CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Chiapas, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/CHIS/002/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/CHIS/002/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIAPAS, ÓSCAR EDUARDO RAMÍREZ AGUILAR; Y POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, MANUEL FRANCISCO ANTONIO PARIENTE GAVITO; POR LA SECRETARIA DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, DULCE MARÍA RODRÍGUEZ OVANDO; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres corresponde al Gobierno Federal, a través de "MUJERES", con el objetivo de ejercer las atribuciones que el DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres en el artículo 15 fracciones IX y X en la materia de acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, reparación del daño y legislativas que correspondan para dar cumplimiento a las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que las otorguen deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2025 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 18 de marzo de 2025, suscrito por Dulce María Rodríguez Ovando en su carácter de Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/CHIS/002/2025.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $2,401,972.82 (dos millones cuatrocientos un mil novecientos setenta y dos pesos 82/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/CHIS/002/2025. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio MUJERES/SDVLV/0151/2025, de fecha 16 de abril de 2025.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.       "MUJERES" declara que:
I.1.    Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.    La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 01 de enero de 2025 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2o., fracción I, y 5o., fracciones I y XIV y 7o. del RISM.
I.3.    Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria.
I.4.    Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.      El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.   Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM, 1o., 16 y 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.   El Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 51 y 59 fracción XXXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 5o., 7o. y 9o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.3.   El Titular de la Secretaría de Finanzas, Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 4o., 13, 30 fracción II y 32 fracciones XVII y LX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; así como 12 y 13 fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.4.   La Titular de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, y Titular de la Instancia Local Responsable, Dulce María Rodríguez Ovando, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 4o., 13, 30 fracción IV y 34 fracciones XV, XXIII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; así como 2o., 12 y 13 fracciones IV y XXIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad de Género del Estado de Chiapas.
II.5.   Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos en numerario para el cumplimiento de su coparticipación establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.6.   Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Boulevard Andrés Serra Rojas Número 1090, Colonia Paso Limón, Código Postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas y con Registro Federal de Contribuyentes GEC8501013X9.
III.     "LAS PARTES" declaran que:
III.1.   Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.   Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.   Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.   Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las Acciones de Coadyuvancia siguientes: Atención, Prevención y Seguridad.
III.5.   Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/CHIS/002/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025; y que se encuadran en las siguientes Acciones de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
Atención: Acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas
Prevención: Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
Seguridad: Aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $2,401,972.82 (dos millones cuatrocientos un mil novecientos setenta y dos pesos 82/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/CHIS/002/2025, aprobado por el COMITÉ en la Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/025/11042025.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2025 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
En términos del numeral Décimo tercero de los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género aportará la cantidad de $378,560.00 (trescientos setenta y ocho mil quinientos sesenta pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.     Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través del subsidio aprobado por el COMITÉ, exclusivamente destinado para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.     Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través de subsidios aprobado por el COMITÉ exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "MUJERES", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, por el Titular de la Secretaría de Finanzas y Enlace Designada ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2025 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2025, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona.
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
Dirección:
Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 5322 4200 Ext. 5213
Correo electrónico
Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Claudia Patricia Sancho Aguilar.
Cargo:
Directora de Perspectiva de Género.
Dirección:
Boulevard Andrés Serra Rojas número 1090, Anexo Torre Chiapas, Piso 1, Colonia Paso Limón, Código Postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas.
Teléfono institucional:
01 961 69 1 40 20 Ext. 68029
Correo electrónico
Institucional:
csancho@semuigen.chiapas.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género informará a "MUJERES", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, asimismo deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo Octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran las personas servidoras públicas federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra parte e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial Órgano de Difusión Oficial del Estado Libre y Soberano de Chiapas en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 30 del mes de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito.- Rúbrica.- Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género y Titular de la Instancia Local Responsable, Dulce María Rodríguez Ovando.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 30 del mes de mayo del año 2025 celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno Libre y Soberano de Chiapas del Estado de Chiapas, de conformidad con el numeral Trigésimo sexto y Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Chiapas.
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/CHIS/002/2025.
 
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género.
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
Secretaría de Finanzas.
 
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
18 de marzo del 2025.
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Junio del 2025
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025.
Diciembre del 2025.
B.    ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
Deberá de colocar una X en la acción a desarrollar:
X
1. Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
X
2. Prevención. acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
X
3. Seguridad. aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
4. Justicia. acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
MONTO SOLICITADO
 
 
$2,401,972.82
Dos millones cuatrocientos un mil novecientos setenta y dos pesos 82/100 M.N.
 
MONTO COPARTICIPACIÓN
 
 
 
$378,560.00
15.7%
(Trescientos setenta y ocho mil quinientos sesenta pesos 00/100
M.N.)
 
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
 
 
$2,780,532.82
Dos millones setecientos ochenta mil quinientos treinta y dos pesos
82/100 M.N.
 
DATOS DEL ENLACE
Nombre:
Claudia Patricia Sancho Aguilar
Cargo:
Directora de Perspectiva de Género
Domicilio:
Boulevard Andrés Serra Rojas, Número 1090, Anexo Torre Chiapas, piso 1, Colonia Paso Limón, C.P. 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Teléfono Institucional:
01 (961) 69 1 40 20
Extensión
68029
Correo Institucional:
csancho@semuigen.chiapas.gob.mx
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
ACCIÓN COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
 
ATENCIÓN
El proyecto integral del Estado de Chiapas tiene como objetivo atender las acciones de coadyuvancia que contribuyen al cumplimiento de las medidas establecidas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en la entidad. La ejecución del proyecto se detalla a continuación:
Inciso A:
A través de la Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas, se contempla la contratación de cuatro prestadoras y prestadores de servicios profesionales con perfiles especializados para brindar atención integral a niñas, adolescentes y mujeres indígenas y afromexicanas, así como a la población de primera infancia dentro de sus comunidades.
Se dará cobertura a cuatro municipios de la región Altos de Chiapas con acciones específicas de la AVGM: Chamula, Tenejapa, San Juan Cancuc y Zinacantán, así como a los municipios de San Cristóbal de las Casas y Tonalá, ambos con Declaratoria de AVGM y con alta presencia de población indígena y afromexicana.
El objetivo es fortalecer y garantizar una atención integral y continua a estos grupos en situación de vulnerabilidad, a través de un modelo de Atención Itinerante, implementado mediante dos equipos multidisciplinarios, cada uno conformado por: 2 trabajadoras sociales (1 abogada y 1 psicóloga)
Inciso B:
Por medio de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Chiapas, se prevé la contratación de tres profesionales especializados para la identificación y atención de casos de violencia contra mujeres, niñas y adolescentes en los municipios de Tuxtla Gutiérrez, Tapachula, San Cristóbal de las Casas y Comitán de Domínguez, todos con Declaratoria de AVGM.
 
Estos profesionales -especialistas en psicología, trabajo social y asesoría jurídica- brindarán atención inmediata, acompañamiento victimal y acceso a la justicia para víctimas directas e indirectas. Se pondrá especial énfasis en reducir el rezago en la reparación integral del daño, dando cumplimiento a lo establecido en la Medida III de Justicia y Reparación, puntos 1 y 7 de la Declaratoria de AVGM en Chiapas, en casos de feminicidio y muertes violentas de mujeres.
PREVENCIÓN
Inciso A:
La Secretaría de Seguridad del Pueblo contratará a cuatro profesionales especializados para brindar servicios de reeducación con perspectiva de género y derechos humanos a hombres del personal policial que hayan ejercido violencia de género. Esta acción tiene como objetivo coadyuvar en la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en los municipios de Tuxtla Gutiérrez, Chiapa de Corzo y San Cristóbal de las Casas, los cuales cuentan con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en el Estado.
Inciso B:
A través de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género se contratará a seis profesionales especializados en las áreas jurídica, psicológica y de trabajo social para implementar una estrategia educativa en derechos humanos con perspectiva de género, interculturalidad e interseccionalidad. Esta estrategia estará dirigida a mujeres, mujeres indígenas, adolescentes y niñas en situación de violencia en los municipios de Amatenango del Valle, Chamula, Zinacantán y Tenejapa, pertenecientes a la Región Altos de Chiapas con acciones específicas de AVGM, así como en el municipio de Comitán de Domínguez, también con Declaratoria de AVGM.
Inciso C:
Mediante la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género se contratará a un profesional especializado en derecho para el análisis y procesamiento de la información del BAESVIM y la transferencia de dichos datos al BANAVIM.
SEGURIDAD
Inciso B:
A través de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, se contratará a un profesional especializado para llevar a cabo acciones de formación y certificación dirigidas a personas servidoras públicas. Estas acciones estarán enfocadas en temas relacionados con la emisión y ejecución de órdenes de protección y estarán dirigidas a fiscales del Ministerio Público, autoridades municipales y autoridades tradicionales de los 16 municipios indígenas de los Altos de Chiapas. El objetivo es establecer una ruta clara de atención, reacción policial, monitoreo y seguimiento de las medidas de protección para mujeres y niñas indígenas víctimas de violencia de género en el Estado de Chiapas.
 
C.1 JUSTIFICACIÓN
 
ACCIÓN COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
ATENCIÓN
Inciso A:
La región de Los Altos de Chiapas es actualmente una de las más marginadas tanto de la entidad como del país, debido a diversos factores, entre los que destacan la precariedad de los sistemas educativos, sociales y económicos, así como el elevado consumo de alcohol, los cuales se traducen en detonantes de violencia tanto en el ámbito familiar como en la sociedad en general.
En atención al Programa de Trabajo para dar cumplimiento a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Chiapas, específicamente en la II Medidas de Prevención, Medida 8, que establece diseñar una estrategia transversal para prevenir la violencia contra las mujeres indígenas en sus comunidades, con el objetivo de transformar los patrones socioculturales que perpetúan dicha violencia y contando para ello con la participación activa de las mujeres a quienes va dirigida; y en el marco de la Ley de Desarrollo Constitucional para la Igualdad de Género y el Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, se busca atender a las mujeres indígenas y afromexicanas que sufren violencia de género en Chiapas, dada la vulnerabilidad y discriminación múltiple que enfrentan por su origen étnico y condición socioeconómica. Esta población tiene un acceso limitado a la justicia, debido a barreras de comunicación por su lengua materna, por lo que resulta fundamental ofrecer servicios integrales con un enfoque intercultural que garantice el acompañamiento necesario para facilitar el acceso a la información sobre sus derechos humanos en su lengua originaria. Asimismo, se busca asegurar sus derechos a una vida libre de violencia y a la protección de sus derechos lingüísticos, facilitando el acceso a servicios jurídicos, psicológicos y de vinculación a programas sociales federales y estatales, dirigidos tanto a víctimas directas como indirectas de violencia.
 
Inciso B:
En 2024, la incidencia delictiva relacionada con la Alerta de Violencia de Género en Chiapas reportó 1,918 delitos denunciados con carpetas de investigación, lo que representa una reducción del 16.7% respecto a los 2,302 casos registrados en 2023. En cuanto a los feminicidios, en 2024 se reportaron 32 casos, lo que significa una disminución del 8.6% en comparación con los 35 casos del año anterior, según datos publicados por la Fiscalía General del Estado de Chiapas en el portal alertadegenerochiapas.org.mx.
Sin embargo, el principal problema que enfrentan mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia es la falta de acceso efectivo a recursos judiciales adecuados que garanticen una investigación pronta, exhaustiva y diligente, así como la sanción de los responsables. Esta situación es especialmente crítica en casos de feminicidios y muertes violentas, donde persiste un rezago significativo en la implementación de planes individualizados de reparación integral del daño, conforme a la Medida III de Justicia y Reparación, puntos 1 y 7 de la Declaratoria de AVGM en Chiapas.
Para atender esta problemática, es imprescindible brindar atención inmediata a víctimas directas e indirectas, a través de personal especializado en psicología, trabajo social y asesoría jurídica, que asegure un acompañamiento integral y facilite el acceso a una justicia pronta, expedita e imparcial. Además, se debe promover el acceso a la reparación integral por los daños sufridos, en concordancia con los estándares del derecho internacional de los derechos humanos, la Ley General de Víctimas, la Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas y la Ley de Desarrollo Constitucional para la Igualdad de Género y Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.
PREVENCIÓN
Inciso A:
El área de Reeducación para Personas Generadoras de Violencia, perteneciente a la Secretaría de Seguridad del Pueblo, llevó a cabo 908 sesiones de reeducación en 2023, aumentando a 1,189 sesiones en 2024, lo que representa un incremento del 20%.
Con el propósito de implementar el Programa de Reeducación para Generadores de Violencia dirigido a la población masculina, se busca dar cumplimiento a la Medida V de Justicia y Reparación, la cual establece la creación de programas de reeducación para hombres que han ejercido violencia de género, en el marco de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género en el Estado de Chiapas.
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, ahora Secretaría de Seguridad del Pueblo, cuenta con las facultades para implementar y ejecutar este programa, conforme a los decretos No. 166, que reforma la fracción XXIV y adiciona la fracción XXV al artículo 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y No. 167, que adiciona la fracción XVIII al artículo IV de la Ley que establece las Bases de Operación de dicha Secretaría.
Inciso B:
Según los Principales Resultados de Chiapas presentados en agosto de 2022 basados en la ENDIREH 2021, el 48.7% de las mujeres de 15 años o más han experimentado algún tipo de violencia (psicológica, física, sexual, económica o patrimonial) a lo largo de su vida, y el 26.9% en los últimos 12 meses. A nivel nacional, la prevalencia por tipo de violencia fue: psicológica 51.6%, física 34.7%, sexual 49.7%, económica, patrimonial y/o discriminación 27.4%. En Chiapas, estas cifras fueron menores: psicológica 32.5%, física 22.7%, sexual 27.9% y económica-patrimonial 15.8%.
Respecto a la prevalencia por ámbito, a nivel nacional se registraron: escolar 32.3%, laboral 27.9%, comunitario 45.6%, familiar 11.4% y pareja 39.9%; mientras que en Chiapas las cifras fueron menores: escolar 20.2%, laboral 17.2%, comunitario 24.2%, familiar 6.5% y pareja 28.1%.
Ante este contexto, y en el marco de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género para Chiapas, resulta fundamental implementar una estrategia educativa con perspectiva de género, derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad, dirigida a mujeres, mujeres indígenas, adolescentes y niñas en situación de violencia. Esta estrategia debe incluir herramientas e información de prevención en las lenguas tsotsil, tseltal y tojolabal para promover el conocimiento y ejercicio de sus derechos.
 
Inciso C:
En 2024, se registraron en el BAESVIM un total de 16,947 casos de violencia, correspondientes a 16,495 mujeres víctimas de al menos algún tipo de violencia. Al analizar estos casos por tipo de violencia, se observa que la violencia psicológica representa el 55%, la física el 16%, la económica el 16%, la sexual el 7% y la patrimonial el 5%.
Los municipios con mayor registro de casos fueron: Tuxtla Gutiérrez, Tapachula, San Cristóbal de las Casas, Comitán de Domínguez, Tonalá, Chiapa de Corzo, Ocosingo, Palenque, Venustiano Carranza, Berriozábal, Villaflores, Pichucalco, Arriaga y Cacahoatán, entre otros, concentrando el 72% de los casos reportados en Chiapas.
Con el objetivo de fortalecer el Banco Nacional de Datos de Casos de Mujeres en Situación de Violencia (BANAVIM), se realizará un análisis estadístico e interpretación cualitativa y cuantitativa de la información contenida en los registros únicos de casos, siempre con perspectiva de género, para suministrar datos actualizados sobre las mujeres en situación de violencia atendidas por instituciones estatales y municipales.
SEGURIDAD
Inciso B:
El estado de Chiapas está dividido en 125 municipios, los cuales, en materia de procuración de justicia, se encuentran agrupados en 10 Fiscalías de Distrito: Metropolitano, Centro, Fronterizo Costa, Fraylesca, Istmo Costa, Altos, Norte, Selva, Fronterizo Sierra y Sierra Mariscal.
Considerando la alta población indígena en Chiapas, se creó la Fiscalía en Materia de Justicia Indígena con competencia en todo el territorio estatal. Esto responde a que Chiapas es uno de los estados con mayor diversidad cultural, con 1,387,295 personas de 5 años y más que hablan alguna lengua indígena, destacando principalmente las lenguas tsotsil y tseltal.
Ante la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género en el Estado de Chiapas, decretada en noviembre de 2016, se implementaron diversas acciones para su cumplimiento. Una de ellas fue el fortalecimiento, en la Fiscalía General del Estado, de la Unidad Especializada en Órdenes de Protección para Mujeres Víctimas de Violencia, encargada de supervisar el efectivo cumplimiento de las órdenes de protección emitidas por la Fiscalía, a través de las policías municipales y estatales responsables de su ejecución.
Sin embargo, desde su creación, no ha sido posible monitorear estas medidas en los 16 municipios indígenas señalados en la Declaratoria de Alerta. Esto se debe a la falta de información proporcionada por las autoridades tradicionales y municipales, que operan bajo usos y costumbres, así como a la carencia de coordinación con las autoridades ministeriales adscritas a la Fiscalía de Justicia Indígena.
En 2024, se brindó seguimiento a 4,247 órdenes de protección emitidas por la Fiscalía, ninguna de las cuales correspondió a los municipios indígenas señalados en la Alerta. Durante 2025, hasta la fecha, se han atendido y monitoreado 2,473 solicitudes de órdenes de protección, tampoco incluyendo a dichos municipios, por las razones mencionadas.
Fuente: Dirección de Tecnologías de la Información y Estadística de la Fiscalía General del Estado de Chiapas.
El propósito de este proyecto es la formación integral de autoridades ministeriales de la Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía de Distrito Altos y la Fiscalía de Justicia Indígena, en coordinación con las autoridades municipales y tradicionales de los municipios de Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Chanal, Chenalhó, Huixtán, Larráinzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca y Zinacantán.
Dicha formación se llevará a cabo mediante talleres de capacitación y análisis de casos prácticos, orientados a identificar rutas de atención que puedan ser implementadas por autoridades municipales y tradicionales para generar procesos eficientes de atención a víctimas de violencia de género. Esto incluye la emisión y ejecución de órdenes de protección a favor de mujeres y niñas indígenas, garantizando su canalización y atención inmediata. Así, se busca conformar una ruta oficial de atención, reacción policial, monitoreo y seguimiento de órdenes de protección para mujeres y niñas indígenas víctimas de violencia de género en el Estado de Chiapas.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE
ALERTA DE VIOLENCIA
OBJETIVO
ATENCIÓN
De conformidad con lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2025, el Proyecto Integral que se presenta, se desarrollarán de acuerdo con las siguientes Acciones de Coadyuvancia:
La Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas impulsará actividades de la Acción de Coadyuvancia AC01.- Atención:
Inciso A:
Acciones estratégicas para la identificación, atención, canalización y seguimiento a las mujeres, las adolescentes y las niñas, indígenas o afromexicanas que sufren violencias.
Inciso B:
En cumplimiento a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Chiapas; se atenderán las siguientes medidas
AC01.- Atención:
Inciso A:
La Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas, adopta acciones para ejecutar:
La Medida de la DAVG Prevención II, numeral 8ª:
Diseñar una estrategia transversal de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas al interior de sus comunidades, que tenga como objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Para la construcción de dicha estrategia se debe contar con la participación activa de las mujeres a quienes se dirigirá.
Fortalecer la atención integral a mujeres, adolescentes, niñas, así como a mujeres indígenas y afromexicanas que han sido víctimas directas o indirectas de violencia, mediante la prestación de servicios especializados en psicología, trabajo social y asesoría jurídica, garantizando el acompañamiento victimal, el acceso a una justicia pronta y efectiva, y la reparación integral del daño sufrido.
La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas
impulsará actividades de la Acción de Coadyuvancia 01 Atención, inciso B. Garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos, especializados y gratuitos para la atención de las víctimas directas o indirectas de violencias.
Inciso B:
La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas, adopta acciones para ejecutar
La Medidas de Justicia y Reparación III, numeral 1Primer párrafo y 7.
Medida 1.
Con base en el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio.
Medida 7. de conformidad con el artículo 26 de la Ley de Acceso, se deberá realizar un plan individualizado de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres y/o feminicidios. Para estos efectos, se deberán de considerar los estándares básicos en materia de reparación del daño, reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como lo establecido en la Ley de Víctimas, la Ley de -atención a víctimas para el Estado de Chiapas y la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Chiapas.
 
PREVENCIÓN
Inciso A:
La Secretaría de Seguridad del Pueblo, impulsará actividades de la Acción de Coadyuvancia 02 Prevención, inciso A.
Programas de reeducación con perspectiva de género para agresores de mujeres.
Inciso A:
La Secretaría de Seguridad del Pueblo, adopta acciones para ejecutar
La Medida de Justicia y Reparación III, numeral 5.
Desarrollar programas para la reeducación de hombres generadores de violencia.
Implementar programas de trabajo interinstitucional mediante equipos multidisciplinarios especializados en perspectiva de género y pertinencia cultural, dirigidos a niñas, adolescentes, mujeres indígenas, así como un programa de reeducación para hombres generadores de violencia.
Inciso B y C:
La Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, impulsará actividades Acción de Coadyuvancia II inciso B y C.
Inciso B:
La Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, adopta acciones para ejecutar
Fortalecer el registro en el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de violencia contra las mujeres y asegurar el cumplimiento en la transferencia de dichos registros al BANAVIM.
Inciso B. Estrategias educativas en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos.
Inciso C. Fortalecimiento de la captura, análisis y procesamiento de la información en el BANAVIM, comprometiéndose al llenado de la Carta Compromiso de Confidencialidad, No divulgación, Reserva y Resguardo de Información de Datos Personales, derivado de las funciones de atención de todo el personal que registre en el BANAVIM.
La Medida de Prevención II, numeral 2.
Diseñar una estrategia educativa intercultural en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia. Para ello, se deberá establecer en los centros educativos públicos y privados un programa permanente de talleres en materia de violencia de género y sexualidad dirigido a las y los adolescentes de nivel secundaria y preparatoria.
Asimismo, se deberá capacitar con herramientas teóricas y prácticas al personal de los centros educativos públicos y privados, para detectar oportunamente casos de niñas o adolescentes que se encuentren en una situación de violencia.
Inciso C:
La Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, adopta acciones para ejecutar
La Medida de Prevención II, numeral 3.
MEDIDA 3.
Integrar y actualizar adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres. Esta medida deberá permitir en un plazo razonable monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar estadísticas y diagnósticos periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y, en consecuencia, instrumentar políticas públicas efectivas. La información vertida en este banco debe ser reportada también al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim).
 
SEGURIDAD
INCISO B:
La Fiscalía General del Estado, impulsará actividades de la Acción de Coadyuvancia 03 Seguridad, Inciso B.
Creación y/o fortalecimiento según sea el caso, de Unidades Especializadas de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, dentro de los Centros de Atención de Llamadas de Emergencia 9-1-1, que permita responder y atender situaciones de violencia de género.
INCISO B:
La Fiscalía General del Estado, adopta acciones para ejecutar
La Medida de Seguridad I, numeral 4.
Emprender acciones inmediatas y exhaustivas para valorar, implementar y monitorear objetiva y diligentemente las órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia familiar. Para ello, se deberán o adecuar los correspondientes protocolos y los modelos de valoración de riesgo, de actuación, de reacción policial y de monitore y seguimiento, por parte de especialistas.
Implementar una estrategia educativa integral enfocada en los derechos humanos, la atención a víctimas de violencia, las medidas de protección y las rutas de acceso a la justicia.
 
C2. METODOLOGÍA
ATENCIÓN
 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
AC01. Atención:
Inciso A:
Fortalecer la atención integral de las mujeres, adolescentes, niñas, mujeres indígenas y afromexicanas, que han sido víctimas directas e indirectas de violencias, mediante la prestación de servicios con personal especializado en psicología, trabajo social y asesoría jurídica.
1-.Con la contratación de 4 profesionistas se brindaran asesorías jurídicas y psicológicas a las niñas, adolescentes y mujeres indígenas y afromexicanas víctimas directas e indirectas de violencias al interior de sus comunidades, con cobertura en Municipios de (Chamula, Tenejapa, San Juan Cancuc y Zinancantan) que cuentan con acciones específicas de la AVGM correspondiente a la Región Altos de Chiapas y los municipios de San Cristóbal de las Casas y Tonalá que cuenta con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, se brindará la atención a la población Afro mexicana.
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula: (Número de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Porcentaje de mujeres, niñas, adolescentes indígenas y afromexicanas víctimas de violencias atendidas jurídicamente (desagregado por edad y género).
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100
Porcentaje de mujeres, niñas, adolescentes indígenas y afromexicanas víctimas de violencias atendidas psicológicamente (desagregado por edad y género).
Informe final que contiene; cédulas de atención, carta descriptiva de las capacitaciones, álbum fotográfico, listas de asistencia y oficio de gestión y vinculación.
Registros de casos y servicios al BANAVIM. a través del BAESVIM
 
 
2.- Atención y fortalecimiento de la población indígena y afromexicana a través de capacitaciones con perspectiva de género y empoderamiento económico.
3.- Atender y vincular los casos de mujeres, niñas y adolescentes indígenas y afromexicanas que han sido víctimas de violencias directas e indirectas con personal especializado en las áreas de psicología, trabajo social, y asesoría jurídica, en su integración en los programas sociales existentes.
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100
 
Inciso B:
Fortalecer la atención inmediata a las víctimas de violencias directas e indirectas con personal especializado en las áreas de psicología, trabajo social y asesoría jurídica, para que brinden el acompañamiento victimal y el acceso a justicia pronta, expedita e imparcial; en especial atender el rezago de la reparación integral del daño atendiendo la medida III Medida de Justicia y Reparación punto 1 y 7 de la Declaratoria de la AVGM en Chiapas, en los casos de feminicidios y/o muertes violentas.
1.- Con la contratación de 3 profesionistas se identificarán y determinarán los casos en coordinación con la Fiscalía General del Estado y se otorgará el acompañamiento a las mujeres, niñas y adolescentes que han sido víctimas de violencias en 4 municipios que cuentan con alerta de violencia en nuestro Estado, con personal especializado para el acceso a justicia pronta, expedita e imparcial e integrar los expedientes para lograr la reparación integral del daño en los casos de feminicidios y/o muertes violentas.
Porcentaje de mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencias atendidas jurídicamente (desagregado por edad y género).
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100
Porcentaje de mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencias atendidas psicológicamente (desagregado por edad y género).
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100
Porcentaje de casos de mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencias atendidas en relación con los reportes de violencia en el municipio.
Fórmula: Casos de víctimas atendidas en la CEEAV / Total de reportes de violencia registrados × 100
Informe final de resultados que incluye las atenciones, asistencias, ayudas y/o la reparación del daño logradas con el proyecto.
 
PREVENCIÓN
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Inciso A:
Proporcionar servicios especializados reeducativos a hombres generadores de violencia, específicamente a personal policial, para abordar y cambiar comportamiento y actitudes que perpetúan la violencia de género. Este objetivo busca reducir la incidencia de violencia de género y promover una cultura de respecto y equidad en la institución policial.
1.- Con la contratación de 4 profesionistas se
Proporcionarán servicios reeducativos integrales especializados y gratuitos a hombres generadores de violencia en el Estado de Chiapas (personal policial), con el fin de prevenir, detener y erradicar la violencia contra las mujeres desde una perspectiva de género y derechos humanos
Porcentaje de respuestas correctas en la entrevista inicial a hombres generadores de violencia.
Fórmula: (Total de respuestas correctas en la entrevista inicial / Total de preguntas) x 100
Porcentaje de respuestas correctas en la entrevista final a hombres generadores de violencia.
Fórmula: (Número de respuestas correctas en la entrevista final / Total de preguntas) x 100
Diferencia porcentual entre entrevista inicial y entrevista final.
Fórmula: ((% entrevista inicial- % entrevista final) / % entrevista inicial) x 100
Informe final que contenga actividades de los facilitadores (as) con su respectivo soporte documental (Lista de asistencia, Memoria fotográfica).
Inciso B:
Ejecutar una estrategia educativa en derechos humanos, así como, integrar un equipo especializado con perspectiva de género.
 
1.- Con la contratación de 6 especialistas se ejecutará una estrategia educativa en Derechos Humanos a las mujeres, adolescentes y niñas en situación de violencia con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad en 4 municipios de los Altos de Chiapas y Comitán de Domínguez.
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula: (Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Porcentaje de registros de atenciones transferidos al BANAVIM
Formula: Número de registros de atenciones transferidas al BANAVIM / Total de registros de atenciones registradas en el BAESVIM
Informe final de resultados que incluye las atenciones, asistencias, ayudas y/o la reparación del daño logradas con el proyecto.
 
Inciso C:
Fortalecer la captura y análisis de la información del Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de violencia contra las mujeres.
1.- Contratará un profesionista para el análisis y procesamiento de la información del BAESVIM y la transferencia de los datos a BANAVIM.
 
Reporte de usuarias registradas en el BAESVIM y transferidas al BANAVIM.
 
SEGURIDAD
 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Inciso C:
Brindar capacitación y talleres a Ministerios Públicos de la Fiscalía de Distrito Altos y Fiscalía Indígena y autoridades municipales de los 16 municipios de los altos de Chiapas, sobre el alcance de las órdenes de protección, acceso a la justicia de las mujeres indígenas, y análisis de casos; incluyendo una ruta de actuación, reacción policial, monitoreo y seguimiento de órdenes de protección a favor de mujeres y niñas indígenas víctimas de la violencia de género.
La consultoría contratada realizará las siguientes actividades:
1.- Brindar capacitación de 4 horas, de forma presencial sobre la naturaleza y alcance de las órdenes de protección la cual estará dirigida a Ministerios Públicos de la Fiscalía de Distrito Altos y Fiscalía Indígena y autoridades municipales de los 16 municipios indígenas de los altos de Chiapas.
2.- Realizar talleres de 4 horas de forma presencial, de casos prácticos de violencia contra mujeres y niñas indígenas y sobre la efectividad en la implementación de las órdenes de protección, los cuales estarán dirigidos a Ministerios Públicos de la Fiscalía de Distrito Altos y Fiscalía Indígena y autoridades municipales de los 16 municipios indígenas de los altos de Chiapas.
3.-Desarrollo y difusión de una ruta de actuación a las áreas competentes y seguimiento policial para el monitoreo de órdenes de protección a favor de mujeres y niñas víctimas de la violencia de género, para los 16 municipios. indígenas, en tsotsil y tseltal
Porcentaje de capacitaciones en medidas de protección.
Número de Fiscales del Ministerio Público de las fiscalías altos e indígena y Autoridades Municipales capacitados en medidas de protección/
Total de Fiscales del Ministerio Público de las Fiscalías altos e indígena y Autoridades Municipales existentes X 100.
Porcentaje de rutas de actuación y seguimiento policial elaboradas en tsotsil y tzeltal
Número de rutas de actuación y seguimiento elaboradas en tsotsil y tzeltal/Total de rutas de actuación programadas) x 100
Reporte final que incluirá: lista de asistencia, memoria fotográfica, informe de actividades de las capacitadoras (es), Carta descriptiva de los cursos y talleres implementadas que incluirá temática y horas de duración,
Informe de resultados de las capacitaciones y talleres impartidos, en el que se identificará el número de órdenes de protección solicitadas y emitidas, la ruta de actuación, que contenga guía en tostsil y tseltal.
 
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
ATENCIÓN
PASO
DESCRIPCIÓN
AC01. ATENCIÓN: INCISO A
 
Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas
01
Asistir en la lengua materna a niñas, adolescentes y mujeres indígenas en lenguas tsotsil y tseltal en asesorías (Jurídicas y Psicológicas).
02
Asesoría jurídica y psicológica a mujeres, niñas, adolescentes indígenas y afromexicanas víctimas directas e indirectas de violencia al interior de sus comunidades.
03
Sensibilizar y fortalecer a la población indígena y afromexicana, a través de capacitaciones con perspectiva de género y empoderamiento económico.
04
Vinculación a las niñas, adolescentes y mujeres indígenas víctimas directas e indirectas de violencia al interior de sus comunidades.
INCISO B
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas
01
Se llevarán a cabo mesas de trabajo con la Fiscalía General del Estado, particularmente con las fiscalías de distrito en competencia con los municipios determinados para identificar y determinar la atención integral a las mujeres, niñas y adolescentes que han sido víctimas de violencias en los municipios de Tuxtla Gutiérrez, Tapachula, San Cristóbal de las Casas, Comitán de Domínguez; con las y los prestadores de servicios profesionales contratados.
02
Con el equipo multidisciplinario se analizará los casos de violencias determinados en años anteriores por la CEEAV Chiapas, que requieren seguimiento integral (jurídico, trabajo social y psicológico) para su continuidad, que por su complejidad se debe dar la atención debida de manera integral.
03
Una vez analizados y determinados los casos, brindarán el acompañamiento jurídico, de trabajo social y psicológico a las mujeres, niñas y adolescentes víctimas directas e indirectas de violencias a fin de brindar atención integral y aportar los elementos para una reparación integral y acceso a la justicia pronta y expedita y lograr el acceso a la reparación integral del daño de acuerdo a las leyes aplicables y el cumplimiento de la medida de la AVGM.
 
PREVENCIÓN
PASO
DESCRIPCIÓN
AC02. PREVENCIÓN: INCISO A
Secretaría de Seguridad del Pueblo
01
Realizar las entrevistas iniciales a los hombres generadores de violencia contra las mujeres.
02
Facilitar sesiones grupales a hombres generadores de violencia contra las mujeres.
03
Coordinar ante las instancias canalizadoras de hombres generadores de violencia la implementación del programa de reeducación.
04
Integrar los equipos facilitadores para brindar servicios reeducativos a hombres generadores de violencia.
05
Evaluar los procesos de reeducación a hombres generadores de violencia contra las mujeres.
INCISO B
Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género
01
Realizar mesas de trabajo con los 05 H. Ayuntamientos Municipales de Comitán de Domínguez y 4 de la zona altos, con el objetivo de establecer los acuerdos de coordinación interinstitucional para la ejecución del proyecto.
02
Realizar dos equipos de trabajo en campo (Tojolabal y Tsotsil-Tseltal) para lograr el objetivo general del proyecto, para la capacitación en el conocimiento en la Cartilla de los Derechos de las Mujeres.
03
Con el equipo multidisciplinario se ejecutará la estrategia educativa en derechos humanos, a través de la impartición de pláticas y difusión de los derechos de las mujeres con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad a mujeres, mujeres indígenas, niñas y adolescentes, en 0 5municipios.
04
Crear redes de mujeres Tejedoras de la Patria, con la finalidad de mejorar los entornos comunitarios para las mujeres, mujeres indígenas, niñas y adolescentes con pertinencia cultural.
INCISO C
Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género
01
Capacitar y fortalecer al grupo de profesionistas especializados responsables de la ejecución del proyecto para el manejo del Banco Estatal de datos de casos de Mujeres en situación de Violencia (BAESVIM) para el registro de los casos de mujeres en situación de violencia de todos los actores estratégicos que inciden en el proyecto y análisis de los casos atendidos en los municipios declarados con la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, así mismo garantizar la transferencia de los datos al BANAVIM.
 
SEGURIDAD
PASO
DESCRIPCIÓN
AC03. SEGURIDAD: INCISO B
consultoría contratada realizara los siguientes pasos:
01
Identificación, determinación y convocatoria de autoridades de la Fiscalía General del Estado, autoridades municipales y tradicionales de los 16 municipios indígenas de los altos de Chiapas, que participaran en el proyecto.
02
Identificación de casos susceptibles de ser analizados en los talleres y capacitaciones en materia de órdenes de protección para mujeres y niñas víctimas de violencia de género en las comunidades indígenas.
03
Implementación de la capacitación de 4 horas sobre la naturaleza y alcance de las órdenes de protección, y talleres de 4 horas en el análisis de casos prácticos en órdenes de protección para mujeres y niñas indígenas dirigidos a Ministerios Públicos de la Fiscalía de Distrito Altos y Fiscalía Indígena y autoridades municipales de los 16 municipios indígenas de los altos de Chiapas.
04
Generación de la ruta de actuación, reacción policial, monitoreo y seguimiento de órdenes de protección, para las mujeres y niñas víctimas de violencia de género, en los municipios indígenas de Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Chanal, Chenalhó, Huixtán, Larrainzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca y Zinacantán.
 
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA.
 
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS (AS)
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS (AS)
Hombres y Mujeres
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
Mujeres
ADULTAS (OS) MAYORES
Mujeres
INDÍGENAS
Mujeres
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
No aplica
AFROMEXICANAS (OS)
Mujeres
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
No aplica
CON DISCAPACIDAD
No aplica
LGBTI+
No aplica
MADRES JEFAS DE FAMILIA
Mujeres
EN SITUACIÓN DE CALLE
No aplica
VÍCTIMAS DIRECTAS
Mujeres
VÍCTIMAS INDIRECTAS
Hombres y Mujeres
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
No aplica
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
No aplica
OTRAS
Hombres generadores de violencia
 
GRUPO ETARIO
MUJERES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
X
X
X
X
X
X
HOMBRES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
X
X
X
X
X
X
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Los municipios de Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y los 16 municipios de los Altos de Chiapas: Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Chanal, Chenalhó, Huixtán, Larrainzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca y Zinacantán.
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
 
#
ACTORES ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO JÚRIDICO Y/O
MECANISMO DE COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
AC01.- ATENCIÓN
01
INCISO A)
Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas.
 
Convenio de colaboración
Contribuir al proyecto mediante la prestación de atención integral a niñas, adolescentes, mujeres indígenas y afromexicanas, garantizando un enfoque de pertinencia cultural y perspectiva de género en los municipios de Chamula, Tenejapa, San Juan Cancuc y Zinacantán -que forman parte de las acciones específicas de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en la Región Altos de Chiapas-, así como en San Cristóbal de las Casas y Tonalá, municipios con declaratoria formal de AVGM. Esta atención debe enfocarse en responder de manera oportuna y adecuada a las necesidades de las mujeres y niñas, promoviendo su acceso a la justicia, la protección de sus derechos y la erradicación de la violencia de género.
02
INCISO B)
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas
 
Convenio de colaboración
Contribuir al proyecto mediante la identificación y determinación de casos de mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia en los cuatro municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el estado, con el objetivo de fortalecer la atención inmediata a víctimas directas e indirectas. Esta acción debe ser realizada por personal especializado en psicología, trabajo social y asesoría jurídica, que brinde acompañamiento victimal integral y garantice el acceso a una justicia pronta, expedita e imparcial. Se pone especial énfasis en la atención del rezago en la reparación integral del daño, en cumplimiento de lo establecido en la Medida III de Justicia y Reparación, puntos 1 y 7 de la Declaratoria de la AVGM en Chiapas, particularmente en casos de feminicidio y/o muertes violentas.
AC02.- PREVENCIÓN
03
INCISO A)
Secretaría de Seguridad del Pueblo
 
Convenio de Colaboración
Contribuir al proyecto mediante la contratación, por parte de la Secretaría de Seguridad del Pueblo, de cuatro profesionales especializados que brinden servicios de reeducación a hombres generadores de violencia de género, desde un enfoque de género y derechos humanos. Esta acción tiene como finalidad coadyuvar en la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en tres de los municipios del estado que cuentan con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, promoviendo el cambio de conductas violentas y fomentando relaciones basadas en el respeto y la igualdad.
04
INCISO B)
Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género
Acuerdo de Coordinación con los Consejos de Igualdad Municipales.
Contribuir al proyecto mediante la garantía de condiciones adecuadas de logística, difusión y seguridad para el personal contratado, a fin de asegurar la implementación efectiva de la estrategia educativa dirigida a mujeres, mujeres indígenas, adolescentes y niñas en situación de violencia. Esta estrategia se desarrollará con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad, en el marco de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Chiapas, fortaleciendo el acceso a la información, la prevención de la violencia y la promoción de sus derechos.
05
INCISO C)
Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género.
Oficios de cumplimiento de avance de registro de atenciones brindadas a mujeres en situación de violencia girado a todas las instancias involucradas del gobierno del Estado de Chiapas.
Contribuir al proyecto mediante el fortalecimiento del Banco Nacional de Datos de Casos de Mujeres en Situación de Violencia (BANAVIM), a través del registro sistemático y oportuno de las atenciones brindadas por las instancias gubernamentales del Gobierno de Chiapas. Esto incluye la realización de análisis estadísticos, así como la interpretación de datos cualitativos y cuantitativos provenientes de los registros únicos de casos, integrados en el Banco Estatal de Datos de Casos de Mujeres en Situación de Violencia (BAESVIM), asegurando que dicho análisis se realice con perspectiva de género para generar información útil que contribuya a la toma de decisiones, al diseño de políticas públicas y al seguimiento efectivo de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
AC03.- SEGURIDAD
06
INCISO B:
Fiscalía General del Estado
 
Convenio de Colaboración
La Fiscalía General del Estado, realizará acciones para la formación y certificación en temas de órdenes de protección para mujeres de municipios indígenas de Chiapas, a través de capacitación especializada sobre la naturaleza y alcance de las órdenes de protección y el acceso a la justicia de las mujeres indígenas, rutas de atención, desarrollando una ruta específica de atención en tsotsil y tseltal.
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
 
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
AC01.- ATENCIÓN INCISO A:
Ocurrencia de desastres naturales que puedan afectar la implementación de las acciones previstas en el marco del proyecto, tales como la prestación de servicios, el desarrollo de actividades en territorio o la integridad del personal y beneficiarias, provocando retrasos, interrupciones o la suspensión temporal de las intervenciones programadas.
se establecerá un protocolo de actuación que garantice que el personal permanezca en el lugar del desastre solo hasta que el entorno sea seguro y estable, priorizando su seguridad y bienestar. Además, se implementarán planes de contingencia y evacuación, capacitación constante en manejo de emergencias y comunicación efectiva para asegurar una respuesta oportuna y coordinada ante cualquier eventualidad.
Bloqueos carreteros que impidan o dificulten la movilidad del personal y la entrega oportuna de recursos y servicios, ocasionando retrasos en la implementación y seguimiento de las actividades del proyecto.
Se identificarán y planificarán rutas alternas con anticipación que permitan acceder a los municipios o localidades beneficiarias, asegurando la continuidad de las actividades incluso ante bloqueos carreteros. Además, se establecerá comunicación constante con autoridades locales para monitorear la situación vial y ajustar la logística de manera oportuna.
INCISO B:
Que las mujeres, niñas y adolescentes identificadas para atención integral y reparación del daño rechacen la intervención propuesta en el plan emergente, lo que podría limitar el alcance y efectividad de las acciones diseñadas para su protección y recuperación.
Se implementarán procesos de sensibilización dirigidos a las víctimas mediante orientación personalizada brindada por profesionales en psicología, trabajo social y asesoría jurídica, con el fin de generar confianza, explicar los beneficios y alcances de la intervención, y promover su aceptación y participación voluntaria en el plan emergente.
AC02.- PREVENCIÓN INCISO A:
Falta de voluntad política y compromiso institucional por parte de la instancia responsable de la canalización de hombres generadores de violencia, lo que podría obstaculizar la implementación efectiva de los programas de reeducación y prevención, afectando el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
Se promoverá la participación activa y compromiso institucional involucrando a diversas áreas de la Secretaría de Seguridad del Pueblo como beneficiarios directos del programa de reeducación, facilitando así la formación de grupos de hombres generadores de violencia y fortaleciendo la responsabilidad institucional en la implementación y seguimiento de las acciones.
INCISO B:
Falta de voluntad institucional y compromiso por parte de los municipios en los que tendrá incidencia el proyecto, lo que puede traducirse en una limitada colaboración, escasa asignación de recursos locales y dificultades en la implementación y sostenibilidad de las acciones previstas.
Se propone realizar acciones de cabildeo institucional y político orientadas a sensibilizar y comprometer a los H. Ayuntamientos de los municipios con incidencia en el proyecto, promoviendo su participación activa, la asignación de recursos y el acompañamiento en la implementación de las acciones, a fin de fortalecer la corresponsabilidad y asegurar la sostenibilidad de los resultados.
INCISO C:
Falta de compromiso por parte de las instituciones responsables para registrar de manera oportuna y completa la información en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), lo que puede afectar la calidad, consistencia y utilidad de los datos para la toma de decisiones y el seguimiento de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
Se establecerá un mecanismo de seguimiento mensual al registro de información en el BANAVIM, mediante reuniones y coordinación directa con las y los enlaces designados de las instituciones del Gobierno del Estado, con el objetivo de supervisar el cumplimiento, resolver dudas técnicas y reforzar el compromiso institucional en la alimentación oportuna y adecuada del sistema.
AC03.- SEGURIDAD INCISO B:
El arraigo de los usos y costumbres en las comunidades indígenas de la región de Los Altos de Chiapas representa un obstáculo significativo para la implementación del proyecto, al manifestarse en conflictos sociales y comunitarios, división social derivada de disputas electorales, problemas de gobernabilidad y condiciones de inseguridad. Este contexto propicia la resistencia a la observancia de los principios constitucionales de paridad de género y el rechazo a acatar resoluciones emitidas en procesos judiciales, lo cual puede limitar gravemente el alcance y efectividad de las acciones del proyecto en dichas comunidades.
Se contempla la inclusión y participación activa de activistas, líderes sociales y autoridades tradicionales de los municipios indígenas contemplados en la AVGM, con el objetivo de establecer un puente de diálogo con los grupos radicales presentes en las comunidades. Esta estrategia busca generar condiciones de confianza y legitimidad local que permitan brindar certeza sobre las acciones a implementar, mediante la exposición clara y persuasiva de los objetivos institucionales del proyecto. Dichos diálogos serán conducidos por integrantes del grupo interdisciplinario de expertas y expertos responsables de la ejecución, en coordinación con representantes de la Fiscalía de Distrito Altos y de Justicia Indígena, a fin de garantizar un enfoque intercultural, respetuoso y efectivo que contribuya a la aceptación y viabilidad del proyecto en contextos comunitarios complejos.
 
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
 
ACTIVIDADES
CONCEPTO DE GASTO
MES
Monto
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
MES 6
MES 7
AC01.- Atención:
Inciso A:
La Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas, realizará las siguientes actividades:
1.-Con la contratación de 4 profesionistas se
Proporcionarán servicios reeducativos integrales especializados y gratuitos a hombres generadores de violencia en el Estado de Chiapas (personal policial), con el fin de prevenir, detener y erradicar la violencia contra las mujeres desde una perspectiva de género y derechos humanos
2.- Atención y fortalecimiento de la población indígena y afromexicana a través de capacitaciones con perspectiva de género y empoderamiento económico,
3.- Atender y vincular los casos de mujeres, niñas y adolescentes indígenas y afromexicanas que han sido víctimas de violencias directas e indirectas con personal especializado en las áreas de psicología, trabajo social, y asesoría jurídica, en su integración en los programas sociales existentes.
Contratación de servicios
profesionales por honorarios
 
x
x
X
X
X
X
$ 411,000.00
INCISO B
La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a víctimas para el Estado de Chiapas, realizará la siguiente actividad:
1.- con la contratación de 3 profesionistas se identificarán y determinarán los casos en coordinación con la Fiscalía General del Estado y se otorgara el acompañamiento a las mujeres, niñas y adolescentes que han sido víctimas de violencias en 4 municipios que cuentan con alerta de violencia en nuestro Estado, con personal especializado para el acceso a justicia pronta, expedita e imparcial e integrar los expedientes para lograr la reparación integral del daño en los casos de feminicidios y/o muertes violentas.
Contratación de servicios
profesionales por honorarios
 
x
x
x
x
x
 
x
$ 410,640.27
 AC02.- PREVENCIÓN
INCISO A
La Secretaría de Seguridad del Pueblo, realizará la siguiente actividad:
1.- Con la contratacion de 4 profesionistas se proporcionara servicios reeducativos integrales especializados y gratuitos a hombres generadores de violencia en el Estado de Chiapas (personal policial), con el fin de prevenir, detener y erradicar la violencia contra las mujeres desde una perspectiva de género y derechos humanos.
Contratación de servicios
profesionales por honorarios
 
x
x
x
x
x
x
 
$411,492.00
INCISO B
La Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, realizará la siguiente actividad:
1.- Con la contratacion de 6 especialistas se Ejecutara una estrategia educativa en Derechos Humanos a las mujeres, adolescentes y niñas en situación de violencia con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad en 4 municipios de los Altos de Chiapas y Comitán de Domínguez.
Contratación de servicios
profesionales por honorarios
 
x
x
x
x
x
x
$648,000.00
INCISO C
La Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, realizará la siguiente actividad:
1.- Contratara un profesionista para el análisis y procesamiento de la información del BAESVIM y la transferencia de los datos a BANAVIM. 
Contratación de servicios
profesionales por honorarios
 
x
x
x
x
x
 
x
$108,000.00
AC03.- SEGURIDAD
INCISO B
La Fiscalía General del Estado, La consultoría contratada realizará las siguientes las siguientes actividades::
1.- Brindar capacitación de 4 horas, de forma presencial sobre la naturaleza y alcance de las órdenes de protección la cual estará dirigida a Ministerios Públicos de la Fiscalía de Distrito Altos y Fiscalía Indígena y autoridades municipales de los 16 municipios indígenas de los altos de Chiapas.
2.- Realizar talleres de 4 horas de forma presencial, de casos prácticos de violencia contra mujeres y niñas indígenas y sobre la efectividad en la implementación de las órdenes de protección, los cuales estarán dirigidos a Ministerios Públicos de la Fiscalía de Distrito Altos y Fiscalía Indígena y autoridades municipales de los 16 municipios indígenas de los altos de Chiapas.
3. .Desarrollo y difusión de una ruta de actuación a las áreas competentes y seguimiento policial para el monitoreo de órdenes de protección a favor de mujeres y niñas víctimas de la violencia de género, para los 16 municipios indígenas, en tsotsil y tzeltal.
Contratación de servicios
integrales
 
x
x
x
x
x
 
x
$412,840.55
Informe final de resultados
 
 
 
 
 
 
 
x
0.00
Total
 
(Dos millones cuatrocientos un mil novecientos setenta y dos pesos 82/100 M.N.)
$2,401,972.82
 
C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
PERFIL
AÑOS DE
EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE CONTRATACIÓN
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
AC01.- Atención: Inciso A:
Ciencias Jurídicas
1 año
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
1
Psicología
1 año
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
1
Trabajo Social
1 año
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
2
Inciso B:
Ciencias Jurídicas
2 años
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
1
Trabajo Social
2 años
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
1
Psicología
2 años
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
1
AC02.- Prevención: Inciso A:
Ciencias Jurídicas
2 años
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
3
Psicología
2 años
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
1
Inciso B:
Ciencias Jurídicas
1 año
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
2
Psicología
1 año
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
2
Trabajo Social
1 año
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
2
Inciso C:
Ciencias Jurídicas
1 año
Licenciatura con Titulo y
Cedula
Servicios Profesionales
1
AC03.- Seguridad: Inciso B:
Contratación de
consultoría
1 año
Perspectiva de género,
enfoque de derechos
humanos
Personas Morales
1
Total de Prestadores de Servicios a
Contratar
19
 
RECURSOS MATERIALES
CONCEPTO DE GASTO
DETALLE
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
NO APLICA
 
 
 
 
 
 
 
Total de Adquisiciones
NO APLICA
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en tres ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto MUJERES/AVGM/CHIS/002/2025 en la Ciudad de México el día 30 de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Manuel Francisco
Antonio Pariente Gavito.- Rúbrica.- Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género y Titular de la Instancia Local Responsable, Dulce María Rodríguez Ovando.- Rúbrica.