestar que su oferta cumple con los requisitos de contenido nacional a que se refiere el artículo 39, fracción I de la Ley de Adquisiciones;
3.3.   De carácter internacional abierto que tengan por objeto la adquisición de bienes respecto de los cuales un licitante, postulante o cotizante desee obtener el margen de preferencia para el bien nacional ofertado a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Adquisiciones, y
3.4.   ...
4.     La aplicación e interpretación para efectos administrativos de las presentes Reglas, corresponde a la Secretaría a través de la Unidad de Contrataciones Públicas.
5.     En los procedimientos de contratación referidos en la Regla 3 del presente documento, los bienes nacionales que se oferten y entreguen deberán ser producidos en los Estados Unidos Mexicanos y contar con un porcentaje de contenido nacional de cuando menos el sesenta y cinco por ciento, a excepción de lo señalado en las Reglas 11 y 12 de este instrumento.
       Derogado.
       Derogado.
8.     Los licitantes, postulantes y cotizantes que participen en los procedimientos de contratación, en los que se requiera acreditar el cumplimiento del contenido nacional para adquisiciones de bienes, deberán presentar ante la convocante un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que:
a)   ...
b)   Que tienen conocimiento de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 87 de la Ley de Adquisiciones, en el sentido de que, en caso de ser requeridos, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y adjudicados, a fin de que la Secretaría verifique el cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de dichos bienes.
       Los licitantes, postulantes y cotizantes podrán presentar la manifestación prevista en esta Regla en escrito libre o utilizando el formato del Anexo 1 de las presentes Reglas, para lo cual las dependencias y entidades deberán incluir dicho formato en la convocatoria a la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas, en la solicitud de cotización, o notificación de la presentación de propuestas técnicas y económicas del diálogo competitivo, según corresponda.
       El escrito de manifestación referido en esta Regla se incluirá en el sobre que contenga la proposición presentada por el licitante, cotizante o postulante en el procedimiento de contratación que corresponda. La convocante únicamente exigirá al licitante, postulante o cotizante la citada manifestación para los efectos previstos en la presente Regla, por lo que no podrá solicitar a los licitantes, cotizantes o postulantes que indiquen el porcentaje y el desglose del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que ofertan.
9.     Los licitantes, postulantes o cotizantes adjudicados, a la entrega de los bienes, deberán presentar ante la dependencia o entidad compradora, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados en el procedimiento de contratación respectivo.
       Los licitantes, postulantes o cotizantes podrán presentar la manifestación prevista en esta Regla en escrito libre o utilizando el formato del Anexo 2 de las presentes Reglas, para lo cual las dependencias y entidades deberán incluir dicho formato en la convocatoria a la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas, en la solicitud de cotización o notificación de la presentación de propuestas técnicas y económicas del diálogo competitivo, según corresponda.
10.   Los licitantes, postulantes, cotizantes y/o proveedores de los bienes adjudicados están obligados a conservar la información relativa a los procedimientos de contratación durante tres años contados a partir de la entrega del bien a la convocante, incluso la proporcionada por los fabricantes nacionales o comercializadores, que les permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de la manifestación a que se refiere la Regla 8 de este instrumento, para que dicha información sea presentada ante la autoridad competente cuando le sea requerida por motivo de una verificación del cumplimiento de lo previsto por las presentes Reglas.
12.   ...
12.1.  Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos, siempre que como parte de la oferta técnica que se presente ante la dependencia o entidad convocante, los licitantes, postulantes o cotizantes acompañen un escrito conjunto del licitante, postulante o cotizante y la empresa fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, en el primer caso, que los modelos que ofertan se encuentran incluidos en el "Registro de Empresa Productora de Vehículos Automotores Ligeros Nuevos" y en el segundo caso, que la empresa fabricante o ensambladora cuente con "Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes", en el Sector XIX, inciso a), en ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al momento de presentar su propuesta, en cuyo caso deberán indicar los siguientes datos:
        12.1.1. a 12.1.3. ...
12.2.  ...
15.   ...
       ...
       Asimismo, el licitante o cotizante requerirá a su proveedor de bienes en obras públicas, un escrito libre en el que este manifieste bajo protesta de decir verdad, que los bienes que suministrará a dicho licitante o cotizante, en caso de resultar adjudicado, para integrar el porcentaje de contenido nacional de la obra, serán fabricados en los Estados Unidos Mexicanos y contarán con el porcentaje de contenido nacional requerido conforme a la Regla 5 del presente instrumento.
       El licitante o cotizante deberá presentar como parte de su oferta los escritos previstos en esta regla.
       ...
16.   El licitante o cotizante adjudicado requerirá a su proveedor de bienes en obras públicas, a la entrega de los bienes, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito en formato libre mediante el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados en el procedimiento de contratación respectivo.
       ...
18.   Las dependencias y entidades no sujetas podrán aplicar, en lo conducente, lo dispuesto por este Capítulo. Para definir y estimar el contenido nacional exigible, la convocante, el licitante o el cotizante, respectivamente, podrán utilizar como referencia, los materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente listados en el Anexo A de las presentes Reglas.
20.   La convocante podrá establecer condiciones adicionales en la convocatoria, invitación o solicitud de cotización de los procedimientos de contratación de los proyectos que le permitan garantizar el cumplimiento del porcentaje de contenido nacional requerido, en el marco de la normatividad vigente en la materia.
21.   ...
21.1.  El número de licitación, invitación o adjudicación directa;
21.2. a 21.4. ...
27.   ...
27.1.  El número de licitación, invitación o adjudicación directa;
27.2. a 27.4. ...
29.   La Secretaría, de conformidad con sus facultades y en términos de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 87 de la Ley de Adquisiciones, podrá verificar que los bienes cumplan con los requisitos de producción en los Estados Unidos Mexicanos y con el porcentaje de contenido nacional requerido, conforme a lo dispuesto en las presentes Reglas.
       ...
30.   La Secretaría, por conducto de la Dirección, podrá verificar el cumplimiento de los requisitos de contenido nacional a solicitud de las unidades competentes en materia de fiscalización de las contrataciones públicas o de responsabilidades en la Secretaría, o del órgano interno de control correspondiente, cuando los bienes ofertados hayan sido entregados a la convocante o, en su caso, al contratista, sin perjuicio de la facultad que corresponde a la Secretaría de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 87 de la Ley de Adquisiciones.
31.   ...
       ...
       Para el ejercicio de sus funciones, la Dirección solicitará a las unidades competentes en materia de fiscalización de las contrataciones públicas o de responsabilidades en la Secretaría, al órgano interno de control correspondiente o proveedor o contratista, la información documental relacionada con los procedimientos de contratación en los que fueron suministrados los bienes sujetos a verificación.
32.   ...
       Derogado.
33.   ...
33.1. a 33.4. ...
33.5.  Cualquier otro documento o información que pudiera ser relevante para determinar el cumplimiento de los requisitos de contenido nacional, entre los cuales, se podrá requerir la información y documentación relativa a los consumos de energía eléctrica, agua y de cumplimiento de obligaciones patronales de las plantas en las que los bienes fueron fabricados, así como de las y los trabajadores que laboran en las mismas, respectivamente, sin perjuicio de que la Dirección constate la información y documentación señalada con las autoridades competentes.
       ...
34.   ...
       ...
       ...
       Como resultado de la verificación referida en esta Regla, la Dirección emitirá un informe de resultados y lo enviará a las unidades competentes en materia de fiscalización de las contrataciones públicas o de responsabilidades en la Secretaría, o al órgano interno de control respectivo, con el objeto de que, en el ámbito de sus respectivas facultades, determinen lo conducente.
35.   En caso de que el proveedor o contratista sujeto a la verificación correspondiente no presente la información requerida, la Dirección informará de esa omisión a las unidades competentes en materia de fiscalización de las contrataciones públicas o de responsabilidades en la Secretaría, o al órgano interno de control correspondiente, a efecto que en el ámbito de sus atribuciones, determinen lo conducente.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los procedimientos de contratación iniciados antes de la entrada en vigor de las presentes Reglas, serán resueltos hasta su terminación de conformidad con las disposiciones en materia de contenido nacional vigentes al momento de su celebración.
ANEXO 1
EJEMPLO DE FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES, POSTULANTES O COTIZANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 8 DE ESTE INSTRUMENTO.
_____________________________________________________________________________________
______________________________                     __________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al procedimiento de_______(3)___________ No. __(4)____ en el que mi representada, la empresa _______________(5)___________________ participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, y en términos de lo previsto por las "Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal", el que suscribe, manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la(s) partida(s) ____(6)______, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y contará(n) con un porcentaje de contenido nacional de cuando menos el 65, o __(7)___% como caso de excepción reconocido en la Regla 11.
De igual forma, manifiesto bajo protesta de decir verdad que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 87 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.
ATENTAMENTE
__________________(8)_________________
 
 
 
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES, POSTULANTES O COTIZANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 8 DE ESTE INSTRUMENTO
NUMERO
DESCRIPCION
1
Señalar la fecha de suscripción del documento.
2
Anotar el nombre de la dependencia o entidad que convoca o invita.
3
Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, adjudicación directa o diálogo competitivo.
4
Indicar el número respectivo.
5
Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante, postulante o cotizante.
6
Señalar el número de partida(s) que corresponda(n).
7
En su caso, establecer el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en la Regla 11.
8
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante, postulante o cotizante.
 
NOTA:     Si el licitante, postulante o cotizante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.
ANEXO 2
EJEMPLO DE FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES, POSTULANTES O COTIZANTES ADJUDICADOS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 9 DE ESTE INSTRUMENTO.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al procedimiento de_______(3)___________ No. _____(4)_____ en el que mi representada, la empresa _______________(5)___________________ participó y resultó adjudicada con la(s) partida(s) _____________(6)___________________.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por la Regla 9 de las "Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal", el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados correspondientes a la(s) partida(s) antes señalada(s) fue(ron) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos por la empresa _________(7)__________________y cuenta(n) con un porcentaje de contenido nacional de ____(8)____
ATENTAMENTE
__________________(9)_________________
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES, POSTULANTES O COTIZANTES ADJUDICADOS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 9 DE ESTE INSTRUMENTO
 
NUMERO
DESCRIPCION
1
Señalar la fecha de suscripción del documento.
2
Anotar el nombre de la dependencia o entidad que convoca o invita.
3
Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, adjudicación directa o diálogo competitivo.
4
Indicar el número del procedimiento respectivo.
5
Citar el nombre o razón social de la empresa licitante, postulante o cotizante.
6
Señalar el número de partida(s) que corresponda(n).
7
Indicar el nombre o razón social de la empresa fabricante de los bienes entregados.
8
Indicar el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados.
9
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante, postulante o cotizante.
 
ANEXO 3
EJEMPLO DEL FORMATO QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES O COTIZANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE OBRAS PUBLICAS EN LOS QUE SE CONTEMPLE EL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 15 ESTE INSTRUMENTO.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al procedimiento _______(3)___________ No. __(4)____ en el que mi representada, la empresa _______________(5)___________________ participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en la Regla 15 de las "Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal", el que suscribe, manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, cumpliré con el __(6)___% de contenido nacional requerido en el proyecto por la convocante.
Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad que la totalidad de los bienes que integran el contenido nacional requerido del proyecto, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y contendrá(n) un porcentaje de contenido nacional conforme a lo establecido en la Regla 5 de las citadas Reglas.
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 75 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes que integran el proyecto, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes. De igual modo, me comprometo a conservar dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.
ATENTAMENTE
_________________(7)_________________
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES O COTIZANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE OBRAS PUBLICAS EN LOS QUE SE CONTEMPLE EL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 15 DE ESTE INSTRUMENTO
NUMERO
DESCRIPCION
1
Señalar la fecha de suscripción del documento.
2
Anotar el nombre de la dependencia o entidad que convoca o invita.
3
Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa.
4
Indicar el número respectivo.
5
Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante o cotizante.
6
Señalar el porcentaje de contenido nacional requerido en el proyecto por la dependencia o entidad, en la convocatoria a la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas o en la solicitud de cotización, según corresponda.
7
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante o cotizante.
 
NOTA:     Si el licitante o cotizante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.
Ciudad de México, a 5 de agosto de 2025.- La Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.