| No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Requisitos eliminados |
| 1 | INM-03-014 | Notificación de cambio de estado civil (EC), nombre (NOM), nacionalidad (NAC), domicilio (DOM), lugar de trabajo (LT). | 1. Original y copia de la tarjeta de residente. |
| 2 | INM-03-002-A | Regularización por razones humanitarias | 1. Documento migratorio en caso de que la persona extranjera haya tenido una condición de estancia. 2. Comprobante del pago de la multa que le haya determinado la autoridad conforme a lo previsto en el artículo 145 de la Ley, salvo que se encuentren en alguno de los supuestos que dicho precepto expresamente señala como exentos. |
| 3 | INM-03-008 | Obtención de tarjeta de visitante regional | 1. Comprobante del pago de derechos conforme a la cuota vigente a la presentación del trámite en términos de la Ley Federal de Derechos. |
| 4 | INM-03-009 | Expedición de documento migratorio | 1. Tres fotografías tipo infantil de la cara, con frente y orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos. No obstante, las personas usuarias deberán autorizar la toma digital de las mismas, con las orejas y frente descubierta, sin aretes y sin anteojos, por parte de la autoridad migratoria en la Oficina donde se resuelva el trámite |
| No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Plazo máximo para resolver el trámite |
| 1 | INM-03-014 | Notificación de cambio de estado civil (EC), nombre (NOM), nacionalidad (NAC), domicilio (DOM), lugar de trabajo (LT). | 3 días hábiles. |
| 2 | INM-03-009 | Expedición de documento migratorio | 10 días hábiles. |
| No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos |
| 1 | INM-03-009-D | Expedición de documento migratorio por renovación | Fusión de los trámites con homoclave INM-03-009-D, INM-03-009-A, e INM-03-009-C para quedar como: Se actualiza la denominación del trámite: "Expedición de documento migratorio." Se unifica homoclave del trámite: INM-03-009 Supuestos: a) Por renovación b) Por canje c) Por reposición | Requisitos generales: 1. Formato para solicitar trámite migratorio de estancia. 2. Formato básico. Importante: El llenado será de manera electrónica y presencial en la Oficina donde se resuelva el trámite. 3. Comprobante de pago de derechos por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia de conformidad con la Ley Federal de Derechos. A) Para la renovación, también se requerirá lo siguiente: 1. Tarjeta de residente o visitante con una vigencia de hasta 30 días naturales para su cancelación. (Original) 2. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos: a) Cuando la condición de estancia otorgada sea por oferta de empleo, deberá presentar constancia de continuidad laboral en papel membretado del empleador en la que se indique el periodo de vigencia del empleo. (Original) b) Cuando lo solicite un residente temporal estudiante, deberá presentar carta o constancia emitida por la institución educativa, en la que se indique que continúan los estudios o que se encuentra en procedimiento de obtención del certificado, constancia, diploma, título o grado académico correspondiente. (Original) c) Cuando la condición de estancia sea otorgada por unidad familiar, deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que subsisten las condiciones bajo las cuales fue concedida la condición de estancia. En el caso de que sea cónyuge, concubino o concubina de persona de nacionalidad mexicana o extranjera residente, se requerirá firma de ambas personas. (Original) |
| 2 | INM-03-009-A | Expedición de documento migratorio por canje | ||
| 3 | INM-03-009-C | Expedición de documento migratorio por reposición. | ||
| | | | | d) Cuando la condición de estancia sea otorgada por razones humanitarias, deberá presentar documento emitido por autoridad competente, en el que conste que subsisten las condiciones por las cuales se le otorgó dicha condición de estancia. (Original y copia) e) Cuando se trate de un visitante con fines de adopción, deberá presentar el último documento emitido por la autoridad competente sobre el trámite de adopción o en caso de haber obtenido la sentencia correspondiente, el documento que acredite estar realizando algún trámite necesario para garantizar la salida del menor. (Original y copia) f) Cuando la renovación verse sobre el documento migratorio de un menor de edad (Residentes permanentes), deberá manifestar +bajo protesta de decir verdad (quien ejerza la patria potestad o la tutela) que subsisten las condiciones mediante las que se otorgó la condición de estancia. (Original) g) Cuando la renovación verse sobre la condición de estancia otorgada por otras circunstancias, bajo protesta de decir verdad, deberá manifestarse que subsisten las condiciones bajo las cuales fue concedida la condición de estancia. B) Cuando se trate de expedición de documento migratorio por canje, adicional a los requisitos generales, se requerirá lo siguiente: 1. Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente, que sea válido conforme al derecho internacional. (Original y copia) 2. Visa. (Original y copia) 3. FMM válida y vigente. (Original) |
| | | | | C) Cuando se trate de expedición de documento migratorio por reposición, adicional a los requisitos generales, se requerirá lo siguiente: 1. Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular. Si se documentó con FMM deberá exhibir original. (Copia) a) Cuando exista deterioro parcial o destrucción total, deberá presentar FMM, tarjeta de visitante o residente. (Original) b) Cuando se alcance la mayoría de edad, deberá presentar la tarjeta de residente permanente. (Original) c) Cuando se trate de robo o extravío en territorio nacional, deberá comparecer personalmente ante autoridad migratoria, quien generará un acta de hechos. d) Cuando se trate de robo o extravío en el extranjero, se deberá presentar la FMM y visa para reposición original, o en su caso, acta de internación o sello que corrobore el ingreso, emitidos por la autoridad migratoria. (Original y copia) e) Cuando se presente error en datos anteriores o cambio de nombre o nacionalidad, se deberá presentar documental pública emitida por su país de origen en la que conste el cambio realizado. (Original y copia) |
| 5 | INM-03-008 | Obtención de tarjeta de visitante regional. | Requisitos antes de su simplificación: 1. Los nacionales guatemaltecos y personas extranjeras residentes en Guatemala deberán presentar original y copia de la cédula de vecindad, del documento personal de identificación, o del pasaporte o documento de identidad y viaje, válido y vigente. En el caso de menores de edad, se deberá presentar certificado de nacimiento, cuya fecha de expedición no sea mayor a seis meses. 2. En el caso de guatemaltecos menores de edad o sujetos a tutela jurídica no acompañados por ambos padres o tutores, deberán presentar permiso de los padres o del tutor legal otorgado ante notario público. 3. Los nacionales beliceños deberán presentar pasaporte o documento de identidad y viaje válido y vigente. Los residentes permanentes en Belice deberán presentar visa que los acredite como residentes permanentes. 4. En el caso de beliceños menores de edad, o sujetos a tutela jurídica no acompañados por ambos padres o tutores, deberán presentar permiso de los padres o del tutor legal que contenga certificación de un Juez de lo familiar, de Paz u homólogo. 5. En caso de ser nacionales de El Salvador y Honduras, pasaporte o documento de identidad y viaje válido y vigente. Las personas extranjeras que residan en estos países, deberán presentar visa que los acredite como residentes permanentes. En caso de salvadoreños y hondureños menores de edad o sujetos a tutela jurídica no acompañados por ambos padres o tutores, deberán presentar permiso de los padres o del tutor legal que contenga certificación de un Juez de lo familiar, de Paz, u homólogo. | Se fusionan de la siguiente manera: 1. Las personas nacionales de El Salvador, Guatemala y Honduras y personas extranjeras residentes permanentes en dichos países, deberán presentar pasaporte, documento de identidad y viaje, válido y vigente o el Documento Personal de Identificación. Las personas extranjeras que residan en estos países deberán presentar visa que los acredite como residentes permanentes. (Original y copia) En caso de personas menores de edad de Guatemala, deberán presentar el certificado de nacimiento, cuya fecha de expedición no sea mayor a seis meses. (Original y copia) En el caso de guatemaltecos menores de edad o sujetos a tutela jurídica no acompañados por ambos padres o tutores, deberán presentar permiso de los padres o del tutor legal otorgado ante notario público. (Original y copia) En caso de menores de edad o sujetos a tutela jurídica no acompañados por madre y padre o tutores de El Salvador y Honduras deberán presentar permiso de padre y madre o persona tutora legal que contenga certificación de un Juez de Paz, de lo familiar, u homólogo. (Original y copia) 2. En el caso de las personas nacionales de Belice, deberán presentar pasaporte o documento de identidad y viaje válido y vigente. Los residentes permanentes en Belice deberán presentar visa que los acredite como residentes permanentes. (Original y copia) En el caso de las personas menores de edad, o sujetos a tutela jurídica no acompañados por madre, padre o persona tutora legal, deberán presentar permiso de los padres o del tutor legal que contenga certificación de un Juez de Paz, de lo familiar, u homólogo. (Original y copia) |