Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 515/2025, se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada María Dolores Sánchez Silverio, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que José Francisco Valenzuela Cortés, promovó juicio de amparo indirecto contra actos del Magistrado de la Quinta Sala Unitaria en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, contra la ejecutoria dictada en el Toca 50/2024 que resolvió el Recurso de Apelación, interpuesto por el aquí quejoso José Francisco Valenzuela Cortés, en contra de la resolución de 1 uno de agosto de 2024 dos mil veinticuatro, que desecho de plano el Incidente No Especificado Sobre Inexacta Aplicación de la Ley Penal en el Fallo Emitido por la Segunda Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia de Puebla. Se le previene a la tercera interesada en mención, para que comparezca por escrito ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última publicación y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio; asimismo, se le hace saber que se encuentran señaladas las diez horas con quince minutos del tres de julio de dos mil veinticinco, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se le informa que desde que sea emplazada, quedan a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación en los periódicos "EXCÉLSIOR", "EL UNIVERSAL" o "REFORMA"; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de tres en tres días hábiles.
En Puebla, Puebla, a veinte de junio de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Martín Ricárdez Rueda
Rúbrica.
(R.- 566716)